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DOF: 18/06/2008
DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-AA-001-SCFI-2008, NMX-AA-020-SCFI-2008 y NMX-AA-139-SCFI-2008

DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-AA-001-SCFI-2008, NMX-AA-020-SCFI-2008 y NMX-AA-139-SCFI-2008.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Normatividad, Inversión Extranjera y Prácticas Comerciales Internacionales.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS: NMX-AA-001-SCFI-2008, RESIDUOS LIQUIDOS Y/O SOLUCIONES ACUOSAS-CORROSIVIDAD AL ACERO AL CARBON; NMX-AA-020-SCFI-2008, RESIDUOS.- DETERMINACION DE COMPUESTOS ORGANICOS SEMIVOLATILES EN PRODUCTO DE EXTRACCION DE CONSTITUYENTES TOXICOS (PECT) Y NMX-AA-139-SCFI-2008, RESIDUOS.- PRUEBA DE EXTRACCION PARA COMPUESTOS TOXICOS (PECT).
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, 51-B, 54 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46, 47 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de las normas mexicanas que se enlistan a continuación, mismas que han sido elaboradas y aprobadas por el "Comité Técnico de Normalización Nacional de Medio Ambiente y Recursos Naturales". El texto completo de las normas que se indican pueden ser consultados gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México o en el Catálogo Mexicano de Normas que se encuentra en la página de Internet de la Dirección General de Normas cuya dirección es http://www.economia-nmx.gob.mx.
Las presentes normas entrarán en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
 
CLAVE O CODIGO
TITULO DE LA NORMA
NMX-AA-001-SCFI-2008
RESIDUOS LIQUIDOS Y/O SOLUCIONES ACUOSAS-CORROSIVIDAD AL ACERO AL CARBON.
Campo de aplicación
Esta Norma Mexicana describe el método para determinar la corrosividad al acero al carbón (SAE 1020), y se aplica en residuos líquidos y/o soluciones acuosas.
Concordancia con normas internacionales
La presente Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional, por no existir referencia alguna al momento de su elaboración.
CLAVE O CODIGO
TITULO DE LA NORMA
NMX-AA-020-SCFI-2008
RESIDUOS.- DETERMINACION DE COMPUESTOS ORGANICOS SEMIVOLATILES EN PRODUCTO DE EXTRACCION DE CONSTITUYENTES TOXICOS (PECT).
Campo de aplicación
Esta Norma Mexicana establece el método de análisis por cromatografía de gases para medir compuestos orgánicos semivolátiles. Este método aplica para la identificación y cuantificación de compuestos orgánicos semivolátiles por la técnica de cromatografía de gases. Los compuestos que se analizan por este método tienen un punto de ebullición mayor a 200°C, son solubles en disolventes orgánicos de bajo punto de ebullición y no requieren derivatización para volatilizarse. La matriz en la que aplica este método es en el producto de extracción para constituyentes tóxicos (PECT). Este método no aplica para la medición de los compuestos 2,4D y silvex.
Concordancia con normas internacionales
La presente Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional, por no existir referencia alguna al momento de su elaboración.
CLAVE O CODIGO
TITULO DE LA NORMA
NMX-AA-139-SCFI-2008
RESIDUOS.- PRUEBA DE EXTRACCION PARA COMPUESTOS TOXICOS (PECT).
Campo de aplicación
Este método establece el procedimiento de extracción para determinar la movilidad de los compuestos que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad en el ambiente. Determina la movilidad de compuestos orgánicos e inorgánicos en residuos líquidos, sólidos y multifásicos, si el análisis del residuo sin lixiviar demuestra que la concentración de los analitos regulados es igual o menor al de los límites máximos permisibles no es necesario realizar este método.
Concordancia con normas internacionales
La presente Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional, por no existir referencia alguna al momento de su elaboración.
 
México, D.F., a 3 de junio de 2008.- El Director General de Normas, Francisco Ramos Gómez.- Rúbrica.
 

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