|
DOF: 29/11/2017 |
PRESUPUESTO de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018 PRESUPUESTO de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018. (Continúa en la Tercera Sección). Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 74 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018 TÍTULO PRIMERO DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1. El ejercicio, el control y la evaluación del gasto público federal para el ejercicio fiscal de 2018, así como la contabilidad y la presentación de la información financiera correspondiente, se realizarán conforme a lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley General de Contabilidad Gubernamental y en las disposiciones que, en el marco de dichas leyes, estén establecidas en otros ordenamientos legales y en este Presupuesto de Egresos. La interpretación del presente Presupuesto de Egresos, para efectos administrativos y exclusivamente en el ámbito de competencia del Ejecutivo Federal, corresponde a la Secretaría y a la Función Pública, en el ámbito de sus atribuciones, conforme a las disposiciones y definiciones que establece la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. La información que, en términos del presente Decreto, deba remitirse a la Cámara de Diputados será enviada a la Mesa Directiva de la misma, la cual turnará dicha información a las comisiones competentes, en forma impresa y en formato electrónico de texto modificable o de base de datos según corresponda, con el nivel de desagregación que establece la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y las disposiciones normativas vigentes, y será publicada en las páginas de Internet que correspondan. En caso de que la fecha límite para presentar la información sea un día inhábil, la misma se recorrerá al día hábil siguiente. En el ámbito de sus atribuciones, la Secretaría presentará información presupuestaria comparable respecto del ejercicio fiscal anterior y de los diversos documentos presupuestarios. La Secretaría reportará en los Informes Trimestrales la evolución de las erogaciones correspondientes a los anexos transversales a que se refiere el artículo 41, fracción II, incisos j), o), p), q), r), s), t), u) y v), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; así como las principales causas de variación del gasto neto total al trimestre que corresponda, respecto del presupuesto aprobado, por ramo y entidad. Los entes públicos a los que se les asignen recursos del presente Presupuesto contarán con un sistema de control interno en términos de las disposiciones jurídicas aplicables y con cargo a su presupuesto aprobado, con el fin de propiciar un ambiente de prevención y de gestión de riesgos. La Auditoría y la Función Pública podrán establecer modelos para la instrumentación del sistema de control interno que serán aplicables en los términos de los convenios que suscriban para tal efecto con dichos entes públicos. CAPÍTULO II De las erogaciones Artículo 2. El gasto neto total previsto en el presente Presupuesto de Egresos importa la cantidad de $5,279,667,000,000, y corresponde al total de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos. En términos del artículo 17 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para el presente ejercicio fiscal se prevé un déficit presupuestario de $466,684,400,000. Artículo 3. El gasto neto total se distribuye conforme a lo establecido en los Anexos de este Decreto y Tomos del Presupuesto de Egresos y se observará lo siguiente: I. Las erogaciones de los ramos autónomos, administrativos y generales, así como los capítulos específicos que incorporan los flujos de efectivo de las entidades, se distribuyen conforme a lo previsto en el Anexo 1 del presente Decreto y los Tomos II a IX, de este Presupuesto de Egresos. En el Tomo I se incluye la información establecida en el artículo 41, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; II. El gasto corriente estructural se incluye en el Anexo 2 de este Decreto; III. El capítulo específico que incorpora las erogaciones correspondientes a los gastos obligatorios, se incluye en el Anexo 3 de este Decreto; IV. El capítulo específico que incorpora los proyectos de inversión en infraestructura que cuentan con aprobación para realizar erogaciones plurianuales en términos del artículo 74, fracción IV, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se incluye en el Anexo 4 de este Decreto; V. El capítulo específico que incorpora las erogaciones correspondientes a los compromisos plurianuales sujetos a la disponibilidad presupuestaria de los años subsecuentes, se incluye en el Anexo 5 de este Decreto; VI. El capítulo específico que incorpora el monto máximo anual de gasto programable para atender los compromisos de pago requeridos para los nuevos proyectos de asociación público-privada y para aquellos autorizados en ejercicios fiscales anteriores, así como la información de cada uno de ellos, en términos del artículo 24 de la Ley de Asociaciones Público Privadas, se incluye en el Anexo 5.A de este Decreto y en el Tomo VIII del Presupuesto de Egresos; VII. El capítulo específico que incorpora las erogaciones correspondientes a los compromisos derivados de proyectos de infraestructura productiva de largo plazo se incluye en el Anexo 6 de este Decreto y en el Tomo VII del Presupuesto de Egresos; VIII. El capítulo específico que incorpora las previsiones salariales y económicas, se incluye en los Anexos 7 y 25 de este Decreto y en los Tomos III a VI del Presupuesto de Egresos. Los montos y términos aprobados en este capítulo específico en dichos Anexos y Tomos del Presupuesto de Egresos, incluyendo las previsiones para contingencias y sus ampliaciones derivadas de adecuaciones presupuestarias y ahorros necesarios durante el ejercicio fiscal para cumplir, en su caso, con las disposiciones laborales aplicables, forman parte de la asignación global a que se refiere el artículo 33 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; IX. La suma de recursos destinados a cubrir el costo financiero de la deuda pública del Gobierno Federal, aquél correspondiente a la deuda de las empresas productivas del Estado incluidas en el Anexo 1, inciso E, de este Decreto; las erogaciones derivadas de operaciones y programas de saneamiento financiero, así como aquéllas para programas de apoyo a ahorradores y deudores de la banca, se distribuyen conforme a lo establecido en el Anexo 8 de este Decreto; X. Para los efectos de los artículos 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 43 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, los montos máximos de adjudicación directa y los de adjudicación mediante invitación a cuando menos tres personas, de las adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, obras públicas y servicios relacionados con éstas, serán los señalados en el Anexo 9 de este Decreto. Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado; XI. Los recursos para el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas se señalan en el Anexo 10 de este Decreto, en los términos del artículo 2o., Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y conforme al artículo 41, fracción II, inciso j), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se presentan desglosados por ramo y programa presupuestario; XII. Los recursos que conforman el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable se señalan en el Anexo 11 de este Decreto, conforme a lo previsto en los artículos 16 y 69 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; XIII. El monto total de los recursos previstos para el programa de ciencia, tecnología e innovación, conforme a lo previsto en el artículo 22 de la Ley de Ciencia y Tecnología, se señala en el Anexo 12 de este Decreto; XIV. Las erogaciones de los programas para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, se señalan en el Anexo 13 de este Decreto; XV. El presupuesto consolidado de la Estrategia de Transición para Promover el Uso de Tecnologías y Combustibles más Limpios, conforme al artículo 24 de la Ley de Transición Energética, se señala en el Anexo 15 de este Decreto; XVI. Las erogaciones para el Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas