ACUERDO por el que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia da a conocer las Reglas de Operación del Programa para la Protección y el Desarrollo Integral de la Infancia 2010.
MARIA CECILIA LANDERRECHE GOMEZ MORIN, Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; con fundamento en los artículos 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 31 y 32 de la Ley de Planeación; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 167, 168 y 169 de la Ley General de Salud, 29 de la Ley de Asistencia Social; 1 y 2 del Estatuto Orgánico de la Institución, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo (PND), define el Desarrollo Humano Sustentable como premisa básica para el desarrollo integral del país, así como los objetivos y las prioridades nacionales que habrán de regir la presente administración a partir de cinco ejes de política pública, entre los cuales se establece el de Igualdad de Oportunidades, que regirá el rumbo de las acciones, que en materia de Asistencia Social se llevarán a cabo en el periodo 2007-2012.
Que en el Programa Nacional de Salud 2007-2012, en la Estrategia 2 se propone "Fortalecer e integrar las acciones de promoción de salud, prevención y control de enfermedades", señalando para su consecución las siguientes Líneas de Acción:
Estrategia 2.
Líneas de Acción:
2.1 Desarrollar políticas públicas y acciones sectoriales e intersectoriales de promoción de la salud y prevención de enfermedades para la construcción de una nueva cultura por la salud que favorezca el manejo de los determinantes de la salud.
2.2 Fortalecer los servicios de promoción de la salud y prevención de enfermedades incorporando acciones efectivas basadas en evidencias científicas, así como reformando la acción comunitaria para el desarrollo de entornos saludables.
2.3 Desarrollar programas y acciones para el fortalecimiento y desarrollo integral de la familia.
"El desarrollo integral de la familia es una necesidad impostergable. La familia, como núcleo básico de la sociedad, constituye el principal entorno para el desarrollo de los determinantes críticos y comunes de la salud".
"El desarrollo de un sistema de protección integral de los derechos de las niñas, los niños y adolescentes, en el que se incorporen los principios rectores de la Convención sobre los Derechos del Niño, es un requisito básico para asegurar el respeto a los derechos de la infancia".
Asimismo, en el marco de la estrategia del gobierno federal "Vivir Mejor", las acciones de este programa contribuyen al logro de los siguientes objetivos:
Primero: Permitir a las personas y familias una participación social plena, libre y equitativa, al desarrollar y potenciar sus capacidades básicas.
Tercero. Cuidar y mejorar el entorno, propiciando la cohesión del tejido social.
Quinto: Incorporar criterios de sustentabilidad en la política social.
De igual forma, se considera que los resultados de este programa, contribuirán a la consecución de las siguientes líneas de acción de esta estrategia:
1. El desarrollo de capacidades básicas.
2. La consolidación de una red de protección social.
Ello, en el sentido de que el Programa para la Protección y el Desarrollo Integral de la Infancia, prevé que sus resultados, al estar focalizados a la generación de capacidades en los individuos y sus familias, con la intención de redes de protección social, permitirán en el mediano plazo reducir la vulnerabilidad de las personas debido a desigualdades de género, edad o condición étnica.
Que el Programa para la Protección y el Desarrollo Integral de la Infancia no se contrapone, afecta o presenta duplicidad con otros programas y acciones del Gobierno Federal en cuanto a diseño, beneficios, apoyos a otorgar y población objetivo.
Que los recursos federales asignados al Programa están sujetos a criterios de selectividad, equidad, objetividad, transparencia, temporalidad y publicidad, debiéndose identificar claramente a la población
beneficiaria, tanto por grupo específico como por región del país, prever montos de los apoyos y su actualización, asegurar la coordinación de acciones entre las diversas áreas administrativas con la finalidad de evitar su duplicidad y reducir gastos administrativos; así como garantizar que los mecanismos de operación, distribución y administración, faciliten la obtención de información y la evaluación de los beneficios económicos y sociales de su asignación y aplicación.
Que los recursos y las acciones destinadas a solventar los efectos ocasionados por desastres naturales, deberán apegarse a los lineamientos y mecanismos que determinen la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en sus ámbitos de competencia y demás disposiciones aplicables.
Que el Gobierno Federal, a través del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, es el responsable de establecer las Reglas de Operación del Programa, de aportar los recursos necesarios para su operación, darle seguimiento, evaluar sus resultados y asegurar el cumplimiento de sus objetivos; ha tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
UNICO.- El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia da a conocer las Reglas de Operación del Programa para la Protección y el Desarrollo Integral de la Infancia.
TRANSITORIO
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
INDICE
1.- Introducción
2.- Objetivos
2.1 General
2.2 Específicos
3.- Lineamientos
3.1. Cobertura
3.2. Población Objetivo
3.3. Beneficiarios
3.3.1 Requisitos
3.3.2 Procedimiento de Selección
3.4. Características de los Apoyos
3.5. Derechos, Obligaciones y Sanciones
3.6. Participantes
3.6.1 Ejecutor (es)
3.6.2 Instancia Normativa
3.7. Coordinación Institucional
4.- Operación
4.1 Proceso
4.2 Ejecución
4.2.1 Avances Físico-Financieros
4.2.2 Recursos no Devengados
5.- Auditoría, Control y Seguimiento
6.- Evaluación
6.1.- Evaluación Interna
6.2.- Evaluación Externa
7.- Transparencia
7.1. Difusión
7.2. Contraloría Social
8.- Quejas y Denuncias
9.- Anexos
1. Introducción.
El 13 de enero de 1977, se da a conocer por decreto la creación del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (Sistema Nacional DIF), como un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual, de acuerdo al artículo 172 de la Ley General de Salud de 1984 y en los artículos 7, 9, 15, 24, 27 y 28 de la Ley de Asistencia Social de 2004, es el coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada, tanto en materia de asistencia social y de salubridad general, sustentado en la promoción, coordinación y concertación de acciones en la materia, así como las demás que establezcan las disposiciones legales aplicables.
En este sentido, es atribución del Organismo normar las acciones de asistencia social enfocadas al desarrollo del individuo, la familia y la comunidad. Ello en concordancia con los objetivos rectores y estratégicos, señalados tanto en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en el cual se postula como una estrategia integral de la política pública la igualdad de oportunidades y el desarrollo humano sustentable, como base personal, familiar y comunitaria de la realización social, la ampliación de capacidades y el mejoramiento de las condiciones de vida de aquellos grupos que más lo requieren; como en el Programa Nacional de Salud 2007-2012.
En efecto, una de las tareas fundamentales se orienta al desarrollo pleno de la niñez, particularmente la de aquella, que por diversas circunstancias se encuentra en condición de vulnerabilidad social; en función de lo que se precisa contribuir en la generación de habilidades y capacidades sociales en cada una de las etapas del proceso formativo de las niñas, los niños, las y los adolescentes, de manera que se perfilen hacia la protección y realización de metas personales, logrando bases sólidas para su pleno desarrollo personal y social. Todo ello, enmarcado en la estrategia del gobierno federal "Vivir Mejor", que postula como uno de sus principales elementos el desarrollo humano sustentable, dentro del que se inscriben las acciones de este programa, el cual comprende a las niñas y niños en sus edades tempranas, hasta la etapa de la adolescencia, que faciliten el ejercicio y aplicación de sus derechos humanos básicos: el derecho a la supervivencia; al desarrollo pleno; a la protección contra influencias peligrosas, los malos tratos y la explotación; y la plena participación en la vida familiar, cultural y social.
Es en este contexto de la condición y situación de la infancia vulnerable de este país, que el Organismo, busque hacer de la Asistencia Social, un instrumento de gobierno que permita lograr la equidad y la incorporación plena de estos grupos sociales en condición de desventaja, a mejores niveles de bienestar y desarrollo.
Misión
Conducir las políticas públicas de asistencia social que promuevan el desarrollo integral de la familia y la comunidad, combatan las causas y efectos de vulnerabilidad en coordinación con los sistemas estatales y municipales e instituciones públicas y privadas, con el fin de generar capital social.
Visión
Ser la institución nacional rectora de las políticas públicas con perspectiva familiar y comunitaria que hace de la Asistencia Social una herramienta de inclusión mediante el desarrollo de modelos de intervención teniendo como ejes la prevención, la profesionalización y la corresponsabilidad social.
2. Objetivos.
2.1. General.
Contribuir a reducir las brechas o desigualdades psicosociales mediante intervenciones focalizadas en grupos vulnerables y comunidades marginadas, instrumentando el conocimiento de las niñas, los niños, las y los adolescentes para evitar situaciones de riesgo.
2.2. Específicos.
· Señalar las condiciones necesarias para que las niñas, los niños, las y los adolescentes incrementen el conocimiento de los riesgos psicosociales para evitar situaciones de riesgo.
· Precisar el esquema general para la operación de las instancias participantes de las acciones en materia de protección a la infancia y adolescencia en condiciones de vulnerabilidad social.
· Determinar las líneas temáticas de vulnerabilidad en la infancia, como referentes básicos para el desarrollo de modelos, estrategias y acciones integrales de intervención con un enfoque de derechos, de acuerdo a las características y necesidades de las niñas, los niños, las y los adolescentes y sus familias.
· Proveer la metodología para el abordaje, diseño y ejecución de acciones asistenciales que se orienten a fortalecer una cultura de respeto y protección de los derechos de la infancia mediante su conocimiento y difusión con la participación de las niñas, los niños, las y los adolescentes, su familia, la escuela y la comunidad.
· Establecer los criterios administrativos para la aplicación y ejercicio de los recursos asignados a las instancias ejecutoras que permitan apoyar y fortalecer las acciones en materia de prevención de riesgos, atención a problemáticas específicas y ejes transversales.
3. Lineamientos.
3.1. Cobertura.
La aplicación de las presentes Reglas es de carácter nacional y se llevarán a la práctica por parte de las instancias ejecutoras definidas en el numeral 3.6.1.
