DOF: 14/12/2009
DECRETO por el que se reforman diversas disposiciones del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor

DECRETO por el que se reforman diversas disposiciones del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 13 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 20 y 22 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE LA
PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
ARTÍCULO ÚNICO.- Se REFORMAN el artículo 1; las fracciones VI y VII del artículo 2; la fracción IV que pasa a ser la número V del artículo 8; la fracción XIII del artículo 9; las fracciones II, V y VI del artículo 10; la fracción I, II que pasa a ser la número III, la III que pasa a ser la número IV y IV que pasa a ser la número VI del artículo 11; la fracción IX que pasa a ser la número X del artículo 12; las fracciones II, X y XI del artículo 13; la fracción VIII del artículo 14; la fracción II del artículo 15; las fracciones III, VII y la fracción XV que pasa a ser la número XVI del artículo16; las fracciones IV, XVII y XX del artículo 17; 18; las fracciones IX, XI, XVII, XXI, XXII y XXXVI del artículo 19; las fracciones I, II, III y IV del artículo 20 y los párrafos tercero y cuarto del artículo 21; se ADICIONAN la fracción VIII al artículo 2; la fracción II al artículo 8 recorriéndose en su orden las siguientes; la fracción XIV al artículo 9 recorriéndose en su orden la restante; las fracciones II y V al artículo 11 recorriéndose en su orden las siguientes a cada una; la fracción VI al artículo 12 recorriéndose en su orden las siguientes; las fracciones XII y XIII al artículo 13; la fracción XIII recorriéndose en su orden las siguientes y una fracción XVII que recorre a la restante del artículo 16; las fracciones XXXVIII y XXXIX del artículo 19 recorriéndose en su orden las siguientes; del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor, para quedar como sigue:
"ARTÍCULO 1.- Este Reglamento tiene por objeto establecer la organización de la Procuraduría Federal del Consumidor, para el ejercicio de las atribuciones que le confieren la Ley Federal de Protección al Consumidor y otras disposiciones legales aplicables.
ARTÍCULO 2.- ...
I.- a V.- ...
VI.- Reglamento: el Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor;
VII.-Secretaría: la Secretaría de Economía, y
VIII.- Subdelegaciones: las Subdelegaciones de la Procuraduría.
ARTÍCULO 8.- ...
...
I.- ...
II.- Proponer a la Secretaría, la política de protección al consumidor;
III.- Expedir manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público, así como los acuerdos y demás lineamientos y criterios necesarios para el funcionamiento de la Procuraduría;
IV.- Adscribir orgánicamente las unidades administrativas previstas en este Reglamento;
V.- Establecer los criterios para la imposición de las multas previstas en la Ley, así como para condonarlas, reducirlas, modificarlas o conmutarlas, a fin de preservar la equidad, en términos de lo dispuesto por la propia Ley;
VI.- Resolver los recursos interpuestos con relación a actos y resoluciones definitivas emitidas por los servidores públicos subalternos;
VII.- Modificar o revocar de oficio aquellas resoluciones administrativas de carácter individual no favorables a un particular, emitidas por los Subprocuradores, cuando se demuestre fehacientemente que las mismas se hubieren emitido en contravención a las disposiciones aplicables, y
VIII.- Las demás que le otorguen otros ordenamientos jurídicos.
ARTÍCULO 9.- ...
I.- a XII.- ...
XIII. Enviar a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto los informes sobre el ejercicio del presupuesto y los avances en la ejecución de sus programas, así como la información contable y bancaria correspondiente;
XIV.- Proponer al Coordinador General de Administración, en el ámbito de sus respectivas competencias, los precios y tarifas y, en su caso, su actualización, de los bienes y servicios que ofrecen al público a través de las unidades administrativas de su adscripción, y
XV.- Las demás que les confieran otros ordenamientos jurídicos y el Procurador.
ARTÍCULO 10.- ...
I.- ...
II.- Requerir de las autoridades, los proveedores y los consumidores, la información necesaria para el ejercicio de las atribuciones que confieren la Ley y otros ordenamientos legales a la Procuraduría, así como para sustanciar los procedimientos respectivos;
III.- a IV.- ...
