|
DOF: 29/11/2024 |
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se determina la asignación de tiempo en radio y televisión a las autoridades electorales para el primer trimestre de dos mil veinticinco, mediante la aplicación de criterios específi ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se determina la asignación de tiempo en radio y televisión a las autoridades electorales para el primer trimestre de dos mil veinticinco, mediante la aplicación de criterios específicos de distribución. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG2311/2024. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE DETERMINA LA ASIGNACIÓN DE TIEMPO EN RADIO Y TELEVISIÓN A LAS AUTORIDADES ELECTORALES PARA EL PRIMER TRIMESTRE DE DOS MIL VEINTICINCO, MEDIANTE LA APLICACIÓN DE CRITERIOS ESPECÍFICOS DE DISTRIBUCIÓN GLOSARIO Comité | Comité de Radio y Televisión del Instituto Nacional Electoral | Consejo General | Consejo General del Instituto Nacional Electoral | CPEUM/Constitución | Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos | DEPPP | Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos | IEEZ | Instituto Electoral del Estado de Zacatecas | INE / Instituto | Instituto Nacional Electoral | LGIPE | Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales | OPLE | Organismo Público Local Electoral | RRTME | Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral | ANTECEDENTES Administración del tiempo del Estado en radio y televisión I. Términos y condiciones de la entrega de materiales y elaboración de órdenes de transmisión 2024. El veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés, el Comité aprobó el Acuerdo "[...] por el que se establecen los términos y condiciones para la entrega y recepción electrónica de materiales, así como para la elaboración de las órdenes de transmisión en el Proceso Electoral Federal, los Procesos Electorales Locales coincidentes y el período ordinario que transcurrirán durante 2023-2024...", identificado con la clave INE/ACRT/32/2023. II. Catálogo Nacional de emisoras 2024. En la fecha señalada en el párrafo anterior, el Comité emitió el Acuerdo "[...] por el que se declara la vigencia del marco geográfico electoral relativo a los mapas de cobertura y se aprueba el Catálogo nacional de estaciones de radio y canales de televisión que participarán en la cobertura del Proceso Electoral Federal 2023-2024, de los procesos electorales locales coincidentes con el federal, así como del período ordinario durante 2024...", identificado con la clave INE/ACRT/33/2023. Publicación ordenada en el Diario Oficial de la Federación por este Consejo General, mediante el Acuerdo identificado con la clave INE/CG556/2023, aprobado el veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés. III. Pautas de autoridades electorales del segundo semestre de 2024. El veintidós de mayo de dos mil veinticuatro, la Junta General Ejecutiva de este Instituto emitió el Acuerdo "[...] por el que se aprueban las pautas para la transmisión en radio y televisión de los mensajes de las autoridades electorales, correspondientes al período ordinario del segundo semestre de dos mil veinticuatro...", identificado con la clave INE/JGE75/2024. IV. Criterios de asignación de tiempos para autoridades electorales en período ordinario. El cinco de septiembre de dos mil veinticuatro, este Consejo General emitió el Acuerdo "[...] por el que se determina la asignación de tiempo en radio y televisión a las autoridades electorales para el cuarto trimestre de dos mil veinticuatro, mediante la aplicación de criterios específicos de distribución...", identificado con la clave INE/CG2208/2024. V. Consulta del IEEZ. El once de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó a la DEPPP el oficio IEEZ-02-2895/24, remitido por el Secretario Ejecutivo del IEEZ, relacionado con la posible Revocación de Mandato para la persona titular del Ejecutivo del Estado en dos mil veinticinco. En tal virtud, la pregunta competencia de la DEPPP es la siguiente: "[...] 