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DOF: 30/04/2014
DECRETO por el que se aprueba la actualización al Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018Q

DECRETO por el que se aprueba la actualización al Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 9o., 22, 26, 29, 31 y 32 de la Ley de Planeación, y 9o., 27, 28, 29, 30, 31, 32, 32 Bis, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto publicado el 30 de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, se aprobó el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, con el objeto de dar cumplimiento a la estrategia transversal Gobierno Cercano y Moderno establecida en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, así como, entre otros objetivos, optimizar los recursos de la Administración Pública Federal, mejorar la gestión pública del Gobierno Federal y establecer una Estrategia Digital Nacional que acelere la inserción de México en la sociedad de la información y del conocimiento;
Que con la elaboración del Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018 se dio cumplimiento al artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria vigente en 2013 y al artículo Sexto del Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2012, en relación con la expedición de un programa de mediano plazo que promueva la eficiencia y eficacia en la gestión pública de la Administración Pública Federal, a través de acciones que modernicen y mejoren la prestación de los servicios públicos, promuevan la productividad en el desempeño de las funciones de las dependencias y entidades, y reduzcan gastos de operación;
Que el 24 de enero de 2014 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, mismo que modificó el artículo 61 en materia de disciplina y austeridad;
Que la reforma al citado artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece que el programa que el Ejecutivo Federal elabore, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo, deberá promover el uso eficiente de los recursos humanos y materiales de la Administración Pública Federal a fin de reorientarlos al logro de objetivos y evitar la duplicidad de funciones, a través de medidas que consideren la simplificación de procesos internos y la eliminación de aquéllos que no estén relacionados con las actividades sustantivas del ente público; la reorientación de los recursos de la Administración Pública Federal cuando se realicen reestructuras a las dependencias y entidades; la enajenación de bienes improductivos u obsoletos, ociosos o innecesarios; así como el establecimiento de esquemas de asesoría técnica en materia de aseguramiento de bienes, contratación de seguros, soporte de siniestros, y prevención y disminución de riesgos;
Que en el Decreto señalado anteriormente, el legislador dispuso que el Ejecutivo Federal publique la actualización de los programas expedidos con anterioridad al inicio de su vigencia, supuesto aplicable al Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, con la finalidad de integrar en esos programas las nuevas medidas de disciplina y austeridad previstas en el reformado artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y
Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en cumplimiento a las disposiciones citadas en el párrafo anterior, ha sometido a consideración del Ejecutivo Federal a mi cargo la actualización del Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
ARTÍCULO ÚNICO.- Se aprueba la actualización al Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018 a través de la incorporación de las siguientes líneas de acción:
Objetivo 3: ...
...
...
...
Estrategia 3.2. Fortalecer el uso eficiente de los recursos, incluyendo los destinados a servicios personales y gasto de operación.
Líneas de acción
Tipo de línea de acción
Dependencia
encargada del
seguimiento
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
3.2.7 Establecer el procedimiento de asesoría técnica para la elaboración de programas de aseguramiento, contratación de seguros y soporte de siniestros.
Coordinación de la
estrategia
SHCP
3.2.8 Establecer criterios de asesoría técnica para determinar niveles de retención máximos y para prevenir y disminuir riesgos inherentes a bienes.
Coordinación de la
estrategia
SHCP
3.2.9 Establecer lineamientos para reorientar los recursos de la Administración Pública Federal, en caso de que se realicen reestructuras a las dependencias y entidades.
Coordinación de la
estrategia
SHCP - SFP
3.2.10 Establecer estrategias para enajenar aquellos bienes improductivos u obsoletos, ociosos o innecesarios.
Coordinación de la
estrategia
SFP
 
...
...
Objetivo 4: ...
...
...
...
...
Estrategia 4.1 ...
Líneas de acción
Tipo de línea de acción
Dependencia
encargada del
seguimiento
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
 
...
...
...
4.1.9 Simplificar los procesos internos y eliminar aquellos que no están relacionados con las actividades sustantivas del ente público.
Coordinación de la
estrategia
SFP
 
...
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a treinta de abril de dos mil catorce.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.- El Secretario de Relaciones Exteriores, José Antonio Meade Kuribreña.- Rúbrica.- El Secretario de la Defensa Nacional, Salvador Cienfuegos Zepeda.- Rúbrica.- El Secretario de Marina, Vidal Francisco Soberón Sanz.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Luis Videgaray Caso.- Rúbrica.- La Secretaria de Desarrollo Social, María del Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan José Guerra Abud.- Rúbrica.- El Secretario de Energía, Pedro Joaquín Coldwell.- Rúbrica.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.- El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Enrique Martínez y Martínez.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor.- Rúbrica.- La Secretaria de Salud, María de las Mercedes Martha Juan López.- Rúbrica.- El Secretario del Trabajo y Previsión Social, Jesús Alfonso Navarrete Prida.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Jorge Carlos Ramírez Marín.- Rúbrica.- La Secretaria de Turismo, Claudia Ruiz Massieu Salinas.- Rúbrica.- En ausencia del Secretario de la Función Pública, en términos de lo dispuesto por los artículos 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 7, fracción XII, y 86 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública: el Subsecretario de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública, Julián Alfonso Olivas Ugalde.- Rúbrica.
 

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