V.- Suscribir los actos, resoluciones y demás documentos que correspondan conforme a su ámbito de competencia y en términos de lo dispuesto por la Ley, los ordenamientos legales aplicables y, en su caso, los lineamientos de la Subprocuraduría Jurídica, así como ordenar los trámites conducentes para la sustanciación de los procedimientos correspondientes;
VI.-  Condonar, reducir o conmutar las multas conforme a lo dispuesto en la Ley y los criterios que determine el Procurador;
VII.- a X.- ...
ARTÍCULO 11.- ...
I.- Vigilar, coordinar, controlar, sustanciar y resolver los procedimientos de conciliación, arbitraje y por infracciones a la Ley, dentro de la competencia de las unidades administrativas que se le adscriban;
II.- Vigilar, coordinar, controlar, sustanciar y resolver los procedimientos que deriven de ordenamientos legales diferentes a la Ley, que sean de competencia de la Procuraduría, dentro de las atribuciones de las unidades administrativas que se le adscriban;
III.- Emitir, previo dictamen de la Subprocuraduría Jurídica, los lineamientos y criterios para la aplicación de los procedimientos previstos en las fracciones anteriores, así como los relativos, en el ámbito de su competencia, a la bonificación o compensación establecida por la Ley y a la emisión del dictamen a que se refieren los artículos 114, 114 BIS y 114 TER de la propia Ley y supervisar su cumplimiento;
IV.- Coordinar, instrumentar, vigilar y controlar los procedimientos relativos a la revisión, modificación, registro, suspensión del uso y cancelación de los modelos de contratos de adhesión y de estados de cuenta, así como suspensión de otras actividades, previstos en la Ley y en otros ordenamientos legales aplicables;
V.- Coordinar, instrumentar, vigilar y controlar los procedimientos relativos a las solicitudes de inscripción, cancelación, consulta, renovación, actualización y denuncias, relacionadas con el registro público de consumidores que no deseen que su información sea utilizada para fines mercadotécnicos o publicitarios;
VI.- Monitorear y evaluar la publicidad relativa a bienes, productos y servicios que se difunda por cualquier medio de comunicación y ordenar, en su caso, la suspensión o corrección de aquélla que viole las disposiciones de la Ley y de otros ordenamientos legales que otorguen competencia a la Procuraduría, así como aplicar las sanciones correspondientes;
VII.- Coordinar y convenir acciones de protección al consumidor con proveedores, instituciones y organizaciones de los sectores público, social y privado;
VIII.- Procurar la solución de las diferencias entre consumidores y proveedores conforme a los procedimientos establecidos en la Ley, y
IX.- Resolver y emitir laudos arbitrales, sin perjuicio de las atribuciones que al respecto correspondan a otros servidores públicos.
ARTÍCULO 12.- ...
I.- a V.- ...
VI.- Comisionar a los servidores públicos que practicarán las visitas de verificación y vigilancia, a efecto de actúen de manera individual o conjunta;
VII.- Formular y coordinar el establecimiento de mecanismos de colaboración de proyectos de investigación específicos;
VIII.- Emitir lineamientos en materia de investigación, pruebas y análisis que desarrolle el Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor;
IX.- Proponer al Procurador los criterios y requisitos para la expedición de credenciales del personal que participe en diligencias de verificación y, en su caso, expedirlas, y
X.- Ordenar, en los términos de la Ley y en el ámbito de su competencia, la verificación y vigilancia de la publicidad e información relativas a bienes, productos y servicios que se difundan en aquellos lugares a que se refiere el artículo 96 de la Ley y ordenar también, en su caso, la suspensión o corrección de dicha publicidad o información.
ARTÍCULO 13.- ...
I. ...
II.- Coordinar en la Procuraduría los procedimientos relativos al Registro Único de Personas Acreditadas de la Administración Pública Federal;
III.- a IX.- ...
