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DOF: 17/10/2017
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba la creación e integración del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018

ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba la creación e integración del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG437/2017.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBA LA CREACIÓN E INTEGRACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO DE EVALUACIÓN DEL PADRÓN ELECTORAL 2017-2018
ANTECEDENTES
1.     Reforma Constitucional. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral.
2.     Creación del Instituto Nacional Electoral. El 4 de abril de 2014, el Consejero Presidente, así como las Consejeras y los Consejeros Electorales, rindieron protesta constitucional, con lo que se integró el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, dando formal inicio a sus trabajos.
3.     Expedición de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. El 23 de mayo de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expidió la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y se reformaron y adicionaron diversas disposiciones en la materia, mismo que abrogó el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
4.     Comité Técnico del Padrón Electoral 2014-2015. El 19 de noviembre de 2014, mediante Acuerdo INE/CG257/2014, este Consejo General aprobó la creación del Comité Técnico del Padrón Electoral, como instancia de asesoría técnico-científica de este órgano superior de dirección, a través de la Comisión del Registro Federal de Electores, para el estudio de los instrumentos electorales que se utilizarán en la Jornada Electoral Federal del 7 de junio de 2015.
5.     Expedición del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral. El 13 de septiembre de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo INE/CG661/2016, por el que este órgano superior de dirección aprobó el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral.
6.     Aprobación del Plan y Calendario Integral del Proceso Electoral Federal. El 5 de septiembre de 2017, este Consejo General aprobó, mediante el Acuerdo INE/CG390/2017, el Plan y Calendario Integral del Proceso Electoral Federal 2017-2018, a propuesta de la Junta General Ejecutiva.
7.     Aprobación de la Comisión del Registro Federal de Electores. El 26 de septiembre de 2017, la Comisión del Registro Federal de Electores aprobó someter a la consideración de este órgano superior de dirección, mediante Acuerdo INE/CRFE-05SE: 26/09/2017, el Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba la creación e integración del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. Competencia.
Este Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) es competente para aprobar la creación e integración del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, conforme a lo previsto en los artículos 41, párrafo segundo, Base V, Apartado A, párrafos primero y segundo, y Apartado B, inciso a), numeral 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 29; 30, párrafos 1, incisos a), c) y f) y 2; 31, párrafo 1; 32, párrafo 1, inciso a), fracción III; 34, párrafo 1, inciso a); 35; 42, párrafo 10; 44, párrafo 1, incisos gg) y jj) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE); 84, párrafo 1 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral (Reglamento de Elecciones); 4, párrafo 1, fracción I, Apartado A, inciso a); 5, párrafo 1, incisos b) y w) del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral (Reglamento Interior).
SEGUNDO. Disposiciones normativas que sustentan la determinación.
El artículo 41, párrafo segundo, Base V, apartado A, párrafo primero de la CPEUM, en relación con los artículos 29; 30, párrafo 2 y 31, párrafo 1 de la LGIPE, prescribe que el INE es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los Partidos Políticos Nacionales y la ciudadanía, en los términos que ordene la ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad serán principios rectores.
 
Asimismo, con fundamento en el artículo 41, párrafo segundo, Base V, apartado B, inciso a), numeral 3 de la CPEUM, en relación con el artículo 32, párrafo 1, inciso a), fracción III de la LGIPE, corresponde al INE, para los Procesos Electorales Federales y locales, la atribución del Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores, en los términos que establecen la propia Constitución y las leyes.
Por su parte, el artículo 29 de la LGIPE indica que el INE contará con los recursos presupuestarios, técnicos, humanos y materiales que requiera para el ejercicio directo de sus facultades y atribuciones.
No debe perderse de vista que con fundamento en el artículo 54, párrafo 1, incisos b), c) y d) de la LGIPE, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE) del INE tiene, entre otras atribuciones, la de formar, revisar, y actualizar el Padrón Electoral, así como expedir la Credencial para Votar, conforme al procedimiento establecido en el Libro Cuarto de dicha ley y las demás que le confiera ese mismo ordenamiento.
De esa manera, el artículo 126, párrafos 1 y 2 de la LGIPE prevé que el INE prestará, por conducto de la DERFE y de sus vocalías en las Juntas Locales y Distritales ejecutivas, los servicios inherentes al Registro Federal de Electores, el cual es de carácter permanente, de interés público y tiene por objeto cumplir con lo previsto por el artículo 41 de la CPEUM sobre el Padrón Electoral.
Asimismo, según lo dispuesto en el artículo 126, párrafo 3 de la LGIPE, los documentos, datos e informes que las y los ciudadanos proporcionen al Registro Federal de Electores, en cumplimiento de las obligaciones que les impone la CPEUM y la propia ley, serán estrictamente confidenciales y no podrán comunicarse o darse a conocer, salvo cuando se trate de juicios, recursos o procedimientos en los que el INE fuese parte, para cumplir con las obligaciones previstas por la LGIPE, en materia electoral y por la Ley General de Población en lo referente al Registro Nacional Ciudadano o por mandato de juez competente.
En esos términos, la DERFE será la instancia encargada de mantener actualizado el Padrón Electoral, de acuerdo con lo previsto en el artículo 127 de la LGIPE.
Cabe señalar que, de conformidad con el artículo 128, párrafo 1 de la LGIPE, en el Padrón Electoral constará la información básica de las mujeres y los varones mexicanos mayores de 18 años que han presentado la solicitud a que se refiere el párrafo 1 del artículo 135 del mismo ordenamiento legal, agrupados en dos secciones, la de ciudadanos residentes en México y la de ciudadanos residentes en el extranjero.
De igual forma, el artículo 129, párrafo 1 de la LGIPE señala que el Padrón Electoral se formará mediante las acciones siguientes:
a)   La aplicación de la técnica censal total o parcial;
b)   La inscripción directa y personal de las y los ciudadanos, y
c)   La incorporación de los datos que aporten las autoridades competentes, relativas a fallecimientos o habilitaciones, inhabilitaciones y rehabilitaciones de derechos políticos de las y los ciudadanos.
Por su parte, de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la LGIPE, el INE debe incluir a las y los ciudadanos en las secciones del Registro Federal de Electores y expedirles la credencial para votar, que es el documento indispensable para que puedan ejercer su derecho de voto.
Así, el artículo 133, párrafo 1 de la LGIPE prevé que el INE se encargará de formar y administrar el Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores.
Del mismo modo, el artículo 134, párrafo 1 de la LGIPE dispone que con base en el Padrón Electoral, la DERFE expedirá, en su caso, las credenciales para votar.
El artículo 147, párrafo 1 de la LGIPE establece que las listas nominales de electores son las relaciones elaboradas por la DERFE que contienen el nombre de las personas incluidas en el Padrón Electoral, agrupadas por Distrito y sección, a quienes se ha expedido y entregado su credencial para votar.
El proceso de actualización del Padrón Electoral y de revisión de las listas nominales de electores está normado en los artículos 148 a 155 de la LGIPE; en particular, el artículo 151, párrafo 1 de ese ordenamiento señala que el 15 de febrero del año en que se celebre el Proceso Electoral ordinario, la
DERFE entregará en medios magnéticos, a cada uno de los partidos políticos, las listas nominales de electores divididas en dos apartados, ordenadas alfabéticamente y por secciones correspondientes a cada uno de los Distritos electorales.
A su vez, los párrafos 2 y 3 del artículo 151 de la LGIPE indican que los partidos políticos podrán formular observaciones a dichas listas, señalando hechos y casos concretos e individualizados, hasta el 14 de marzo del año del Proceso Electoral ordinario. De las observaciones formuladas por los partidos políticos se harán las modificaciones a que hubiere lugar y se informará a este Consejo General y a la Comisión Nacional de Vigilancia (CNV) a más tardar el 15 de abril.
Ahora bien, el artículo 151, párrafos 4 y 5 de la LGIPE establece que los partidos políticos podrán impugnar ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el informe a que se refiere el párrafo 3 del mismo ordenamiento, con base en lo previsto en el artículo 150, párrafo 4 de la LGIPE. Finalmente, si no se impugna el informe referido o, en su caso, el TEPJF haya resuelto las impugnaciones, este Consejo General sesionará para declarar que el Padrón Electoral y los listados nominales de electores son válidos y definitivos.
Acorde a lo previsto en el artículo 333, párrafo 1 de la LGIPE, las listas nominales de electores residentes en el extranjero son las relaciones elaboradas por la DERFE que contienen el nombre de las personas incluidas en el Padrón Electoral que cuentan con su credencial para votar, que residen en el extranjero y que solicitan su inscripción en dichas listas.
El artículo 336, párrafo 1 de la LGIPE determina que concluido el plazo para la recepción de solicitudes de inscripción, la DERFE procederá a elaborar las listas nominales de electores residentes en el extranjero con las solicitudes recibidas y tramitadas y los registros contenidos en la sección del Padrón Electoral de ciudadanos residentes en el extranjero.
Por su parte, el artículo 338 de la LGIPE prevé un procedimiento similar para la revisión de las listas nominales de electores residentes en el extranjero, al que se encuentra contenido en el Libro Cuarto, Título Primero, Capítulo III de dicha ley.
De igual manera, el Artículo Décimo Primero Transitorio de la LGIPE señala que las elecciones ordinarias federales y locales que se verifiquen en el año 2018 se llevarán a cabo el primer domingo de julio.
Ahora bien, en términos de lo dispuesto por el artículo 42, párrafo 10 de la LGIPE, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal del INE, este Consejo General podrá crear comités técnicos especiales para actividades o programas específicos, en que requiera del auxilio o asesoría técnico-científica de especialistas en las materias en que así lo estime conveniente.
Sobre este punto, el artículo 84, párrafo 1 del Reglamento de Elecciones señala que a más tardar el 30 de septiembre del año previo al de la Jornada Electoral federal ordinaria, este Consejo General deberá aprobar la conformación del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral (CTEPE), como su instancia de asesoría técnico-científica, a través de la Comisión del Registro Federal de Electores (CRFE), para el estudio del Padrón Electoral y las Listas Nominales de Electores que se utilizarán en la Jornada Electoral respectiva.
El artículo 84, párrafo 3 del Reglamento de Elecciones dispone que el CTEPE se integrará por cinco personas, las cuales se denominan Asesores Técnicos, y deberá procurarse que ese grupo sea multidisciplinario. Cada asesor técnico podrá dispone del apoyo de una persona que colabore con éste para cumplir con sus funciones.
Así, los párrafos 2 y 4 de la aludida disposición reglamentaria, establece que para ser designado como Asesor Técnico del CTEPE, las y los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos:
a)   Ser ciudadana o ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
b)   Contar con amplios conocimientos y reconocida capacidad en algunas de las siguientes disciplinas científicas: matemáticas, estadística, demografía, geografía o informática, a efecto de cumplir con el objetivo de asesorar a este Consejo General en la realización de diversos estudios relativos al padrón electoral y las listas nominales de electores;
c)   No desempeñar a la fecha de designación, ni haber desempeñado durante los tres años anteriores a su designación, cargo de elección popular alguno, y
d)   No ser ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de partido político alguno en los últimos tres años.
 
