DOF: 22/12/2015
ACUERDO por el que se difunde el Reglamento de la Junta de Gobierno, el Reglamento de la Asamblea Consultiva y la Política de Inclusión Laboral del Personal con Discapacidad del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, y su ubicación para consul

ACUERDO por el que se difunde el Reglamento de la Junta de Gobierno, el Reglamento de la Asamblea Consultiva y la Política de Inclusión Laboral del Personal con Discapacidad del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, y su ubicación para consulta.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.

ACUERDO POR EL QUE SE DIFUNDE EL REGLAMENTO DE LA JUNTA DE GOBIERNO, EL REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA CONSULTIVA Y LA POLÍTICA DE INCLUSIÓN LABORAL DEL PERSONAL CON DISCAPACIDAD DEL CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN, Y SU UBICACIÓN PARA CONSULTA.
ALEXANDRA HAAS PACIUC, Presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 16 y 30, fracciones I y IV de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; 59, fracciones I, IV, V y XII de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 2o., último párrafo del Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo regula a los organismos descentralizados de la Administración Pública Federal paraestatal respecto a sus actos de autoridad.
Que el Artículo 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo señala que los actos administrativos de carácter general, tales como reglamentos, decretos, acuerdos, normas oficiales mexicanas, circulares y formatos, así como los lineamientos, criterios, metodologías, instructivos, directivas, reglas, manuales, disposiciones que tengan por objeto establecer obligaciones específicas cuando no existan condiciones de competencia y cualesquiera de naturaleza análoga a los actos anteriores, que expidan las dependencias y organismo descentralizados de la Administración Pública Federal, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos.
Que el último párrafo del artículo 2, del Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día diez de agosto de dos mil diez, establece que las normas que se emitan como excepción al citado acuerdo se deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación.
Que con fecha dieciséis de julio de dos mil quince mediante acuerdo 11/2015 de la Junta de Gobierno del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, se aprobó el Reglamento de la Junta de Gobierno, que tiene por objeto regular el desarrollo de las sesiones de la Junta de Gobierno del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, así como la actuación de sus integrantes.
Que con fecha dieciséis de julio de dos mil quince mediante acuerdo 10/2015 de la Junta de Gobierno del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación se aprobó el Reglamento de la Asamblea Consultiva, en las que se establecen las reglas de funcionamiento y organización de la Asamblea Consultiva del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, así como la actuación de sus integrantes, previstas por la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y el Estatuto Orgánico del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
Que con fecha tres de septiembre de dos mil quince mediante acuerdo 15/2015 de la Junta de Gobierno del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación se aprobó la Política Interna de Inclusión Laboral para Personas con Discapacidad en el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, en la que se establecen los criterios y procedimientos que favorezcan la contratación, permanencia, capacitación y promoción laboral de las personas con discapacidad en el sector público sin discriminación y con igualdad de oportunidades, a través de un entorno incluyente y accesible que fomente su desarrollo económico, autonomía y participación social.
Que con la finalidad de dar a conocer y enterar a todos los servidores públicos que conforman el Organismo, así como hacerlo del conocimiento del público en general; he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- El Reglamento de la Junta de Gobierno del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, el Reglamento de la Asamblea consultiva del CONAPRED, y la Política Interna de Inclusión Laboral para Personas con Discapacidad en el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación son de observancia obligatoria para el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación e Integrantes de la Junta de Gobierno.
SEGUNDO.- El Reglamento de la Junta de Gobierno del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, el Reglamento de la Asamblea consultiva del CONAPRED, y la Política Interna de Inclusión Laboral para Personas con Discapacidad en el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación se encuentran disponibles para su consulta en el portal de internet www.conapred.org.mx
México, D.F., a 21 de diciembre de 2015.- La Presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, Alexandra Haas Paciuc.- Rúbrica.
(R.- 424542)
 
 

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