DOF: 31/05/2006

CONVOCATORIA para acreditar y aprobar unidades de verificación, a efecto de evaluar la conformidad de la Norma Oficial Mexicana NOM-154-SCFI-2005, Equipos contra incendio-Extintores-Servicio de mantenimiento y recarga.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.

  CONVOCATORIA PARA ACREDITAR Y APROBAR UNIDADES DE VERIFICACION, A EFECTO DE EVALUAR LA CONFORMIDAD DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-154-SCFI-2005, EQUIPOS CONTRA INCENDIO-EXTINTORES-SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y RECARGA.

  Con fundamento en los artículos 34 fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3, 19 fracciones IX y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 1o., 2o. fracción II inciso f), 3o. fracciones I, IV-A, XVII y XVIII, 38 fracción VI, 68, 70, 70-C, 84 al 87 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 79, 87 y 88 de su Reglamento, y

CONSIDERANDO

I. Que, es responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los productos que se comercialicen en territorio nacional contengan los requisitos necesarios con el fin de garantizar los aspectos de seguridad e información comercial para lograr una efectiva protección del consumidor;

II. Que, con fecha 26 de diciembre de 2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-154-SCFI-2005 Equipos contra incendio-Extintores-Servicio de mantenimiento y recarga, y cuya entrada en vigor está supeditada a lo que dicta el Transitorio Unico de dicha NOM, que cita: La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor una vez que la Secretaría de Economía a través de la Dirección General de Normas publique el aviso de que existe la infraestructura para llevar a cabo la evaluación de la conformidad de la misma;

III. Que, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización prevé en sus artículos 68 y 70, que la evaluación de la conformidad podrá ser realizada por las dependencias competentes o por los organismos de certificación, los laboratorios de prueba o de calibración y por las unidades de verificación acreditados y, en su caso, aprobados; y que las dependencias competentes podrán aprobar a las personas acreditadas que se requieran para la evaluación de la conformidad en lo que se refiere a normas oficiales mexicanas;

IV. Que, para evaluar la conformidad de la Norma Oficial Mexicana NOM-154-SCFI-2005, se requiere de unidades de verificación acreditadas y aprobadas, tal y como cita el numeral 10.1 de la misma: “La evaluación de la conformidad debe ser semestral por una Unidad de Verificación, acreditada y aprobada en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;

V. Que, a su vez, la evaluación de la conformidad es la actividad idónea para evaluar el cumplimiento de una norma, y que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización la define de la manera siguiente, en su artículo 3o.:

  “...Evaluación de la conformidad: la determinación del grado de cumplimiento con las normas oficiales mexicanas o la conformidad con las normas mexicanas, las normas internacionales u otras especificaciones, prescripciones o características. Comprende, entre otros, los procedimientos de muestreo, prueba, calibración, certificación y verificación...;

VI. Que, ante estas dos posibilidades previstas en la Ley, la Secretaría de Economía considera que es a través de los servicios de evaluación de la conformidad de tercera parte, en tanto se encuentren debidamente acreditados, como mejor se garantiza que dicha evaluación se realice con la imparcialidad y la competencia técnica necesaria para hacer confiable sus resultados, en aplicación de las directrices internacionales que rigen estos servicios;

VII. Que, las unidades de verificación podrán, a petición de parte interesada, verificar el cumplimiento de normas oficiales mexicanas, solamente en aquellos campos o actividades para las que hubieren sido aprobadas por las dependencias competentes;

VIII. Que, es interés de la Secretaría de Economía, a través de la Dirección General de Normas, fortalecer la evaluación de la conformidad de tercera parte.

  Es por eso que, la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, por una parte, y la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. (EMA), por la otra, actuando esta última como organismo privado autorizado para desarrollar labores de acreditación conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización -Autorización publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 15 de enero de 1999-, emiten la siguiente:

CONVOCATORIA

  Dirigida a personas morales que se interesen en obtener la acreditación y aprobación como unidades de verificación, a efecto de evaluar, en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, la conformidad de la Norma Oficial Mexicana NOM-154-SCFI-2005, Equipos contra incendio-Extintores-Servicio de mantenimiento y recarga, publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 26 de diciembre de 2005.

