Instituto Nacional de Antropología e Historia

CONVOCATORIA INAH 002/2025


Los Comités Técnicos de Selección del Instituto Nacional de Antropología e Historia con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75 fracción III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (en adelante LSPCAPF); 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40 y Séptimo Transitorio de su Reglamento (en adelante RLSPCAPF); y artículos 177, 178, 226 al 229, 237 al 242, 244, 245, 248 al 251, 254, 255, 261, 262, 263, 264, 266 al 270, 273 al 292, 297, 299 al 301 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2024 (en adelante el ACUERDO), emite la siguiente:

CONVOCATORIA PUBLICA y ABIERTA del concurso para ocupar las siguientes plazas vacantes del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:


Nombre del puesto
Subdirector de Quejas y Denuncias
Código del Puesto

48 D00 1 M2C015P 000249 E C A

Nivel Administrativo

O32

Número de vacantes

1 (Una)

Sueldo Bruto

$35,416.00 (Treinta y cinco mil cuatrocientos dieciséis 00/100 M.N.) mensual

Adscripción del Puesto

Organo Interno de Control

Sede
Central
Tipo de Nombramiento

Confianza

Funciones principales

1.        Atender las quejas, denuncias, peticiones, solicitudes, seguimiento de irregularidades y sugerencias, que se presentan por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos relacionados con la calidad de los trámites y servicios que otorga el instituto.

2.        Determinar la procedencia de las quejas o denuncias presentadas, que se formulen por el incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, observando los lineamientos y criterios técnicos vigentes; así como, supervisar la correcta integración de los expedientes que se radiquen.

3.        Realizar las investigaciones conducentes para efectos de dictaminar los expedientes y en su caso, turnarlos al área de responsabilidades, cuando así proceda; así como coordinar las notificaciones que se tengan que practicar con motivo de los asuntos atendidos.

4.        Formular los requerimientos de información y demás diligencias necesarias para la atención de las quejas, denuncias y peticiones presentadas, así como, solicitar a las unidades administrativas la información que se requiera.

5.        Diseñar sistemas que permitan a la ciudadanía la presentación de quejas y denuncias, así como peticiones sobre trámites y los servicios que brinda el instituto nacional de antropología e historia.

6.        Supervisar el registro de los asuntos en el sistema electrónico de atención ciudadana.

7.        Proporcionar orientación en la formulación de quejas, denuncias, peticiones, seguimiento de irregularidades y sugerencias que demande la ciudadanía.

8.        Apoyar al titular del área de responsabilidades y quejas en la formulación de los requerimientos de información a las unidades administrativas del instituto y brindar la asesoría que le sea requerida en el ámbito de su competencia.

9.        Coordinar la participación en los actos de entrega-recepción de áreas o unidades administrativas del Instituto Nacional de Antropología e Historia y verificar que se lleven a cabo conforme a la normatividad aplicable; así como, la elaboración de los informes relativos al sistema de información periódica que le competan y los que le sean requeridos por el titular del OIC.

10.        Supervisar la recepción, registro y control de inconformidades y llevar a cabo las diligencias necesarias a fin de estar en condiciones de emitir la determinación conducente.

11.        Analizar y proponer la resolución sobre las inconformidades presentadas en contra de actos del Instituto Nacional de Antropología e Historia, determinando la procedencia o improcedencia en términos de lo estipulado por las leyes de adquisiciones, arrendamientos y servicios y la de obras públicas y servicios relacionadas con las mismas.

12.        Proponer que sean turnados a la Subdirección de Responsabilidades del Organo Interno de Control, los expedientes de quejas, denuncias e inconformidades debidamente integrados, así como las constancias correspondientes, en el caso de que se detectaran presuntas responsabilidades de los servidores públicos, para que de ser procedente se impongan las sanciones en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los servidores públicos y demás disposiciones aplicables.

13.        Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran, así como la que le encomienden el Titular del Area de Responsabilidades y Quejas y/o el Titular del Organo interno de Control.

Perfil

Escolaridad:

Grado de avance: Titulado

Area de Estudio:

Carrera Genérica:

Ciencias Sociales y Administrativas

Derecho

Experiencia Laboral:

Mínimo de años: 3 años

Campo de experiencia:

Area de experiencia:

Ciencias Jurídicas y Derecho

Derecho y Legislación Nacionales

Ciencias Jurídicas y Derecho

Teoría y Métodos Generales

Ciencias Jurídicas y Derecho

Organización Jurídica

Ciencias Jurídicas y Derecho

Defensa Jurídica y Procedimientos

Capacidades Profesionales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Idiomas Extranjeros:

No requerido

Otros:

Disponibilidad para viajar en ocasiones

Conformación de la prelación para acceder a la entrevista con el Comité de Selección.

El número de personas candidatas a entrevistar de conformidad con lo establecido en el artículo 36 del RLSPCAPF y las reglas de valoración autorizadas por el CTP, será de por lo menos 1 y hasta 3, respetando el orden de prelación que registra la herramienta www.trabajaen.gob.mx.


Nombre del puesto
Subdirector de Control
Código del Puesto

48 D00 1 M2C015P 0002672 E C L

Nivel Administrativo

O32

Número de vacantes

1 (Una)

Sueldo Bruto

$35,416.00 (Treinta y cinco mil cuatrocientos dieciséis 00/100 M.N.) mensual

Adscripción del Puesto

Organo Interno de Control

Sede
Central
Tipo de Nombramiento

Confianza

Funciones principales

1.        Verificar la instrumentación de las normas de control que emita la Secretaría, así como los proyectos de normas complementarias se requieran en materia de control.

2.        Realizar el seguimiento de la información para conocer la suficiencia y efectividad de la estructura de control interno, informando periódicamente el estado que guarda.

3.        Supervisar las acciones para realizar la evaluación de riesgos que puedan obstaculizar el cumplimiento de las metas y objetivos del Instituto, proponiendo acciones para su atención.

4.        Colaborar y comprobar que se difundan los pronunciamientos de carácter ético, así como los programas orientados a la transparencia y el combate a la corrupción.

5.        Proponer al Titular del Area de Auditoría para desarrollo y mejora de la gestión pública, las intervenciones que en materia de control se deban integrar al programa anual de auditoría y control.

6.        Supervisar el seguimiento a las acciones que implemente el Instituto para la mejora de sus procesos, a fin de apoyar en el cumplimiento de sus objetivos estratégicos con un enfoque preventivo y brindar asesoría en materia de desarrollo administrativo.

7.        Promover la instrumentación de acciones para el fortalecimiento de una cultura de control al interior del Instituto, a fin de asegurar en mayor grado el cumplimiento de la normatividad, metas y objetivos.

8.        Auxiliar al Titular de Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública, en la formulación de requerimientos, información y demás actos necesarios para la atención de los asuntos de control institucional, así como solicitar a las unidades administrativas la información que se requiera.

9.        Supervisar el seguimiento en la atención de las acciones de mejora que en materia de control se deriven de las revisiones realizadas a las Unidades Administrativas del Instituto.

Perfil

Escolaridad:

Grado de avance: Titulado

Area de Estudio:

Carrera Genérica:

No Aplica

No Aplica

Experiencia Laboral:

Mínimo de años: 4 años

Campo de experiencia:

Area de experiencia:

Ciencias Económicas

Organización y Dirección de Empresas

Ciencias Económicas

Administración de Proyectos de Inversión y Riesgo

Ciencias Económicas

Auditoría

Ciencias Económicas

Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos

Capacidades Profesionales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Idiomas Extranjeros:

No requerido

Otros:

Disponibilidad para viajar en ocasiones

Conformación de la prelación para acceder a la entrevista con el Comité de Selección.

El número de personas candidatas a entrevistar de conformidad con lo establecido en el artículo 36 del RLSPCAPF y las reglas de valoración autorizadas por el CTP, será de por lo menos 1 y hasta 3, respetando el orden de prelación que registra la herramienta www.trabajaen.gob.mx.