se distribuyen conforme a lo previsto en el Anexo 21 de este Decreto; XVII. Las erogaciones para el Ramo General 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos se distribuyen conforme a lo previsto en el Anexo 22 de este Decreto. Las previsiones para servicios personales del Ramo General referidos en el párrafo anterior, que se destinen para sufragar las medidas salariales y económicas, deberán ser ejercidas conforme a lo que establece el segundo párrafo de la fracción VIII anterior y el artículo 16 de este Decreto y serán entregadas a las entidades federativas a través del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios y, sólo en el caso de la Ciudad de México se ejercerán por medio del Ramo General 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos; XVIII. Las erogaciones para el Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios se distribuyen conforme a lo previsto en el Anexo 23 de este Decreto; XIX. Los límites de las remuneraciones de los servidores públicos de la Federación se señalan en el Anexo 24 de este Decreto y en el Tomo IX de este Presupuesto de Egresos; XX. Las previsiones para sufragar las erogaciones correspondientes a las medidas salariales y económicas para los Ramos Generales 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, se distribuyen conforme a lo establecido en el Anexo 25 de este Decreto; XXI. Los programas sujetos a reglas de operación se señalan en el Anexo 26 de este Decreto; XXII. Los principales programas previstos en este Presupuesto de Egresos se detallan en el Anexo 27 de este Decreto, y XXIII. El presupuesto de PROSPERA Programa de Inclusión Social se distribuye conforme a lo establecido en el Anexo 28 de este Decreto. Los Anexos 14, 16 al 20 y 29 al 31 de este Decreto, comprenden los recursos para la atención de grupos vulnerables; la adaptación y mitigación de los efectos del cambio climático; el desarrollo de los jóvenes; la atención de niñas, niños y adolescentes; la prevención del delito, combate a las adicciones, rescate de espacios públicos y promoción de proyectos productivos; la prevención, detección y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como para la fiscalización y control de recursos públicos; la conservación y mantenimiento carretero; subsidios para organismos descentralizados estatales, y la distribución del programa hidráulico: subsidios para entidades federativas. Dichos recursos deberán ser ejercidos de forma tal que permitan su debido seguimiento, evaluación y difusión para conocer su impacto conforme al Plan Nacional de Desarrollo y las políticas públicas derivadas del mismo. Con cargo al Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas, se autorizan $150,000,000 para los trabajos y actividades asociados al Presidente Electo, en términos de lo dispuesto en los artículos 43 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 63 A de su Reglamento, a efecto de llevar a cabo la elaboración y presentación del Plan Nacional de Desarrollo; la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos; programas gubernamentales; seguridad pública y nacional; trabajos de enlace con la administración saliente; difusión y actividades preparatorias que permitan crear las condiciones propicias para el inicio de su encargo. Artículo 4. Para el presente ejercicio fiscal no se incluyen recursos para el Programa Erogaciones Contingentes, correspondiente a la partida secreta a que se refiere el artículo 74, fracción IV, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 5. Para el ejercicio fiscal 2018 se aprueba para Petróleos Mexicanos una meta de balance financiero de -$79,414,301,404 y un techo de gasto de servicios personales de $93,228,000,000. Asimismo, se aprueba para la Comisión Federal de Electricidad una meta de balance financiero de $18,000,053,536, y un techo de gasto de servicios personales de $56,788,302,792. Artículo 6. Conforme al artículo 272 de la Ley del Seguro Social, el gasto programable del Instituto Mexicano del Seguro Social será de $679,284,281,924. El Gobierno Federal aportará al Instituto la cantidad de $91,321,081,501, como aportaciones para los seguros; asimismo, dispondrá de la cantidad de $266,214,252,087, para cubrir las pensiones en curso de pago derivadas del artículo Duodécimo Transitorio de la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995, y aportará la cantidad de $2,803,926,054, para atender lo dispuesto en los artículos 141, 172 y 172 A de dicha Ley. Durante el ejercicio fiscal de 2018, el Instituto Mexicano del Seguro Social deberá destinar a las Reservas Financieras y Actuariales de los seguros y a la Reserva General Financiera y Actuarial, así como al Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual, a que se refieren los artículos 280, fracciones III y IV, y 286 K, respectivamente, de la Ley del Seguro Social, la cantidad de $11,949,346,781.00, a fin de garantizar el debido y oportuno cumplimiento de las obligaciones que contraiga, derivadas del pago de beneficios y la prestación de servicios relativos a los seguros que se establecen en dicha Ley; así como para hacer frente a las obligaciones laborales que contraiga, ya sea por disposición legal o contractual con sus trabajadores. Para los efectos del artículo 277 G de la Ley del Seguro Social, el Instituto Mexicano del Seguro Social deberá sujetarse a las normas de austeridad y disciplina presupuestaria contenidas en este Decreto, en los términos propuestos por el Consejo Técnico de dicho Instituto las cuales se aplicarán sin afectar con ellas el servicio público que está obligado a prestar a sus derechohabientes; asimismo, conforme al mismo artículo 277 G, dichas normas no deberán afectar las metas de constitución o incremento de reservas establecidas en este Decreto. El uso de reservas de cualquier naturaleza y tipo deberá ser registrado invariablemente como gasto programable. Asimismo, las reservas del Seguro de Invalidez y Vida y de Riesgos de Trabajo, únicamente podrán destinarse para las prestaciones monetarias de esos seguros; y no para financiar gasto corriente del Instituto, salvo en los casos que así lo prevea la Ley del Seguro Social. El titular y los servidores públicos competentes del Instituto Mexicano del Seguro Social serán responsables de que el ejercicio del gasto de dicho Instituto se sujete a los montos autorizados para cubrir su gasto programable, para las reservas y el fondo a que se refiere este artículo. TÍTULO SEGUNDO DEL FEDERALISMO CAPÍTULO ÚNICO De los recursos federales transferidos a las entidades federativas, a los municipios y a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México Artículo 7. El ejercicio de los recursos federales aprobados en este Presupuesto de Egresos para ser transferidos a las entidades federativas y, por conducto de éstas, a los municipios y a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como el de los recursos federales que se ejerzan de manera concurrente con recursos de dichos órdenes de gobierno, se sujetará a las disposiciones legales aplicables, al principio de anualidad y a lo siguiente: I. El resultado de la distribución entre las entidades federativas de los recursos que integran los fondos del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, se presenta en el Tomo IV de este Presupuesto de Egresos, con excepción del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP), cuya distribución se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal; II. Los recursos federales a que se refiere este artículo, distintos a los previstos en la Ley de Coordinación Fiscal, serán ministrados siempre y cuando las entidades federativas y, en su caso, los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, cumplan con lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Presupuesto de Egresos y las demás disposiciones jurídicas aplicables, así como, en su caso, los convenios correspondientes; III. Los proyectos de infraestructura que realicen las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, con cargo a los recursos de los fondos del Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas, deberán incluir la leyenda siguiente: "Esta obra fue realizada con recursos públicos federales", sin perjuicio de