ACUERDO número 22/09/20 por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con Estudiantes con Discapacidad (PAPFEMS) para el ejercicio fiscal 2020, emitidas mediante diverso número 32

ACUERDO número 22/09/20 por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con Estudiantes con Discapacidad (PAPFEMS) para el ejercicio fiscal 2020, emitidas mediante diverso número 32/12/19, publicado el 29 de diciembre de 2019.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

ESTEBAN MOCTEZUMA BARRAGÁN, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4, fracción XXI y penúltimo párrafo, 29, 30, 36, 37 y Anexos 17, 18 y 25 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77, segundo párrafo que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las reglas de operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria;
Que con fecha 29 de diciembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 32/12/19 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con Estudiantes con Discapacidad (PAPFEMS) para el ejercicio fiscal 2020 (RO);
Que las RO establecen en su numeral 2.1. que el Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con Estudiantes con Discapacidad (PAPFEMS) tiene como objetivo general apoyar a los planteles federales de educación media superior; a fin de que cuenten con una infraestructura adaptada, equipamiento y acciones de fortalecimiento que faciliten la atención de la población con discapacidad, eliminando las barreras para el aprendizaje que limitan su acceso a los servicios educativos, logrando una mayor cobertura, inclusión y equidad educativa;
Que se pretende reformar la denominación del Anexo 1c del apartado de Índice; la columna "Actividad" en la etapa de "Formalización" y las columnas "Actividad" y "Responsable" en la etapa ahora denominada "Solicitud de apoyo" de la tabla contenida en el numeral 4.1. "Proceso"; el contenido de los Anexos 1a y 1b, así como la denominación y contenido del Anexo 1c de las RO, con el objeto, respectivamente, de reforzar las condiciones de acceso a los apoyos y la canalización de recursos otorgados por el Programa, y el fortalecimiento de los servicios educativos;
Que por otra parte, se requiere adicionar el Anexo 1f "Modelo de Recibo de Ministración" en el apartado de Índice, las definiciones de "Bases de coordinación para la operación del PAPFEMS" y "Recibo de Ministración" en el apartado de Glosario, y el Anexo 1f "Modelo de Recibo de Ministración", a fin de impulsar las acciones de igualdad en oportunidades de acceso a las y los beneficiarios del Programa, así como el uso eficiente y eficaz de los recursos públicos;
Que en consecuencia, también es necesario derogar la definición de "Lineamientos Internos para la operación del PAPFEMS" del apartado de Glosario de las RO, a fin de impulsar las acciones de igualdad en oportunidades de acceso a las y los beneficiarios del Programa;
 
Que se cuenta con el oficio número 315-A-1460 de fecha 16 de junio de 2020 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual emite la autorización presupuestaria de las modificaciones a las RO;
Que la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, a través del oficio número CONAMER/20/2683 de fecha 9 de julio de 2020, ha emitido el dictamen regulatorio correspondiente, y
Que en razón de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 22/09/20 POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL
PROGRAMA ATENCIÓN DE PLANTELES FEDERALES DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR CON
ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD (PAPFEMS) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, EMITIDAS
MEDIANTE DIVERSO NÚMERO 32/12/19, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL
29 DE DICIEMBRE DE 2019
ÚNICO.- Se modifican las Reglas de Operación del Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con Estudiantes con Discapacidad (PAPFEMS) para el ejercicio fiscal 2020, las cuales se detallan en el Anexo del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 23 de septiembre de 2020.- El Secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán.- Rúbrica.
ANEXO
ÚNICO.- Se REFORMA la denominación del Anexo 1c del apartado de Índice; la columna "Actividad" en la etapa de "Formalización" y las columnas "Actividad" y "Responsable" en la etapa ahora denominada "Solicitud de apoyo" de la tabla contenida en el numeral 4.1. "Proceso"; el contenido de los Anexos 1a y 1b, así como la denominación y contenido del Anexo 1c; se ADICIONA el Anexo 1f "Modelo de Recibo de Ministración" en el apartado de Índice; las definiciones de "Bases de coordinación para la operación del PAPFEMS" y "Recibo de Ministración" en el apartado de Glosario, y el Anexo 1f "Modelo de Recibo de Ministración", y se DEROGA la definición de "Lineamientos Internos para la operación del PAPFEMS" del apartado de Glosario de las Reglas de Operación del Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con Estudiantes con Discapacidad (PAPFEMS) para el ejercicio fiscal 2020, emitidas mediante Acuerdo número 32/12/19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2019, para quedar como sigue:
"ÍNDICE
...
ANEXOS
1a ...
 