Nombre del puesto
Subdirector de Responsabilidades y Situación Patrimonial
Código del Puesto

48 D00 1 M2C015P 0002682 E C L

Nivel Administrativo

O32

Número de vacantes

1 (Una)

Sueldo Bruto

$35,416.00 (Treinta y cinco mil cuatrocientos dieciséis 00/100 M.N.) mensual

Adscripción del Puesto

Organo Interno de Control

Sede
Central
Tipo de Nombramiento

Confianza

Funciones principales

1.        Coordinar la investigación de los hechos que pudieran constituir responsabilidades administrativas, por incumplimiento de las obligaciones o inobservancia legal de los servidores públicos del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

2.        Intervenir en la instrucción del procedimiento administrativo para el fincamiento de responsabilidades, a fin de acreditar en su caso, los actos u omisiones en que hayan incurrido los servidores públicos del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

3.        Supervisar el registro de las sanciones administrativas en los libros de gobierno de los asuntos de su competencia.

4.        Proponer al Titular del Area de Responsabilidades la formulación de requerimientos, información y demás actos necesarios para la atención de los asuntos en materia de responsabilidades.

5.        Proponer la imposición de sanciones administrativas en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y demás disposiciones aplicables, en caso de acreditarse las conductas irregulares, inobservancia legal o incumplimiento de obligaciones a cargo de algún servidor público del Instituto.

6.        Vigilar que la declaración patrimonial de los servidores públicos para la integración del padrón de los obligados a presentar la declaración de situación patrimonial, conjuntamente con el área de recursos humanos.

7.        Revisar y compulsar los documentos que obren en los archivos del Organo Interno de Control para emitir la certificación correspondiente.

8.        Opinar sobre la procedencia de la autorización a que se refiere la fracción XXIII del artículo 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

9.        Supervisar que los actos de entrega - recepción de áreas o unidades administrativas del Instituto Nacional de Antropología e Historia se formalicen conforme a la normatividad aplicable.

Perfil

Escolaridad:

Grado de avance: Terminado o Pasante

Area de Estudio:

Carrera Genérica:

Ciencias Sociales y Administrativas

Ciencias Políticas y Administración Pública

Ciencias Sociales y Administrativas

Mercadotecnia y Comercio

Ciencias Sociales y Administrativas

Contaduría

Ciencias Sociales y Administrativas

Relaciones Internacionales

Ciencias Sociales y Administrativas

Derecho

Ciencias Sociales y Administrativas

Administración

Ciencias Sociales y Administrativas

Humanidades

Experiencia Laboral:

Mínimo de años: 3 años

Campo de experiencia:

Area de experiencia:

Ciencias Económicas

Apoyo Ejecutivo y/o Administrativo

Ciencias Económicas

Contabilidad

Ciencia Política

Administración Pública

Historia

Historia General

Ciencias Económicas

Auditoría

Ciencia Política

Relaciones Internacionales

Ciencias Económicas

Organización y Dirección de Empresas

Ciencias Jurídicas y Derecho

Defensa Jurídica y Procedimientos

Ciencias Jurídicas y Derecho

Derecho y Legislación Nacionales

Ciencias Económicas

Organización Industrial y Políticas Gubernamentales

Sociología

Grupos Sociales

Historia

Ciencias Auxiliares de la Historia

Capacidades Profesionales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Idiomas Extranjeros:

No requerido

Otros:

Disponibilidad para viajar en ocasiones

Conformación de la prelación para acceder a la entrevista con el Comité de Selección.

El número de personas candidatas a entrevistar de conformidad con lo establecido en el artículo 36 del RLSPCAPF y las reglas de valoración autorizadas por el CTP, será de por lo menos 1 y hasta 3, respetando el orden de prelación que registra la herramienta www.trabajaen.gob.mx.

Nombre del puesto
Jefe del Departamento de Auditoría
Código del Puesto

48 D00 1 M2C014P 0002683 E C L

Nivel Administrativo

O11

Número de vacantes

1 (Una)

Sueldo Bruto

$26,005.00 (Veintiséis mil cinco 00/100 M.N.) mensual

Adscripción del Puesto

Organo Interno de Control

Sede
Central
Tipo de Nombramiento

Confianza

Funciones principales

1.        Realizar con base en el Programa Anual de Trabajo (PAT), la práctica de auditorías programadas y especiales, conforme a los lineamientos emitidos por la Secretaría de la Función Pública en materia de recursos humanos, financieros y materiales, con el objeto de verificar la debida aplicación de las normas, criterios, lineamientos y metodología que regulen las actividades.

2.        Elaborar y proponer al Subdirector de Recursos y Proyectos, los documentos de trabajo que se consideran necesarios para la práctica de las auditorías o revisiones, con la finalidad de normar los criterios en el manejo e interpretación de la información.

3.        Verificar que el gasto corriente y de inversión del Instituto, se ejerza de acuerdo con el presupuesto autorizado y con la normatividad que al respecto se emita, vigilando el cumplimiento de los criterios y lineamientos de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal, así como la normatividad aplicable en materia.

4.        Integrar y validar la información periódica solicitada al Organo Interno de Control por la Secretaría de la Función Pública y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, conforme a las normas y lineamientos emitidos por la misma, con la finalidad de entregar información oportuna y fidedigna.

5.        Revisar y analizar los controles de formas valoradas y expedición de recibos de ingresos varios, así como la captación de los recursos provenientes de aportaciones de terceros, contra los depósitos bancarios, comprobando que existan registros auxiliares por cada grupo de ingresos y estos se encuentren registrados en el ejercicio fiscal correspondiente.

6.        Revisar que las políticas y procedimientos establecidos para la administración de los recursos, aseguren su adecuado control y registro, verificando que los reintegros se hayan realizado y enterado a la Tesorería de la Federación (TESOFE), conforme a los lineamientos establecidos.

7.        Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las que le encomienden el Titular del Area y el subdirector de Supervisión y Auditoría.

Perfil

Escolaridad:

Grado de avance: Titulado

Area de Estudio:

Carrera Genérica:

No Aplica

No Aplica

Experiencia Laboral:

Mínimo de años: 3 años

Campo de experiencia:

Area de experiencia:

Ciencias Económicas

Auditoría

Ciencias Económicas

Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos

Ciencias Económicas

Organización y Dirección de Empresas

Capacidades Profesionales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Idiomas Extranjeros:

No requerido

Otros:

Disponibilidad para viajar en ocasiones

Conformación de la prelación para acceder a la entrevista con el Comité de Selección.

El número de personas candidatas a entrevistar de conformidad con lo establecido en el artículo 36 del RLSPCAPF y las reglas de valoración autorizadas por el CTP, será de por lo menos 1 y hasta 3, respetando el orden de prelación que registra la herramienta www.trabajaen.gob.mx.

Nombre del puesto
Jefe del Departamento de Auditoría
Código del Puesto

48 D00 1 M2C014P 0002681 E C L

Nivel Administrativo

O11

Número de vacantes

1 (Una)

Sueldo Bruto

$26,005.00 (Veintiséis mil cinco 00/100 M.N.) mensual

Adscripción del Puesto

Organo Interno de Control

Sede
Central
Tipo de Nombramiento

Confianza

Funciones principales

1.        Realizar con base en el Programa Anual de Trabajo (PAT), la práctica de auditorías programadas y especiales, conforme a los lineamientos emitidos por la Secretaría de la Función Pública en materia de recursos humanos, financieros y materiales, con el objeto de verificar la debida aplicación de las normas, criterios, lineamientos y metodología que regulen las actividades.

2.        Elaborar y proponer al subdirector de recursos y proyectos, los documentos de trabajo que se consideran necesarios para la práctica de las auditorías o revisiones, con la finalidad de normar los criterios en el manejo e interpretación de la información.

3.        Verificar que el gasto corriente y de inversión del instituto, se ejerza de acuerdo con el presupuesto autorizado y con la normatividad que al respecto se emita, vigilando el cumplimiento de los criterios y lineamientos de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal, así como la normatividad aplicable en materia.

4.        Integrar y validar la información periódica solicitada al Organo Interno de Control por la Secretaría de la Función Pública y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, conforme a las normas y lineamientos emitidos por la misma, con la finalidad de entregar información oportuna y fidedigna.

5.        Revisar y analizar los controles de formas valoradas y expedición de recibos de ingresos varios, así como la captación de los recursos provenientes de aportaciones de terceros, contra los depósitos bancarios, comprobando que existan registros auxiliares por cada grupo de ingresos y estos se encuentren registrados en el ejercicio fiscal correspondiente.