Por otra parte, el párrafo 5 del mismo artículo refiere que en la integración del CTEPE, se procurará su renovación parcial respecto de anteriores comités técnicos en la materia.
De conformidad con el párrafo 6 del artículo 84 del Reglamento de Elecciones, el Director Ejecutivo del Registro Federal de Electores fungirá como secretario técnico del CTEPE, y será el enlace entre los asesores técnicos, la CRFE y la CNV.
A su vez, el INE por conducto de la Dirección Ejecutiva de Administración deberá prever la disponibilidad presupuestaria, así como los elementos técnicos, humanos, materiales, presupuestales y de cualquier otra índole, que requerirá el CTEPE para el adecuado desempeño de sus funciones. Lo anterior, con base en lo dispuesto por el artículo 85 del Reglamento de Elecciones.
El artículo 86, párrafo 1 del Reglamento de Elecciones prescribe las siguientes funciones específicas del CTEPE:
a)   Asesorar en la realización de los estudios al padrón electoral y las listas nominales de electores que se utilizarán en la Jornada Electoral respectiva, con el fin de proporcionar al Consejo General los elementos objetivos para declarar válidos y definitivos dichos instrumentos electorales. Los estudios de referencia serán efectuados por el propio Comité, con la coordinación y seguimiento de la DERFE;
b)   Presentar a la CRFE y a la CNV su programa de trabajo;
c)   Mantener reuniones y comunicación con la CRFE y la CNV, con el objeto de dar seguimiento al desarrollo de sus labores;
d)   Adoptar por consenso las conclusiones de los resultados de sus estudios;
e)   Rendir un informe ejecutivo al Consejo General, por conducto de la CRFE, sobre la calidad del padrón electoral y los listados nominales de electores, así como de la actualización de la credencial para votar, el cual se hará del conocimiento de la CNV, y
f)    Las demás que le confiera el Consejo General, por conducto de la CRFE.
Para el exclusivo cumplimiento de sus funciones, el artículo 86, párrafo 2 del Reglamento de Elecciones dispone que las y los asesores técnicos del CTEPE tendrán únicamente acceso a la información estadística relacionada con las tareas de actualización y depuración del padrón electoral, por lo que no podrán utilizarla para un fin distinto.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el párrafo 3 de disposición reglamentaria en cita, los trabajos y estudios que realice el CTEPE serán propiedad del INE, por lo que ninguno de los integrantes de ese órgano técnico podrá utilizar la información que al efecto se genere para algún fin diverso a los señalados en la LGIPE y el Reglamento de Elecciones, ni divulgarlos por medio alguno, aun cuando haya concluido sus funciones.
Por lo que respecta al funcionamiento, la rendición de estudios y la presentación de informes del CTEPE, el artículo 87, párrafos 1 y 2 del Reglamento de Elecciones señala con detalle lo conducente.
Finalmente, el artículo 88 del Reglamento de Elecciones dispone que el CTEPE concluirá sus funciones una vez que el Padrón Electoral y las Listas Nominales de Electores que se utilizarán durante la Jornada Electoral del respectivo Proceso Electoral Federal ordinario, hayan sido declarados válidos y definitivos por este Consejo General.
Con base en las disposiciones expuestas, se advierte que este Consejo General es competente para aprobar la creación e integración del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018.
TERCERO. Motivos para aprobar la creación e integración del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018.
Son fines del INE, entre otros, contribuir al desarrollo de la vida democrática; integrar el Registro Federal de Electores; asegurar a la ciudadanía el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones, así como velar por la autenticidad y efectividad del sufragio. Además, todas las actividades institucionales se rigen por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.
En ese sentido, de conformidad con las disposiciones constitucionales y legales referidas en el Considerando Segundo del presente Acuerdo, para el ejercicio de la función estatal de organizar las elecciones federales y locales, el INE asume de manera integral, entre otras actividades, el Padrón
Electoral y la Lista Nominal de Electores, por conducto de la DERFE, en calidad de órgano ejecutivo encargado de la formación y actualización del Padrón Electoral, de acuerdo con la LGIPE y el Reglamento Interior.
En ese contexto, a fin de robustecer la confianza sobre los instrumentos electorales que el INE por conducto de la DERFE tiene atribución de formar, es conveniente contar con el diagnóstico de un grupo externo con un alto perfil técnico-científico que analice y evalúe el tamaño, evolución y distribución del Padrón Electoral y las Listas Nominales de Electores que se utilizarán en los comicios federales y locales del domingo 1 º de julio de 2018.
Así, considerando que el Padrón Electoral es un instrumento dinámico sujeto a una permanente actualización y depuración, desde 1994 el otrora Instituto Federal Electoral, ahora INE, ha determinado la creación de comités técnicos como instancias de colaboración y coadyuvancia en los programas y actividades institucionales relacionadas con la integración de los instrumentos electorales a utilizarse en las jornadas electorales, que permitieron contar con una auditoría externa de los instrumentos registrales electorales para allegar a este órgano superior de dirección de elementos objetivos para declarar la validez y definitividad del Padrón Electoral y los Listados Nominales formados para las elecciones del 21 de agosto de 1994, 6 de julio de 1997, 2 de julio del 2000, 6 de julio de 2003, 2 de julio de 2006, 5 de julio de 2009, 1 º de julio de 2012 y 7 de junio de 2015, respectivamente.
Como muestra de la importancia que reviste contar con una instancia de asesoría técnico-científica en esta materia, en el Informe Final del Comité Técnico del Padrón Electoral 2014-2015,(1) se reportaron las siguientes conclusiones de los estudios hacia donde se encaminaron los trabajos de análisis y evaluación de sus Asesores Técnicos:
1.   Con base en la evolución de los indicadores de la Verificación Nacional Muestral y el cotejo de la cobertura de la Lista Nominal de Electores con los niveles observados por los registros electorales de otros países, se puede asegurar que el instrumento registral tiene un nivel de calidad comparable, cuando no superior, a la de otros sistemas electorales de naciones con una tradición democrática consolidada.
2.   La tendencia de los indicadores de la Verificación Nacional Muestral sugiere que los niveles de cobertura y actualización que han alcanzado los instrumentos electorales se mantienen estables como respuesta a las decisiones de depuración que ha tomado el INE en conjunto con la CNV. Un ejemplo exitoso de estas acciones lo constituye el proceso de actualización del padrón relacionado con las bajas por defunción, que ha contribuido a la consolidación de un Padrón Electoral y una Lista Nominal de Electores actualizados y confiables, en la medida que permite reflejar con suficiencia y oportunidad el impacto de la mortalidad de las y los ciudadanos en los instrumentos electorales. Asimismo, la información analizada hace evidente el impacto positivo sobre la actualización de los instrumentos del establecimiento de una vigencia para la Credencial para Votar.
3.   En cuanto al análisis demográfico, al comparar al Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores con la población estimada por el Consejo Nacional de Población, se puede apreciar que sus magnitudes y diferencias son congruentes con la dinámica demográfica de la población mexicana, en particular con la migración interna e internacional, aunada al factor de los cambios de domicilios no reportados.
4.   En relación con la Credencial para Votar, ésta ha demostrado ser un instrumento confiable de identificación que ha incrementado su calidad en aspectos tales como materiales utilizados, medidas de seguridad y costo; lo que ha facilitado su uso generalizado como medio de identificación personal para millones de mexicanos. Gran parte del éxito de la penetración del instrumento electoral entre la población se debe al efecto positivo que han tenido las campañas publicitarias para convocar a las y los ciudadanos a que se inscriban y actualicen sus registros en el Padrón.
Con base en esas conclusiones, el Comité Técnico del Padrón Electoral 2014-2015 determinó que el Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores tienen un alto grado de certeza y confianza, y que están libres de sospecha de cualquier tipo de sesgo. Finalmente, este Consejo General tomó en cuenta las conclusiones y recomendaciones de los asesores técnicos de ese órgano, para declarar que el Padrón Electoral y las Listas Nominales de Electores que se utilizaron en las elecciones federal y locales del 7 de junio de 2015, son válidos y definitivos.(2)
Como se puede apreciar, el legado de estos comités ha planteado una agenda de temas para el INE, entre los cuales se puede mencionar: el análisis de la mortalidad y la migración; los registros múltiples y homonimias; las secciones destacadas por la presencia de algún aspecto particular; el
envejecimiento en el Padrón Electoral; el empadronamiento geográfico diferencial; el análisis de la seguridad informática, y la evaluación de la cartografía electoral, por mencionar algunas líneas de investigación para el análisis y evaluación de los instrumentos registrales electorales.
Definida la conveniencia para que se apruebe la creación del CTEPE 2017-2018 como instancia de asesoría técnico-científica de este Consejo General para el estudio del Padrón Electoral y las Listas Nominales de Electores que se utilizarán en la Jornada Electoral del 1 º de julio de 2018, y debido a la necesidad de que dicho órgano se integre con expertos en disciplinas científicas encaminadas al estudio, diagnóstico y propuesta de mejora de los instrumentos registrales electorales, es relevante establecer los perfiles para su integración y requisitos formales de sus integrantes.
El perfil genérico e ideal de las y los integrantes debe ser de expertos técnicos y científicos altamente calificados y experimentados para cumplir con el objetivo de asesorar a este Consejo General, a través de la CRFE, en la realización de estudios relativos al Padrón Electoral y las Listas Nominales de Electores.
En tal caso, las personas que fungirán como Asesores Técnicos del CTEPE 2017-2018 deben contar con amplios conocimientos y experiencia en una o más de las siguientes áreas: matemáticas, estadística, demografía, geografía e informática, sin dejar de tomar en cuenta la experiencia o conocimientos que tengan en la materia electoral.
Al respecto, es relevante señalar que en los procesos electorales pasados, la conjugación de estas especialidades ha sido la más conveniente para llevar a cabo la integración de ese comité y, en consecuencia, realizar la evaluación del Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores, logrando allegar a este Consejo General elementos de juicio para declarar la validez y definitividad de los citados instrumentos electorales.
Esa conjunción virtuosa se explica en función de los siguientes aspectos:
a)   La especialización en matemáticas, estadística e informática provee insumos cuantitativos y de evaluación para validar los instrumentos electorales registrales que se utilizarán en la Jornada Electoral del 1 º de julio de 2018;
b)   La experiencia en demografía y geografía permite abordar la composición, el crecimiento y el comportamiento de la población mexicana, a efecto de identificar, dimensionar y aplicar los elementos que permitan contrastarlos con la evolución de los instrumentos electorales en comento, y
c)   La experiencia y/o conocimientos en materia electoral facilitan la comprensión sobre los mecanismos y procedimientos institucionales relacionados con el Padrón Electoral, la Lista Nominal de Electores, la Credencial para Votar y la geografía electoral.
La combinación de estas disciplinas y las tareas específicas que derivan de cada una de ellas, se estiman ideales para la consecución de los fines del CTEPE 2017-2018.
A partir de la definición de los perfiles y las razones por las que su interacción garantiza un trabajo apropiado para la evaluación del Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores, es necesario referirse a los requisitos formales que deberán satisfacer las y los Asesores Técnicos.
En ese contexto, el artículo 84, párrafo 4 del Reglamento de Elecciones establece los requerimientos necesarios que deben cumplir las personas que son designadas como Asesores Técnicos del CTEPE, a saber:
a)   Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
b)   Contar con amplios conocimientos y reconocida capacidad en algunas de las disciplinas científicas citadas en el numeral 2 de este artículo;
c)   No desempeñar a la fecha de designación, ni haber desempeñado durante los tres años anteriores a su designación, cargo de elección popular alguno, y
d)   No ser ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de partido político alguno en los últimos tres años.
Para conformar el CTEPE 2017-2018, se ponderó además la experiencia de sus integrantes en órganos colegiados análogos o con características similares, y que hayan participado en alguna
ocasión en un órgano técnico de esta naturaleza, desempeñando puntualmente sus actividades en las reuniones de trabajo y sesiones formales correspondientes.
Igualmente se consideró la inclusión de especialistas que cumplan con los requisitos establecidos en la normatividad aun cuando no hayan participado en un órgano técnico de esta naturaleza, que destaquen por su experiencia y conocimientos en cuestiones relacionadas con los objetivos del CTEPE y que puedan aportar nuevas visiones.
La conformación del CTEPE que aprueba este Consejo General cuenta con perfiles experimentados en los trabajos que les serán encomendados a las y los Asesores Técnicos, que conocen a detalle los instrumentos registrales y que no son ajenos a la dinámica institucional en el contexto de un Proceso Electoral, además de la relevancia que cobra la confianza y certeza que deben ofrecer el Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores.
Asimismo, la consideración de perfiles que si bien no han formado parte de instancias técnicas de esta naturaleza, su trayectoria profesional y formación académica en las disciplinas científicas requeridas otorgan a esta conformación del CTEPE un elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre positivamente los trabajos técnicos que habrán de realizar.
Por otra parte, la integración del CTEPE privilegia la heterogeneidad de disciplinas científicas para propiciar una visión plural; además, derivado de la experiencia y los conocimientos técnico-científicos, dicha integración garantiza la participación de Asesores Técnicos altamente calificados y experimentados para cumplir con los objetivos.
La experiencia y alta calificación se robustece a partir de las múltiples publicaciones, ponencias, investigaciones, cátedras y participaciones en diversas actividades de sus Asesores Técnicos, además de su sólida trayectoria laboral y académica en ámbitos de investigación en rubros de matemáticas, estadística, demografía, geografía e informática.
En este sentido, la DERFE elaboró un Dictamen para evaluar el perfil de las y los candidatos designados como Asesores Técnicos del CTEPE 2017-2018, el cual se encuentra contenido en el Anexo que forma parte integral del presente Acuerdo.
Dicho Dictamen contempla el análisis y evaluación a partir de la revisión efectuada a la documentación e información comprobatoria que obra en el expediente personal y la valoración curricular de las y los candidatos para integrarse como Asesores Técnicos del CTEPE 2017-2018, en aspectos relativos a la escolaridad y formación profesional; experiencia laboral; experiencia docente; líneas de investigación; publicaciones y ponencias; experiencia en materia electoral; experiencia en materia del Comité, y participación en otros comités.
A partir del análisis sobre los aspectos anteriormente descritos, el Dictamen determina el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento de Elecciones para que la o el candidato integre el CTEPE 2017-2018, por reunir los conocimientos, aptitudes y experiencias necesarios para desempeñar las actividades encomendadas a esa instancia de asesoría técnico-científica.
Finalmente, el Dictamen determina que la o el candidato propuesto reúne los requisitos formales y cuenta con los conocimientos y aptitudes para integrar el CTEPE 2017-2018 como Asesor Técnico.
Con base en los argumentos esgrimidos, este Consejo General considera conveniente aprobar la creación e integración del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018.
De ser el caso que este Consejo General apruebe el presente Acuerdo y fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 43; 45, párrafo 1, inciso o) y 46, párrafo 1, inciso k) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, este órgano superior de dirección considera conveniente que el Consejero Presidente instruya al Secretario Ejecutivo de este Consejo General, a efecto de que provea lo necesario para que el presente Acuerdo sea publicado en el Diario Oficial de la Federación.
En razón de lo expuesto en las consideraciones de hecho y de derecho, y con fundamento en los artículos
41, párrafo segundo, Base V, Apartado A, párrafos primero y segundo, y Apartado B, inciso a), numeral 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, párrafo 1; 29; 30, párrafos 1, incisos a), c) y f) y 2; 31, párrafo 1; 32, párrafo 1, inciso a), fracción III; 34, párrafo 1; 35; 42, párrafo 10; 43, párrafos 1 y 2; 44, párrafo 1, incisos gg) y jj); 45, párrafo 1, inciso o); 46, párrafo 1, inciso k); 54, párrafo 1, incisos b), c) y d); 126, párrafos 1, 2 y 3; 127; 128, párrafo 1; 129, párrafo 1; 131; 133, párrafo 1; 134, párrafo 1; 147, párrafo 1; 151, párrafos 1, 2, 3, 4 y 5; 333, párrafo 1; 336, párrafo 1; 338; Décimo Primero Transitorio de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 84, párrafos 1, 2, 3, 4, 5 y 6; 85; 86, párrafos 1, 2 y 3; 87, párrafos 1 y 2; 88 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral; 4, párrafo 1, fracción I, Apartado A, inciso a); 5, párrafo 1, incisos b) y w) del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral, este Consejo General en ejercicio de sus facultades emite los siguientes:
ACUERDOS
PRIMERO. Se aprueba la creación e integración del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, como instancia de asesoría técnico-científica del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, a través de la Comisión del Registro Federal de Electores, para el estudio del Padrón Electoral y las Listas Nominales de Electores que se utilizarán en la Jornada Electoral del 1 º de julio de 2018, con los siguientes Asesores Técnicos, de conformidad con el Dictamen de cumplimiento de requisitos y la síntesis curricular que se encuentran contenidos en el Anexo que forma parte integral del presente Acuerdo:
1.    C. José Luis Ávila Martínez.
2.    C. Manuel Ordorica Mellado.
3.    C. Celia Palacios Mora.
4.    C. María Estela Rivero Fuentes.
5.    C. Carlos Welti Chanes.
El Director Ejecutivo del Registro Federal de Electores fungirá como Secretario Técnico del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018.
SEGUNDO. Se aprueba que el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018 se instale a partir del día siguiente de la aprobación del presente Acuerdo, y concluya sus funciones al día siguiente a aquel en que este Consejo General declare la validez y definitividad del Padrón Electoral y las Listas Nominales de Electores que se utilizarán durante la Jornada Electoral del 1 º de julio de 2018.
TERCERO. Las y los Asesores Técnicos, el Secretario Técnico y el personal de apoyo que integra el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, así como las y los funcionarios de este Instituto, deberán observar las disposiciones previstas en el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral para el adecuado funcionamiento de dicho órgano técnico.
CUARTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración, proporcione al Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria, todos los elementos técnicos, humanos, materiales, presupuestales y de cualquier otra índole que se requieran para el adecuado desempeño de sus funciones.
QUINTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, haga del conocimiento de la Comisión Nacional de Vigilancia lo aprobado por este órgano superior de dirección.
SEXTO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por este Consejo General.
SÉPTIMO. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
El presente Acuerdo fue aprobado en sesión ordinaria del Consejo General celebrada el 29 de septiembre de 2017, por diez votos a favor de los Consejeros Electorales, Licenciado Enrique Andrade González, Maestro Marco Antonio Baños Martínez, Maestra Adriana Margarita Favela Herrera, Doctor Ciro Murayama Rendón, Doctor Benito Nacif Hernández, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Licenciada Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, y un voto en contra del Consejero Electoral, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña.
El Consejero Presidente del Consejo General, Lorenzo Córdova Vianello.- Rúbrica.- El Secretario del Consejo General, Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.
Dirección Ejecutiva del Registro Federal de
Electores
 
Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018
Dictamen sobre el perfil de las y los Asesores Técnicos
Septiembre de 2017
DICTAMEN
Rubros analizados
A partir de la revisión efectuada a la documentación e información comprobatoria que obra en el expediente personal y la valoración del currículo del C. José Luis Ávila Martínez, para integrarse como Asesor Técnico del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, se analizan los siguientes aspectos:
Escolaridad y
formación
profesional
Economista con estudios de Maestría en Economía (UNAM), especialista en temas de población y desarrollo.
Experiencia
laboral
Secretario del Consejo Nacional de Población (CONAPO, 2012), asesor del Subsecretario de Educación Superior (SEP, 2009-2012), consultor del Banco Mundial y del Fondo de Población de las Naciones Unidas, sedes México, Guatemala y Nicaragua.
Experiencia
docente
Profesor de tiempo completo en la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM, actualmente adscrito en el Colegio de Estudios Latinoamericanos de la UNAM.
Líneas de
investigación
Índices de marginación (CONAPO, 1990, 1995, 2000), centros proveedores de servicios como estrategia para atender la dispersión de la población (CONAPO, 2001), migración internacional México-Estados Unidos (CONAPO, 1999-2003), escenarios urbanos y demográficos de la Ciudad de México 1990-2020 (CONAPO, 1997).
Publicaciones
y ponencias
Ha coordinador y publicado 13 libros y más de 70 artículos en libros y revistas académicas especializadas. Ha dictado más de 180 cursos de posgrado y licenciatura y presentado numerosas ponencias en eventos nacionales e internacionales sobre temas de población y desarrollo.
Experiencia en
materia
electoral
No se cuenta con información sobre participación en comités u órganos similares en materia electoral, aunque sus líneas de investigación están relacionadas.
Experiencia en
materia del
Comité
Temas de población y desarrollo, medición de pobreza y marginación, dispersión de la población, migración, crecimiento urbano y ordenamiento territorial.
Participación
en otros
comités
Vicepresidente de la Conferencia Regional de Población y Desarrollo de América Latina y del Caribe (ONU, 2012), miembro del Comité Técnico para la Medición de la Pobreza (SEDESOL, 2001-2002), del Comité Nacional para el Ordenamiento Territorial (SEDESOL, 1999-2000), y de la Comisión Técnica de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (STPS, 2000).
 
