DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 6-24-67 hectáreas de agostadero de uso común, de terrenos ejidales del poblado El Encero, Municipio de Emiliano Zapata, Ver. (Reg.- 3583)
CARLOS SALINAS DE GORTARI, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en uso de las facultades que me confieren los artículos 27 de la Constitución General de la República y 94 de la Ley Agraria; y
RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número 103.401.-00756 de fecha 25 de enero de 1985, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 66,204.20 m2, de terrenos ejidales del poblado denominado "EL ENCERO", Municipio de Emiliano Zapata del Estado de Veracruz, para destinarlos a la modernización de la carretera Xalapa-Veracruz, tramo Xalapa-Entronque Aeropuerto; misma que se ajusta a lo establecido en los artículos 93 fracción VII y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente conforme a la Ley. Iniciándose el procedimiento relativo de cuyos trabajos técnicos e informativos se obtuvo una superficie real por expropiar de 6-24-67 Has., de agostadero de uso común.
RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos mencionados en el Resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que: por Resolución Presidencial de fecha 7 de julio de 1933, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de agosto de 1933 y ejecutada el 22 de diciembre de 1933, se concedió por concepto de dotación de tierras a la congregación denominada "EL ENCERO", Municipio de El Chico, Estado de Veracruz, una superficie de 714-00-00 Has., para beneficiar a 42 capacitados en materia agraria y por Decreto Presidencial de fecha 3 de mayo de 1993, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de mayo de 1933, se expropió al poblado denominado "EL ENCERO", Municipio de Emiliano Zapata, Estado de Veracruz, una superficie de 20-00-61.80 Has., a favor de la Secretaría de la Defensa Nacional, para destinarse a la construcción de un Campo Militar que alojará al 63o. Batallón de Infantería.
Que la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales, determinó el monto de la expropiación mediante avalúo que consideró el valor comercial que prescribe el artículo 94 de la Ley Agraria y asignó como valor unitario el de N$ 4,500.00 por hectárea, por lo que el monto de la indemnización a cubrir por la 6-24-67 Has., de terrenos de agostadero, a expropiar es de N$ 28,110.15.
Que existe en las constancias el dictamen de la Secretaría de la Reforma Agraria, emitido a través de la Dirección General de Procedimientos Agrarios, relativo a la legal integración del expediente, sobre la solicitud de expropiación; y
CONSIDERANDO:
UNICO.- Que de las constancias existentes en el expediente integrado sobre esta solicitud de expropiación, se ha podido observar que se cumple con la causa de utilidad pública, consistente en la construcción de carreteras y demás obras que faciliten el transporte, por lo que es procedente se decrete la expropiación solicitada por apegarse a lo que establecen los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 93 fracciónVII y 94 de Ley Agraria. Esta expropiación que comprende la superficie de 6-24-67 Has., de agostadero de uso común, de terrenos ejidales, correspondientes al poblado "EL ENCERO", Municipio de Emiliano Zapata, Estado de Veracruz, será a favor de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para destinarlos a la modernización de la carretera Xalapa-Veracruz, tramo Xalapa-Entronque Aeropuerto. Debiéndose cubrir por la citada Dependencia, la cantidad de N$ 28,110.15, por concepto de indemnización en favor delnúcleo de población de referencia o de las personas que acrediten tener derecho a ésta.
Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 93 fracción VII, 94, 95, 96, 97 y demás relativos de la Ley Agraria, he tenido a bien dictar el siguiente
DECRETO:
PRIMERO.- Se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 6-24-67 Has.,(SEIS HECTAREAS, VEINTICUATRO AREAS, SESENTA Y SIETE CENTIAREAS), de agostadero de uso común, de terrenos ejidales del poblado "EL ENCERO", Municipio de Emiliano Zapata del Estado de Veracruz, a favor de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, quien las destinará a la modernización de la carretera Xalapa-Veracruz, tramo Xalapa-Entronque Aeropuerto.
La superficie que se expropia es la señalada en el plano aprobado por la Secretaría de la Reforma Agraria.
SEGUNDO.- Queda a cargo de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, pagar por concepto de indemnización por la superficie que se expropia, la cantidad de N$ 28,110.15 (VEINTIOCHO MIL, CIENTO DIEZ NUEVOS PESOS 15/100 M.N.), suma que se pagará en términos del artículo 96 de la Ley Agraria, en la inteligencia de que los bienes objeto de la expropiación, sólo podrán ser ocupados mediante el pago o depósito del importe de la indemnización, que se hará de preferencia en el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal o en su defecto, mediante garantía suficiente. Asimismo, el fideicomiso mencionado cuidará el exacto cumplimiento del artículo 97 de la Ley Agraria y en su caso demandará la reversión de la totalidad o de la parte de los bienes expropiados. Obtenida la reversión el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal ejercitará las acciones legales para que opere la incorporación de dichos bienes a su patrimonio.
TERCERO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación e inscríbase el presente Decreto por el que se expropian terrenos del poblado "EL ENCERO", Municipio de Emiliano Zapata del Estado de Veracruz, en el Registro Agrario Nacional y en el Registro Público de la Propiedad correspondiente, para los efectos de Ley; notifíquese y ejecútese.
DADO en el Palacio del Poder Ejecutivo de la Unión, en México, Distrito Federal, a los veinte días del mes de julio de mil novecientos noventa y cuatro.- El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Carlos Salinas de Gortari.- Rúbrica.- Cúmplase: El Secretario de la Reforma Agraria, Víctor M. Cervera Pacheco.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Social,Carlos Rojas Gutiérrez.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Pedro Aspe Armella.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Emilio Gamboa Patrón.- Rúbrica.
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