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DOF: 03/10/2023
PRIMER Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Cultura y la Ciudad de México, para la integración del Plan Maestro del Proyecto Complejo Cultural Bosque de Chapultepec

PRIMER Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Cultura y la Ciudad de México, para la integración del Plan Maestro del Proyecto Complejo Cultural Bosque de Chapultepec.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- CULTURA.- Secretaría de Cultura.

1CM/SC/OSEC/CCOORD/00001/23
PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE CULTURA, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "CULTURA", REPRESENTADA POR SU TITULAR LA LIC. ALEJANDRA FRAUSTO GUERRERO, CON LA ASISTENCIA DE LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL, DRA. MARINA NÚÑEZ BESPALOVA Y EL TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, LIC. OMAR MONROY RODRÍGUEZ, Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ LA "ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADA POR EL MTRO. MARTÍ BATRES GUADARRAMA, EN SU CARÁCTER DE JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ASISTIDO POR LA SECRETARÍA DE GOBIERNO, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL LIC. RICARDO RUIZ SUÁREZ, LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA LIC. LUZ ELENA GONZÁLEZ ESCOBAR, LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE, REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA DRA. MARINA ROBLES GARCÍA, LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL M. EN I. JESÚS ANTONIO ESTEVA MEDINA Y LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL MTRO. JUAN JOSÉ SERRANO MENDOZA; A QUIENES CUANDO INTERVENGAN CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.
II. La Dirección General de Programación y Presupuesto "A" (DGPyP "A") de la SHCP, mediante oficio número 315-A-0513 de fecha 15 de febrero de 2023, emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que "CULTURA" reasigne recursos a la "ENTIDAD FEDERATIVA" con cargo a su presupuesto autorizado.
III. Con fecha 16 de febrero de 2023 "LAS PARTES" celebraron el Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, identificado como: SC/OSEC/CCOORD/00001/23, en lo sucesivo "EL CONVENIO", por virtud del cual, acordaron transferir recursos presupuestarios federales por parte de "CULTURA" a la "ENTIDAD FEDERATIVA" por la cantidad de $2´741,870,000.00 (dos mil setecientos cuarenta y un millones ochocientos setenta mil pesos 00/100 m.n.), para que esta última realizara de manera eficiente y eficaz las obras, los proyectos ejecutivos, así como todas las adquisiciones de insumos requeridos para la integración del Proyecto "Complejo Cultural Bosque de Chapultepec", también denominado, Plan Maestro del Proyecto "Complejo Cultural Bosque de Chapultepec", a través de "SEDEMA" y "SOBSE", así como precisar los compromisos que sobre el particular asumen la "ENTIDAD FEDERATIVA" y "CULTURA"; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.
CUARTO. En la Cláusula Décima Quinta de "EL CONVENIO", se estableció que podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables, publicándose dichas modificaciones en el Diario Oficial de la Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de la "ENTIDAD FEDERATIVA" dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores a su formalización.
QUINTO. En la Cláusula Décima Séptima de "EL CONVENIO" se estableció que comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y hasta el 31 de diciembre de 2023, con excepción de lo previsto en la fracción XIII de la Cláusula Octava del instrumento.
SEXTO. En el ANEXO No 1 de "EL CONVENIO", se establecieron los proyectos e importes de cada uno en Materia de Reasignación de Recursos 2023 a la Secretaría de Obras y Servicios de la Ciudad de México, con las especificaciones representadas a continuación:
Descripción
Importe Total
Construcción de infraestructura para realizar acciones conducentes para crear un espacio cultural y artístico en el Bosque de Chapultepec. Proyectos, obra civil, obras complementarias, obras inducidas, servicios profesionales y/o apoyo técnico, asesorías, estudios, medidas de mitigación ambiental y social, indemnizaciones y/o restituciones por afectación a bienes o servicios, requeridas para los proyectos de:
1. Av. Constituyentes
2. Panteón Dolores
3. Interconexión de Museos
4. Circuito de Transporte Sustentable Interno (Cablebús)
5. Bodega Nacional de Arte y Talleres de Artes y Oficios
6. Paso de Conexión Chivatito
7. Cineteca Nacional Chapultepec
$1,976,000,000.00
TOTAL, CONVENIO DE REASIGNACIÓN SOBSE
$1,976,000,000.00
 
SÉPTIMO. En el ANEXO No 2 de "EL CONVENIO", se establecieron los proyectos e importes de cada uno en Materia de Reasignación de Recursos 2023 a la Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México, con las especificaciones representadas a continuación:
 