6.        Revisar que las políticas y procedimientos establecidos para la administración de los recursos, aseguren su adecuado control y registro, verificando que los reintegros se hayan realizado y enterado a la Tesorería de la Federación (TESOFE), conforme a los lineamientos establecidos.

7.        Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las que le encomienden el Titular del Area y el Subdirector de Supervisión y Auditoría.

Perfil

Escolaridad:

Grado de avance: Titulado

Area de Estudio:

Carrera Genérica:

No Aplica

No Aplica

Experiencia Laboral:

Mínimo de años: 3 años

Campo de experiencia:

Area de experiencia:

Ciencias Económicas

Auditoría

Ciencias Económicas

Organización y Dirección de Empresas

Ciencias Económicas

Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos

Capacidades Profesionales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Idiomas Extranjeros:

No requerido

Otros:

Disponibilidad para viajar en ocasiones

Conformación de la prelación para acceder a la entrevista con el Comité de Selección.

El número de personas candidatas a entrevistar de conformidad con lo establecido en el artículo 36 del RLSPCAPF y las reglas de valoración autorizadas por el CTP, será de por lo menos 1 y hasta 3, respetando el orden de prelación que registra la herramienta www.trabajaen.gob.mx.

Nombre del puesto
Jefe del Departamento de Control de Recursos Materiales y Servicios
Código del Puesto

48 D00 1 M2C014P 0002471 E C L

Nivel Administrativo

O11

Número de vacantes

1 (Una)

Sueldo Bruto

$26,005.00 (Veintiséis mil cinco 00/100 M.N.) mensual

Adscripción del Puesto

Organo Interno de Control

Sede
Central
Tipo de Nombramiento

Confianza

Funciones principales

1.        Realizar con base en el Programa anual de Auditoría y Control (PAAC), la práctica de revisiones de control, conforme a los lineamientos emitidos por la Secretaría de la Función Pública, con el objeto de verificar la debida aplicación de las normas, lineamientos, criterios y metodología que regulan su actitud.

2.        Analizar y verificar los mecanismos de control internos que se hayan establecido, a fin de evaluar los riesgos que puedan obstaculizar el cumplimiento de las metas y objetivos institucionales.

3.        Verificar el Cumplimiento de los Procedimientos Administrativos, que Impacten en la Transparencia y Combate a la Corrupción.

4.        Verificar el cumplimiento de las normas de control, que emita la Secretaría de la Función Pública, así como proponer a su jefe inmediato los proyectos de normas complementarias que se requieran.

5.        Llevar el control y seguimiento de las acciones de mejora que se hayan instrumentado.

6.        Elaborar los informes referentes a las revisiones de control, de acuerdo a los lineamientos normativos que en la materia establece la Secretaría de la Función Pública, con el propósito de determinar la problemática, las acciones de mejora y los resultados más relevantes.

7.        Realizar las demás funciones que le confieren las disposiciones legales aplicables y/o, las que en su caso, le asigne el Titular del Area de Auditoría para desarrollo y mejora de la gestión pública y el subdirector de control.

Perfil

Escolaridad:

Grado de avance: Titulado

Area de Estudio:

Carrera Genérica:

Ciencias Naturales y Exactas

Contaduría

Ciencias Sociales y Administrativas

Economía

Ciencias Sociales y Administrativas

Administración

Experiencia Laboral:

Mínimo de años: 3 años

Campo de experiencia:

Area de experiencia:

Ciencia Política

Administración Pública

Ciencias Económicas

Organización y Dirección de Empresas

Ciencias Económicas

Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos

Capacidades Profesionales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Idiomas Extranjeros:

No requerido

Otros:

Disponibilidad para viajar en ocasiones

Conformación de la prelación para acceder a la entrevista con el Comité de Selección.

El número de personas candidatas a entrevistar de conformidad con lo establecido en el artículo 36 del RLSPCAPF y las reglas de valoración autorizadas por el CTP, será de por lo menos 1 y hasta 3, respetando el orden de prelación que registra la herramienta www.trabajaen.gob.mx.


BASES DE PARTICIPACION

Principios del Concurso

El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del Proceso de Selección y las sesiones del Comité Técnico de Selección a las disposiciones de la LSPCAPF, al RLSPCAPF, al ACUERDO y demás normatividad aplicable.

Reglas en Materia de Transparencia

Los datos personales que se registren durante el reclutamiento, la selección, las inconformidades y los recursos de revocación serán considerados confidenciales aun después de concluidos éstos, con base en el artículo 180 del ACUERDO. Podrán reservarse, entre otras constancias, las que se integren a los expedientes de los concursos de ingreso, inconformidades y recursos de revocación, así como los reactivos y las opciones de respuesta de las herramientas de evaluación, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 182 del ACUERDO.

Requisitos de Participación

Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos previstos en el perfil del puesto, así como en las presentes Bases de Participación. El cumplimiento del perfil del puesto se acreditará en el Cotejo Documental. Por lo que corresponde a la escolaridad, se tomará como base lo establecido en el catálogo de carreras publicado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en la página www.trabajaen.gob.mx en el apartado Documentación e Información Relevante /Catálogo de Carreras en TrabajaEn. Con fundamento en el artículo 229 del ACUERDO, el grado de maestría o doctorado con nivel de avance titulado, en todas las áreas académicas, solamente será aceptado para acreditar la escolaridad que así lo requiera y no para acreditar el cumplimiento del requisito de Licenciatura establecido en el perfil del puesto de que se trate, ya que, de acuerdo con el artículo 228 del mismo ACUERDO, señala que toda persona que ingrese al Sistema para ocupar un puesto en el mismo deberá cubrir los requisitos establecidos en el perfil del puesto y aquellos establecidos en las bases de la presente Convocatoria.

Asimismo, en cumplimiento al artículo 21 de la LSPCAPF, las personas aspirantes deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria permita el desempeño del puesto en concurso; no haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y no estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal, así como presentar y acreditar las evaluaciones que se indican para cada caso. De Igual forma, deberán acudir al desahogo de cada una de las etapas del proceso de selección, por lo que el no presentarse propiciará el descarte del concurso correspondiente, por falta de interés jurídico.

Para las personas servidoras públicas que se encuentren en activo en la Administración Pública Federal, deberán cumplir con lo señalado en el artículo 305 del ACUERDO, en donde se indica que para las promociones por concurso de los servidores públicos de carrera de primer nivel de ingreso, la evaluación del desempeño mediante la cual obtuvieron su nombramiento como titular, no formará parte de las acciones de desarrollo requeridas, así como a lo previsto en el artículo 37 de la LSPCAPF, el cual señala que, para participar en los procesos de promoción, los servidores profesionales de carrera deberán cumplir con los requisitos del puesto y aprobar las pruebas que, para el caso, establezcan los Comités en las convocatorias respectivas. En caso de haber laborado en un puesto de rango inferior al del concurso y haberse separado previo al registro en el concurso, se deberán presentar las evidencias documentales que acrediten la separación del mismo.

Adicionalmente, en caso de que las personas aspirantes pasen las etapas señaladas en el artículo 34 del RLSPCAPF, es decir, I. Revisión Curricular, II. Exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades y III. Evaluación de la experiencia y valoración del mérito, deberán presentar obligatoriamente la documentación que se detalla en el apartado denominado Documentación Requerida de esta Convocatoria. De no presentar la documentación, procederá el descarte de las personas aspirantes; en caso de aprobar este trámite y que estén fehacientemente acreditados los requisitos legales inherentes al perfil del puesto publicado en el Diario Oficial de la Federación, pasarán a entrevista, las 3 personas candidatas que se encuentren dentro los 3 primeros lugares de ponderación en el concurso, de conformidad a lo establecido en el artículo 36 del RLSPCAPF y el artículo 238 fracción V del ACUERDO.

El Instituto Nacional de Antropología e Historia no establece como requisito de participación el examen de No Gravidez para las mujeres ni el de VIH/Sida para mujeres y hombres, así como no discrimina con fundamento en el artículo 1, fracción III de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación publicada el 11 de junio de 2003 y su última reforma el 01 de abril de 2024.

Disposiciones Generales

1.        La autoridad responsable del Proceso de Selección es el Comité Técnico de Selección del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

2.        Las bases, condiciones y requisitos establecidos en las convocatorias no podrán modificarse durante el desarrollo del concurso.

