DOF: 03/10/2017
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la sentencia definitiva dictada por la Segunda Sala Regional del Noreste del

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la sentencia definitiva dictada por la Segunda Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, durante la tramitación del juicio de nulidad número 1132/16-06-02-1-OT, promovido por Ortho Implantes, S.A de C.V., en contra de la resolución contenida en el oficio número 00641/30.15/5622/2015, dictada en el expediente administrativo de sanción a proveedores PISI-A-NC-DS-0152/2014.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- Expediente PISI-A-NC-DS-0152/2014.- Oficio No. 00641/30.15/4053/2017.- No. Int. 42/2016.- Reg. 15107.

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SENTENCIA DEFINITIVA DE FECHA TRES DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, DICTADA POR LA SEGUNDA SALA REGIONAL DEL NORESTE DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL JUICIO DE NULIDAD NÚMERO 1132/16-06-02-1-OT, PROMOVIDO POR LA C. ADRIAN DE LA ROSA HERNÁNDEZ, EN REPRESENTACIÓN DE "ORTHO IMPLANTES, S.A DE C.V.", EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN CONTENIDA EN EL OFICIO NÚMERO 00641/30.15/5622/2015 DE FECHA ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, DICTADA EN EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE SANCIÓN A PROVEEDORES PISI-A-NC-DS-0152/2014.
Oficiales Mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y entidades de la Administración Pública Federal,
así como a las empresas productivas del Estado
y a las entidades federativas.
Presentes.
Con fecha tres de abril de dos mil diecisiete, la Segunda Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, durante la tramitación del juicio de nulidad número 1132/16-06-02-1-OT, promovido por el C. Adrian de la Rosa Hernández, en representación de "Ortho Implantes, S.A de C.V.", emitió sentencia definitiva a través de la cual declaró la nulidad lisa y llana de la resolución contenida en el oficio número 00641/30.15/5622/2015 de fecha once de noviembre de dos mil quince, dictada en el expediente administrativo de sanción a proveedores PISI-A-NC-DS-0152/2014, mediante la cual se le impusieron las sanciones administrativas consistentes en multa por la cantidad de $772,892.00 (setecientos setenta y dos mil ochocientos noventa y dos pesos 00/100), e inhabilitación por el plazo de dos años para que por sí misma o a través de interpósita persona, no pueda presentar propuestas ni celebrar contrato alguno con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con las entidades federativas cuando utilicen recursos federales conforme a los convenios celebrados con el Ejecutivo Federal sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas; sentencia en la cual se resolvió:
"Por lo expuesto y con fundamento en las artículos 8, fracciones I y X, 9, fracción II, aplicados a contrario sensu, 50, 51 y 52, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, esta Sala:
RESUELVE:
I.- No es de sobreseerse ni se sobresee el presente juicio.
II.- La parte actora probó los extremos de su pretensión, en consecuencia;
III.- Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada, cuyas características han quedado precisadas en el Resultando 1 ° del presente fallo por las razones vertidas en el Considerando Cuarto de la presente sentencia."
Lo anterior se hace de conocimiento, a efecto de que las Entidades Federativas y los Municipios interesados cumplan con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente.
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2017.- El Titular, Jorge Peralta Porras.- Rúbrica.
 
 

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