SOLICITUD de expropiación de terrenos ejidales del poblado denominado Altamira, Municipio del mismo nombre, Tamps.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de Comunicaciones y Transportes.-Dirección General de Asuntos Jurídicos.
C. Javier García Paniagua.
Secretario de la Reforma Agraria
Bolívar No. 145
Ciudad.
El Gobierno Federal, por conducto de esta Secretaría y con cargo a su presupuesto, está llevando a cabo la construcción del Acceso al Puerto Industrial de Altamira, Tamaulipas.- De conformidad con lo establecido por los artículos 1o. fracción VI y 2o., fracciones I y II de la Ley de Vías Generales de Comunicación, dicho Acceso es una vía de tal naturaleza y su construcción es de utilidad pública, atento a lo dispuesto por el artículo 21 del propio Ordenamiento.-Para la ejecución de los trabajos de referencia, es necesario afectar terrenos pertenecientes al Ejido Altamira, Municipio de Altamira, Estado de Tamaulipas, así como las construcciones e instalaciones que se encuentran en los mismos, por lo que, con fundamento en el artículo 112, fracción II, de la Ley Federal de Reforma Agraria, se solicita a esa Dependencia a su digno cargo, se tramite el expediente expropiatorio respectivo.-El derecho de vía es 80 M. de los cuales 30 M. corresponden a la izquierda y 50 a la derecha del eje del trazo.-En cumplimiento a lo ordenado porel artículo 343 de la propia Ley, manifiesto a usted que se proponecomo indemnización la que en su oportunidad se señala en el Decreto Expropiatorio correspondiente, así como también, que la superficie que se necesita es de 22.95-42.40 hectáreas, cuyos datos de localización son los siguientes.-Del km. 21 más de 808.00 de la carretera Tampico-Mante por el Libramiento Altamira, con R.A.C. N 69°23'E y distancia de 30.72 M., se localiza el km. 0 más 03072 donde se inicia la afectación. De este punto con R.A.C. N 69°23'E y tangente de 1486.53 m. se localiza el P.C. 1 más 517.25 donde se inicia cuya circular de 1°00' derecha y longitud de 359.32 m. hasta el P.T 1 más 876.57 de este punto con R.A.C. 87°21'E y tangente de 1.023.43 m. se localiza el P.S.T. 2 más 900.00 donde termina la afectación.-Con el presente se acompaña por cuadruplicado el plano de localización correspondiente.-Siendo necesaria la legalización de la citada superficie a favor de la Federación, agradeceré a usted que esta expropiación se tramite a la brevedad posible y una vez satisfechos los requisitos de la Ley se formule el Decreto a que se refiera el artículo 346 de la Ley Federal de la Reforma Agraria.
Reitero a usted mi atenta consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F., a 23 de octubre de 1980.-El Secretario, Pedro Ramírez Vázquez.-Rúbrica.
HUGO CRUZ VALDEZ, Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
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