REGLAS de funcionamiento interno del mecanismo de colaboración entre las organizaciones de la sociedad civil y el Gobierno Federal, para el diseño y construcción de manera conjunta, de políticas públicas que contribuyan a la gobernabilidad y desarrollo p REGLAS de funcionamiento interno del mecanismo de colaboración entre las organizaciones de la sociedad civil y el Gobierno Federal, para el diseño y construcción de manera conjunta, de políticas públicas que contribuyan a la gobernabilidad y desarrollo político del país.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.
REGLAS DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL MECANISMO DE COLABORACION ENTRE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y EL GOBIERNO FEDERAL, PARA EL DISEÑO Y CONSTRUCCION DE MANERA CONJUNTA, DE POLITICAS PUBLICAS QUE CONTRIBUYAN A LA GOBERNABILIDAD Y DESARROLLO POLITICO DEL PAIS.
ZOAD FARIDE RODRIGUEZ VELASCO, Titular de la Unidad de Desarrollo Político y Fomento Cívico de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en los artículos 13, fracciones II y IV de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil; 2, apartado B, fracción VIII y 27, fracciones I, II y III del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y demás disposiciones aplicables.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, corresponde a la Unidad de Desarrollo Político y Fomento Cívico apoyar en las tareas de planeación del desarrollo político del país para mantener las condiciones de gobernabilidad democrática;
Que la fracción III del artículo mencionado en el párrafo anterior señala como otra de las atribuciones de la Unidad de Desarrollo Político y Fomento Cívico, auxiliar en la conducción de las relaciones políticas del Poder Ejecutivo Federal con las organizaciones sociales y civiles;
Que la fracción V del referido numeral establece que corresponde a la Unidad de Desarrollo Político y Fomento Cívico analizar los procesos políticos y poner en práctica estrategias que contribuyan al desarrollo político, a la colaboración entre los Poderes de la Unión y demás órganos del Estado, y entre ellos y las organizaciones políticas, sociales y civiles;
El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018, en su Meta Nacional "I" denominada "México en Paz", Objetivo 1.1: "Promover y fortalecer la gobernabilidad democrática", en su Estrategia 1.1.1.: "Contribuir al desarrollo de la democracia"; con la respectiva línea de acción: "Alentar acciones que promuevan la construcción de la ciudadanía como un eje de la relación entre el Estado y la sociedad";
El Programa Sectorial de la SEGOB 2013-2018 en el objetivo 1: "Promover y fortalecer la gobernabilidad democrática" y estrategia 1.2. "Fortalecer y promover una relación incluyente, participativa y respetuosa entre el Gobierno de la República, la ciudadanía y sus organizaciones." que contempla las siguientes líneas de acción y actividades: 1.2.2. "Fomentar la participación ciudadana por medio del fortalecimiento de las capacidades de las organizaciones de la sociedad civil. Impulsar el fortalecimiento de las organizaciones de la sociedad civil y las agrupaciones políticas mediante eventos de capacitación, atención y asesorías que incrementen los niveles y la eficacia de su participación;
Que derivado de una serie de encuentros con distintas expresiones de la sociedad civil organizada iniciados en el mes de marzo de 2011 por la Unidad de Desarrollo Político y Fomento Cívico, con el fin de promover la integración de un mecanismo de diálogo para la construcción de una agenda amplia de vinculación entre organizaciones de la sociedad civil y gobierno, se estableció un mecanismo de colaboración entre las organizaciones de la sociedad civil y el Gobierno Federal, por medio de la Secretaría de Gobernación, para el diseño y construcción de manera conjunta, de políticas públicas que contribuyan a la gobernabilidad y desarrollo político del país;
Que derivado a que las Reglas de funcionamiento interno del Mecanismo de Colaboración entre las organizaciones de la sociedad civil y el Gobierno Federal, para el diseño y construcción de manera conjunta, de políticas públicas que contribuyan a la gobernabilidad y desarrollo político del país, necesitan cambios para un mejor funcionamiento, se analizaron e hicieron varias propuestas a las mismas;
