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Fecha: 12/08/1996 - Edición Matutina |
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PRIMERA SECCION |
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PODER EJECUTIVO |
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SECRETARIA DE ENERGIA
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NORMA Oficial Mexicana NOM-018-NUCL-1995, Métodos para determinar la concentración de actividad y actividad total en los bultos de desechos radiactivos.
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RESPUESTA a los comentarios recibidos respecto al Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-013-NUCL-1995, Requerimientos de seguridad radiológica para egresar a pacientes a quienes se les ha administrado material radiactivo, publicado el 15 de septiembre de 1995.
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SECRETARIA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL
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RELACION de declaratorias de libertad de terreno número 10/96.
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SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
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ACUERDO por el que se modifican la Convocatoria para el Otorgamiento de concesiones para el uso, aprovechamiento y explotación de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio de radiolocalización móvil de personas, y la Convocatoria y Bases Generales para el otorgamiento de concesiones para usar, aprovechar o explotar bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para radioenlaces punto a punto en las bandas de frecuencias de 225 a 233 megahertz y de 12.7 a 13.2 gigahertz.
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OFICIO por el que se aprueba el cambio de horario de operación de los aeropuertos ubicados en Ciudad Juárez, Chih., Durango, Dgo., León, Gto., La Paz, B.C.S., Oaxaca, Oax., San Luis Potosí, S.L.P., Tijuana, B.C., Villahermosa, Tab. y Zihuatanejo, Gro.
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PROYECTO de Norma Oficial Mexicana NOM-020-SCT2/1995, Requerimientos generales para el diseño y construcción de autotanques destinados al transporte de materiales y residuos peligrosos, especificaciones SCT 306, SCT 307 y SCT 312.
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ACLARACION que hace la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a la Norma Oficial Mexicana NOM-011-SCT2/1994, Condiciones para el transporte de las substancias, materiales y residuos peligrosos en cantidades limitadas, publicada el 25 de septiembre de 1995.
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SECRETARIA DE SALUD
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PROYECTO de Norma Oficial Mexicana NOM-133-SSA1-1995, Que establece las especificaciones sanitarias de las agujas hipodérmicas desechables.
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SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA
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RESOLUCION por la que se declara como terreno nacional el predio denominado Tomatlán, municipio del mismo nombre, Ver.
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RESOLUCION por la que se declara como terreno nacional el predio denominado Villa Aldama, municipio del mismo nombre, Ver.
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RESOLUCION por la que se declara como terreno nacional el predio denominado Zacualpan, municipio del mismo nombre, Ver.
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PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA
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ACUERDO del C. Procurador General de la República, número A/08/96 por el que se crea una nueva Agencia del Ministerio Público de la Federación con sede en la ciudad de Sabinas, en el Estado de Coahuila.
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ORGANISMOS AUTONOMOS |
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BANCO DE MEXICO
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TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana
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TASAS de interés de instrumentos de captación bancaria
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TASA de interés interbancaria de equilibrio
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COSTO de captación a plazo de pasivos denominados en dólares de los EE.UU.A. (CCP-Dólares)
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TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
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SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 601/94, relativo a la dotación de tierras, promovido por campesinos del poblado Dr. Valentín Gómez Farías, Municipio de Jonuta, Tab.
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Fecha: 12/08/1996 - Edición Matutina |
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SEGUNDA SECCION |
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ORGANISMOS AUTONOMOS |
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INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL
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ACUERDO del Consejo General del Instituto Federal Electoral, por el que se establece la demarcación territorial de los trescientos distritos electorales federales uninominales en que se divide el país, así como el ámbito territorial de cada una de las cinco circunscripciones plurinominales, la capital de la entidad federativa que será cabecera de cada una de ellas y el número de diputados por el principio de representación proporcional que habrán de elegirse en cada circunscripción plurinominal en las elecciones federales de 1997. (Continúa en la Tercera Sección)
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Fecha: 12/08/1996 - Edición Matutina |
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TERCERA SECCION |
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ORGANISMOS AUTONOMOS |
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INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL
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ACUERDO del Consejo General del Instituto Federal Electoral, por el que se establece la demarcación territorial de los trescientos distritos electorales federales uninominales en que se divide el país, así como el ámbito territorial de cada una de las cinco circunscripciones plurinominales, la capital de la entidad federativa que será cabecera de cada una de ellas y el número de diputados por el principio de representación proporcional que habrán de elegirse en cada circunscripción plurinominal en las elecciones federales de 1997 (Continúa en la Tercera Sección).
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Esta edición consta de 3 secciones | |
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