RESOLUCIÓN General número 15, que determina el monto actualizado del valor total de los activos a que hace referencia el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras.
RESOLUCIÓN GENERAL NÚMERO 15, QUE DETERMINA EL MONTO ACTUALIZADO DEL VALOR TOTAL DE LOS ACTIVOS A QUE HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 9o. DE LA LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA
La Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 9o. y 26, fracción IV de la Ley de Inversión Extranjera, y
CONSIDERANDO
Que conforme al artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera se requiere resolución favorable de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras para que la inversión extranjera pueda participar, directa o indirectamente, en una proporción mayor al cuarenta y nueve por ciento en el capital social de sociedades mexicanas, cuyo valor total de activos al momento de someter la solicitud de adquisición, rebase el monto que determine anualmente la Comisión;
Que dicho monto, de conformidad con la Regla Única de la Resolución General Número 14 de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2013, es de tres mil cuatrocientos noventa y tres millones seiscientos tres mil novecientos sesenta pesos con diez centavos ($3,493,603,960.10);
Que conforme lo establecen el Anexo I Reservas I-M-4, I-M-5 y I-M-6 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte; el Anexo I, Lista de México, Reserva I-M-F-4 del Tratado de Libre Comercio entre la República de Chile y los Estados Unidos Mexicanos; el Anexo 6 referido en los Capítulos 7 y 8, del Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón; el Anexo I, Lista de México, Reserva I-M-F-5 del Acuerdo de Integración Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú; y el Anexo I, Lista de México, Reserva I-MX-5 del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, el monto del valor de los activos aplicable para la adquisición de más del cuarenta y nueve por ciento de las acciones de una empresa mexicana por parte de inversionistas de los Estados Unidos de América, Canadá, Chile, Japón, Perú, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, será ajustado anualmente de acuerdo a la tasa de crecimiento nominal del Producto Interno Bruto de México, de conformidad con lo que publique el Instituto Nacional de Estadística y Geografía;
Que la tasa de crecimiento nominal del Producto Interno Bruto de México durante 2013 fue de 3.1 %;(1)
Que al aplicarle la tasa de crecimiento nominal del Producto Interno Bruto de México durante el año de 2013 al monto referido en la Resolución General 14, resultó un aumento de ciento ocho millones trecientos un mil setecientos veintidós pesos con setenta y seis centavos ($108,301,722.76), por lo que el nuevo monto del valor de activos que estará vigente para 2014, y en tanto no se emita nueva Resolución General, es de tres mil seiscientos un millones novecientos cinco mil seiscientos ochenta y dos pesos con ochenta y seis centavos ($3,601,905,682.86), y
Que mediante opinión por escrito de los integrantes de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras se tuvo a bien emitir la siguiente:
RESOLUCIÓN GENERAL NÚMERO 15, QUE DETERMINA EL MONTO ACTUALIZADO DEL VALOR
TOTAL DE LOS ACTIVOS A QUE HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 9o. DE LA LEY DE INVERSIÓN
EXTRANJERA
REGLA ÚNICA.- Para los efectos de lo previsto por el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera, la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras ha determinado como nuevo monto del valor total de los activos de las sociedades mexicanas de que se trate el de tres mil seiscientos un millones novecientos cinco mil seiscientos ochenta y dos pesos con ochenta y seis centavos ($3,601,905,682.86).
TRANSITORIOS
PRIMERO.- La presente Resolución General entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se abroga la Resolución General Número 14, que determina el monto actualizado del valor total de los activos a que hace referencia el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2013.
Una vez enterado y analizado el contenido del proyecto de la "Resolución General número 15, que determina el monto actualizado del valor total de los activos a que hace referencia el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera", que estará vigente durante 2014 y en tanto no se emita nueva Resolución General, en mi carácter de Presidente de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, otorgo mi aprobación a dicha Resolución, en los términos planteados.
Atentamente,
México, D.F., a 12 de marzo de 2014.- El Presidente de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.
1 De conformidad con la publicación realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía el 21 de febrero de 2014 âProducto Interno Bruto a precios corrientes. Cifras durante el Cuarto Trimestre de 2013. Indicadores Económicos de Coyunturaâ, http://www.inegi.org.mx/inegi/contenidos/notasinformativas/pib_precr/ni-pibcr.pdf