DOF: 22/02/2024
EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesús, Distrito de Vallarta para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesús, A

EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesús, Distrito de Vallarta para constituirse en asociación religiosa; derivada de Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesús, A.R.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos.

EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE IGLESIA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS, A.R., DENOMINADA IGLESIA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS, DISTRITO DE VALLARTA.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 8° y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada IGLESIA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS, DISTRITO DE VALLARTA para constituirse en asociación religiosa; derivada de IGLESIA APOSTÓLICA DE LA FE EN CRISTO JESÚS, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Calle Josefa Ortíz de Domínguez sin número, Colonia Centro, Municipio de Bahía de Bandera, Estado de Nayarit, C.P. 63737.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, Denominado Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesus de el Colomo, Nayarit, ubicado en Calle 2, S/N, Colonia Centro, poblado de El Colomo, Municipio de Bahía de Banderas, Estado de Nayarit, C.P. 63736, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Servir a la promoción de la vida de la comunidad cristiana de los fieles de la Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesús".
IV.- Representantes: Pedro Marcos Saldaña y/o Calixto Mendoza Rochín.
V.- Exhiben Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8° del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Junta de Asociados", integrada por las personas y cargos siguientes: Pedro Marcos Saldaña, Obispo Presidente de la Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesús, A.R.; Isaac López Tamayo, Secretario General de la Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesús, A.R.; Bertino Jiménez Góngora, Secretario Administrador General de la Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesús, A.R.; Jesús Benigno Pérez González, Secretario de Misiones Internacionales de la Iglesia Apostólica de la Fe en Cristo Jesús, A.R.; Calixto Mendoza Rochín, Obispo de Distrito; Adonirán Ávalos Bañuelos, Secretario de Distrito; y Osiris Ulises Rubio Murillo, Administrador Distrital.
VIII.- Ministros de Culto: Rigoberto Espinoza Leal, Jesús de Dios Cedano, Juan Pablo Tirado Águila, Rafael Vargas Castañeda, Abraham Solís Ramos, Israel Becerra López, Luis Manuel Estrada Cruz, Macario Flores Barajas, Noé Enrique Hernández Leyva, Gamaliel Ballesteros Rodríguez, Calixto Mendoza Rochín, Adonirán Ávalos Bañuelos, Seferino Huesías Ramírez, Isaías Robles Arce, Osiris Ulises Rubio Murillo, Gabriel Robles Arce, Daniel Martínez Molina, Jaime Francisco López Lepe, Martín Rosales Wences, Maximiano Arce Hurtado, José Luis Guzmán Cárdenas y Floriberto Rodríguez Ramos.
IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico Pentecostés.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los siete días del mes de febrero de dos mil veinticuatro.- El Director General Adjunto de la Dirección General de Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación, Lic. Jorge Lee Galindo.- Rúbrica.
 

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