EXTRACTO del Acuerdo INE/CG2501/2024 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para el Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Ju EXTRACTO del Acuerdo INE/CG2501/2024 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para el Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 y sus respectivos anexos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.
EXTRACTO DEL ACUERDO INE/CG2501/2024 DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA LA ESTRATEGIA DE CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA ELECTORAL PARA EL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO PARA LA ELECCIÓN DE DIVERSOS CARGOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024-2025 Y SUS RESPECTIVOS ANEXOS
GLOSARIO
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ANTECEDENTES
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V. Reforma constitucional en materia del PJF. El 15 de septiembre de 2024 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones (artículos: 17, 20, 76, 89, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 105, 107, 110, 111, 113, 116, 122 y 123) de la CPEUM en materia de reforma al PJF. El Decreto, en su artículo Primero Transitorio, estableció que dicha reforma entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, es decir, el 16 de septiembre de la presente anualidad.
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VII. Declaratoria del inicio del PEEPJF 2024-2025. El 23 de septiembre de 2024 el CG del INE aprobó el Acuerdo INE/CG2240/2024, a través del cual se emitió la Declaratoria del inicio del Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025, en el que se elegirán los cargos de Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las Magistraturas de las Salas Superior y Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las personas Integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, y Magistraturas de Circuito y Personas Juzgadoras de Distrito, así como de su Etapa de Preparación y se define la integración e instalación de los Consejos Locales.
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IX. Creación de la CTPEEPJF. El 23 de septiembre de 2024 el CG del INE emitió el Acuerdo INE/CG2242/2024, a través del cual se creó la Comisión Temporal del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
X. Reforma a la LGIPE en materia del PJF. El 14 de octubre de 2024 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la LGIPE, en materia de elección de personas juzgadoras del PJF (artículos 1, 2, 3, 30, 45, 47, 48, 471, 473, 474, 474 Bis, 475, 476 y el Libro Noveno denominado De la Integración del Poder Judicial de la Federación y de las Entidades Federativas conformado por los artículos 494 al 535). En su artículo Primero Transitorio estableció que dicha reforma entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, es decir, el 15 de octubre de la presente anualidad.
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XIX. Aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025. El 12 de diciembre de 2024, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, aprobó el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025; en el que se determinó una disminución del 67% para la organización del Proceso Electoral Extraordinario para la Elección de diversos Cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 solicitado por el Instituto.
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XXI. Publicación en el Diario Oficial de la Federación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025. El 24 de diciembre de la presente anualidad se publicó en la edición vespertina el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025, aprobado el 13 de diciembre de la presente anualidad por la Cámara de diputadas y diputados.
XXII. Aprobación de la armonización de la estructura presupuestal de egresos del Ejercicio Fiscal 2025. El 25 de diciembre de 2024, se aprobó la armonización de la estructura presupuestal de egresos del Ejercicio Fiscal derivado del recorte realizado por la Cámara de diputadas y diputados al presupuesto solicitado por el Instituto Nacional Electoral para el ejercicio 2025.
XXIII. Presentación a la CTPEE-PJF de la ECAE para el PEEPJF 2024-2025. El 25 de diciembre de 2024, en la Cuarta Sesión Extraordinaria de la CTPEE-PJF, se presentó el Proyecto de Acuerdo del Consejo General del INE por el que se aprueba la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 y sus respectivos anexos, mismo que se pone a consideración de este Consejo General para su aprobación.
XXIV. Aprobación del presupuesto de egresos del Ejercicio Fiscal 2025. El 31 de diciembre de 2024, se emitió el Acuerdo INE/CG2499/2024 del Consejo General del INE por el que se aprobó el presupuesto para el ejercicio fiscal de 2025, el cual refleja el ajuste realizado por la Cámara de Diputados.
CONSIDERANDOS
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Segundo. Disposiciones normativas que sustentan la determinación.
Marco Normativo General.