Que derivado de la Sesión del Pleno del Mecanismo realizado el día 27 de junio de 2016, los integrantes del mismo: Guillermo Porter Romero, Mateo Lejarza Leo, Alfonso Poiré Castañeda, Teresa Pérez Vázquez, Ma. Elena Trujillo Ramírez, Julio Garduño, Carlos Pérez Verdía, Laura Becerra Pozos y los servidores públicos Jorge Cravioto Galindo y Montserrat Bravo Huerta por parte de la Secretaría de Gobernación revisaron las propuestas de reforma a las reglas de funcionamiento interno del Mecanismo y se aprobaron los cambios propuestos por (8) votos a favor y 1 (uno) en contra; tiene a bien expedir las siguientes:
REGLAS DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL MECANISMO DE COLABORACION ENTRE LAS
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y EL GOBIERNO FEDERAL, PARA EL DISEÑO Y
CONSTRUCCION DE MANERA CONJUNTA, DE POLITICAS PUBLICAS QUE CONTRIBUYAN A LA
GOBERNABILIDAD Y DESARROLLO POLITICO DEL PAIS
SECCION PRIMERA
CAPITULO I
ASPECTOS GENERALES
Primera.- Objeto
Las presentes reglas tienen por objeto normar el correcto y ordenado funcionamiento interno del "Mecanismo de colaboración entre las organizaciones de la sociedad civil y el Gobierno Federal, para el diseño y construcción de manera conjunta, de políticas públicas que contribuyan a la gobernabilidad y desarrollo político del país", el cual está definido como un espacio de encuentro, diálogo y colaboración entre las organizaciones de la sociedad civil y el Gobierno Federal, para impulsar conjuntamente la interlocución y negociación de las propuestas ciudadanas con servidores públicos de los tres Poderes de la Unión, a fin de incidir en temas de interés público.
Las gestiones que realice la Unidad en todo caso se entenderán de buena fe y no crearán obligaciones para la Secretaría de Gobernación. De igual manera, la participación e intervención de servidores públicos de la Unidad para el Desarrollo Político o de otras dependencias, entidades, órganos o instituciones en las deliberaciones y, en general, trabajos del Mecanismo, no será vinculante para tales dependencias, entidades, órganos o instituciones en tanto no quede resuelta de manera definitiva por la instancia competente, ni generará responsabilidad alguna para dichos servidores.
Segunda.- Glosario
Para efecto de estas reglas se entiende por:
I. Comisión: el equipo de trabajo conformado por cada eje temático.
II. Eje temático: la categoría relacionada con los temas definidos por el Mecanismo.
III. Junta de Coordinación: el espacio integrado por los coordinadores de las comisiones.
IV. Mecanismo: el Mecanismo de colaboración entre las organizaciones de la sociedad civil y el Gobierno Federal a que se refiere la Regla Primera.
V. Organización de la sociedad civil: agrupación u organización que se ajuste al concepto establecido en el artículo 3 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil, así como redes conformadas por agrupaciones u organizaciones, al igual que grupos gremiales sindicales y empresariales.
VI. Pleno: la asamblea constituida por todos los integrantes del Mecanismo.
VII. Reglas: las presentes reglas internas de funcionamiento.
VIII. Secretaría Ejecutiva: la instancia responsable de operar y dar seguimiento a los acuerdos del Mecanismo, así como de dirigir las discusiones del Pleno.
IX. Unidad: la Unidad de Desarrollo Político y Fomento Cívico de la Secretaría de Gobernación.
Tercera.- Funciones del Mecanismo
Son funciones del Mecanismo propiciar el diálogo, el encuentro y la colaboración entre las organizaciones de la sociedad civil y el Gobierno Federal; así como la vinculación entre las organizaciones de la sociedad civil.
El Mecanismo podrá vincularse con redes, organizaciones o actores sociales para impulsar conjuntamente propuestas específicas de interés mutuo, en el marco de este instrumento. El Mecanismo no creará estructuras orgánicas en la Secretaría de Gobernación. Tampoco será instancia ni podrá ser utilizado para gestionar recursos en programas de gobierno.
CAPITULO II
DE LA INTEGRACION DEL MECANISMO Y PARTICIPANTES
Cuarta.- Integrantes del Mecanismo
En el Mecanismo participarán las organizaciones de la sociedad civil, con voz y voto; asimismo, participará la Unidad como invitado permanente, con voz y voto.
Quinta.- Grupos de trabajo que comprende el Mecanismo
El Mecanismo comprende dos grupos de trabajo:
I. Relación entre organizaciones de la sociedad civil y el Gobierno Federal.
II. Vinculación entre las organizaciones de la sociedad civil.
El objetivo del grupo a que se refiere el inciso I de esta regla es generar espacios de diálogo entre las organizaciones de la sociedad civil participantes y las diversas instancias de Gobierno para iniciar procesos de negociación sobre los temas priorizados, con propuestas o alternativas viables y oportunas.
El objetivo del grupo de trabajo a que se refiere el inciso II de esta regla es propiciar un espacio de encuentro y diálogo entre las organizaciones de la sociedad civil para diseñar, consensuar e impulsar estrategias que fortalezcan la articulación y vinculación de las mismas, en beneficio de sus acciones de participación e incidencia en la agenda política y social del país.
Sexta.- Participación de las organizaciones de la sociedad civil
Las organizaciones de la sociedad civil participarán en el Mecanismo con el objeto de diseñar, presentar, analizar e impulsar con los servidores públicos, propuestas viables para la atención de asuntos de interés público a partir de proyectos ciudadanos, las mejores prácticas y las propias experiencias de intervención y gestión social desarrolladas por dichas organizaciones.
Séptima.- Participación de la Secretaría de Gobernación
Toda participación de la Secretaría de Gobernación, es a través de la Unidad de Desarrollo Político y Fomento Cívico (La Unidad), de acuerdo a la normatividad aplicable a la materia.
La persona Titular de la Unidad designará a 1 servidor público que forma parte del Mecanismo con derecho a voz y voto, el cual tendrá rango mínimo de Director de área con facultades para asumir la toma de acuerdos y de decisión.
La Unidad propiciará la apertura de espacios con el fin de que se puedan concretar reuniones de trabajo con representantes de las organizaciones de la sociedad civil que participen en el Mecanismo y servidores públicos, así como brindar las facilidades requeridas para el adecuado funcionamiento del Mecanismo tales como investigación, asesoría y técnica legislativa así como propiciar que los trabajos del Mecanismo tengan canales de divulgación pública y espacios para la deliberación y consulta externa entre otras.
Igualmente, asistirá a la Secretaría Ejecutiva en el desempeño de sus funciones y podrá brindar asesoría y aportar ideas que propicien consenso en las discusiones y análisis del Mecanismo.
La Unidad también podrá participar en lo relativo a la concentración de la información generada en el marco del Mecanismo, así como en mantener el control y el orden de las reuniones y discusiones que se tengan con servidores públicos.
Octava.- Transparencia
Los archivos que se generen con motivo de los trabajos del Mecanismo estarán resguardados en la Unidad y, por lo tanto, estarán afectos a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
SECCION SEGUNDA
CAPITULO I
ORGANIZACION DEL MECANISMO
Novena.- Organización
Para la mejor conducción de los asuntos, las organizaciones de la sociedad civil integrantes del Mecanismo se organizarán de la siguiente forma:
I. Pleno.
II. Junta de Coordinación.
III. Secretaría Ejecutiva.
IV. Comisiones.
La Secretaría Ejecutiva estará a cargo del representante de alguna de las organizaciones de la sociedad civil que participen en el Mecanismo, designado por el Pleno. Durará en el cargo tres años y no podrá ser reelecto. Tendrá voz y voto.
Bajo ningún supuesto se considerará que las formas de organizaciones antes enunciadas, constituyen o crean estructuras orgánicas en la Secretaría de Gobernación, ni en alguna otra dependencia o entidad de la Administración Pública Federal.