3.2. Población Objetivo.
Son las niñas, los niños, las y los adolescentes, comprendidos entre los 0 a 17 años 11 meses de edad y sus familias, sujetos de asistencia social en las 31 Entidades Federativas y el Distrito Federal, en quienes se focalizan las estrategias de prevención y atención del Programa para la Protección y el Desarrollo Integral de la Infancia, como se establece en el siguiente cuadro:
Temáticas / Grupos Poblacionales | Trabajo Infantil | Explotación Sexual Infantil | Migración | Callejerización | Promoción del buen trato | Salud | Atención Educativa Asistencial | Participación Infantil | Riesgos Psicosociales |
Estrategias |
Prevención. | Atención. | Prevención. | Atención. | Prevención. | Atención. | Prevención. | Atención. | Prevención. | Atención. | Prevención. | Atención. | Prevención. | Atención. | Prevención. | Atención. | Prevención. | Atención. |
Infancia (0 a 5 años 11 meses) | | | x | x | x | x | x | x | x | | x | | x | x | x | | | |
Niñez (6 a 11 años 11 meses) | x | x | x | x | x | x | x | x | x | | x | | | | x | | x | |
Adolescencia (12 a 17 años 11 meses) | x | x | x | x | x | x | x | x | x | | x | | | | x | | x | x |
3.3. Beneficiarios.
Se consideran beneficiarios de este Programa a las niñas, los niños, las y los adolescentes que se encuentren dentro de los siguientes aspectos:
Estrategia | Temática | Grupo de Población Objetivo | Tipo de Servicio |
Prevención | Trabajo Infantil | Niñas, niños y adolescentes trabajadores. | Servicios asistenciales: asistencia jurídica, apoyos alimentarios, orientación psicológica, atención médica de primer nivel o canalización. |
Atención | Trabajo Infantil | Apoyos compensatorios (becas) |
Prevención | Explotación Sexual Infantil | Niñas, niños y adolescentes en riesgo de explotación sexual infantil. | Orientación e información en temas para la prevención de situaciones de riesgo: pornografía, abuso, explotación sexual, trata de personas. Servicios asistenciales: asistencia jurídica, apoyos alimentarios, orientación psicológica, atención médica de primer nivel o canalización. |
Atención | Explotación Sexual Infantil | Niñas, niños y adolescentes víctimas o en riesgo de explotación sexual infantil. | Servicios asistenciales: asistencia jurídica, orientación psicológica, atención médica de primer nivel o canalización |
Prevención | Migración | Niñas, niños y adolescentes migrantes y repatriados no acompañados. | Servicios asistenciales en lugares de origen, becas educativas y alimentarias, apoyos familiares, proyectos específicos de atención especializada; acciones de promoción y difusión (sensibilización). |
Atención | Migración | Niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados. | Albergue temporal (alimentación, traslado a lugar de origen) |
Prevención | Callejerización | Niñas, niños y adolescentes en situación de calle y riesgo. | Acciones de promoción y difusión (sensibilización) y profundización del conocimiento sobre el fenómeno a través de investigaciones locales o específicas |
Atención | Callejerización | Niñas, niños y adolescentes en situación de calle. | Servicios asistenciales: becas educativas, alimenticias, proyectos específicos, a través de instancias ejecutoras participantes. |
Prevención | Promoción del buen trato | Niñas, niños y adolescentes y sus familias. | Promoción, orientación y fortalecimiento en temas y actividades que promuevan la convivencia sana y la prevención de los malos tratos. |
Prevención | Salud | Niños y niñas menores de 6 años de edad y sus familias. | Prevención en salud, nutrición, desarrollo emocional y cuidado del ambiente. |
Prevención | Atención educativa asistencial | Niños y niñas desde los 45 días de nacidos hasta los 5 años 11 meses, hijos de madres trabajadoras o de padres solos sin prestaciones sociales. | Centros Asistenciales de Desarrollo Infantil y Centros de asistencia Infantil Comunitarios: modelo educativo asistencial, escuela para padres |
Atención | Atención educativa asistencial | Niños y niñas desde los 45 días de nacidos hasta los 5 años 11 meses, hijos de madres trabajadoras o de padres solos sin prestaciones sociales. | Centros Asistenciales de Desarrollo Infantil y Centros de asistencia Infantil Comunitarios: servicio de alimentación, salud. |
Prevención | Participación Infantil | Niñas, niños y adolescentes. | Orientación, información, sensibilización y acompañamiento en materia de Derechos de la niñez |
Prevención | Riesgos Psicosociales: Embarazo en Adolescentes | Adolescentes. | Orientación e información sobre temas de salud sexual y reproductiva |
Atención | Riesgos Psicosociales: Embarazo en Adolescentes | Madres y embarazadas adolescentes | Servicios asistenciales: asistencia jurídica, orientación psicológica, atención médica de primer nivel o canalización |
Prevención | Riesgos Psicosociales: Adicciones | Niñas, niños y adolescentes. | Orientación e información para la prevención de las adicciones |
3.3.1. Requisitos.
Para ser considerados como Beneficiarios del Programa, en alguna de las estrategias que considera este, se deberán de cubrir los requisitos básicos, que se presentan en la siguiente tabla:
Temática | Tipo de Servicio | Responsable | Requisitos Básicos | Costo |
Trabajo Infantil | Apoyos compensatorios. | Sistemas Estatales DIF | Tener una edad comprendida entre los 0 a 17 años 11 meses de edad, dependiendo de la temática vinculada al servicio o actividad a la que se desee acceder. Presentar documento de identificación por parte de los padres de familia, tutor o responsable. No estar inscrito en otro programa social o asistencial similar. | Sin costo |
Explotación Sexual Infantil | Servicios asistenciales: orientación educativa, apoyos alimentarios, asistencia jurídica, orientación psicológica, atención médica de primer nivel o canalización. | Sistemas Estatales DIF | Sin costo |
Migración | Servicios asistenciales en lugares de origen, becas educativas y alimentarias, apoyos familiares, proyectos específicos de atención especializada; acciones de promoción y difusión (sensibilización). Albergue temporal a la niñez migrante (alimentación, traslado a lugar de origen). | Sistemas Estatales DIF | Sin costo |
Callejerización | Acciones de promoción y difusión (sensibilización) y profundización del conocimiento sobre el fenómeno a través de investigaciones locales ó específicas. Servicios asistenciales: becas educativas, alimenticias, proyectos específicos, a través de instancias ejecutoras participantes. | | | |
Promoción del buen trato | Promoción, orientación y fortalecimiento en temas y actividades que promuevan la convivencia sana y la prevención de los malos tratos. | Sistemas Estatales DIF | | Sin costo |
Salud | Prevención en salud, nutrición, desarrollo emocional y cuidado del ambiente. | Sistemas Estatales DIF | | Sin costo |
Atención educativa asistencial | Educativo asistencial (Guardería, en Centros Infantiles). | Sistemas Estatales DIF | Tener una edad comprendida entre los 0 a 17 años 11 meses de edad, dependiendo de la temática vinculada al servicio o actividad a la que se desee acceder. Presentar documento de identificación por parte de los padres de familia, tutor o responsable. No estar inscrito en otro programa social o asistencial similar. | Cuota mensual de recuperación, variable entre 4 niveles, según ingresos de la madre o el padre solicitante |
Participación Infantil | Orientación, información, sensibilización y acompañamiento en materia de Derechos de la niñez. | Sistemas Estatales DIF | Sin costo |
Riesgos Psicosociales: Embarazo en Adolescentes | Orientación e información sobre temas de salud sexual y reproductiva. | Sistemas Estatales DIF | Sin costo |
Riesgos Psicosociales: Adicciones | Orientación e información para la prevención de las adicciones. | Sistemas Estatales DIF | Sin costo |
Así como aquellos establecidos por el Sistema Nacional DIF y/o las Instancias Ejecutoras, de acuerdo a las características de cada una de las temáticas comprendidas en el Programa.
En el caso de las instancias ejecutoras (numeral 3.6.1.) los requisitos que deben cubrir para su participación en el Programa son los siguientes:
Sistemas Estatales DIF: · Presentar un Programa Anual de Trabajo, conforme a lo señalado en el numeral 9, Anexo C, de las presentes reglas. · Señalar el universo de población objetivo en la entidad, la cobertura potencial y las coberturas alcanzadas en los últimos dos ejercicios. · Suscripción de convenios o acuerdos interinstitucionales, los cuales conforme al Articulo 178 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, deberán publicarlos en el Diario Oficial de la Federación dentro de un plazo de 15 días naturales posteriores a la celebración de los mismos. |
Organizaciones de la Sociedad Civil de Segundo Piso: Los siguientes requisitos aplican en el caso de que los Sistemas Estatales que han venido desarrollando acciones en la temática de niñez en situación de calle, se vean imposibilitados de constituir los Comités Estatales que conducen el proceso de selección y validación de viabilidad de proyectos susceptibles de ser financiados con recursos federales para su ejecución o desarrollo: a. Estar constituidas legalmente como organizaciones de la sociedad civil, cuyo objeto social sea entre otros promover todo tipo de actividades asistenciales. b. Tener mínimo diez años de experiencia en la materia. c. Contar con un Patronato, Consejo o Junta Directiva debidamente conformada. d. Contar con Registro Federal de Contribuyentes. e. Contar con la infraestructura acorde a los servicios que presta. f. Ser reconocidas en el ámbito nacional por su buen trabajo en actividades asistenciales. g. Presentar una propuesta técnica de operación para el ejercicio correspondiente, en original impreso y magnético que contemple un Programa de Trabajo de acuerdo a las características señaladas en los numerales 3.4 y 4.2 de las presentes Reglas de Operación, que deberá acompañarse de una copia simple de los siguientes documentos: i. Acta constitutiva. ii. Registro Federal de Contribuyentes. iii. Comprobante del domicilio fiscal de la organización. iv. Acreditación del representante legal. v. Breve descripción sobre su trayectoria. vi. Inventario general de la infraestructura que garantice la operación del programa. vii. Plantilla de recursos humanos para la operación del recurso financiero que solicita. viii. Organigrama de la institución con cargos y nombres. ix. Suscripción del Convenio de Concertación correspondiente, presentado en el Anexo B de las presentes Reglas. Asimismo, en los casos relativos a la participación de Organizaciones Civiles de Segundo Piso, ésta se circunscribe al proyecto específico presentado en la propuesta técnica de operación que deberá presentarse a la Dirección General de Protección a la Infancia durante el mes de febrero de cada año. No se podrán canalizar recursos a través de aquellas Organizaciones de la Sociedad Civil de Segundo Piso, que presenten o hayan presentado incumplimientos normativos en cualquiera de los programas de Sistema Nacional DIF. Y deberán destinar los mismos, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del propio Programa. |
Organizaciones de la Sociedad Civil Operativas: Los requisitos aplican en los casos de excepción enunciados en el numeral 3.4: a. Estar constituidas legalmente como organizaciones de la sociedad civil, cuyo objeto social sea entre otros promover todo tipo de actividades asistenciales. b. Contar con un Patronato, Consejo o Junta Directiva debidamente conformada. c. Contar con Registro Federal de Contribuyentes. d. Contar con la infraestructura acorde a los servicios que presta. e. Presentar una propuesta técnica de operación para el proyecto correspondiente, de acuerdo a las características señaladas en los numerales 3.4 y 4.2 de las presentes Reglas de Operación, que deberá acompañarse de una copia simple de los siguientes documentos: i. Acta constitutiva. ii. Registro Federal de Contribuyentes. iii. Comprobante del domicilio fiscal de la organización. iv. Acreditación del representante legal. v. Breve descripción sobre su trayectoria. vi. Inventario general de la infraestructura que garantice la operación del programa. vii. Plantilla de recursos humanos para la operación del recurso financiero que solicita. viii. Organigrama de la institución con cargos y nombres. ix. Suscripción del Convenio de Concertación correspondiente, presentado en el Anexo B de las presentes Reglas. |
3.3.2. Procedimiento de Selección.
El procedimiento de selección de los beneficiarios se llevará a cabo tomando en cuenta el cumplimiento, por parte de los solicitantes, de los requisitos establecidos en el numeral 3.3.1.