las demás que establezca el presente Decreto. La Secretaría deberá publicar de forma trimestral, en el Portal de Transparencia Presupuestaria, la información relativa a los proyectos de infraestructura aprobados en el Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas, incluyendo el monto aprobado y pagado; su ubicación geográfica, y los lineamientos aplicables a dichos recursos. Asimismo, deberá informar en dicho medio el avance financiero de los proyectos con base en los reportes que, de conformidad con la normatividad aplicable, realicen las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. La información anterior, deberá estar disponible, a su vez, en formato de datos abiertos; IV. Los programas que prevean la aportación de recursos por parte de las entidades federativas y, en su caso, municipios o demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para ser ejercidos de manera concurrente con recursos federales, se sujetarán a lo siguiente: a) El porcentaje o monto que corresponda aportar a las entidades federativas y, en su caso, a los municipios o demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, será establecido por las dependencias a cargo de los respectivos programas; b) Dichos órdenes de gobierno deberán realizar las aportaciones de recursos que le correspondan en las cuentas bancarias productivas específicas respectivas, en un periodo que no deberá exceder de 20 días hábiles contados a partir de la recepción de los recursos federales. Los recursos federales deberán ser ministrados de acuerdo con el calendario establecido en los convenios y de ninguna manera podrá iniciar ministraciones después del mes de marzo. Antes del vencimiento del plazo a que se refiere el párrafo anterior, las entidades federativas y, en su caso, municipios o demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en casos debidamente justificados, podrán solicitar a la dependencia o entidad correspondiente una prórroga para realizar la aportación correspondiente de recursos locales, hasta por el mismo plazo a que se refiere el párrafo anterior; c) La entidad federativa, municipio o demarcación territorial que se vea afectado por situaciones que obliguen al Ejecutivo Federal a emitir declaratorias de emergencia o de desastre natural, en los términos de la Ley General de Protección Civil, contará con una prórroga de 20 días hábiles adicionales para efectuar el depósito de las aportaciones que le correspondan, una vez publicada la declaratoria; d) Las entidades federativas podrán cubrir hasta en dos exhibiciones durante el ejercicio fiscal su aportación a los programas concurrentes en materia educativa para todos los niveles, y e) Las ministraciones de recursos federales podrán ser suspendidas cuando las entidades federativas y, en su caso, los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México no aporten en los plazos previstos los recursos que les corresponden en las cuentas específicas; V. La Secretaría de Educación Pública comunicará a las entidades federativas a más tardar el último día hábil del mes de marzo, el presupuesto para el subsidio para organismos descentralizados estatales que la Federación otorga, así como para los programas financiados con fondos concurrentes; VI. En caso de que, en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, deban realizarse ajustes o adecuaciones al Presupuesto de Egresos durante el ejercicio fiscal, una vez que se realicen las compensaciones previstas en la misma y, en su caso, una vez utilizados los recursos de las reservas que correspondan en términos de dicha ley, los ajustes que fuera necesario realizar a los recursos federales distintos a los contenidos en la Ley de Coordinación Fiscal destinados a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, deberán efectuarse de manera proporcional a los demás ajustes al Presupuesto de Egresos, informando de tales ajustes o adecuaciones a la Cámara de Diputados; VII. Los recursos federales vinculados con ingresos excedentes que, en los términos de los artículos 19, fracción IV, inciso d), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 12, sexto párrafo, de su Reglamento, tengan como destino la realización de programas y proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento de las entidades federativas, se sujetarán a las disposiciones aplicables del Fideicomiso para la Infraestructura en los Estados (FIES). En el caso de los subsidios que tengan el mismo destino, la Secretaría deberá entregar los recursos a las entidades federativas de acuerdo con un calendario establecido y podrá emitir las disposiciones correspondientes para comprobación de los mismos en términos de los artículos 34 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; VIII. Las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México deberán enviar a la Secretaría, a través del sistema al que hace referencia el artículo 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria la información de las evaluaciones que lleven a cabo sobre recursos federales transferidos, en los términos de las disposiciones aplicables. La Secretaría deberá reportar dicha información en los Informes Trimestrales; IX. El Consejo Nacional de Seguridad Pública aprobará a más tardar en el mes de enero, los criterios de distribución de los recursos de los fondos de ayuda federal para la seguridad pública a que se refiere el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en términos de lo establecido en el artículo 142 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Para efectos del párrafo anterior, se promoverá que, por lo menos, el 20 por ciento de los recursos previstos en el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN), se destinen a la atención de necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública. El Consejo Nacional de Seguridad Pública, al aprobar los criterios para la distribución de los recursos de los fondos de ayuda federal que se otorguen a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México para la seguridad pública, promoverá y vigilará que su aplicación se oriente al cumplimiento de los ejes estratégicos y programas con prioridad nacional definidos por dicho Consejo, así como que su erogación se realice dentro del presente ejercicio fiscal. Para tales efectos, los convenios relativos a estos fondos establecerán mecanismos que contribuyan a agilizar la recepción y el ejercicio de los recursos que reciban las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. Dicho Consejo promoverá que, por lo menos, el 20 por ciento de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP) se distribuya entre los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, conforme a criterios que integren el número de habitantes y el avance en la aplicación del Programa Estatal de Seguridad Pública en materia de profesionalización, equipamiento, modernización tecnológica e infraestructura. Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ejercicio de los recursos que les sean transferidos para seguridad pública, a través del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios deberán alinear, en su caso, la aplicación de los recursos para implementar y operar el modelo de desarrollo y operación policial previsto en la ley de la materia, conforme a los ejes estratégicos aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, y X. Durante los primeros 10 días naturales del mes de febrero, las entidades federativas deberán enviar a la Secretaría, en forma impresa y en formato electrónico de base de datos, el calendario de distribución y montos que de los fondos a los que se refieren los artículos 35 y 36 de la Ley de Coordinación Fiscal correspondan para el ejercicio fiscal 2018 a sus municipios o demarcaciones territoriales, según corresponda. Artículo 8. El presente Presupuesto de Egresos incluye la cantidad de $5,000,000,000, para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función. Los subsidios a que se refiere este artículo serán destinados para los conceptos y conforme a los lineamientos que establezca el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública en alineación con los programas con prioridad nacional definidos por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, con