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DOF: 27/08/2014 |
OFICIO mediante el cual se autoriza la separación de HSBC Fianzas, S OFICIO mediante el cual se autoriza la separación de HSBC Fianzas, S.A., Grupo Financiero HSBC como entidad financiera integrante de Grupo Financiero HSBC, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Banca, Valores y Ahorro.- Oficio No. UBVA/108/2013. GRUPO FINANCIERO HSBC, S.A. DE C.V. Presente. Esta Secretaría, por conducto de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 11, en relación con el diverso 27-B, ambos de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras; en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 27, fracciones XII y XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y, en atención a los siguientes: ANTECEDENTES 1. Mediante escrito recibido en esta Unidad Administrativa el 13 de septiembre de 2013, los señores Eduardo Ramos Tercero y Mauricio Muñoz León, en nombre y representación de "Grupo Financiero HSBC, S.A. de C.V.", con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11, 17 y demás aplicables de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras solicitaron a esta Secretaría lo siguiente: a) Autorización para separar a "HSBC Fianzas, S.A., Grupo Financiero HSBC" como entidad financiera integrante del "Grupo Financiero HSBC, S.A. de C.V.", con motivo del contrato de compraventa de acciones suscrito el 21 de agosto de 2013 por "Grupo Financiero HSBC, S.A. de C.V.", en su carácter de vendedor y "Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., Grupo Financiero Aserta", en su carácter de comprador, respecto de 738'877,715 acciones de la Serie "F", ordinarias, nominativas, sin expresión de valor nominal, representativas del 97.22% del capital social suscrito, pagado y en circulación de "HSBC Fianzas, S.A., Grupo Financiero HSBC" y, b) Aprobación para la modificación de los estatutos sociales de "Grupo Financiero HSBC, S.A. de C.V.", así como del Convenio Único de Responsabilidades que dicha controladora financiera tiene suscrito con las demás entidades que integran ese grupo financiero, a efecto de eliminar de dichos instrumentos jurídicos la mención de "HSBC Fianzas, S.A., Grupo Financiero HSBC", con motivo de la separación de mérito; 2. En atención a la solicitud de autorización referida en el ANTECEDENTE 1, esta Unidad Administrativa por conducto de la Dirección General Adjunta de Banca y Valores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 y 17 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, solicitó la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores mediante oficio UBVA/DGABV/694/2013 del 23 de septiembre de 2013 y del Banco de México mediante el diverso UBVA/DGABV/695/2013, de esa misma fecha. Asimismo, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 28, fracción XXVIII del Reglamento Interior de esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público, solicitó la opinión de la Dirección General Adjunta de Análisis Financiero y Vinculación Internacional de esta Unidad Administrativa, mediante oficio UBVA/DGABV/696/2013 del 23 de septiembre de 2013 y, CONSIDERANDO 1. Que "Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., Grupo Financiero Aserta" obtuvo autorización de la Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social de esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público para adquirir hasta el 97.22% del capital social suscrito, pagado y en circulación de "HSBC Fianzas, S.A., Grupo Financiero HSBC"; 2. Que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, mediante oficio 312-2/12876/2013 de fecha 6 de noviembre de 2013, una vez revisada la documentación remitida y con fundamento en los artículos 11 y 17 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, manifestó su opinión favorable a efecto de que esta Secretaría autorice y, en su caso, apruebe los actos materia de la solicitud de que se trata en los términos del planteamiento presentado, con sujeción a que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público otorgue, en su caso, las demás autorizaciones relacionadas con los actos materia de la solicitud de mérito; 3. Que el Banco de México mediante su comunicación OFI/S33-002-9592 del 8 de noviembre de 2013, emitió opinión favorable a efecto de que esta Secretaría autorice lo solicitado sujeto a que "Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., Grupo Financiero Aserta" obtenga las autorizaciones que en su caso requiera para adquirir las acciones de "HSBC Fianzas, S.A., Grupo Financiero HSBC"; 4. Que la Dirección General Adjunta de Análisis Financiero y Vinculación Internacional de esta Unidad Administrativa, mediante oficio UBVA/DGAAF/088/2013 