ACUERDO del Consejo Local del Instituto Federal Electoral en el Estado de Jalisco, por el cual se designa al consejero ciudadano del Consejo Distrital en el caso que se señala.
ACUERDO DEL CONSEJO LOCAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE JALISCO, POR EL CUAL SE DESIGNA A EL CONSEJERO CIUDADANO DEL CONSEJO DISTRITAL EN EL CASO QUE SE SEÑALA.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- QUE EL ARTICULO 113, PARRAFO 1 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES ESTABLECE QUE LOS CONSEJOS DISTRITALES FUNCIONARAN DURANTE EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL Y SE INTEGRARAN CON DOS CONSEJEROS QUE SERAN LOS VOCALES EJECUTIVO Y SECRETARIO DE LA JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA; SEIS CONSEJEROS CIUDADANOS; Y REPRESENTANTES DE LOS PARTIDOS POLITICOS.
SEGUNDO.- QUE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 105, PARRAFO 1, INCISO c), ES ATRIBUCION DE ESTE CONSEJO LOCAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, DESIGNAR POR MAYORIA ABSOLUTA A LOS CONSEJEROS CIUDADANOS DE LOS CONSEJOS DISTRITALES, A PROPUESTA DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA.
TERCERO.- QUE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE OTORGA EL ARTICULO 100, PARRAFO 1, INCISO d) DEL CODIGO APLICABLE Y CON FUNDAMENTO EN EL ANALISIS DE LOS DOCUMENTOS QUE AVALAN EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR LA LEY, DETERMINO, EN SESION CELEBRADA EL DIA 19 DE JULIO DE 1994, EL CANDIDATO PARA OCUPAR LA VACANTEEXISTENTE EN EL CARGO DE CONSEJERO CIUDADANO SUPLENTE DEL DECIMO CONSEJO DISTRITAL, CONSIDERANDO QUE REUNE LA CARACTERISTICA DE IDONEIDAD PARA EL DESEMPEÑO DE LAS ACTIVIDADES QUE LA LEY LE ASIGNA.
CUARTO.- QUE LA PROPUESTA DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA PARA CUBRIR LA VACANTE DE CONSEJERO CIUDADANO SUPLENTE EN EL DECIMO CONSEJO DISTRITAL, FUE PRESENTADA EN TIEMPO Y FORMA AL CONSEJO LOCAL, A TRAVES DE LA VOCALIA EJECUTIVA, EN OBSERVANCIA DE LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES.
POR LO ANTERIORMENTE SEÑALADO Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 100 PARRAFO 1 INCISO d); 113 PARRAFO 3 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES Y EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCION QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 105 PARRAFO 1 INCISO c) DEL MISMO ORDENAMIENTO, EL CONSEJO LOCAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE JALISCO HA DETERMINADO TOMAR EL SIGUIENTE:
ACUERDO
PRIMERO.-
X DISTRITO ELECTORAL, CIUDAD GUZMAN, JAL.
SUPLENTE: FRANCISCO JOSE VILLANUEVA VERDUZCO, QUIEN SUSTITUYE A JORGE VALDOVINOS LOPEZ.
SEGUNDO.- SE INSTRUYE AL PRESIDENTE DEL DECIMO CONSEJO DISTRITAL PARA QUE PROCEDA A CONVOCAR A LA PERSONA DESIGNADA COMO CONSEJERO CIUDADANO EN LOS TERMINOS DE ESTE ACUERDO, A FIN DE QUE SE INTEGRE A DICHO CONSEJO DISTRITAL A PARTIR DE LA PROXIMA SESION QUE DICHO ORGANO CELEBRE.
TERCERO.- PUBLIQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
GUADALAJARA, JAL., A 21 DE JULIO DE 1994.- EL PRESIDENTE DEL CONSEJO LOCAL EN EL ESTADO DE JALISCO, FELIPE DE JESUS PRECIADO CORONADO.- RUBRICA.- EL SECRETARIO DEL CONSEJO LOCAL EN EL ESTADO DE JALISCO, PEDRO ARMANDO SANCHEZ CASTILLO.- RUBRICA.
EL SUSCRITO CIUDADANO LICENCIADO PEDRO A. SANCHEZ CASTILLO, SECRETARIO DEL CONSEJO LOCAL EN EL ESTADO DE JALISCO, DEPENDIENTE DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 133, PARRAFO 4; DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES.
CERTIFICA
QUE EL PRESENTE LEGAJO QUE CONSTA DE TRES FOJAS UTILES, SON COPIA FIEL DE SU ORIGINAL QUE OBRA EN EL ARCHIVO DE ESTECONSEJO, EL CUAL TUVE A LA VISTA.
SE EXPIDE LA PRESENTE CERTIFICACION EL DIA 21 DEL MES DE JULIO DE 1994.- CONSTE.- RUBRICA.
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