1b ...
1c Modelo de Bases de coordinación para la operación del PAPFEMS
1d ...
1e ...
1f Modelo de Recibo de Ministración
GLOSARIO
...
Avance físico financiero.- ...
Bases de coordinación para la operación del PAPFEMS.- Instrumento mediante el cual la Subsecretaría de Educación Media Superior, a través de la CSPyA, las Unidades y/o Direcciones Generales y los Planteles Federales de Educación Media Superior adscritos a estas últimas, establecen su coordinación con el fin de precisar, entre otros aspectos, los derechos, obligaciones, compromisos y las acciones a cargo de cada uno de ellos, para la operación y entrega de subsidios del PAPFEMS, en el marco de lo establecido en las presentes Reglas de Operación.
CAED.- ...
...
LFPRH.- ...
(Se deroga)
Material educativo de apoyo.- ...
...
Recibo de Ministración.- Documento justificativo para la entrega del apoyo mediante el cual se detalla la distribución de los recursos por entidad federativa y Plantel. El cual deberá contener el concepto del recurso, monto total, lugar, fecha, sello y firma del Titular de la Unidad Responsable de la SEMS.
...
4. OPERACIÓN
4.1. Proceso
 
Proceso
Etapa
Actividad
Responsable
...
...
...
Formalización
Suscribir las Bases de coordinación para la operación del PAPFEMS con las Unidades o Direcciones Generales adscritas a la SEMS y los planteles beneficiarios.
...
Solicitud de
apoyo
Suscribir el Recibo de Ministración para la entrega de los apoyos del PAPFEMS a los Planteles Federales.
Unidades o
Direcciones
Generales adscritas a
la SEMS
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
 
Especificaciones
...
ANEXOS
ANEXO 1a Modelo de Convocatoria
La Secretaría de Educación Pública (SEP), a través de la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS), promoviendo el derecho a la educación de las personas con discapacidad y el Acuerdo ___ por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con estudiantes con discapacidad para el ejercicio fiscal 2020.
 
CONVOCA
A los Planteles Federales de las Unidades o Direcciones Generales adscritas a la Subsecretaría de Educación Media Superior que cumplan con los requisitos previstos en esta Convocatoria, a realizar su registro para la obtención de apoyos económicos para la atención de Estudiantes con Discapacidad, a partir del (Precisar día y mes) y hasta el (Precisar día y mes) del _____, conforme a lo siguiente:
Requisitos
a)    El proyecto institucional debe ajustarse a lo que se establece en las Reglas de Operación vigentes (RO) del Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con estudiantes con discapacidad, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el___________.
b)    La propuesta deberá ser incluyente justificando la solicitud en términos de la matrícula con discapacidad que se requiere atender.
c)     La propuesta deberá precisar la situación, necesidades y requerimientos para la atención de las/los estudiantes con discapacidad, identificando las necesidades diferenciadas de los mismos, conforme a lo solicitado en el numeral 3.3.1. "Requisitos" de las RO.
Presentar un oficio suscrito por la directora, director o responsable del plantel, dirigido al/a la titular de la Coordinación Sectorial de Planeación y Administración (CSPyA) de la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS) en el que manifieste el interés de que su plantel sea beneficiario de los apoyos que otorga el Programa, en el que se avala la veracidad de la información capturada en la página electrónica: www.seguimientoadministrativo.sems.gob.mx
 