X.- Denunciar o formular querella ante el Ministerio Público de los hechos que puedan ser constitutivos de delitos y sean del conocimiento de la Procuraduría y, ante las autoridades competentes, los actos que constituyan violaciones administrativas que afecten los intereses de los consumidores;
XI.- Emitir los lineamientos y criterios conforme a los cuales deberán sustanciarse y resolverse los recursos de revisión;
XII.- Representar a la Procuraduría ante los organismos de defensa de los Derechos Humanos, y
XIII.- Fungir como enlace de la Procuraduría para la tramitación y atención de los asuntos relacionados con la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
ARTÍCULO 14.- ...
I.- a VII.- ...
VIII.- Coordinar las relaciones con organizaciones e instituciones extranjeras, así como con organismos internacionales en materias relacionadas con el consumo o la protección al consumidor y coordinarse con la Subprocuraduría Jurídica, para la elaboración y revisión de los documentos e instrumentos jurídicos correspondientes.
ARTÍCULO 15.- ...
I.     ...
II.- Proponer al Procurador sistemas y mecanismos que faciliten a los consumidores el acceso a bienes y servicios en mejores condiciones de mercado;
III.- a VIII.-...
ARTÍCULO 16.- Son atribuciones del Coordinador General de Administración:
I.- a II.-...
III.- Coordinar la formulación de programas presupuestarios y del proyecto de presupuesto de la Procuraduría, así como vigilar su ejercicio y cumplimiento;
IV.- a VI.- ...
VII.- Representar a la Procuraduría en los convenios y contratos en que sea parte y que afecten su presupuesto o patrimonio;
VIII.- a XII.- ...
XIII.- Rescindir e imponer medidas disciplinarias en materia laboral a los servidores públicos de la Procuraduría, que incurran en faltas en el desempeño de sus funciones;
XIV.- Establecer los programas de capacitación en la Procuraduría;
XV.- Expedir las credenciales o identificaciones a los servidores públicos y demás personas que presten sus servicios a la Procuraduría, con excepción de aquellas que se utilicen para diligencias de verificación;
XVI.-Emitir los dictámenes administrativos relacionados con las modificaciones a las estructuras orgánicas y ocupacionales, así como de las plantillas de personal operativo de la Procuraduría;
XVII.- Proponer al Procurador, los precios y tarifas de los bienes y servicios que de acuerdo con la normatividad vigente pueda cobrar la Procuraduría, así como gestionar su autorización ante las autoridades competentes, y
XVIII.- Normar y supervisar el funcionamiento de las áreas de administración de las diversas unidades administrativas de la Procuraduría.
ARTÍCULO 17.- ...
...
I.- a III.- ...
IV.-  Requerir a las autoridades, proveedores y consumidores, que proporcionen la información y documentación necesaria para sustanciar los procedimientos previstos en la Ley;
V.- a XVI.- ...
XVII.- Recibir y sustanciar los recursos de revisión que presenten los particulares en contra de sus actos y resoluciones, así como resolver los interpuestos con relación a los actos y resoluciones emitidos por los servidores públicos subalternos;
XVIII.- a XIX.- ...
XX.- Condonar, reducir, modificar o conmutar las multas, conforme a lo dispuesto en la Ley y los criterios que determine el Procurador;
XXI.- a XXIII.- ...
ARTÍCULO 18.- La Procuraduría tendrá las delegaciones y subdelegaciones que determine el Estatuto Orgánico. Los servidores públicos de dichas unidades administrativas ejercerán las atribuciones que la Ley, este Reglamento y otros ordenamientos legales confieren a la Procuraduría, tanto en la circunscripción territorial que a tales unidades determine el Procurador mediante acuerdos, como de manera concurrente en la circunscripción territorial de las delegaciones y subdelegaciones circunvecinas, conforme a los lineamientos que también por acuerdos expida el Procurador y que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.
ARTÍCULO 19.-...
...
 
I.- a VIII.- ...
IX.-  Sustanciar y resolver los procedimientos por infracciones a la Ley y demás procedimientos que, en el ámbito de su competencia, le confieran otros ordenamientos legales a la Procuraduría;
X.- ...
XI.-  Recibir consignaciones mediante la exhibición de billetes de depósito en los casos previstos por la Ley, así como acordar su endoso o transferencia, en términos de la normatividad establecida;
XII.- ...
