alerta Si el documento se presenta incompleto en el margen derecho, es que contiene tablas que rebasan el ancho predeterminado. Si es el caso, haga click aquí para visualizarlo correctamente.
 
DOF: 28/02/2017
ACUERDO del Comité de Administración por el que se autoriza la Integración por Régimen de Contratación de la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal 2017

ACUERDO del Comité de Administración por el que se autoriza la Integración por Régimen de Contratación de la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal 2017.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LXIII Legislatura.- Comité de Administración.

ACUERDO DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN POR EL QUE SE AUTORIZA LA INTEGRACIÓN POR RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017.
El Comité de Administración de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 70 párrafo segundo y 77 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 64, 66 y 68 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 23 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016; 3o., numeral 1; 34, numeral 1, inciso h); 46, numeral 3 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y,
CONSIDERANDO
I.     Que en términos de lo dispuesto por los artículos 50, 51, 74 y 77, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Cámara de Diputados se compone de representantes de la Nación y tiene facultad para dictar resoluciones económicas relativas a su régimen interior;
II.     Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 34 y 46 numeral 3 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde a la Junta de Coordinación Política asignar los recursos humanos, materiales y financieros, así como los locales en la Cámara de Diputados y para auxiliarla en el ejercicio de sus facultades administrativas, habrá un Comité de Administración;
III.    Que en términos de lo dispuesto por los artículos 147, 206 y sexto transitorio del Reglamento de la Cámara de Diputados, el Comité de Administración, conforme lo determina la Junta de Coordinación Política es el encargado de proporcionar a las Comisiones o Comités los recursos humanos, materiales, financieros y telemáticos, necesarios para el desempeño de sus funciones , para lo cual contarán con el auxilio de las áreas administrativas de la Cámara; el Presidente del Comité pondrá a consideración de los integrantes la propuesta de Acuerdo que deba resolver cada petición; y, para la organización y funcionamiento del Comité de Administración, se estará a lo dispuesto en su Acuerdo de creación, sin perjuicio de las atribuciones y obligaciones que el Reglamento de la Cámara de Diputados le otorga;
IV.   Que de conformidad con el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se crea el Comité de Administración de la Cámara de Diputados en la LXIII Legislatura, aprobado por el Pleno y publicado en la Gaceta Parlamentaria con fecha 10 de septiembre de dos mil quince, el Comité de Administración se encuentra facultado para elaborar resoluciones, acuerdos, normas, políticas y lineamientos; formulará el anteproyecto anual de presupuesto de Egresos de la Cámara y supervisará todo lo relacionado con su ejercicio, control y evaluación; vigilará y autorizará los asuntos relativos a recursos humanos, materiales, financieros y técnicos de la Cámara, incluyendo los relacionados con las prerrogativas, apoyos y subvenciones de los grupos parlamentarios, apoyos a las comisiones y comités y los que, en su caso correspondan a los Diputados. Participará en la
supervisión de lo relacionado con obras y servicios de cualquier naturaleza, viajes nacionales y viáticos y las otras facultades que le asigne la Junta de Coordinación Política. Asimismo, tomará sus decisiones por consenso o mediante el sistema de voto ponderado; el quórum requerido será el de la presencia de un número de representantes de los grupos parlamentarios que en conjunto representen más de 251 votos o más;
V.    Que con fecha 29 de febrero de 2016, este Comité de Administración autorizó la integración por régimen de contratación de la estructura ocupacional de la Cámara de Diputados, en los siguientes términos: Personal de base y operativo de confianza 2895 plazas; personal de mando y homólogos 587; y 2739 prestadores de servicios contratados bajo el régimen de honorarios asimilados a salarios;
VI.   Que los movimientos de plazas autorizados durante el ejercicio 2016, han modificado la integración de la estructura ocupacional de la Cámara de Diputados consignada en el párrafo anterior, lo que hace necesario mantener actualizados los registros de la estructura ocupacional y en un esquema de transparencia, proceder en términos de la legislación aplicable a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el último día hábil de febrero del presente año;
VII.   Que por lo anterior la Dirección General de Recursos Humanos integró la estructura ocupacional de la Cámara de Diputados; tal y como se presenta en el Anexo Único que forma parte integrante del presente Acuerdo.
Expuesto lo anterior, el Comité de Administración, adopta el siguiente:
ACUERDO
Primero.- Se autoriza la Integración y Clasificación por Régimen de Contratación de la H. Cámara de Diputados, en los términos que adelante se indican, incluyendo personal de base y operativo de confianza 2,899 plazas; personal de mando y homólogos 617 plazas; y 3,128 prestadores de servicios contratados bajo el régimen de honorarios asimilados a salarios, considerando que el número de estos últimos es variable en función de la disponibilidad presupuestal y de las necesidades institucionales debidamente sustentadas y validadas por las instancias correspondientes.
Segundo.- Se instruye a la Secretaría General para que lleve a cabo la publicación de la presente estructura ocupacional en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 23 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.
TRANSITORIO ÚNICO
 