5. ¿Es viable que el INE, que por mandato constitucional y legal, administra los tiempos del Estado en Radio y Televisión, proporcione más tiempo del que actualmente recibe el IEEZ, para difundir la Revocación de Mandato, en el período tentativo del 25 de enero al 27 de abril de 2025. [...]". Ahora bien, mediante oficio INE/DEPPP/DE/DATE/4088/2024, el quince de octubre siguiente, la DEPPP dio respuesta en los términos siguientes: "[...] En atención a la solicitud de tiempo formulada por el IEEZ relacionada con el posible proceso de Revocación de Mandato de la persona titular del Poder Ejecutivo en dicha entidad, considerando presuntamente que la jornada se realice el 27 de abril de 2025, la asignación de tiempo en radio y televisión será atendida en la determinación del criterio de asignación de tiempo aplicable que, en su momento, adopte el Consejo General del Instituto para el primer y segundo trimestre de 2025 del período ordinario; esto es, enero a marzo y abril a junio de 2025, respectivamente. Cabe precisar que la asignación de tiempo se sujetará al criterio emitido desde 2015 por el Consejo General del Instituto en los siguientes términos: cuarenta por ciento (40%) se asignará al Instituto; cuarenta por ciento (40%) al IEEZ; y el veinte por ciento (20%) restante se dividirá, en partes iguales, entre las demás autoridades electorales locales que presenten la solicitud correspondiente al trimestre de que se trate. Lo anterior, será aplicable únicamente durante los 30 días previos a aquél en que se celebre la jornada de Revocación de Mandato; es decir, del 28 de marzo al 26 de abril de 2025 (tentativamente). Finalmente, le comento que esta Dirección Ejecutiva no participa en alguna actividad de las señaladas en el resto de las preguntas formuladas por el IEEZ. En consecuencia, no se emite algún pronunciamiento al respecto...". CONSIDERACIONES Competencia en materia de administración de tiempos de radio y televisión 1. De conformidad con los artículos 41, Base V, Apartado A, de la CPEUM; 29 y 30, numeral 2, de la LGIPE, el INE es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, que se rige bajo los principios de certeza, legalidad, imparcialidad, independencia, máxima publicidad, objetividad, paridad y sus actividades se realizarán con perspectiva de género. 2. Los artículos 41, Base III, Apartados A y B de la Constitución, 30, numeral 1, inciso i), 31, numeral 1, 160, numeral 1, de la LGIPE, y 7, numeral 3, del RRTME establecen que este Instituto es la autoridad única encargada de la administración de los tiempos del Estado en radio y televisión correspondientes a la prerrogativa de los partidos políticos y candidaturas independientes, así como la asignación de tiempos para las demás autoridades electorales, y es independiente en sus decisiones y funcionamiento. 3. Como lo señalan los artículos 1, numeral 1, de la LGIPE, en relación con el 49 de la Ley General de Partidos Políticos, dichas disposiciones son de orden público y de observancia general en el territorio nacional y reglamentan las normas constitucionales relativas al acceso a radio y televisión para los partidos políticos, el INE y las autoridades electorales en las entidades federativas, en términos de la CPEUM. 4. De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 41, Base III, de la Constitución; 161, numeral 1, y 164, numeral 1, de la LGIPE, el INE y las demás autoridades electorales accederán a la radio y televisión a través del tiempo que el primero dispone en dichos medios para la difusión de sus respectivos mensajes. 5. Los artículos 4, fracciones XIV, XV y XVI, y 17 de la Ley General de Comunicación Social, señalan que se entienden como Tiempos de Estado las transmisiones gratuitas diarias referidas en los artículos 251 y 252 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; como Tiempos Fiscales los que corresponden al pago en especie del Impuesto Federal sobre Servicios Expresamente Declarados de Interés Público por Ley, en los que intervengan Empresas Concesionarias de Bienes del Dominio Directo de la Nación a través de transmisiones gratuitas en radio y televisión, y como Tiempos Oficiales los que comprenden tanto los Tiempos de Estado como los Tiempos Fiscales en radio y televisión que: "[...] La Secretaría de Gobernación administrará el uso de los Tiempos de Estado y de los Tiempos Fiscales, conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como por el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente, salvo en el caso de los Tiempos Oficiales que en distintos momentos corresponda administrar al Instituto Nacional Electoral, conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la legislación de la materia. La distribución de los Tiempos Fiscales se realizará en la proporción siguiente: I. Cuarenta por ciento al Poder Ejecutivo Federal; II. Treinta por ciento al Poder Legislativo Federal, tiempos que se distribuirán en partes iguales a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores; III. Diez por ciento al Poder Judicial Federal, y IV. Veinte por ciento a los Entes Autónomos Constitucionales. La Secretaría de Gobernación dará seguimiento a la utilización de los tiempos fiscales. Asimismo, estará facultada para reasignar estos tiempos cuando no hubieren sido utilizados con oportunidad o se encuentren subutilizados, de conformidad con las disposiciones generales que al efecto emita. Las reasignaciones se ajustarán a la proporción prevista en este artículo [...]". 6. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 8, numeral 2, del RRTME, del total del tiempo de que dispone el INE en período ordinario, el cincuenta por ciento (50%) debe distribuirse en forma igualitaria entre los partidos políticos y el cincuenta por ciento (50%) restante se destinará al Instituto para sus propios fines y a los de las autoridades electorales locales. Facultad del Consejo General en materia de radio y televisión 7. El artículo 35, numeral 1 de la LGIPE dispone que este Consejo General es el órgano superior de dirección del Instituto y es el responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral. 8. De conformidad con los artículos 44, numeral 1, incisos k), n) y jj), 161, 162, numeral 1, inciso a), 164 y 184, numeral 1, inciso a), de la LGIPE; 5, numeral 2, inciso a), 6, numeral 1, incisos a), e) y h) del RRTME, es facultad de este Consejo General: i) conocer y resolver los asuntos vinculados con la administración del tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión destinado a los propios fines del INE, a los de otras autoridades electorales federales y locales, y al ejercicio del derecho de los partidos políticos y candidaturas independientes cuando por su importancia así lo requiera; ii) aprobar la asignación del tiempo en radio y televisión a las autoridades electorales, federales o locales, para cada trimestre del año durante período ordinario o durante los procesos electorales federales y locales; y iii) dictar los acuerdos necesarios para hacer efectivas las atribuciones anteriores y las señaladas en la normativa electoral. En ese sentido, la materia del presente instrumento se circunscribe a la asignación de tiempo en radio y televisión para las autoridades electorales durante el primer trimestre de dos mil veinticinco; esto es, del uno de enero al treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco, mediante criterios específicos de distribución. Tiempo correspondiente a las autoridades electorales 9. Los artículos 182, numeral 1, incisos a) y b), de la LGIPE; y 11, numerales 1, 3 y 4 del RRTME, disponen que el INE, por conducto de este Consejo General, determinará la asignación del tiempo en radio y televisión destinado a sus propios fines y de otras autoridades electorales en forma trimestral mediante la aplicación de criterios específicos de distribución. En ningún caso serán incluidas como parte de lo anterior las prerrogativas para los partidos políticos. Para tal efecto, los mensajes de las autoridades electorales podrán tener una duración de veinte (20) o treinta (30) segundos. 10. Los artículos 41, Base III, Apartado A, inciso g) de la Constitución; 181, numeral 1 de la LGIPE; 8, numerales 1 y 2, 35, numeral 1, inciso b) del RRTME, señalan que el INE tendrá a su disposición fuera de los períodos de precampaña y campaña electoral hasta el doce por ciento (12%) del tiempo total que el Estado disponga en radio y televisión, lo cual representa el total semanal siguiente: TIPO DE EMISORA | TIEMPO TOTAL SEMANAL A DISTRIBUIR POR EL INSTITUTO | RADIO | TELEVISIÓN | Concesionarias de uso comercial | 42 minutos 50 segundos | 34 minutos 26 segundos | Concesionarias de uso público y social | 25 minutos 12 segundos | 11. Dicho lo anterior, del total del tiempo asignado al INE durante el período ordinario, se distribuirá entre los partidos políticos nacionales y locales en forma igualitaria el cincuenta por ciento (50%) y el cincuenta por ciento (50%) restante se distribuirá entre el INE y las demás autoridades electorales, lo que representa el total semanal siguiente: TIPO DE EMISORA | TIEMPO SEMANAL PARA DISTRIBUIR POR EL INSTITUTO A LAS AUTORIDADES ELECTORALES | RADIO | TELEVISIÓN | Concesionarias de uso comercial | 21 minutos 25 segundos | 17 minutos 13 segundos | Concesionarias de uso público y social | 12 minutos 36 segundos | 12. De conformidad con el artículo 11, numeral 1 del RRTME, se determina la asignación de tiempo en radio y televisión para las autoridades electorales locales con base en el siguiente criterio específico de distribución semanal: · En aquellas entidades en que no se celebrarán elecciones locales, a las autoridades electorales locales que hayan presentado oportunamente su solicitud de tiempo en radio y televisión, se les asignará aproximadamente un veinticinco por ciento (25%) del tiempo disponible, el cual se distribuirá en partes iguales y, aproximadamente, el setenta y cinco por ciento (75%) restante al INE para el cumplimiento de sus fines. 