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DOF: 02/10/2008
RESPUESTAS a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-026-STPS-1998, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías, para quedar como PROY-N

RESPUESTAS a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-026-STPS-1998, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías, para quedar como PROY-NOM-026-STPS-2007, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías, publicado el 25 de febrero de 2008.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

ALVARO CASTRO ESTRADA, Subsecretario del Trabajo, Seguridad y Previsión Social, en cumplimiento a lo establecido en la fracción III del artículo 47, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 33 de su Reglamento, y en representación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por acuerdo del Titular del Ramo hecho en los términos de los artículos 5, fracción II y 7, fracción XI del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 25 de febrero de 2008, en cumplimiento al artículo 47, fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-026-STPS-1999, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías, para quedar como PROY-NOM-026-STPS-2004, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías, a efecto de que dentro de los 60 días naturales siguientes a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Que como consecuencia de lo anterior, presentaron comentarios los siguientes promoventes:
Ø    Emilio Plascencia Martínez
Ø    Ing. Ludwin Bandala, Estilo y Vanidad S.A. de C.V.
Ø    Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali. Oficina de Normatividad, Seguridad e Higiene
Ø    Ing. José Trinidad Guzmán Reyes Gerente de Seguridad y Medio Ambiente de la empresa Cummins S. de R.L. de C.V.
Ø    Arq. Alejandro Flores Maya. Consultor en Protección Civil.
Ø    ASHPI Avisos y Señalamientos Industriales
Que dentro del término previsto por el artículo 47 fracción II, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, procedió a estudiar los comentarios recibidos y emitió las respuestas respectivas, resolviendo incorporar las respuestas procedentes de los promoventes y como consecuencia modificar el Proyecto de Norma Oficial Mexicana señalado, por lo que se acordó solicitar a esta Secretaría la publicación de dichas respuestas en el Diario Oficial de la Federación.
Que en atención a las anteriores consideraciones y en cumplimiento a lo previsto por el artículo 47 fracción III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publican las
RESPUESTAS A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS RESPECTO DEL PROYECTO DE MODIFICACION DE
LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-026-STPS-1998, COLORES Y SEÑALES DE SEGURIDAD E
HIGIENE, E IDENTIFICACION DE RIESGOS POR FLUIDOS CONDUCIDOS EN TUBERIAS, PARA
QUEDAR COMO PROY-NOM-026-STPS-2007, COLORES Y SEÑALES DE SEGURIDAD E HIGIENE, E
IDENTIFICACION DE RIESGOS POR FLUIDOS CONDUCIDOS EN TUBERIAS
PROMOVENTE: Emilio Plascencia Martínez
COMENTARIO 1: Me dirijo a usted en virtud de haber visto el anteproyecto de modificaciones a la NOM-026-STPS-2004.
Llama mi atención que el símbolo de Radiactividad no ha sido actualizado de acuerdo a las normas que México firma con organismos internacionales, envío archivo adjunto.
 

RESPUESTA 1: No procede el comentario, el símbolo propuesto es complementario de advertencia de radioactividad como lo establece la ISO 21482:2007 Ionizing Radiation Warning- Supplementary Symbol, mismo que no pretende sustituir al símbolo básico de radiación ionizante. Su función es proporcionar información adicional sobre el peligro asociado a una fuente radiactiva de alta actividad (categoría 1, 2 y 3) para que las personas del público desinformadas o no enteradas se alejen o permanezcan lejos de la fuente.
PROMOVENTE: Ing. Ludwin Bandala, Estilo y Vanidad S.A. de C.V.
COMENTARIO 1: En el punto "2.2 La presente norma no aplica para:" incluir un inciso d) que haga referencia a las tuberías de estaciones de gas LP con almacenamiento fijo las cuales se rigen por la NOM-025-SCFI-1993.
En alguna ocasión el contar con una estación de gas LP para el surtido de tanques portátiles de montacargas creó disparidad entre las normas 026 de STPS y 025 de SCFI, ya que en ambas se mencionan colores de tuberías.
RESPUESTA 1: No procede su comentario toda vez que la actual Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDG-1996, Plantas de almacenamiento para Gas L.P. Diseño y construcción, publicada en el Diario Oficial de la Federación el viernes 12 de septiembre de 1997, establece en el numeral "5.2.4.4.1. Localización de las bandas, que las bandas deben ser pintadas conforme lo establezca la Normatividad Oficial Mexicana de la STPS". Cabe mencionar que las disposiciones relativas a la señalización de tuberías del proyecto PROY-NOM-026-STPS-2004 permiten que sean complementadas con otros códigos específicos para la identificación de fluidos, caso de la NOM-001-SEDG-1996.
PROMOVENTE: Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali. Oficina de Normatividad, Seguridad e Higiene.
COMENTARIO 1: Debido a que en tuberías con diámetros mayores de 127 mm. Resultan alturas de las letras muy altas y que requieren de un ancho de banda muy grande el cual en muchas ocasiones no es posible colocarlas entre válvulas y codos.
Por ello se hace el siguiente comentario, que consiste que en la parte final del punto 9.2.4 del proyecto de NOM-026-STPS-2004 quede de la siguiente forma.
9.2.4 el color de................... En el caso de uso de textos como información complementaria, la altura de las letras y longitud de las flechas debe cumplir con lo siguiente:
A.- para tuberías con diámetros hasta de 127 mm. La altura de las letras del texto será de = d(p)/6. Y la longitud de la flecha será al menos la altura de las letras.
Donde d = diámetro exterior de la tubería o recubrimiento
B.- para tuberías con diámetros mayores de 127 mm. La altura mínima de las letras será de 15 cm, y para estos la longitud de las flechas será de más de dos veces la altura de las letras
RESPUESTA 1: Procede parcialmente el comentario, por lo que se modifica el numeral 9.2.4, para quedar de la siguiente manera:
       9.2.4 ...En el caso del uso de textos como información complementaria, la altura de las letras y longitud de las flechas deben cumplir con lo siguiente:
 