5. Asimismo, el artículo 41, párrafo tercero, Base V, Apartado B, inciso a), numerales 1, 4 y 5, de la CPEUM; en concatenación con el artículo 32, numeral 1, inciso a), fracciones I, IV y V de la LGIPE, establecen que corresponde al INE, para los procesos electorales federales y locales, la capacitación electoral, la ubicación de las casillas y la designación del funcionariado de sus MDC, así como las reglas, lineamientos, criterios y formatos en materia de la observación electoral.
6. El artículo 96, párrafo primero, fracción IV, de la CPEUM, establece que las Ministras y Ministros de la SCJN, Magistradas y Magistrados de la Sala Superior y las salas regionales del TEPJF, Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito, serán elegidos de manera libre, directa y secreta por la ciudadanía el día que se realicen las elecciones federales ordinarias del año que corresponda. Y que el INE efectuará los cómputos de la elección, publicará los resultados y entregará las constancias de mayoría a las candidaturas que obtengan el mayor número de votos, asignando los cargos alternadamente entre mujeres y hombres.
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8. Por su parte, el artículo Transitorio Segundo, párrafo cuarto del Decreto de reforma a la CPEUM mandató que, para el caso de las magistraturas de Circuito y personas juzgadoras de Distrito, la elección será escalonada, renovándose la mitad de los cargos correspondientes a cada circuito judicial en la elección extraordinaria del año 2025, y la parte restante en la elección federal ordinaria del año 2027.
9. Asimismo, el párrafo quinto del precepto arriba precisado del Decreto de reforma a la CPEUM determinó que el INE podrá emitir los acuerdos que estime necesarios para la organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización del PEEPJF 2024-2025 y garantizar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales aplicables para los procesos electorales federales, observando los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y paridad de género; igualmente, se estipuló que las personas consejeras del Poder Legislativo y las representaciones de los partidos políticos ante el CG del INE no podrán participar en las acciones, actividades y sesiones relacionadas con el PEEPJF 2024-2025.
Aunado a lo anterior, el párrafo séptimo del artículo Transitorio Segundo del Decreto de reforma a la CPEUM estipula que la etapa de preparación del PEEPJF 2024-2025 iniciará con la primera sesión que el CG del INE celebre dentro de los siete días posteriores a la entrada en vigor del decreto. Asimismo, su párrafo octavo señala que la JE se celebrará el primer domingo de junio del año 2025, y podrán participar como observadoras las personas o agrupaciones acreditadas por el Instituto, con excepción de representantes o militantes de los partidos políticos.
10. El artículo Transitorio Octavo, párrafo segundo, del Decreto de reforma a la CPEUM, estipuló que la renovación de la totalidad de cargos de elección de los Poderes Judiciales locales deberá concluir en la elección federal ordinaria del año 2027, en los términos y modalidades que estos determinen; en cualquier caso, las elecciones locales deberán coincidir con la fecha de la elección extraordinaria del año 2025 o de la elección ordinaria del año 2027. En concatenación con el artículo 494, numeral 2, de la LGIPE, señala que la elección ordinaria de las personas juzgadoras que integran el Poder Judicial de la Federación y los Poderes Judiciales de las entidades federativas se llevará a cabo el primer domingo del mes de junio del año que corresponda.
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Tercero. Motivos que sustenta la determinación
29. Es importante precisar que para el PEL 2024-2025, a celebrarse en las entidades de Durango y Veracruz, será de observancia el Acuerdo INE/CG2158/2024 y, en consecuencia, la CTPEE-PJF deberá emitir las medidas de armonización que hagan operativa la Estrategia referida y la presente.
30. De forma paralela, las treinta y dos (32) entidades federativas, incluidas Durango y Veracruz, deberán instrumentar la ECAE PEEPJF 2024-2025 que se aprueba a través del presente instrumento jurídico para efectos de las actividades en materia de integración de las MDCS, la capacitación y asistencia electoral para el PEEPJF 2024-2025.
31. Para la operatividad de la ECAE PEEPJF 2024-2025 resulta ser un imperativo necesario la adecuada planificación técnica-operativa y financiera, de la cual emana la responsabilidad del Instituto para garantizar la eficacia y llevar a cabo el proceso PEEPJF 2024-2025 ordenado, eficiente y apegado estrictamente a los preceptos legales aplicables para la elección de diversos cargos del PJF.
