DOF: 21/09/2017
ACUERDO por el que se declara la suspensión de labores los días 21 y 22 de septiembre de 2017 en las oficinas que se indican, y se consideran como días inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las oficinas que

ACUERDO por el que se declara la suspensión de labores los días 21 y 22 de septiembre de 2017 en las oficinas que se indican, y se consideran como días inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las oficinas que se señalan de las Delegaciones Federales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, por existir causas de fuerza mayor originadas por el sismo del 19 de septiembre de 2017.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 5, fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo ordena que los actos administrativos de carácter general, tales como decretos, acuerdos y circulares, entre otros, que tengan por objeto establecer obligaciones específicas, deben ser publicados en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos;
Que el artículo 28 de la propia Ley Federal de Procedimiento Administrativo, faculta a los titulares de las Dependencias del Ejecutivo Federal para suspender labores por causa de fuerza mayor o caso fortuito o, debidamente fundada y motivada;
Que con motivo de la situación de emergencia derivada del sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017 y a fin de que se continúen las acciones de revisión exhaustiva de los inmuebles que ocupan las oficinas de las Delegaciones Federales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en las entidades federativas que se señalan, así como de las oficinas centrales de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y las de sus Delegaciones que se señalan en el Artículo Primero del presente Acuerdo, como medida preventiva y de protección civil, se estima necesario suspender las actividades de las Delegaciones Federales que se señalan y del órgano administrativo desconcentrado antes indicado los días 21 y 22 de septiembre de 2017;
Que la medida señalada en el párrafo anterior se adopta también a efecto de no entorpecer las labores que deban realizar las autoridades correspondientes en atención a la situación de emergencia que se vive la Ciudad de México;
Que la suspensión de labores que se establece, implicará que no corran los términos de ley para efectos de los trámites, diligencias y actuaciones en los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse en las oficinas de las Unidades Administrativas a que se refiere el Artículo Primero del presente Acuerdo, y
Que a efecto de dar certeza y seguridad jurídica a todas aquellas personas que tienen asuntos en trámite en las Delegaciones Federales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en las entidades federativas que se señalan, así como de las oficinas centrales de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y las de sus Delegaciones que se señalan en el Artículo Primero del presente Acuerdo, así como a todo el público en general, respecto de los plazos y términos relativos a los procedimientos administrativos correspondientes, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA LA SUSPENSIÓN DE LABORES LOS DÍAS 21 Y 22 DE
SEPTIEMBRE DE 2017 EN LAS OFICINAS QUE SE INDICAN, Y SE CONSIDERAN COMO DÍAS
INHÁBILES PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
SUSTANCIADOS EN LAS OFICINAS QUE SE SEÑALAN DE LAS DELEGACIONES FEDERALES DE LA
SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Y DE LA PROCURADURÍA FEDERAL
DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE, POR EXISTIR CAUSAS DE FUERZA MAYOR ORIGINADAS POR EL
SISMO DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017
ARTÍCULO PRIMERO. Por causa de fuerza mayor se suspenden labores los días 21 y 22 de septiembre de 2017, en las oficinas que a continuación se indican:
I. Oficinas de las Delegaciones Federales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en las siguientes entidades federativas: Chiapas, Estado de México, Morelos, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y Veracruz, y
II. Oficinas centrales de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, ubicadas en Carretera Picacho Ajusco 200, Colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, Ciudad de México, C.P. 14210; así como las
de sus Delegaciones en las siguientes entidades federativas: Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Puebla, Tlaxcala, Veracruz y Zona Metropolitana del Valle de México.
ARTÍCULO SEGUNDO. Se declaran inhábiles para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante las Delegaciones Federales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en las entidades Federativas que se señalan y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, en las oficinas señaladas en el artículo anterior, como son la recepción de documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y medios de impugnación, así como cualquier acto administrativo que sea solicitado a los servidores públicos adscritos a la dependencia y órgano administrativo desconcentrado, señalados en el artículo primero del presente Acuerdo.
ARTÍCULO TERCERO. Cualquier actuación, requerimiento, solicitud o promoción realizada ante las Delegaciones Federales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Ejecutivo Federal y los órganos administrativos desconcentrados antes indicados, en alguno de los días considerados como inhábiles por el presente Acuerdo, en su caso, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente en términos del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación.
Dado en la Ciudad de México, a los veinte días del mes de septiembre de dos mil diecisiete.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Rafael Pacchiano Alamán.- Rúbrica.
 

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