13. En este sentido, el tiempo a asignar entre las autoridades electorales locales en las entidades federativas donde no se celebre algún proceso electoral durante el período ordinario es el siguiente: TIPO DE EMISORA | AUTORIDADES ELECTORALES LOCALES | INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL | 25% | 75% | RADIO | TELEVISIÓN | RADIO | TELEVISIÓN | Concesionarias de uso comercial | 5 minutos 21 segundos | 4 minutos 18 segundos | 16 minutos 4 segundos | 12 minutos 55 segundos | Concesionarias de uso público y social | 3 minutos 9 segundos | 9 minutos 27 segundos | 14. De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 161, 164, numeral 1, de la LGIPE, y 11, numerales 2, 3 y 4 del RRTME, las autoridades electorales deben presentar a la DEPPP las solicitudes de tiempo en radio y televisión que requieran para el cumplimiento de sus fines con treinta (30) días de anticipación al inicio del trimestre correspondiente y, en la medida de lo posible, deberán acompañar en su solicitud los materiales respectivos. 15. Actualmente, ochenta y cinco (85) autoridades electorales locales han presentado su solicitud de tiempo en radio y televisión, mismas que se detallan a continuación: Entidad | Autoridad Electoral | Fecha de solicitud | Oficio | Vigencia | Aguascalientes | Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes | 25/09/2024 | IEE/P/2800/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes | 18/09/2024 | TEEA-P-CS-001/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del Estado de Aguascalientes | 23/09/2024 | FGE/FEDE/218/09-2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Baja California | Instituto Estatal Electoral de Baja California | 17/09/2024 | IEEBC/SE/5000/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California | 23/09/2024 | TJEBC/PR/O/531/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales de Baja California | 25/09/2024 | FGEBC/FEPADE/448/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Baja California Sur | Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur | 19/09/2024 | IEEBCS-SE-0490-2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur | 20/09/2024 | TEEBCS-DC-003/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Campeche | Instituto Electoral del Estado de Campeche | 24/09/2024 | PCG/1424/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de Campeche | 25/09/2024 | PTEEC/559/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Chiapas | Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas | 19/09/2024 | IEPC.SE.DEAP.1609.2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de Chiapas | 25/09/2024 | TEECH/P/176/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía de Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Chiapas | 17/09/2024 | FGE/FDE/391/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Chihuahua | Instituto Estatal Electoral de Chihuahua | 23/09/2024 | IEE-SE-2132/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua | 19/09/2024 | TEE/P-140/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Unidad Especializada en Investigación y Persecución en materia de Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua | 30/09/2024 | FGE-4C.1/2/502/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Ciudad de México | Instituto Electoral de la Ciudad de México | 30/09/2024 | IECM/SE/7539/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral de la Ciudad de México | 04/10/2024 | TECDMX-PRES/302/2024 | PRIMER TRIMESTRE DEL AÑO 2025 (ENERO-MARZO) | Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales de la Ciudad de México | 13/09/2024 | FGJCDMX/FEPADE/DEIC/075/09- 2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Coahuila | Instituto Electoral de Coahuila | 25/09/2024 | IEC/SE/3451/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral de Coahuila de Zaragoza | 26/09/2024 | TEEC/UT/45/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales del Estado de Coahuila | 17/09/2024 | CS-FGE/43//2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Colima | Instituto Electoral del Estado de Colima | 23/09/2024 | IEE-DCS-0022/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de Colima | 23/09/2024 | 285/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Unidad Especializada en Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Colima | 27/09/2024 | 088/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Durango | Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango | 08/08/2024 | IEPC/SE/1176/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO, ASÍ COMO EL PEL 2024-2025 | Tribunal Electoral del Estado de Durango | 30/08/2024 | TEED-PRES-162/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO, ASÍ COMO EL PEL 2024-2025 | Guanajuato | Instituto Electoral del Estado de Guanajuato | 20/09/2024 | SE/1801/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato | 24/09/2024 | TEEG-PCIA-202/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Guerrero | Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero | 17/09/2024 | IEPC/P/I/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de Guerrero | 30/09/2024 | TEE/PRE/1840/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del Estado de Guerrero | 20/09/2024 | FEDE/587/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Hidalgo | Instituto Estatal Electoral de Hidalgo | 24/09/2024 | IEEH/PRESIDENCIA/0703/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo | 23/09/2024 | TEEH-ACSD-100-2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del Estado de Hidalgo | 17/09/2024 | PGJH-07/FEDEH/DGIL/889/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Jalisco | Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco | 17/09/2024 | 12579/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de Jalisco | 17/09/2024 | P-TEEJ-TVS-290/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales del Estado de Jalisco | 26/09/2024 | FEMDE/0065/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | México | Instituto Electoral del Estado de México | 18/09/2024 | IEEM/SE/8677/2024 | CUATRO TRIMESTRES DEL EJERCICIO 2025 (PERÍODO ORDINARIO) | Tribunal Electoral del Estado de México | 23/09/2024 | TEEM/CDyCS/146/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México | 24/09/2024 | 400LG7A00/0464/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Michoacán | Instituto Electoral de Michoacán | 24/09/2024 | IEM-P-2288/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de Michoacán | 27/09/2024 | TEEM-PRE-YAM-310/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Morelos | Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana | 26/09/2024 | IMPEPAC/SCS/LMVP/47/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de Morelos | 19/09/2024 | TEEM/MP/IMA/552/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del Estado de Morelos | 19/09/2024 | FGE/FEDE/MOR/0529/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Nayarit | Instituto Estatal Electoral de Nayarit | 18/09/2024 | IEEN/PRESIDENCIA/2389/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Estatal Electoral de Nayarit | 24/09/2024 | TEEN-PRESIDENCIA-438/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Nayarit | 03/10/2024 | FEDE-NAY/142.10/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Nuevo León | Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana Nuevo León | 19/09/2024 | SECEE/4995/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León | 27/09/2024 | TEE/DA-09-03/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del Estado de Nuevo León | 26/09/2024 | DAYPE-FDE-039/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Oaxaca | Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca | 24/09/2024 | IEEPCO/SE/UTCS/198/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca | 17/09/2024 | TEEO/P/196/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca | 25/09/2024 | FGEO/FEDE/746/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Puebla | Instituto Electoral del Estado de Puebla | 26/09/2024 | IEE/2288/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de Puebla | 24/09/2024 | TEEP/PRE/1185/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Puebla | 23/09/2024 | FGEP/DGCEVS/102/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Querétaro | Instituto Electoral del Estado de Querétaro | 17/09/2024 | CCS/133/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de Querétaro | 23/09/2024 | TEEQ/CCS/11/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Quintana Roo | Instituto Electoral de Quintana Roo | 20/09/2024 | UTCS/310/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral de Quintana Roo | 17/09/2024 | TEQROO/MP/836/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada en Combate a Delitos Electorales del Estado de Quintana Roo | 30/09/2024 | FGE/QROO/CAN/FECDE/0273/ 2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | San Luis Potosí | Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí | 23/09/2024 | CEEPC/SE/3146/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí | 25/09/2024 | TESLP/PRESIDENCIA/524/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales del Estado de San Luis Potosí | 19/09/2024 | FEMDE/310/24 