XIII.- Ordenar la verificación y vigilancia de oficio o a petición de parte, en los términos previstos en la Ley y, en el ámbito de su competencia, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, de las normas a que ésta se refiere y de las demás disposiciones legales, reglamentarias y normativas aplicables, y comisionar a los servidores públicos que practicarán las visitas de verificación y vigilancia, a efecto de actúen de manera individual o conjunta;
XIV.- a XVI.-...
XVII.- Condonar, reducir, modificar o conmutar multas impuestas por servidores públicos de su adscripción, conforme a lo dispuesto en la Ley y los criterios que determine el Procurador;
XVIII.- a XX.-...
XXI.- Recibir y tramitar para su revisión, modificación, registro y cancelación, los contratos de adhesión, así como vigilar su cumplimiento y hacer a los interesados las notificaciones que correspondan;
XXII.- Recibir, analizar y, en su caso, aprobar las solicitudes ante el Registro Único de Personas Acreditadas de la Administración Pública Federal;
XXIII.- a XXXV.-...
XXXVI.- Llevar la contabilidad de la Delegación, la cual incluirá las cuentas para registrar activos y pasivos, ingresos, costos y gastos, así como las asignaciones, compromisos y ejercicios correspondientes a los programas y partidas del presupuesto, de conformidad con lo establecido por las disposiciones legales, reglamentarias y normativas aplicables;
XXXVII.- ...
XXXVIII.- Aplicar el cobro de los precios y tarifas autorizadas por las autoridades competentes o fijadas por el Procurador, de los bienes y servicios que les correspondan;
XXXIX.- Suscribir pedidos o contratos de cualquier naturaleza, hasta por el monto de adjudicación directa establecido en cada ejercicio fiscal, conforme a la normatividad aplicable y previo acuerdo de la Coordinación General de Administración;
XL.- Recibir las quejas y denuncias que se presenten en contra de servidores públicos adscritos a la Delegación y transmitirlas al Órgano Interno de Control;
XLI.- Supervisar el cumplimiento de los lineamientos y demás disposiciones aplicables en la delegación y subdelegaciones adscritas, y
XLII.- Informar a la Dirección General de Delegaciones de la Procuraduría y, en su caso, a las unidades centrales que correspondan, sobre el cumplimiento de sus atribuciones, el desempeño de sus actividades, el desarrollo de sus programas y la administración de sus recursos.
...
ARTÍCULO 20.- ...
I.- Al Jefe de Departamento de Servicios competerá el ejercicio de las atribuciones indicadas en las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XVI, XXI, XXIII, XXXVII y XLII;
II.- Al Jefe de Departamento de Verificación y Vigilancia corresponderá el ejercicio de las atribuciones mencionadas en las fracciones IV, IX, X, XII, XIII, XV, XVI, XXIII, XXXVII y XLII;
 
III.- Al Jefe de Departamento de Educación y Divulgación competerá el ejercicio de las atribuciones indicadas en las fracciones XVIII, XIX, XX, XXVII y XLII, y
IV.- Al responsable o encargado administrativo corresponderá el ejercicio de las atribuciones previstas en las fracciones XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXVI y XLII.
ARTÍCULO 21.- ...
...
Los Subdelegados tendrán las mismas atribuciones que los delegados excepto las señaladas en las fracciones XIV, XVII, XXII, XXIV, XXV, XXVI, XXIX, XXX, XXXI, XXXV, XL y XLI, del artículo 19 del presente Reglamento.
Los Subdelegados podrán ejercer las atribuciones relacionadas con el procedimiento de verificación y vigilancia sólo como consecuencia de las órdenes e instrucciones que al efecto emitan el Subprocurador de Verificación, los Directores Generales de la materia o el Delegado correspondiente.
..."
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- La entrada en vigor del presente Decreto no implicará erogaciones adicionales, por lo que la Procuraduría Federal del Consumidor debe sujetarse al Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal en curso y no incrementar su presupuesto regularizable.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a nueve de diciembre de dos mil nueve.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Economía, Gerardo Ruiz Mateos.- Rúbrica.
 

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