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33. Partiendo de ello, resulta indispensable asegurar que el PEEPJF 2024-2025 se lleve a cabo con transparencia e imparcialidad en beneficio de la ciudadanía haciendo posible la elección de las personas juzgadoras del PJF. En ese sentido, la operación, integración, planeación, dirección, ejecución y control de todas las actividades implicadas en dichos procesos comiciales, constituye uno de los elementos más importantes de todo sistema electoral.
En dichas circunstancias, el proceso de ajuste incluyó una evaluación detallada de las áreas sustantivas y operativas del Instituto, identificando ajustes específicos en proyectos, actividades y conceptos, lo que permitió optimizar los recursos disponibles sin comprometer la funcionalidad esencial del Instituto. Resultando normativa y materialmente procedente la instalación e integración de setenta y tres mil ochocientos cincuenta (73,850) MDCS. Ello, debido al recorte presupuestal al INE para el 2025, destinándose únicamente $6,219,213,262.00 (seis mil doscientos diecinueve millones doscientos trece mil doscientos sesenta y dos pesos 00/100 M.N.) para la elección de personas juzgadoras del PJF, es decir, se realizó una reestructuración de los recursos asignados.
34. Derivado de lo anterior, la ECAE PEEPJF 2024-2025 establece en su PIMDCSyCE la integración de los órganos receptores bajo la modalidad de MDCS, las cuales se integrarán con base en los rangos siguientes sin que, en ningún caso, la cantidad de ciudadanía exceda de cuatro mil (4,000) votantes, como a continuación se detalla:
Rango 1 | Rango 2 | Rango 3 | Rango 4 |
De 100 a 1,000 electores/as | De 1,001 a 2,000 electores/as | De 2,001 a 3,000 electores/as | De 3,001 a 4,000 electores/as |
Las MDCS se integrarán conforme lo siguiente: un Presidente/a, Secretaria/o 1, Secretaria/o 2, Escrutador/a 1, Escrutador/a 2 (en los rangos establecidos se considera un Escrutador/a adicional cada vez que se rebasen 1,000 electores/as, y en forma acumulativa hasta 4,000), por lo cual podrá haber MDCS hasta con (5) cinco escrutadoras/es totales dependiendo del rango en el que se encuentren. Finalmente, todas las MDCS tendrán (3) tres Suplentes Generales.
35. Para las entidades que, en su caso, concurra la realización del PEEPJF 2024-2025 con la elección de su Poder Judicial Local se integrarán MDCS únicas conforme a los rangos ya referidos en el considerando que antecede, adicionándose dentro del funcionariado propietario un Escrutador/a adicional, y cada vez que se rebasen las y los 1,000 electores en forma acumulativa hasta 4,000 electores/as se considera un escrutador/a adicional.
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38. El procedimiento aplicable para la integración de las MDCS será de conformidad con el artículo 254 de la LGIPE. Concretamente, su numeral 1, incisos a) y e), establecen que el CG, en el mes de diciembre del año previo a la elección, sorteará un mes del calendario que, junto con el que siga en su orden, serán tomados como base para la insaculación de la ciudadanía que integrará las MDC; así como en el mes de febrero del año de la elección, el CG sorteara las veintiséis (26) letras que comprende el alfabeto, a fin de obtener la letra a partir de la cual, con base en el primer apellido, se seleccionará a la ciudadanía que integrará las MDCS. En cumplimiento de lo anterior, en el Acuerdo INE/CG2158/2024, referido en el Antecedente IV del presente instrumento, se acordó en su punto de Acuerdo SEGUNDO que, el sorteo del mes para el PEL 2024-2025, deberán excluirse los meses de marzo y abril, conforme al considerando 40 de dicho Acuerdo. Ello, con el objeto de lograr una mayor participación ciudadana y evitar la incidencia de rechazos a participar como funcionariado de MDCS, lo cual es una causal prevista en el PIMDCSyCE, en su apartado 5.4 denominado "Razones por la que la ciudadanía no participa", específicamente, en su fracción VII, Rechazos, numeral 44: "Haber Participado como FMDC en otros Procesos Electorales Federales o Locales, Consulta Popular o Revocación de Mandato"; así como prevenir que la integración de las MDCS recaiga en la misma ciudadanía.
