CONVOCATORIA para presentar las solicitudes de apoyo del Programa para el Desarrollo de las Industrias de Alta Tecnología (PRODIAT).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
CONVOCATORIA PARA PRESENTAR LAS SOLICITUDES DE APOYO DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LAS INDUSTRIAS DE ALTA TECNOLOGIA (PRODIAT).
La Secretaría de Economía con fundamento en los artículos 3 y 23 fracciones II, III, IV y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 18 y 26 de las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de las Industrias de Alta Tecnología (PRODIAT), y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Economía constituyó el PRODIAT, con el objetivo general de potenciar la competitividad de las industrias de alta tecnología, atendiendo las fallas de mercado que obstaculizan el crecimiento de sus ventas, producción, empleo, valor agregado, productividad y competitividad, por medio del otorgamiento de apoyos de carácter temporal.
CONVOCA A
A) Las personas físicas con actividad empresarial y personas morales, que realizan actividades clasificadas en los siguientes subsectores definidos en el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte:
333 Fabricación de maquinaria y equipo,
334 Fabricación de equipo de computación, comunicación, medición y de otros equipos, componentes y accesorios electrónicos,
335 Fabricación de equipo de generación eléctrica y aparatos y accesorios eléctricos,
336 Fabricación de equipo de transporte y partes para vehículos automotores;
B) Los organismos empresariales de las personas a las que se refriere el inciso A;
C) Los proveedores de primer nivel de las personas a las que se refiere el inciso A, y;
D) Las instituciones académicas y de investigación y desarrollo; los organismos públicos, privados o mixtos sin fines de lucro, siempre que desarrollen proyectos para las personas a las que se refriere el inciso A;
A presentar proyectos para remediar fallas de mercado en las industrias de la fabricación de maquinaria y equipo; de equipo de computación, comunicación, medición y de otros equipos, componentes y accesorios electrónicos; de equipo de generación eléctrica y aparatos y accesorios eléctricos, y; de equipo de transporte y partes para vehículos automotores, siempre y cuando la naturaleza y finalidad de los subsidios se vinculen con los objetivos del PRODIAT.
Para acceder a los apoyos del PRODIAT serán elegibles, sin distinción de género, raza, credo, condición socioeconómica o cualquier otra causa que implique discriminación, la población objetivo que cumpla con los requisitos de elegibilidad y criterios de selección establecidos en las Reglas de Operación y que presente proyectos que correspondan a los siguientes:
I. Rubros temáticos de apoyo y conceptos específicos:
1. Asistencia técnica, capacitación y otros servicios relacionados para reducir el riesgo y los costos hundidos asociados a la capacitación y consultorías especializadas en la aplicación industrial de productos y procesos innovadores.
1.1 Cursos para la formación y capacitación especializada de capital humano.
1.2 Consultoría especializada en aplicación industrial de productos y procesos innovadores.
1.3 Adquisición y/o pago de regalías y/o licencias por tecnología, únicamente el pago inicial.
1.4 Gastos asociados a la protección de la propiedad intelectual.
2. Asistencia técnica, para aumentar la eficiencia en las decisiones de compra de maquinaria, insumos y servicios de alta especialización.
2.1 Consultoría especializada en materia de tecnologías disponibles e implementación.
2.2 Estudios de diagnóstico y prospectiva.
2.3 Estudios para identificar insumos con demanda elevada.
2.4 Estudios para identificar capacidades tecnológicas y de manufactura.
2.5 Estudios de mercado.
2.6 Asistencia a eventos que tengan como temática principal promover el conocimiento de oportunidades de negocios y/o el establecimiento de contratos de proveeduría.
3. Acceso y recursos para obtener información especializada de la situación actual en los mercados, y de sus tendencias tecnológicas, productivas y de demanda.
3.1 Asistencia a eventos que tengan como temática principal promover el conocimiento de oportunidades de negocios y/o el establecimiento de contratos de proveeduría.
3.2 Realización de eventos que tengan como temática principal promover el conocimiento de oportunidades de negocios y/o el establecimiento de contratos de proveeduría.
3.3 Desarrollo de Portales en Internet que contengan información de la situación actual en los mercados, y de sus tendencias tecnológicas, productivas y de demanda, así como de las capacidades de la industria, los centros de investigación y las instituciones educativas.
3.4 Estudios de diagnóstico y prospectiva.
3.5 Estudios para identificar insumos con demanda elevada.
3.6 Estudios de mercado.
II. Aportación del Programa
La aportación del programa a los proyectos presentados, será de hasta en 50 por ciento sobre el costo total del proyecto, sólo en casos autorizados por el Consejo Directivo del PRODIAT el porcentaje máximo de apoyo será de 70 por ciento del costo total del proyecto, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal. Los montos máximos por concepto específico de gasto en los que podrá incurrir un proyecto con recursos del PRODIAT se listan en Anexo A de las Reglas de Operación.
