CIRCULAR número 004/94, por la que se dan instrucciones a los servidores públicos que se indican, para la notificación del aseguramiento de armas de fuego.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría General de la República.
CC. DELEGADOS DE LA PROCURADURIA
GENERAL DE LA REPUBLICA.
Por este conducto se les reitera que en todos y cada uno de los casos en que en el desempeño de las funciones de esta Institución se practique el aseguramiento de armas, deberá darse aviso inmediato a la Secretaría de la Defensa Nacional, anexando invariablemente una relación pormenorizada en la que se indiquen, por cada arma asegurada, los siguientes datos:
1.-Tipo de arma
2.-Calibre
3.-Matrícula
4.-Número de serie
5.-En su caso, número de registro
De cada una de estas relaciones, deberá turnarse copia a estas oficinas centrales, por conducto de la Subprocuraduría General.
Lo anterior, a efecto de que la Secretaría de la Defensa Nacional lleve el registro y control que le competen en los términos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., 9 de agosto de 1994.- El Procurador General de la República,V. Humberto Benítez Treviño.- Rúbrica.
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