ACUERDO por el que se delega en el Subsecretario de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la facultad de autorizar el Dictamen de Procedencia de la Contratación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
ERNESTO JAVIER CORDERO ARROYO, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 16, cuarto párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 4o. y 6o., fracción XXIX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y
CONSIDERANDO
Que del artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se desprende que corresponde originalmente a los titulares de las secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia y que, para la mejor organización del trabajo, podrá delegarlos en servidores públicos subalternos, con excepción de aquellas atribuciones indelegables que deban ser ejercidas por dichos titulares;
Que el artículo 16, cuarto párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, establece que el dictamen de procedencia para la celebración de contratos en el extranjero respecto de bienes, arrendamientos y servicios que deban ser utilizados o prestados fuera del territorio nacional, o que los mismos sean de procedencia extranjera y se acredite previamente que el procedimiento de contratación y los contratos no pueden realizarse en territorio nacional, será autorizado por el titular de la dependencia, o aquel servidor público en quién éste delegue dicha atribución, y
Que es conveniente agilizar los procedimientos para el otorgamiento del dictamen de procedencia mencionado en el considerando anterior, sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones aplicables; en razón de lo anterior, se estima necesario delegar dicha facultad en el Subsecretario de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se delega en el Subsecretario de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la facultad de autorizar el dictamen de procedencia de la contratación en el extranjero respecto de bienes, arrendamientos y servicios que deban ser utilizados o prestados fuera del territorio nacional, o que los mismos sean de procedencia extranjera y se acredite previamente que el procedimiento de contratación y los contratos no pueden realizarse en territorio nacional, únicamente respecto de las áreas usuarias o requirentes adscritas a la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
SEGUNDO.- Las autorizaciones que se otorguen en el ejercicio de la facultad que se delega deberán constar por escrito y cumplir con las disposiciones que al efecto señalen las disposiciones aplicables.
TRANSITORIO
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad México, a cinco de marzo de 2010.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Ernesto Javier Cordero Arroyo.- Rúbrica.