RESPUESTA a los comentarios respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-002-SSA1-1993, Salud ambiental-Bienes y servicios. Envases metálicos para alimentos y bebidas. Especificaciones de la costura. Requisitos sanitarios.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.- Dirección General de Salud Ambiental.
RESPUESTA A LOS COMENTARIOS RESPECTO DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-002-SSA1-1993, SALUD AMBIENTAL-BIENES Y SERVICIOS. ENVASES METALICOS PARA ALIMENTOS Y BEBIDAS. ESPECIFICACIONES DE LA COSTURA. REQUISITOS SANITARIOS, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de noviembre de 1993.
La Dirección General de Salud Ambiental, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 8o. fracción IV y 25 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, ordena la publicación de la respuesta a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-002-SSA1-1993, Salud ambiental-Bienes y servicios. Envases metálicos para alimentos y bebidas. Especificaciones de la costura. Requisitos sanitarios.
PROMOVENTERESPUESTA
Cámara Nacional de Fabricantes de Envases Metálicos, A.C.Se aceptaron las modificaciones, incluyéndose en los puntos siguientes:
1 Objetivo y campo de aplicación, se omitieron las normas siguientes:
Norma."Envase yembalaje-Envases de hojalata cilíndricos sanitarios para contener alimentos - Especificaciones".
Norma. "Envase-evaluación de la exposición del metal de envases metálicos que contengan bebidas carbonatadas y cerveza".
Norma. "Envase-metales-Envases de hojalata sanitarios de tres piezas para contener cerveza - Especificaciones".
En el mismo punto, se adicionó el párrafo siguiente:
Los fabricantes de envases metálicos destinados a contener alimentos y bebidas, así como los importadores, distribuidores de alimentos y bebidas enlatados, están obligados a cumplir con esta Norma Oficial Mexicana.
2 Referencias, se eliminaron las normas siguientes: Norma. "Envase y embalaje-Dimensiones de envases cilíndricos de hojalata".
Norma. "Envase-Metales-Envases de hojalata cilíndricos sanitarios para contener alimentos medición de defectos".
Norma. "Envase-Metales-Evaluación del cierre en envases de hojalata sanitarios".
Norma. "Envase metales - Determinación de estaño libre y en aleación en envases de hojalata sanitarios".
Norma. "Envase metales-Determinación de la capa de barniz en envases de hojalata sanitarios".
Así mismo, se adicionaron los códigos a las NOM siguientes:
Norma Oficial Mexicana-EE-10-S. "Envase y embalaje. Envases metálicos para alimentos. Terminología".
Norma Oficial Mexicana NOM-Z-12/2-1987. "Muestreo para la inspección por atributos. Parte 2: Métodos de muestreo, tablas y gráficas".
Norma Oficial Mexicana NOM-EE-9. "Lámina negra, hojalata y lámina emplomada, empleada en la fabricación de envases".
3.3 Se adiciona la palabra termoplásticas, quedando:
"Cementada o pegada.- consiste en aplicar resinas termoplásticas, orgánicas y adhesivo...".
4.1.4 Se cambian las palabras pegamento o cementado por "cementada o pegada" en el TIPO DE CIERRE y en el mismo punto en APLICACIONES, se cambia "envases para productos alimenticios y bebidas" por "Envases para productos alimenticios secos o en polvo".
4.2 Se adicionó el nombre de la NOM-EE-9.
5 Muestreo, se adicionó el nombre de la NOM-Z-12.
6. Se modificó el último párrafo quedando como se señala a continuación:
"En el caso de los envases cerrados con costura cementada ésta se distingue por tener un realce mayor que las costuras con estaño-plomo. Esto es producto de la operación de planchado del engargolado del cierre vertical. Adicionalmente, no se presentan las muescas características de las costuras con estaño-plomo. Si los envases son litografiados, el decorado es continuo alrededor del envase sin interrupciones".
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 5 de septiembre de 1994.- El Director General de Salud Ambiental, Filiberto Pérez Duarte.- Rúbrica.
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