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DOF: 10/04/2014 |
AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Sociedad Cruz de Piedra, con una superficie aproximada de 45-06-38 AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Sociedad Cruz de Piedra, con una superficie aproximada de 45-06-38.044 hectáreas, Municipio de Empalme, Son. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Dirección General de la Propiedad Rural. AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL "SOCIEDAD CRUZ DE PIEDRA", UBICADO EN EL MUNICIPIO DE EMPALME, ESTADO DE SONORA. LA DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE REGULARIZACIÓN DE LA PROPIEDAD RURAL, DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA PROPIEDAD RURAL DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, MEDIANTE OFICIO NÚMERO 30251 DE FECHA 27 DE ENERO DE 2014, EXPEDIENTE NÚMERO S/N, AUTORIZÓ A LA DELEGACIÓN ESTATAL, PARA QUE COMISIONARA PERITO DESLINDADOR, LA CUAL CON OFICIO NÚMERO 0493, DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2014, ME HA AUTORIZADO PARA QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 160 DE LA LEY AGRARIA; 101, 104 Y 105 DEL REGLAMENTO DE LA MISMA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, PROCEDA AL DESLINDE Y MEDICIÓN DEL PREDIO PRESUNTAMENTE PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO "SOCIEDAD CRUZ DE PIEDRA", SUPERFICIE APROXIMADA 45-06-38.044 HAS., UBICADO EN EL MUNICIPIO DE EMPALME, ESTADO DE SONORA, EL CUAL CUENTA CON LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS: AL NORTE: EJIDO CRUZ DE PIEDRA AL SUR: ESTERO BACHOCO AL ESTE: PRESUNTO TERRENO NACIONAL AL OESTE: ESTERO BACHOCO POR LO QUE, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 160 DE LA LEY AGRARIA Y 105 DEL REGLAMENTO DE LA LEY AGRARIA EN MATERIA DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL, DEBERÁ PUBLICARSE POR UNA SOLA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA, EN EL PERIÓDICO DE INFORMACIÓN LOCAL "EXPRESO", ASÍ COMO COLOCARSE EN LOS PARAJES MÁS CERCANOS AL MISMO TERRENO, CON EL OBJETO DE COMUNICAR A LAS PERSONAS QUE SE SIENTAN AFECTADAS EN SUS DERECHOS POR LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DE DESLINDE, A FIN DE QUE DENTRO DEL PERIODO DE 30 DÍAS HÁBILES, A PARTIR DE LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE AVISO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, OCURRAN ANTE EL SUSCRITO PARA EXPONER LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, ASÍ COMO PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN QUE FUNDAMENTE SU DICHO. PARA TAL FIN SE ENCUENTRA A LA VISTA DE CUALQUIER INTERESADO EL CROQUIS CORRESPONDIENTE EN LAS OFICINAS QUE OCUPA LA DELEGACIÓN ESTATAL AGRARIA CON DOMICILIO EDIF. QUIÑONES PISO 2o., CALLE VERACRUZ S/N ESQUINA ENTRE MATAMOROS Y JUÁREZ, COLONIA CENTRO, C.P. 83000, DE LA CIUDAD DE HERMOSILLO, ESTADO DE SONORA. A LAS PERSONAS QUE NO PRESENTEN SUS DOCUMENTOS DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO, O QUE HABIENDO SIDO NOTIFICADAS A PRESENCIAR EL DESLINDE NO CONCURRAN AL MISMO, SE LES TENDRÁ COMO CONFORMES CON SUS RESULTADOS. Atentamente Hermosillo, Son., a 11 de febrero de 2014.- El Perito Deslindador, Martín Dávila Durazo.- Rúbrica.
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