DOF: 04/04/2014
CONVOCATORIA para seleccionar a los consejeros sociales que integrarán la Coordinación de Evaluación de la política nacional de cambio climático

CONVOCATORIA para seleccionar a los consejeros sociales que integrarán la Coordinación de Evaluación de la política nacional de cambio climático.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático.

CONVOCATORIA PARA SELECCIONAR A LOS CONSEJEROS SOCIALES QUE INTEGRARÁN LA COORDINACIÓN DE EVALUACIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO.
MARÍA AMPARO MARTÍNEZ ARROYO, Directora General del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, con fundamento en los artículos 18, 21, 23, 24, 25, 98, 101 y 102, Octavo Transitorio y demás relativos de la Ley General de Cambio Climático, 29, 30 y 31 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, y
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía de gestión, sectorizado en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal, de conformidad con los artículos 14 y 15 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y 13, 14, 15, 16 y 22 de la Ley General de Cambio Climático;
SEGUNDO.- Que los artículos 25 y 98 de la Ley General de Cambio Climático disponen que la evaluación de la política nacional de cambio climático podrá realizarse por la Coordinación de Evaluación o, a través de uno o varios organismos independientes, y que se llevará a cabo periódica y sistemáticamente para proponer, en su caso, su modificación, adición, o reorientación total o parcialmente;
TERCERO.- Que de acuerdo con el artículo 23 de la Ley General de Cambio Climático, la Coordinación de Evaluación estará integrada por:
I.     El titular del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, y
II.     Seis consejeros sociales, representantes de la comunidad científica, académica, técnica e industrial, con amplia experiencia en materia de medio ambiente, particularmente en temas relacionados con el cambio climático.
Para la implementación de sus acuerdos la Coordinación de Evaluación contará con un Secretario Técnico, que será el titular de la Coordinación de Cambio Climático del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático y que contará con nivel mínimo de director general, de conformidad con el artículo 24 de la Ley General de Cambio Climático.
CUARTO.- Que la Coordinación de Evaluación tendrá las atribuciones previstas en el artículo 29 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de octubre de 2013, mismo que se encuentra disponible en la dirección electrónica: http://www.inecc.gob.mx;
QUINTO.- Que el artículo 23 de la Ley General de Cambio Climático dispone que los consejeros sociales durarán cuatro años en el cargo y sólo podrán ser reelectos por un periodo, y que serán designados por la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático a través de una convocatoria pública que deberá realizar el titular del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático. Por lo que he tenido a bien expedir la siguiente:
CONVOCATORIA
A los representantes de la comunidad científica, académica, técnica e industrial que deseen integrar la Coordinación de Evaluación, bajo las siguientes:
BASES
PRIMERA.- Podrán participar representantes de la comunidad científica, académica, técnica e industrial, que cumplan con los siguientes requisitos:
I.     Demostrada experiencia en el diseño, implementación y evaluación de políticas públicas y programas en materia ambiental, de cambio climático u otros temas afines, preferentemente en las materias y objetivos establecidos en los artículos 101 y 102 de la Ley General de Cambio Climático;
II.     Contar con un grado académico de doctorado o experiencia profesional equivalente, en todo caso, con un grado mínimo de maestría;
Se dará preferencia a los candidatos que sean o hayan sido miembros del Sistema Nacional de
Investigadores, o que colaboren o hayan colaborado en instituciones de investigación o de desarrollo tecnológico, o hayan colaborado en organismos internacionales bilaterales, regionales, o multilaterales relacionados con medio ambiente o cambio climático.
SEGUNDA.- Para el proceso de selección de los seis consejeros sociales se considerará lo siguiente:
I.     La designación de los consejeros sociales se realizará por la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático dentro del plazo de tres meses a partir de la publicación de la presente Convocatoria.
II.     Los aspirantes a consejero social deberán presentar lo siguiente:
A)    Un documento con firma autógrafa, de no más de cuatro cuartillas escritas en letra Arial de 12 puntos, a espacio sencillo, manifestando su voluntad para ser considerado como candidato a integrar la Coordinación de Evaluación, sus consideraciones acerca de los principales retos del cambio climático y sus implicaciones para las políticas públicas, y su perspectiva de la importancia de la evaluación de la política nacional de cambio climático, explicando igualmente cómo su experiencia contribuiría con dicha tarea.
B)    Currículum Vítae que permita valorar sus méritos, experiencias y logros destacados en los temas establecidos en la Base Primera de la presente Convocatoria, cuya extensión no deberá exceder 15 cuartillas, en letra Arial de 12 puntos, a espacio sencillo, incluyendo, en su caso, la referencia completa de sus publicaciones.
TERCERA.- Los documentos señalados en las Bases anteriores deberán presentarse por el interesado o representante autorizado con carta poder, a más tardar el día 23 de mayo de 2014, en las instalaciones del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático ubicadas en Periférico Sur No. 5000, en oficialía de partes ubicada en la planta baja, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Delegación Coyoacán, Código Postal 04530 en un horario de 9:30 a 14:00 y de 16:30 a 18:00 horas, en sobre cerrado, ostentando claramente el nombre del candidato interesado a formar parte de la Coordinación de Evaluación, así como domicilio, teléfono y correo electrónico. Los y las interesadas también podrán enviar los documentos referidos en la presente Convocatoria, en formato PDF a la siguiente dirección electrónica: convocatoria.evaluacion@inecc.gob.mx dentro del plazo establecido en la presente Base, debiendo recibir el respectivo acuse de recepción. En caso contrario, deberán comunicarse al teléfono 54246441 Ext. 13124.
CUARTA.- La recepción y revisión de la documentación estará a cargo de la Dirección General del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático. Posteriormente, en caso de advertir la falta de alguno de los documentos señalados en la Base Segunda de la presente Convocatoria, la Dirección General prevendrá al interesado dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, vía correo electrónico y por una sola vez, para que subsane la omisión en un plazo improrrogable de cinco días hábiles, contados a partir de que se notifique dicha falta al solicitante. Transcurrido el plazo sin que el interesado desahogue la prevención, la solicitud respectiva quedará sin efecto.
QUINTA.- La Dirección General del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático integrará los expedientes de los candidatos con las opiniones que, en su caso, considere necesarias respecto de si cada uno de los candidatos cumple con lo previsto en la Base Primera y Segunda, y los remitirá a la Secretaría Técnica de la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático en formato electrónico a más tardar 14 días naturales posteriores al cierre de la presente Convocatoria. Posteriormente, la Secretaría Técnica enviará los expedientes a los integrantes titulares y suplentes de dicha Comisión. La Comisión Intersecretarial de Cambio Climático evaluará a los candidatos conforme a los requisitos expresados en la Base Primera de la presente Convocatoria.
SEXTA.- La designación de los consejeros sociales se llevará a cabo conforme al siguiente procedimiento:
A)    La designación de los seis consejeros sociales se llevará a cabo en una sesión ordinaria o extraordinaria de la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático, de conformidad con los procedimientos establecidos en su Reglamento Interior, la cual se celebrará dentro del periodo de tres meses a partir de la publicación de la presente Convocatoria, de conformidad con el artículo Octavo Transitorio y demás relativos de la Ley General de Cambio Climático.
 
