EXTRACTO de las solicitudes de registro constitutivo presentadas por diez entidades de organización autónoma dentro de la Diócesis de Celaya, A.R. como Asociaciones Religiosas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Asuntos Religiosos.
EXTRACTO DE LAS SOLICITUDES DE REGISTRO CONSTITUTIVO PRESENTADA POR DIEZ ENTIDADES DE ORGANIZACION AUTONOMA DENTRO DE LA DIOCESIS DE CELAYA, A.R.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Dirección General de Asuntos Religiosos en los términos de los artículos 6o. y 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
Fecha de recepción
de las solicitudes:28 de julio de 1994.
AgrupacionesRepresentantes
Templo de la Cruz de Celaya, Gto.Pbro. Andrés Guerrero León
Parroquia de Casa de Ejercicios
del Santuario de Atotonilco, Gto. Pbro. Luis Parra Cabrera
Parroquia San Antonio de
Padua Celaya, Gto. Pbro. Moisés Padrón Díaz
Parroquia de la Resurrección de
Celaya, Gto.Pbro. J. Jesús Juárez Ambriz
Parroquia de Cristo Redentor
de Celaya, Gto.Pbro. Agustín Aguilera Rodríguez
Parroquia de Nuestra Señora de
Guadalupe Mexicanos, Gto.Pbro. Augusto Olivares
Martínez
Parroquia de Cristo Rey de
Celaya, Gto.Pbro. Salvador Valles
Parroquia Nuestra Señora de los
Dolores de Cañada de Caracheo, Gto.Pbro. Isidoro Gómez Sierra
Parroquia de la Divina Providencia
de Celaya, Gto.Pbro. Raúl Lira Barrón
Parroquia La Santa Cruz de
Juventino Rosas, Gto.Pbro. J. Jesús Durán Hernández
Obispo: Jesús HumbertoVelázquez Garay
Domicilio Legal:Es el señalado en la solicitud de registro de cada una de las entidades enlistadas.
Estatutos y otros requisitos: Con la solicitud se exhiben diversos documentos en los que se contienen las bases fundamentales de su doctrina, determinan a sus asociados y ministros de culto, a sus representantes, acreditan ser entidades de la Diócesis de Celaya, A.R., y se detallan los demás datos necesarios para cumplir con los requisitos previstos en la Ley de la materia.
Bienes que aportan para cumplir con su objeto: En los respectivos anexos exhiben el listado de los bienes propiedad de la Nación destinados al culto público que están bajo su custodia.
Exhiben por separado el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores para dar cumplimiento a la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Atentamente
México, D.F., a 1o. de agosto de 1994.- El Director General de Asuntos Religiosos, Javier Urbina Soria.- Rúbrica.
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