       A.- Para tuberías con diámetros hasta de 300 mm.
       H = d (p/6)
       Donde:
       d = diámetro exterior de la tubería o cubrimiento.
       H = altura de las letras del texto y la altura de las flechas.
       B.- Para tuberías con diámetros mayores de 300 mm, la altura mínima de las letras será de 15 cm y el máximo igual al valor obtenido en la ecuación.
       Para las tuberías con diámetros menores a 25 mm, se debe utilizar una placa con la información complementaria, y la altura del texto debe ser como mínimo de 10 mm.
PROMOVENTE: Ing. José Trinidad Guzmán Reyes Gerente de Seguridad y Medio Ambiente de la empresa Cummins S. de R.L. de C.V.
COMENTARIO 1: En mis 27 años de experiencia tanto en seguridad como en mantenimiento de plantas industriales he detectado que algunos accidentes no son estrictamente por productos o substancias consideradas como peligrosas, y es el caso del agua, en la normatividad actual este fluido al igual que otros considerados como no peligrosos se identifican con color verde, en nuestra empresa el verde lo hemos venido usando para el aire, y a pesar de las respectivas leyendas al personal se le facilita la identificación cuando existe un color diferente, el agua es causante de emergencias cuando tiene contacto con la energía eléctrica y ambas son usadas en todas las instalaciones industriales, por lo anterior mi recomendación es que se identifique el agua de color azul tanto aguas industriales de proceso como aguas sanitarias.
RESPUESTA 1: No procede el comentario. El agua se considera por sí misma -en la mayoría de sus usos normales- como un fluido de bajo riesgo, por lo que debe ser identificada en color verde, sin embargo, si se modifican sus características pueden generar riesgos a la salud, físicos, reactividad o especiales, por lo que en ese caso, se debe identificar la tubería que los conduce en color amarillo o amarillo con franjas negras.
Es conveniente mencionar que para un fluido de bajo riesgo, como el agua en condiciones normales de temperatura y presión, la combinación del color verde con el color azul se puede aplicar en las tuberías, siendo su interpretación, de acuerdo a la NOM-026-STPS, el primero el color de seguridad y el segundo el color de identificación del fluido para su empresa.
PROMOVENTE: Arq. Alejandro Flores Maya. Consultor en Protección Civil.
COMENTARIO 1: En base a la solicitud de comentarios para el Proyecto de modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-026-STPS-1998, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías, publicada el día 25 de febrero de 2008 en el Diario Oficial de la Federación, me permito hacer las siguientes 2 sugerencias de modificación al texto publicado:
1.- En la guía de referencia-Consideraciones generales sobre señalización, II. Señales de seguridad e higiene sexto párrafo: "Por otro lado, es importante que los señalamientos de información para salidas de emergencia rutas de evacuación, primeros auxilios y equipo contra incendio, que se utilicen en interiores, cuenten con una fuente de iluminación de emergencia en su proximidad, o sean fabricados de materiales que permanezcan visibles (fotoluminicente) cuando ocurra una interrupción de la iluminación del local o edificio en que se encuentren".
COMENTARIO: Este cambio del término salidas de emergencia por el de rutas de evacuación es debido a que aunque algunas personas los manejan como sinónimos, en realidad no lo son. Ruta de evacuación contempla todo el recorrido hacia el exterior de un edificio, Salida de emergencia sólo se refiere al acceso a una zona segura en el interior de un edificio o al exterior del mismo, siendo que todo el recorrido puede estar señalizado.
RESPUESTA 1: Procede parcialmente su comentario, por lo que se modifica el texto del sexto párrafo de la guía de referencia "Consideraciones generales sobre señalización, II. Señales de seguridad e higiene", para quedar en los siguientes términos:
Por otro lado, es importante que los señalamientos de información para salidas de emergencia, rutas de evacuación, primeros auxilios y equipo contra incendio, que se utilicen en interiores, cuenten con
una fuente de iluminación de emergencia que lo haga visible, o sean fabricados de materiales que permanezcan visibles (fotoluminiscentes) cuando ocurra una interrupción de la iluminación del local o edificio en que se encuentren.
COMENTARIO 2:
2.- En el penúltimo y último párrafos de la guía de referencia.
Identificación de tubería eléctrica
Se recomienda que las tuberías conduit y ductos eléctricos que contengan conductores eléctricos en instalaciones visibles o accesibles a los trabajadores se diferencien claramente mediante colores y marcas, de las tuberías que conduzcan fluidos.
Al efecto, se sugiere emplear para tal fin el color naranja o el amarillo, complementados con información específica que indique el tipo de riesgo de que se trata, por ejemplo la leyenda "RIESGO ELECTRICO", el valor del potencial, p. ej. "220 V" o el símbolo de riesgo eléctrico (véase tabla C.1, numeral C.7).
COMENTARIO: Será suficiente con tener marcas en la tubería eléctrica. Se recomienda no utilizar ningún color, a excepción del color azul claro indicado en los sistemas intrínsecamente seguros, como lo indica la NOM-001-SEDE-2005 (Art. 504-80 inciso C). El color amarillo puede hacer que la tubería eléctrica se confunda con tubería de gas (ver NOM-004-SEDG-20046.2.6.1). El color naranja se utiliza en algunos conductores en sistemas eléctricos pero no en las canalizaciones (Nuevamente se recomienda verificar la NOM-001-SEDE-2005 para la utilización del color naranja.
RESPUESTA 2: Procede parcialmente su comentario, por lo que se modifican los textos del penúltimo y último párrafos de la guía de referencia, para quedar en los siguientes términos:
Las tuberías visibles o accesibles a los trabajadores, destinadas a contener conductores eléctricos, para diferenciarse de las tuberías que conducen sustancias químicas, pueden contener leyendas, símbolos, marcas o colores para comunicar el riesgo eléctrico, por ejemplo la leyenda "RIESGO ELECTRICO", el valor del potencial, "220 V" o el símbolo de riesgo eléctrico (véase tabla C.1, numeral C.7).
PROMOVENTE: ASHPI Avisos y Señalamientos Industriales.
COMENTARIO 1:
4.1 Definiciones
Sugerencia; Es importante considerar la definición de la flecha que se utiliza en la identificación de tubería y señalamientos de seguridad, la inserto de acuerdo al orden alfabético que ustedes siguieron.
Comentario: 4.1 g) Flecha. Figura que se compone de punta y astil, utilizada para la señalización de la trayectoria o sentido indicado.
RESPUESTA 1: No procede su comentario, toda vez que el símbolo de la flecha es de uso generalizado y fácil interpretación, por lo que no se considera necesario incluir su definición.
COMENTARIO 2:
7.1
Sugerencia; En el color rojo de seguridad sugerimos que se consideren los fluidos para el combate de incendio, en el caso de los de color amarillo complementar la palabra tuberías y en el caso del color verde lo que ustedes llaman zonas de seguridad lo identificamos como "punto de reunión" y así lo indica como ejemplo la NOM-003-SEGOB/2002.
Comentario: TABLA 1
Colores de seguridad, su significado e indicaciones y precisiones
 