B)    La convocatoria para celebrar la sesión ordinaria o extraordinaria de la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático deberá acompañarse de la documentación en formato electrónico de todos los aspirantes que hubiesen cumplido con los términos y requisitos de la presente Convocatoria.
C)    La lista de los consejeros sociales designados por la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático será publicada en el Diario Oficial de la Federación y en la página de Internet del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (http://www.inecc.gob.mx).
SEPTIMA.- Los consejeros sociales que sean designados para formar parte de la Coordinación de Evaluación entrarán en funciones una vez que se formalice su designación y durarán en su cargo por un periodo de cuatro años a partir de dicha formalización. Los consejeros sociales designados recibirán un emolumento mensual de acuerdo con sus responsabilidades y de conformidad con la normatividad aplicable.
OCTAVA.- Los aspirantes a consejeros sociales que no resulten seleccionados podrán retirar su documentación en el domicilio señalado en la Base Tercera de la presente Convocatoria, dentro de los 30 días naturales posteriores a la publicación de la lista de los consejeros designados por la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático. Después de este periodo, los expedientes que no sean solicitados serán destruidos.
NOVENA.- Sin perjuicio de las responsabilidades que les confieran la Ley General de Cambio Climático y otras disposiciones aplicables, los consejeros sociales seleccionados podrán seguir colaborando en sus instituciones de origen, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
DECIMA.- Los consejeros sociales que formen parte de la Coordinación de Evaluación no podrán participar en las evaluaciones de la política, los programas y las acciones de cambio climático que se realicen, en su caso, a través de organismos independientes o instituciones externas. De la misma forma, deberán excusarse de intervenir en cualquier asunto en que tengan algún conflicto de intereses o concurra alguna circunstancia que pueda afectar su imparcialidad.
México, D.F., a 28 de marzo de 2014.- La Directora General, María Amparo Martínez Arroyo.- Rúbrica.
(R.- 387054)
 

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