Consideraciones
Derivado del análisis sobre los aspectos descritos, se advierte que el C. José Luis Ávila Martínez, cumple con los requisitos indispensables para conformar el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, ya que reúne los conocimientos, aptitudes y experiencia necesarios para desempeñar las actividades de una instancia de asesoría técnico-científica para el estudio de los instrumentos registrales electorales y aportar elementos de análisis al Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre la validez y definitividad del Padrón Electoral y las Listas Nominales de Electores que se utilizarán en la Jornada Electoral del 1 º de julio de 2018.
Asimismo, el C. José Luis Ávila Martínez satisface los requisitos formales para integrar el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, previstos en los artículos 42, párrafo 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y 84 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, consistentes en:
-     Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
-     Contar con amplios conocimientos y reconocida capacidad en las áreas de matemáticas, estadística, demografía, geografía o informática;
-     No desempeñar a la fecha de su designación, ni haber desempeñado durante los tres años anteriores a su designación, cargo de elección popular alguno, y
-     No ser ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de partido político alguno en los últimos tres años.
Conclusión
Por lo anteriormente expuesto, el C. José Luis Ávila Martínez reúne los requisitos formales y cuenta con los conocimientos y aptitudes para integrar el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018 como Asesor Técnico.
DICTAMEN
Rubros analizados
 