el objeto de apoyar la profesionalización, la certificación y el equipamiento de los elementos policiales de las instituciones de seguridad pública, así como al fortalecimiento tecnológico, de equipo e infraestructura de las instituciones de seguridad pública y a la prevención social de la violencia y la delincuencia. A más tardar el 25 de enero, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública publicará en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos a que se refiere el párrafo anterior, los cuales incluirán lo siguiente: I. Los requisitos y procedimientos para la gestión, administración y evaluación de los recursos, mismos que establecerán, entre otros, los plazos para la solicitud y entrega de recursos, así como el porcentaje de participación que deberán cubrir los beneficiarios como aportación; II. La fórmula de elegibilidad y distribución de recursos. En dicha fórmula deberá tomarse en consideración, entre otros, el número de habitantes; el estado de fuerza de los elementos policiales; la eficiencia en el combate a la delincuencia; la incidencia delictiva en los municipios y demarcaciones territoriales y las características asociadas a los mismos, como son: destinos turísticos, zonas fronterizas, conurbados y aquellos afectados por su proximidad geográfica a otros con alta incidencia delictiva, y III. La lista de municipios y demarcaciones territoriales beneficiarios del subsidio y el monto de asignación correspondiente a cada uno. El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública deberá suscribir los convenios específicos de adhesión y sus anexos técnicos, con las entidades federativas y con los beneficiarios del subsidio, a más tardar el último día hábil de febrero. En dichos convenios deberán preverse los términos de la administración de los recursos del subsidio con base en las siguientes modalidades: a) Ejercicio directo de la función de seguridad pública en el municipio o demarcación territorial por la entidad federativa; b) Ejercicio directo de la función de seguridad pública por el municipio, o c) Ejercicio coordinado de la función de seguridad pública entre ambos. En los casos de los incisos b) y c) deberá estipularse el compromiso de las entidades federativas de entregar el monto correspondiente de los recursos a los municipios o demarcaciones territoriales, incluyendo sus rendimientos financieros, a más tardar dentro de los 5 días hábiles posteriores a que aquéllas reciban los recursos de la Federación. Los recursos a que se refiere este artículo se sujetarán a las disposiciones aplicables a los subsidios federales, incluyendo aquéllas establecidas en el artículo 7 de este Decreto. Artículo 9. La Secretaría, a más tardar el 31 de enero, emitirá las disposiciones para la aplicación de los recursos de los siguientes fondos: I. Fondo Regional. Este fondo tiene por objeto apoyar a las 10 entidades federativas con menor índice de desarrollo humano respecto del índice nacional, a través de programas y proyectos de inversión destinados a permitir el acceso de la población a los servicios básicos de educación y salud, mantener e incrementar el capital físico o la capacidad productiva, así como de infraestructura básica; mediante la construcción, rehabilitación y ampliación de infraestructura pública y su equipamiento. Los recursos de este fondo se aplicarán a través del fideicomiso público denominado Fondo Regional constituido por la Secretaría. La aprobación de los proyectos de infraestructura propuestos por las entidades federativas estará a cargo del comité técnico del fideicomiso. El 50 por ciento de los recursos del Fondo se destinará a los estados de Chiapas, Guerrero y Oaxaca, y el restante 50 por ciento a las siete entidades federativas con menor índice de desarrollo humano, en términos de las disposiciones que emita la Secretaría; II. Fondo para la Accesibilidad en el Transporte Público para las Personas con Discapacidad. La asignación prevista se distribuirá conforme a lo señalado en el Anexo 21.1 de este Decreto en los términos y condiciones que mediante convenio se determinen para tal efecto, y III. Fondo de Capitalidad para la Ciudad de México. Este fondo tiene por objeto apoyar la Ciudad de México, en consideración a su condición de sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, en términos del artículo 44 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los recursos del Fondo de Capitalidad se podrán destinar para: a) Infraestructura y equipamiento en materia de procuración de justicia, readaptación social, y protección civil y rescate, considerando la capacitación que al respecto requieran los servidores públicos que realicen actividades en dichas materias; b) Inversión en infraestructura vial primaria, incluyendo su construcción, modernización, reconstrucción, ampliación, remodelación, mantenimiento, conservación, equipamiento y el servicio de alumbrado público que su operación requiera; c) Inversión en infraestructura cultural, turística o de transporte público, incluyendo su construcción, modernización, reconstrucción, ampliación, remodelación, mantenimiento, conservación y equipamiento. En el caso de la infraestructura de transporte público, incluye la adquisición y renovación del equipo que la complemente, considerando el mantenimiento preventivo y correctivo que para su operación requiera; d) Infraestructura, equipamiento y mantenimiento, en materia de vigilancia, que permita desarrollar y aplicar políticas públicas para la prevención del delito; e) Inversión en materia ambiental, tal como mantenimiento de suelos de conservación, infraestructura hidráulica, y para el manejo integral de residuos sólidos (recolección, traslado y disposición final), incluyendo la adquisición del equipo correspondiente, y f) Inversión en infraestructura y equipamiento de puntos de recaudación de impuestos locales, así como la inversión para el desarrollo, implementación, equipamiento y operación de estrategias que incrementen la recaudación de la Ciudad de México. Se podrá destinar hasta el veinte por ciento de la totalidad de este Fondo para gastos de operación asociados a los programas y proyectos descritos en esta fracción. Los recursos de este Fondo podrán destinarse a la reconstrucción de la infraestructura pública dañada en la Ciudad de México como consecuencia de fenómenos naturales perturbadores. La asignación prevista para los fondos a que se refieren las fracciones I y III del presente artículo, se contempla en el Anexo 21 de este Decreto. Del monto total asignado a cada uno de los fondos previstos en este artículo, la Secretaría podrá destinar hasta el 1 por ciento para la administración de los mismos, y transferirá a la Auditoría una cantidad equivalente al 1 al millar de los montos aprobados en cada uno de estos fondos, para su fiscalización. Las entidades federativas que tengan asignados recursos para la ejecución de proyectos con cargo a estos fondos, serán responsables de la integración y veracidad de la información técnica que presenten a la Secretaría para la solicitud de los recursos correspondientes, así como de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de dichos recursos en términos de las disposiciones aplicables, sin perjuicio de las atribuciones que tengan conferidas las autoridades federales en materia de fiscalización. La información referida deberá estar disponible en la página de Internet del ejecutor de gasto o, en su caso, en otros medios accesibles a los ciudadanos. En caso de incumplimiento de los plazos, términos y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables, la Secretaría podrá suspender las ministraciones o reasignar dichos recursos a programas sociales y de inversión en infraestructura. Artículo 10. Los recursos federales que se asignan en este Presupuesto de Egresos para el Fondo Metropolitano se aplicarán a través del instrumento jurídico y mecanismo presupuestario que determine la Secretaría. Los Consejos para el Desarrollo Metropolitano o los órganos equivalentes de carácter estatal propondrán la aprobación de los programas o proyectos de infraestructura a un comité presidido por la Secretaría, que contará con la participación de las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. La Secretaría emitirá las disposiciones específicas que establecerán los criterios, requisitos y procedimientos para el otorgamiento de los recursos del Fondo. Los recursos del Fondo se destinarán a las zonas metropolitanas definidas por el grupo interinstitucional conformado por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y el Consejo Nacional de Población, de conformidad con los programas y proyectos de infraestructura que apruebe el comité referido en el párrafo anterior. Los recursos del Fondo Metropolitano se destinarán a programas y proyectos de infraestructura; los cuales demuestren ser viables y sustentables, orientados a promover la adecuada planeación del desarrollo regional, urbano, el transporte público y la movilidad no motorizada y del ordenamiento del territorio para impulsar la competitividad económica, la sustentabilidad y las capacidades productivas de las zonas metropolitanas, coadyuvar a su viabilidad y a mitigar su vulnerabilidad o riesgos por fenómenos naturales, ambientales y los propiciados por la dinámica demográfica y económica, así como a la consolidación urbana y al aprovechamiento óptimo de las ventajas competitivas de funcionamiento regional, urbano y económico del espacio territorial de las zonas metropolitanas. Los programas y proyectos de infraestructura a los que se destinen los recursos federales del Fondo Metropolitano deberán guardar congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018, así como con los programas en materia de desarrollo regional y urbano correspondientes. Para la determinación de los programas y proyectos de infraestructura que someterán a consideración del comité a que se refiere este artículo, los gobiernos de las entidades federativas a través de su Consejo para el Desarrollo Metropolitano o el órgano equivalente de carácter estatal deberán observar criterios objetivos de evaluación de costo y beneficio, así como de impacto metropolitano, económico, social y ambiental, de acuerdo con las disposiciones del Fondo Metropolitano y las demás aplicables, tomando en cuenta la movilidad no motorizada considerada en estudios, planes, evaluaciones, programas, proyectos, acciones, obras de infraestructura y su equipamiento, en cualquiera de sus componentes, ya sean nuevos o en proceso. El Consejo para el Desarrollo Metropolitano o el órgano equivalente de carácter estatal establecerá los mecanismos de participación y de presentación de programas y proyectos de infraestructura por parte de los municipios o demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. El Consejo para el Desarrollo Metropolitano, o su equivalente, estará presidido por el gobernador o gobernadores e integrado por los representantes que señalen las disposiciones del Fondo Metropolitano. En el caso de zonas metropolitanas en territorio de dos o más entidades federativas la presidencia será rotativa y con duración de por lo menos un año, pudiendo acordar el establecimiento de una presidencia conjunta, en cuyo caso no tendrá término de duración. Los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, por conducto de sus representantes, podrán participar en las sesiones del Consejo para el Desarrollo Metropolitano postulando programas y proyectos de infraestructura, presentando iniciativas y propuestas en el marco del objeto y fines del Fondo Metropolitano, en términos de las disposiciones aplicables al Fondo. Dicho Consejo deberá quedar instalado a más tardar el tercer mes del año de ejercicio, salvo cuando se trate del inicio de un nuevo mandato de gobierno estatal, en cuyo caso dispondrá de hasta 30 días naturales contados a partir de la fecha de toma de posesión del cargo. Las entidades federativas deberán reportar trimestralmente el informe del destino y aplicación de los recursos, del avance físico y financiero y de la evaluación de los resultados alcanzados, a la Secretaría y a la Cámara de Diputados, en los términos del artículo 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y las demás disposiciones legales aplicables al Fondo Metropolitano. Las entidades federativas que conforman cada zona metropolitana deberán publicar trimestralmente en sus páginas de Internet la información actualizada respecto de la autorización de la asignación de recursos del Fondo Metropolitano. La Secretaría podrá destinar hasta el 1 por ciento del monto total asignado al Fondo, para la administración del mismo, y transferirá a la Auditoría una cantidad equivalente al 1 al millar del monto aprobado del Fondo, para su fiscalización. Artículo 11. Los recursos a que se refieren el Anexo 21.2 Proyectos de Desarrollo Regional se destinarán para inversión en las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, quienes serán responsables de la integración y veracidad de la información contenida en los expedientes técnicos correspondientes, la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de dichos recursos en términos de las disposiciones aplicables, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a las autoridades federales en materia de fiscalización. La información referida deberá estar disponible en la página de Internet del ejecutor de gasto, o a través de medios accesibles a los ciudadanos, según sea el caso. Del costo total de cada proyecto de infraestructura, se podrá destinar hasta el 30 por ciento de los recursos para su equipamiento. Las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que realicen proyectos de infraestructura con cargo a los recursos de este fondo, se sujetarán a las disposiciones específicas que para tal efecto emita la Secretaría, a más tardar el 31 de enero. En el caso de los proyectos de infraestructura cuyos montos sean iguales o menores a 10 millones de pesos, las entidades federativas, así como los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, deberán presentar la cédula del proyecto que incluya, cuando menos lo siguiente: los datos, la descripción y la geolocalización de la obra; recursos solicitados y retenciones; calendario de ejecución, componentes y metas, así como su factibilidad. La Secretaría podrá ministrar los recursos cuando se cuente con la información referida en el párrafo anterior, respecto de cada proyecto de infraestructura. Para los proyectos mayores a 10 millones de pesos y menores o iguales a 50 millones de pesos, se requerirá la presentación del expediente técnico correspondiente, conforme a las disposiciones a que se refiere el presente artículo. Los proyectos cuyo costo total sea mayor a 50 millones de pesos deberán contar con el análisis costo-beneficio simplificado o análisis costo-eficiencia simplificado, según corresponda, en términos de las disposiciones que para tal efecto se emitan. Los proyectos con cargo al fondo referido en este artículo deberán sujetarse a los costos paramétricos, cuando corresponda, de conformidad con las disposiciones que emita la Secretaría. Las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México serán responsables ante los órganos fiscalizadores de justificar las variaciones que, en su caso, excedan de dichos costos. Del monto total asignado a este fondo, la Secretaría podrá destinar hasta el 1 por ciento para la administración del mismo, y transferirá a la Auditoría una cantidad equivalente al 1 al millar del monto aprobado en este fondo, para su fiscalización. Artículo 12. Las entidades federativas y, en su caso, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que realicen proyectos de infraestructura con recursos del Ramo General 23 deberán reportar a la Secretaría, en los términos que ésta determine y a través del sistema al que hace referencia el artículo 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la información del contrato bajo el cual se realicen dichos proyectos, su ubicación geográfica, informes sobre sus avances y, en su caso, evidencias de conclusión. Las entidades federativas serán responsables de la veracidad de la información reportada. TÍTULO TERCERO DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL EJERCICIO FISCAL CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 13. Los recursos correspondientes a los subejercicios que no sean subsanados en el plazo