del 11 de noviembre de 2013, manifestó no encontrar impedimento desde el punto de vista financiero, en que se otorgue a "Grupo Financiero HSBC, S.A. de C.V.", la autorización correspondiente; 5. Que la solicitud a que se refiere el ANTECEDENTE 1, cumple con las disposiciones legales y administrativas aplicables a los procedimientos de autorización para que una entidad financiera integrante de un grupo financiero se separe de este último y, 6. Que una vez analizada la información y documentación presentada por "Grupo Financiero HSBC, S.A. de C.V.", y después de escuchar las opiniones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, del Banco de México y de la Dirección General Adjunta de Análisis Financiero y Vinculación Internacional de esta Unidad Administrativa, así como de haber determinado la procedencia del otorgamiento de la autorización en cuestión, esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro, emite la siguiente: RESOLUCIÓN PRIMERO.- Se autoriza la separación de "HSBC Fianzas, S.A., Grupo Financiero HSBC" en los términos previstos en el proyecto del Acta de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de "Grupo Financiero HSBC, S.A. de C.V." SEGUNDO.- Por ministerio de lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, para todos los efectos legales, la separación que se autoriza en el RESOLUTIVO anterior, surtirá efectos a partir de la fecha en que esta autorización y los acuerdos de separación que se adopten para esos efectos, se inscriban en el Registro Público de Comercio correspondiente. Una vez inscritos en el Registro Público de Comercio, los acuerdos de separación deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación del domicilio de las sociedades de que se trata. La realización de dichas publicaciones, deberá notificarse a esta Unidad Administrativa, acompañando copia de la documentación que lo acredite, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que dichas publicaciones se verifiquen. TERCERO.- Al surtir efectos la separación que se autoriza en el RESOLUTIVO PRIMERO, "HSBC Fianzas, S.A., Grupo Financiero HSBC", se abstendrá de ostentarse como integrante del "Grupo Financiero HSBC, S.A. de C.V." CUARTO.- "Grupo Financiero HSBC, S.A. de C.V." deberá acreditar ante esta Unidad Administrativa, mediante la evidencia documental que resulte conducente, la adquisición de hasta 738'877,715 acciones de la Serie "F", ordinarias, nominativas, sin expresión de valor nominal, representativas del 97.22% del capital social de "HSBC Fianzas, S.A., Grupo Financiero HSBC", dentro de los 20 días siguientes a la fecha en que la misma se perfeccione. QUINTO.- La presente autorización deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación en términos de lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, a costa de ese Grupo Financiero. SEXTO.- Con el fin de que esta Secretaría, por conducto de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro, se encuentre en posibilidad de aprobar la modificación de los estatutos sociales de "Grupo Financiero HSBC, S.A. de C.V.", así como del Convenio Único de Responsabilidades que esa controladora financiera celebre con sus entidades integrantes, se le requiere, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 32 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, para que remita a la Dirección General Adjunta de Banca y Valores de esta Unidad Administrativa, los Primeros Testimonios de las escrituras públicas en la que consten tanto la protocolización del Acta de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de "Grupo Financiero HSBC, S.A.. de C.V." en la que se acuerden dichas modificaciones, así como del Convenio Único de Responsabilidades correspondiente, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se verifique dicha protocolización. La presente autorización se emite con base en la información y documentación proporcionada por "Grupo Financiero HSBC, S.A. de C.V." y se limita exclusivamente a los actos y operaciones que, de conformidad con las disposiciones aplicables, compete resolver a esta Unidad de Banca, Valores y Ahorro y no prejuzga sobre la realización de cualquier acto corporativo que las sociedades lleven a cabo, que impliquen la previa autorización o aprobación de las autoridades financieras, fiscales o de cualquier otra autoridad, en términos de la normativa vigente y tampoco convalida actos u operaciones que se realicen en contravención a las leyes que de ella emanen. Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo. Atentamente México, D.F., a 11 de diciembre de 2013.- El Titular de la Unidad, Narciso Antonio Campos Cuevas.- Rúbrica. (R.- 395570)
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