Para la entrega de los apoyos destinados a los beneficiarios, éstos deberán suscribir un Convenio de Colaboración con la Secretaría de Economía, así como cumplir con todos los requisitos que establecen las Reglas de Operación y la normatividad correspondiente del Gobierno Federal.
III. Presentación de las Solicitudes de Apoyo
Las Solicitudes de Apoyo junto con la documentación soporte completa deberán presentarse en las oficinas de la Dirección General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología (DGIPAT) de la Secretaría de Economía, en la avenida Insurgentes Sur número 1940, piso 6, Código Postal 01030, México, Distrito Federal. El horario en el que se recibirán dichos documentos es de 9:00 a 14:30 horas de lunes a viernes. No se dará trámite a propuestas incompletas.
Se deberá presentar la solicitud conforme al formato correspondiente con homoclave SE-05-005, "Solicitud de Apoyo del Programa para el Desarrollo de las Industrias de Alta Tecnología (PRODIAT)", disponible en la página electrónica de la Secretaría de Economía www.economia.gob.mx y en la página electrónica de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria http://www.cofemer.gob.mx/BuscadorTramites/BuscadorGeneralHomoclave.asp.
Cada solicitud deberá llenarse tomando en cuenta la "Guía de Presentación de Proyectos del PRODIAT", que está disponible en la página electrónica de la Secretaría de Economía www.economia.gob.mx.
IV. Casos especiales
Las personas que hayan presentado solicitud durante 2009 y que hayan sido notificadas del Acuerdo PRODIAT-2009-III-ORD-004, podrán presentar sólo la Solicitud de Apoyo (Anexo B) acompañada de un escrito libre. En el escrito deberán manifestar su voluntad de que sean tomados en cuenta los proyectos, antecedentes y/o documentos que en su oportunidad hayan sido entregados en las oficinas de la DGIPAT. Lo anterior, sin limitación para que la DGIPAT requiera información para cumplimentar los Requisitos de Elegibilidad y Criterios de Evaluación establecidos en las Reglas de Operación.
V. Resolución de Solicitudes
El Consejo Directivo del PRODIAT emitirá la resolución que corresponda a las Solicitudes de Apoyo para Proyectos, a más tardar después de tres meses una vez cumplidos los Requisitos de Elegibilidad y los Criterios de Selección, asimismo publicará en la página electrónica de la Secretaría de Economía www.economia.gob.mx, los listados de los proyectos y montos aprobados.
El Beneficiario deberá acudir a firmar el Convenio de Colaboración dentro de los 20 días hábiles siguientes a la notificación de la aprobación de la Solicitud de Apoyo, apercibido de que si no comparece en dicho término, el proyecto podrá ser cancelado sin responsabilidad alguna para la Secretaría de Economía, la Subsecretaría de Industria y Comercio, los miembros del Consejo Directivo del PRODIAT u otras instancias que intervengan en el proceso.
La información recibida, así como la difusión y divulgación de los resultados materia de los proyectos, será manejada con los criterios y prácticas establecidas en las Reglas de Operación, para asegurar la confidencialidad y su correcto manejo, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
VI. Vigencia de la Convocatoria
La Convocatoria tendrá una vigencia de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
VII. Consideraciones Generales
No se someterán a evaluación las solicitudes de apoyo para proyectos que estén recibiendo apoyos de otros programas federales para el mismo concepto, que impliquen sustituir su aportación o duplicar apoyos o subsidios, conforme a lo establecido en las Reglas de Operación.
Bajo ningún concepto podrán ser Beneficiarios del PRODIAT los servidores públicos de la Subsecretaría de Industria y Comercio, de las Delegaciones o Subdelegaciones Federales o en general de la Secretaría de Economía, de las Secretarías de Desarrollo Económico o su equivalente de las entidades federativas, así como sus cónyuges o parientes consanguíneos y las demás personas que al efecto se refieran en las legislaciones federal y estatales aplicables en materia de responsabilidades de los servidores públicos.
VIII. Mayor información
Los interesados podrán ampliar la información consultando:
· El Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de las Industrias de Alta Tecnología (PRODIAT), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2009.
Este Acuerdo está disponible en la página electrónica de la Secretaría de Economía www.economia.gob.mx; y puede solicitarse a través del correo electrónico jpalma@economia.gob.mx o a través del teléfono 5229-61-00, extensión 34436.
· La Guía de Presentación de Proyectos del PRODIAT que está disponible en la página electrónica de la Secretaría de Economía www.economia.gob.mx.
México, D.F., a 22 de marzo de 2010.- El Director General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología, Jesús Serrano Landeros.- Rúbrica.
(R.- 304252)