OFICIO mediante el cual se modifican los términos primero y segundo, incisos I, II y III de la autorización otorgada a Unión de Crédito Agropecuaria, Forestal e Industrial de los Productores de Barbasco, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria.- Dirección Jurídica.- Delegación Regional Veracruz.- Oficio número 601-DRV-2170/94.
Asunto:
Autorización.- Se modifica la que se indica.
Unión de Crédito Agropecuaria, Forestal e Industrial de los Productores de Barbasco, S.A. de C.V.
Francisco I. Madero No. 14 Altos
Cd. Isla, Ver.
Con fundamento en lo establecido por la fracción XI del artículo 8o. de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, y en base a la aprobación de las reformas a las cláusulas cuarta y octava de su Escritura Constitutiva acordadas por su Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el día 10 de febrero de 1994, esta Comisión ha tenido a bien modificar los términos primero y segundo, incisos I, II y III de la autorización otorgada el 14 de octubre de 1987 a esa Sociedad, para quedar como sigue:
PRIMERO.- Unión de Crédito de Agroasociaciones y Fomento de Empresas Campesinas, S.A. de C.V., operará como Unión de Crédito conforme a lo dispuesto por el artículo 39 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.
I.- La denominación de la sociedad será Unión de Crédito de Agroasociaciones y Fomento de Empresas Campesinas, S.A. de C.V.
II.- El capital social autorizado será de N$ 3´200,000.00 (tres millones doscientos mil nuevos pesos 00/100 M.N.) dividido en 25,600 acciones serie "A" sin derecho a retiro y 6,400 acciones serie "B" que integran el capital con derecho a retiro, todas ellas con un valor nominal de N$ 100.00 (cien nuevos pesos 00/100 M.N.).
III.- El domicilio de la Sociedad será en Xalapa, Ver. y su área de operación serán los municipios de Acayucan, Atzalán, Hidalgotitlán, Playa Vicente, Tezonapa, Tlapacoyan, Villa Isla y Sayula de Aleman del Estado de Veracruz; Francisco Mena, Jalpan, Venustiano Carranza, Xicotepec, Zihuateutla del Estado de Puebla; Amatepec, Edo. de México, Cutzamala, Gro.; Tiquicheo y Tuzantla, Edo. de Michoacán.
Atentamente
Veracruz, Ver., a 5 de julio de 1994.-El Delegado Regional, José Luis Cardoza de la Vega.- Rúbrica.
(R.- 5476)
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc,
C.P. 06500,
Ciudad de México Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx