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DOF: 14/04/2017 |
ACUERDO CCNO/4/2017 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión de turno de nuevos asuntos de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Tercer Circuito, con residencia en Zapopa ACUERDO CCNO/4/2017 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión de turno de nuevos asuntos de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos. ACUERDO CCNO/4/2017 DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA EXCLUSIÓN DE TURNO DE NUEVOS ASUNTOS DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN ZAPOPAN, JALISCO. CONSIDERANDO PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones; SEGUNDO. El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes; TERCERO. El artículo 81, fracción XXIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal, para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los Tribunales de Circuito o de los Juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, con apoyo en lo que establece el artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales; CUARTO. Mediante Acuerdo General 44/2016 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones de los Tribunales Colegiados Tercero y Cuarto de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región con residencia en Guadalajara, Jalisco, y su transformación en Tribunales Colegiados Sexto y Séptimo en Materia Administrativa del Tercer Circuito con residencia en Zapopan, Jalisco; así como la denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funciones, las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los tribunales colegiados en el Circuito, residencia y especialidad indicados, se determinó de conformidad con su artículo 4, que los nuevos asuntos presentados en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Tercer Circuito, en días y horas hábiles, del uno al treinta de noviembre de dos mil dieciséis, se remitirían a los Tribunales Colegiados Sexto y Séptimo antes señalados, conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos; con excepción de los asuntos relacionados en términos de las reglas previstas en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, en cuyo caso serían turnados al órgano respectivo que cuente con los antecedentes; QUINTO. En términos de lo dispuesto por el artículo 84 Quater, fracción VII, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales, corresponde a la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos, proponer a la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los órganos jurisdiccionales, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; SEXTO. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos advierte que el número de asuntos radicados en los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco, a la fecha no se han equilibrado, por lo que se considera necesario ordenar la exclusión temporal de turno de asuntos de los Tribunales Colegiados Segundo, Tercero y Cuarto en la materia y Circuito referidos, para conocer de asuntos nuevos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común que les presta servicio; Por ello, a fin de evitar que la decisión de instalar dos Tribunales Colegiados adicionales, pierda eficacia, se determina que la exclusión de turno comprenda del diecisiete de abril al once de junio de dos mil diecisiete, la cual se estima coadyuvará razonablemente al equilibrio de las cargas de trabajo entre los siete tribunales colegiados en la materia y Circuito referidos. Por lo anterior se expide el siguiente ACUERDO Artículo 1. Se excluye temporalmente del turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Segundo, Tercero y Cuarto en Materia Administrativa del Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco, por el lapso comprendido del diecisiete de abril al once de junio de dos mil diecisiete. Por lo anterior, la distribución de los nuevos asuntos presentados en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco, en el periodo del diecisiete de abril al once de junio de dos mil diecisiete, se remitirán conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos, a sus homólogos Primero, Quinto, Sexto y Séptimo, con excepción de los asuntos relacionados en términos de las reglas previstas en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, en cuyo caso serán turnados al órgano respectivo que cuente con los antecedentes. Al concluir la medida temporal de exclusión otorgada, los nuevos asuntos que se presenten se distribuirán entre los siete Tribunales Colegidos en Materia Administrativa del Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco, conforme al sistema computarizado, utilizado para tales efectos y a la normativa administrativa autorizada por el Consejo de la Judicatura Federal. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos podrá concluir de manera anticipada el plazo de exclusión del turno de nuevos asuntos y en su caso, ampliar o fijar un nuevo periodo. Artículo 2. Al finalizar el periodo de exclusión de turno indicado y dentro de los cinco días hábiles siguientes, los Presidentes de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco, deberán informar a la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos, sobre los resultados de la medida ordenada, conforme al cuadro siguiente: MOVIMIENTO TOTAL DE ASUNTOS. PERIODO DEL 17 DE ABRIL AL 11 DE JUNIO DE 2017 ÓRGANO | EXISTENCIA INICIAL | INGRESO | EGRESO | EXISTENCIA FINAL | TRÁMITE | PENDIENTES DE RESOLVER | | | | | | | Artículo 3. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de su respectiva competencia, podrá interpretar y resolver las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación. SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal. TERCERO. La Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco, fijará avisos en lugar visible, en relación con la medida objeto del presente acuerdo. EL MAGISTRADO JOSÉ MANUEL VILLEDA AYALA, SECRETARIO EJECUTIVO DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/4/2017 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión de turno de nuevos asuntos de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el diez de abril de dos mil diecisiete, por los señores Consejeros: Presidenta Martha María del Carmen Hernández Álvarez y Felipe Borrego Estrada.- Ciudad de México, a diez de abril de dos mil diecisiete.- Conste.- Rúbrica.
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