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DOF: 21/07/2017 |
DECLARATORIA de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto de los inmuebles Federales que se señalan DECLARATORIA de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto de los inmuebles Federales que se señalan. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Folio: DSRDPF/357/2017 al DSRDPF/376/2017. DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, RESPECTO DE LOS INMUEBLES FEDERALES, QUE SE SEÑALAN. ALAN DANIEL CRUZ PORCHINI, Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 2, 17, 26 y 31 fracción XXIX, XXX y XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracciones VI y VII, 3 fracción III, 4, 6 fracción VI, 10, 13, 28, fracciones I, III y VII, 29, fracción IV, 32, 40, 42, fracción V, 43, 48 y 101 fracción III de la Ley General de Bienes Nacionales; 2 °, Apartado D, fracción VI, 6, fracción XXXV y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 3, fracción X, 6 fracción XXXIII; 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y ARTÍCULO PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por la Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo de 2017, y CONSIDERANDO 1.- Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada, teniendo la Nación en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público; 2.- Que el artículo 2, fracción VII de la Ley General de Bienes Nacionales define como "Inmueble federal", el terreno con o sin construcciones de la Federación, así como aquéllos en que ejerza la posesión, control o administración a título de dueño; 3.- Que por su parte, el artículo 6, fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales dispone que están sujetos al régimen de dominio público de la Federación los inmuebles federales que estén destinados de hecho o mediante un ordenamiento jurídico a un servicio público y los inmuebles equiparados a éstos conforme a esta Ley; 4.- Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Turismo, la Secretaría de Cultura, a través de su Órgano Desconcentrado denominado Instituto Nacional de Antropología e Historia; la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su Órgano Desconcentrado denominado Servicio de Administración Tributaria, y; la Secretaría de Educación Pública a través de su Órgano Desconcentrado denominado Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, actualmente, Ciudad de México, respectivamente, han tenido la posesión, custodia, vigilancia y uso de los inmuebles Federales señalados, para la utilización de servicios públicos a su cargo, con la ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, descritos en el cuadro siguiente: No. DSRDPF | RFI | Denominación ubicación y superficie | Orientación | Colindancia | Medidas Metros | 357/2017 | 21-14079-2 | "Delegación Capitanía de Puerto Valsequillo", ubicado en Av. Manuel Ávila Camacho, N ° 12, Colonia El Oasis, C.P. 72960, Municipio de Puebla, Estado de Puebla. Superficie de 306.00 metros cuadrados. | NORTE SUR ESTE OESTE | Propiedad Privada. Zona Federal del Lago. Avenida Manuel Ávila Camacho. Zona Federal del Lago. | 17.00 8.90 24.00 23.20 | 358/2017 | 25-6114-0 | "Oficinas Residencia General Obras Marítimas", ubicado en Calle Playa Carrizo, S/N, Fraccionamiento Playa del Sur, C.P. S/N, Municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa. Superficie de 5596.10 metros cuadrados. | NORTE SUR ESTE OESTE | Calle Playa Carrizo. Unidad Habitacional de la Armada. Calle Prolongación Carnaval. Avenida del Puerto. | 93.50 103.07 60.90 51.51 | 359/2017 | 9-19204-5 | "Jardín de Niños Clotilde González García", ubicado en Calle Camino Real de San Martín, N ° 78, Colonia Santa Bárbara, C.P. 02230, , Delegación de Azcapotzalco, Ciudad de México. Superficie de 3100.00 metros cuadrados. | NORTE SUR ESTE OESTE | Propiedad Particular. Calle Camino Real De San Martín. Propiedad Particular. Propiedad Particular. | 40.00 40.00 77.50 77.50 | 360/2017 | 26-4289-2 | "Campamento Esperanza y Oficina Residencia Carreteras Alimentadoras", ubicado en Calle Puerto Agiabampo, S/N, Colonia Nueva Esperanza, C.P. 85210, Municipio de Cajeme, Estado de Sonora. Superficie de 5100.00. metros cuadrados | NORTE SUR ESTE OESTE | Tereno Cruz Roja. Calle Puerto Agiabampo. Calle Magdalena Trujillo. Terreno Cruz Roja e Iglesia. | 59.44 60.36 87.01 86.52 | 361/2017 | 26-4284-7 | "Campamento y Bodega de Residencia de Conservación Agua Prieta", ubicado en Calle 23, S/N, Colonia Tecnológico Carretera a Janos Km. 157+ 000, C.P. 84200, Municipio de Agua Prieta, Estado de Sonora. Superficie de 6679.00. metros cuadrados | NORTE SUR NORESTE NOROESTE | Lado 0-1 Avenida 26. Lado 2-3. Lado 1-3. Lado 3-0. | 136.00 136.00 78.00 78.00 | 362/2017 | 25-7483-7 | "Casa Habitación", ubicado en Av. Capitán de Navío Hilario Rodríguez Malpica, N ° 6, Fraccionamiento Playa Sur, C.P. 82040, Municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa. Superficie de 3659.00 metros cuadrados. | NORTE SUR OESTE PONIENTE | Colonia Armada de México (Zona Naval). Avenida Capitán de Navío Hilario Rodríguez Malpica. Avenida Emilio Barragán. Casa 6. | 26.75 25.75 35.44 35.44 | 363/2017 | 25-7484-6 | "Casa Habitación", ubicado en Calle Capitán de Navío Hilario Rodríguez Malpica, N ° 8, Fraccionamiento Playa Sur, C.P. 82040, Municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa. Superficie de 3659.00 metros cuadrados. | NORTE SUR OESTE PONIENTE | Colonia Armada de México (Zona Naval). Avenida Capitán de Navío Hilario Rodríguez Malpica. Casa 6. Casa Habitación del Oficial de la Armada de México. | 35.66 24.87 36.90 31.82 | 364/2017 | 25-7487-3 | "Campamento de Conservación de Carreteras", ubicado en Carretera Libre Culiacán- Mazatlán, Km. 173, Colonia Sindicatura El Salado, C.P. 80440, Municipio de Culiacán, Estado de Sinaloa. Superficie de 9044.00 metros cuadrados. | NORESTE SURESTE SUROESTE | Carretera Internacional Callejón a la Mina Descubridora. Camino Viejo a San Lorenzo. | 151.98 142.83 139.63 | 365/2017 | 12-6818-0 | "Superintendencia de Maquinaria Zona Sur Acapulco", ubicado en Calle 29, S/N, Colonia Emiliano Zapata, C.P. 39700, Municipio de Acapulco de Juárez, Estado de Guerrero. Superficie de 1990.00 metros cuadrados. | NORTE SUR ESTE OESTE | Secretaría de Desarrollo Social. Calle 29. Calle 12. Calle 10. | 38.00 38.00 41.50 41.50 | 366/2017 | 12-12997-4 | "Casa del Vigia", ubicado en Calle Cumbres del Cerro de la Mira, S/N, Colonia La Mira, C.P. 39480, Municipio de Acapulco de Juárez, Estado de Guerrero. Superficie de 523.00 metros cuadrados. | NORTE SUR ESTE OESTE | Brecha La Mira. Barranca Zona Federal. Propiedad Privada. Propiedad Privada. | 35.00 10.00 42.00 18.00 | 367/2017 | 3-1289-2 | "Delegación Capitanía de Puerto Bahía Magdalena", ubicado en Calle Isla Magdalena, S/ N, Colonia Magdalena, C.P. S/N, Municipio de Comondú, Estado de Baja California Sur. Superficie de 1000.00 metros cuadrados. | NORTE SUR ESTE OESTE | Terreno de la Isla. Antigua Empacadora Fuera de Servicio. Bahía Magdalena. Terrenos de la Isla. | 25.00 25.00 50.00 50.00 | 368/2017 | 3-1281-0 | "Fosa de Asfalto de San Juan de la Costa", ubicado en Carretera a Poblado San Juan de la Costa, Km. 42, Pueblo San Juan de la Costa, C.P. S/N, Municipio de La Paz, Estado de Baja California Sur. Superficie de 1609.00 metros cuadrados. | NORESTE NOROESTE SURESTE SUROESTE | Acceso a Ramal de San Juan de la Costa. Terrenos de ROFOMEX. Terrenos de ROFOMEX. Terrenos de ROFOMEX. | 62.00 26.00 26.00 62.00 | 369/2017 | 3-198-8 | "Fosa de Asfalto de Puerto Escondido", ubicado en Camino a Puerto Escondido, Km. 1, Puerto Escondido, C.P. S/N, Municipio de Comondú, Estado de Baja California Sur. Superficie de 470.00 metros cuadrados. | NORTE SUR ESTE OESTE | Terrenos de FONATUR. Muelle de Puerto Escondido. Terrenos de FONATUR. Guarnición de la Secretaría de Marina. | 29.28 29.28 30.00 30.00 | 370/2017 | 3-1656-0 | "Delegación Capitanía de Puerto", ubicado en Calle Manuel Doblado, S/N, Colonia Centro, C.P. S/N, Municipio de Los Cabos, Estado de Baja California Sur. Superficie de 815.00 metros cuadrados. | NORTE SUR ESTE OESTE | Calle Manuel Doblado. Propiedad de Ricardo Calderón de la Barca. Calle Centenario. Plaza Centenario. | 35.00 35.00 23.90 23.90 | 371/2017 | 10-4754-8 | "Jefatura de Servicios A.V.", ubicado en Boulevard Miguel Alemán Oriente, N ° 250, Colonia Las Rosas, C.P. 35090, Municipio de Gómez Palacio, Estado de Durango. Superficie de 700.00 metros cuadrados. | NORTE SUR ESTE OESTE | Boulevard Miguel Alemán. Terrenos del Parque Gómez Palacio. Parque Gómez Palacios. Calle Sonora. | 24.00 21.00 29.00 31.50 | 372/2017 | 29-2263-2 | "Ex Convento de San Francisco", ubicado en Calzada de San Francisco, S/N, Colonia Centro, C.P. 90000, Municipio de Tlaxcala, Estado de Tlaxcala. Superficie de 14824.27 metros cuadrados. | NORTE SUR ESTE OESTE | Fracc Huertas de San Fco y Calzada de San Francisco. Escalinata y Calle del Vecino. Propiedad de Guillermina Santa Cruz y Plaza de Toros. Calle Morelos. | 153.60 110.50 120.20 106.55 | 373/2017 | 9-7928-0 | "Escuela Primaria Profr. Luis Álvarez Barret", ubicado en Cerrada Guadalupe Magaña y 2 A de J. Rodríguez, S/N, Unidad Habitacional Vicente Guerrero, C.P. 09200, Delegación Iztapalapa, Ciudad de México. Superficie de 3784.00 metros cuadrados. | NORTE SUR ESTE OESTE | Zona Comercial Supermanzana 7. Propiedades Privadas. Primera Calle de Guadalupe Magaña. Calle Batallones Rojos. | 69.15 69.15 54.70 54.70 | 374/2017 | 9-17260-5 | "Biblioteca Parque Abasolo", ubicado en Av. Eje 1 Poniente, S/N, Colonia Guerrero, C.P. 06300, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México. Superficie de 440.32 metros cuadrados. | NORTE SUR ESTE OESTE | Parque Abasolo Calle Luna. Parque Abasolo. Calle Plaza M. Abasolo. | 17.20 17.20 20.80 25.60 | 375/2017 | 23-15-5 | "Administración Local de Chetumal", ubicado en Boulevard Bahía, N ° 230, Colonia Centro, C.P. 77000, Municipio de Othón P. Blanco, Estado de Quintana Roo. Superficie de 1483.35 metros cuadrados. | NORTE SUR ESTE OESTE | Calle 22 de Enero. Boulevard Bahía. Parque Público. Avenida Independencia. | 49.45 45.30 30.79 30.61 | 376/2017 | 5-821-7 | "Administración Local de Torreón", ubicado en Av. Eriazo del Norte, N ° 17, C.P. 27110, Localidad Torreón, Municipio de Torreón, Estado de Coahuila de Zaragoza. Superficie de 45332.00 metros cuadrados | NORTE SUR ESTE OESTE | Lecho del Río Nazas. Periférico Torreón Gómez Lerdo. Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Universidad del Noreste. | 140.00 185.00 245.00 245.00 | 5.- Que en razón de lo anterior, dichos inmuebles se tienen identificados como inmuebles Federales y se encuentran controlados en el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, con el Registro Federal Inmobiliario señalados en el cuadro anterior. 6.- Que acorde a las consideraciones anteriores, los inmuebles objeto de la presente Declaratoria son inmuebles Federales que se ajustan al supuesto previsto en el artículo 6, fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales; por lo que con fecha 22 de junio de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la notificación mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo tendiente a emitir la presente Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación en términos del artículo 29, fracción IV, de la Ley General de Bienes Nacionales; y 7.- Que con fecha 29 de junio de 2017 venció el término legal dispuesto para oponerse al procedimiento citado en el considerando anterior, por lo que al no haberse recibido manifestación de oposición alguna; a nombre y en representación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dependencia del Ejecutivo Federal encargada de determinar y conducir la política inmobiliaria de la Administración Pública Federal; así como de declarar, cuando ello sea preciso, que un bien determinado está sujeto al régimen de dominio público de la Federación, por estar comprendido en algunas de las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales; he tenido a bien emitir la siguiente: DECLARATORIA PRIMERA.- Que los inmuebles descritos en el considerando 4 del presente documento, se encuentran sujetos al régimen de dominio público de la Federación. SEGUNDA.- Que en razón de lo anterior dichos inmuebles son inalienables, imprescriptibles e inembargables, razón por la cual no se encuentran sujetos a prescripción positiva o negativa, ni son objeto de acciones reivindicatorias o interdictos posesorios por parte de terceros, por su naturaleza no pueden considerarse bienes vacantes para los efectos de los artículos 785 a 789 del Código Civil Federal. TERCERA.- De esta forma, mientras dichos inmuebles Federales continúen en uso y control por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Turismo, la Secretaría de Cultura, a través de su Órgano Desconcentrado denominado Instituto Nacional de Antropología e Historia; la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su Órgano Desconcentrado denominado Servicio de Administración Tributaria, y; la Secretaría de Educación Pública a través de su Órgano Desconcentrado denominado Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, actualmente Ciudad de México, respectivamente, dichas dependencias tendrán el carácter de institución destinatarias respecto de estos inmuebles, para los efectos de los artículos 2, fracción VI y 6, fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales, encontrándose obligadas, por conducto de su responsable inmobiliario, al cumplimiento de los artículos 28, fracción I, 29, fracción XIV y 32 de la ley en cita. CUARTA.- Aún cuando la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Turismo, la Secretaría de Cultura, a través de su Órgano Desconcentrado denominado Instituto Nacional de Antropología e Historia; la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su Órgano Desconcentrado denominado Servicio de Administración Tributaria, y; la Secretaría de Educación Pública a través de su Órgano Desconcentrado denominado Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, actualmente Ciudad de México, respectivamente, dejen de ocupar uno o varios de los inmuebles objeto de la presente Declaratoria, y los mismos sean puestos a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales y dicho Instituto los recibiera para su administración directa, así como en caso de que estos dejen de destinarse a las finalidades del artículo 59 de la Ley General de Bienes Nacionales, los inmuebles relativos continuarán sujetos al régimen de dominio público de la Federación. QUINTA.- Publíquese esta Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación, para que surta efectos en términos de lo dispuesto por el artículo 101 fracción III de la Ley General de Bienes Nacionales. SEXTA.- Inscríbase la presente Declaratoria como acto de certeza jurídica que acredita la naturaleza inmobiliaria federal respecto de los inmuebles objeto de la misma, tanto en el Registro Público de la Propiedad Federal como en el Registro Público de la Propiedad correspondiente al lugar de la ubicación de los inmuebles de que se trata, de conformidad con lo previsto por los artículos 42 fracción V, y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales, para efectos de publicidad y de oponibilidad ante terceros. TRANSITORIO ÚNICO.- La presente Declaratoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Sufragio Efectivo, No Reelección. Ciudad de México a los 04 días de julio de dos mil diecisiete.- El Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Alan Daniel Cruz Porchini.- Rúbrica.
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