A partir de la revisión efectuada a la documentación e información comprobatoria que obra en el expediente personal y la valoración del currículo del C. Manuel Ordorica Mellado, para integrarse como Asesor Técnico del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, se analizan los siguientes aspectos:
Escolaridad y
formación
profesional
Actuario (UNAM), Maestro en Demografía (El Colegio de México), Doctorado con mención honorífica en Ingeniería con Especialidad en Investigación de Operaciones (UNAM).
Experiencia
laboral
Profesor-investigador en el Centro de Investigación en Geografía y Geomática Ing. Jorge L. Tamayo, A.C. y en el Centro de Estudios Demográficos, Urbanos y Ambientales de El Colegio de México. Fue Secretario General de El Colegio de México (2005-2015). Jefe del Departamento de Evaluación y Análisis Demográfico (INEGI), Director de Estudios de Población (CONAPO, 1977-1987), consultor en educación en población de UNESCO.
Experiencia
docente
Profesor-investigador en el Centro de Investigación en Geografía y Geomática Ing. Jorge L. Tamayo, A.C. y en el Centro de Estudios Demográficos, Urbanos y Ambientales de El Colegio de México, Universidad de Luján (Argentina). Miembro del Sistema Nacional de Investigadores (SNI).
Líneas de
investigación
Demografía matemática, evaluación de información demográfica, proyecciones de población.
Publicaciones
y ponencias
Entre sus publicaciones destacan "Una mirada al futuro demográfico de México" (El Colegio de México, 2015); "Los grandes problemas demográficos de México vistos a través de las proyecciones de población" (El Colegio de México, 2015); "Tomo I. Población", en "Los grandes problemas de México" (El Colegio de México, 2010); "Estimating the demographic dynamic of small areas with the kalman filter" (2016); "El nacimiento de la moderna política de población", en "La situación demográfica de México" (CONAPO, 2015).
Experiencia en
materia
electoral
En 1997, 2003 y 2006 partición en las evaluaciones al Padrón Electoral, integrando los Comités Técnicos respectivos.
Experiencia en
materia del
Comité
Evaluación de instrumentos registrales electorales en relación con la estructura y dinámica de la población, tamaño y estructura del Padrón Electoral.
Participación
en otros
comités
Forma parte del Consejo Editorial de la revista Population (INED, París). Miembro de los Comités Técnicos de Distritación 2004-2005, 2012-2013 y 2014-2017.
 
Consideraciones
Derivado del análisis sobre los aspectos descritos, se advierte que el C. Manuel Ordorica Mellado, cumple con los requisitos indispensables para conformar el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, ya que reúne los conocimientos, aptitudes y experiencia necesarios para desempeñar las actividades de una instancia de asesoría técnico-científica para el estudio de los instrumentos registrales electorales y aportar elementos de análisis al Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre la validez y definitividad del Padrón Electoral y las Listas Nominales de Electores que se utilizarán en la Jornada Electoral del 1 º de julio de 2018.
Asimismo, el C. Manuel Ordorica Mellado satisface los requisitos formales para integrar el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, previstos en los artículos 42, párrafo 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y 84 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, consistentes en:
-     Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
-     Contar con amplios conocimientos y reconocida capacidad en las áreas de matemáticas, estadística, demografía, geografía o informática;
-     No desempeñar a la fecha de su designación, ni haber desempeñado durante los tres años anteriores a su designación, cargo de elección popular alguno, y
-     No ser ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de partido político alguno en los últimos tres años.
 
Conclusión
Por lo anteriormente expuesto, el C. Manuel Ordorica Mellado reúne los requisitos formales y cuenta con los conocimientos y aptitudes para integrar el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018 como Asesor Técnico.
DICTAMEN
Rubros analizados
A partir de la revisión efectuada a la documentación e información comprobatoria que obra en el expediente personal y la valoración del currículo de la C. Celia Palacios Mora, para integrarse como Asesora Técnica del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, se analizan los siguientes aspectos:
Escolaridad y
formación
profesional
Geógrafa y Doctora en Geografía (UNAM), Maestra en Administración de Organizaciones (UNAM).
Experiencia
laboral
Perito en materia de geografía y cartografía en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Profesora Investigadora de la UNAM y la UAEM.
Experiencia docente
Profesora de licenciatura y posgrado en la UNAM y la UAEM en temas de geografía electoral y geografía humana.
Líneas de investigación
Geografía electoral, geoinformática, heterogeneidad espacial urbana y rural, aspectos socioeconómicos y poblacionales.
Publicaciones
y ponencias
Acredita diversas publicaciones en libros y artículos de revistas académicas y otras, entre ellas: "Perfil de la estructura por edad y sexo de los votantes desde el extranjero: el caso del Estado de México" (2006); Circunscripciones electorales plurinominales: configuración geográfica y equilibrio poblacional, 1977-2007"; "Distribución geográfica internacional y referencia geoelectoral nacional de la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero, 2005-2006"; Ubicación óptima de módulos electorales en el estado de Chihuahua utilizando modelos de localización-asignación mediante un SIG"; "El padrón electoral mexicano: análisis demográfico e innovaciones tecnológicas y seguridad de datos personales" (2011); "Evolución territorial de los distritos electorales federales uninominales, 1977-2010".
Experiencia en
materia
electoral
Integrante del Comité Técnico del Padrón Electoral en 2009 y 2012, colaboradora en la Dirección de Geografía Electoral en el IFE (1998-2004), asesora y coordinadora de proyectos en la DERFE (2008, 2010).
Experiencia en
materia del
Comité
Análisis, evaluación y supervisión de sistemas informáticos y criterios relacionados con aspectos geográficos y procesos electorales.
Participación
en otros
comités
Integrante de los comités técnicos de distritación electoral 2004-2005, 2012-2013 y 2014-2017, así como diversos comités de distritación local en Colima, Ciudad de México, Estado de México y Quintana Roo.
 
Consideraciones
Derivado del análisis sobre los aspectos descritos, se advierte que la C. Celia Palacios Mora, cumple con los requisitos indispensables para conformar el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, ya que reúne los conocimientos, aptitudes y experiencia necesarios para desempeñar las actividades de una instancia de asesoría técnico-científica para el estudio de los instrumentos registrales electorales y aportar elementos de análisis al Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre la validez y definitividad del Padrón Electoral y las Listas Nominales de Electores que se utilizarán en la Jornada Electoral del 1 º de julio de 2018.
Asimismo, la C. Celia Palacios Mora satisface los requisitos formales para integrar el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, previstos en los artículos 42, párrafo 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y 84 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, consistentes en:
-     Ser ciudadana mexicana en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
-     Contar con amplios conocimientos y reconocida capacidad en las áreas de matemáticas, estadística, demografía, geografía o informática;
-     No desempeñar a la fecha de su designación, ni haber desempeñado durante los tres años anteriores a su designación, cargo de elección popular alguno, y
-     No ser ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de partido político alguno en los últimos tres años.
 
Conclusión
Por lo anteriormente expuesto, la C. Celia Palacios Mora reúne los requisitos formales y cuenta con los conocimientos y aptitudes para integrar el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018 como Asesora Técnica.
DICTAMEN
Rubros analizados
A partir de la revisión efectuada a la documentación e información comprobatoria que obra en el expediente personal y la valoración del currículo de la C. María Estela Rivero Fuentes, para integrarse como Asesora Técnica del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, se analizan los siguientes aspectos:
Escolaridad y formación profesional
Doctora en Demografía y Asuntos Públicos (Princeton University), Maestra en Demografía (El Colegio de México).
Experiencia laboral
Investigadora en Investigación en Salud y Demografía (INSAD), Investigadora Asociada Senior en el Population Council, Oficina de México. Profesora-investigadora en el Centro de Estudios Demográficos, Urbanos y Ambientales (El Colegio de México).
Experiencia docente
Profesora-investigadora en el Centro de Estudios Demográficos, Urbanos y Ambientales (El Colegio de México). Ha realizado estancias de investigación en el Centro de Ciencias Humanas y Sociales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC, España) y en Berkeley Population Center (Universidad de California en Berkeley)
Líneas de investigación
Jóvenes, envejecimiento, uniones tempranas, demografía de la familia, género y transiciones a la adultez.
Publicaciones y ponencias
Entre sus publicaciones recientes destacan "No todos los tiempos son los mismos: variaciones en los patrones de uso del tiempo de México", en "Uso del tiempo y trabajo no remunerado en México" (El Colegio de México, 2015); "No todo es perdido. Un análisis del uso del tiempo de los NiNis Mexicanos" (2014); "Beyond Income Differentials: Explaining Migrants' Destinations from Mexico: Trends, Impacts and New Challenges" (Lexington, 2012); "Historia de la familia en la península ibérica: del balance a la evidencia de la diversidad" (ALAP editor, 2009), entre otros.
Experiencia en materia electoral
Integrante del Comité Técnico Asesor del Conteo Rápido de Oaxaca (2016).
Experiencia en
materia del
Comité
Dinámica demográfica de jóvenes, adultos mayores, familias y género.
Participación
en otros
comités
Participación como organizadora, ponente y moderadora en múltiples congresos de demografía, participación como investigadores en diversos proyectos financiados por entidades nacionales e internacionales.
 