CAPITULO II
DEL PLENO
Décima.- Función e integrantes
El Pleno es el conjunto de las organizaciones de la sociedad civil a través del cual el Mecanismo desarrollará el espacio de diálogo objeto del mismo, con la finalidad de generar acuerdos para la elaboración de propuestas derivadas de los ejes temáticos definidos por el propio Pleno.
La Unidad participará en el Pleno de acuerdo con lo establecido en la Regla Cuarta. También podrán participar académicos e investigadores como consejeros externos.
El Pleno será encabezado por el Secretario Ejecutivo.
Décima primera.- Reuniones
El Pleno se reunirá para la discusión y adopción de las propuestas que se pretendan someter a las instancias correspondientes, a fin de incidir en los temas definidos en el seno del Mecanismo. Las reuniones serán ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se llevarán a cabo trimestralmente en las fechas que determine el propio Pleno y las extraordinarias cuando sea necesario.
Los consejeros externos sólo tendrán voz en las reuniones ordinarias del Pleno y no computarán para efectos de quórum.
La Unidad podrá llevar un registro tanto de los asistentes a las reuniones ordinarias y extraordinarias, como de las discusiones y acuerdos suscritos en ellas.
Las reuniones del Pleno serán convocadas por el Secretario Ejecutivo o por un tercio de las organizaciones de la sociedad civil que participan en el Mecanismo. Se convocará con al menos cinco días de anticipación, por cualquier medio del cual se desprenda constancia.
Las reuniones serán encabezadas por el Secretario Ejecutivo o, en su ausencia, por la persona designada de entre los asistentes.
En la reunión se desahogarán los temas del correspondiente orden del día, el cual deberá acompañarse a la convocatoria. Además de los asuntos que determine la Junta de Coordinación, en el orden del día podrán incluirse asuntos propuestos por las organizaciones de la sociedad civil participantes en el Mecanismo por lo menos con dos semanas de anticipación a la fecha prevista para la reunión ordinaria correspondiente. La Unidad podrá proponer temas con una semana de anticipación a dicha fecha.
Para la suscripción de acuerdos del Pleno se requerirá la presencia de la mayoría de las organizaciones de la sociedad civil que participan en el Mecanismo y el voto favorable de la mayoría de los asistentes a la reunión. Para los efectos de este párrafo, se considerarán como presentes en la reunión las organizaciones de la sociedad civil que la atiendan en tiempo real por algún medio electrónico interactivo.
El Pleno podrá tomar acuerdos fuera de reunión siempre que sean por unanimidad y consten por escrito o en registro electrónico. Se considerará como voto favorable el silencio respecto de un acuerdo propuesto una vez transcurridos cinco días naturales a partir del envío de la propuesta, a través de correo electrónico, a la dirección de correo electrónico del destinatario que tenga registrada la Secretaría Ejecutiva.
Décima segunda.- Funciones del Pleno
Las organizaciones de la sociedad civil reunidas en Pleno tratarán, entre otros, las siguientes funciones:
I. Determinación de los ejes temáticos.
II. Establecimiento de comisiones y desaparición de las mismas.
III. Determinación de requisitos de información y documentación comprobatoria requerida para la admisión de organizaciones de la sociedad civil al Mecanismo y aprobar la admisión, así como acordar la suspensión de las mismas.
IV. Atención de temas de interés general de la mayoría de las comisiones.
V. Definición de criterios y estándares para uniformidad en trabajos y propuestas del Mecanismo.
VI. Establecimiento de políticas de comunicación y difusión de trabajos y actividades del Mecanismo.
VII. Definición de propuestas o posturas del pleno y de comisiones.
VIII. Designación de consejeros externos.
IX. Designación de voceros.
X. Vinculación con redes, organizaciones o actores sociales en términos de lo establecido en el segundo párrafo de la Regla Tercera.
XI. Se hará del conocimiento del Pleno, la dictaminación y notificación para resolver las suspensiones por ausencias de los integrantes del Mecanismo.
