DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-R-80004-4-SCFI-2019

DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-R-80004-4-SCFI-2019.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-R-80004-4-SCFI-2019, NANOTECNOLOGÍAS-VOCABULARIO-PARTE 4: MATERIALES NANOESTRUCTURADOS.
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, fracción X, 51-A, 51-B y 54 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y, 36, fracciones I, IX y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publica la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enuncia a continuación, misma que ha sido elaborada y aprobada por el Comité Técnico de Normalización Nacional de Nanotecnologías.
El texto completo de la Norma Mexicana que se indica puede ser adquirido en el Centro Nacional de Metrología (CENAM) ubicado en Kilómetro 4.5 carretera a los Cues, Código Postal 76246, municipio El Marqués, Querétaro, teléfono (442) 211 0500 y/o al correo electrónico: rlazos@cenam.mx, o consultarlo gratuitamente en la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, ubicada en Pachuca número 189, Colonia Condesa, Código Postal 06140, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México.
La presente Norma Mexicana entrará en vigor 60 días naturales contados a partir del día natural inmediato siguiente al día de la publicación de su declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC-20200219159920555.
CLAVE O CÓDIGO
TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA
NMX-R-80004-4-SCFI-2019
NANOTECNOLOGÍAS-VOCABULARIO-PARTE 4: MATERIALES NANOESTRUCTURADOS
Objetivo y campo de aplicación
La presente Norma Mexicana ofrece términos y definiciones del campo de la nanotecnología para aquellos materiales que contienen uno o más componentes que se sitúan en la nanoescala y que exhiben propiedades particulares atribuibles a esa escala. El objetivo de esta Norma Mexicana es facilitar la comunicación entre las organizaciones e individuos de la industria y aquellos con quienes interactúan. Así como, servir de referencia a reguladores, académicos y público en general sobre los términos y definiciones descritos en el presente documento.
Aun si los materiales tienen características topográficas o de composición de dimensiones en la nanoescala, esto no es suficiente para clasificarlos como nanoestructurados. Los materiales nanoestructurados presentan, en su estructura interna o superficial, una fracción significativa de atributos tales como granos, huecos o precipitados nanométricos. Los artículos que contienen nano-objetos o materiales nanoestructurados no necesariamente se consideran en sí mismos materiales nanoestructurados.
Esta Norma Mexicana incluye el término "nanodispersión".
Concordancia con Normas Internacionales
Esta Norma Mexicana no es equivalente (NEQ) con ninguna Norma Internacional por no existir alguna sobre el tema tratado. No obstante, esta Norma Mexicana es idéntica a la Especificación Técnica ISO/TS 80004-4:2011 Nanotechnologies-Vocabulary-Part 4: Nanostructured materials.
Bibliografía
·NMX-R-80004-1-SCFI-2014 Nanotecnologías-Vocabulario-Parte 1: Conceptos básicos. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de octubre de 2014
·ISO 15901-3:2007 Pore size distribution and porosity of solid materials by mercury porosimetry and gas adsorption-Part 3: Analysis of micropores by gas adsorption
·ISO 3252:1999 Powder metallurgy-Vocabulary
 
Atentamente,
Ciudad de México, a 19 de febrero de 2020.- El Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.