En consecuencia, y dada la concurrencia de la realización del PEL 2024-2025 en las entidades de Durango y Veracruz con el PEEPJF 2024-2025, concretamente por lo que hace al procedimiento de integración de las MDCS, se deberá considerar la exclusión de los meses de marzo y abril. Por lo tanto, considerando que en el primer ejercicio realizado el 20 de diciembre del presente, resultaron sorteados los meses de febrero y mayo, los meses antes citados, así como la letra que salga sorteada por el CG del Instituto en el mes febrero, serán tomados como base para la insaculación de la ciudadanía que integrará las MDC que se instalarán para el PEL 2024-2025 y para la integración de las MDCS del PEEPJF 2024-2025.
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DE LAS Y LOS SE Y CAE
40. En cumplimiento del artículo 303, numeral 1 de la LGIPE, en correlación con el artículo 49, numeral 1, inciso p) del RIINE, señalan que los CD designarán en enero del año de la elección a un número suficiente de personas que se desempeñarán como SE y CAE, de conformidad con la convocatoria pública expedida, para realizar las actividades establecidas en el numeral 2 del artículo citado de la LGIPE, en auxilio a las JDE y los CD, antes, durante y después de la JE, quienes deberán estrictamente cumplir con los requisitos del numeral 3 del artículo ya referido. La DECEyEC deberá coadyuvar con la DEA para la selección y contratación del personal auxiliar de las JDE y CD, quienes se encargarán de la Capacitación y Asistencia Electoral conforme el artículo 303 de la LGIPE. A lo largo de todo el proceso de reclutamiento, selección, contratación y recontratación de las y los SE y CAE deberá considerarse la excepción establecida en el transitorio segundo, párrafo quinto del Decreto de reforma, el cual determina que las personas consejeras del Poder Legislativo y las representaciones de los partidos políticos ante el CG de este Instituto no podrán participar en las acciones, actividades y sesiones relacionadas con el PEEPJF 2024-2025.
Para el PEEPJF 2024-2025 se tiene prevista la recontratación de las y los prestadores de servicios con experiencia como SE o CAE, con el objetivo de cubrir las vacantes de SE y CAE requeridas en los distritos electorales federales para el desarrollo de las actividades de integración de MDCS, Capacitación y Asistencia Electoral, las JDE implementarán la recontratación de la ciudadanía que prestó sus servicios durante el Proceso Electoral 2023-2024, privilegiando la recuperación de experiencia y conocimiento para el cumplimiento de los objetivos institucionales y actividades en campo previstas en la ECAE PEEPJF 2024-2025.
Las actividades y plazos que atenderán las JDE para la recontratación de SE y CAE se detallan en el Anexo 01 "Procedimiento para la recontratación de la ciudadanía que participó como SE o CAE del Manual de Reclutamiento, Selección y Contratación de las y los SE y CAE".
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42. Conforme al Acuerdo referido en el apartado de Antecedentes en su fracción III, y al estimar que las medidas excepcionales resultaron ser suficientes, útiles y razonables para cumplir con los procedimientos establecidos en la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2023-2024, este CG, órgano superior responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, ha considerado que dichas medidas servirán de antecedente adaptándose a las necesidades y particularidades de la presente elección para su aplicación, con el propósito de presentar alternativas en contextos de contingencia para garantizar las actividades operativas. Una vez que la DECEyEC identifique riesgo para garantizar la operatividad de las actividades de integración de MDCS, capacitación y asistencia electoral en alguno de los distritos electorales federales.
De lo contrario, se pondrían en peligro actividades sensibles, que en su conjunto hacen posible que la emisión del voto de la ciudadanía se vea materializado y se traduzca en la elección pública de las personas juzgadoras del PJF. Para mayor detalle de la instrumentación del procedimiento se podrá consultar el Anexo 22. Del Manual.