Cabe señalar que el aviso o notificación a los beneficiarios sobre su incorporación a las acciones del Programa, corresponderá efectuarlo a las instancias ejecutoras, conforme a los tiempos y formas que establezcan de manera particular en sus ámbitos de actuación.
Para la selección de la Organización Civil de Segundo Piso, la entrega de las propuestas técnicas concursantes deberá realizarse en las instalaciones de la Dirección General de Protección a la Infancia, en la Subdirección de Seguimiento y Monitoreo del Sistema Nacional DIF, ubicadas en Congreso número 20, colonia Tlalpan, Delegación Tlalpan, México, D.F., de lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 horas, durante el mes de febrero de cada año. No se recibirán propuestas técnicas después de la hora y fecha límite, asì como aquellas que no cumplan con todos los requisitos.
Una vez cerrado el periodo de recepción de las solicitudes, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, de acuerdo con la suficiencia presupuestal correspondiente, dará a conocer los resultados, los cuales serán publicados en la página de Internet del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia www.dif.gob.mx. La decisión será inapelable.
La Organización de la Sociedad Civil de segundo piso que resulte seleccionada, deberá suscribir el Convenio de Concertación a que se refiere el numeral 9, Anexo B de las presentes Reglas de Operación.
Sólo en casos de excepción, participarán organizaciones de la sociedad civil operativas que serán seleccionadas por la Instancia Normativa conforme a lo establecido en el numeral 3.3.
3.4. Características de los Apoyos.
Los servicios y apoyos a los que pueden acceder los beneficiarios de este programa, son los señalados en los numerales 3.3 y 3.3.1 de las presentes Reglas; y estarán dados en función de la temática en específico a que se solicite su acceso e incorporación de las actividades.
Para el caso de las instancias ejecutoras, el monto asignado para el ejercicio inmediato posterior podrá variar en función del cumplimiento de las acciones establecidas en el Programa Anual de Trabajo y de la entrega de información que sea requerida por el Sistema Nacional DIF, así como de otras instancias, para constatar el avance y seguimiento del Programa.
La Instancia Normativa podrá otorgar en casos de excepción, otro tipo de apoyos que se apeguen a lo establecido en el numeral 3.3 y determinará tiempos, cobertura y requisitos aplicables para cada uno de ellos, en función de las características de los mismos, de la suficiencia presupuestal y conforme a lo establecido en estas Reglas.
3.5. Derechos, Obligaciones y Sanciones.
En el caso de los sujetos considerados población objetivo del Programa señalados en el numeral 3.2, los Derechos y Obligaciones que asumen al integrarse a las actividades del Programa son los siguientes: |
Derechos: · Los Beneficiarios tienen derecho a recibir por parte del Sistema Nacional DIF y de las instancias ejecutoras, un trato digno, respetuoso y equitativo, sin distinción de edad, sexo, estado civil, grupo étnico, partido político o religión. · Solicitar y recibir información sobre el estado que guardan las gestiones que hubieren realizado ante las instancias ejecutoras. |
Obligaciones: · Cumplir con los requisitos señalados en el numeral 3.3.1 · Atender, en su caso los reglamentos de los servicios establecidos por las instancias ejecutoras. |
En el caso de las instancias ejecutoras, aplica lo siguiente:
Derechos: i. Recibir por parte del Sistema Nacional DIF la información normativa y asesoría necesarias para la adecuada implantación y ejecución de las actividades en el marco del Programa para la Protección y el Desarrollo Integral de la Infancia. ii. Recibir la capacitación e información actualizada para el abordaje de las temáticas consideradas en el Programa. iii. Recibir en tiempo y forma los recursos establecidos en los instrumentos jurídicos correspondientes en función de la suficiencia presupuestal. |
Obligaciones: i. Cumplir en tiempo y forma con las disposiciones establecidas en las presentes Reglas y en los compromisos derivados de los instrumentos jurídicos que se suscriban para este propósito. ii. Utilizar los recursos exclusivamente para los fines convenidos. iii. Proporcionar oportunamente la información que les sea solicitada por el Sistema Nacional DIF y demás instancias facultadas para operar, vigilar o fiscalizar la operación del Programa. iv. Observar la normatividad federal vigente aplicable en materia de aplicación, destino y comprobación de los recursos asignados. |
Sanciones: De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente, en el caso de que el Sistema Nacional DIF o algún órgano de fiscalización detecte desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos por parte de las instancias ejecutoras, el Sistema Nacional DIF cancelará la asignación de recursos y en consecuencia su reintegro cuando incurra en lo siguiente: i. Desvío de recursos de las instancias ejecutoras para realizar acciones ajenas al Programa para la Protección y el Desarrollo Integral de la Infancia. ii. Proporcionar información falsa y obstaculizar las vistas de seguimiento. iii. Incumplir lo señalado en el numeral 4.2.1, apartado de Restricciones de las presentes Reglas. |
3.6. Participantes.
3.6.1. Ejecutor(es).
Se entiende para efectos de las presentes Reglas, por instancias ejecutoras a los Sistemas Estatales DIF, DIF Distrito Federal, Sistemas Municipales DIF, así como a las Organizaciones de la Sociedad Civil de Segundo Piso y Operativas, conforme a lo señalado en la definición correspondiente en el numeral 9, Anexo A, quienes al momento de su incorporación a las actividades del Programa, se convierten en responsables de llevar a cabo las estrategias y acciones apoyadas con recursos del Programa para la Protección y el Desarrollo Integral de la Infancia, en coordinación con el Sistema Nacional DIF.
3.6.2. Instancia Normativa.
El Sistema Nacional DIF, es la instancia normativa y tiene a su cargo lo siguiente:
i. Interpretar lo dispuesto en las presentes Reglas y atender aspectos no considerados en las mismas a través de la Unidad de Atención a Población Vulnerable.
ii. Coordinar a nivel nacional, el Programa para la Protección y Desarrollo Integral de la Infancia a través de la Dirección General de Protección a la Infancia y efectuar la verificación del cumplimiento de estas reglas y dar seguimiento a su aplicación e informar sobre sus avances, conforme a las solicitudes de información de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto del Sistema Nacional DIF y otras dependencias que así lo requieran.
3.7. Coordinación Institucional.
El Sistema Nacional DIF fomentará el establecimiento de mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que sus programas y acciones no se contrapongan, afecten o dupliquen con otros programas o acciones del Gobierno Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. El Sistema Nacional DIF podrá establecer acciones de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, en primera instancia, y establecerá los mecanismos correspondientes con éstos, que permitan el trabajo conjunto con los gobiernos municipales. Estas acciones de coordinación se efectuarán en el marco de las disposiciones de las presentes Reglas y de la normatividad aplicable, así como acciones de concertación con Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) de Segundo Piso, con base en el modelo de convenio presentado en el numeral 9, Anexo B.
Para el logro de los objetivos del Programa se requiere de una eficaz coordinación de esfuerzos y la puesta en marcha de mecanismos de colaboración con los distintos órdenes de gobierno, los sectores público, privado y organizaciones de la sociedad civil, para articular estrategias de prevención de riesgos sociales y atención de problemáticas específicas, con un enfoque de derechos y de género, dirigidos a la infancia, la adolescencia y sus familias en situación de vulnerabilidad.
4. Operación.
4.1. Proceso.
Para la operación de las actividades señaladas en el Programa, se plantean las siguientes etapas:
i. Formulación de las actividades de planeación expresada en el Programa Anual de Trabajo que presenten los Sistemas Estatales DIF, como instancias ejecutoras conforme a lo señalado en el numeral 9, Anexo C de las presentes Reglas.
ii. Promoción e implantación de estrategias del Programa.
En el caso de la primera etapa referida a la formulación de actividades se debe tener en cuenta que el Programa para la Protección y el Desarrollo Integral de la Infancia es un conjunto de herramientas metodológicas que permite soportar la instrumentación de la política gubernamental dirigida a los grupos de infancia y adolescencia vulnerable, en el marco de los derechos de la niñez.
Al efecto se considerará como premisa central, los principios rectores de la Convención sobre los Derechos del Niño: el interés superior del niño, la supervivencia y el desarrollo, la no discriminación y la participación de niñas, niños y adolescentes.
Y como líneas de acción:
· Desarrollar estrategias de prevención, con un enfoque de derechos, dirigidos a la población infantil y adolescente, tendientes a disminuir las situaciones de riesgo social, al potenciar sus recursos, mediante la adquisición de habilidades que contribuyan al desarrollo humano sustentable en el marco de una cultura de legalidad.
· Desarrollar estrategias de atención, con un enfoque de derechos, dirigidos a la población infantil y adolescente, tendientes a mejorar las circunstancias de carácter familiar y social que limiten su desarrollo integral, así como la recuperación física, psicológica y social de niñas, niños y adolescentes en estado de indefensión o desventaja para lograr su incorporación a una vida digna en el ejercicio de sus derechos.
