CONVOCATORIA a todos los licenciados en derecho interesados en presentar examen de aspirante a corredor público.
CONVOCATORIA PARA EXAMEN DE ASPIRANTE A CORREDOR PUBLICO
La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2o., 3o. fracción II, 8o. y 9o. fracción I de la Ley Federal de Correduría Pública, y 1o., 7o., 8o., 9o., 10, 11 y 12 del Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública, convoca a los licenciados en derecho interesados en presentar
EXAMEN DE ASPIRANTE A CORREDOR PUBLICO
Conforme a las siguientes:
BASES
I. Los interesados deberán presentar, por escrito, solicitud debidamente firmada, dirigida al Secretario de Comercio y Fomento Industrial, en la que declaren bajo protesta de decir verdad que son ciudadanos mexicanos en pleno ejercicio de sus derechos, ser licenciados en derecho con título profesional y cédula legalmente expedidos, tener práctica profesional de cuando menos dos años y no haber sido condenados mediante sentencia ejecutoriada por delito intencional que hubiere ameritado pena corporal.
La solicitud deberá mencionar el domicilio del interesado para efectos de la notificación correspondiente y se acompañará del original o copias certificadas de la siguiente documentación:
1.- Acta de nacimiento o certificado de nacionalidad mexicana o carta de naturalización;
2.- Título de licenciado en derecho o abogado, así como la cédula profesional respectiva;
3.- Constancia o declaración, en su caso, que acredite una práctica profesional de por lo menos dos años, contados a partir de la fecha de expedición del título y cédula profesional respectivos;
4.- Curriculum vitae;
5.- Comprobante de domicilio o identificación oficial con firma y fotografía; y
6.- La demás documentación comprobatoria que le solicite la Secretaría.
Los interesados deberán presentar la solicitud de examen, para adquirir la calidad de aspirante, directamente a la Dirección General de Registros Comerciales de esta Dependencia, ubicada en avenida Insurgentes Sur número 1940-1er. piso, colonia Florida, código postal 01030, Delegación Alvaro Obregón, México, D.F.
Las solicitudes también se podrán entregar en la Delegación o Subdelegación Federal u oficina de servicios de esta Secretaría existente en la entidad federativa en que tenga residencia el interesado o, en su caso, a través del colegio de corredores local que le corresponda.
PROCEDIMIENTO
I.- La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, dentro de los noventa días naturales siguientes a la fecha de recepción de la solicitud, revisará y resolverá sobre la solicitud y documentación presentada por el interesado y, en caso de que resulte procedente, notificará al solicitante, personalmente o por correo certificado con acuse de recibo o por servicio de mensajería o a través del colegio de corredores local, la fecha, lugar y hora en que se celebrará el examen de aspirante, así como las bases y reglas a que se sujetará dicho examen y el material de apoyo con el que podrá contar durante su desarrollo.
La Secretaría podrá solicitar a las autoridades, instituciones y particulares, que correspondan, los informes, constancias y documentos que considere necesarios para comprobar si el solicitante cumple con los requisitos establecidos en la Ley Federal de Correduría Pública y su Reglamento.
II.- Los exámenes se podrán practicar en forma individual o en grupo y se llevarán a cabo tanto en el Distrito Federal como en el interior de la República, con el apoyo de las delegaciones de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial en las ciudades que, para efecto, determine la Dirección General de Registros Comerciales.
III.- Los exámenes para aspirante serán prueba escrita que consistirá en resolver un cuestionario dentro del tiempo que le señale la mencionada Dirección General. El cuestionario contendrá el número de preguntas suficientes para realizar una evaluación general de los conocimientos del sustentante y versará sobre cuestiones teóricas y/o prácticas de relevancia y actualidad en materia jurídico-mercantil, de fe pública mercantil, intermediación, valuación y arbitraje comercial.
IV.- La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial elaborará cinco cuestionarios distintos que se le presentarán al sustentante en sobres cerrados, para efecto de que, mediante sorteo, se le asigne un cuestionario a cada sustentante.
V.- La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial tendrá la facultad de anular el examen cuando el sustentante no se sujete a las bases y reglas que rigen el mismo, así como cuando utilice material de apoyo no autorizado por la Dirección General de Registros Comerciales.
VI.- La Dirección General de Registros Comerciales revisará y calificará los exámenes para aspirante, siendo su resolución definitiva, por lo que no se admitirá recurso alguno en su contra.
VII.- La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial notificará el resultado del examen al sustentante, personalmente o por correo certificado con acuse de recibo o a través del colegio de corredores local, al día siguiente de la fecha de celebración del mismo. El sustentante que no apruebe dicho examen no podrá volver a presentar otro sino hasta transcurridos seis meses posteriores a la fecha de su presentación.
Lo no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por la Dirección General de Registros Comerciales, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal de Correduría Pública y su Reglamento, y por el Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 20 de julio de 1994.- El Secretario de Comercio y Fomento Industrial, Jaime Serra Puche.- Rúbrica.
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