XII. El Pleno debe fomentar procesos de capacitación para los integrantes del Mecanismo, sobre los siguientes temas: elementos para el proceso de diseño y construcción de las políticas públicas; participación ciudadana; acceso a la información; transparencia; rendición de cuentas, y los demás temas relacionados con el objeto del Mecanismo.
XIII. Aprobar el informe anual que presenta la Secretaria Ejecutiva.
Décima tercera.- Comisiones
Para una mejor atención de los asuntos, las organizaciones de la sociedad civil podrán organizarse en comisiones atendiendo a los ejes temáticos o, en su caso, a las características específicas de cada tema o asunto a tratar.
CAPITULO III
DE LA JUNTA DE COORDINACION
Décima cuarta.- Integración y reuniones
La Junta de Coordinación estará integrada por los coordinadores de las comisiones.
La Junta de Coordinación se reunirá por convocatoria del Secretario Ejecutivo o de una tercera parte de sus miembros. Para la suscripción de acuerdos se requerirá la presencia de mayoría de sus integrantes y el voto favorable de la mayoría de los asistentes a la reunión. Para los efectos de este párrafo, se considerarán como presentes en la reunión los integrantes de la Junta que la atiendan en tiempo real por algún medio electrónico interactivo.
La Junta de Coordinación podrá tomar acuerdos fuera de reunión siempre que sean por unanimidad y consten por escrito o en registro electrónico. Se considerará como voto favorable el silencio respecto de un acuerdo propuesto una vez transcurridos cinco días naturales a partir del envío de la propuesta, a través de correo electrónico, a la dirección de correo electrónico del destinatario que tenga registrada la Secretaría Ejecutiva.
Décima quinta.- Funciones de la Junta de Coordinación
Son funciones de la Junta de Coordinación la atención de los siguientes asuntos:
I. Convocar a las reuniones del Pleno y determinar el orden del día
II. Convocar a las reuniones de las comisiones.
III. Turnar al Pleno las solicitudes de ingreso al Mecanismo y las propuestas de suspensión.
IV. Ejecutar las resoluciones del Pleno.
V. Atender cuestiones administrativas y operativas del Mecanismo.
VI. Dictaminar y notificar las propuestas de suspensión de los integrantes que someta a su consideración la Secretaría Ejecutiva.
CAPITULO IV
DE LA SECRETARIA EJECUTIVA
Décima sexta.- Funciones
La Junta de Coordinación, a través de la Secretaría Ejecutiva, se encargará, entre otros, de los siguientes asuntos:
I. Conducir de forma ordenada, eficaz y respetuosa las reuniones del Pleno.
II. Levantar actas de las reuniones y llevar registro de acuerdos.
III. Dar seguimiento a acuerdos.
IV. Llevar el archivo y correspondencia.
V. Revisar la correcta integración de solicitudes de ingreso al Mecanismo y turnarlas a la Junta de Coordinación.
VI. Llevar el registro de las organizaciones de la sociedad civil que participan en el Mecanismo.
VII. Emitir las convocatorias.
VIII. Proveer lo necesario para que tengan lugar las reuniones.
IX. Remitir a la Unidad las actas, listas de asistencia y, en su caso, los acuerdos que se suscriban en las reuniones para su registro y archivo, así como mantenerla informada sobre el ingreso o salida de las organizaciones de la sociedad civil en el Mecanismo.
X. Integración del programa de trabajo del Mecanismo.
XI. Reportar las ausencias de los integrantes y proponer las suspensiones a la Junta de Coordinación.
XII. Integrar y difundir un Informe Anual que contenga los avances en el cumplimiento del programa de trabajo, las actividades realizadas, así como una evaluación interna de los resultados alcanzados.
CAPITULO V
DE LAS COMISIONES
Décima séptima.- Participación y reuniones
Las comisiones constituyen espacios de encuentro y diálogo entre organizaciones de la sociedad civil que participan en el Mecanismo, para analizar, diseñar y consensar propuestas sobre los ejes temáticos determinados por el Pleno. Cada comisión estará integrada por organizaciones cuyo objeto social o actividad principal esté vinculado con el tema correspondiente.