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Sinaloa | Instituto Electoral del Estado de Sinaloa | 19/09/2024 | IEES/AC/0106/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa | 27/09/2024 | S/N | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Sonora | Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Sonora | 26/09/2024 | IEE/PRESI-3380/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Estatal Electoral del Estado de Sonora | 26/09/2024 | TEE-CCV-22/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales de Sonora | 18/09/2024 | FDE-F-/200/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tabasco | Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco | 17/09/2024 | CS/392/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral de Tabasco | 25/09/2024 | S/N | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tamaulipas | Instituto Electoral de Tamaulipas | 19/09/2024 | PRESIDENCIA/2688/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas | 26/09/2024 | TE-CS-049/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas | 13/09/2024 | FGJ/FEDE/672/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tlaxcala | Instituto Tlaxcalteca de Elecciones | 24/09/2024 | ITE-PG-1158/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral de Tlaxcala | 23/09/2024 | TET/PRES/9C.16/779/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Veracruz | Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz | 09/09/2024 | OPLEV/SE/4019/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO, ASÍ COMO EL PEL 2024-2025. | Tribunal Electoral de Veracruz | 11/09/2024 | TEV/UD/25/09/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO, ASÍ COMO EL PEL 2024-2025. | Yucatán | Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán | 18/09/2024 | CG/PRESIDENCIA/0518/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal Electoral del Estado de Yucatán | 19/09/2024 | TEEY/PDCIA/128/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Zacatecas | Instituto Electoral del Estado de Zacatecas | 24/09/2024 | IEEZ-UCS-111/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas | 24/09/2024 | 21/UCS/TRIJEZ/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | Fiscalía Especializada en Atención de Delitos Electorales | 23/09/2024 | 1006/2024 | PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 QUE COMPRENDE EL PERÍODO ORDINARIO. | 16. En virtud de que el tiempo total correspondiente a las autoridades electorales locales y al INE se utilizará con la transmisión de mensajes de treinta (30) segundos, la adecuación no puede ser exacta; por lo que una vez que se haya definido el total de espacios correspondientes, en caso de que existan fracciones restantes y éstas puedan ser optimizadas, las mismas serán asignadas al INE. 17. Ahora bien, a las autoridades electorales locales de las entidades federativas en las que, durante el trimestre en que se asigna tiempo en radio y televisión, se celebre algún mecanismo de democracia directa o participativa, tales como referéndums, elección para comisiones de participación comunitaria u otros que impliquen la participación directa de la ciudadanía, y que hayan presentado oportunamente su solicitud de tiempo en radio y televisión, como en trimestres anteriores desde dos mil quince, la distribución de tiempo se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo identificado con la clave INE/CG289/2014, que es la siguiente: · Del tiempo disponible en radio y televisión correspondiente al período ordinario, cuarenta por ciento (40%) se asignará al INE; cuarenta por ciento (40%) al OPLE; y el veinte por ciento (20%) restante se dividirá, en partes iguales, entre las demás autoridades electorales locales que hayan presentado la solicitud correspondiente al trimestre que se trate. En este sentido, el tiempo a asignar entre las autoridades electorales en las entidades federativas donde se celebre algún mecanismo de democracia directa o participativa durante el período ordinario es el siguiente: TIPO DE EMISORA | INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL | ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL | AUTORIDADES ELECTORALES LOCALES | 40% | 40% | 20% | RADIO | TELEVISIÓN | RADIO | TELEVISIÓN | RADIO | TELEVISIÓN | Concesionarias de uso comercial | 8 minutos 35 segundos | 6 minutos 53 segundos | 8 minutos 35 segundos | 6 minutos 53 segundos | 4 minutos 17 segundos | 3 minutos 27 segundos | Concesionarias de uso público y social | 5 minutos 2.4 segundos | 5 minutos 2.4 segundos | 2 minutos 24 segundos | a) Dicha asignación será aplicable únicamente durante los treinta (30) días previos a aquél en que se celebre la jornada del