COLOR DE
SEGURIDAD
SIGNIFICADO
INDICACIONES Y PRECISIONES
ROJO
Paro.
Alto y dispositivos de desconexión para emergencias.
Prohibición.
Señalamientos para prohibir acciones específicas.
Material, equipo y sistemas para el combate de incendios.
Ubicación y localización de los mismos e identificación de tuberías que conducen fluidos para el combate de incendios.
AMARILLO
Advertencia de peligro, lesión o daño.
Atención, precaución, verificación e identificación de tuberías que conducen fluidos peligrosos.
Delimitación de áreas.
mites de áreas restringidas o de usos específicos.
Advertencia de peligro por razones ionizantes.
Señalamiento para indicar la presencia de material radiactivo.
VERDE
Condición Segura
Identificación de tuberías que conducen fluidos de bajo riesgo. Señalamientos para indicar salidas de emergencia, rutas de evacuación, zonas de seguridad y primeros auxilios, lugares y puntos de reunión, regaderas de emergencia, lavaojos entre otros.
AZUL
Obligación
Señalamientos para realizar acciones específicas.
 
RESPUESTA 2: Procede parcialmente el comentario, por lo que se modifican los textos referidos de la tabla 1, para quedar en los siguientes términos:
 
ROJO
Material, equipo y sistemas para el combate de incendios.
Ubicación y localización de los mismos e identificación de tuberías que conducen fluidos para el combate de incendios.
AMARILLO
Advertencia de peligro.
Atención, precaución, verificación e identificación de tuberías que conducen fluidos peligrosos.
COMENTARIO 3:
8.2 Símbolos de seguridad e higiene
Sugerencia; El objetivo de la norma (así lo interpreto), establece que los símbolos que se utilizan en las señales de seguridad e higiene, deberán de interpretar una sola idea. (Así lo indica la norma vigente "8.2-b" conducir a una sola interpretación).
Comentario: 8.2.2. Los símbolos que deben de utilizarse en las señales de seguridad e higiene, deben cumplir con el contenido de imagen que se establece en los apéndices A, B, C, D y E, en los cuales se incluyen una serie de ejemplos y deberán conducir a una sola interpretación.
Comentario: 8.2.4 Cuando se requiere elaborar un símbolo para una señal de seguridad e higiene en un caso específico que no esté contemplado en los apéndices, se permite el diseño particular que se requiera, siempre y cuando se establezca la indicación por escrito y su contenido de imagen asociado. Y deberá conducir a una sola interpretación.
RESPUESTA 3: Procede parcialmente el comentario, por lo que se modifica la definición del inciso l) del apartado 4.1, para quedar en los siguientes términos:
       Símbolo: es un elemento gráfico para proporcionar información de manera concisa.
COMENTARIO 4:
       8.3 Textos
       Sugerencia; En el segundo renglón falta una "o"
       Comentario a: 8.3 f) Ser en color contrastante sobre el color de seguridad correspondiente a la señal de seguridad e higiene que complementa o texto en color negro sobre fondo blanco o texto en blanco sobre fondo negro.
RESPUESTA 4.a: Procede su comentario, por lo que se modifica el texto del apartado 8.3 f), para quedar en los términos propuestos:
       Sugerencia; El objetivo de la norma (así lo interpreto), establece que los textos que se utilicen para complementar las señales de seguridad e higiene, deberán de interpretar una sola idea.
       Comentario b: 8.3.1 e) Ser breve, concreto y deberá de conducir una sola interpretación.
       8.3.2 c) Deben ser breve y concreto, con un máximo de tres palabras y conducir a una sola interpretación.
RESPUESTA 4.b: No procede su comentario, toda vez que la frase "conducir a una sola interpretación" es subjetiva, y por lo tanto con discrecionalidad o ambigüedad en la vigilancia.
COMENTARIO 5:
Tabla D.2. Señales que indican salidas de emergencia e instalaciones de primeros auxilios.
Sugerencia; De todos los señalamientos de seguridad e higiene, el que ha causado polémica porque no se publicó en los ejemplos de la norma vigente, y con la aprobación de la NOM-003-SEGOB/2002 donde se publica un ejemplo de cómo debe ser la ruta de evacuación, más polémica ha causado. Por lo que expreso mis siguientes comentarios.