· Promover la participación de las niñas, niños y adolescentes en las estrategias de prevención y atención, que garanticen su desarrollo humano sustentable.
· Fomentar el trabajo interinstitucional, la corresponsabilidad y la participación activa de las instituciones públicas, privadas, organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales, para fortalecer las estrategias de prevención y atención a la infancia y adolescencia, en el marco de una cultura de legalidad.
· Impulsar mecanismos de profesionalización, seguimiento, evaluación e investigación que fortalezcan la intervención institucional con los diferentes grupos, sujetos de la asistencia social.
La instancia ejecutora elaborará un Programa Anual de Trabajo, mediante el cual ordenará y detallará los resultados que se plantea alcanzar en las estrategias de prevención de riesgos sociales y atención de problemáticas específicas de la infancia y la adolescencia vulnerable, tomando en consideración la política pública en materia de infancia definida por el Sistema Nacional DIF, los derechos de la niñez, la perspectiva familiar y comunitaria, así como aquellas prioridades existentes en la entidad y que se encuentren alineadas a las prioridades institucionales, cuyos formatos e instructivos se presentan en el numeral 9, Anexo C de las presentes Reglas.
La integración del Programa Anual de Trabajo, considerará las siguientes etapas:
a) La Dirección General de Protección a la Infancia, solicita a las instancias ejecutoras (Sistemas DIF Estatales), la elaboración de un Programa Anual de Trabajo, con base en las características y formatos establecidos para tal efecto, así como a lo señalado en el numeral 4.2 de las presentes Reglas.
b) Notifica de manera preliminar el monto de los recursos que han sido determinados asignar para el ejercicio fiscal correspondiente.
c) La (s) instancia (s) ejecutora (s) elaboran y presentan a la Dirección General de Protección a la Infancia el Programa Anual de Trabajo para su revisión, comentarios y validación.
d) La Dirección General de Protección a la Infancia recibe la propuesta de Programa Anual de Trabajo de la instancia ejecutora y procede a su revisión y análisis, con base en lo señalado en el numeral 9, Anexo C.
e) La Dirección General de Protección a la Infancia notifica a la instancia ejecutora, en su caso:
· Realizar adecuaciones al Programa Anual de Trabajo en un plazo no mayor a 15 días hábiles y enviarlo nuevamente para su revisión.
· La instancia ejecutora presenta propuesta con las adecuaciones sugeridas nuevamente para revisión.
f) Proceder a su validación, en los casos que cumplan con los requisitos solicitados.
g) La Dirección General de Protección a la Infancia, enviará a la Dirección General Jurídica y de Enlace Institucional propuestas de los Convenios de Concertación a suscribir entre el SNDIF y las instancias ejecutoras (numeral 9, anexo B de las Reglas de Operación)
h) Cuando el Convenio de Concertación haya sido firmado por las partes, a través de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto (DGPOP) el Sistema Nacional DIF, emitirá en su momento el oficio para radicar el monto de los subsidios del ramo 12 asignados, para su ejercicio en estricto apego a las presentes Reglas.
Diagrama del Proceso de Asignación de Recursos a instancias ejecutoras
4.2 Ejecución.
Las instancias ejecutoras aplicarán los recursos de acuerdo a un Programa Anual de Trabajo, que considere los siguientes rubros:
Prevención
· Diseño, elaboración, aplicación y evaluación de modelos, y acciones de prevención de riesgos sociales de la infancia y adolescencia vulnerable y sus entornos, conforme a las temáticas establecidas en el cuadro del numeral 3.2 de las presentes Reglas.
· Actividades de promoción, difusión, sensibilización e información sobre los factores de riesgo y protección.
· Diseño, elaboración, impresión y reproducción de materiales educativos, didácticos, informativos y de difusión sobre factores de riesgo y protección.
Acciones de Atención
· Diseño, elaboración, instrumentación y evaluación de modelos, estrategias y acciones de atención de problemáticas específicas de la infancia y adolescencia vulnerable y sus familias, conforme a las temáticas establecidas en el cuadro del numeral 3.2 de las presentes Reglas.
· Diseño, elaboración, impresión y reproducción de materiales educativos, didácticos, informativos y de difusión sobre las problemáticas específicas que enfrentan las niñas, los niños, las y los adolescentes.
· Actividades de promoción, difusión, sensibilización e información sobre la denuncia y protección de la infancia y adolescencia que enfrenta problemáticas específicas.
· Apoyos compensatorios para las niñas, los niños, las y los adolescentes integrados a una estrategia de atención de problemáticas específicas.
Acciones para incorporar el enfoque de Derechos
· Instalación y funcionamiento de Comités Estatales de Seguimiento y Vigilancia de la aplicación de la Convención sobre los Derechos de la Niñez.
· Capacitación sobre el conocimiento y aplicación de los Derechos de la Niñez a los servidores públicos, personal que trabaja con y para los niños, población en general y a las propias niñas y niños.
· Aplicación de estrategias de consulta y participación de niñas, niños, las y los adolescentes para conocer su punto de vista sobre sus necesidades e intereses.
· Diseño, elaboración, impresión, reproducción y difusión de materiales educativos, didácticos, informativos y de sensibilización.
Fortalecimiento Institucional
Profesionalización
· Congresos, seminarios, foros, talleres, reuniones nacionales, estatales y regionales para el intercambio de experiencias en las estrategias de prevención de riesgos sociales y de atención de problemáticas específicas de la infancia, adolescencia y sus familias.
· Capacitación para formar al personal en la aplicación de estrategias de prevención de riesgos sociales y atención de las problemáticas específicas que enfrenta la infancia y adolescencia vulnerable y sus familias.
· Capacitación al personal sobre las premisas centrales del Programa referidas a la doctrina de la protección integral, el interés superior del niño, la participación infantil y el fomento de entornos favorables, con el objeto de que se apliquen las acciones de prevención y atención con la población objetivo.
Investigación
· Desarrollo de proyectos, de investigaciones y de diagnósticos situacionales y referenciales sobre las problemáticas sociales y sobre los factores de riesgo/protección de la infancia y adolescencia.
· Sistematización y construcción de bases de datos para fortalecer las estrategias de prevención de riesgos sociales y de atención de problemáticas específicas de la infancia y adolescencia vulnerable.
Infraestructura
· Equipamiento de Centros de Atención (mobiliario y equipo) destinados a la aplicación de estrategias de prevención y atención de las niñas, los niños, las y los adolescentes vulnerables y su familia.
· Mantenimiento y remodelación de espacios destinados a la aplicación de estrategias de prevención y atención de las niñas, niños y adolescentes vulnerables y su familia.
En caso de que la instancia ejecutora requiera modificar el Programa Anual de Trabajo durante el ejercicio fiscal vigente, deberá solicitar la autorización a la Dirección General de Protección a la Infancia del Sistema Nacional DIF, quien se reserva la facultad de autorizar o denegar dicha petición. Ello bajo los siguientes supuestos:
· Atención a las prioridades que la instancia ejecutora focalice y justifique debidamente, con base a criterios de fortalecimiento, ampliación de coberturas, mejoramiento de la calidad de los servicios o apoyos, entre otros.
· Se cuente con disponibilidad de recursos, derivados del subsidio asignado.
· No se desatiendan los servicios o apoyos asistenciales a los grupos de población objetivo, que se hayan focalizado en el Programa Anual de Trabajo
4.2.1 Avances físico-financieros.
Las instancias ejecutoras deberán formular reportes trimestrales sobre el avance en el cumplimiento del Programa Anual de Trabajo y remitirlos a la Dirección General de Protección a la Infancia del Sistema Nacional DIF durante los primeros 5 días hábiles del mes inmediato al que se reporta. En caso de existir variación entre el Programa Anual de Trabajo y las acciones realizadas, se deberá formular una explicación de las variaciones.
Seguimiento Técnico.
A través del seguimiento técnico se revisarán y validarán los informes dispuestos por la instancia normativa, y cuyos formatos e instructivos se presentan en el numeral 9, Anexo C de las presentes Reglas, que abarcan la información técnica: aspectos de operación, monitoreo, seguimiento y resultados de las acciones de prevención y atención, para incorporar los derechos de la infancia y el fortalecimiento de la familia.
El seguimiento técnico se integra con los siguientes elementos:
Concepto | Acción | Periodicidad |
Avance del Programa Anual de Trabajo | Verificar el cumplimiento de acciones y metas establecidas al período. | Trimestral, en los primeros 5 días hábiles del mes inmediato al período que se reporta |
Informes | Informe Cuantitativo. Informe Cualitativo (Narrativo). | Trimestral, en los primeros 5 días hábiles del mes inmediato al período que se reporta. En caso de proyectos especiales será mensual (Campaña Nacional de información para una nueva vida) |
Las Instancias Ejecutoras que reciban recursos para la puesta en marcha del Programa Anual de Trabajo del Programa para la Protección y el Desarrollo Integral a la Infancia, durante las visitas de seguimiento, permitirán al personal del Sistema Nacional DIF verificar físicamente el avance y cumplimiento del mismo, así como la documentación relacionada.
Restricciones.
La aplicación de los recursos otorgados será responsabilidad de las Instancias Ejecutoras (Sistemas Estatales DIF, DIF Distrito Federal y Organizaciones de la Sociedad Civil de segundo piso), tal y como lo establecen las presentes Reglas.
El ejercicio del gasto, al estar enmarcado en la transparencia y rendición de cuentas, hace necesario establecer las siguientes restricciones:
A. Ejercer el gasto en conceptos como:
i. Compra de vehículos automotores, inmuebles y pago de renta de los mismos.
ii. Construcción de inmuebles.
iii. Contratación de recursos humanos con pago de honorarios o servicios y de honorarios asimilables a sueldos, a excepción de las temáticas de niños en situación de calle (callejerización) y niños migrantes y repatriados no acompañados.
iv. Compra de equipo de cómputo y accesorios, a excepción de las temáticas de niños en situación de calle (callejerización) y niños migrantes y repatriados no acompañados.
v. Compra de mobiliario y equipo de oficina, a excepción de las temáticas de niños en situación de calle (callejerización) y niños migrantes y repatriados no acompañados.
vi. Compra de licores, tabaco o algún tipo de medicamento controlado.
vii. Compra de teléfonos celulares o tarjetas telefónicas, compra de tiempo aire y/o tarjetas para teléfonos celulares e Internet.
viii. Pago de viáticos y pasajes dentro del estado, a personal que no forme parte de las actividades inherentes al Programa.
ix. Pago de viáticos y pasajes fuera del estado, a excepción de las actividades expresamente convocadas por el Sistema Nacional DIF.
x. Transmisión de mensajes en medios de comunicación con fines distintos a la promoción y difusión del Programa para la Protección y el Desarrollo Integral de la Infancia.
xi. Compra, reproducción o impresión de promocionales como lápices, plumas, reglas, camisetas, tazas o gorras. Así como de pinta de bardas.
