PROYECTO de Norma Oficial Mexicana NOM-101-STPS-1994, Funcionamiento de extintores a base de espuma química.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.- Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral.
JUAN ANTONIO LEGASPI VELASCO, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio AmbienteLaboral, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y del Acuerdo por el que se constituye dicho Comité, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 1o. de julio de 1993, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 21 de junio de 1994, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en los términos de los artículos 45 y 46 fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, presentó al Comité mencionado el Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana: NOM-101-STPS-1994. Norma Oficial Mexicana de funcionamiento de extintores a base de espuma química.
Que en sesión de fecha 6 de julio de 1994, el Comité consideró correcto el Anteproyecto y acordó que se publicara como Proyecto en el Diario Oficial de la Federación;
Que en atención a las anteriores consideraciones y a efecto de que dentro de los siguientes 90 días naturales a la presente publicación en el Diario Oficial de la Federación, los interesados presenten sus comentarios a este Comité Consultivo Nacional de Normalización, se publica el siguiente:
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA: NOM-101-STPS-1994. NORMA OFICIAL MEXICANA DE FUNCIONAMIENTO DE EXTINTORES A BASE DE ESPUMA QUIMICA.
1. Objetivo y campo de aplicación.
Esta Norma establece las especificaciones y métodos de prueba para el funcionamiento de los extintores a base de espuma química, que serán utilizados para combatir conatos de incendio clase B en los centros de trabajo.
2. Definición y generalidades.
Para los efectos de la presente Norma, se entiende por extintor para apagar conatos de incendios a base de espuma química, el aparato portátil o móvil sin locomoción propia destinado a extinguir fuegos mediante descargas continuas de un emulsor o producto de una solución ácida alcalina.
Los extintores para apagar incendios, a base de espuma química, se definen y designan por el volumen real de las soluciones que proyectan y éstos deben ser de un solo grado de calidad y funcionamiento.
El llenado de los extintores, así como el dispositivo agente productor de la presión interna, lo efectuará la planta constructora o distribuidora o persona.
3. Referencias.
3.1. Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
3.2. NOM-002-STPS Relativa a las condiciones de seguridad para la prevención y protección contra incendio en los centros de trabajo.
4. Clasificación y especificaciones.
4.1. Clasificación.
4.1.1. Por su uso.
Los extintores se clasifican, por su uso, en portátiles y móviles sin locomoción propia, y su aplicación debe ser para la extinción de incendios de la clase B, exceptuando líquidos polares y gases, tales como éter, alcoholes y gas butano.
4.1.2. Tipo de incendios.
4.1.2.1. Clase B.
El causado en materiales líquidos y gases: gasolina, benzol, aceites, grasas, lacas, alquitranes, éter, alcohol, etc.
Todo extintor queda clasificado con la letra "B" seguida de un número.
El recipiente será de forma cilíndrica y su diseño presentará el desarrollo completo de las partes que el fabricante considere necesarias para el buen funcionamiento del extintor.
4.2.1.2. Construcción.
4.2.1.2.1. Materiales.
El material del cual se construyen los elementos componentes del extintor, se ajustarán a las especificaciones físicas-químicas establecidas en las normas oficiales mexicanas.
Las dimensiones presentadas en la Tabla II se consideran como mínimas.
TABLA III
Capacidad ± 5%Diámetro máximoPeso totalPresión de
exterioroperación mínima
Lcmkgkg/cm2
9.5182010
10.0 18 20 10
50.0 40 20 10
100.0 50 100 10
150.060200 10
30010
4.2.1.2.1.1.Del recipiente.
El recipiente tendrá en el centro de la cúpula un orificio cuyo diámetro permitirá con libertad la colocación de la carga reactora del emulsor, así como la limpieza del mismo.
Se construirá de tal forma que la parte interior del recipiente le sirva de base de sustentación.
La construcción del recipiente estará de acuerdo con lo establecido en la Norma Oficial de Construcción de recipientes para extintores.
4.2.1.2.1.2. De la corona.
La tapa del extintor debe estar provista de un empaque interior para asegurar la hermeticidad del cierre de secta; la tapa tendrá dos orificios llamados de alivio, de 3 mm de diámetro, los que estarán abajo del empaque.
4.2.1.2.1.3. Del collar.
El collar será de sección cilíndrica y exteriormente llevará una rosca que servirá para unirlo con la corona.
4.2.1.2.1.4.Orificio de descarga.
Deberá estar protegido por una coladera de material inoxidable, cuyos orificios no sean mayores al orificio de la boquilla.La suma de las áreas de los orificios de la coladera deberá ser 4 veces mayor al área del orificio de la boquilla.
4.2.1.2.1.5.Del asa del extintor.
Todo aparato debe estar provisto de una asa que sirve para mantenerlo en su posición de disparo, además tendrá un dispositivo adecuado para su ubicación permanente.