Primero. Estoy de acuerdo con la NOM-003-SEGOB/2002 con el ejemplo que publica de la señal de ruta de evacuación, ya que en caso de un desastre la evacuación del sitio podrá llevarse a cabo por una o más rutas alternas y no necesariamente serán personas caminando, de acuerdo a la población donde se lleve a cabo y con los recursos que cuenten, podrán ser evacuadas las personas en vehículos particulares, ambulancias, autobuses, camiones, troques, plataformas, vehículos militares, etc., y se van a guiar por las señales de evacuación que tienen integrado un número que corresponde a la ruta marcada por las
autoridades.
En otros casos como los reglamentos de tránsito estatales y federales, a través de una flecha indican el sentido o la dirección de los lugares o tránsito específico a llegar, y en el caso de estacionamientos y gasolineras una flecha orienta las entradas, distribución del sitio y salidas. Hasta aquí estoy de acuerdo.
Segundo. Ustedes estarán de acuerdo conmigo, que en lo general a todos los lugares a donde fuéramos, públicos o privados, vamos a encontrar señales con un símbolo específico y una flecha que indica la dirección o lugar donde se encuentra, por ejemplo: los estacionamientos, aeropuertos, lugares de reunión, espectáculos, eventos deportivos, casetas, baños, donde se recoge el equipaje, cafeterías, elevadores, etc., y así puedo poner innumerables ejemplos. Y en la norma vigente en las señales de información que se pusieron como ejemplo y también en este anteproyecto todas las señales tienen una flecha, menos el de salida de emergencia que en esta ocasión omitieron, y para no generar más polémica sería saludable publicar un ejemplo de cómo debe de ser una ruta de evacuación.
Tercero. Al respecto hago algunas reflexiones:
a) Que en todos los ejemplos de las señales de información de la norma vigente y en este proyecto excepto salida de emergencia existe un símbolo y una flecha (¿porque no considerarlo en la ruta de evacuación?).
b) La experiencia de haber visitado plantas industriales desde Jalisco hasta Baja California, nunca me he encontrado indicadas rutas alternas; existen rutas específicas de acuerdo al número de empleados en esa nave industrial para que se dirijan a las diferentes salidas de emergencia, las puertas están numeradas en algunos casos porque cuenta con sensor de alarma.
c) La flecha no puede ser un símbolo, puede significar como flecha muchas cosas, pero si el espíritu de la norma es crear conciencia y orientar al trabajador, vamos poniéndole las cosas más fáciles de entender y permítanme hacer la observación de que cuesta lo mismo imprimir en un señalamiento con un símbolo definido, una flecha direccional y un texto, en conclusión cuesta lo mismo hacerlo bien, que hacerlo mal.
d) La NOM 026 vigente y el anteproyecto autorizan el diseño de otras señales siempre y cuando cumplan con el color de seguridad, el color contrastante, la forma geométrica, un símbolo definido, texto opcional, que estén relacionados entre sí y también indica claramente que la calidad de los ejemplos y dimensiones que se publican son sólo ejemplos de referencia.
e) Esta es una pregunta muy común que nos hacen, ustedes qué opinan:
Pregunta: ¿Cuál norma aplica en los centros de trabajo, lugares públicos o privados, sean de jurisdicción municipal, estatal o federal; la NOM 026-SPTS-1998 o la NOM-003-SEGOB/2002?
Probable Respuesta: Que a la norma de protección civil sólo se le adicionaron señalamientos aplicables para "Desastres" y que cuya implementación está a cargo de las autoridades que atenderán dichas Emergencias. A la norma de protección civil sólo se le adicionaron señalamientos de precaución de la norma 026 compatibles con la misma, y que la norma de protección civil se complementa con las demás señales de la NOM 026 en lo referente a señalamientos de protección civil no previstos por esta y que busca la homogenización de ambas normas.
Cuarto. En el "Anexo A", diseño ejemplos de salidas y rutas de evacuación.
Comentario:                                           Tabla D2
Señales que indican ubicación de salidas de emergencia, rutas de evacuación e instalaciones de
primeros auxilios
La flecha direccional podrá omitirse en el caso en el que el señalamiento se encuentre a la proximidad del elemento señalizado.
 