B. En el caso de los conceptos de papelería, pago de viáticos y pasajes dentro del estado y consumo de gasolina, éstos sólo se autorizarán si se justifican en suficiencia como parte fundamental del desarrollo de una acción financiada.
C. Realizar gastos suntuarios en alguno de los rubros de aplicación de las presentes Reglas.
D. Utilizar los recursos asignados a este Programa, con fines de patrocinio o promoción de partido político, electoral, de lucro y otros distintos a los establecidos, situación que de presentarse, será sancionada conforme a las disposiciones legales vigentes en la materia.
4.2.2. Recursos no devengados
Los recursos que no se destinen a los fines autorizados o no se encuentren devengados al 31 de diciembre del ejercicio correspondiente, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación. Los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y, en su caso, de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno.
5. Auditoría, Control y Seguimiento.
El ejercicio de los recursos federales del Programa está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados por las siguientes instancias en el ámbito de sus respectivas competencias: por el Organo Interno de Control del SNDIF; las instancias fiscalizadoras federales correspondientes, en coordinación con los órganos de control de los gobiernos de las entidades federativas; así como por los Organos de Fiscalización Superior en los Estados y Auditoría Superior de la Federación, las cuales llevarán a cabo las acciones de fiscalización y verificación necesarias. Asimismo, se promoverá la participación social en las actividades de control y vigilancia del Programa, buscando que los propios beneficiarios se constituyan en instancias de contraloría social.
Las instancias de fiscalización que en el ámbito de sus respectivas competencias tienen facultades para practicar intervenciones, auditorías, investigaciones de gabinete o de campo a los proyectos, para verificar el cumplimiento de las normas y disposiciones establecidas en las distintas etapas de ejecución del Programa son: la Secretaría de la Función Pública, el Organo Interno de Control en el SNDIF, Fondos y Valores de la Tesorería de la Federación y la Auditoría Superior de la Federación.
Las contralorías de los estados y municipios, los auditores externos designados para tal efecto, según el caso de que se trate, auditarán la ejecución y correcta aplicación de los recursos que se entreguen a los ejecutores.
De ser detectados manejos inadecuados de recursos e incumplimiento al marco normativo aplicable, las diversas instancias de fiscalización, en el ámbito de sus respectivas competencias, instrumentarán y promoverán la aplicación de las sanciones procedentes, conforme a la legislación correspondiente.
6. Evaluación.
6.1. Evaluación Interna.
Con el objeto de mejorar los resultados de operación del Programa, así como fortalecer la rendición de cuentas y la transparencia en el ejercicio de los recursos, se llevarán a cabo acciones permanentes de seguimiento y monitoreo a los recursos ejercidos, acciones ejecutadas y metas alcanzadas por las instancias ejecutoras.
Al efecto, el Sistema Nacional DIF, a través la Dirección General de Protección a la Infancia realizará la evaluación de los mecanismos de operación de los modelos, estrategias y acciones de prevención de riesgos sociales y atención de problemáticas específicas de acuerdo a los criterios establecidos en el numeral 4.2.1 de las presentes Reglas, así como del seguimiento de las acciones realizadas y de los informes obtenidos.
Indicadores
Por otra parte, se llevará a cabo el seguimiento y reporte de los indicadores de la Matriz de Indicadores de Resultados (MIR), definidos para este Programa. Conforme a los lineamientos que se establezcan por parte de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto del Sistema Nacional DIF, conforme a la normatividad vigente.
Indicador de Fin | Fórmula |
Indice Institucional en el cumplimiento y ejercicio de los derechos de la Niñez en población objetivo de la Asistencia Social. | Ejercicio de los Derechos de la Niñez en el período -------------------------------------------------------------------X100 Población objetivo de niñas, niños y adolescentes identificada por el Sistema Nacional DIF |
Indicador de Propósito | Fórmula |
Porcentaje de niñas, niños y adolescentes que reciben información, servicios y apoyos que les permitan reconocer situaciones de riesgo | Niñas, niños y adolescentes que están en posibilidad de identificar y evitar situaciones de riesgo ---------------------------------------------------------------- X100 Niñas, niños y adolescentes que participan en las estrategias de prevención y atención |
Indicador de Componente | Fórmula |
Eficacia en la operación de Instancias Ejecutoras que otorgaron servicios asistenciales a niñas, niños y adolescentes | Avance en la ejecución de servicios asistenciales a la población infantil por las Instancias Ejecutoras ----------------------------------------------------------------- X 100 Programación de servicios asistenciales programados por las Instancias Ejecutoras. |
Indicador de Actividad | Fórmula |
Porcentaje de avance en el ejercicio y aplicación de los recursos asignados a las instancias ejecutoras. | Presupuesto radicado al periodo ---------------------------------------------------------------- X 100 Presupuesto programado al periodo |
6.2. Evaluación Externa.
En cumplimiento a lo establecido en el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el presente ejercicio fiscal en materia de evaluación, la evaluación externa del Programa de las presentes Reglas de Operación deberá realizarse en los términos del Programa Anual de Evaluación correspondiente; cubrirse con cargo al presupuesto del Sistema Nacional DIF y realizarse por Instituciones académicas y de investigación u organismos especializados, de carácter nacional o internacional, que cuenten con reconocimiento y experiencia en la materia.
7. Transparencia.
7.1. Difusión.
El Sistema Nacional DIF divulgará las presentes Reglas de Operación a través de las reuniones y eventos interinstitucionales. Las instancias ejecutoras realizarán las acciones que consideren pertinentes para la difusión y promoción de las mismas.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, estas Reglas de Operación estarán disponibles en el portal de transparencia en la página Web del SNDIF http://www.dif.gob.mx.
Además, se deberá incluir en toda la documentación del Programa y en toda publicidad y promoción que adquiera el SNDIF o las instancias ejecutoras tales como anuncios en medios electrónicos, escritos y gráficos y de cualquier otra índole, la leyenda "Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente".
7.2. Contraloría Social
Con el propósito de incorporar a la ciudadanía en el control, vigilancia y evaluación de los programas federales, la instancia normativa y las instancias ejecutoras promoverán la contraloría social con base en la normatividad establecida para tal efecto, fomentando acciones que transparenten la operación del programa en cuestión, para ello se ajustarán a los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social", emitidos por la SFP, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008.
El Sistema Nacional DIF a través de la Dirección General de Protección a la Infancia, conforme a las disposiciones establecidas en materia de Contraloría Social, desarrollará las siguientes acciones:
· Promover la difusión y conocimiento de las Reglas de Operación del Programa para la Protección y el Desarrollo Integral de la Infancia, a través de;
o Capacitación en el esquema y procedimientos al personal responsable de las acciones en los sistemas Estatales DIF.
o Visitas de asesoría y seguimiento que realice personal de la Dirección General de Protección a la Infancia a los Sistemas Estatales DIF.
· Elaborar el esquema de operación, la guía operativa y el programa anual de trabajo de contraloría social y poner los documentos a disposición de los SEDIF;
En función de la disponibilidad presupuestal y de las necesidades que se detecten, el Sistema Nacional DIF, a través de la Dirección General de Protección a la Infancia considerará elaborar y distribuir folletos o trípticos así como publicar en la pagina de Internet http://www.dif.gob.mx, la información referente al Programa para la Protección y el Desarrollo Integral de la Infancia y a los procedimientos para realizar actividades de Contraloría Social.
La Dirección General de Protección a la Infancia realizará actividades de difusión de las Reglas de Operación del Programa para la Protección y el Desarrollo Integral de la Infancia; medios para presentar Quejas y Denuncias; procedimientos de contraloría social; y medidas para garantizar la igualdad entre hombres y mujeres en la aplicación del Programa.
Las acciones de promoción directa entre los beneficiarios, a desarrollar por parte del Personal de los Sistemas Estatales DIF, serán las siguientes:
a. Informar a la ciudadanía acerca de los apoyos otorgados y su costo a nivel de obra, acción, nombre de los beneficiarios, derechos y obligaciones de los mismos.
b. Capacitar a los beneficiarios para que se constituyan en instancias de vigilancia y evaluación social.
c. Establecer espacios de comunicación (reuniones vecinales, atención directa a beneficiarios, etc.).
d. Promover la integración de organizaciones de la sociedad civil en acciones de contraloría social.
e. Instrumentar mecanismos de captación y atención de quejas y denuncias.
La Secretaría de la Función Pública y los Organos Estatales de Control verificarán, en sus respectivos ámbitos de competencia, la realización de estas acciones.
8. Quejas y Denuncias.
Los beneficiarios y la población en general, pueden acudir en cualquier momento a las oficinas de la instancia ejecutora, al Sistema Nacional DIF y/o su Organo Interno de Control, para presentar sus sugerencias, quejas o denuncias que contribuyan a una operación más eficiente y transparente de este Programa.
La denuncia podrá ser realizada por cualquier persona, bastando que se presente por escrito y contenga:
I. Nombre, domicilio y demás datos que permitan la identificación del denunciante y en su caso, de su Representante Legal.
II. Los actos, hechos u omisiones denunciados.
III. Los datos que permitan identificar al presunto sujeto infractor, y
IV. Las pruebas que en su caso ofrezca el denunciante.
Las inconformidades, quejas o denuncias respecto de la operación, entrega de apoyos, ejecución o algún otro aspecto relacionado con este Programa, podrán ser presentadas por los beneficiarios o por la población en general, a través de los siguientes canales institucionales de quejas y denuncias:
Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE)
FEPADETEL Tel. 01 800 833 7233, 5346 3103 Ciudad de México
www.fepadenet.pgr.gob.mx, fiscalenlinea@pgr.gob.mx
Organo Interno de Control en el Sistema Nacional DIF
www.dif.gob.mx,
9. ANEXOS
ANEXO A. Definiciones.