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Aspectos inéditos que se incorporaron en la ECAE PEEPJF 2024-2025
PROGRAMA DE INTEGRACIÓN DE MESAS DIRECTIVAS DE CASILLA SECCIONALES Y CAPACITACIÓN ELECTORAL Y SUS RESPECTIVOS ANEXOS
- Se elimina el número óptimo, lo cual ya aplica en el PEL 2024-2025.
- Las SED (de ambos niveles de afectación) serán las mismas que fueron aprobadas en el Proceso Electoral 2023-2024 y, únicamente, se adicionarán SED de nivel 2 en la Primera Etapa de Capacitación Electoral; lo cual ya aplica en el PEL 2024-2025.
- Se incorpora el Lineamiento del Funcionariado de Mesas Directivas de Casilla con Discapacidad designado propietario en la Segunda Insaculación, como Anexo 5.
- Las SCPRV serán las mismas que fueron aprobadas en el Proceso Electoral 2023-2024 y, únicamente, se adicionarán en caso de ser necesario durante la Primera Etapa de Capacitación Electoral.
- El 20 de diciembre del 2024 resultaron sorteados los meses de febrero y mayo, los cuales serán tomados como base, junto con la letra que salga sorteada por el CG del Instituto en el mes febrero, para la insaculación de la ciudadanía que integrará las MDC que se instalarán para el PEL 2024-2025 y para la integración de las MDCS del PEEPJF 2024-2025, dada la concurrencia de la realización de ambos procesos.
- Las MDC y casillas cambian su denominación y, en consecuencia, su integración por MDCS.
- Conforme el Decreto de reforma a la CPEUM en materia del PJF, las representaciones partidistas no podrán participar en las acciones, actividades y sesiones relacionadas con la operatividad de las actividades relativas a la integración de las MDCS, la capacitación y asistencia electoral.
MANUAL DE RECLUTAMIENTO, SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE LAS Y LOS SUPERVISORES ELECTORALES Y CAPACITADORES/AS-ASISTENTES ELECTORALES Y SUS RESPECTIVOS ANEXOS
- Se incorpora la recontratación de las y los SE y CAE, adicionando una entrevista como mecanismo de selección para la recontratación de las y los SE y CAE que prestaron sus servicios en el PE 2023-2024.
- Para el procedimiento de recontratación, en los casos que durante el PE 2023-2024 experimentaron un alto índice de rotación, o bien se presentaron problemas para completar la plantilla de SE y CAE, se podrá exceptuar del requisito de contar con una evaluación de desempeño aprobatoria (6.000) a las personas que cuenten con una evaluación menor cuando se estime que no se cuenta con suficientes personas aspirantes para completar las plantillas y tuvieron un buen desempeño durante el periodo que estuvieron activas. Esto a criterio de la Junta Distrital Ejecutiva y con el aval del Consejo Distrital.
- Se aplicarán los criterios objetivos que permitan valorar la contratación de personas con experiencia como SE o CAE y con un desempeño deficiente. Dichos criterios se presentan como un anexo del Manual.?
- Se incorporó el Anexo 22. Medidas de Contingencia para garantizar la operatividad de las actividades de integración de Mesas Directivas de Casilla Seccional/es, Capacitación Electoral y Asistencia Electoral en aquellos casos en que existan vacantes de Supervisores/as Electorales y Capacitadores/as-Asistentes Electorales.
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN ELECTORAL (ESTRUCTURA CURRICULAR)
- Se incluyen contenidos específicos orientados a la capacitación de los diversos públicos objetivo del Programa de Capacitación Electoral, fortaleciendo su comprensión y vinculación con el PJF.
- Se privilegia la capacitación presencial.
- Se detallan las funciones y responsabilidades de quienes conforman las MDCS, optimizando su desempeño operativo.
PROGRAMA DE ASISTENCIA ELECTORAL
- Se establecen los objetivos, líneas de acción y actividades de cada uno de los proyectos que integran el PAE PEEPJF 2024-2025. Así como, las directrices para el seguimiento a las actividades en materia de Asistencia Electoral y los indicadores de efectividad establecidos por las áreas y unidades responsables.