 
INDICACION
CONTENIDO DE IMAGEN DEL SIMBOLO
D.2.1
UBICACION DE SALIDA DE EMERGENCIA
SILUETA HUMANA AVANZANDO O CRUZANDO, UNA SALIDA DE EMERGENCIA ORIENTANDOSE POR UNA FLECHA DIRECCIONAL
D.2.2
UBICACION DE RUTA DE EVACUACION
SILUETA HUMANA AVANZANDO, ORIENTANDOSE POR UNA FLECHA DIRECCIONAL
 

RESPUESTA 5: Procede parcialmente su comentario, por lo que se ajusta el numeral D.2.1. Asimismo, se adiciona un nuevo numeral D.2.2, por lo que se recorre la numeración del D.2.2 al D.2.4 que pasa a ser del D.2.3 al D.2.5, para quedar de la siguiente manera:
Tabla D2
Señales que indican ubicación de salidas de emergencia, rutas de evacuación e instalaciones de
primeros
auxilios

COMENTARIO 6:
9. Identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías
9.1.1. Las tuberías deben de ser identificadas con el color de seguridad que le corresponda de acuerdo a lo establecido en la tabla 4.
Sugerencia; Con la intención de reforzar el concepto de tuberías y fluidos.
Comentario:
Tabla No. 4
Colores para tuberías y su significado.
 
