ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, declara la suspensión de labores por causa de fuerza mayor en todas las áreas administrativas del propio Instituto Federal de Telecomunicaciones, el día viernes 22 de septiembre del presente año, por lo que en esa fecha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28, párrafo tercero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo no correrán los términos de ley.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, DECLARA LA SUSPENSIÓN DE LABORES POR CAUSA DE FUERZA MAYOR EN TODAS LAS ÁREAS ADMINISTRATIVAS DEL PROPIO INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, EL DIA VIERNES 22 DE SEPTIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, POR LO QUE EN ESA FECHA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 28, PÁRRAFO TERCERO DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NO CORRERÁN LOS TÉRMINOS DE LEY.
CONSIDERANDO
I. Que con fecha 19 de septiembre del año en curso el Instituto emitió un Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de labores por causa de fuerza mayor, luego del sismo registrado a las trece horas con catorce minutos de esa misma fecha, en todas las áreas administrativas del propio Instituto Federal de Telecomunicaciones, los días miércoles 20 y jueves 21 de septiembre del presente año, por lo que en esas fechas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28, párrafo tercero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo no correrán los términos de ley.
II. Que como consecuencia de lo señalado en el numeral anterior, fueron desalojadas las instalaciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones en sus tres sedes, a efecto de realizar la verificación estructural de los inmuebles por parte de las autoridades en materia de Protección Civil, así como por especialistas designados por el Instituto. Si bien esta verificación por especialistas está ya muy avanzada, no concluirá sino hasta el día 22 de septiembre, por lo que en aras de la protección y seguridad de los trabajadores del Instituto y de permitir que nuestros trabajadores permanezcan con sus familias y menores hasta en tanto se reanuden las clases en el Sistema Educativo de la Ciudad de México, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones ha decidido extender la suspensión de labores por un día más, es decir, hasta el día 22 de septiembre de 2017.
III. Atento a lo anterior y con fundamento en los párrafos décimo quinto, décimo sexto y vigésimo fracción I del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 6, fracción IV de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 28, tercer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 114, 115 y 116 de la Ley Federal de Competencia Económica; 282 del Código Federal de Procedimientos Civiles, así como 1, 3 y 12, segundo párrafo del Estatuto Orgánico, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se declara la suspensión de labores, por causa de fuerza mayor, en todas las áreas administrativas del propio Instituto Federal de Telecomunicaciones el día 22 de septiembre de 2017, por lo tanto en esta fecha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28, párrafo tercero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria, quedan suspendidos los plazos y términos previstos en ley y en todos los actos administrativos emitidos por el Instituto.
SEGUNDO.- Publíquese el presente Acuerdo en la página electrónica del Instituto y a través de los medios electrónicos de difusión que sea posible.
La Comisionada Presidenta[1], Adriana Sofía Labardini Inzunza.- Rúbrica.- Los Comisionados: María Elena Estavillo Flores, Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar, Mario Germán Fromow Rangel, Adolfo Cuevas Teja, Javier Juárez Mojica, Arturo Robles Rovalo.- Rúbricas.
El presente Acuerdo fue aprobado por el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones en su XVI Sesión Extraordinaria celebrada el 21 de septiembre de 2017, por mayoría de votos de los Comisionados Adriana Sofía Labardini Inzunza, María Elena Estavillo Flores, Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar, Mario Germán Fromow Rangel, Javier Juárez Mojica y Arturo Robles Rovalo; y con el voto en contra del Comisionado Adolfo Cuevas Teja; con fundamento en los párrafos vigésimo, fracciones I y III; y vigésimo primero, del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 7, 16 y 45 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 5 y 18 de la Ley Federal de Competencia Económica; así como en los artículos 1, 7, 8 y 12 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, mediante Acuerdo P/IFT/EXT/210917/174.
[1] En términos de lo dispuesto por los artículos 19 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y