Descripción
Importe Total
Mejoramiento ambiental y construcción de infraestructura para realizar acciones conducentes para crear un espacio cultural y artístico en el Bosque de Chapultepec.
Proyectos, servicios, obra civil, obras complementarias, obras inducidas, servicios profesionales y/o apoyo técnico, asesorías, estudios, medidas de mitigación ambiental y social, indemnizaciones y/o restituciones por afectación a bienes o servicios, requeridas para los proyectos de:
Obras y Servicios:
·  Serpientes y Escaleras
·  Jardín Escénico Pabellón Acústico
·  Zoológico Chapultepec-Alfonso L. Herrera
·  Museo de Historia Natural
·  Centro de Cultura Ambiental
·  Saneamiento de descargas residuales, rehabilitación de fuentes y lagos
·  Restauración del suelo, saneamiento y revegetación
·  Remediación de la contaminación de la 4ta
·  Conservación del Bosque de Chapultepec
·  Rehabilitación de Infraestructura de Abandono y rehabilitación de Parques
·  Estudios Ambientales
$765'870,000.00
TOTAL
$765'870,000.00
OCTAVO. Para estar en posibilidades de suscribir este Convenio Modificatorio, la Dirección General de Programación y Presupuesto "C" (DGPyP "C") de la SHCP, mediante oficio número 420/DGPyPC/2023/1291 de fecha 08 de septiembre de 2023, emitió un dictamen de suficiencia presupuestaria adicional, para que "CULTURA" reasigne recursos a la "ENTIDAD FEDERATIVA" con cargo a su presupuesto autorizado.
NOVENO. Se reitera la necesidad de continuar con el seguimiento y ejecución del proyecto Plan Maestro del Proyecto "Complejo Cultural Bosque de Chapultepec".
DECLARACIONES
I. De "CULTURA":
1. Que es una Dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 41 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde elaborar y conducir la política nacional en materia de cultura con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, los municipios y la comunidad cultural.
3. Que su Titular, la Licenciada Alejandra Frausto Guerrero, cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, de conformidad con el nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2018, otorgado por el Lic. Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, según se desprende de lo previsto en el artículo 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura.
4. La Doctora Marina Núñez Bespalova, Subsecretaria de Desarrollo Cultural, cuenta con facultades necesarias para suscribir el presente instrumento, de conformidad con el nombramiento de fecha 16 de agosto de 2019, otorgada por la licenciada Alejandra Frausto Guerrero, Titular de la Secretaría de Cultura, según se desprende de lo previsto en los artículos 7 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura.
5. El Licenciado Omar Monroy Rodríguez, Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, cuenta con facultades necesarias para suscribir el presente instrumento, de conformidad con el nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2018, otorgado por Raquel Buenrostro Sánchez, Oficial Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y según se desprende de lo previsto en el artículo 8, fracción XIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y artículo 20 del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
6. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en la calle Arenal número 40, Colonia Chimalistac, Alcaldía Álvaro Obregón, Código Postal 01070, en la Ciudad de México.
7. Los aspectos técnicos y financieros expresados en el presente instrumento fueron revisados, autorizados y remitidos por la Subsecretaría de Desarrollo Cultural de "LA SECRETARIA"; por lo que hace al aspecto jurídico, el presente instrumento ha sido validado por la Unidad de Asuntos Jurídicos de "LA SECRETARÍA".
II. De la "ENTIDAD FEDERATIVA":
1. Que en términos de los artículos 40, 43, 44 y 122 apartado A, Bases I, III y V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 4, 5, 28 y 68 de Constitución Política de la Ciudad de México; y 4 de la Ley Orgánica el Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, parte integrante de la Federación.
2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 32, Apartado C, inciso q) de la Constitución Política de la Ciudad de México; 7, párrafo primero, 12 y 23, párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 13 y 15, fracción XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México y demás disposiciones locales aplicables.
3.Que de conformidad con los artículos 3, fracciones I, II y XI, 7, 11, fracción I, 2, 13, párrafo primero,16, fracciones I, II, III, X y XIII, 18, párrafo primero, 20, fracciones IX y XXII, 26, 27, 28, 35 y 38 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7, fracciones I, II, III, X y XIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, asisten en la firma de este Convenio a la Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, las personas titulares de las Secretarías de Gobierno, Administración y Finanzas, Medio Ambiente, Obras y Servicios y de la Contraloría General.
4. Que su prioridad para alcanzar los objetivos pretendido a través del presente instrumento es el de coordinar la participación de los gobiernos federal y local, en material del Proyecto "Complejo Cultural Bosque de Chapultepec".
5. Que la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, dispone en el artículo 53, que las Dependencias de la Ciudad de México, podrán establecer compromisos presupuestales en los contratos de obras públicas, de adquisiciones o de otra índole que celebren, cuya ejecución comprenda más de un ejercicio, en cuyo caso, el cumplimiento de los compromisos quedará sujeto a la disponibilidad presupuestal de los años en que se continúe su ejecución.
 
6. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Plaza de la Constitución, número 2, primer piso, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06068, en la Ciudad de México.
7. De la "SECRETARÍA DE GOBIERNO":
Que el Licenciado Ricardo Ruiz Suárez, fue nombrado Secretario de Gobierno de la Ciudad de México, por el Mtro. Martí Batres Guadarrama, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, mediante nombramiento de fecha 26 de junio del 2023, designación que no le ha sido revocada a la fecha y con tal carácter cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento, conforme a lo establecido por los artículos 16, fracción 1,18 párrafo primero y 20 fracciones IX y XXII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; así como 20, fracciones XVII y XVIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
8. De la "SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS":
Que la Licenciada Luz Elena González Escobar, fue designada Secretaria de Administración y Finanzas, por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, entonces Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, mediante nombramiento de fecha 01 de enero del 2019 y cuenta con las facultades para celebrar el presente instrumento, en términos de lo establecido por los artículos 16, fracción II, 18, párrafo primero, 20, fracciones IX y XXII y 27, fracción XL de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; así como 20, fracciones XVII y XVIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México. Y suscribe el presente única y exclusivamente para efectos de recibir los recursos que ministre en los términos de este Convenio "CULTURA" a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", de conformidad con lo previsto en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
9. De la "SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE":
Que la Doctora Marina Robles García, fue designada Secretaria del Medio Ambiente, por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, entonces Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, el 01 de enero del 2019 y cuenta con atribuciones suficientes para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo establecido en los artículos 16, fracción X, 18, párrafo primero, 20, fracciones XVII y XVIII y 35 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 6, fracción II, 7 y 9, fracciones XVIII y XXIII de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de México; y 20, fracción XVII, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
10. De la "SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS":
Que el Maestro en Ingeniería Jesús Antonio Esteva Medina, fue nombrado Secretario de Obras y Servicios, por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, entonces Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, mediante nombramiento de fecha 01 de enero de 2019, designación que no le ha sido revocada a la fecha y con tal carácter cuenta con las facultades suficientes para suscribir en asistencia de la persona titular de la Jefatura de Gobierno el presente instrumento, conforme a lo establecido por los artículos 16, fracción XIII, 18 párrafo primero, 20, fracciones IX y XXII y 38 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y 20, fracciones XVII y XVIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
11. De la "SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL":
Que el Maestro Juan José Serrano Mendoza, cuenta con las facultades para celebrar el presente instrumento, fue designado como titular de la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, mediante Decreto publicado en la gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 4 de enero de 2019, de conformidad con lo establecido en los artículos 28 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; así como 20, fracciones XVII y XVIII, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
III. De "LAS PARTES":
1. Con excepción del apartado que antecede, ratifican las declaraciones efectuadas en "EL CONVENIO", contando con las atribuciones y facultades para celebrar y suscribir el presente Convenio Modificatorio, las cuales no les han sido revocadas ni limitadas de forma alguna.
2. Con el fin de garantizar la continuidad del Convenio de Coordinación requieren se incremente el importe, en la cantidad de $520,000,000.00 (quinientos veinte millones de pesos 00/100 M.N.).
3. En el presente instrumento legal no existen vicios del consentimiento como: dolo, lesión, mala fe, violencia o cualquier otro.
4. Celebran el presente Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos SC/OSEC/CCOORD/00001/2023 con el propósito de modificar los montos y vigencia para el ejercicio de los estudios, proyectos y obras precisados en los antecedentes del presente instrumento, sujetándose al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONVENIO MODIFICATORIO.
"LAS PARTES" convienen en modificar las Cláusulas Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Décima Séptima y los Anexos No 1 y No 2 de "EL CONVENIO" para quedar de la siguiente forma:
[...]
       PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio tiene por objeto transferir recursos presupuestarios federales por parte de "CULTURA" a la "ENTIDAD FEDERATIVA", para que esta última realice de manera eficiente y eficaz las obras, los proyectos ejecutivos, los estudios, así como todas las adquisiciones de insumos requeridos para la integración del Proyecto "Complejo Cultural Bosque de Chapultepec", también denominado, Plan Maestro del Proyecto "Complejo Cultural Bosque de Chapultepec", a través de las Secretarías del Medio Ambiente, en adelante "SEDEMA" y de Obras y Servicios, en adelante "SOBSE", así como precisar los compromisos que sobre el particular asumen la "ENTIDAD FEDERATIVA" y "CULTURA", y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.
El ejercicio de dichos recursos fue autorizado a "CULTURA" mediante la cartera de inversión con folio de registro 20482000003 por la Unidad de Inversiones de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para tales fines. Las obras, estudios y proyectos relacionados con el Proyecto del "Complejo Cultural Bosque de Chapultepec" que se deberán realizar, se definen en los Anexos 1 y 2 que forman parte del presente instrumento, los cuales están asociados a la cartera de inversión hasta por el importe que a continuación se menciona:
 