Para los efectos de las presentes Reglas de Operación, se entenderá como:
Adolescencia. Periodo de desarrollo personal durante el cual uno(a) debe establecer un sentido personal de identidad individual y sentimientos de mérito propio que comprenden una modificación de su esquema corporal, la adaptación a capacidades intelectuales más maduras, la adaptación a exigencias de la sociedad con respecto a una conducta madura, la internalización de un sistema de valores personal y la preparación para roles adultos.
La adolescencia es un periodo de transición en el desarrollo entre la niñez y la edad adulta, se caracteriza por la habilidad para pensar en forma abstracta, es decir, los individuos, aplican un razonamiento hipotético - deductivo, (puede pensar en términos de posibilidades, tratan problemas de manera flexible y prueban hipótesis), así también, tienen tendencias egocéntricas como señalar errores o fallas a figuras de autoridad. Se establece una etapa de construcción y fortalecimiento de la identidad, habilidades, responsabilidades e intereses, que involucran de manera importante al grupo de pares.
Adolescente. Periodo del crecimiento humano entre la niñez y el estado adulto, incluye la pubertad durante la cual el individuo se desarrolla física, psicológica y cognitivamente. Esta etapa se inicia alrededor de los 12 años.
Asistencia social: Conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, emocional y social de las personas en estado de necesidad, indefensión, desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva.
Atención. Conjunto de intervenciones institucionales dirigidas a la población infantil y adolescente, tendientes a mejorar las circunstancias de carácter familiar y social que limitan su desarrollo integral, así como la recuperación física, psicológica y social de niñas, niños y adolescentes en estado de indefensión o desventaja hasta lograr su incorporación a una vida digna en el ejercicio de sus derechos.
Buen trato. Forma de convivencia que garantiza, protege y permite el goce y disfrute pleno de Derechos de niñas, niños y adolescentes, y promueve relaciones humanas basadas en el reconocimiento y el respeto al otro.
Desarrollo humano. Proceso de ampliación de las posibilidades de elegir de los individuos que tiene como objetivo expandir la gama de oportunidades a las personas para vivir una vida saludable, creativa y con los medios adecuados para desenvolverse en su entorno social.
Desarrollo. Proceso dinámico de interacción entre el organismo y el medio que da como resultado la maduración orgánica y funcional del sistema nervioso, el desarrollo de funciones psíquicas y la estructuración de la personalidad.
DGPI: Dirección General de Protección a la Infancia.
DGPOP: Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto.
Ejercicio de derechos. Disfrute real y efectivo de los Derechos reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño contando con las condiciones propicias generadas por el Estado.
Entorno favorable. Es el contexto social de protección, que garantiza el cumplimiento de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes y comprende dos dimensiones: el entorno inmediato compuesto por la familia, el grupo de pares, la escuela y la comunidad; y uno más amplio, caracterizado por la cultura, la educación, medios de comunicación, entre otros.
Grupos sociales en situación de vulnerabilidad: Núcleos de población y personas que por diferentes factores o la combinación de ellos, enfrentan situaciones de riesgo, resultado de desventajas sociales e individuales, de tal manera que esta situación no pueda ser superada en forma autónoma y queden limitados para incorporarse a las oportunidades de desarrollo.
Habilidades sociales. Conjunto de competencias personales para enfrentarse exitosamente a las exigencias y desafíos de la vida diaria
Igualdad de oportunidades. Propiciar que cada persona, sin discriminación alguna, -en especial aquella que se encuentra en condiciones de pobreza y vulnerabilidad- tenga las mismas oportunidades en salud, educación, alimentación, vivienda y servicios básicos que le permitan participar activamente en la economía del país y aprovechar los beneficios que ésta le ofrece, para desarrollar sus aspiraciones a plenitud y mejorar así sus condiciones de vida.
Instancias ejecutoras. Son los Sistemas DIF Estatales, DIF Distrito Federal, Sistemas Municipales DIF,
las Organizaciones de la Sociedad Civil de Segundo Piso (estas últimas en los casos que los Sistemas DIF Estatales no se encuentren en posibilidad de operar la temática de niñez en situación de calle) y Organizaciones de la Sociedad Civil Operativas, quienes al momento de su incorporación a las actividades del Programa, se convierten en responsables de llevar a cabo las estrategias y acciones apoyadas con recursos del Programa para la Protección y el Desarrollo Integral de la Infancia, en coordinación con el Sistema Nacional DIF.
Infancia. Epoca en la que los niños y niñas tienen que estar en la escuela y en los lugares de recreo, crecer fuertes y seguros de sí mismos y recibir el amor y el estímulo de sus familias y de una comunidad amplia de adultos. Es una época valiosa en la que los niños y las niñas deben vivir sin miedo, protegidos de situaciones de violencia, malos tratos y explotación. Como tal, la infancia significa mucho más que el tiempo que transcurre entre el nacimiento y la edad adulta. Se refiere al estado y la condición de la vida de un niño, a la calidad de esos años.
Integración. Proceso que busca, mediante mecanismos diversos que se vayan incorporando a la salud y a la economía, a los sectores y grupos que se han ido marginando del desarrollo de la vida comunitaria.
Niño. Persona que tiene entre 0 años y 11 años 11 meses de edad.
Organizaciones de la sociedad civil (OSC): Personas morales sin fines de lucro bajo la definición de la Ley Federal de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
Perspectiva Familiar y Comunitaria: Es el enfoque que revalora a la persona a través de su dimensión familiar y comunitaria; parte del reconocimiento a la dignidad de la persona humana, como fin en si mismo, y opera mediante el desarrollo integral de la familia y la relación con otras instancias, en especial con la comunidad.
Prevención. Conjunto de procesos que estimulan el desarrollo humano y que con ello tratan de evitar la aparición y proliferación de problemas socialmente relevantes.
Programa. Programa para la Protección y el Desarrollo Integral de la Infancia.
Programa Anual de Trabajo. Se refiere a los Programas Anuales de Trabajo, que elaboran los Sistemas Estatales DIF como instancias ejecutoras, en las que se detallan las actividades a desarrollar y la población a beneficiar.
Riesgo. Todas aquellas circunstancias que favorecen, determinan o propician la realización de un daño o incrementan su posibilidad.
Sistemas DIF Estatales: Se refiere a los Sistemas Estatales para el Desarrollo Integral de la Familia de las 31 Entidades Federativas y del Distrito Federal.
SNDIF: Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
Sujetos de asistencia social.
La Ley de Asistencia Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de septiembre del 2004, señala en su artículo 4o. que son sujetos de la asistencia social, preferentemente:
I. Todas las niñas, niños y adolescentes, en especial aquellos que se encuentren en situación de riesgo o afectados por:
a) Desnutrición;
b) Deficiencias en su desarrollo físico o mental, o cuando éste sea afectado por condiciones familiares adversas;
c) Maltrato o abuso;
d) Abandono, ausencia o irresponsabilidad de progenitores en el cumplimiento y garantía de sus derechos;
e) Ser víctimas de cualquier tipo de explotación;
f) Vivir en la calle;
g) Ser víctimas del tráfico de personas, la pornografía y el comercio sexual;
h) Trabajar en condiciones que afecten su desarrollo e integridad física y mental;
i) Infractores y víctimas del delito;
j) Ser hijos de padres que padezcan enfermedades terminales o en condiciones de extrema pobreza;
k) Ser migrantes y repatriados, y
l) Ser víctimas de conflictos armados y de persecución étnica o religiosa.
II. Las mujeres:
a) En estado de gestación o lactancia y las madres adolescentes;
b) En situación de maltrato o abandono, y
c) En situación de explotación, incluyendo la sexual.
III. Indígenas migrantes, desplazados o en situación vulnerable;
IV. Migrantes;
V. Adultos mayores en desamparo, incapacidad, marginación o sujetos a maltrato;
VI. Personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales;
VII. Dependientes de personas privadas de su libertad, de enfermos terminales, de alcohólicos o de fármaco dependientes
VIII. Víctimas de la comisión de delitos
UAPV: Unidad de Atención a Población Vulnerable.
Vulnerabilidad social. Se entiende como la condición de riesgo que padece un individuo, una familia o una comunidad, resultado de la acumulación de desventajas sociales e individuales, de tal manera que esta situación no puede ser superada en forma autónoma y queden limitados para incorporarse a las oportunidades de desarrollo.
ANEXO B Convenio de Concertación
CONVENIO DE CONCERTACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO "DIF NACIONAL" REPRESENTADO POR SU TITULAR, LA LIC. MARIA CECILIA LANDERRECHE GOMEZ MORIN, QUIEN SE HACE ASISTIR EN ESTE ACTO POR LOS CC. _____________ Y __________________, EN SU RESPECTIVO CARACTER DE OFICIAL MAYOR Y JEFE DE LA UNIDAD DE_ATENCION A POBLACION VULNERABLE Y POR LA OTRA, ____________________(GRUPOS SOCIALES O PARTICULARES INTERESADOS (PERSONAS FISICAS O MORALES) O INSTITUCIONES ACADEMICAS) EN ADELANTE "___________", REPRESENTADO POR SU _________________________, EL/LA ___________________________, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
ANTECEDENTES
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo cuarto, establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar, aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos.
La misma Constitución determina en su artículo 25 que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la
democratización política, social y cultural de la nación.
II. Por su parte, la Ley de Planeación en sus artículos 28, 32, 37, 38 y 40 establece que los Planes y Programas especificarán las acciones que serán objeto de concertación por el ejecutivo federal (a través con los grupos sociales interesados, pudiéndose concertar con ellos o con los particulares la ejecución de dicho Plan y los referidos programas).
III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o., señala que se entiende por asistencia social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva.
Por su parte, el artículo 4o. de esta ley, define entre otros, que son sujetos de la asistencia social, entre los cuales se encuentran las niñas, niños y adolescentes del Programa para la Protección y Desarrollo Integral de la Infancia.
De igual manera, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley en mención, se establece la posibilidad de que el gobierno federal promueva la participación correspondiente de la sociedad en la planeación, ejecución y evaluación de la política nacional de asistencia social a través de concertar acciones y establecer acuerdos y convenios de colaboración con los sectores social y privado y con instituciones académicas, grupos y demás personas físicas y morales interesadas en la prestación de servicios de asistencia social, situación que se ratifica en el artículo 44 del ordenamiento legal en mención.