Color de seguridad
Significado
Rojo
Identificación de fluidos para el combate de incendio conducidos por tubería.
Amarillo
Identificación de fluidos peligros conducidos por tubería.
Verde
Identificación de fluidos de bajo riesgo conducidos por tubería.
RESPUESTA 6: Procede su comentario, por lo que se modifica la Tabla 4 para quedar en los términos propuestos.
COMENTARIO 7:
9.1.2. El color de seguridad debe aplicarse en cualquiera de las formas siguientes:
Sugerencia; Está claro, pero para que no quede duda, sugiero indicarles muy claramente que no son rayitas, ni franjitas, ni manchitas las que se tienen que pintar, que la tubería tiene una superficie a todo lo largo y ancho de su circunferencia.
9.1.2
a) Pintar la tubería a todo lo largo y cubrir toda la circunferencia con el color de seguridad correspondiente.
b) Pintar la tubería con bandas de identificación de 100 mm de ancho como mínimo debiendo cubrir toda la circunferencia de la tubería, incrementándolas en proporción al diámetro exterior de la tubería de acuerdo a la tabla 5.
c) Colocar etiquetas indelebles con las dimensiones mínimas que se indican en la tabla 5 para las bandas de identificación; las etiquetas de color de seguridad deben de cubrir toda la circunferencia de la tubería.
RESPUESTA 7: Procede su comentario, por lo que se modifican los incisos a) y b) del numeral 9.1.2 para quedar en los términos propuestos.
COMENTARIO 8:
9.1.3. La disposición del color amarillo para la identificación de fluidos peligrosos, se permitirá mediante bandas con franjas diagonales amarillas y negras a 45º, etc.
Sugerencia; En relación a este punto recuerdo que la norma 028-STPS-1994 autorizaba el uso de este sistema de franjas amarillas con franjas diagonales negras. Pero leyendo el proyecto no me queda claro la distribución, la proporción o el diseño de la etiqueta incluyendo la información complementaria, la proporción del color contrastante y la flecha. Me confunde más el punto 9.2.4, donde indica que las leyendas de información, es decir, la información complementaria y me imagino que también la proporción del color contrastante y la flecha deben de pintarse adyacentes a dichas franjas (las amarillas con franjas diagonales negras) y que el color debe ser blanco o negro para que contraste con el color de la tubería. En conclusión me confundo, y comento los siguientes ejemplos:
a) La norma autoriza que si se quiere pintar la tubería a todo lo ancho y toda su circunferencia se usen los colores de seguridad rojo, verde y amarillo y que sobre el color de seguridad con el color contrastante correspondiente se pinte o rotule la información complementaria y la flecha.
b) La norma autoriza que si no quieren pintar el tubo a todo lo largo y ancho de su circunferencia, se pinten bandas de identificación utilizando los colores de seguridad rojo, verde y amarillo correspondiente y que sobre este color de seguridad se pinten o rotulen con el color contrastante correspondiente la información complementaria y la flecha.
c) La norma autoriza que si no se quiere pintar el tubo a todo lo largo y ancho de su circunferencia, ni bandas del color de seguridad correspondiente, se autoriza utilizar etiquetas indelebles e intransferibles que cubran todo el diámetro exterior del tubo, placas o letreros fijados a la tubería de acuerdo a la tabla 5, del color de seguridad rojo, verde y amarillo correspondiente y sobre éste con el color contrastante correspondiente se pinten o rotulen la información complementaria y la flecha.
Conclusión:
¿De dónde se obtiene la información de que adyacente a dichas bandas se pinte en color blanco o negro la información complementaria para que contraste con el color de la tubería (me imagino que también la flecha).
"Anexo B":
Ejemplo 1: diseño franjas diagonales en amarillo y negro con información complementaria y flecha.
Ejemplo 2: diseño franjas diagonales en amarillo y negro, siguiendo el criterio de la norma 028-STPS-1994 y adyacente una banda de identificación en amarillo con negro conservando la proporción del 50% por lo menos del color de seguridad y siguiendo los lineamientos de la norma 026-STPS-1998.
Ejemplo 3: diseño una banda de identificación en color amarillo con negro siguiendo los lineamientos de la norma 026-STPS-1998.