3.        Las personas interesadas en participar en un concurso de ingreso al Sistema deberán estar registradas previamente en TrabajaEn.

4.        Al acreditar la revisión curricular y obtener un número de folio por parte del Sistema TrabajaEn, las personas aspirantes, aceptan las Bases de Participación de la presente Convocatoria, por lo que será obligatoria su lectura y acatamiento.

5.        Las personas aspirantes tendrán que verificar el Perfil del Puesto publicado en la presente convocatoria, el cual se compone de los siguientes apartados: Nombre del puesto, Código del puesto, Nivel administrativo, Sueldo bruto, Adscripción del puesto, Tipo de nombramiento, Funciones principales, Escolaridad, Experiencia laboral, Capacidades Profesionales, Capacidades técnicas, Idiomas y Otros, en cumplimiento a lo señalado en el artículo 251 del ACUERDO, el cumplimiento del perfil es forzoso para las personas aspirantes, el no contar con evidencias documentales que respalden su cumplimiento, implicará el descarte del Proceso de Selección.

6.        En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos vacantes. El portal TrabajaEn deberá considerarse como el Sistema Informático, administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, diseñado como ventanilla única para la administración y control de la información y datos de los procesos de reclutamiento y selección incluidos entre otros, los correspondientes a la recepción y procesamiento de solicitudes de registro a los concursos de ingreso al Sistema; mensajes y/o comunicaciones a las personas aspirantes, candidatas y/o finalistas, difusión de cada etapa, e integración de la reserva de aspirantes por dependencia, cuyos accesos están disponibles en las direcciones electrónicas www.trabajaen.gob.mx y www.rhnet.gob.mx, por lo que la información publicada es de carácter referencial y no suple a la Convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Federación.

7.        Las personas aspirantes estarán obligadas a revisar el sistema de mensajes del Portal www.trabajaen.gob.mx, independientemente de la posibilidad de que se remitan mensajes al correo privado por el propio Portal.

8.        Los datos personales de las personas aspirantes son confidenciales aun después de concluido el concurso y serán protegidos por las disposiciones en materia de protección, tratamiento, difusión, transmisión y distribución de datos personales aplicables.

9.        Cada persona aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria.

10.        Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de persona servidora pública de carrera, para poder ser nombrada en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado del puesto que ocupaba, toda vez que no puede permanecer activa en ambos puestos.

11.        El Instituto Nacional de Antropología e Historia implementará las acciones necesarias a fin de atender cualquier medida establecida para prevenir contagios y/o dispersión de enfermedades, al momento de desahogar alguna etapa del proceso de selección de forma presencial.

De la Veracidad

y Legalidad con que deberán conducirse las

y los aspirantes

Será obligatorio que las personas aspirantes se conduzcan con veracidad, por lo que, en caso contrario:

1.        Si durante el proceso de selección para ocupar la plaza vacante se corrobora que se presentaron documentos falsos, alterados o apócrifos, obteniendo mediante estos, beneficios o derechos que no les correspondan, o bien, se condujeron con falsedad, se procederá al descarte del proceso mediante acuerdo emitido por el Comité Técnico de Selección, así como se dará aviso a las autoridades correspondientes, según sea el caso.

2.        De corroborarse que la persona candidata determinada como ganadora por el Comité Técnico de Selección, presentó documentos falsos, alterados o apócrifos, obteniendo mediante éstos, beneficios o derechos que no les correspondan o bien, se condujo con falsedad previo, durante y después de su ingreso al Servicio Profesional de Carrera en el Instituto, se dará aviso a las autoridades competentes para dar inicio a las actuaciones legales tendientes a determinar la nulidad del nombramiento, con independencia de las acciones laborales, administrativas o penales que correspondan, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 422, fracción V del ACUERDO.

3.        Cuando se advierta la duplicidad de registros en TrabajaEn, el Comité Técnico de Selección advertirá a la persona aspirante de dicha circunstancia, exhortándole a cancelar o corregir la información y preservar un único registro. Estos casos se informarán a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno para que, en su caso, determine las medidas que resulten pertinentes, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 269 penúltimo y último párrafo del ACUERDO.

Etapas del Proceso de Selección

De conformidad a lo señalado por el artículo 34 del RLSPCAPF, el procedimiento de selección de las y los aspirantes comprenderá las siguientes etapas:

I.        Revisión curricular (Portal TrabajaEn)

II.        Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades.

III.        Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito.

IV.        Entrevista, y

V.        Determinación.

I. Etapa de Revisión Curricular

Con fundamento en el artículo 246 del ACUERDO, cualquier persona podrá incorporar en TrabajaEn, sin que medie costo alguno, su información personal, curricular y profesional, con el fin de participar en los concursos de ingreso al Sistema que resulten de su interés.

Una vez que la persona aspirante haya incorporado la información necesaria para configurar su perfil profesional y acepte las condiciones de uso y restricciones de registro. TrabajaEn le asignará un número de folio de registro general.

El hecho de que sea asignado un número de folio de participación a la persona aspirante por el Portal TrabajaEn, significa que acepta concursar de conformidad a lo estipulado en las presentes bases. El folio servirá para formalizar su registro, así como para identificarlo durante el desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista llevada a cabo por las personas servidoras públicas integrantes del Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar así el anonimato.

El hecho de que las personas aspirantes pasen esta etapa, las obliga a poseer y exhibir las constancias originales con que acrediten su identidad y el cumplimiento de los requisitos señalados en el perfil del puesto publicado en la presente convocatoria, lo que será verificado en el desahogo de la Etapa III. Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito a través del Cotejo Documental que se realiza previo a la entrevista, en dicha etapa, las personas aspirantes deberán acreditar los requisitos legales contenidos en la presente convocatoria de conformidad a lo señalado en los artículos 228 y 267 del ACUERDO.

II. Etapa de Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades.

En la aplicación de los exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades se deberá observar lo señalado en el rubro denominado “Notificaciones y domicilio al que deberán acudir las personas aspirantes para el desahogo de las etapas del Proceso de Selección” de esta Convocatoria.

El desahogo de la presente etapa, se llevará a cabo en las instalaciones del Instituto Nacional de Antropología e Historia o bien en los domicilios que se les notifiquen a las personas aspirantes a través del sistema de mensajes del Portal TrabajaEn, o cuando esto no sea posible por causas de fuerza mayor, a través del correo electrónico ingreso_spc@inah.gob.mx y deberán respetarse las fechas y horarios programados que se notifiquen a las personas aspirantes, por lo que, de no presentarse en el lugar, fecha y hora programados se propiciará el descarte del concurso.

En cuanto a los Exámenes de Conocimientos, se aplicarán dos tipos de exámenes, uno referente a los Conocimientos Técnicos del Puesto (aplicado en papel) y otro relacionado a los conocimientos generales de la Administración Pública Federal (proporcionado por la Dirección General de Profesionalización de la Administración Pública Federal de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno).

La calificación mínima aprobatoria para los exámenes de conocimientos, será la que se indique en el apartado denominado “De las calificaciones de las herramientas de evaluación” de la presente Convocatoria.

Las Evaluaciones de Habilidades consistirán en la aplicación de mecanismos que permitan medir las habilidades requeridas para cada uno de los perfiles de puesto del INAH, en dos de los rubros: Trabajo en Equipo, Orientación a Resultados, Liderazgo o Negociación.

Si el índice de participación supera en número al espacio destinado para el desahogo de la presente Etapa, considerando la capacidad de los espacios designados, la Coordinación Nacional de Recursos Humanos podrá dividir la aplicación de la evaluación en los días hábiles que resulten necesarios, siempre y cuando éstos sean continuos y se anexe al expediente respectivo la evidencia documental fehaciente, del total de candidatos inscritos en el proceso. Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 235 del ACUERDO, Los centros de evaluación observarán los siguientes criterios de operación y control:

I. Que las instalaciones sean de uso institucional; en caso de que, por cuestiones de infraestructura, se requiera contratar centros de evaluación, será responsabilidad del aplicador verificar que los equipos se utilicen adecuadamente para la aplicación de las evaluaciones;

III. No se permitirá el uso de teléfonos celulares, computadoras, tabletas, reproductores de CD y DVD, memorias portátiles como discos duros, discos grabables y memorias USB, cámaras fotográficas, calculadoras; así como cualquier otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las evaluaciones, salvo que en las bases de la convocatoria se autorice o se requiera su utilización como medio de apoyo para la evaluación.