IV. Por otro lado, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece en su artículo 25, fracción VI que la programación y presupuestación anual del gasto público se realizará con apoyo en los anteproyectos que elaboren con base en la interrelación que en su caso exista con los acuerdos de concertación con los sectores social y privado.
V. El Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece en su artículo 178 párrafo segundo, que a efecto de coadyuvar a una visión integral de los programas sujetos a reglas de operación, las entidades participantes en los mismos promoverán la celebración de convenios con personas morales sin fines de lucro.
VI. En congruencia con lo anterior, con fecha ______, el "DIF NACIONAL", publicó en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa ___________________, que opera "DIF NACIONAL" en lo sucesivo referidas como las "REGLAS DE OPERACION" en las cuales se incluye el Subprograma de _________________________________ (en caso de contar con subprograma), mismo que tiene como objetivo general, el ___________________________________, entre otros.
DECLARACIONES
I. "DIF NACIONAL" declara que:
I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004 respectivamente, teniendo como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables y entre sus atribuciones y funciones, actúa en coordinación con dependencias y entidades federales, estatales y municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia.
I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y sumarse a iniciativas de la sociedad civil, a través de grupos sociales, particulares (personas físicas o morales) e instituciones académicas, en congruencia con las estrategias de desarrollo social y humano contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, para ampliar y potenciar el impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención concertar o colaborar con el "___________", para la ejecución de proyectos específicos.
I.3 Su Titular se encuentra facultada para celebrar el presente convenio de conformidad con lo previsto
por los artículos 37 inciso h) de la Ley de Asistencia Social; 22 fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 11 fracciones X, XII y XV, de su Estatuto Orgánico, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de febrero de 2006 y de acuerdo con el testimonio de la escritura pública número 90,026, pasada ante la fe del notario público número 127 del Distrito Federal, licenciado Jorge Sánchez Pruneda, de fecha 16 de enero de 2007; así mismo los CC. Oficial Mayor y Jefe de la Unidad de Atención a Población Vulnerable, cuentan con facultades igualmente para asistir a la C. Titular en la firma del presente instrumento jurídico, jurídico, de conformidad con los artículos 15 fracción XVII, 16 fracción IV, y 19 fracciones XXVI y XXIX del Estatuto Orgánico anteriormente referido.
I.4 El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PND), establece en su eje rector No. 3 IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, lo siguiente:
La finalidad de la política social de esta Administración es lograr el desarrollo humano y el bienestar de los mexicanos a través de la igualdad de oportunidades.
El PND, establece en la línea de acción No. 3.6 GRUPOS VULNERABLES, que: Es obligación del Estado propiciar igualdad de oportunidades para todas las personas, y especialmente para quienes conforman los grupos más vulnerables de la sociedad, como los adultos mayores, niños y adolescentes en riesgo de calle, así como a las personas con discapacidad. La igualdad de oportunidades debe permitir tanto la superación como el desarrollo del nivel de vida de las personas y grupos más vulnerables. Estas oportunidades deben incluir el acceso a servicios de salud, educación y trabajo acorde con sus necesidades.
El PND, establece en la línea de acción No. 3.7 Familia, niños y jóvenes, que: Una de las grandes riquezas humanas y sociales de la cultura mexicana es precisamente el valor de la familia.
La centralidad de la familia en el proceso del desarrollo humano plantea la necesidad de impulsar acciones que ayuden a consolidar los procesos de formación y de realización que se verifican en su interior. Muchas familias requieren de apoyo especial para salir adelante y cumplir así su función de formación educativa, de formación en valores y de cuidado de la salud, entre otras. Las políticas de fortalecimiento familiar tendrán entonces un efecto múltiple positivo en cada uno de sus miembros, especialmente en los niños y niñas, así como en los jóvenes.
El PND, establece en el objetivo 18: Desarrollar una política pública dirigida a la familia, entendida en su diversidad y complejidad, con el fin de reducir la vulnerabilidad social mediante la promoción y fortalecimiento como ámbito natural de prevención y desarrollo.
El PND, establece en el objetivo 19: Instrumentar políticas públicas transversales que garanticen las condiciones necesarias para el desarrollo integral de los jóvenes.
El PND, establece en el objetivo 20: Promover el desarrollo sano e integral de la niñez mexicana garantizando el pleno respeto a sus derechos, la atención a sus necesidades de salud, alimentación, educación y vivienda, y promoviendo el desarrollo pleno de sus capacidades.
I.5 Que en los términos de los artículos 32, 37, 38 y 40 de la Ley de Planeación, celebra el presente convenio como instrumento de concertación en materia de atención al Programa para la Protección y Desarrollo Integral de la Infancia con "___________" para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de concertación y/o colaboración en materia de _________.
I.6 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este Convenio, el ubicado en Avenida Emiliano Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310, México, Distrito Federal.
II. "__________________________", declara que:
II.1 Es _____________________________(grupo social, persona moral o física o Institución Académica, etc.), creado por _____________________________ (Estatutos, Poder Notarial, RFC, Ley Orgánica, etc.) de fecha ____________________________, regulado por _____________________________.
II.2 Tiene por objeto __________________________________; así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables.
II.3 Su _____________________________, quien acredita su personalidad con ____________________________en el Estado de __________________________de fecha _____________________________, emitido por _____________________________, se encuentra facultado para celebrar el presente convenio de concertación (y/o colaboración).
II.4 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este Convenio, el ubicado en ______________________________.
III. "LAS PARTES" declaran conjuntamente que:
III.1 Ante la necesidad de emprender acciones concertadas tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de la población sujeta de asistencia social, es su interés y su voluntad suscribir el presente instrumento jurídico, en beneficio de la población sujeta a asistencia social del país;
III.2 Que reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo señalado en el presente Convenio, puede derivar para el país y para ambas partes;
III.3 Que reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente Convenio de Concertación (y/o colaboración).
III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado _____________________________ (ó Distrito Federal), asegurando la adecuada ejecución conjunta de acciones concertadas por ambas partes en materia de asistencia social, en el marco del Programa para la Protección y Desarrollo Integral de la Infancia, para la realización de acciones en beneficio de niñas, niños y adolescentes , de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas aplicables.
III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y servicios inherentes al objeto concertado y materia del presente convenio.
Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, 38, 39, 40 y 41 de la Ley de Planeación; 1o., 25 fracción VI, 75 fracción II segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 21 y 44, y demás relativos de la Ley de Asistencia Social, 22 fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178, párrafos segundo y tercero, y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; _______________________ del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010; 11 fracciones X, XII, XV, 15 fracción VII, 16 fracción IV y 19 fracciones XXVI y XXIX, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; ______ de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil o Ley Orgánica o Estatutos (de la Institución Académica) o Poder Notarial (Persona Moral), (según sea el caso); y el Acuerdo por el que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia da a conocer las Reglas de Operación del Programa para la Protección y Desarrollo Integral de la Infancia para el ejercicio fiscal 2010, las partes celebran el presente Convenio de Concertación (y/o colaboración) y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes:
CLAUSULAS
OBJETO
PRIMERA.- El objeto del presente convenio, es establecer las bases y procedimientos de concertación y/o colaboración, entre "LAS PARTES" para la ejecución del (proyecto, plan anual, etc, según el caso) denominado "____________________", así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán como subsidios para la ejecución del mismo, en el marco de las "REGLAS DE OPERACION" y conforme a las siguientes especificaciones:
__________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
(ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL PLAN, PROGRAMA, PROYECTO, ETC., A EJECUTAR Y QUE TENDRAN QUE PROPORCIONAR LAS AREAS OPERATIVAS DE LOS PROGRAMAS).
APORTACION DE RECURSOS
SEGUNDA.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010 las disposiciones contenidas en las "REGLAS DE OPERACION" y el oficio número ___________________ (OFICIO DE SUFICIENCIA PRESUPUESTAL ESPECIFICA DE DGPOP), "LAS PARTES" se comprometen a destinar un total de $_____________.00 (___________________), conforme a la distribución siguiente:
El "DIF NACIONAL" aportará recursos por concepto de subsidios considerados apoyos transitorios que prevén las "REGLAS DE OPERACION" por un monto de hasta $________________.00 (_____________________00/100 M.N.) y el/la ______________ por sí o a través de terceros, aportará recursos por un monto de hasta $_____________.00 (_____________________00/100 M.N.). (en caso de que existan recursos de los grupos sociales, privados o Instituciones académicas participantes).
NATURALEZA DE LOS RECURSOS
TERCERA.- Los recursos que aporta el "DIF NACIONAL" para el cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realizan de conformidad con las "REGLAS DE OPERACION", serán considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter federal al ser canalizados a "_____________".
Asimismo, "LAS PARTES" aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de "DIF NACIONAL" y la administración, aplicación, información y en su caso la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de "__________________", de conformidad con la normatividad aplicable.
Los recursos que no se destinen a los fines autorizados, en este convenio, o en las "REGLAS DE OPERACION", o no se encuentren devengados al 31 de diciembre de 2010, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, a través de "DIF NACIONAL" en los términos que señalen las disposiciones aplicables, incluyendo rendimientos financieros e intereses por el "_______________".
CUENTA BANCARIA
CUARTA.- Los recursos que proporcione "DIF NACIONAL", se ejercerán por medio de una cuenta bancaria productiva, la cual el "_____________", se obliga a aperturar especial y exclusivamente para la administración de los recursos federales materia del presente instrumento jurídico y que distinga contablemente su origen e identifique que las erogaciones correspondan a los fines del proyecto.
Los depósitos de los recursos federales, estarán sujetos (de ser el caso) a la presentación previa por parte del "____________" del recibo fiscal que en derecho corresponda a satisfacción de "DIF NACIONAL".