 
Comentario:
9.1.3. Se autoriza la disposición del color amarillo con franjas diagonales negras a 45º para resaltar aquellos fluidos peligrosos, en lo general o extremadamente peligrosos. El color amarillo de seguridad debe de cubrir por lo menos el 50% de las franjas diagonales amarillas y negras, las dimensiones mínimas de dichas franjas deberán de cumplir con lo dispuesto en la tabla 5.A y se ubicará antes, en sentido contrario a la flecha de dirección de las bandas de identificación, etiquetas o placas fijadas a la tuberías.
Tabla 5
Dimensiones mínimas de las franjas de identificación en relación al diámetro de la tubería
(Todas las dimensiones en mm)
 
DIAMETRO EXTERIOR DE TUBO O CUBRIMIENTO
ANCHO MINIMO DE LA FRANGA DE IDENTIFICACION
Hasta 38
50
más de 38 hasta 51
100
más de 51 hasta 150
150
más de 150 hasta 250
300
más de 250
400
RESPUESTA 8: No procede su comentario, toda vez que la banda con franjas en amarillo y negro ya constituye la advertencia de peligro, y la información complementaria y flecha de dirección pueden aplicarse en negro o blanco sobre la tubería, teniendo en cuenta únicamente el color de que esté pintada ésta, a efecto de que se logre el mejor contraste. Con su propuesta se obligaría a que tal información y flecha de dirección se ubicaran siempre sobre una banda amarilla, lo cual sería innecesario, dado que este color de seguridad ya se implementó en la mencionada banda con franjas en amarillo y negro.
COMENTARIO 9:
9.1.4. Las bandas de identificación se ubicarán de forma que sean visibles desde cualquier punto de la zona o zonas en que se ubica el sistema de tuberías, etc.
Sugerencia; Quedan dudas en algunos usuarios, que es una banda de identificación, pero más dudas tienen para determinar donde se ubicará, porque la norma indica que en tramos de 10 metros o de 15 metros de acuerdo a su diámetro exterior, una cada tantos metros. Considero que esto es muy ambiguo y muchos se aferran a cada tantos metros y se olvidan que las tuberías, tiene conexiones, válvulas, cambios de dirección, soldaduras, etc.
En conclusión opino que las bandas de identificación se componen del color de seguridad, color contrastante, información complementaria y flecha, y estos elementos son un módulo de identificación y deben de ubicarse antes de aquellos puntos resaltantes de las tuberías.
Comentario: 9.1.4 Las bandas de identificación se conforman de un color de seguridad, un color contrastante, información complementaria y una flecha que indica la dirección del fluido y se ubicarán de forma que sean visibles desde cualquier punto de la zona o zonas en las que se ubica el sistema de tuberías y que se vea por los cuatro lados cardinales de la tubería. Se ubicarán antes y después de entradas y salidas a paredes, pisos o techos, antes de válvulas, conexiones, interconexiones, reducciones, ampliaciones, cambios de dirección, al principio y al final, de tal forma que sin tener que desplazarse se puede seguir con la vista la dirección de la tubería. En tramos rectos sin cambios de dirección, sin válvulas, sin conexiones, sin reducciones o ampliaciones a intervalos regulares no mayores a los indicados a continuación:
       a) Para un ancho de banda de hasta 200 mm cada 10 metros.
       b) Para un ancho de banda mayor de 200 mm cada 15 metros.
RESPUESTA 9: Procede parcialmente su comentario, por lo que se modifican: el texto del numeral 9, el apartado 9.1.4 y el numeral III de la Guía de Referencia, para quedar en los siguientes términos:
       9. Identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías
       En el presente capítulo se establece el código de identificación para tuberías, el cual consta de los cuatro elementos siguientes:
       a)   Color de seguridad;
 
       b)   Color contrastante;
       c)   Información complementaria, y
       d)   Indicación de la dirección del flujo.
       ...
9.1.4. La identificación de los fluidos en las tuberías se conforma de un color de seguridad, un color contrastante, información complementaria y una flecha que indica la dirección del fluido, y se ubicarán de forma que sean visibles desde cualquier punto en la zona o zonas en las que se ubica el sistema de tuberías y en la cercanía de válvulas. En tramos rectos se ubicarán a intervalos regulares no mayores a lo indicado a continuación:
a)    Para un ancho de banda de color de seguridad de hasta 200 mm: 10 m, o
b)    Para anchos de banda mayores a 200 mm: 15 m.
       ...
III. Identificación de tubería
En la presente Norma se establecen cuatro elementos para la identificación de las tuberías, a saber:
-      color de seguridad;
-      color contrastante;
-      información complementaria, e
-      indicación de dirección de flujo.
De estos cuatro elementos, el primero de ellos ha llegado a causar algunas confusiones...
COMENTARIO 10:
9.2.1. Sugerencia 9.2.3 Al desarrollar la fórmula del 9.2.4 para obtener la altura del texto de la información complementaria y en relación al texto de 9.2.3 que dice "la información complementaria se ubicará en forma que sea visible desde cualquier punto de las zonas en que se encuentra el sistema de tuberías". Al desarrollar la información, resulta que invariablemente que diámetro exterior de tubería se calcule, sólo se obtiene como resultado 6 renglones como lo indica el "Anexo C" ejemplo 1, no he encontrado otra palabra más adecuada pero concluyo que un tubo tiene 4 lados cardinales; ejemplo 2, y la mitad de la altura de la letra es el espacio que se utiliza entre renglón y renglón, para de esta forma cumplir con el principio de que el color de seguridad debe de cubrir cuando menos el 50% de la superficie total. Por lo que sugiero no dejar este detalle muy importante a interpretaciones personales.

