OFICIO mediante el cual se modifica la fracción II del segundo término, de la autorización otorgada a Unión de Crédito Industrial, Comercial y de Servicios de Durango, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria.- Delegación Regional Hermosillo, Son.- Oficio 601-DRH-1632/94.- Expediente 6980.
Asunto: Autorización.- Se modifica lo que se indica.
Unión de Crédito Industrial, Comercial y de Servicios de Durango, S.A. de C.V.,
Blvd. Armando del Castillo Franco No. 107,
Fcto. Residencial Los Remedios,
Durango, Dgo.
Con fundamento en lo establecido por la fracción XI del artículo 8o. de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y en base a la aprobación de la reforma a las cláusulas octava, novena y décima de su Escritura Constitutiva, acordada por su Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 29 de abril de 1994, esta Comisión ha tenido a bien modificar la fracción II del segundo término de la autorización otorgada el 25 de septiembre de 1959 a esa Sociedad para quedar como sigue:
II.- El capital social autorizado será de N$10'000,000.00 (diez millones de nuevos pesos 00/100 M.N.), dividido en 9'900,000 acciones serie "A" representativas del capital sin derecho a retiro y 100,000 acciones serie "B" que integran el capital con derecho a retiro, todas ellas con un valor nominal de N$1.00 (un nuevo peso 00/100 M.N.).
Atentamente,
Hermosillo, Son., a 11 de julio de 1994.- El Delegado Regional, Luis Angel Orozco Tapia.- Rúbrica.
(R.-5602)
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