Anexando:
·   Diagnóstico de la situación actual, necesidades y requerimientos para la atención de las/los estudiantes con discapacidad.
·   Propuesta de acciones y medios para alcanzar los resultados esperados en beneficio de las/los estudiantes con discapacidad.
CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS
El Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con estudiantes con discapacidad contempla apoyos económicos para:
a)    Tipo de Apoyo A
Apoyos económicos para infraestructura, mobiliario, equipamiento específico y material educativo de apoyo.
a)    Tipo de Apoyo B
Apoyos económicos para gastos de operación y para las/los asesoras/ores educativa/o de los planteles federales que cuentan con CAED.
Los apoyos consisten en la entrega de subsidios que están destinados a facilitar la permanencia, movilidad y egreso de estudiantes con discapacidad, mediante actividades académicas, adecuaciones en las instalaciones, equipamiento, gastos de operación y apoyos económicos a las/los asesoras/ores educativa/o de los CAED en los Planteles Federales de Educación Media Superior, para contribuir al bienestar social ampliando las oportunidades educativas que atienden a estudiantes con discapacidad, que por su condición requieren de la oportunidad para ejercer su derecho a la educación media superior en la modalidad no escolarizada.
En ningún caso se podrán utilizar los recursos financieros asignados a los Planteles Federales de Educación Media Superior, para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos de los/las directivos/as, docentes o empleados/as, así como becas, tratamientos médicos o apoyos económicos directos a las/los estudiantes.
c) La información sobre las características de los apoyos puede consultarse en: ______________ y________________ así como en el correo electrónico comentarios.papfems@sems.gob.mx y el número telefónico 55 36 01 1000, exts. 50615 y 50678.
La directora, director o responsable del plantel podrán registrarse a través de la página http://____________. Posteriormente, las Unidades o Direcciones Generales adscritas a la SEMS validarán que los planteles aspirantes cumplen con los requisitos de esta Convocatoria.
Aquellas/os aspirantes que sean seleccionadas/os como beneficiarias/os, serán notificadas/os de esta circunstancia por la CSPyA vía correo electrónico, precisando el tipo de apoyo en el que participarán.
Los casos no previstos en la presente, serán resueltos por la Subsecretaría de Educación Media Superior, a través de la CSPyA.
ATENTAMENTE
Subsecretaría de Educación Media Superior
 
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa"
Ciudad de México, a ________________________.
* Los subsistemas a que hace referencia esta Convocatoria son los siguientes:
v   Federales
Subsistemas Centralizados de la SEP en los que se encuentran los planteles de:
·   Dirección General del Bachillerato (DGB): Centros de Estudios de Bachillerato (CEB) y la Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas.
·   Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Agropecuaria y Ciencias del Mar (UEMSTAyCM): Centros de Estudios Tecnológicos del Mar (CETMAR), Centro de Estudios Tecnológicos en Aguas Continentales (CETAC), Centros de Bachillerato Tecnológico Agropecuario (CBTA), Centros de Bachillerato Tecnológicos Forestales (CBTF), Centro de Investigación de Recursos Naturales (CIRENA) y la Unidad de Capacitación para el Desarrollo Rural (UNCADER).
·   Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y de Servicios (UEMSTIS): Centros de Estudios Tecnológicos Industrial y de Servicios (CETIS) y los Centros de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios (CBTIS).
·   Dirección General de Centros de Formación para el Trabajo. Centros de Capacitación para el Trabajo Industrial (CECATI). Estos Centros no proporcionan educación del tipo medio superior; sin embargo, pueden utilizarse las instalaciones para brindar educación media superior a estudiantes con discapacidad.
Anexo 1b Modelo de Carta compromiso
Entidad Federativa y Fecha:
(Nombre)
Subsecretaria/o de Educación Media Superior de la
Secretaría de Educación Pública de la APF
Presente
De conformidad con las Reglas de Operación del Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con estudiantes con discapacidad publicadas en el Diario Oficial de la Federación para el ejercicio fiscal vigente, me permito informar a usted que (nombre del Plantel Federal) expresa su voluntad, interés y compromiso de participar en su gestión y desarrollo.
 
Clave
Programa
S298
Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con estudiantes con discapacidad
 
Asimismo, el Plantel Federal de Educación Media Superior, se compromete a cumplir con las obligaciones, compromisos y acciones para la operación del programa.
Atentamente
 