- Se incluye un Apartado de Asistencia Electoral Local para las entidades federativas del país que, en su caso, realicen las reformas correspondientes a las constituciones locales para la renovación de los poderes judiciales locales y cuya JE concurra con el PEEPJF 2024-2025.
- Este programa se divide en federal y Local.
- Ubicación e instalación de MDCS.
- Preparación, integración y distribución de la documentación y materiales electorales al FMDCS.
- Seguimiento a los paquetes con la documentación y materiales electorales.
- Sistema de Información sobre el desarrollo de la Jornada Electoral Extraordinaria (SIJE).
- Mecanismos de recolección.
- Cómputos.
CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE MATERIALES DIDÁCTICOS Y DE APOYO
- Se enlistan y describen los materiales que se elaborarán para las figuras involucradas en el PEEPJF 2024-2025. Cada material incluye nuevo contenido.
- Contempla materiales didácticos y de apoyo para dos etapas de capacitación dirigidos a ciudadanía sorteada, SE, CAE, FMDCS y OE.
- Al ser la primera vez que se lleva a cabo el PEEPJF 2024-2025 se consideran únicamente los materiales indispensables para la capacitación electoral con la finalidad de hacer eficiente la elaboración y producción de estos.
- Se contemplan materiales didácticos y de apoyo para la modalidad de VA.
MEDICIÓN DE CUMPLIMIENTO
- Se modifica la visión de las actividades de seguimiento y acompañamiento para la integración de las MDCS y la capacitación electoral.
- Se establecen nuevos propósitos, periodos de seguimiento y formatos simplificados.
- Se implementan actividades con un enfoque de seguimiento y acompañamiento, orientadas a recopilar información cualitativa y cuantitativa que permita a las JLE y JDE tomar acciones correctivas cuando sea necesario.
- La información registrada en los formatos servirá como evidencia del seguimiento y acompañamiento brindado y del contexto particular de cada distrito electoral federal en ese momento.
- Las etapas en las que se proporcionará seguimiento y acompañamiento incluyen el reclutamiento, selección y contratación de SE y CAE, Primera y Segunda Etapa de Capacitación Electoral.
PROGRAMA DE INTEGRACIÓN TECNOLÓGICA
- Se realizarán los ajustes necesarios para poner en operación los sistemas informáticos y aplicaciones móviles necesarios para el registro y consulta de información generada en el PEEPJF 2024-2025.
- Se realizará la contratación del servicio de voz y datos para la transmisión de datos que permita contar con información certera y oportuna de acuerdo con las actividades en materia de integración de las MDCS, la capacitación y asistencia electoral.
- Se desarrollará la plataforma de información de capacitación a efecto de brindar información sobre el avance de las actividades que realizarán las y los SE y CAE en campo.
Por lo anteriormente expuesto y con base en la fundamentación y motivaciones invocadas, este Consejo General emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueba la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para el Proceso Electoral Extraordinario para la Elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 y sus respectivos anexos, entre los que se encuentran los siguientes documentos:
1. Documento Rector
2. Programa de Integración de Mesas Directivas de Casilla Seccionales y Capacitación Electoral
3. Manual de Reclutamiento, Selección y Contratación de las y los Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales y sus respectivos anexos
4. Programa de Capacitación Electoral (Estructura Curricular)
5. Programa de Asistencia Electoral
6. Mecanismos de Coordinación Institucional (DECEyEC-DEOE-DERFE-DEA-UTSI/JLE-JDE/CL-CD)
7. Criterios para la elaboración de materiales didácticos y de apoyo
8. Medición de cumplimiento
9. Programa de Integración Tecnológica
10. Articulación Interinstitucional (INE-OPL)
11. Reposición de Procesos Electorales
SEGUNDO. Los meses que servirán como base para la elección PEEPJF 2024-2025, de acuerdo con el sorteo del mes realizado en la pasada sesión ordinaria del Consejo General del 20 de diciembre de 2024, serán febrero y mayo.