PROYECTO
IMPORTE TOTAL
"Complejo Cultural
Bosque de Chapultepec"
$3,261'870,000.00
DATOS DE LA CUENTA PRODUCTIVA DE DEPÓSITO
NO. DE CUENTA
65509625854
CLABE INTERBANCARIA
014180655096258541
INSTITUCIÓN
Banco Santander (México), S.A.
NO. DE SUCURSAL Y PLAZA
5625 Cuauhtémoc Río de la Loza, PLAZA 01
BENEFICIARIO:
Gobierno de la Ciudad de México/Secretaría de Administración y Finanzas/Tesorería de la Ciudad de México.
 
[...]
SEGUNDA.- REASIGNACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, "CULTURA" reasignará a la "ENTIDAD FEDERATIVA" recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $3,261'870,000.00 (tres mil doscientos sesenta y un millones ochocientos setenta mil pesos 00/100 m.n.) con cargo al presupuesto de "CULTURA", de acuerdo con lo establecido en los Anexos 1 y 2 de este Convenio.
[...]
TERCERA.- TRANSFERENCIAS DE RECURSOS A LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE "SEDEMA".- La asignación presupuestal de recursos a la "SEDEMA" por concepto de obras, estudios y proyectos ejecutivos, así como los destinados a la realización de acciones tendientes a la restauración ambiental, de conformidad con el Anexo 2 del presente Convenio, será por la siguiente cantidad:
PROYECTO
IMPORTE TOTAL
"Complejo Cultural
Bosque de Chapultepec"
$897'870,000.00
 