El presente Acuerdo será aplicable para el ejercicio fiscal 2017, dejando sin efecto el publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de febrero de 2016.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de febrero 2017.- DIPUTADOS TITULARES: Dip. María Concepción Valdés Ramírez, Presidenta, Titular GP-PRD.- Rúbrica.- Dip. Marisol Vargas Bárcena, Titular GP-PAN.- Rúbrica.- Dip. Alicia Barrientos Pantoja, Titular GP-MORENA.- Dip. Luis Manuel Hernández León, Titular GP-NA.- Dip. Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, Titular GP-PRI.- Rúbrica.- Dip. José Antonio Arévalo González, Titular GP-PVEM.- Dip. José Clemente Castañeda Hoeflich, Titular GP-MC.- Rúbrica.- Dip. Melissa Torres Sandoval, Titular GP-PES.
 
ANEXO ÚNICO
 
ESTRUCTURA OCUPACIONAL Y RECURSOS AUTORIZADOS EN EL CAPÍTULO DE SERVICIOS PERSONALES PARA LA CÁMARA DE DIPUTADOS 2017
Partidas
1130
1210
1220
1310
1320
1330
1340
1410
1420
1430
1440
1520
1530
1540
1590
1710
Totales
Tipo de
Personal
No. de
Plazas
Sueldos Base al
Personal
Permanente
Honorarios
Asimilables a
Salarios
Sueldos Base
al Personal
Eventual
Primas por
Años de
Servicios
Efectivos
Prestados
Primas de
Vacaciones,
Dominical y
Gratificación de
Fin de Año
Horas
Extraord.
Compensaciones
Aportaciones de
Seguridad Social
Aportaciones a
Fondos de
Vivienda
Aportaciones al
Sistema para el
Retiro
Aportaciones
para Seguros
Indemnizaciones
Prestaciones y
Haberes de
Retiro
Prestaciones
Contractuales
Otras
Prestaciones
Sociales y
Económicas
Estímulos
Base y
Confianza
2,899
283,833,535
 
23,421,412
4,162,290
97,968,213
8,400,000
268,573,548
70,741,274
26,908,054
12,763,222
9,105,938
10,000,000
21,956,300
429,829,297
167,255,740
104,652,403
1,539,571,228
Mandos
Medios,
Superiores y
Homólogos
617
102,371,829
 
 
242,220
79,620,317
 
420,450,130
15,866,281
5,893,983
2,957,592
100,659,350
40,000,000
 
18,235,203
60,586,438
73,433,545
920,316,888
Honorarios
3,128
 
1,064,930,720
 
 
119,026,311
 
 
14,066,928
4,244,899
2,688,172
 
50,000,000
 
3,234,352
94,720,327
 
1,352,911,709
Sumas
6,644
386,205,364
1,064,930,720
23,421,412
4,404,510
296,614,841
8,400,000
689,023,678
100,674,484
37,046,936
18,408,987
109,765,288
100,000,000
21,956,300
451,298,852
322,562,505
178,085,948
3,812,799,826
NOTAS:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
> EL NÚMERO DE CONTRATOS DE HONORARIOS PUEDE VARIAR EN FUNCIÓN DE LOS ACUERDOS EMITIDOS POR LOS ÓRGANOS COMPETENTES Y LAS NECESIDADES INSTITUCIONALES
> INCLUYE UEC
> EL TECHO PRESUPUESTAL AUTORIZADO, PUEDE SER MODIFICADO DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO FACULTADOS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
__________________________________

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
      4
611
1218
1925
2628        
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 04/05/2025

UDIS
8.453535

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2025