DOF: 02/08/1994
Diario Oficial de la Federacion de 1994

RESOLUCION de privación de derechos al ciudadano Juan Reyes del Campillo, de la colonia Abelardo L. Rodríguez, Municipio de Ensenada, B.C.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-  Secretaría de la Reforma Agraria.- Dirección General de Procedimientos Agrarios.- Dirección de Colonias y Terrenos Nacionales.-    XIV-208-D.- 418935.

Asunto: Se solicita publicación de los puntos resolutivos que se indican.

Con fecha 20 de julio de 1994 el ciudadano Secretario de la Reforma Agraria, junto con la ciudadano Subsecretaría de Asuntos Agrarios, emitieron el Acuerdo correspondiente al Juicio Administrativo de Privación de Derechos, en contra del ciudadano Juan Reyes del Campillo, quien incurrió en la causal de privación de derechos prevista en el artículo 47 del Reglamento General de Colonias Agrícolas y Ganaderas, en relación al predio individual sin número, con superficie de 400-00-00 hectáreas, correspondiente al Distrito de colonización "Abelardo L. Rodríguez", Municipio de Ensenada, Estado de Baja California, y cuyos puntos resolutivos son los siguientes:

RESOLUTIVOS

PRIMERO.- Con base en los antecedentes expuestos y con fundamento en los considerandos del presente juicio administrativo, se priva al ciudadano Juan Reyes del Campillo de los derechos adquiridos como colono respecto del predio individual sin número, con superficie de 400-00-00 hectáreas, correspondiente al Distrito de colonización "Abelardo L. Rodríguez", Municipio de Ensenada, Estado de Baja California; quedando invalidadas las operaciones de compra-venta o cualquiera otra enajenación de dicho predio, que se realicen con posteridad a la fecha de iniciación del procedimiento que nos ocupa.

SEGUNDO.-  Como consecuencia de lo anterior cancélence los registros del título de propiedad número 512 de fecha 15 de noviembre de 1963, así como todos los documentos relacionados con el mismo, quedando vacante el lote en mención.

TERCERO.-  Publíquese esta Resolución por una sola vez, en el  Diario Oficial de la Federación y remítanse copias de la misma al ciudadano Delegado Agrario en el Estado y al encargado del Registro Público de la propiedad en el lugar, así como al Registro Agrario Nacional, en cumplimiento a lo señalado por los artículos 150 y 152 de la Ley Agraria y 52 del Reglamento General de Colonias Agrícolas y Ganaderas.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 27 julio de 1994 .- El Director de Colonias y Terrenos Nacionales,  Luis Ayala García.- Rúbrica.


En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 23/01/2025

DOLAR
20.5397

UDIS
8.365925

TIIE 28 DIAS
10.2877%

TIIE 91 DIAS
10.3763%

TIIE 182 DIAS
10.5061%

TIIE DE FONDEO
10.01%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2025