CUARTA.- TRANSFERENCIA DE RECURSOS A LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS "SOBSE".- La asignación presupuestal de recursos a "SOBSE" por concepto de obras, estudios y proyectos ejecutivos a realizar de conformidad con el Anexo 1 del presente Convenio, será por la siguiente cantidad:
PROYECTO
IMPORTE TOTAL
"Complejo Cultural
Bosque de Chapultepec"
$2,364'000,000.00
[...]
       DÉCIMA SÉPTIMA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y hasta el 31 de marzo de 2024, con excepción de lo previsto en la fracción XIII de la cláusula OCTAVA de "EL CONVENIO", debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de la "ENTIDAD FEDERATIVA", dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización, de conformidad con el artículo 224, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
SEGUNDA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS.
"LAS PARTES" acuerdan que los remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales a que se refiere este convenio modificatorio, incluyendo los rendimientos financieros generados, que no se encuentren vinculados formalmente con compromisos y obligaciones de pago al 31 de diciembre de 2023 se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, en un plazo no mayor a 15 días naturales contados a partir del cierre del ejercicio fiscal, conforme a las disposiciones aplicables.
Asimismo, en su caso, se aplicará lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, en el que se establece que los recursos que se hayan comprometido y aquellas devengadas pero que no hayan sido pagadas, deberán cubrir los pagos respectivos a más tardar durante el primer trimestre del ejercicio fiscal siguiente.
TERCERA. ACUERDOS.
"LAS PARTES" acuerdan que, salvo las modificaciones pactadas en este instrumento, subsisten todas las demás obligaciones estipuladas en "EL CONVENIO", motivo por el cual ratifican en este acto todas las disposiciones contenidas en "EL CONVENIO", en todo lo que no haya sido modificado en virtud del presente instrumento, por lo tanto, reconocen expresamente que las disposiciones del convenio modificatorio no constituyen una novación.
CUARTA. EFECTOS.
El presente convenio modificatorio comenzará a surtir sus efectos a partir de su fecha de firma.
QUINTA. CONTROVERSIAS.
"LAS PARTES" convienen que el presente Instrumento es producto de la buena fe, por lo que toda duda o diferencia en opinión de la interpretación, formalización o cumplimiento, será resuelta de común acuerdo por "LAS PARTES".
En el supuesto de que la controversia subsista, "LAS PARTES" convienen en someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes de la Ciudad de México, por lo que renuncian al fuero que pudiera corresponderles en razón de su nacionalidad o domicilio presente o futuro.
El presente Convenio Modificatorio fue leído y enteradas las partes de su contenido, valor y consecuencias legales, lo firman en diez ejemplares en la Ciudad de México, el día 11 de septiembre de 2023.- Por CULTURA: la Secretaria de Cultura, Lic. Alejandra Frausto Guerrero.- Rúbrica.- La Subsecretaria de Desarrollo Cultural, Dra. Marina Núñez Bespalova.- Rúbrica.- El Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, Lic. Omar Monroy Rodríguez.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Mtro. Martí Batres Guadarrama.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Lic. Ricardo Ruíz Suárez.- Rúbrica.- La Secretaria de Administración y Finanzas, Lic. Luz Elena González Escobar.- Rúbrica.- La Secretaria del Medio Ambiente, Dra. Marina Robles García.- Rúbrica.- El Secretario de Obras y Servicios, M. en I. Jesús Antonio Esteva Medina.- Rúbrica.- El Secretario de la Contraloría General, Mtro. Juan José Serrano Mendoza.- Rúbrica.
ANEXO No. 1
Proyecto "Complejo Cultural Bosque de Chapultepec" Recursos destinados a SOBSE de la CDMX
Descripción
Importe Total
Construcción de infraestructura para realizar acciones conducentes para crear un espacio cultural y artístico en el Bosque de Chapultepec.
Proyectos, obra civil, obras complementarias, obras inducidas, servicios profesionales y/o apoyo técnico, asesorías, estudios, medidas de mitigación ambiental y social, indemnizaciones y/o restituciones por afectación a bienes o servicios, requeridas para los proyectos de:
1. Av. Constituyentes
2. Panteón Dolores
3. Interconexión de Museos
4. Circuito de Transporte Sustentable Interno (Cablebús)
5. Bodega Nacional de Arte y Talleres de Artes y Oficios
6. Paso de Conexión Chivatito
7. Cineteca Nacional Chapultepec
$2,364'000,000.00
TOTAL, CONVENIO DE REASIGNACIÓN SOBSE
$2,364'000,000.00
 
La Subsecretaria de Desarrollo Cultural, Dra. Marina Núñez Bespalova.- Rúbrica.- El Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, Lic. Omar Monroy Rodríguez.- Rúbrica.- La Secretaria del Medio Ambiente, Dra. Marina Robles García.- Rúbrica.- El Secretario de Obras y Servicios, M. en I. Jesús Antonio Esteva Medina.- Rúbrica.
ANEXO No. 2
Proyecto "Complejo Cultural Bosque de Chapultepec" Recursos destinados a SEDEMA de la Ciudad
de México
Descripción
Importe Total
Mejoramiento ambiental y construcción de infraestructura para realizar acciones conducentes para crear un espacio cultural y artístico en el Bosque de Chapultepec.
Proyectos, servicios, obra civil, obras complementarias, obras inducidas, servicios profesionales y/o apoyo técnico, asesorías, estudios, medidas de mitigación ambiental y social, indemnizaciones y/o restituciones por afectación a bienes o servicios, requeridas para los proyectos de:
Obras y Servicios:
·  Serpientes y Escaleras
·  Jardín Escénico Pabellón Acústico
·  Zoológico Chapultepec-Alfonso L. Herrera.
·  Museo de Historia Natural
·  Centro de Cultura Ambiental
·  Saneamiento de descargas residuales, rehabilitación de fuentes y lagos
·  Restauración del suelo, saneamiento y revegetación
·  Remediación de la contaminación de la 4ta Sección
·  Conservación del Bosque de Chapultepec
·  Rehabilitación de Infraestructura de Abandono y rehabilitación de Parques
·  Estudios Ambientales
$897'870,000.00
TOTAL
$897'870,000.00
 
La Subsecretaria de Desarrollo Cultural, Dra. Marina Núñez Bespalova.- Rúbrica.- El Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, Lic. Omar Monroy Rodríguez.- Rúbrica.- La Secretaria del Medio Ambiente, Dra. Marina Robles García.- Rúbrica.- El Secretario de Obras y Servicios, M. en I. Jesús Antonio Esteva Medina.- Rúbrica.
 

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