ACUERDO CCNO/3/2020 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la modificación del horario de turno de guardia para la recepción de nuevos asuntos en días y horas inhábiles de los Juzgados de Distrito en

ACUERDO CCNO/3/2020 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la modificación del horario de turno de guardia para la recepción de nuevos asuntos en días y horas inhábiles de los Juzgados de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Ensenada.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos.

ACUERDO CCNO/3/2020 DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA MODIFICACIÓN DEL HORARIO DE TURNO DE GUARDIA PARA LA RECEPCIÓN DE NUEVOS ASUNTOS EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, CON RESIDENCIA EN ENSENADA.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO. El artículo 81, fracción XXIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito o de los juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos, atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, con apoyo en lo que establece el artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
CUARTO. En términos de lo dispuesto por el artículo 84 Quater, fracción IX, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, corresponde a la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos, elaborar y actualizar el sistema de turno de guardia de los juzgados de Distrito para la recepción de asuntos de nuevo ingreso en días y horas inhábiles; y
QUINTO. El Acuerdo General 52/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, establece del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de denominación de los Juzgados de Distrito en el Estado de Baja California, con sede en las ciudades de Ensenada y Mexicali; así como a la fecha de inicio de funciones del Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Ensenada, competencia, jurisdicción territorial, domicilio, y a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos, entre los órganos jurisdiccionales de esa sede, establece en el Punto Decimosegundo un rol de guardias semanal para la recepción de asuntos en días y horas inhábiles en los Juzgados de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Ensenada.
SEXTO. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos estima necesario adoptar medidas conducentes a una administración pronta, completa y eficaz de la justicia Federal. Por lo que, se considera conveniente modificar el rol de guardias de turno para la recepción de asuntos en días y horas inhábiles en los Juzgados de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Ensenada.
Por lo anterior, se expide el siguiente:
ACUERDO
Artículo 1. Se modifica el rol de guardias para la recepción de asuntos en días y horas inhábiles en los Juzgados de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Ensenada, para quedar como sigue:
TURNO Y PERIODO DE GUARDIA
ÓRGANO JURISDICCIONAL AL QUE CORRESPONDE LA
GUARDIA
Del 30 de marzo al 6 de abril de 2020
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Ensenada
Del 6 al 13 de abril de 2020
Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Ensenada
Del 13 al 20 de abril de 2020
Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Ensenada
Del 20 al 27 de abril de 2020
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Ensenada
 
Y así, sucesivamente conforme al orden establecido.
Los turnos de guardia semanales inician a las 8:30 horas del día lunes y concluirán a las 8:29 horas del lunes siguiente.
El Juzgado de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Ensenada, que esté de turno para la recepción de asuntos en días y horas inhábiles, deberá informar a la Oficina de Correspondencia Común que le presta servicio sobre los asuntos recibidos, a fin de que ésta, al reanudar sus labores, realice la compensación correspondiente y se equilibren las cargas de trabajo.
Artículo 2. La Secretaría Ejecutiva de creación de Nuevos Órganos deberá actualizar el Sistema de Turno de Guardias de los Juzgados de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Ensenada.
Artículo 3. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos, está facultada para interpretar y resolver las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este Acuerdo, en el ámbito de su competencia.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en internet.
TERCERO. La Dirección General de Gestión Judicial, en coordinación con la Dirección General de Tecnologías de la Información, instrumentarán los cambios que resulten necesarios en la configuración del sistema de cómputo de la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Ensenada.
CUARTO. La Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Ensenada, fijará avisos en lugar visible con relación a la medida objeto del presente Acuerdo.
LA JUEZA ILEANA MORENO RAMÍREZ, SECRETARIA EJECUTIVA DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/3/2020 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la modificación del horario de turno de guardia para la recepción de nuevos asuntos en días y horas inhábiles de los Juzgados de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Ensenada, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el diecisiete de marzo de dos mil veinte, por los señores Consejeros: Presidente Bernardo Bátiz Vázquez, Jorge Antonio Cruz Ramos y Sergio Javier Molina Martinez.- Ciudad de México, diecisiete de marzo de dos mil veinte.- Conste.- Rúbrica.