DECLARATORIA de propiedad nacional del terreno denominado Pénjamo, Municipio de Emiliano Zapata, Tab.
DECLARATORIA
CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que en la Dirección General de Procedimientos Agrarios, Dirección de Colonias y Terrenos Nacionales, se encuentra instaurado el expediente número 507597, conteniendo la documentación relacionada al terreno denominado "Pénjamo", con superficie de 70-95-00 hectáreas (setenta hectáreas, noventa y cinco áreas, cero centiáreas), ubicado en el Municipio de Emiliano Zapata, Estado de Tabasco, ocupado y en explotación.
SEGUNDO.- Que la superficie manifestada fue identificada de acuerdo con el procedimiento respectivo, que cumple con los requisitos ordenados en los artículos 158 y 160 de la Ley Agraria, quedando identificada en el texto del acta de deslinde y plano integrados al expediente referido. Los trabajos técnicos efectuados fueron revisados y aprobados técnica y legalmente según dictamen de fecha 13 de diciembre de 1993, y en los mismos se establece que en el recorrido se dejó a la derecha el predio en cuestión con las siguientes colindancias:
AL NORTE CONEFRAIN RIVERA
ACOSTA.
AL SUR CONCARRETERA REFORMA.
AL ESTE CONORBELIN HERNANDEZ
GARCIA.
AL OESTE CONEJIDO DOT. REFORMA.
Por lo expuesto y además, con fundamento en el artículo 16 fracción III del Reglamento Interior de esta Secretaría, se expide el presente
ACUERDO
UNICO.- Se declara que es de propiedad nacional el terreno que se menciona en la presente declaratoria. Mándese publicar en el Diario Oficial de la Federación, inscríbase en el Registro Agrario Nacional y tramítase su inscripción en el Registro Público de la Propiedad en la entidad correspondiente.
México, D.F., a 22 de diciembre de 1993.- El Secretario de la Reforma Agraria, Víctor M. Cervera Pacheco.- Rúbrica.- El Subsecretario de Asuntos Agrarios, Armando López Nogales.- Rúbrica.- El Director General de Procedimientos Agrarios, Francisco Yáñez Centeno.- Rúbrica.- El Director de Colonias y Terrenos Nacionales, Luis Ayala García.- Rúbrica.
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