Cada comisión tendrá un coordinador con voz y voto, el cual será designado por los integrantes de la propia comisión y estará obligado a presentar un informe anual de actividades ante la Junta de Coordinación. Dicho coordinador durará dos años, con opción de una reelección, en el periodo inmediato siguiente.
Las comisiones se reunirán con la regularidad que las mismas determinen o por convocatoria de su coordinador o de una tercera parte de sus miembros. Para la suscripción de acuerdos, se requerirá la presencia de mayoría de sus integrantes y se tomarán por el voto favorable de la mayoría de los asistentes a la reunión. Para los efectos de este párrafo, se considerarán como presentes en la reunión los integrantes de la comisión que la atiendan en tiempo real por algún medio electrónico interactivo.
Las comisiones podrán tomar acuerdos fuera de reunión siempre que sean por unanimidad y consten por escrito o en registro electrónico. Se considerará como voto favorable el silencio respecto de un acuerdo propuesto una vez transcurridos cinco días naturales a partir del envío de la propuesta, a través de correo electrónico, a la dirección de correo electrónico del destinatario que tenga registrada el coordinador de la respectiva comisión o, en su defecto, la Secretaría Ejecutiva.
Las comisiones podrán invitar a sus reuniones, a organizaciones no integrantes del mecanismo, así como a especialistas o académicos. También podrán designar representantes para la ejecución de acuerdos específicos.
Cada comisión podrá trabajar en conferencia con otras comisiones. En este caso, las decisiones se tomarán por consenso cuando se trate de dos comisiones o por mayoría cuando sean más de dos. Si no hay acuerdo, el asunto se llevará al Pleno.
Sin perjuicio que el Pleno determine la creación de otras, el Mecanismo contará con las siguientes comisiones:
I. Derechos Humanos y Seguridad Ciudadana
II. Desarrollo Social
III. Salud
IV. Educación y Cultura
V. Participación Ciudadana
VI. Hábitat, Medio Ambiente y Sostenibilidad
VII. Igualdad de Género
VIII. Niñas, niños y adolescentes
Décima octava.- Coordinador
Además de las establecidas en la Regla que antecede, el coordinador de cada comisión tendrá las siguientes funciones:
I. Representar a la comisión ante la Junta de Coordinación.
II. Dar seguimiento a acuerdos.
III. Ejecutar resoluciones de la comisión.
IV. Atender cuestiones administrativas y operativas de la comisión, en coordinación con la Secretaría Ejecutiva.
V. Levantar actas de las reuniones y llevar el registro de acuerdos.
VI. Llevar el archivo y correspondencia.
VII. Llevar el registro de las organizaciones de la sociedad civil que participan en la comisión.
VIII. Procesar convocatorias.
IX. Proveer lo necesario para que tengan lugar las reuniones.
X. Gestionar el registro de temas propios de la comisión para ser tratados por el Pleno.
XI. Fungir como vocero de la comisión, conducir la relación con la Unidad y remitir a esta última el registro, las actas de reuniones y acuerdos suscritos en los asuntos de la comisión.
SECCION TERCERA
CAPITULO I
DEL INGRESO, PERMANENCIA Y SALIDA DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL
MECANISMO
Décima Novena.- Ingreso
El Pleno debe garantizar una convocatoria pública y disponible de manera permanente para solicitar el ingreso al Mecanismo.
Para ingresar al Mecanismo, las organizaciones de la sociedad civil interesadas deberán solicitarlo ante las organizaciones integrantes del mecanismo funcionando en Pleno, a través de la Secretaría Ejecutiva, conforme a los requisitos determinado por el Pleno en atención a lo establecido en la fracción III de la Regla Décima Segunda.
Contra la negativa de ingreso, la cual sólo operará por motivo razonado y consideraciones objetivas, la organización interesada podrá solicitar al Pleno la revisión del caso.
Vigésima.- Permanencia y salida del Mecanismo
Para permanecer en el Mecanismo las organizaciones deberán mantener su actividad conforme a su objeto social, el pleno goce y ejercicio de sus derechos, y participar activamente en los trabajos del Mecanismo.