Respecto al sorteo de la letra que efectúe el Consejo General en el mes de febrero para la insaculación de la ciudadanía que integrará las Mesas Directivas de Casilla del Proceso Electoral Local 2024-2025, ésta también será la base para la integración de la Mesas Directivas de Casilla Seccionales del Proceso Electoral Extraordinario para la Elección de diversos Cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, observando los términos estipulados en el considerando 38 de este Acuerdo.
TERCERO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica y la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral implementar e incorporar elementos incluyentes, medidas de igualdad y no discriminación, en los procedimientos establecidos en los anexos de la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para el Proceso Electoral Extraordinario para la Elección del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 y sus respectivos anexos, así como en los contenidos de los materiales didácticos para la Capacitación y Asistencia Electoral que tienen como finalidad la universalidad y progresividad de los derechos humanos, concretamente por lo que hace a los derechos político-electorales.
CUARTO. De conformidad con el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral INE/CG2501/2024, referenciado en el apartado de antecedentes en su fracción XXIV, se podrán aprobar, en su caso, los ajustes, cambios y modificaciones que resulten necesarias para la debida instrumentación de la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para el Proceso Electoral Extraordinario para la Elección del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 y sus respectivos anexos, a excepción del pago de honorarios y gastos de campo previstos para Supervisor/a Electoral y Capacitador/a-Asistente Electoral.
La armonización de recursos buscó evitar impactos considerables, asegurando la operatividad de los órganos centrales y desconcentrados del Instituto, reflejando una distribución que priorice y preserve la funcionalidad de las actividades vinculadas directamente al cumplimiento de las atribuciones conferidas al INE.
QUINTO. En caso de suscitarse causas de fuerza mayor, caso fortuito, resoluciones jurisdiccionales emitidas por las autoridades correspondientes que impacten, modifiquen y/o retrasen parcial o totalmente la instrumentación de la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para el Proceso Electoral Extraordinario para la Elección del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 y sus respectivos anexos, o cualquier otra razón que impida la realización de las actividades previamente establecidas en materia de integración de las Mesas Directivas de Casilla Seccionales, la Capacitación y Asistencia Electoral, la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica y la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, en el ámbito de sus atribuciones, podrán proponer a la Comisión Temporal del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, los ajustes, modificaciones y medidas operativas necesarias.
Por lo que respecta a los materiales didácticos y de apoyo, así como a los modelos que apruebe la Comisión Temporal del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica podrá realizar los ajustes, modificaciones y medidas operativas necesarias, mismas que, posteriormente, serán únicamente informadas a la misma comisión que los aprobó.
SEXTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal Electoral, en el ámbito de su competencia, instrumente lo necesario para que las vocalías Distritales del Registro Federal de Electores apoyen las actividades de integración de las Mesas Directivas de Casilla Seccionales, la Capacitación y Asistencia Electoral, respecto de la conformación de las áreas y zonas de responsabilidad electoral y en la ubicación de los domicilios de la ciudadanía insaculada durante la Primera Etapa de Capacitación Electoral; así como para que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal Electoral apoye en la entrega de listados nominales en las Secciones con Estrategias Diferenciadas, nivel de afectación 2 y, en los casos que sea necesario, sustituir a la ciudadanía designada como funcionaria de Mesas Directivas de Casilla Seccionales una vez agotada la lista de reserva y el listado de ciudadanía sorteada en la Primera Etapa de Capacitación Electoral, durante la Segunda Etapa de Capacitación Electoral del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
SÉPTIMO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración para que, tres días hábiles antes del pago de los honorarios quincenales a las personas prestadoras de servicios que se desempeñen como Supervisor/a Electoral y Capacitador/a-Asistente Electoral, informe a la Comisión Temporal del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 sobre las acciones que garanticen el pago de sus honorarios, gastos de campo y demás conceptos previstos contractualmente, los cuales no serán modificables; así como informar de los recursos asignados a las Junta Distrital Ejecutiva para apoyar los gastos extraordinarios que se generen para cubrir los conceptos ya mencionados a las personas prestadoras de servicios durante el Proceso Electoral Extraordinario para la Elección de diversos Cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
OCTAVO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración para que, de forma conjunta con la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica y la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, implemente las medidas necesarias para la contratación de las y los prestadores de servicios requeridos para la realización de las actividades determinadas en la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para el Proceso Electoral Extraordinario para la Elección del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 y sus respectivos anexos.