III. Etapa de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito.

De acreditar la Etapa II del proceso de selección se dará inicio a la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito por lo que, se llevará a cabo un cotejo documental, que consistirá en la revisión y análisis de los documentos que presenten las personas aspirantes con los que acrediten que cumplen con el perfil de la plaza en concurso, en apego a lo dispuesto en el artículo 36 del RLSPCAPF. El Instituto Nacional de Antropología e Historia, en todo momento estará en posibilidad de constatar la autenticidad de la información y documentación incorporada a los registros públicos o acudirá directamente con las instancias y autoridades correspondientes. En los casos en que no se acredite su autenticidad se descartará a la persona aspirante y se ejercerán las acciones legales procedentes, en cumplimiento a lo señalado en el artículo 274 del ACUERDO.

Para agilizar el proceso de esta etapa, se recomienda presentar su Currículum Vítae y documentales que lo avalen, en los términos contenidos en la Guía Metodológica para la integración de su Currículum Vítae, la cual está dirigida a las personas aspirantes que participen en los Procesos de Selección de Personal del Instituto Nacional de Antropología e Historia, y se encuentra ubicada en el Portal del Instituto Nacional de Antropología e Historia en el apartado denominado Servicio Profesional de Carrera www.inah.gob.mx. Los datos que se asienten en el Currículum Vítae deberán ser los mismos que la persona aspirante registró en el Sistema informático TrabajaEn. De presentar mayor información en el currículum que no se encuentra registrada en el currículum TrabajaEn, no será tomada en cuenta. Las personas aspirantes estarán obligadas a presentarse en la fecha, lugar y hora programada para esta actividad, las cuales se les notificarán a través del sistema de mensajes de TrabajaEn, o cuando esto no sea posible por causas de fuerza mayor, a través del correo electrónico ingreso_spc@inah.gob.mx.

Esta etapa se desarrollará de conformidad con la Metodología y escalas de calificación de la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, misma que puede consultarse en la página de TrabajaEn en www.trabajaen.gob.mx en la ruta siguiente: Documentación e Información Relevante/Metodología y Escalas de Calificación Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito.

Previo a registrar en RHnet los resultados de esta Etapa y antes de convocar a entrevista, las personas servidoras públicas integrantes del Comité Técnico de Selección verificarán que la evaluación de la experiencia y valoración del mérito de las personas candidatas a integrar la lista de prelación se ajustó a la metodología y escalas de calificación antes mencionada, a efecto de que se esté en aptitud de convocar a las personas candidatas, tal como lo indica el artículo 278 del ACUERDO. Dicha sesión podrá realizarse a través de medios electrónicos de comunicación.

IV. Entrevista.

De conformidad a lo señalado en el artículo 36 del RLSPCAPF “(…) El Comité Técnico de Selección, siguiendo el orden de prelación de los candidatos, establecerá el número de los aspirantes que pasan a la etapa de entrevistas y elegirá de entre ellos, a los que considere aptos para el puesto (…) Los candidatos así seleccionados serán considerados finalistas (…). En caso de que ninguno de los candidatos entrevistados sea considerado finalista, el Comité Técnico de Selección continuará entrevistando en el orden de prelación que les corresponda a los demás candidatos que hubieren aprobado…”; de igual forma, y en atención a lo dispuesto por el artículo 238 fracción V del ACUERDO, las Reglas de Valoración General consideran “El número mínimo de candidatos a entrevistar, el cual será al menos de tres si el universo de candidatos lo permite. En el supuesto de que el número de candidatos que aprueben las etapas señaladas en las fracciones I, II y III del artículo 34 del RLSPCAPF fuera menor al mínimo establecido se deberá entrevistar a todos”.

El Comité Técnico de Selección para la evaluación de las entrevistas, considerará los siguientes criterios:

       Contexto

       Estrategia o acción

       Resultado, y

       Participación

V. Etapa de Determinación

En esta etapa el Comité Técnico de Selección, de acuerdo al artículo 288 del ACUERDO, resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de determinación, declarando:

a)        Ganador(a) del concurso, al o la finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva, y

b)        Al finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el o la ganadora señalada en el inciso anterior:

i.        Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o

ii.        No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o

c)        Desierto el concurso.

Con base en el artículo 286 del ACUERDO, se consideran finalistas a las personas candidatas que acrediten el Puntaje Mínimo de calificación en el sistema de puntuación general; esto es, que hayan obtenido un resultado aceptable para ser consideradas aptos de ocupar el puesto sujeto a concurso, en términos del artículo 32 dela Ley y 40, fracción II, del Reglamento, el cual deberá ser igual o superior a 70 puntos, en una escala de 0 a 100 puntos.

El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la LSPCAPF se tendrá por acreditado cuando la persona aspirante considerada finalista por el Comité Técnico de Selección, toda vez que tal circunstancia implica ser apto(a) para el desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar ganador en cumplimiento a lo señalado en el artículo 228 del ACUERDO.

Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación General


























































Las Reglas de Valoración aprobadas por el Comité Técnico de Profesionalización son las siguientes:

1.        La etapa de revisión curricular será efectuada a través del Portal TrabajaEn, administrado por la Secretaría de la Función Pública y su acreditación será indispensable para continuar en el proceso de selección de que se trate.

2.        Los exámenes de conocimientos serán aplicados de manera presencial en la dirección que al efecto se indique en la notificación y calificados en una escala de 0 a 100 puntos sin decimales.

       Se aplicarán dos tipos de exámenes de conocimientos, uno referente a los conocimientos técnicos del puesto, en donde la calificación mínima aprobatoria será de 70 puntos y la no acreditación del mismo será motivo de descarte y otro relacionado a los conocimientos generales de la Administración Pública Federal, el cual se aplicará a través del Módulo Generador de Exámenes de la Secretaría de la Función Pública y no será motivo de descarte. La obtención de resultados aprobatorios permitirá a la persona aspirante continuar en el concurso, en caso contrario, serán descartadas por sistema.

3.        Se aplicarán dos evaluaciones para medir las habilidades dependiendo el perfil de cada puesto a través del Módulo Generador de Exámenes el cual es suministrado por la Secretaría de la Función Pública, las cuales podrán ser Orientación a Resultados, Trabajo en Equipo, Liderazgo, Negociación y Visión Estratégica; estas, no serán motivo de descarte, sin embargo, las calificaciones servirán para determinar el orden de prelación de los candidatos que se sujetarán a entrevista, por lo que los resultados serán considerados en el Sistema de Puntuación General, es decir, se les otorgará un puntaje, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 238 fracción III de las Disposiciones Generales.

4.        Para efectos de continuar con el proceso de selección, las personas aspirantes deberán aprobar los exámenes de conocimientos, presentar las evaluaciones de habilidades y acreditar el Cotejo Documental, en donde comprobarán su identidad y que cumplen fehacientemente con los requisitos legales señalados en las Bases de Participación, así como con el perfil del puesto publicado en el Diario Oficial de la Federación y en el portal del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

5.        Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, así como la evaluación de la experiencia y la valoración del mérito serán considerados para elaborar el listado de personas candidatas, a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista, el cual se determinará en función de la suma ponderada obtenida por cada persona candidata.

6.        Las sesiones de las personas servidoras públicas integrantes de los Comités Técnicos de Selección podrán efectuarse vía remota, si las necesidades del servicio así lo requieren, debiéndose dejar asentado de esa manera en el acta correspondiente, pudiéndose levantar dos actas, una a nivel central y otra a nivel estatal, y una vez que se integren las dos actas, contarán como un sólo elemento que será la evidencia documental de que se llevó a cabo la sesión que se trate.

7.        Para el desarrollo de la etapa de entrevista, las personas servidoras públicas integrantes de los Comités Técnicos de Selección podrán ser auxiliadas de una persona especialista, la cual no suplirá la figura del Presidente.

8.        El número de personas candidatas a entrevistar será de 3, siempre y cuando el universo de candidatos lo permita, en caso de que el número de candidatos que aprueben las etapas señaladas en las fracciones I, II y III del artículo 34 del Reglamento fuera menor a 3, se deberá entrevistar a todos, de conformidad a lo establecido en el artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera y artículo 238 fracción V de las Disposiciones Generales.