mecanismo de democracia directa o participativa de que se trate; y, b) Los OPLE de las entidades federativas en las que se celebre un mecanismo de democracia directa o participativa deberán dar aviso de éste y presentar su solicitud de tiempo para el mismo, a más tardar, sesenta (60) días previos a aquel en que se celebre la jornada correspondiente. Consideración relacionada con la consulta del IEEZ 18. Como fue señalado en los antecedentes del presente instrumento, el IEEZ consultó la viabilidad de que el INE proporcione más tiempo del que actualmente recibe dicho OPLE para difundir la posible celebración de un proceso de revocación de mandato correspondiente a la persona titular del Poder Ejecutivo Estatal en el período tentativo del veinticinco de enero al veintisiete de abril de dos mil veinticinco. En tal virtud, este Consejo General considera que, de manera preliminar, la solicitud del OPLE es procedente y, de acuerdo con la temporalidad en la asignación de tiempo señalada en el criterio antes descrito, ésta será atendida durante los treinta (30) días previos a aquél en que se celebre la jornada del proceso de revocación de mandato; esto es, del veintiocho de marzo al veintiséis de abril de dos mil veinticinco. En consecuencia, en caso de ser procedente el ejercicio de participación referido y una vez que el IEEZ notifique su realización a este Instituto, la DEPPP procederá a modificar las pautas de autoridades electorales durante el período señalado. Lo anterior, deberá hacerse del conocimiento del Comité. Asimismo, debido a que la difusión del mecanismo de participación podría abarcar el mes de abril de dos mil veinticinco, este Consejo General deberá pronunciarse en el Acuerdo que para tal efecto emita correspondiente al segundo trimestre de dos mil veinticinco, el cual tendrá vigencia de abril a junio de dos mil veinticinco. Materiales de las autoridades electorales 19. Atendiendo lo dispuesto en el artículo 11, numeral 3 del RRTME, las autoridades electorales deberán entregar los materiales que serán transmitidos de conformidad con los calendarios de materiales y órdenes de transmisión que determine la Junta General Ejecutiva del Instituto. Asimismo, conforme a lo establecido en el artículo 43, numerales 12 y 13 del RRTME, en el caso de las autoridades electorales locales que habiendo solicitado tiempo en radio y televisión no remitan el material correspondiente, dicho tiempo quedará a disposición del INE. Fundamentos para la emisión del Acuerdo Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos | Artículo 41, Bases III, apartados A, inciso g) y B, y V, apartado A. | Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales | Artículos 1, numeral 1, 29, 30, numerales 1, inciso i), y 2, 31, numeral 1, 35, numeral 1, 44, numeral 1, incisos k), n) y jj), 160, numeral 1, 161, numeral 1, 162, numeral 1, inciso a), 164, numeral 1, 181, numeral 1, 182, numeral 1, incisos a) y b), y 184, numeral 1, inciso a). | Ley General de Partidos Políticos | Artículo 49. | Ley General de Comunicación Social | Artículos 4, fracciones XIV, XV y XVI, y 17. | Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión | Artículos 251 y 252. | Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral | Artículos 5, numeral 2, inciso a), 6, numeral 1, incisos a), e) y h), 7, numeral 3, 8, numerales 1 y 2, 11, numerales 1, 2, 3 y 4, 35, numeral 1, inciso b), y 43, numerales 12 y 13. | En atención a los antecedentes, consideraciones y fundamentos señalados, resulta procedente que este Consejo General emita el presente: ACUERDO PRIMERO. Se determina la asignación de tiempo en radio y televisión para las autoridades electorales durante el primer trimestre del año dos mil veinticinco, correspondiente al período ordinario, de conformidad con los siguientes criterios específicos: a) A las autoridades electorales locales en las entidades en las que no se celebren elecciones locales, que presentaron oportunamente su solicitud, se les asignará un veinticinco por ciento (25%) del tiempo disponible, el cual se distribuirá en partes iguales y, el setenta y cinco por ciento (75%) restante, se asignará al Instituto Nacional Electoral para el cumplimiento de sus fines. b) A las autoridades electorales de las entidades federativas en las que se celebre algún mecanismo de democracia directa o participativa, que presentaron oportunamente su solicitud, del tiempo disponible se les asignará cuarenta por ciento (40%) al Instituto Nacional Electoral; cuarenta por ciento (40%) al Organismo Público Local Electoral y, el veinte por ciento (20%) restante, se dividirá en partes iguales entre las