ACUERDO del Consejo Local del Instituto Federal Electoral en el Estado de México, por el cual se designa consejero ciudadano del Consejo Distrital en el caso que se señala.
ACUERDO DEL CONSEJO LOCAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE MEXICO, POR EL CUAL SE DESIGNA AL CONSEJERO CIUDADANO DEL CONSEJO DISTRITAL EN EL CASO QUE SE SEÑALA.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- QUE EL ARTICULO 113, PARRAFO 1, DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES ESTABLECE QUE LOS CONSEJOS DISTRITALES FUNCIONARAN DURANTE EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL Y SEINTEGRARAN CON DOS CONSEJEROS QUE SERAN LOS VOCALES EJECUTIVO Y SECRETARIO DE LA JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA, SEIS CONSEJEROS CIUDADANOS; Y REPRESENTANTES DE LOS PARTIDOS POLITICOS.
SEGUNDO.- QUE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 105, PARRAFO 1, INCISO C), ES ATRIBUCION DE ESTE CONSEJO LOCAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL DESIGNAR POR MAYORIA ABSOLUTA A LOS CONSEJEROS CIUDADANOS DE LOS CONSEJOS DISTRITALES, A PROPUESTA DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA.
TERCERO.- QUE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE OTORGA EL ARTICULO 100, PARRAFO 1, INCISO D) DEL CODIGO APLICABLEY CON FUNDAMENTO EN EL ANALISIS DE LOS DOCUMENTOS QUE AVALAN EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR LA LEY, DETERMINO, EN SESION CELEBRADA EL DIA 15 DE JULIO DE 1994, AL CANDIDATO PARA OCUPAR LA VACANTE EN EL CARGO DE CONSEJERO CIUDADANO DISTRITAL, CONSIDERANDO QUE REUNE LAS CARACTERISTICAS DE IDONEIDAD PARA EL DESEMPEÑO DE LAS ACTIVIDADES QUE LA LEY LE ASIGNA.
CUARTO.- QUE LA PROPUESTA DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA PARA CUBRIR LA VACANTE DE CONSEJERO CIUDADANO EN EL CONSEJO DISTRITAL, FUE PRESENTADA EN TIEMPO Y FORMA AL CONSEJO LOCAL, A TRAVES DE LA VOCALIA EJECUTIVA EN OBSERVANCIA DE LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES.
POR LO ANTERIORMENTE SEÑALADO Y CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 100, PARRAFO 1, INCISO D); 113, PARRAFO 3, DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES Y EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCION QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 105, PARRAFO 1, INCISO C) DEL MISMO ORDENAMIENTO, EL CONSEJO LOCAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE MEXICO HA DETERMINADO TOMAR EL SIGUIENTE:
ACUERDO
PRIMERO.-
1.- DISTRITO ELECTORAL XXXIII TLALNEPANTLA
PROPIETARIO: FLORENTINO RAMIREZ GARCIA, SUSTITUYE A ARMANDO LUNA DEHENA, QUIEN RENUNCIO.
SEGUNDO.- SE INSTRUYE AL PRESIDENTE DEL CONSEJO DISTRITAL PARA QUE PROCEDA A CONVOCAR A LA PERSONA DESIGNADA COMO CONSEJERO CIUDADANO EN LOS TERMINOS DE ESTE ACUERDO, A FIN DE QUE SE INTEGRE A ESTE CONSEJO DISTRITAL, A PARTIR DE LA PROXIMA SESION QUE DICHO ORGANO CELEBRE.
TERCERO.- PUBLIQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
ESTE ACUERDO FUE TOMADO POR EL CONSEJO LOCAL EN EL ESTADO DE MEXICO, EN FECHA 21 DE JULIO DE 1994.- EL PRESIDENTE DEL CONSEJO LOCAL EN EL ESTADO DE MEXICO, ANTONIO I. GOMEZ ALCANTARA.- RUBRICA.- EL SECRETARIO DEL CONSEJO LOCAL, EN EL ESTADO DE MEXICO, ATANASIO SERRANO LOPEZ.- RUBRICA.
EL QUE SUSCRIBE, LIC. ATANASIO SERRANO LOPEZ, SECRETARIO DEL CONSEJO LOCAL, HACE CONSTAR QUE EL PRESENTE DOCUMENTO ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DEL CONSEJO LOCAL EN EL ESTADO DE MEXICO.
SE EXTIENDE LA PRESENTE CERTIFICACION EN LA CIUDAD DE TOLUCA DE LERDO, ESTADO DE MEXICO, PARA LOS FINES LEGALES A LOS QUE HAYA LUGAR, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.- CONSTE.- RUBRICA.
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