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DOF: 03/03/2010 |
DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-V-025-NORMEX-2010 DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-V-025-NORMEX-2010. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización. DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-V-025-NORMEX-2010, BEBIDAS ALCOHOLICAS- DETERMINACION DE ADICION DE ALCOHOLES O AZUCARES PROVENIENTES DE CAÑA, SORGO O MAIZ A BEBIDAS ALCOHOLICAS PROVENIENTES DE UVA, MANZANA O PERA MEDIANTE LA RELACION ISOTOPICA DE CARBONO 13 (d (13)CVPDB), DETERMINACION DEL ORIGEN DE CO2 EN BEBIDAS ALCOHOLICAS GASEOSAS MEDIANTE LA RELACION ISOTOPICA DE CARBONO 13 (d (13)CVPDB ), DETERMINACION DE ADICION DE AGUA EN LOS VINOS MEDIANTE LA RELACION ISOTOPICA DEL OXIGENO 18 (d (18)OVSMOW), POR ESPECTROMETRIA DE MASAS DE ISOTOPOS ESTABLES - METODOS DE PRUEBA. La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, 54 y 66 fracciones III y V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de la norma mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como proyecto de norma mexicana bajo la responsabilidad del organismo nacional de normalización denominado Sociedad Mexicana de Normalización y Certificación, S.C. (NORMEX) lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de la norma que se indica puede ser adquirido en la sede de dicho organismo, ubicado en avenida San Antonio número 256, piso 7, colonia Ampliación Nápoles, Delegación Benito Juárez, código postal 03849, México, D.F. o consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México. La presente Norma entrará en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación. CLAVE O CODIGO | TITULO DE LA NORMA | NMX-V-025-NORMEX-2010 | BEBIDAS ALCOHOLICAS-DETERMINACION DE ADICION DE ALCOHOLES O AZUCARES PROVENIENTES DE CAÑA, SORGO O MAIZ A BEBIDAS ALCOHOLICAS PROVENIENTES DE UVA, MANZANA O PERA MEDIANTE LA RELACION ISOTOPICA DE CARBONO 13 (d1³CVPDB), DETERMINACION DEL ORIGEN DE CO2 EN BEBIDAS ALCOHOLICAS GASEOSAS MEDIANTE LA RELACION ISOTOPICA DE CARBONO 13 (d1³CVPDB), DETERMINACION DE ADICION DE AGUA EN LOS VINOS MEDIANTE LA RELACION ISOTOPICA DEL OXIGENO 18 (d18OVSMOW), POR ESPECTROMETRIA DE MASAS DE ISOTOPOS ESTABLES - METODOS DE PRUEBA. | Objetivo y campo de aplicación Está Norma Mexicana establece los métodos de prueba para: a) Determinar el origen de los alcoholes contenidos en los aguardientes de uva, brandies, vinos, vinos espumosos, productos vinícolas y sidras mediante la relación isotópica de carbono 13 (d13CVPDB) por espectrometría de masas de isótopos estables. b) Determinar el origen del CO2 en vinos espumosos y bebidas alcohólicas gaseosas mediante las relaciones isotópicas de d13CVPDB y d18OVPDB del CO2 contenido en la interfase gaseosa dentro de la botella antes de abrir para su consumo, en los vinos espumosos realizados por el método clásico (Champenoise) o Granvás (Charmat). c) Identificación del origen del agua contenida en los vinos mediante la determinación de d18OVSMOW. Esta Norma Mexicana es aplicable a: a) La detección de alcoholes derivados de la caña de azúcar, maíz o sorgo mezclados con, aguardientes de uva, Brandy, vinos de mesa y sidras siempre y cuando contengan al menos 20% de alcohol proveniente de uva, manzana y/o pera respecto al contenido de alcohol total. b) Detección del origen del CO2 en los vinos espumosos realizados por el método clásico (Champenoise) o Granvás (Charmat). c) Detección de adición de agua de origen exógeno a los vinos. Nota: Esta norma no aplica para la detección de adición de azúcar de remolacha. | Concordancia con normas internacionales Esta Norma no concuerda con ninguna norma internacional, por no existir referencia al momento de su elaboración. | México, D.F., a 17 de febrero de 2010.- El Director General de Normas, Francisco Ramos Gómez.- Rúbrica.
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