9.        En caso de no contar con una persona ganadora de entre las personas candidatas ya entrevistadas en el primer bloque, conforme a lo previsto en el artículo 36 del Reglamento, se continuará entrevistando en grupos de tres candidatos, mientras el universo de personas candidatas así lo permita, o en su caso a la totalidad de las mismas, hasta determinar a la persona ganadora o declararse desierto el concurso.

10.        El puntaje mínimo de calificación definitiva será de 70 puntos, por lo que aquellas personas aspirantes que obtengan una calificación definitiva en el Proceso de Selección inferior, serán descartadas de inmediato por el Sistema.

11.        Las personas integrantes de los Comités Técnicos de Selección podrán establecer reglas específicas de valoración, tomando como mínimo las establecidas por el Comité Técnico de Profesionalización.

Sistema de Puntuación General.

De acuerdo con el artículo 239 de las Disposiciones Generales, los Comités Técnicos de Selección podrán señalar la cantidad mínima y máxima o, en su caso, la cantidad determinada de puntos asignados a cada una de las etapas del proceso de selección identificadas de la siguiente forma:

Etapa

Subetapa

Puntos

II. Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades

Exámenes de conocimientos

30

Evaluaciones de Habilidades

10

III. Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito

Evaluación de la Experiencia

20

Valoración del Mérito

10

IV. Entrevista


30

Total


100

El Sistema de Puntuación General aplicará para las plazas de acuerdo al siguiente cuadro:

Rango Ley del Servicio

Profesional de Carrera

Rango INAH

Director General

Director General

Director de Area

Secretario/a y Coordinador/a Nacional

Subdirector de Area

Director/a de área, Delegado/a

Jefe de Departamento

Subdirector/a, Jefe de Departamento.

Calendario del Proceso de Selección

El concurso se conducirá de acuerdo a la Programación que se indica; por lo que se notificará el inicio de cada etapa a las y los aspirantes a través del portal www.trabajaen.gob.mx. En casos de fuerza mayor o para los casos de reprogramación por causas imputables al Instituto Nacional de Antropología e Historia, las notificaciones se efectuarán a través del correo electrónico: ingreso_spc@inah.gob.mx

Etapa

Fecha o plazo

Publicación de Convocatoria

09 de abril de 2025

Registro de aspirantes (en la herramienta www.trabajaen.gob.mx)

Del 09 de abril al 24 de abril de 2025

Revisión curricular (Por la herramienta www.trabajaen.gob.mx)

Del 09 de abril al 24 de abril de 2025

Exámenes de Conocimientos (evaluaciones técnicas)*

A partir del 30 de abril de 2025

Evaluación de habilidades *

A partir del 30 de abril de 2025

Cotejo documental *

A partir del 30 de abril de 2025

Evaluación de la experiencia y valoración del mérito *

A partir del 30 de abril de 2025

Entrevistas *

A partir del 30 de abril de 2025

Determinación *

A partir del 30 de abril de 2025

* Las fechas indicadas en el presente calendario podrán modificarse cuando así resulte necesario, por lo que podrán estar sujetas a cambio, y en los casos en que se requiera de la presencia de las personas aspirantes, se les enviará la notificación con la fecha reprogramada para desahogar la etapa o subetapa que corresponda, sin responsabilidad por el cambio de fechas en el calendario para el Instituto Nacional de Antropología e Historia.

Documentación requerida

Las personas aspirantes que se presenten a desahogar la Etapa III. del proceso de selección denominada Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, deberán integrar su Currículum Vítae preferentemente de conformidad a lo señalado en la Guía Metodológica para la integración del Currículum Vítae dirigida a las personas que participen en los Procesos de Selección del Instituto Nacional de Antropología e Historia (https://www.inah.gob.mx). El currículum deberá contener los mismos elementos registrados por las personas aspirantes en el portal TrabajaEn.

Los datos registrados en TrabajaEn bajo ninguna circunstancia podrán modificarse después de que las personas aspirantes se postularon para concursar por una plaza vacante contenida en la presente convocatoria. Para el desahogo del cotejo documental las personas aspirantes deberán presentar la documentación en original o copia certificada y copia simple que ampare la identidad de la persona aspirante, el cumplimiento con el perfil del puesto, así como presentar las evidencias documentales que avalen la experiencia laboral y la información registrada en el sistema TrabajaEn en el momento de inscribirse en el concurso, esta última servirá para la integración del expediente las personas aspirantes. La exhibición de los documentos se deberá llevar a cabo en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que al efecto reciban por vía electrónica, en donde se especificará de forma detallada la documentación que deberán presentar, misma que se enlista a continuación:

1.        Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para votar con fotografía expedida por el INE, pasaporte, cédula profesional, o Matrícula Consular, en original).

2.        Acta de nacimiento y/o Certificado de nacionalidad mexicana y/o Carta de naturalización y/o forma migratoria FM2 según corresponda (original).

3.        Cartilla liberada (únicamente hombres, excepto en los casos en que tengan 40 o más años cumplidos).

4.        Registro Federal de Contribuyentes con homoclave, emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el cual deberá ser igual al registrado en Trabajaen.

5.        Clave Unica de Registro de Población (CURP)

6.        Documento que acredite el cumplimiento del requisito de escolaridad del puesto por el que se concursa (grado de avance, área de estudio y carrera genérica):

6.1.        Cuando el perfil de la plaza en concurso establezca como requisito de escolaridad Licenciatura Titulado:

6.1.1.        Título registrado en la SEP y/o Cédula profesional, o

6.1.2.        Documento que avale que se encuentra en trámite el título y/o la Cédula Profesional, con una antigüedad máxima de 1 año.

6.2.        Cuando el perfil de la plaza en concurso establezca como requisito de escolaridad “Terminado o Pasante” (en los niveles de Bachillerato, Técnico Superior o Universitario y Licenciatura) se deberá presentar:

6.2.1.        Historial académico con el 100% de los créditos o el documento oficial que acredite que la carrera o bachillerato está terminada, en original con sello de la institución educativa que lo emite, o

6.2.2.        Carta de Pasante original emitida por la autoridad correspondiente con sello de la Institución Educativa que lo emite.

       Para acreditar el cumplimiento del requisito de escolaridad cuando el perfil del puesto en concurso solicite Licenciatura o Profesional con nivel de avance Titulado; o bien Licenciatura o Profesional con nivel de avance Pasante y Carrera Terminada, con fundamento en el último párrafo del artículo 229 del ACUERDO, no se aceptará el grado de maestría o doctorado con nivel de avance titulado, en todas las áreas académicas para acreditar el cumplimiento del requisito de Licenciatura establecido en el perfil del puesto de que se trate, independientemente del grado de avance requerido en el propio perfil. toda vez que, de acuerdo con el artículo 228 del mismo ACUERDO, señala que: “Toda persona que ingrese al Sistema para ocupar un puesto en el mismo, deberá cubrir los requisitos establecidos en el perfil del puesto y aquellos establecidos en las bases de la convocatoria”.

       Para acreditar el requisito de escolaridad de Preparatoria o Bachillerato establecido en el perfil del puesto de que se trate, se aceptarán los estudios de Licenciatura con el grado de avance solicitado en el perfil.

6.3.        En el caso de contar con estudios en el extranjero, deberán presentar:

6.3.1.        La documentación oficial que acredite la revalidación de sus estudios ante la Secretaría de Educación Pública;

7.        Para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto y que se manifestaron en su momento en el currículo registrado en Trabajaen, se deberá presentar la siguiente documentación, según corresponda:

7.1. Hojas únicas de servicios;

7.2. Contratos;

7.3. Altas al IMSS acompañadas de los documentos que acrediten las aportaciones efectuadas a fin de determinar los periodos laborados y de ser posible las bajas, reporte informativo de semanas cotizadas del asegurado al IMSS el cual necesariamente deberá ir acompañado de la constancia de semanas cotizadas emitida por la subdelegación del IMSS que le corresponda de acuerdo a su domicilio;

7.4. Constancias laborales expedidas en hojas membretadas y emitidas por el responsable del área de Recursos Humanos correspondiente, con números telefónicos de empleos anteriores y/o del actual que contengan cuando menos el nombre y cargo de quien la expide, lugar y fecha de expedición, periodo laborado y sueldo pagado (especificando monto);

7.5. Documentos oficiales con los que se compruebe la existencia de una relación laboral entre el o la aspirante y la institución que emite el documento y que señalen claramente el periodo laborado, así como el sueldo pagado (especificando monto).