Consideraciones
Derivado del análisis sobre los aspectos descritos, se advierte que la C. María Estela Rivero Fuentes, cumple con los requisitos indispensables para conformar el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, ya que reúne los conocimientos, aptitudes y experiencia necesarios para desempeñar las actividades de una instancia de asesoría técnico-científica para el estudio de los instrumentos registrales electorales y aportar elementos de análisis al Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre la validez y definitividad del Padrón Electoral y las Listas Nominales de Electores que se utilizarán en la Jornada Electoral del 1 º de julio de 2018.
Asimismo, la C. María Estela Rivero Fuentes satisface los requisitos formales para integrar el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, previstos en los artículos 42, párrafo 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y 84 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, consistentes en:
-     Ser ciudadana mexicana en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
-     Contar con amplios conocimientos y reconocida capacidad en las áreas de matemáticas, estadística, demografía, geografía o informática;
-     No desempeñar a la fecha de su designación, ni haber desempeñado durante los tres años anteriores a su designación, cargo de elección popular alguno, y
-     No ser ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de partido político alguno en los últimos tres años.
 
Conclusión
Por lo anteriormente expuesto, la C. María Estela Rivero Fuentes reúne los requisitos formales y cuenta con los conocimientos y aptitudes para integrar el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018 como Asesora Técnica.
DICTAMEN
Rubros analizados
A partir de la revisión efectuada a la documentación e información comprobatoria que obra en el expediente personal y la valoración del currículo del C. Carlos Welti Chanes, para integrarse como Asesor Técnico del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, se analizan los siguientes aspectos:
Escolaridad y
formación
profesional
Economista (BUAP), Maestro en Ciencias Sociales con Especialidad en Demografía y Doctor en Demografía (University of Chicago).
Experiencia
laboral
Investigador de tiempo completo en el Instituto de Investigaciones Sociales (UNAM). Director de Encuestas Epidemiológicas en la Secretaría de Salud, Coordinador General del Programa Latinoamericano de Población, entre otros.
Experiencia
docente
Investigador de tiempo completo en el Instituto de Investigaciones Sociales (UNAM). Profesor del Doctorado en Ciencias Políticas y Sociales (UNAM), Maestría en Administración Pública (INAP), Doctorado en Estudios de la Población (COLEF), Maestría en Estudios Regionales (Instituto José Ma. Luis Mora), entre otros. Investigador visitante en la Universidad de Carolina del Norte en Chapel Hill, la BUAP y University of Chicago.
Líneas de
investigación
Dinámica de la población y comportamiento reproductivo.
Publicaciones
y ponencias
Acreditó más de 100 obras publicadas, entre ellas: "Cambios recientes en la fecundidad. Estimaciones y problemáticas no resueltas", en "Población y Desarrollo" (UNAM, 2014); "El futuro de la Ley General de Población en México", en "Hacia una Nueva Ley General de Población" (UNAM, 2013); "Política Social y Envejecimiento" (2013); "Cambio demográfico y participación en la actividad económica", en "América Latina en movimiento" (ALAI, 2013), entre otros.
Experiencia en
materia
electoral
Formó parte del Comité Técnico del Padrón Electoral 2005-2006 y 2014-2015.
Experiencia en
materia del
Comité
Evaluación de la confiabilidad del Padrón Electoral a partir de la estimación del efecto de la mortalidad de adultos de 18 años y más, identificación de acciones de depuración del Registro Federal de Electores.
Participación
en otros
comités
Participación en direcciones y aprobaciones de tesis, entre otras presentaciones y dictámenes; asimismo, ha integrado comités y órganos de representaciones académica nacionales e internacionales.
 
Consideraciones
Derivado del análisis sobre los aspectos descritos, se advierte que el C. Carlos Welti Chanes, cumple con los requisitos indispensables para conformar el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, ya que reúne los conocimientos, aptitudes y experiencia necesarios para desempeñar las actividades de una instancia de asesoría técnico-científica para el estudio de los instrumentos registrales electorales y aportar elementos de análisis al Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre la validez y definitividad del Padrón Electoral y las Listas Nominales de Electores que se utilizarán en la Jornada Electoral del 1 º de julio de 2018.
Asimismo, el C. Carlos Welti Chanes satisface los requisitos formales para integrar el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018, previstos en los artículos 42, párrafo 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y 84 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, consistentes en:
-     Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
-     Contar con amplios conocimientos y reconocida capacidad en las áreas de matemáticas, estadística, demografía, geografía o informática;
-     No desempeñar a la fecha de su designación, ni haber desempeñado durante los tres años anteriores a su designación, cargo de elección popular alguno, y
-     No ser ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de partido político alguno en los últimos tres años.
Conclusión
Por lo anteriormente expuesto, el C. Carlos Welti Chanes reúne los requisitos formales y cuenta con los conocimientos y aptitudes para integrar el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018 como Asesor Técnico.
Dirección Ejecutiva del Registro Federal de
Electores
 
Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018
Síntesis curricular de las y los Asesores Técnicos
Septiembre de 2017
Presentación
En el marco del Proceso Electoral Federal 2018 se tiene prevista la conformación del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral 2017-2018 (CTEPE). Los trabajos del CTEPE contribuirán a trazar la ruta para la declaración de validez y definitividad de los instrumentos electorales que se emplearán en las elecciones federales de 2018. Asimismo, sus actividades contribuirán al logro del objetivo estratégico de "Organizar procesos electorales con efectividad y eficiencia", establecido en el Plan Estratégico del Instituto Nacional Electoral (INE) 2016-2026.
La trayectoria de estos órganos técnicos inicia en 1994 cuando, mediante la participación conjunta de El Colegio de la Frontera Norte (COLEF) y del entonces Instituto Federal Electoral, se realizó una evaluación técnica del Registro Federal de Electores (RFE). Después de las reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) en 1996, y de que el Consejo General (CG) aprobó la creación de la Comisión del Registro Federal de Electores (CRFE), el órgano superior de dirección del Instituto ha aprobado la creación de siete comités en el periodo de 1997 a 2015. El número de miembros de estos comités ha oscilado entre 5 y 6 especialistas en demografía, estadística, geografía e informática.
Asimismo, con la expedición del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional de Electores, se determinó la creación e integración del CTEPE a más tardar el 30 de septiembre del año previo al de la elección federal, y se detallan a su vez la naturaleza de las funciones que desempeñarán las personas que conformarán dicho órgano en calidad de Asesores Técnicos en la realización de los trabajos que apoyarán a este Instituto en la validez y definitividad de los instrumentos registrales electorales que se utilizarán en las elecciones de 2018.
Desde su ámbito de competencia los investigadores han evaluado la evolución y la consistencia interna y externa del Padrón Electoral; han verificado la seguridad de los procedimientos informáticos del RFE; han realizado estudios sobre la movilidad de los votantes; y se han efectuado evaluaciones específicos a los padrones de las entidades sobre las que se tiene algún interés particular, además de evaluar la consistencia de la cartografía electoral.
En este contexto, a continuación se presentan los aspectos generales para la conformación del CTEPE 2017-2018, así como la lista de Asesores Técnicos que integran este órgano técnico, incluyendo su síntesis curricular.
Fundamento legal, objetivo e importancia del CTEPE
Fundamento legal
El Artículo 42, párrafo 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) establece que el CG, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal del INE, podrá crear comités técnicos especiales para actividades o programas específicos, en que requiera del auxilio o asesoría técnico-científica de especialistas en las materias en que así lo estime conveniente.
Por otro lado, el Artículo 84 del Reglamento de Elecciones establece que:
1.   A más tardar el treinta de septiembre del año previo al de la jornada electoral federal
ordinaria, el CG aprobará la conformación del CTEPE, como su instancia de asesoría técnico-científica, a través de la CRFE, para el estudio del Padrón Electoral y las Listas Nominales de Electores que se utilizarán en la jornada electoral respectiva.
2.   Los integrantes del comité deberán ser especialistas altamente calificados y de reconocido prestigio en al menos una de las siguientes áreas: matemáticas, estadística, demografía, geografía o informática, a efecto de cumplir con el objetivo de asesorar al CG en la realización de diversos estudios relativos al Padrón Electoral y las listas nominales de electores.
3.   El CTEPE se integrará por cinco miembros, los cuales serán denominados Asesores Técnicos, y deberá procurarse que el grupo sea multidisciplinario. Cada asesor técnico podrá disponer del apoyo de una persona que colabore con éste para cumplir con sus funciones.
4.   Para ser designado como asesor técnico del CTEPE, las y los candidatos deben cumplir los siguientes requisitos:
a)   Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
b)   Contar con amplios conocimientos y reconocida capacidad en algunas de las disciplinas científicas citadas en el numeral 2 de este artículo;
c)   No desempeñar a la fecha de designación, ni haber desempeñado durante los tres años anteriores a su designación, cargo de elección popular alguno, y
d)   No ser ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de partido político alguno en los últimos tres años.
Objetivo
El objetivo del CTEPE consiste en evaluar el Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores que se emplean en las elecciones federales buscando allegarle al CG elementos de juicio para declarar la validez y definitividad de los citados instrumentos.
Importancia
Los trabajos del CTEPE no sólo han constituido un elemento central para que el CG se pronuncie sobre la validez y definitividad de los instrumentos electorales, sino que han aportado en una serie de recomendaciones encaminadas a señalar los retos que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE) debe asumir a efecto de mejorar la actualización del Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores.
El legado de los comités ha planteado una agenda de temas para el Instituto, entre los cuales se puede mencionar: el análisis de la mortalidad y la migración; los registros múltiples y homonimias; las secciones destacadas por la presencia de algún aspecto particular; el envejecimiento del padrón; el empadronamiento geográfico diferencial; el análisis de la seguridad informática, y la evaluación de la cartografía electoral.
Asesores Técnicos
Perfil de los Asesores Técnicos del Comité
A continuación se presenta la lista de Asesores Técnicos que integran el Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral (CTEPE) 2017-2018, de acuerdo a su área de especialidad:
NOMBRE
INSTITUCIÓN
ESPECIALIDAD
GRADOS ACADÉMICOS
EXPERIENCIA EN EL COMITÉ
José Luis
Ávila
Martínez
UNAM
Demografía
Estadística
Economista
Estudios de Maestría en
Economía
No ha
participado
Manuel
Ordorica
Mellado
El Colegio de México
Demografía
Matemáticas
Actuario
Doctor en Investigación
de Operaciones
CTPE 1997,
2003, 2006
Celia
Palacios
Mora
UNAM
UAEM
Geografía
Informática
Geógrafa
Doctora en Geografía
CTPE 2009,
2012
María Estela
Rivero
Fuentes
Instituto de
Investigación en
Salud y Demografía
Demografía
Actuaria
Doctora en Demografía y
Asuntos Públicos
No ha
participado
Carlos Welti
Chanes
UNAM
Demografía
Estadística
Economista
Doctor en Demografía
CTPE 2006,
2015
 