NOVENO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica para que informe a la Comisión Temporal del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, en el ámbito de sus respectivas competencias, sobre el avance en el reclutamiento, selección, contratación y, en su caso, recontratación de las y los Supervisores/as Electoral/es y Capacitadores/as-Asistentes Electorales; integración de las Mesas Directivas de Casilla Seccionales, así como de la Capacitación Electoral, en los informes correspondientes a la Primera y Segunda Etapa de Capacitación Electoral del Proceso Electoral Extraordinario para la Elección de diversos Cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
DÉCIMO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica a implementar las medidas excepcionales referidas en el apartado de antecedentes, fracción III del presente instrumento jurídico, conforme al procedimiento establecido en el Anexo 22. Del Manual, en los distritos electorales federales cuando identifique riesgo que pueda comprometer la operatividad de las actividades relacionadas con la integración de las Mesa/s Directiva/s de Casilla/s Seccionales, capacitación y asistencia electoral.
DÉCIMO PRIMERO. La Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, a través de la Comisión Temporal del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, informará al Consejo General sobre la verificación, supervisión y cumplimiento del presente Acuerdo, en los informes correspondientes a la Primera y Segunda Etapa de Capacitación Electoral del Proceso Electoral Extraordinario para la Elección de diversos Cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, respectivamente.
DÉCIMO SEGUNDO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica notificar el presente Acuerdo a las y los vocales ejecutivos de las Juntas Locales Ejecutivas y Juntas Distritales Ejecutivas del Instituto Nacional Electoral de las treinta y dos (32) entidades federativas del país, para su conocimiento y debido cumplimiento.
DÉCIMO TERCERO. Se instruye a las y los vocales ejecutivos de las Juntas Locales Ejecutivas y Juntas Distritales Ejecutivas del Instituto Nacional Electoral de las treinta y dos (32) entidades federativas para que instrumenten lo conducente y hagan del conocimiento de las personas integrantes de sus Consejos Locales y Consejos Distritales el contenido del presente Acuerdo y sus respectivos anexos.
DÉCIMO CUARTO. Se instruye a las Juntas Locales Ejecutivas y Juntas Distritales Ejecutivas de este Instituto instrumentar los procedimientos y acciones relativas a la operatividad de la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para el Proceso Electoral Extraordinario para la Elección del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 y sus respectivos anexos a partir del mismo día en que el presente Acuerdo sea aprobado.
DÉCIMO QUINTO. Se instruye a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales para que instrumente lo conducente a fin de notificar el presente Acuerdo y hacer de conocimiento y debido cumplimiento a las personas integrantes de los Consejos Generales de los Organismos Públicos Locales de las entidades que a la fecha de aprobación del presente instrumento jurídico cuenten con reformas constitucionales en materia de los poderes judiciales locales que dispongan la concurrencia de su Jornada Electoral con la del Proceso Electoral Extraordinario para la Elección de diversos Cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
DÉCIMO SEXTO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el Consejo General y tendrá vigencia hasta quedar resuelto el último de los medios de impugnación que se hubiesen interpuesto en contra de las elecciones respectivas o cuando se tenga constancia de que no se presentó ninguno, cuyos actos concluyen con la aprobación de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación o la Suprema Corte de Justicia de la Nación del dictamen que contenga el cómputo final de la elección.
DÉCIMO SÉPTIMO. Publíquese ...
El Acuerdo íntegro y anexos que forman parte de este, se encuentran disponibles para su consulta en la dirección electrónica:
Página INE: https://ine.mx/sesion-extraordinaria-del-consejo-general-urgente-31-de-diciembre-de-2024/
Página DOF: www.dof.gob.mx/2025/INE/CGext202412_31_ap_2.pdf
Ciudad de México, 8 de enero de 2025.- Directora Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, Lcda. María Elena Cornejo Esparza.- Rúbrica.