ACUERDO por el que se aprueba la inclusión de un conjunto de Indicadores Clave en materia de Corrupción en el Catálogo Nacional de Indicadores

ACUERDO por el que se aprueba la inclusión de un conjunto de Indicadores Clave en materia de Corrupción en el Catálogo Nacional de Indicadores.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Junta de Gobierno.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 28 Bis, 28 Ter, 28 Quáter, 28 Quintus, 33 fracción II, 56 y 77 fracción VII de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica; 5 fracción VII del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y 18 de las Reglas para la integración, difusión y administración del Catálogo Nacional de Indicadores, y
CONSIDERANDO
Que la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (Ley del Sistema), establece que la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) debe aprobar los indicadores generados por los Subsistemas Nacionales de Información.
Que de conformidad con el artículo 28 Quáter de la Ley del Sistema, el Subsistema Nacional de Información de Gobierno, Seguridad Pública e Impartición de Justicia, deberá generar indicadores sobre los siguientes temas: gestión y desempeño de las instituciones públicas que conforman al Estado y sus poderes, relacionados, como mínimo, con las funciones de gobierno, seguridad pública e impartición de justicia.
Que de conformidad con el artículo 28 Quintus de la LSNIEG, el Instituto producirá e integrará, con la colaboración de las Unidades del Estado, la información e indicadores a partir de los datos que se obtengan, entre otras fuentes, de:
I.     Los Censos Nacionales de Gobierno o de los esquemas alternativos que pudieran adoptarse en el futuro para sustituirlos total o parcialmente;
II.     Un registro de Unidades de Estado;
III.    Un sistema integrado de encuestas nacionales relacionado con los temas propios de este Subsistema, y
IV.   Los registros administrativos que permitan obtener información en los temas correspondientes.
Que el INEGI, como organismo público responsable de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (SNIEG), tiene como uno de sus objetivos realizar las acciones tendientes a lograr que la Información de Interés Nacional se sujete a los principios de accesibilidad, transparencia, objetividad e independencia a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional.
Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley del Sistema, la Información de Interés Nacional, producida y difundida por las Unidades del Estado que conforman el SNIEG, será oficial y de uso obligatorio para la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
Que mediante acuerdo 1ª/II/2020, del 22 de enero de 2020, la Junta de Gobierno del Instituto aprobó la creación del Comité Técnico Especializado de Información sobre Corrupción (CTEICO), el cual tiene como objetivo coordinar los trabajos de carácter conceptual, metodológico y técnico que permitan generar y desarrollar periódicamente información sobre corrupción en instituciones del Estado Mexicano, así como promover el uso y conocimiento de los resultados de los programas estadísticos del Subsistema Nacional de Información de Gobierno, Seguridad Pública e Impartición de Justicia para el diseño, seguimiento y evaluación de políticas públicas de alcance nacional en la materia.
Que el Comité Ejecutivo del Subsistema Nacional de Información de Gobierno, Seguridad Pública e Impartición de Justicia, durante la Segunda sesión ordinaria 2022, celebrada el 06 de diciembre de 2022, con base en el análisis del dictamen elaborado por el presidente del CTEICO, mediante acuerdo CESNIGSPIJ/2.2/2022, ratificó la pertinencia de incluir el conjunto de Indicadores propuesto en el Catálogo Nacional de Indicadores.
Que el conjunto de Indicadores Clave que se proponen mediante el presente acuerdo refiere a la percepción que tiene la población sobre la frecuencia con que ocurren actos de corrupción en distintas instituciones de gobierno, por lo que resultan relevantes para monitorear las políticas públicas en materia de prevención y combate a la corrupción.
Por lo anterior, la Junta de Gobierno ha tenido a bien emitir el siguiente:
 
ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA LA INCLUSIÓN DE UN CONJUNTO DE INDICADORES CLAVE EN
MATERIA DE CORRUPCIÓN EN EL CATÁLOGO NACIONAL DE INDICADORES
Primero.- Se aprueba la inclusión al Catálogo Nacional de Indicadores en el marco del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, del siguiente conjunto de Indicadores Clave en materia de Corrupción:
No.
Indicadores Clave
1
Percepción de frecuencia de corrupción en el sector público
2
Percepción de frecuencia de corrupción, según institución de gobierno
 
Segundo.- Corresponderá a la Dirección General de Estadísticas de Gobierno, Seguridad Pública y Justicia del Instituto Nacional de Estadística y Geografía generar de manera regular y periódica el conjunto de indicadores, en la forma y términos que determine el Comité Técnico Especializado de Información sobre Corrupción.
Transitorio
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El presente Acuerdo, se aprobó en términos del Acuerdo No. 4ª/II/2023, en la Cuarta sesión 2023 de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, celebrada el 09 de marzo de 2023.- Presidenta: Graciela Márquez Colín.- Vicepresidentes: Paloma Merodio Gómez, Adrián Franco Barrios y Mauricio Márquez Corona.
Aguascalientes, Ags., a 9 de marzo de 2023.- Hace constar lo anterior el Coordinador General de Asuntos Jurídicos, Jorge Ventura Nevares, en ejercicio de la atribución que le confiere lo dispuesto por la fracción IV, del artículo 46 del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Rúbrica.
(R.- 533674)