El carácter de integrante se pierde por renuncia o separación o por suspensión definitiva que resuelva el Pleno.
Cualquier organización puede renunciar a seguir formando parte del Mecanismo cuando lo estime pertinente, comunicándolo por escrito al Pleno. La renuncia surtirá efectos inmediatamente después a la presentación de dicho escrito.
Las suspensiones temporales se formularán por ausencias reiteradas sin justificación y no excederán de seis meses.
Serán causas de suspensión definitiva cualquiera de las siguientes:
I. Violación a estas Reglas o a los principios del Mecanismo.
II. La realización de actos que lesionen los intereses del Mecanismo.
III. Dejar de realizar la actividad conforme a su objeto social.
IV. Perder el pleno goce y ejercicio de derechos.
V. La suspensión temporal en dos ocasiones consecutivas.
La Secretaría Ejecutiva debe reportar a la Junta de Coordinación las ausencias reiteradas sin justificación y las propuestas de suspensión, para que la Junta de Coordinación proceda a su dictaminación y notificación.
CAPITULO II
DE LAS PRERROGATIVAS Y DEBERES DE LAS ORGANIZACIONES PARTICIPANTES
Vigésima primera.- Prerrogativas y deberes
Las organizaciones de la sociedad civil que participen en el Mecanismo tendrán las siguientes prerrogativas y deberes:
I. Respetar y cumplir los principios del Mecanismo, las presentes Reglas y los acuerdos del Pleno.
II. Procurar el prestigio y progreso del Mecanismo, así como contribuir a la realización de sus fines.
III. Asistir a las reuniones a las que sean convocados.
IV. Tomar parte en las actividades, participar en las comisiones y hacer propuestas sobre los temas de la agenda y propósitos del Mecanismo.
V. Tener voz y voto en las reuniones del Mecanismo.
Vigésima segunda.- No existencia de relación laboral
El Mecanismo en ningún caso generará relación ni obligación de carácter laboral, administrativa o de cualquier otra índole. Por consiguiente, no existirá relación laboral o administrativa alguna entre la Secretaría de Gobernación y los representantes, funcionarios o trabajadores de las organizaciones de la sociedad civil que participen en el Mecanismo, ni de quienes desempeñen o asuman algún cargo en cualquiera de los grupos que conforman el Mecanismo, incluyendo de manera enunciativa pero no limitativa, el Pleno, la Secretaría Ejecutiva, la Junta de Coordinación, las comisiones o cualquier otra comisión o grupo de trabajo. Toda participación en el Mecanismo será de manera honorífica.
Vigésima tercera.- Capacitación a integrantes del Mecanismo
El Pleno debe fomentar procesos de capacitación para los integrantes del Mecanismo, sobre los siguientes temas: elementos para el proceso de diseño y construcción de las políticas públicas; participación ciudadana; acceso a la información; transparencia; rendición de cuentas, y los demás temas relacionados con el objeto del Mecanismo.
SECCION CUARTA
"CAPITULO UNICO"
RESULTADOS E INFORME DE ACTIVIDADES DEL MECANISMO
Vigésima cuarta.- La Secretaría Ejecutiva debe integrar y difundir un Informe Anual que contenga los avances en el cumplimiento del programa de trabajo, las actividades realizadas, así como una evaluación interna de los resultados alcanzados. Dicho informe deberá ser aprobado por el Pleno.
TRANSITORIOS
Primera.- Estas reglas serán aplicables al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segunda.- Para la integración de la primera reunión plenaria, la Unidad difundirá entre las organizaciones de la sociedad civil las presentes reglas internas de funcionamiento.
Tercera.- Se amplía el periodo a tres años del actual Secretario Ejecutivo. Se amplía el periodo de los actuales coordinadores de comisiones conforme al periodo establecido en estas Reglas.
Dado en la Ciudad de México, a los veinte días del mes de noviembre de dos mil dieciséis.- El Titular de la Unidad de Desarrollo Político y Fomento Cívico de la Secretaría de Gobernación, Zoad Faride Rodríguez Velasco.- Rúbrica.
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