7.6. Recibos de pago quincenales/mensuales que correspondan a la totalidad del periodo que se pretenda acreditar (se aceptarán las constancias de sueldos y salarios); si se pretende comprobar con recibos de pago, se deberán mostrar todos.

7.7. Carta, oficio o constancia de término del servicio social y/o prácticas profesionales emitidos por la Institución en la cual se hayan realizado.

       No se aceptarán cartas de recomendación como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida. Asimismo, toda documentación emitida en el extranjero en idioma diferente al español, invariablemente deberá acompañarse de la traducción oficial respectiva.

8.        Las dos últimas Evaluaciones del Desempeño anuales, en el caso de tratarse de personas que laboren al momento de registrarse en el Portal www.trabajaen.gob.mx, en la Administración Pública Federal y que sean Personas Servidoras de Carrera; en este caso se requiere copia simple (revisar el apartado denominado Requisitos de Participación).

9.        Escrito bajo protesta de decir verdad en os que la persona aspirante manifieste no haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso; no estar inhabilitada para el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la documentación presentada es auténtica (El formato del escrito será proporcionado por el Instituto Nacional de Antropología e Historia en el momento del cotejo documental para firma de la persona aspirante).

10.        Escrito bajo protesta de decir verdad en el que la persona aspirante manifieste no haber sido beneficiada por algún Programa de retiro voluntario (el formato de escrito será proporcionado por el Instituto Nacional de Antropología e Historia en el momento del cotejo documental para firma de la persona aspirante). En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un Programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normativa aplicable.

11.        Comprobante de folio asignado por el Portal Currículum registrado en TrabajaEn y Currículum Vítae (esta versión deberá estar desarrollada preferentemente como se indica en la Guía Metodológica para la Integración del Currículum Vítae dirigida a las personas aspirantes que participan en los Procesos de Selección de Personal del Instituto Nacional de Antropología e Historia, dicho formato podrá consultarse y descargarse en la dirección electrónica: www.inah.gob.mx), la información que se registre en ambos currículums deberá ser idéntica, ya que en caso de presentar mayor información en el currículum vítae, no será tomada en consideración al momento de efectuar el cotejo documental, es indispensable presentar ambos currículums, en caso contrario propiciará el descarte del concurso.

12.        Para la evaluación de la experiencia y valoración del mérito, las personas aspirantes deberán presentar evidencias de, resultados de la evaluación del desempeño, acciones de capacitación, procesos de certificación, logros, distinciones, reconocimientos o premios, actividades destacadas en lo individual, otros estudios, habla de lengua indígena. De conformidad a la Metodología y escalas de calificación de la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito que pueden consultarse en la página de TrabajaEn en www.trabajaen.gob.mx en la ruta siguiente: Documentación e Información Relevante/Metodología y Escalas de Calificación Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito.

El Instituto Nacional de Antropología e Historia se reserva el derecho de solicitar a las personas aspirantes, en cualquier momento del proceso, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la herramienta www.trabajaen.gob.mx por la persona aspirante para fines del Cotejo Documental y del cumplimiento de los requisitos del perfil del puesto, de no acreditarse su existencia o autenticidad será procedente su descalificación o en su caso se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección, sin responsabilidad para el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.

Las personas aspirantes que participen en los procesos de selección deberán poseer y exhibir las constancias originales con las que acrediten su identidad y el cumplimiento de los requisitos señalados en el perfil del puesto publicado en la presente convocatoria, en caso de no acreditar alguno de los requisitos legales señalados en las presentes bases de la convocatoria, o en el perfil del puesto, la persona aspirante no podrá continuar el proceso de selección. De igual manera estarán obligadas a presentar la documentación antes mencionada el día y la hora en que se les programe para el Cotejo Documental, en caso contrario, serán descartados del concurso, no obstante que hayan acreditado las evaluaciones de la Etapa II del procedimiento de selección.

En los casos en que las personas aspirantes hubieren extraviado la credencial del INE como documento de identificación oficial, la cartilla, o el documento que ampare el grado de escolaridad, deberán presentar el documento oficial que acredite que se ha iniciado el trámite de reexpedición correspondiente y, en su caso, el acta levantada ante el Ministerio Público, comprometiéndose en todo momento, a que de resultar ganadores del proceso de selección, exhibirán al concluir el proceso de reexpedición los documentos oficiales originales en la Coordinación Nacional de Recursos Humanos para la apertura de su expediente, o en caso contrario se dejarán sin efectos los resultados del Proceso de Selección.

Serán motivos de descarte de aspirantes en el cotejo documental:

1.        La no presentación del Currículum Trabaja En.

2.        No presentar la documentación comprobatoria en ORIGINAL.

3.        No cumplir con el perfil de escolaridad.

4.        No cumplir con el perfil de experiencia laboral o con los años mínimos de experiencia solicitados.

5.        No presentar la identificación oficial (Credencial del INE, Pasaporte o Cédula Profesional).

6.        No presentar el acta de nacimiento en original o copia certificada, o carta de naturalización o certificado de nacionalidad mexicana o Forma Migratoria FM2.

7.        No presentar el título profesional o la cartilla liberada o acta levantada en el ministerio público de pérdida de documentos oficiales, o la solicitud de reposición efectuada en la SEDENA.

8.        No presentar el título o la Cédula Profesional, o el documento que avale que se encuentra en trámite con una antigüedad máxima de 1 año.

9.        No presentar el historial académico con 100% de créditos o la Carta de Pasante en el caso de que el perfil requiera TERMINADO O PASANTE; en original con sello de la Institución Educativa.

10.        No acreditar el conocimiento de herramientas de cómputo o estudios especializados (si es que el perfil así lo requiere).

11.        No presentar constancias de conocimiento en idiomas (si el perfil del puesto lo requiere).

12.        Presentarse fuera del horario programado, mismo que se les notifica a las personas aspirantes vía mensaje electrónico en el Sistema de Mensajes del portal TrabajaEn, ya que no hay Tolerancia para retardos.

Temarios y Guías

Los temarios para presentar los exámenes de conocimientos se encontrarán a disposición de las personas aspirantes a partir de la publicación de la presente Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la siguiente manera:

1

Examen de conocimientos (evaluaciones técnicas)

www.trabajaen.gob.mx

www.inah.gob.mx

2

Examen General de Conocimientos de la APF

www.trabajaen.gob.mx

De las calificaciones, de las herramientas de evaluación

El Comité Técnico de Profesionalización determinó que la calificación mínima aprobatoria en los Exámenes de conocimientos, sea de 70 puntos, misma que al ser inferior a la establecida será motivo de descarte.

Las personas aspirantes que acrediten el examen antes mencionado, podrán realizar la segunda evaluación correspondiente al Examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, cuya calificación no será motivo de descarte, sin embargo, se promediará con el examen de conocimientos y las calificaciones no aprobatorias serán motivo de descarte.

De conformidad con el artículo 35 del RLSPCAPF, los resultados aprobatorios obtenidos en las herramientas de evaluación, tendrán una vigencia de un año, contando a partir de su acreditamiento, calificación que no será renunciable, siempre y cuando los temarios sean iguales.

Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones de habilidades anteriores aplicadas en otras Dependencias, a través del Módulo Generador de Exámenes administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y que continúen vigentes, serán considerados cuando correspondan a las mismas habilidades a evaluar, estando obligado el participante a presentarse a la sesión para firmar su asistencia. Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones de habilidades aplicadas en otras Dependencias a través de herramientas distintas al Módulo Generador de Exámenes administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno no podrán ser reconocidos para efectos de los concursos del Instituto Nacional de Antropología e Historia, aun tratándose de habilidades con el mismo nombre y/o nivel de dominio.

Notificaciones y domicilio al que deberán acudir las y los aspirantes para el desahogo de las etapas del Proceso de Selección

El Instituto Nacional de Antropología e Historia, comunicará con dos días de anticipación vía electrónica a cada persona aspirante, por medio del Sistema de Mensajes del portal TrabajaEn, la fecha, hora y lugar en que deberán presentarse para el desahogo de cada etapa del proceso de selección, en casos de fuerza mayor, la comunicación se efectuará a través del correo electrónico ingreso_spc@inah.gob.mx, o bien, para los casos de reprogramación por causas imputables al Instituto Nacional de Antropología e Historia, de acuerdo a la situación que se presente.