A. Requisitos para obtener la acreditación, que declara solicitar la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. (EMA).

A.1 Presentar solicitud de acreditación en el formato determinado para tal efecto, ante la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. (EMA), sita en Manuel María Contreras número 133, piso 2, colonia Cuauhtémoc, 06597, México, Distrito Federal, para lo cual deberá cumplir con lo siguiente:

a) Ser persona moral legalmente constituida, y que dentro de su objeto social se encuentre realizar actividades de evaluación de la conformidad de normas oficiales mexicanas o algún otro que sea compatible con el anterior. Para ello, deberá presentar copia del acta constitutiva o de sus estatutos vigentes ratificados ante fedatario público.

b) Acreditar la personalidad y las facultades del representante legal que presente la solicitud de acreditación.

c) Presentar carta compromiso de no incurrir en conflicto de intereses, cuando se desarrollen otras actividades relativas a la operación de la unidad de verificación.

d) Establecer directrices de comportamiento del personal, de tal manera que se asegure que no se incurrirá en conflictos de intereses y que se mantendrá la confidencialidad de la información obtenida durante los servicios de verificación que, en su momento, brinde.

e) Definir su operación como unidad de verificación tipo A o C, tal y como se establece en la Norma Mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2000 "Criterios generales para la operación de varios tipos de unidades (organismos) que desarrollan la verificación (inspección)", cuya declaratoria de vigencia fue publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 20 de diciembre de 2000.

f) Presentar copia controlada de la documentación que integra el sistema de calidad del solicitante. Dicha documentación, así como los manuales y procedimientos que formen parte integral de la misma, deberán estar basados en la Norma Mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2000 "Criterios generales para la operación de varios tipos de unidades (organismos) que desarrollan la verificación (inspección)".

A.2. La Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. acreditará como unidad de verificación a aquellas personas morales que demuestren contar con la infraestructura humana y técnica necesaria para evaluar la conformidad de la Norma Oficial Mexicana materia de la presente Convocatoria; para lo cual se deberá cumplir con todos los requisitos previstos en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, su Reglamento y en las demás disposiciones aplicables previstas o derivadas de dicho marco jurídico.

A.3. Los interesados podrán entregar la solicitud de acreditación debidamente requisitada en las instalaciones de la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. (EMA), a partir del siguiente día hábil de aquel en que sea publicada, en el Diario Oficial de la Federación, la presente Convocatoria.

B. Declaración del trámite SE-04-007 "Solicitud de aprobación de organismos de certificación, unidades de verificación, laboratorios de prueba o laboratorios de calibración para evaluar la conformidad de normas oficiales mexicanas emitidas por la Secretaría de Economía"

B.1. La Secretaría de Economía, a través de la Dirección General de Normas, aprobará a aquellas personas morales para evaluar la conformidad de la Norma Oficial Mexicana a que se refiere la presente Convocatoria, en los términos de lo dispuesto por el artículo 70 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; que cumplan con el trámite SE-04-007 "Solicitud de aprobación de organismos de certificación, unidades de verificación, laboratorios de prueba o laboratorios de calibración, para evaluar la conformidad de normas oficiales mexicanas emitidas por la Secretaría de Economía", que se encuentra inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios que al efecto administra la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, tal y como se dio a conocer en el Aviso por el que se comunica que todos los trámites, servicios y formatos que aplica la Secretaría de Economía y sus órganos desconcentrados, han quedado inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 19 de mayo de 2003.

TRANSITORIOS

  PRIMERO. La vigencia de la presente Convocatoria iniciará a partir del siguiente día hábil de aquel en que la misma sea publicada en el Diario Oficial de la Federación, y permanecerá hasta que se determine su cancelación mediante aviso publicado en la misma fuente informativa.

  SEGUNDO. Esta convocatoria no constituye regulación alguna y, por su propia naturaleza, sólo constituye el deseo de sus firmantes de convocar a aquellos interesados que, de manera libre, deseen acreditarse y aprobarse en la Norma Oficial Mexicana descrita, a seguir el proceso que, para tal efecto, se prevé en el marco legal aplicable.

  Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 11 de enero de 2006.- El Director General de Normas de la Secretaría de Economía, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica.- La Directora Ejecutiva de la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., María Isabel López Martínez.- Rúbrica.


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