demás autoridades electorales locales. Dicha asignación será aplicable únicamente durante los treinta (30) días previos a aquél en que se celebre la jornada de algún mecanismo de democracia directa o participativa de que se trate. SEGUNDO. En caso de que las autoridades electorales no hayan realizado la solicitud respectiva en el plazo previsto o que habiendo realizado dicha solicitud no remitan el material a transmitir en radio y televisión, el tiempo que les corresponda quedará a disposición del Instituto Nacional Electoral. TERCERO. En caso de ser procedente el ejercicio de participación ciudadana de revocación de mandato correspondiente a la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado de Zacatecas en dos mil veinticinco y una vez que el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas notifique su realización al Instituto Nacional Electoral, este Consejo General considera oportuno proporcionar al Organismo Público Local Electoral tiempo en radio y televisión conforme al criterio siguiente: · Cuarenta por ciento (40%) se asignará al Instituto Nacional Electoral; cuarenta por ciento (40%) al Instituto Electoral del Estado de Zacatecas; y, el veinte por ciento (20%) restante, se dividirá en partes iguales entre las demás autoridades electorales locales que presenten la solicitud correspondiente al trimestre de que se trate. En tal virtud, se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto para que, en su caso, modifique las pautas de autoridades electorales considerando que dicha asignación será aplicable únicamente durante los treinta (30) días previos a aquél en que se celebre la jornada del mecanismo de democracia directa o participativa de que se trate. Lo anterior, deberá hacerse del conocimiento del Comité de Radio y Televisión del Instituto Nacional Electoral. Asimismo, este Consejo General deberá pronunciarse en el Acuerdo que para tal efecto emita correspondiente al segundo trimestre de dos mil veinticinco, el cual tendrá vigencia de abril a junio de dos mil veinticinco, con el propósito de instruir a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto para que, en su caso, modifique las pautas de autoridades electorales para que el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas cuente con más tiempo en radio y televisión para difundir la posible revocación de mandato correspondiente a la persona titular del Poder Ejecutivo Estatal en el período tentativo referido, de conformidad con el criterio de asignación de tiempo señalado y conforme al calendario que para tal efecto apruebe el propio Instituto Electoral del Estado de Zacatecas. CUARTO. El presente Acuerdo resultará aplicable durante el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de marzo del año dos mil veinticinco, correspondiente al primer trimestre, en los términos del presente instrumento. QUINTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto que notifique de manera electrónica el presente Acuerdo a las personas titulares de las Vocalías Ejecutivas de las treinta y dos Juntas Locales del Instituto Nacional Electoral y éstas, por su conducto, a las autoridades electorales de las entidades federativas distintas al Organismo Público Local Electoral señaladas en la consideración 15. Asimismo, a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales de este Instituto para que notifique el contenido del presente instrumento a cada uno de los Organismos de su competencia. SEXTO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto para que, por conducto de la Unidad Técnica de Servicios de Informática, ponga a disposición en el portal de Internet del Instituto Nacional Electoral el presente instrumento. SÉPTIMO. El presente Acuerdo surtirá efectos una vez aprobado por este Consejo General. OCTAVO. Se ordena la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta del Instituto Nacional Electoral. El presente Acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 30 de octubre de 2024, por votación unánime de las y los Consejeros Electorales, Maestro Arturo Castillo Loza, Norma Irene De La Cruz Magaña, Doctor Uuc-kib Espadas Ancona, Maestro José Martín Fernando Faz Mora, Carla Astrid Humphrey Jordan, Maestra Rita Bell López Vences, Maestro Jorge Montaño Ventura, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y de la Consejera Presidenta, Licenciada Guadalupe Taddei Zavala. La Consejera Presidenta del Consejo General, Lic. Guadalupe Taddei Zavala.- Rúbrica.- La Encargada del Despacho de la Secretaría del Consejo General, Mtra. Claudia Edith Suárez Ojeda.- Rúbrica.
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|
|
|
|
|
|
|
| |
|