En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada evaluación o el desahogo de cada etapa. Las personas aspirantes que no se presenten en las fechas y horarios programados para desahogar cada una de las etapas del proceso no serán reprogramados y perderán su oportunidad de continuar en el Proceso de Selección.

Asimismo, deberán presentar una identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para votar con fotografía, cédula profesional, pasaporte), y comprobante de número de folio para el concurso asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx

Las personas aspirantes que se presenten después del horario notificado vía mensaje electrónico o a través del sistema de mensajes del portal Trabajaen, serán descartadas del Proceso de Selección, ya que NO hay tiempo de tolerancia en ninguna de las Etapas presenciales del Proceso. Por lo que se les recomienda a las personas aspirantes, acudir con 20 minutos de antelación a la hora programada.

Determinación y Reserva

Las personas finalistas que no sean seleccionadas como ganadoras del concurso por el Comité Técnico de Selección y que cumplan con un mínimo de 70 puntos de Aptitud en la Calificación Definitiva en el Proceso de Selección se integrarán a la reserva de aspirantes del Instituto Nacional de Antropología e Historia, con el fin de ocupar un puesto vacante del mismo rango, e incluso de nivel adjunto, homólogo o afín en perfil y equivalente en grupo y grado, o un puesto del rango inmediato inferior, cuando éste sea homólogo o afín en perfil, a aquél por el que hubieren concursado. Para los fines de la constitución y operación de la reserva no existirá orden de prelación alguno entre las personas integrantes de la misma.

La permanencia en la reserva tendrá una vigencia de un año contado a partir de la publicación de los resultados del concurso correspondiente.

Declaración de Concurso Desierto

De conformidad en el Artículo 40 del Reglamento del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. El Comité Técnico de Selección podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un concurso:

I.        Porque ningún candidato(a) se presente al concurso;

II.        Porque ninguno de los(as) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado(a) finalista, y

III.        Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección.

En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva Convocatoria de la plaza.

Publicación de Resultados

Los resultados del concurso serán publicados en el portal de www.trabajaen.gob.mx y por lo que toca a la etapa de determinación, los resultados se publicarán además en el portal del Instituto Nacional de Antropología e Historia www.inah.gob.mx, identificándose con el número de folio asignado a las personas candidatas.

Reactivación de Folios

Por decisión del Comité Técnico de Selección, la presente convocatoria no permite la reactivación de folios por causas imputables a las aspirantes, por lo que le recomendamos que antes de su inscripción a los concursos verifique que la información capturada en Trabajaen respecto de su Currículum Vítae esté completa y correcta. Lo anterior con fundamento en el artículo 268 del ACUERDO.

Procedimiento de revisión de las herramientas de evaluación

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 178 del ACUERDO se entenderá por herramienta de evaluación: al examen, prueba o grupo de reactivos, preguntas, tareas, ejercicios, casos y dilemas, entre otros, incluyendo las reglas de aplicación y de procesamiento e interpretación de sus resultados, diseñados para valorar los conocimientos, habilidades, aptitudes y actitudes de una persona, de manera presencial o a distancia, comprendiéndose entre éstas, y para efectos del proceso de selección el examen de conocimientos, el examen de conocimientos generales de la administración pública federal, las evaluaciones de habilidades, y las comprendidas en la Guía de Entrevista.

En apego a lo señalado por el artículo 273 del ACUERDO, la revisión de las herramientas de evaluación, sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos, ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación.

En caso de que una persona aspirante requiera la revisión de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, ésta deberá ser solicitada por escrito dirigido al Comité Técnico de Selección dentro de un plazo máximo de cuatro días hábiles contados a partir de la aplicación de la herramienta de evaluación y enviar el escrito al correo electrónico ingreso_spc@inah.gob.mx.

Cancelación de concursos

De conformidad a lo señalado en el artículo 301 del ACUERDO, los Comités podrán cancelar algún concurso en los supuestos siguientes:

a) Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate, o

b) El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación (si el puesto se encuentra ocupado al amparo del artículo 34 de la LSPCAPF, deberá observarse, según corresponda, las disposiciones aplicables para dejar sin efectos el nombramiento expedido conforme al artículo 92 del RLSPCAPF o reincorporar a la Persona Servidora Pública de carrera titular al puesto de que se trate, cuando el nombramiento haya sido expedido en términos de lo previsto en el artículo 52 del RLSPCAPF de conformidad a lo dispuesto en el artículo 212 (del ACUERDO, o bien se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona, o

c) El Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto en cuestión.

El acuerdo respectivo, además de publicarse en el Diario Oficial de la Federación, se comunicará a las personas aspirantes a través de los medios establecidos en la presente convocatoria.

Suspensión de Concursos

En los casos en que se determine la suspensión del concurso en términos de lo dispuesto en el artículo 42 del RLSPCAPF, el Comité Técnico de Selección lo comunicará a las personas aspirantes que participen en el mismo a través de los medios de comunicación señalados en la convocatoria, dentro de los 5 días hábiles posteriores contados a partir de la fecha en que se haya determinado la suspensión del concurso.

Cuando la suspensión del concurso obedezca al mantenimiento que en su caso requiera TrabajaEn, el Comité Técnico de Selección reprogramará los plazos y términos que sean necesarios, con el fin de propiciar condiciones de equidad en el concurso y evitar afectar a cualquiera de las personas aspirantes, y en su caso, lo comunicará a estos a través de los medios de comunicación señalados en la Convocatoria.

Casos no previstos

Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables, mediante el siguiente mecanismo: enviar escrito de solicitud al correo electrónico ingreso_spc@inah.gob.mx, dirigido a la persona servidora pública que funge como persona Secretaria Técnica de los Comités Técnicos de Selección. La respuesta se efectuará por la misma vía.

Resolución

de Dudas

A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que las personas aspirantes formulen con relación a los puestos en concurso tanto locales como estatales, así como del desarrollo de los presentes concursos, se ha implementado el módulo de atención en Hamburgo No. 135, Piso 4. Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc. C.P. 06600 Ciudad de México, con horario de atención de 10:00 a 18:00 horas, o en el correo electrónico ingreso_spc@inah.gob.mx, y en los teléfonos (55) 4166-0780 al (55) 4166-0784 Ext.417431, 416236 y 416234 todas las dudas que se presenten respecto del desarrollo del proceso de selección, por lo que toca a los concursos que integran las convocatorias, se resolverán a más tardar dentro de los 10 días hábiles contados a partir del día siguiente hábil a su recepción.

De las Inconformidades

Las personas aspirantes podrán presentar inconformidad dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha en que se presentó el presunto acto que la motivó o del día en que concluyó el plazo en que se estime debió realizarse un acto dentro del proceso de selección previsto en la LSPCAPF, en el RLSPCAPF o bien, en los demás ordenamientos administrativos aplicables, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control del Instituto Nacional de Antropología e Historia, con dirección en: Hamburgo No. 135, Piso 3. Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc. C.P. 06600 Ciudad de México, con horario de atención de 09:00 a 15:00 horas.

De la revocación

Dentro del término de diez días hábiles contados a partir del día siguiente en que se haga del conocimiento los resultados del concurso, de las personas interesadas estarán en aptitud jurídica de interponer mediante escrito el Recurso de Revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en sus instalaciones sitas en Avenida de los Insurgentes Sur 1735, piso 1 Ala Sur, Colonia Guadalupe Inn, Demarcación Territorial Alvaro Obregón, C. P. 01020, en un horario de las 09:00 a las 15:00 horas en días hábiles; lo anterior, conforme a los artículos 76, 77 y 78 de la LSPCAPF, 97 y 98 de su RLSPCAPF, o depositando dicho escrito en el Servicio Postal Mexicano conforme al artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.


Ciudad de México, a 9 de abril de 2025.

Los Comités Técnicos de Selección

Sistema de Servicio Profesional de Carrera en el Instituto Nacional de Antropología e Historia

“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”

Por acuerdo de los Comités Técnicos de Selección

La Secretaria Técnica

L.C. Lucía Laura Reyes Pérez

Rúbrica.