DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-J-521-2-75-ANCE-2018

DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-J-521-2-75-ANCE-2018.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SE.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-J-521-2-75-ANCE-2018, "APARATOS ELECTRODOMÉSTICOS Y SIMILARES-SEGURIDAD-PARTE 2-75: REQUISITOS PARTICULARES PARA MÁQUINAS EXPENDEDORAS COMERCIALES Y MÁQUINAS DE VENTA" (CANCELA A LA NMX-J-521/2-75-ANCE-2007).
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 39 fracción III, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 22 fracciones I, XII y XXV del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enuncia a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como Proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Organismo Nacional de Normalización denominado "Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (ANCE)", por medio del Comité de Normalización de la Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (CONANCE), lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de la Norma que se indica puede ser adquirido o consultado en la sede de dicho organismo ubicado en Av. Lázaro Cárdenas número 869, Fracc. 3, esq. con Júpiter, Colonia Nueva Industrial Vallejo, Demarcación Territorial Gustavo A. Madero, Código Postal 07700, Ciudad de México, teléfono: 5747 4550 y/o al correo electrónico: vnormas@ance.org.mx o consultado en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Calle Pachuca número 189, Piso 7, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, Ciudad de México.
La Norma Mexicana NMX-J-521-2-75-ANCE-2018 entrará en vigor 180 días naturales contados a partir del día natural inmediato siguiente de la publicación de esta Declaratoria de Vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC-20180219162535396.
CLAVE O CÓDIGO
TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA
NMX-J-521-2-75-ANCE-2018
Aparatos electrodomésticos y similares-Seguridad-Parte 2-75: Requisitos particulares para máquinas expendedoras comerciales y máquinas de venta (cancela a la NMX-J-521/2-75-ANCE-2007)
Objetivo y campo de aplicación
Esta norma específica las características de seguridad para las máquinas expendedoras comerciales y máquinas de venta para la preparación y entrega de alimentos, bebidas y productos de consumo con una tensión asignada no mayor que 250 V para los aparatos monofásicos y 480 V para otros aparatos.
 
Concordancia con Normas Internacionales
Esta NMX-J-521-2-75-ANCE-2018, Aparatos electrodomésticos y similares-Seguridad Parte 2-75: Requisitos particulares para máquinas expendedoras comerciales y máquinas de venta, tiene concordancia MODIFICADA con la Norma Internacional lEC 60335-2-75, Household and similar electrical appliances-Safety-Part 2-75: Particular requirements for commercial dispensing appliances and vending machines, ed3.1 (2015-10) y difiere en los puntos siguientes:
Capítulo/Inciso al que aplica
la diferencia
Desviación técnica / Justificación
4, 5, 11, 13, 15, 16, 17, 19, 22,
23, 24, 25, 26, 27, 29, 30 y
Apéndices.
Para esta Norma Mexicana se reemplaza la referencia a la Parte 1 de la serie lEC 60335, por la Norma Mexicana NMX-J-521/1-ANCE-2012.
Justificación: lo anterior con objeto de cumplir con lo que se indica en la fracción IV del Artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, haciendo referencia a las Normas Mexicanas que se relacionan.
Lo anterior para cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
 
 
 
 
24.1.5 y 24.102.
Para esta Norma Mexicana debe reemplazarse la referencia al cumplimiento de las Normas Internacionales lEC para componentes, por las Normas Mexicanas para componentes.
Lo anterior con fundamento en lo que señalan el Artículo 28, fracción IV del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
 
 
 
Bibliografía
·  lEC 60335-2-75 ed3.1 (2015-10), Household and similar electrical appliances-Safety-Part 2-75: Particular requirements for commercial dispensing appliances and vending machines.
·  ISO 1817:2015 ed.6, Rubber, vulcanized or thermoplastic-Determination of the eflect of liquids.
·  NMX-J-521/2-24-ANCE-2014, "Aparatos electrodomésticos y similares-Seguridad-Parte 2-24: Requisitos particulares para aparatos de refrigeración, máquinas para hacer helado y máquinas para hacer hielo" (cancela a la NMX-J-521/2-24-ANCE-2006), cuya Declaratoria de Vigencia fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2014.
 
Atentamente,
Ciudad de México, a 27 de agosto de 2019.- El Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.