[la directora, director o responsable del Plantel Federal de Educación Media Superior]
c.c.p. (Unidad o Dirección General al que pertenece el plantel). Presente
Anexo 1c Modelo de Bases de coordinación para la operación del PAPFEMS
BASES DE COORDINACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA ATENCIÓN DE PLANTELES FEDERALES DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR CON ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD, EN LO SUCESIVO EL "PAPFEMS", QUE CELEBRAN LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN SECTORIAL DE PLANEACIÓN Y ADMINISTRACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA CSPyA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, (GRADO Y NOMBRE DEL TITULAR); LA (UNIDAD O DIRECCIÓN GENERAL ADSCRITA A LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNIDAD ADMINISTRATIVA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, (GRADO Y NOMBRE DEL TITULAR), Y EL PLANTEL (NOMBRE DEL PLANTEL), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PLANTEL", REPRESENTADO POR SU (CARGO), (GRADO Y NOMBRE DE LA DIRECTORA, DIRECTOR O RESPONSABLE), A QUIENES EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES" DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y BASES SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
I. Conforme al artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los planteles educativos constituyen un espacio fundamental para el proceso de enseñanza aprendizaje. El Estado garantizará que los materiales didácticos, la infraestructura educativa, su mantenimiento y las condiciones del entorno, sean idóneos y contribuyan a los fines de la educación.
II. El 29 de diciembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO número 32/12/19 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con Estudiantes con Discapacidad (PAPFEMS) para el ejercicio fiscal 2020, en lo sucesivo las "REGLAS", mismas que, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna, y equitativa de los recursos públicos asignados, establecen las disposiciones a las que debe sujetarse dicho Programa.
III. Conforme a los numerales 3.6 y 3.7 de las "REGLAS", la Subsecretaría de Educación Media Superior, a través de "LA CSPyA", podrá establecer las acciones de coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales en el marco de las disposiciones de las "REGLAS", y de la normativa aplicable, a fin de evitar duplicidades con otros programas del Gobierno Federal y con el propósito contribuir al cumplimiento de los objetivos y metas del Programa, procurando potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, propiciar la complementariedad y reducir gastos administrativos.
D E C L A R A C I O N E S
1. "LA CSPyA" declara:
1.1. Que forma parte de la Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Pública de la Administración Pública Federal.
1.2. Que tiene como objetivo dirigir la administración de los recursos financieros, humanos, técnicos, materiales y de servicios, así como la integración del sistema de planeación, que apoye la operación de las Direcciones Generales y Unidades Educativas adscritas a la Subsecretaría de Educación Media Superior, con el fin de que los planteles tengan las condiciones óptimas de funcionamiento.
1.3. Que el(la) (Grado y Nombre del titular), en su carácter de Coordinador(a) Sectorial de Planeación y Administración de la Subsecretaría de Educación Media Superior, cuenta con las facultades necesarias para suscribir las presentes Bases conforme a los numerales 3.6 y 3.7 de las "REGLAS".
1.4. Que para los efectos de las presentes Bases señala como su domicilio el ubicado en Brasil No.31, Col. Centro Histórico, C.P. 06020, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México.
2. "LA UNIDAD ADMINISTRATIVA" declara:
 
2.1 Que es una unidad administrativa adscrita a la Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Pública de la Administración Pública Federal.
2.2 Que dentro de sus objetivos se encuentra, coordinar la implementación y desarrollo de mecanismos de financiamiento para impulsar los planes de desarrollo para las instituciones educativas y la modernización de la educación que se imparte en los (denominación de los planteles dependientes de la unidad de que se trate) que dependen de la Secretaría de Educación Pública.
2.3 Que el (Grado y Nombre del titular) en su carácter de (Titular o Director General), cuenta con las facultades necesarias para suscribir las presentes Bases conforme al artículo (precisar) del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación y a los numerales 3.6 y 3.7 de las "REGLAS".
3. "EL PLANTEL" declara:
3.1. Que cuenta con Clave de Centro de Trabajo (clave de CCT), perteneciente a la (unidad administrativa).
3.2. Que el(la) (Grado y Nombre del titular) en su carácter de (Directora, Director o responsable del plantel), cuenta con las facultades necesarias para suscribir las presentes Bases conforme a los numerales 3.6 y 3.7 de las "REGLAS".
3.3. Que para los efectos de las presentes Bases señala como su domicilio el ubicado en (domicilio del plantel).
4. "LAS PARTES" declaran:
4.1. Conocen el contenido y alcances de las "REGLAS", así como la necesidad de suscribir las presentes Bases como un instrumento complementario de éstas, de cuyas acciones se desprenden compromisos enunciativos, mas no limitativos, de las obligaciones que deben observar conforme a las mencionadas "REGLAS" y a la normatividad aplicable.
4.2. Que expuesto lo anterior están de acuerdo con sujetar su compromiso a las siguientes:
B A S E S
PRIMERA. El objeto de las presentes Bases es establecer la coordinación entre "LAS PARTES" con el fin de que precisar aspectos específicos para la operación del "PAPFEMS", de conformidad con las "REGLAS" y la normatividad aplicable.
SEGUNDA. Para el cumplimiento del objeto de las presentes Bases, "LA CSPyA" realizará las gestiones conducentes para ministrar, a través de "LA UNIDAD ADMINISTRATIVA", la cantidad de $(monto en número de los recursos aprobados) (monto en letra Pesos 00/100 M.N.) para la realización del Proyecto Institucional, mismo que forma parte de las presentes Bases como Anexo, en términos de las "REGLAS".
TERCERA. Para el cumplimiento del objeto de las presentes Bases, "LA UNIDAD ADMINISTRATIVA", estableciendo la coordinación necesaria con "EL PLANTEL", se compromete a lo siguiente:
a) Remitir mensualmente a "LA CSPyA" la solicitud del recurso para el apoyo académico de las/los asesoras/ores educativa/o y gastos de operación, detallando el concepto, las partidas presupuestarias y montos desglosados;
b) Entregar a la Dirección de Subsidios y Presupuesto de Planteles de la Subsecretaría de Educación Media Superior, la documentación comprobatoria del ejercicio del gasto, en un plazo máximo de 30 días naturales posteriores a la ministración de los recursos, o en su caso reintegrar los recursos no ejercidos por los planteles de su adscripción;
c) Remitir mensualmente a la Subsecretaría de Educación Media Superior el reporte de los avances físicos financieros, a fin de que se cumpla en tiempo y forma con los reportes correspondientes bajo su responsabilidad, y
 
