DOF: 17/10/2017
DECLARATORIA por la que se determina que una fracción de terreno con superficie de 11,264

DECLARATORIA por la que se determina que una fracción de terreno con superficie de 11,264.07 metros cuadrados, la cual forma parte de una superficie de extensión total de 58,529.81 metros cuadrados, ubicado en el Km 14.5 de la carretera federal México-Toluca, Colonia Palo Alto, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México, revierte al patrimonio del Gobierno Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal.

DECLARATORIA por la que se determina que una fracción de terreno con superficie de 11,264.07 metros cuadrados, la cual forma parte de una superficie de extensión total de 58,529.81 metros cuadrados, ubicado en el Km 14.5 de la carretera federal México-Toluca, Colonia Palo Alto, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México, revierte al patrimonio del Gobierno Federal.
SORAYA PÉREZ MUNGUÍA, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31 fracciones XXIX y XXX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracción II, 29 fracciones I y XV 93, segundo párrafo y 94 párrafo segundo, de la Ley General de Bienes Nacionales; 2o. apartado D fracción VI y 98-C, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y 1, 2 fracción X, 3 fracción X, 4 fracción I inciso a) y 6 fracción XXXIII, del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, adicionado mediante el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2017; y
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 1993, se autorizó a la Secretaría de Desarrollo Social actualmente competencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por virtud de las diversas modificaciones a las Leyes Orgánica de la Administración Pública Federal y General de Bienes Nacionales, quien las lleva a cabo a través de su órgano desconcentrado Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, para que en nombre y representación del Gobierno Federal, donara a favor del Patronato de Bienes de la Confederación Nacional Agronómica, A.C., la superficie de 58,529.81 metros cuadrados, ubicada en el Km 14.5 de la carretera federal México-Toluca, Colonia Palo Alto, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México, para continuar utilizándolo con instalaciones de la Casa del Agrónomo;
SEGUNDO.- Que mediante Contrato de Donación número CD 05/94 del 22 de febrero de 1994 se formalizó la transmisión de la propiedad del inmueble a que se refiere el Considerando precedente a favor del Patronato de Bienes de la Confederación Nacional Agronómica, A.C., protocolizado en Escritura Pública número 28,745, del 30 de noviembre de 2000, otorgada ante la fe del Licenciado Francisco Xavier Arredondo Galván, Notario Público número 173 del Distrito Federal y del Patrimonio Inmueble Federal;
TERCERO.- Que el Patronato de Bienes de la Confederación Nacional Agronómica, A.C., en su carácter de donatario del inmueble, ha tenido su posesión, custodia, vigilancia y lo ha venido utilizando con instalaciones de la Casa del Agrónomo, como se desprende de los antecedentes que obran en el expediente integrado por la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal de este Instituto;
CUARTO.- Que el Artículo Segundo del Decreto a que se refiere el Considerando Primero de esta Declaratoria y la Cláusula Cuarta del Contrato de Donación número CD 05/94, establecen entre otras condicionantes, que si el Patronato de Bienes de la Confederación Nacional Agronómica, A.C., dejare de utilizar o necesitar el inmueble cuya donación se autoriza a su favor, dicho bien con todas sus mejoras y
accesiones revertirá al patrimonio del Gobierno Federal;
QUINTO.- Que el Artículo Cuarto del Decreto referido en el Considerando Primero de esta Declaratoria, impone a la Secretaría de Desarrollo Social actualmente competencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, la obligación de vigilar el estricto cumplimiento de dicho ordenamiento;
SEXTO.- Que mediante escrito del 21 de junio de 2017, el Patronato de Bienes de la Confederación Nacional Agronómica, A.C., puso a disposición de este Instituto la fracción con superficie de 11,264.07 metros cuadrados, la cual se identifica en el plano con clave TMT-AO-CNA registrado y aprobado bajo el número DRPCI/9-71210-9/6118/2017/T el 19 de septiembre de 2017 y certificado el 3 de octubre de 2017 por la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria a través de la Dirección de Registro Público y Control Inmobiliario de este Instituto, por dejar de utilizarla, a efecto de que se determine lo conducente respecto de la reversión prevista en el Decreto que autorizó la donación y en el contrato de donación respectivo;
SÉPTIMO.- Que en el presente caso no resultan aplicables las causales de reversión previstas en la Ley General de Bienes Nacionales, toda vez que el Patronato de Bienes de la Confederación Nacional Agronómica, A.C., expresamente ha manifestado que ya no requiere utilizar la fracción de terreno y por tanto la puso a disposición de este Instituto y que es materia de esta Declaratoria;
OCTAVO.- Que con base en lo expuesto en los considerandos precedentes, este Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales en su carácter de administrador del patrimonio inmobiliario federal y en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley General de Bienes Nacionales para vigilar el uso y aprovechamiento de los inmuebles enajenados a título gratuito por la Federación, y en su caso, ejercer el derecho de Reversión, estima se tienen los elementos suficientes, por lo que se emite la siguiente:
DECLARATORIA
PRIMERO.- Se declara que la fracción de terreno con superficie de 11,264.07 metros cuadrados a que se refiere el Considerando Sexto de esta Declaratoria, la cual forma parte de una superficie de extensión total de 58,529.81 metros cuadrados, ubicada en el Km 14.5 de la carretera federal México-Toluca, Colonia Palo Alto, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México, revierte al patrimonio del Gobierno Federal.
El Patronato de Bienes de la Confederación Nacional Agronómica, A.C. continuará en el ejercicio de los derechos y obligaciones derivados del Decreto señalado en el considerando primero de la presente Declaratoria, respecto de la superficie restante de 47,265.74 metros cuadrados, la cual forma parte de la superficie objeto de dicho Decreto y se encuentra ubicada en el Km 14.5 de la carretera federal México-Toluca, Colonia Palo Alto, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México, para continuar utilizándolo con las instalaciones de la Casa del Agrónomo.
SEGUNDO.- La presente Declaratoria constituye el título que ampara el derecho de propiedad de la superficie de terreno que revierte a favor del Gobierno Federal.
TERCERO.- Publíquese la presente Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación e inscríbase en los Registros Públicos de la Propiedad Federal y en el Registro Público de la propiedad local que corresponda.
TRANSITORIO
ÚNICO.- La presente Declaratoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
 
Ciudad de México a 9 de octubre de 2017.- La Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Soraya Pérez Munguía.- Rúbrica.
 

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