4.2.1.2.1.6. Depósito interior.
Se construirá de cualquier material resistente a la corrosión de la carga química, producto de las substancias ácido-alcalinas, tendrá forma cilíndrica y el medio para sujetarlo quedará a juicio del fabricante.
4.2.2. Funcionamiento.
Los extintores funcionarán por volteo o por botón percusor.
4.2.3. Acabado.
El extintor debe ser capaz de soportar un uso normal más o menos rudo, sin que se tenga que lamentar adversamente falta de fuerza en la operación.
Los extintores así como sus accesorios, presentarán un acabado limpio, exento de grietas, pliegues y rebabas.
4.2.3.1.Pintura.
Los extintores terminados y sus elementos deben ser eficazmente protegidos contra la corrosión interior y exterior.
4.2.4. Marcado.
Cada extintor debe identificarse por una placa metálica, calcomanía o pintura por malla, las que se colocan sobre el cuerpo del extintor, debiendo contener estampado con letra legible lo siguiente.
Marca del fabricante
Clasificación del extintor
Instrucciones de operación
Instrucciones de mantenimiento
Número de autorización de la NOM
Letra y número de la Norma oficial de calidad y
Funcionamiento
Capacidad en litros
Presión de prueba en kg/cm2.
Temperatura de operación
Leyenda "HECHO EN MEXICO"
4.2.5.Transporte para envíos foráneos.
Los extintores portátiles se transportan en empaques construidos de tal manera, que ofrezcan seguridad al aparato en su traslado; los extintores sobre ruedas quedan exentos, pero se transportará el equipo completo o en partes, tomándose las precauciones debidas para evitar averías en las mismas.
Los empaques llevarán la marca del fabricante, tipo de extintor y la leyenda "HECHO EN MEXICO".
5. Métodos de prueba.
5.1. Muestreo.
5.1.1. Para la inspección sistemática de la vigilancia de la Norma.
Se toma determinado número de extintores como muestra y sobre ellos se efectúan las pruebas que a continuación se describen:
5.1.1.1.Para las pruebas sobre el extintor.
Se toman muestras de una misma capacidad, cada una de estas muestras parciales estará constituida por la raíz cuadrada del número total de extintores.La muestra parcial está constituida por 5 extintores como mínimo.
5.1.2. Para reclamaciones y expedición del sello de garantía.
5.1.2.1Lote de entrega.
Queda constituido por el total de extintores para apagar incendios, motivo de la operacióncomercial.
5.1.2.2. Lote de prueba.
Se divide el lote de entrega en lotes parciales formados por los extintores de una misma capacidad y diseño. De cada lote de entrega se toma la cuarta parte del número de aparatos que lo constituyen, si este lote es por más de 16, y si es más de 10, tómese la mitad.
El lote de prueba se forma por total de los extintores tomados de cada uno de los lotes de entrega parciales.
5.1.2.3.Lote de muestra.
Se divide el lote de prueba en lotes parciales formados por unidades de una misma capacidad y modelo.De cada lote de prueba parcial se toma el número de muestras de acuerdo con la tabla siguiente:
TABLAIV
Número de extintoresNúmero de muestrasNúmero de extintoresNúmero
que constituyen el que constituyen el de muestras
lote de prueba parcial lote de prueba
parcial
Hasta de103 De 301 a400 14
11 a20 4 401 a500 16
21 a40 5 501 a600 17
41 a80 6 601 a700 19
81 a 120 8 701 a800 20
121 a 160 9 801 a 1000 22
161 a 200 10 1001 a 1200 25
201 a 250 11 1201 a 1600 29
251 a 300121601 a 200032
5.2. Prueba de operación del extintor a temperatura ambiente.
Las características de operación obtenidas con el extintor acondicionado a 21C son tales que prácticamente toda la espuma descargada caerá a una distancia no menor de 8.00 m de la boquilla, excepto para los extintores con capacidades menos de 4.5 litros. El extintor acondicionado a 21C descargará inicialmente a una distancia no menor de 1.50 m de la boquilla y prácticamente toda la espuma descargada caerá a una distancia no menor de 8.00 m, habiendo mantenido la boquilla a una altura de 80 cm sobre el piso en el primer caso y de 60 cm en el segundo.
La vigilancia del cumplimiento de esta Norma Oficial Mexicana corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
TRANSITORIOS
1. La presente publicación surte efecto al día siguiente en que quede hecha en el Diario Oficial de la Federación.
2. El plazo de 90 días para que los interesados presenten sus comentarios a este Comité Consultivo Nacional de Normalización y durante el cual estarán a su disposición los análisis a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se computará a partir del día en que surta efectos la presente publicación.
3. El domicilio en el que podrán presentar los comentarios y consultar los análisis mencionados en el anterior punto, es el sito en avenida Azcapotzalco la Villa número 209, barrio de Santo Tomás, Delegación Azcapotzalco, código postal 02020, México, D.F.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a los nueve días del mes de agosto de mil novecientos noventa y cuatro.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y MedioAmbiente Laboral, Juan Antonio Legaspi Velasco.- Rúbrica.
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