d) Dar cumplimiento, en su ámbito de competencia, a las demás obligaciones que contemplen las "REGLAS" y la normatividad aplicable.
CUARTA. Para el cumplimiento del objeto de las presentes Bases, "EL PLANTEL", estableciendo la coordinación necesaria con "LA UNIDAD ADMINISTRATIVA", se compromete a lo siguiente:
a) Realizar un Proyecto Institucional para la mejora de la infraestructura, mobiliario, equipamiento específico y material educativo de apoyo, en términos de las "REGLAS";
b) Recibir por parte de "LA UNIDAD ADMINISTRATIVA" los recursos financieros mencionados en la Base SEGUNDA del presente instrumento, mismos que mantendrá en una cuenta específica creada en una institución bancaria legalmente constituida hasta su disposición para efectos de financiar el Proyecto Institucional, en términos de las "REGLAS" y las disposiciones jurídicas aplicables;
c) Aplicar los recursos del "PAPFEMS", mencionados en la Base SEGUNDA del presente instrumento, de forma transparente, única y exclusivamente para los objetivos previstos en las "REGLAS", conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;
d) Realizar la ejecución del gasto conforme a los objetivos, metas y acciones aprobadas en el Proyecto Institucional;
e) Comprobar el ejercicio de los recursos conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;
f) Resguardar por un periodo de 5 años la información comprobatoria (documentación original y los comprobantes digitales (CDFI)) correspondiente al ejercicio de los recursos asignados y los entregados para la operación del "PAPFEMS", misma que podrá ser requerida por "LA UNIDAD ADMINISTRATIVA", "LA CSPyA" o cualquier autoridad fiscalizadora conforme a la normatividad aplicable;
g) Colaborar con las evaluaciones internas y externas efectuadas por instancias locales, nacionales e internacionales referidas en las "REGLAS";
h) Responder a las solicitudes de información y documentación de las instancias fiscalizadoras, así como atender y solventar las observaciones emitidas por dichas instancias;
i) Llevar a cabo las acciones necesarias para la instalación, uso, mantenimiento y resguardo de los bienes que se adquieran con recursos del "PAPFEMS";
j) Proporcionar la información que "LA CSPyA" le requiera a través de "LA UNIDAD ADMINISTRATIVA";
k) Elaborar, formular y remitir mensualmente a "LA UNIDAD ADMINISTRATIVA" el reporte de los avances físicos financieros, incluyendo la relación de gastos efectuados, la cual deberá estar firmada por la directora, director o responsable "EL PLANTEL";
l) Reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no hayan sido devengados al 31 de diciembre de 2020, o que hayan sido aplicados a fines distintos a los establecidos en el Proyecto Institucional y en apego a las "REGLAS" y
m) Dar cumplimiento, en su ámbito de competencia, a las demás obligaciones que contemplen las "REGLAS" y la normatividad aplicable.
QUINTA. "LAS PARTES" acuerdan que para fomentar la transparencia del "PAPFEMS", en la papelería y documentación oficial, así como en la publicidad y promoción del mismo, deberá incluirse de forma clara visible y audible, según el caso, la siguiente leyenda:
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa."
SEXTA. En caso de ausencia o impedimento del titular de "LA UNIDAD ADMINISTRATIVA" y de la directora, director o responsable de "EL PLANTEL", operará el principio de suplencia conforme al Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública y demás normatividad aplicable.
 
SÉPTIMA. "LA CSPyA" designa a la Dirección de Subsidios y Presupuesto de Planteles de la Subsecretaría de Educación Media Superior como responsable de cumplir con las obligaciones a que alude la Base SEGUNDA.
"LAS PARTES" convienen que "LA CSPyA" tendrá el derecho de solicitar, supervisar y vigilar en todo tiempo los trabajos, avances y resultados del Proyecto Institucional.
OCTAVA. La vigencia de las presentes Bases iniciará a partir de la fecha de su firma y hasta el total cumplimiento de las acciones objeto de las mismas, las cuales deberán concluirse antes del 31 de diciembre de 2020, en el entendido de que sólo se refiere a la aplicación de recursos públicos federales extraordinarios no regularizables del ejercicio fiscal 2020, por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales.
NOVENA. "LAS PARTES" acuerdan que la titularidad de los derechos patrimoniales de autor o cualesquiera otros derechos que se originen con motivo del presente instrumento, corresponderá a la Secretaría de Educación Pública y podrán ser usados únicamente en beneficio de la educación a su cargo.
DÉCIMA. "LAS PARTES" acuerdan que serán corresponsables de promover y dar cumplimiento a las acciones de contraloría social, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Desarrollo Social; en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, en los documentos de Contraloría Social (Esquema, Guía Operativa y Programa Anual de Trabajo) autorizados por la Secretaría de la Función Pública y en las "REGLAS".
DÉCIMA PRIMERA. Convienen "LAS PARTES" que las dudas y contingencias que pudieran surgir con motivo de la interpretación y cumplimiento de las presentes Bases durante la vigencia de éstas, se resolverán de común acuerdo por escrito, teniendo siempre como finalidad el óptimo logro de los objetivos del "PAPFEMS".
Leídas las presentes Bases y enteradas las partes de su contenido y alcances, se firman el (día y mes) de 2020.
 
POR "LA CSPyA"
___________________________________
(Grado académico, nombre y apellidos)
Coordinador(a) Sectorial de Planeación y
Administración de la Subsecretaría de Educación
Media Superior
POR "LA UNIDAD ADMINISTRATIVA"
__________________________________
(Grado académico, nombre y apellidos)
Director(a) General o Titular de la Unidad
 
POR "EL PLANTEL"
 
_________________________________
(Grado académico, nombre y apellidos)
Directora, director o responsable del plantel
 
ÚLTIMA HOJA DE LAS BASES DE COORDINACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA ATENCIÓN DE PLANTELES FEDERALES DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR CON ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD, ESTABLECIDAS ENTRE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN SECTORIAL DE PLANEACIÓN Y ADMINISTRACIÓN; LA (UNIDAD O DIRECCIÓN GENERAL ADSCRITA A LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR) Y EL (NOMBRE DEL PLANTEL FEDERAL), PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO INSTITUCIONAL.
Anexo
Proyecto Institucional
 
Nombre del proyecto Institucional
Atención de Planteles Federales de Educación Media Superior con Estudiantes con Discapacidad
Justificación del proyecto
Los planteles federales de Educación Media Superior proporcionan acceso limitado a las personas con discapacidad, derivado de la insuficiente infraestructura y a la inadecuada oferta educativa que dificulta la reducción de brechas educativas y limita la inclusión en la educación media superior de este sector de la población.
Objetivo General
Fortalecer el acceso al servicio educativo de Educación Media Superior que proporciona el plantel para las personas con Discapacidad. Ampliando las oportunidades educativas de los estudiantes con discapacidad que, por su condición, requieren ejercer su derecho a la Educación Media Superior en la modalidad no escolarizada, mediante la realización de adecuaciones en las instalaciones, equipamiento y gastos de operación.
Fecha de conclusión
31 de diciembre de 2020
Monto total:
$_______________ (__________________ pesos 00/100 M.N.)
 
RESPONSABLES
 
 
____________________________________
(Grado académico, nombre y apellidos)
Directora, director o responsable del plantel
 
____________________________________
(Grado académico, nombre y apellidos)
Director(a) General o Titular de la Unidad
 
 
Anexo 1f Modelo de Recibo de Ministración
 

..."
__________________________________