DOF: 26/04/2017
ACUERDO por el que la Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia delega en el Oficial Mayor, las facultades a que se refiere el artículo 10 fracciones I, V, X, XIV, XVI, XVIII, XXX y XXXI, y en el Director General de Recursos

ACUERDO por el que la Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia delega en el Oficial Mayor, las facultades a que se refiere el artículo 10 fracciones I, V, X, XIV, XVI, XVIII, XXX y XXXI, y en el Director General de Recursos Humanos las fracciones VII y VIII del artículo 10 y la fracción XVI del artículo 19 del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

ACUERDO POR EL QUE LA TITULAR DEL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DELEGA EN EL OFICIAL MAYOR, LAS FACULTADES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 10 FRACCIONES I, V, X, XIV, XVI, XVIII, XXX Y XXXI, Y EN EL DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS LAS FRACCIONES VII Y VIII DEL ARTÍCULO 10 Y FRACCIÓN XVI DEL ARTÍCULO 19 DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
LAURA BARRERA FORTOUL, Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 9 y 10 del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, y
CONSIDERANDO
Que el 11 de mayo de 2016 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo mediante el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, el cual contiene las atribuciones para el Organismo, derivadas de la publicación de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y su Reglamento, publicadas en el referido Diario Oficial el 4 de diciembre de 2014 y 2 de diciembre de 2015, respectivamente.
Que en razón de lo anterior, en Sesión celebrada el 1o. de marzo de 2016, fue aprobado por la Junta de Gobierno mediante el Acuerdo 11/0RD.01/2016, que establece la modificación del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
Que el tercer párrafo, del artículo 9 del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, dispone que corresponde originalmente al Titular la representación, trámite y resolución de los asuntos del Organismo y podrá, para mejor distribución y desarrollo del trabajo, conferir sus facultades delegables a servidores públicos subalternos, sin perjuicio directo, emitiendo los acuerdos relativos.
Que con la finalidad de procurar una mejor organización del trabajo administrativo y agilizar el despacho de los asuntos que son competencia del Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, es necesario delegar en el Oficial Mayor y en el Director General de Recursos Humanos las facultades a que refiere el presente Acuerdo, y que se encuentran relacionadas con su cargo, lo que permite la eficiencia y eficacia en su ejercicio.
Que de conformidad con las facultades que expresamente le confiere en el párrafo tercero del artículo 9 y la fracción XXXI del artículo 10 del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia a la Titular del Organismo, se emite el siguiente:
ACUERDO
Primero.- Se delega en el Oficial Mayor del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, la facultad que se señala en la fracción I, del artículo 10 del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, únicamente en lo que se refiere a administrar y representar legalmente al Organismo.
Segundo.- Se delegan en el Oficial Mayor del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, las facultades señaladas en las fracciones V, X, XIV, XVI, XVIII, XXX y XXXI del artículo 10 del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
Tercero.- Se delega en el Director General de Recursos Humanos del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, las facultades señaladas en las fracciones VII y VIII del artículo 10 y la fracción XVI del artículo 19 del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
Cuarto.- Las autorizaciones que se emitan en el ejercicio de las facultades que se delegan deberán constar por escrito y cumplir con las disposiciones aplicables, así como lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal que corresponda.
Quinto.- La delegación de las facultades a que se refiere el presente instrumento, se otorga sin perjuicio de su ejercicio directo por parte del Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
TRANSITORIO
Único.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a 18 de abril de 2017.- La Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, Laura Barrera Fortoul.- Rúbrica.
(R.- 448364)
 

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