COMPROMISOS DE LAS PARTES
QUINTA.- El "_______________" se compromete a:
a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la Cláusula Segunda, así como supervisar que la ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente Convenio, se realicen de acuerdo a lo señalado en los mismos, a las disposiciones de las "REGLAS DE OPERACION" y demás normatividad aplicable;
b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula segunda de este convenio, garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto materia del presente instrumento jurídico así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales;
c) Informar cuando menos en forma trimestral al "DIF NACIONAL" a través de la Dirección General para Protección a la Infancia, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el cual se aprobaron apoyos con las metas y objetivos alcanzados a la fecha, anexando los documentos que acrediten fehacientemente la correcta aplicación de los recursos;
d) Presentar al "DIF NACIONAL", la información necesaria para la integración del Informe de Cuenta Pública de los apoyos a que se refiere el presente instrumento, con base en los formatos y lineamientos que en su oportunidad le dé a conocer el "DIF NACIONAL".
e) Entregar al "DIF NACIONAL", el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la ejecución de las acciones materia de este instrumento;
f) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, a través de "DIF NACIONAL", los recursos federales presupuestales, y en su caso, los productos financieros que no se hubieran destinado a los fines autorizados o no se encuentren devengados al cierre del ejercicio fiscal correspondiente , o por alguna otra causal considerada en este instrumento jurídico y/o las "REGLAS DE OPERACION".
g) Conservar debidamente resguardada, durante el periodo que establece la normatividad aplicable en vigor, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que con base en el presente instrumento jurídico se entregan;
h) Publicar los avances físicos-financieros en las páginas del sistema de Internet que tenga disponibles, así como en los medios y con la frecuencia que al efecto determinen ambas partes;
i) Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, metas, lineamientos generales,
porcentajes de aportación y objetivos del proyecto materia del presente convenio;
j) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión e inspección, y brindar la información y documentación desagregada por género que solicite el "DIF NACIONAL", la Secretaría de la Función Pública y/o las instancias fiscalizadoras, para los efectos que dichas instancias requieran;
k) Justificar el ejercicio de los subsidios otorgados por el "DIF NACIONAL" a la Dirección General para Protección a la Infancia,
l) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del "DIF NACIONAL", tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto; y
m) En general, cumplir y observar en todo momento (en los casos en que sea aplicable) las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal ______, las "REGLAS DE OPERACION" y las demás aplicables conforme a la legislación vigente.
Las partes acuerdan que para efectos del inciso c) de esta cláusula, los informes de avance o final del proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, "__________" acepta que la información contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez, eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las unidades administrativas del "DIF NACIONAL" o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las disposiciones aplicables.
SEXTA.- El "DIF NACIONAL", se compromete a realizar las acciones siguientes:
a) Asignar y aportar los recursos económicos federales previstos en la cláusula segunda de este convenio, para el cumplimiento de "_______________", habiendo cumplido ésta (e) con las obligaciones a su cargo referidas en la cláusula cuarta;
b) Otorgar la asistencia técnica y orientación al "__________" cuando éste se la solicite;
c) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las "REGLAS DE OPERACION".
SEPTIMA.- "LAS PARTES", se comprometen a:
Las partes acuerdan que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos deberá contener la leyenda:
"Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este Programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo a la ley aplicable y ante la autoridad competente".
REPRESENTANTES DE LAS PARTES
OCTAVA.- Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente instrumento jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del proyecto "LAS PARTES", designan al respecto a los siguientes representantes:
"DIF NACIONAL" | ________________________________________________ JEFE DE LA UNIDAD DE ATENCION A POBLACION VULNERABLE ó DIRECTOR GENERAL DE PROTECCION A LA INFANCIA. |
"____________-" | __________________________________ (Quien cuente con facultades de representación) _________________________________. |
Los representantes titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar decisiones, los cuales deberán ser cuando menos del nivel jerárquico inferior siguiente al del representante titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas.
SUSPENSION O CANCELACION DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS
NOVENA.- "__________" acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, el "DIF NACIONAL", atendiendo a la gravedad y origen del incumplimiento, podrá suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o parcialmente, la entrega de los apoyos asignados al proyecto materia de este convenio.
Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes:
a) No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente que notoriamente adviertan ineficiencia o deshonestidad, o se adviertan desvíos de recursos para realizar acciones ajenas al Programa;
b) Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo;
c) No acepten la realización de visitas de supervisión e inspección, cuando así lo soliciten el "DIF NACIONAL", la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente o autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados;
d) No entregue a la la Dirección General de Protección a la Infancia, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos del proyecto;
e) Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos apoyados;
f) Con motivo de la inviabilidad del proyecto, en razón de la alteración o cambio de las condiciones sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras;
g) Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos federales;
h) Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado;
i) En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las "REGLAS DE OPERACION" y las disposiciones que derivan de éstas.
"___________" acepta, que ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, deberá reintegrar a la Tesorería de la Federación a través de "DIF NACIONAL" la totalidad de los recursos otorgados, así como los rendimientos financieros u otros conceptos generados;
TRANSPARENCIA
DECIMA.- "LAS PARTES" convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados a los apoyos de los proyectos a que se refiere el presente convenio, consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos apoyados, así como sus avances físicosfinancieros en las páginas electrónicas oficiales de Internet que tengan disponibles.
CONVENCIONES GENERALES
DECIMA PRIMERA.- El personal de cada una de "LAS PARTES" que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio de Concertación y/o Colaboración permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la parte con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada o realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen.
DECIMA SEGUNDA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y hasta el cumplimiento de su objeto, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los datos generales de la parte que desea terminar el convenio, con por lo menos (30) treinta días hábiles de antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución deberán ser concluidas salvo acuerdo en contrario.
En caso de que "____________" incumpla sus obligaciones señaladas en este instrumento jurídico, el "DIF NACIONAL" podrá rescindir administrativamente el presente convenio, dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de acción judicial o arbitral previa.
Consecuentemente, "___________" acepta que ante la rescisión del Convenio, éste quedará obligado en el término que le establezca el "DIF NACIONAL", a la devolución de la cantidad señalada en la cláusula segunda de este convenio o su parte proporcional, según sea el caso, sin responsabilidad alguna por los gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiere realizado.
DECIMA TERCERA.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente convenio, serán pactadas de común acuerdo entre las partes y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento de su suscripción.
DECIMA CUARTA.- "LAS PARTES", por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las características, alcances y resultados de la concertación y colaboración prevista en el presente convenio.
DECIMA QUINTA.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente Convenio, "LAS PARTES" lo resolverán de común acuerdo, de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes radicados en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
Enteradas las partes de los términos y alcances legales del presente convenio de ___________, lo firman en ___ tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, a ____________ del _________.
POR EL "DIF NACIONAL" LA TITULAR DEL ORGANISMO LIC. MARIA CECILIA LANDERRECHE GOMEZ MORIN | | POR "________________" __________________________ (NOMBRE Y CALIDAD CON LA QUE ACTUA EN REPRESENTACION) |
EL OFICIAL MAYOR _________________________________ |
EL JEFE DE LA UNIDAD DE ________________ (UAPV), _____________________________________ |
ANEXO C. Programa Anual de Trabajo. Formatos e Instructivos.
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL PROGRAMA ANUAL DE TRABAJO
1. Anotar el nombre de la Entidad Federativa.
2. Asentar el mes y año en que se realiza.
3. Escribir el nombre completo del Director General del Sistema Estatal DIF.
4. Escribir el nombre completo de la persona responsable de coordinar y vigilar la ejecución del Programa Anual de Trabajo y que fungirá como enlace con la Dirección General de Protección a la Infancia del SNDIF.
5. Escribir el nombre del puesto del coordinador del Programa Anual de Trabajo.
6. Anota los números telefónicos con clave lada y dirección de correo electrónico del coordinador.
7. Especificar el número de personas que participan en las estrategias de prevención y de atención por Sistema Estatal, Sistemas Municipales y de otras instituciones. Anotar el total.
8. Describir las causas o razones por las que se realizará el Programa Anual de Trabajo. Especificar las situaciones de riesgo social que afectan a la población objetivo y que se pretender enfrentar con las acciones a emprender. Enunciar los beneficios que obtendrá la población objetivo.
9. Enunciar los diagnósticos oficiales realizados en el Estado sobre las principales problemáticas de la infancia, la adolescencia y las familias, describiendo las causas y situaciones sociales que sustenten las temáticas que se abordarán en el Programa Anual de Trabajo.
10. Explicitar que se espera lograr al término de la ejecución del Programa Anual de Trabajo con relación a las problemáticas encontradas según diagnósticos. La redacción del objetivo inicia con un verbo en infinitivo y responde a los cuestionamientos que, a quiénes, dónde, cómo y para qué.
11. Describir cuantitativamente y cualitativamente los resultados esperados en las estrategias de Prevención y de Atención conforme a lo planteado en el objetivo general. Redactar un objetivo específico para cada una de las dos estrategias cuidando que estén integradas y se vean reflejadas cada una de las temáticas que incluya el Programa Anual de Trabajo.
12. Asentar el nombre de la temática institucional (con base a las establecidas en las Reglas de Operación del Programa para la Protección y el Desarrollo Integral de la Infancia) que se abordarán con las acciones en este Programa Anual de Trabajo.
13. Anotar el número y nombre de los Municipios que se tiene planeado incorporar en la realización de las acciones de acuerdo al formato anexo.
14. Redactar la finalidad que se persigue a término en la ejecución de las acciones y que constituye el beneficio a la población objetivo de la temática, considerada en el Programa Anual de Trabajo.
15. Anotar la cobertura que se pretende beneficiar conforme al histórico por cada grupo poblacional en las estrategias de prevención y de atención según corresponda.
16. Describir las acciones a desarrollar en la estrategia correspondiente, mismas que deberán estar alineadas al propósito que se pretende alcanzar en cada temática. Redactarlas incluyendo el nombre de la actividad y el cómo la desarrollará.
17. Conforme al catálogo establecido seleccionar la (s) opción (es) que corresponda (n) tomando en cuenta que la actividad puede tener una o varias unidades de medida.
18. Anotar el tipo de promedio según corresponda: acumulado o no acumulado.
19. Anotar la meta programada para cada acción en el trimestre correspondiente de acuerdo a las unidades de medida y al tipo de promedio indicadas.
20. Especificar en la casilla que corresponda la cantidad en pesos que se destinará para la realización de la actividad con base al subsidio federal y al recurso estatal asignado.
21. Escribir nombre y firma del Director General del Sistema Estatal DIF.
22. Escribir el nombre y firma de la Directora General de Protección a la Infancia del SNDIF.
_______________________________________