Comentario: 9.2.3. La información complementaria y el símbolo para fluidos radiactivos a que se refiere el apartado 9.2 se pintará o rotulará sobre la banda del color de seguridad siempre que dichos elementos de identificación sean indelebles e intransferibles. Para la utilización de señales debe observarse lo establecido en el punto 9.2.2 y cumplir con lo dispuesto en el apartado 9.1.4 y se podrá ubicar mediante cualquiera de las alternativas siguientes:
a) Se ubicará o rotulará con vinil indeleble e intransferible, sobre el color de seguridad pintado en la tubería en bandas de identificación de acuerdo a la tabla 5.
b) Se ubicará o rotulará con vinil indeleble e intransferible, sobre la banda del color de seguridad pintado en la tubería en bandas de identificación de acuerdo a la tabla 5.
c) Se ubicará en una etiqueta indeleble e intransferible debiendo cubrir toda la circunferencia de la tubería en bandas de identificación de acuerdo a la tabla 5.
d) Se ubicará en una placa o letrero fijado a la tubería siempre que dichos elementos de identificación sean indelebles e intransferibles. El ancho del letrero o placa será de acuerdo a las bandas de identificación de la tabla 5.
RESPUESTA 10: No procede el comentario en virtud de que elimina una de las alternativas de identificación de los fluidos conducidos en tuberías prevista en el proyecto, y además el planteamiento de utilizar un tipo de material en particular está fuera de los propósitos y alcance de seguridad que se plantean para este proyecto.
COMENTARIO 11:
9.2.4 Sugerencia; Considero ajustar los textos de este apartado.
Comentario: 9.2.4. El color de la información complementaria debe de ser del color contrastante correspondiente al color de seguridad conforme se indica en la tabla 2 de la presente norma. En el caso de uso de textos como información complementaria, la altura de la letra debe cumplir con la relación:
                                       altura mínima de texto = d ( p/6)
                           donde d= diámetro exterior de la tubería o cubrimiento.
RESPUESTA 11: No procede su comentario, en razón de que su propuesta elimina una opción de cumplimiento, para el caso específico del uso de banda con franjas amarilla y negra.
COMENTARIO 12:
9.3.1. Sugerencia. Es recomendable que las medidas mínimas de la flecha base y altura o ancho y largo como le quieran llamar, sean mencionadas, como ejemplo en el "Anexo D" está dibujada y trazada una flecha del Manual de Dispositivos para el Control del Tránsito en Calles y Carreteras de la SCT. Y ustedes notarán que la punta y el astil miden relativamente lo mismo en base y altura, y en los anexos de las etiquetas que menciono en otras sugerencias encontrarán flechas con la misma proporción. Por lo cual sugiero que tengan la misma base por la misma altura.
Comentario: 9.3.1 La dirección del fluido se pintará o rotulará con una flecha adyacente a la información complementaria sobre la banda del color de seguridad. En las tuberías que existan ambos sentidos se indicarán con flechas apuntando en ambas direcciones a los extremos de la información complementaria, la flecha se compone de punta y astil. La base y la altura de la flecha será igual o mayor a la altura de las letras de la información complementaria en relación al diámetro exterior de las tuberías, conforme a lo indicado en el apartado 9.2.4 y cumplir con lo dispuesto en el apartado 9.1.4 y se ubicarán mediante cualquiera de las alternativas siguientes:
a) Se ubicará o rotulará con vinil indeleble adyacente a la información complementaria, sobre el color de seguridad pintado en la tubería.
b) Se ubicará o rotulará con vinil indeleble adyacente a la información complementaria, sobre la banda del color de seguridad pintado en la tubería.
c) Se ubicará en la etiqueta indeleble e intransferible adyacente a la información complementaria.
d) Se ubicará en la placa o letrero fijado a la tubería adyacente a la información complementaria.
 

RESPUESTA: No procede su comentario en virtud de que el proyecto permite el libre diseño de la flecha, con el fin de facilitar el cumplimiento.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintinueve días del mes de agosto de dos mil ocho.- El Subsecretario del Trabajo, Seguridad y Previsión Social, Alvaro Castro Estrada.- Rúbrica.
 

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