BASES para la compensación del pago del apoyo correspondiente al esquema de apoyos para la agricultura por contrato de trigo del ciclo agrícola otoño-invierno 2004/2005.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
ANA GRACIELA AGUILAR ANTUÑANO, Directora en Jefe de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria (ASERCA), Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), con fundamento en los artículos 14, 16, 17, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o. de la Ley de Planeación, 1o., 22, 32 fracciones IV, VI, IX y XIII, 56, 79, 104, 105, 109 y 188 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; Sexto transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005 (LIF 2005); 49, 50, 51, 52, 53, 65, 66 y 71 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005 (PEF 2005); 1o., 2o., 3o. fracción III, 18, 32, 33, 35, 43, 44 y 48 del Reglamento Interior de la SAGARPA; 1o. al 19, 59, 61, 62 al 67, 75 al 83 fracción I inciso h y fracción II inciso h y los demás relativos de las Reglas de Operación del Programa de Apoyos Directos al Productor por Excedentes de Comercialización para Reconversión Productiva, Integración de Cadenas Agroalimentarias y Atención a Factores Críticos (REGLAS), publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el día 17 de junio de 2003 y en las modificaciones y adiciones a las REGLAS publicadas en el DOF de fecha 9 de abril y 28 de julio de 2004 y 29 de septiembre de 2005; a los Lineamientos Específicos del Subprograma de Apoyos a la Agricultura por Contrato de Maíz Amarillo y Sorgo, ciclo agrícola primavera-verano 2004 publicados en el DOF de fecha 18 de junio de 2004 (LINEAMIENTOS) y a las Modificaciones y adiciones a los Lineamientos Específicos del Subprograma de Apoyos a la Agricultura por Contrato de Maíz Amarillo y Sorgo, ciclo agrícola primavera-verano 2004, publicados el 18 de junio de 2004, para incorporar el maíz amarillo, sorgo y trigo, ciclo agrícola otoño-invierno 2004/2005, mismos que fueron publicados en el DOF de fecha 6 de abril de 2005 (MODIFICACIONES), y
CONSIDERANDO
Que en apego a las adiciones V-BIS, IX-BIS y IX-BIS 1 del artículo Segundo de las Modificaciones y Adiciones a las Reglas de Operación del Programa de Apoyos Directos al Productor por Excedentes de Comercialización para Reconversión Productiva, Integración de Cadenas Agroalimentarias y Atención a Factores Críticos, publicado en el DOF de fecha 17 de junio de 2003, publicadas en el DOF de fecha 9 de abril de 2004, relativas a la definición de Apoyo por Compensación de Bases y donde se dispone que para efectos de establecer los apoyos correspondientes, la Base en Zona Consumidora debe darse a conocer mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación; he tenido a bien expedir las siguientes:
BASES PARA LA COMPENSACION DEL PAGO DEL APOYO CORRESPONDIENTE AL ESQUEMA DE APOYOS PARA LA AGRICULTURA POR CONTRATO DE TRIGO DEL CICLO AGRICOLA OTOÑO-INVIERNO 2004/2005
UNICO.- Para efectos de la mecánica operativa del presente esquema de apoyos se atenderá lo dispuesto por los LINEAMIENTOS y sus MODIFICACIONES publicadas en el Diario Oficial de la Federación de fecha 18 de junio de 2004 y 6 de abril de 2005, respectivamente.
En ese sentido y de acuerdo con las condiciones que actualmente prevalecen para el mercado del TRIGO del ciclo agrícola Otoño-Invierno 2004/2005, la SAGARPA por conducto de ASERCA otorgará un apoyo por compensación de bases al comprador de TRIGO que participe en este esquema de apoyos, con cargo a los recursos que tiene autorizados la SAGARPA, mismos que estarán sujetos a la disponibilidad del presupuesto anual autorizado en el Ramo 08 del PEF 2005.
Por lo que con apego a los numerales Tercero y Décimo de los LINEAMIENTOS se otorgará un apoyo por compensación de bases, hasta por volumen total de 440,000 (cuatrocientas cuarenta mil) toneladas de TRIGO conforme a las siguientes bases:
Baja California y
San Luis Río
Colorado, Sonora
Bajío (Jalisco,
Guanajuato,
Michoacán y
Querétaro)
Sinaloa
Sonora
Nota: Tipo de Cambio: $11.15 por dólar
ENTIDAD
Tipo de
B. Est. Z.
Base
Base
B. Zona
Monto del
DE ORIGEN
Trigo
Consumo
Max. Reg.
Pagada
Consumidora
Apoyo
Productor
15-abril-05
(dólares)
(pesos)
Panificable
60
27
33
52.15
7.85
87.53
Cristalino
60
28
32
51.92
8.08
90.09
Suave
67
24
43
62.14
4.86
54.19
Duro
67
28
39
59.21
7.79
86.86
Cristalino
67
44
23
62.74
4.26
47.50
Panificable
62
29
33
54.57
7.43
82.84
BASES PUBLICADAS
COMPENSACION DE BASES
COMPENSACION DE BASES DE TRIGO O.I. 2004/2005
El pago del apoyo se realizará contra la documentación que presente el comprador relativa a la que se señala en el artículo 59, fracción IV, incisos a y b y subincisos b.1 y b.2 de las REGLAS.
Las presentes Bases para el esquema de apoyos para la agricultura por contrato de trigo del ciclo agrícola otoño-invierno 2004/2005, se expiden en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los seis días del mes de diciembre de dos mil cinco y entrarán en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.- La Directora en Jefe de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria, Ana Graciela Aguilar Antuñano.- Rúbrica.
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de diciembre de 2005
Miércoles 14 de diciembre de 2005 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
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