Síntesis curriculares
José Luis Ávila Martínez
Especialista en temas de población y desarrollo. Es economista con estudios de Maestría en Economía en la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Economía de la UNAM, y profesor de tiempo completo en la Facultad de Filosofía y Letras de la misma casa de estudios. Su adscripción actual es el Colegio de Estudios Latinoamericanos de la misma universidad.
Ha desempeñado varios cargos de responsabilidad en el gobierno Federal, entre ellos el de Secretario del Consejo del Consejo Nacional de Población (CONAPO, 2012) y asesor del Subsecretario de Educación Superior (SEP, 2009-2012).
Ha sido consultor del Banco Mundial y del Fondo de Población de las Naciones Unidas (sedes México, Guatemala y Nicaragua)
Ha formado parte de comités técnicos nacionales e internacionales: Vicepresidente de la Conferencia Regional de Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe (ONU, 2012), y miembro del Comité Técnico para la Medición de la Pobreza (SEDESOL, 2001-2002), del Comité Nacional para el Ordenamiento Territorial (SEDESOL, 1999-2000) y de la Comisión Técnica de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (STPS, 2000)
Ha dictado más de 180 cursos de Posgrado y Licenciatura y presentado numerosas ponencias en eventos nacionales e internacionales sobre temas de su especialidad.
Ha coordinado y publicado 13 libros, y más de 70 artículos en libros y revistas académicas especializadas.
De sus contribuciones destacan Índices de marginación (CONAPO 1990, 1995 y 2000), Centros Proveedores de Servicios, una estrategia para atender la dispersión de la población (CONAPO, 2001), estudios y publicaciones sobre migración internacional México-Estados Unidos en colaboración con Rodolfo Tuirán (CONAPO, 1999-2003) y Escenarios Urbanos y Demográficos de la Ciudad de México, 1990-2020 (en coautoría con Virgilio Partida, CONAPO, 1997).
Publicaciones recientes:
-     Ávila, José Luis, Héctor Hernández Bringas y José Narro Robles (coordinadores), Cambio demográfico y desarrollo en México, UNAM, 2014 (en prensa)
-     Ávila, José Luis, "Patrones de dispersión y aislamiento de la población", en Ávila, José Luis, Héctor Hernández Bringas y José Narro Robles (coordinadores), Cambio demográfico y desarrollo en México, UNAM, 2014 (en prensa)
-     Con Rodolfo Tuirán, "Migración Calificada México-Estados Unidos-Desafíos y opciones de política", en Delgado Wise, Raúl, Hacia una agenda de investigación sobre migración y desarrollo para el futuro de México, México, Colección La Ciencia en México, CONACYT, 2014 (en prensa).
Manuel Ordorica Mellado
Funge actualmente como profesor investigador en el Centro de Investigación en Geografía y Geomática Ingeniero Jorge L. Tamayo A.C., así como en el Centro de Estudios Demográficos, Urbanos y Ambientales (CEDUA) de El Colegio de México; de 2005 a 2015 fue Secretario General de esa institución. Forma parte del Consejo Editorial de la revista Population (INED, París).
Fue jefe del departamento de evaluación y análisis demográfico en la Dirección General de Estadística en el Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática (INEGI). De 1977 a
1987 fue director de Estudios de Población del Consejo Nacional de Población (CONAPO), así como consultor en educación en población de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
En 1997, 2003 y 2006 participó en las evaluaciones al Padrón Electoral, formando parte de los Comités Técnicos del Padrón Electoral respectivos. Asimismo, formó parte de los Comités Técnicos para la Distritación Electoral 2004-2005, 2012-2013 y 2014-2017.
Sus líneas de investigación son: demografía matemática, evaluación de información demográfica y proyecciones de población.
Entre sus publicaciones están las siguientes:
-     Una mirada al futuro demográfico de México, CEDUA, El Colegio de México, 2015.
-     Los grandes problemas demográficos de México vistos a través de las proyecciones de población, CEDUA, El Colegio de México, 2015.
-     "Tomo I. Población", en Los grandes problemas de México, edición abreviada, vol. 16. Distrito Federal, México El Colegio de México A.C., 2012. ISBN: 123456. Los grandes problemas de México. I. Población. Ciudad de México. El Colegio de México A.C., 2010. 453 p. Co-coordinador(es): Brígida García.
-     Estimating the demographic dynamic of small areas with the kalman filter, Dynamic Demographic Analysis, Robert Schoen, Springer, pags. 10, 2016.
-     El nacimiento de la moderna política de población, La situación demográfica de México, 2015, Myrna Muñoz del Valle y Virginia Muñoz Pérez, Consejo Nacional de Población, vol. 1, pags. 308, 2015.
-     "La población de México en el siglo XXI", en Aguilar Villanueva, Luis y Alatorre, Jorge (coordinadores), El futuro del Estado social. D.F., Universidad de Guadalajara, Miguel Ángel Porrúa librero-editor, 2014. pp. 29-49.
-     "Hacia una longevidad de 122 años y un nivel de reproducción por debajo del reemplazo", Hacia una nueva Ley General de Población. D.F., UNAM, 2013. pp. 21- 45.
Celia Palacios Mora
Doctora en Geografía con posgrado en administración de organizaciones. Académica y consulta especializada en temas de geografía política, procesos electorales, migración, votación en el extranjero y ciencias geoinformáticas.
Designada en 2014 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación como Perito en materia de geografía y cartografía en problemas de límites fronterizos interestatales.
En el entonces Instituto Federal Electoral (IFE), participó y realizó asesorías técnicas en los procesos de distritación electoral 2004-2005, 2012-2013 y 2014-2017, y formó parte de los comités técnicos del Padrón Electoral en los procesos electorales federales de 2008-2009 y 2011-2012. También formó parte de comités científicos asesores en los organismos públicos locales de las entidades de Colima, Ciudad de México, Estado de México y Quintana Roo.
Fue asesora en el diseño de proyectos para la planeación de estrategias de actualización cartográfica, fue colaboradora en la Dirección de Cartografía Electoral en el Registro Federal de Electores (IFE, 1998-2004) y asesora en el IFE (2008, 2010) en materia de cartografía y atlas electorales, así como caracterización socioeconómica de los votantes y tipificación de secciones electorales.
Sus líneas de investigación son geografía electoral, geoinformática, heterogeneidad espacial urbana y rural, así como aspectos socioeconómicos y poblacionales relacionados.
La doctora Palacios formó parte del Comité Técnico del Padrón Electoral en los procesos electorales federales 2008-2009 y 2011-2012. Como asesora técnica de este órgano, realizó trabajos de investigación de evaluación en materia geográfica y demográfica del Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores.
Ha impartido cátedra a nivel licenciatura y posgrado en la Universidad Nacional Autónoma de México y la Universidad Autónoma del Estado de México, en temas de geografía electoral y geografía humana.
Entre sus publicaciones están las siguientes:
-     "Evolución territorial de los distritos electorales federales uninominales, 1977-2010", Revista Boletín del Instituto de Geografía, UNAM, 2013.
-     "El padrón electoral mexicano: análisis demográfico e innovaciones tecnológicas y
seguridad de datos personales". Revista Papeles de Población, 2012.
-     Estadísticas censales a escalas geoelectorales (coord.), IFE, México, 2009.
-     "Distribución geográfica internacional y referencia geoelectoral nacional de la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero, 2005-2006". Capítulo del libro Retos y perspectivas del padrón electoral. México en perspectiva comparada, IFE, México, 2009.
-     Sistema de georreferencia de casillas especiales. Procesos Electoral Federal 2009 (coord.), IFE, México, 2009.
-     "Circunscripciones electorales plurinominales: configuración geográfica y equilibrio poblacional, 1977-2007". Revista Boletín del Instituto de Geografía, UNAM, 2008.
-     "Perfil de la estructura por edad y sexo de los votantes desde el extranjero: el caso del Estado de México 2006", en Migración internacional. Efectos de la globalización y las políticas migratorias, UAEM, Centro de Investigación y Estudios Avanzados de la Población, México, 2007.
-     "Población de origen mexicano en Estados Unidos de América. ¿Minoría o mayoría? Un análisis de escalas geográficas", en Globalización, mercado de trabajo y migración de trabajadores mexicanos a Estados Unidos, UNAM, Universidad Nacional Autónoma de Chapingo, México, 2006.
-     Atlas del voto de los electores residentes en el extranjero. Proceso Electoral Federal 2005-2006 (coord.), IFE, México, 2006.
María Estela Rivero Fuentes
Investigadora en Investigación en Salud y Demografía (INSAD), e Investigadora Asociada Senior en el Population Council, Oficina de México. Trabajó hasta 2014 como profesora-investigadora en el Centro de Estudios Demográficos, Urbanos y Ambientales en El Colegio de México. Estudió el Doctorado en Demografía y Asuntos Públicos en la Universidad de Princeton y la Maestría en Demografía en El Colegio de México.
Como investigadora ha participado en diversos proyectos financiados por entidades nacionales e internacionales. Su trayectoria también incluye la participación como organizadora, ponente y moderadora en múltiples congresos de demografía. Ha realizado estancias de investigación en el Centro de Ciencias Humanas y Sociales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), de España, y en la University of California, Berkeley Population Center, en Estados Unidos, entre otras. En 2016 fue integrante del Comité Técnico Asesor del Conteo Rápido de Oaxaca.
Sus líneas de investigación son: jóvenes, envejecimiento, uniones tempranas, demografía de la familia, género y transiciones a la adultez.
Entre sus recientes publicaciones están las siguientes:
-     Rivero-Fuentes, E.; Hernández Jabalera, (2015), A. No todos los tiempos son los mismos: variaciones en los patrones de uso del tiempo en México. García, B. y Pacheco, E. (eds.) Uso del tiempo y trabajo no remunerado en México, El Colegio de México.
-     Rivero, E.; Pederzini, C. (2014), No todo es perdido. Un análisis del uso del tiempo de los NiNis Mexicanos. Revista Coyuntura Demográfica n º 6, pp.:29-33.
-     Rivero-Fuentes, E. (2012), Beyond Income Differentials: Explaining Migrants' Destinations in Mexico. Cuecuecha, A.; Pederzini, C. (Eds.): Migration and Remittances from Mexico: Trends, Impacts and New. Challenges Lexington.
-     Rivero, E. (2009), Historia de la familia en la península ibérica: Del balance a la evidencia de la diversidad. Ghirardi, M. (Eds.): Iberoamericanas ayer y hoy. Una mirada interdisciplinaria ALAP Editor.
-     Rivero-Fuentes, E., et al. (2008), Assessing Integration Methodology (AIM): A Handbook for Measuring and Assessing the Integration of Family Planning and other Reproductive Health Services. Washington, DC. DC: FRONTIERS Manual. Population Council.
-     Rivero-Fuentes, E. et al. (2007), Vinculación de la atención postaborto y los servicios de anticoncepción en Nicaragua. Billings, D.L.; Vernon, R. (Eds.): Avances en la atención posaborto en América Latina y el Caribe: Investigando, aplicando y expandiendo IPAS y Population Council, pp. 57-64.
 
Carlos Welti Chanes
Investigador de tiempo completo en el Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, tiene la Licenciatura en Economía por la Universidad Autónoma de Puebla, el grado de Maestro en Ciencias Sociales, con la Especialidad en Demografía, por la Universidad de Chicago, institución en la que también obtuvo el Doctorado en Demografía.
Sus líneas de investigación son la dinámica de la población y su comportamiento reproductivo.
Formó parte del Comité Técnico del Padrón Electoral 2005-2006. Como miembro de este órgano efectuó una evaluación del padrón a través del análisis de los resultados de las verificaciones nacionales muestrales del 2000 al 2005. También colaboró en el Comité 2014-2015, para evaluar la confiabilidad del Padrón Electoral, a partir de la estimación del efecto que tiene la mortalidad de los adultos de 18 años y más sobre este instrumento, e identificar las acciones de depuración que realiza el RFE.
Entre sus recientes publicaciones están las siguientes:
-     "Cambios recientes en la fecundidad. Estimaciones y Problemáticas no Resueltas". Capítulo del libro Población y Desarrollo. UNAM, Secretaría de Desarrollo Institucional, México, 2014.
-     "El futuro de la Ley General de Población en México". Capítulo del libro Hacia una Nueva Ley General de Población. UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, México, 2013.
-     "Política Social y Envejecimiento". Revista Papeles de Población. Año 19, No. 77, 2013.
-     Política indispensable. Revista México Social, Número 36, julio, 2013.
-     Cambio demográfico y participación en la actividad económica. América Latina en movimiento. Publicación Internacional de la Agencia Latinoamericana de Información (ALAI). Año XXXVII, No. 483. 2013.
-     Análisis de la fecundidad en México. Papeles de Población. Año 18, No. 73, 2012.
-     Transición Demográfica y Salud, en: "Los determinantes Sociales de la Salud en México". Fondo de Cultura Económica. México, 2012.
_______________________
 
1     Comité Técnico del Padrón Electoral 2014-2015, Informe Final, 3 de junio de 2015, internet, http://portalanterior.ine.mx/archivos2/DS/recopilacion/CG.ex201506-03in_01P03-00.pdf.
2     Acuerdo INE/CG237/2015 del 6 de mayo de 2015.

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