que establece el artículo 23, último párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como el importe de los ahorros que se obtengan como resultado de la instrumentación de las medidas de austeridad y disciplina presupuestaria, serán reasignados a los programas sociales y de inversión en infraestructura previstos en este Presupuesto de Egresos, así como en los términos de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, respectivamente. Al efecto, la Secretaría informará trimestralmente a la Cámara de Diputados, a partir del 1 de abril, sobre dichos subejercicios. En el caso de las economías generadas durante el ejercicio fiscal, éstas deberán canalizarse a los programas y Tomos aprobados en este Presupuesto de Egresos. La determinación de los subejercicios se realizará conforme a los calendarios autorizados, en los términos del artículo 23 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Si al término de los 90 días establecidos en el artículo 23, último párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria los subejercicios no hubieran sido subsanados, la Función Pública procederá en los términos de la legislación en materia de responsabilidades administrativas. La Función Pública informará trimestralmente a la Cámara de Diputados y a la Auditoría sobre las denuncias y las acciones realizadas en contra de los servidores públicos a que hace referencia el párrafo anterior. Al término de dicho plazo, la comisión ordinaria que en razón de su competencia corresponda emitirá una opinión sobre los subejercicios informados. CAPÍTULO II De las disposiciones de austeridad, ajuste del gasto corriente, mejora y modernización de la gestión pública Artículo 14. Las dependencias y entidades se sujetarán a las disposiciones de austeridad, ajuste del gasto corriente, mejora y modernización de la gestión pública que se establezcan en los términos del Título Tercero, Capítulo IV, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y en las demás disposiciones aplicables, las cuales deberán prever como mínimo: I. No crear plazas, salvo que se cuente con la previsión presupuestaria aprobada para tal fin en este Presupuesto de Egresos, así como aquéllas que sean resultado de reformas jurídicas. Las plazas de investigadores y personal técnico de investigación que se creen a partir de los recursos que tenga aprobados el Ramo Administrativo 38 para este fin, se concursarán bajo los lineamientos que para tal efecto apruebe la Junta de Gobierno del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. El personal contratado en términos del párrafo anterior podrá prestar servicios de investigación y docencia en las instituciones educativas y de investigación, según se determine en los lineamientos referidos y en las disposiciones jurídicas aplicables, manteniendo la relación laboral con el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; II. Los incrementos que, en su caso, se otorguen a los servidores públicos, se sujetarán a los recursos aprobados en los Anexos 7 y 25 de este Decreto y tendrán como objetivo exclusivamente mantener el poder adquisitivo respecto del año 2017; III. La adquisición y los arrendamientos de inmuebles procederán exclusivamente cuando no se cuente con bienes nacionales aptos para cubrir las necesidades correspondientes y previo análisis costo beneficio. El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales continuará las acciones para el mejor uso y aprovechamiento inmobiliario que considere, entre otras acciones, la puesta a disposición de inmuebles desaprovechados, mismos que podrán ser utilizados para resolver necesidades de otras instituciones públicas o, en su defecto, para su desincorporación y enajenación. Para tal efecto, dicho Instituto actualizará el programa de trabajo de aprovechamiento inmobiliario federal mismo que deberá publicarse en su portal de Internet, así como podrá realizar verificaciones a los inmuebles que así considere, previo aviso a la institución pública de que se trate. Las acciones derivadas del programa deberán sujetarse al presupuesto aprobado para las dependencias y entidades; IV. La remodelación de oficinas se limitará, de acuerdo con el presupuesto aprobado para tal efecto, a aquéllas que sean estructurales y no puedan postergarse, las que impliquen una ocupación más eficiente de los espacios en los inmuebles y generen ahorros en el mediano plazo, las que se destinen a reparar daños provenientes de casos fortuitos, así como las que tengan por objeto mejorar y hacer más accesible y eficiente la atención al público; V. No procederá la adquisición de vehículos, salvo aquéllos que resulten indispensables para destinarse en forma exclusiva al uso oficial, aquéllos que presten directamente servicios públicos a la población, los necesarios para actividades de seguridad pública y nacional, o para las actividades productivas; VI. Se realizará la contratación consolidada de materiales y suministros; servicios, incluyendo telefonía, mantenimiento de bienes muebles e inmuebles, fotocopiado, vigilancia, boletos de avión, vales de despensa, medicamentos, seguros sobre personas y bienes, entre otros, siempre y cuando se asegure la obtención de ahorros y de las mejores condiciones para el Estado en cuanto a calidad, precio y oportunidad disponibles. Adicionalmente, se utilizará la modalidad de ofertas subsecuentes de descuentos en las licitaciones públicas que se realicen cuando los bienes a adquirir o servicios por contratar satisfagan los requisitos y condiciones que establece la normatividad en la materia y se asegure con ello la obtención de las mejores condiciones para el Estado; VII. Las dependencias y entidades que tengan contratadas pólizas de seguros sobre personas y bienes deberán llevar a cabo las acciones necesarias para incorporarse a las pólizas institucionales coordinadas por la Secretaría, siempre y cuando dicha incorporación represente una reducción en el gasto global y que se mantengan o mejoren las condiciones contratadas en la póliza, y VIII. La Secretaría podrá establecer mecanismos financieros de cobertura de riesgos para atender obligaciones contingentes relacionadas con bienes culturales de las dependencias y entidades, considerando las asignaciones con las que cuenten para tal fin, así como de aquellas obras de arte que ingresen al territorio nacional para su exhibición al público en general. Las dependencias y entidades proporcionarán a la Secretaría, en los términos que ésta determine, la información relacionada con los contratos que impliquen la erogación de recursos públicos, la cual será pública, en formato de datos abiertos, a través del Portal de Transparencia Presupuestaria. Para ello, la Función Pública se coordinará con la Secretaría para integrar la información que al respecto contenga el sistema CompraNet. La Secretaría podrá determinar las modalidades específicas de aplicación de las medidas de austeridad, disciplina presupuestaria y modernización en casos excepcionales, para las dependencias y entidades que sean objeto de reformas jurídicas, de nueva creación o cuando se realicen modificaciones a su estructura programática. Los Poderes Legislativo y Judicial, así como los entes autónomos, deberán implantar medidas equivalentes a las aplicables en las dependencias y entidades, respecto de la reducción del gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo y del presupuesto regularizable de servicios personales, para lo cual publicarán en el Diario Oficial de la Federación y en sus respectivas páginas de Internet, a más tardar el último día hábil del mes de febrero, sus respectivos lineamientos y el monto correspondiente a la meta de ahorro. Asimismo, reportarán en los Informes Trimestrales las medidas que hayan adoptado y los montos de ahorros obtenidos. Dichos reportes serán considerados por la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados en el proceso de análisis y aprobación de las erogaciones correspondientes al Presupuesto de Egresos para el siguiente ejercicio fiscal. La Secretaría reportará en los Informes Trimestrales las variaciones en el gasto corriente estructural. Artículo 15. Los Poderes Legislativo y Judicial, los entes autónomos, así como las dependencias y entidades, podrán destinar recursos presupuestarios para actividades de comunicación social, a través de la radio y la televisión, siempre y cuando privilegien y hayan solicitado en primera instancia los tiempos que por ley deben poner a disposición del Estado las empresas de comunicación que operan al amparo de concesiones federales para el uso, aprovechamiento o explotación de bienes del dominio directo de la Nación, y dichos tiempos no estuvieran disponibles en los espacios y tiempos solicitados. No podrán realizarse erogaciones en comunicación social en las entidades federativas en donde se lleven a cabo elecciones, durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada comicial. Sólo podrán realizarse erogaciones en los tiempos a que se refiere el párrafo anterior, en los casos de excepción previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la legislación en la materia. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Gobernación, observando lo dispuesto en el párrafo primero de este artículo, supervisará la administración y distribución de los tiempos fiscales cubiertos por las empresas de comunicación que operan mediante concesión federal. Dicha distribución se realizará en la proporción siguiente: 40 por ciento al Poder Ejecutivo Federal; 30 por ciento al Poder Legislativo, tiempos que se distribuirán en partes iguales a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores; 10 por ciento al Poder Judicial, y 20 por ciento a los entes autónomos. La Secretaría de Gobernación dará seguimiento a la utilización de los tiempos fiscales. Asimismo, estará facultada para reasignar estos tiempos cuando no hubieren sido utilizados con oportunidad o se encuentren subutilizados, de conformidad con las disposiciones generales que al efecto emita. Las reasignaciones se ajustarán a la proporción prevista en este artículo. Con base en lo anterior, la Secretaría de Gobernación informará bimestralmente a la Cámara de Diputados, a través de la Comisión de Radio y Televisión, sobre la utilización de los tiempos fiscales, así como sobre las reasignaciones que, en su caso, realice. La Secretaría de Gobernación autorizará las estrategias y programas de comunicación social, y registrará los gastos derivados de las partidas relativas a difusión de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales; difusión de mensajes comerciales para promover la venta de productos o servicios; e información en medios masivos derivada de la operación y administración de las dependencias y entidades, de conformidad con las disposiciones generales que para tal efecto publique en el Diario Oficial de la Federación. Todas las erogaciones que conforme a este artículo realicen las entidades deberán ser autorizadas por el órgano de gobierno respectivo o su equivalente. Durante el ejercicio fiscal no podrán realizarse ampliaciones, traspasos de recursos de otros capítulos o conceptos de gasto, al concepto de gasto correspondiente a servicios de comunicación social y publicidad de los respectivos presupuestos, ni podrán incrementarse dichos conceptos de gasto, salvo cuando se trate de mensajes para atender situaciones de carácter contingente, se requiera para promoción comercial de las entidades para que generen mayores ingresos, tengan como propósito promover a México como destino turístico en el extranjero y los que deriven de los ingresos excedentes que obtenga el Instituto Nacional de Migración para mejorar los servicios migratorios. En dichos supuestos, los ejecutores de gasto deberán obtener de la Secretaría de Gobernación la autorización del programa de comunicación social o bien de la modificación respectiva, para lo cual señalarán el costo y su fuente de financiamiento y, posteriormente, deberán realizar el trámite de adecuación presupuestaria ante la Secretaría. La Secretaría de Gobernación informará a la Cámara de Diputados, a través de la Comisión de Radio y Televisión, dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha en la que las dependencias y entidades cuenten con los recursos autorizados, sobre las razones que justifican la ampliación, traspaso o incremento de recursos, así como sobre su cuantía y modalidades de ejercicio. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, remitirá a la Cámara de Diputados, a través de la Comisión de Radio y Televisión, en forma impresa y en formato electrónico de texto modificable de base de datos, la relación de todos los programas y campañas de comunicación social, relativos a la partida de difusión de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales, desglosadas por dependencias y entidades, así como la programación de las erogaciones destinadas a sufragarlos. Asimismo, deberá contener la descripción de las fórmulas, modalidades y reglas para la asignación de tiempos oficiales. Dicho informe deberá presentarse una vez autorizados los programas de comunicación correspondientes. Los programas y campañas de comunicación social se ejecutarán con arreglo a las siguientes bases: I. Los tiempos a que se refiere el presente artículo sólo podrán destinarse a actividades de difusión, información o promoción de los programas y acciones de los Poderes Legislativo y Judicial, los entes autónomos, y dependencias o entidades, así como a las actividades análogas que prevean las disposiciones aplicables; II. Las dependencias y entidades no podrán convenir el pago de créditos fiscales, ni de cualquier otra obligación de pago a favor de la dependencia o entidad, a través de la prestación de servicios de publicidad, impresiones, inserciones y demás actividades en materia de comunicación social. Los medios de difusión del sector público podrán convenir con los del sector privado la prestación recíproca de servicios de publicidad; III. Las erogaciones realizadas en materia de comunicación social se acreditarán únicamente con órdenes de transmisión para medios electrónicos, con órdenes de inserción para medios impresos y con órdenes de servicio para medios complementarios. En todos los casos se deberá especificar la tarifa convenida, concepto, descripción del mensaje, destinatarios, cobertura geográfica, circulación certificada y pautas de difusión en relación con el medio de comunicación que corresponda; IV. Los Poderes Legislativo y Judicial, los entes autónomos, así como las dependencias y entidades, previo a la contratación de servicios de producción, espacios en radio y televisión comerciales, deberán atender la información de los medios sobre cobertura geográfica, audiencias, programación y métodos para medición de audiencias, así como su capacidad técnica para la producción, postproducción y copiado. La Secretaría de Gobernación dará seguimiento a la inclusión de los medios públicos en los programas y campañas de comunicación social y publicidad de las dependencias y entidades; V. La publicidad que adquieran las dependencias y entidades para la difusión de sus programas que otorguen subsidios o beneficios directos a la población deberá incluir, claramente visible y audible, la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". En los casos de los programas de desarrollo social únicamente deberá incluirse la leyenda establecida en el artículo 28 de la Ley General de Desarrollo Social. Para lo anterior, deberán considerarse las características de cada medio. En ningún caso los partidos políticos podrán emplear o referir estos programas en su propaganda, y VI. Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los entes autónomos, así como las dependencias y entidades harán uso de la Lengua de Señas Mexicanas por medio de un intérprete, subtítulos o, en su caso, tecnologías que permita el acceso a los contenidos de campañas en televisión a las personas con discapacidad auditiva. La Secretaría de Gobernación informará bimestralmente a la Cámara de Diputados, a través de la Comisión de Radio y Televisión, sobre la ejecución de los programas y campañas relativos a la partida de difusión de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales. Dichos informes deberán contener, al menos, lo siguiente: monto total erogado por dependencia y entidad, empresas prestadoras de los servicios y tiempos contratados, así como un reporte del uso de los tiempos fiscales y de estado. La Función Pública, a través del Sistema de Comunicación Social dará seguimiento al registro que realicen las dependencias y entidades sobre las erogaciones en materia de comunicación y publicidad, con la finalidad de que se lleven a cabo de manera oportuna y actualizada en el Sistema, en términos de las disposiciones aplicables. El gasto en comunicación social aprobado en este Presupuesto de Egresos deberá destinarse, al menos, en un 5 por ciento a la contratación en medios impresos, conforme a las disposiciones aplicables. CAPÍTULO III De los servicios personales Artículo 16. Los recursos previstos en los presupuestos de las dependencias y entidades en materia de servicios personales y, en su caso, en los ramos generales, incorporan la totalidad de las previsiones para sufragar las erogaciones correspondientes a las medidas salariales y económicas, y se sujetarán a lo siguiente: I. Los incrementos a las percepciones se determinarán, conforme a: a) La estructura ocupacional autorizada; b) Las plazas registradas en el sistema de administración de nómina y demás elementos previstos en el caso del artículo 27-A de la Ley de Coordinación Fiscal y del Ramo General 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos, para el caso del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo; c) La plantilla de personal, tratándose del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA), y d) Las plantillas de personal, tratándose del Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos (FAETA); adicionalmente, en el caso de los servicios de educación para adultos, en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal. Las previsiones para el incremento a las percepciones, a que se refieren los Anexos 7 y 25 de este Decreto, incluyen la totalidad de los recursos para categorías y personal de confianza y sindicalizado, por lo que no deberá utilizarse la asignación prevista a un grupo para favorecer a otro; II. En el presente ejercicio fiscal en las dependencias y entidades no se crearán plazas en nivel alguno con excepción de los casos previstos en el artículo 14, fracción I, de este Decreto; III. Las previsiones a que se refiere el Anexo 25 de este Decreto incluyen los recursos para la educación tecnológica y de adultos correspondientes a aquellas entidades federativas que no han celebrado los convenios establecidos en el artículo 42 de la Ley de Coordinación Fiscal. Una vez que dichas entidades celebren los convenios respectivos, dichos recursos serán entregados a éstas a través del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios; IV. Los recursos del Ramo General 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos, incluyen las previsiones para cubrir: a) Las medidas salariales y económicas correspondientes al fondo previsto en los artículos 26, 26-A, 27 y 27-A de la Ley de Coordinación Fiscal y al Fondo para la Educación Tecnológica y de Adultos (FAETA), que serán cubiertas a través del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios; b) Las medidas económicas que se requieran para la cobertura y el mejoramiento de la calidad del sistema educativo. Asimismo, las previsiones para incrementos a las percepciones incluyen las correspondientes a los sistemas de desarrollo profesional que, en su caso, correspondan en los términos de la ley de la materia, y c) Las plazas que sean creadas con cargo a los recursos establecidos en el rubro de previsiones salariales y económicas del Ramo General 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos, para su aplicación a través del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, de acuerdo con la normatividad aplicable, y V. Las previsiones incluidas en el Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA), incluyen los recursos para cubrir aquellas medidas económicas que se requieran para la cobertura y el mejoramiento de la calidad del sistema de salud. Las dependencias y entidades reportarán en los Informes Trimestrales el impacto de los incrementos salariales en el presupuesto regularizable. Artículo 17. Las remuneraciones autorizadas a los servidores públicos de la Federación se detallan en el Anexo 24 de este Decreto y en el Tomo IX de este Presupuesto de Egresos, conforme a lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: I. Las remuneraciones se integran, conforme a lo dispuesto en la referida disposición constitucional y en el artículo 2, fracciones XXXIII, XXXIV y XLVI, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con la suma de la totalidad de percepciones ordinarias y extraordinarias que perciben los servidores públicos de la Federación. Las percepciones ordinarias incluyen la totalidad de los elementos fijos de la remuneración. Las percepciones extraordinarias consideran los elementos variables de dicha remuneración, la cual sólo podrá cubrirse conforme a los requisitos y la periodicidad establecidos en las disposiciones aplicables. Las contribuciones a cargo de los servidores públicos que se causen por las percepciones señaladas en el párrafo anterior, forman parte de su remuneración; II. La remuneración total anual autorizada al Presidente de la República y los tabuladores de remuneraciones para la Administración Pública Federal se presentan en el Anexo 24.1. de este Decreto, conforme a lo siguiente: a) Los límites mínimos y máximos de percepciones ordinarias netas mensuales para los servidores públicos de la Administración Pública Federal, las cuales incluyen la suma de la totalidad de pagos fijos, en efectivo y en especie, se presentan en el Anexo 24.1.1. de este Decreto y comprenden los conceptos que a continuación se señalan con sus respectivos montos, una vez realizada la retención de impuestos correspondiente: i. Los montos correspondientes a sueldos y salarios, y ii. Los montos correspondientes a las prestaciones. Los montos presentados en dicho Anexo no consideran los incrementos salariales que, en su caso, se autoricen para el presente ejercicio fiscal, las repercusiones que se deriven de la aplicación de las disposiciones de carácter fiscal, ni las adecuaciones a la curva salarial del tabulador; b) Los montos máximos de percepciones extraordinarias que perciban los servidores públicos de la Administración Pública Federal que, conforme a las disposiciones aplicables, tengan derecho a percibirlas, se detallan en el Anexo 24.1.2. de este Decreto. En aquellos puestos de personal civil y militar de las dependencias cuyo desempeño ponga en riesgo la seguridad o la salud del servidor público de mando, podrá otorgarse la potenciación del seguro de vida institucional, y un pago extraordinario por riesgo hasta por el 30 por ciento sobre la percepción ordinaria mensual, por concepto de sueldos y salarios. Lo anterior, conforme a los límites establecidos en el Anexo 24.1.2. de este Decreto y a las disposiciones que para tal efecto emita la Función Pública, la cual evaluará la gravedad del riesgo y determinará el porcentaje del pago extraordinario en función del riesgo y, en su caso, autorizará el pago, previo dictamen favorable de la Secretaría en el ámbito presupuestario, y c) La remuneración total anual autorizada al Presidente de la República para el ejercicio fiscal de 2018 se incluye en el Anexo 24.1.3. de este Decreto, en cumplimiento a lo dispuesto en la Base II del artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; III. La remuneración total anual autorizada a la máxima representación de los ejecutores de gasto que a continuación se indican y los tabuladores correspondientes a las percepciones ordinarias y extraordinarias de los servidores públicos de dichos ejecutores de gasto, conforme a lo dispuesto en la fracción I de este artículo, se presentan en los siguientes Anexos de este Decreto: a) Anexo 24.2. Ramo 01: Cámara de Senadores; b) Anexo 24.3. Ramo 01: Cámara de Diputados; c) Anexo 24.4. Ramo 01: Auditoría Superior de la Federación; d) Anexo 24.5. Ramo 03: Suprema Corte de Justicia de la Nación; e) Anexo 24.6. Ramo 03: Consejo de la Judicatura Federal; f) Anexo 24.7. Ramo 03: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; g) Anexo 24.8. Ramo 22: Instituto Nacional Electoral; h) Anexo 24.9. Ramo 35: Comisión Nacional de los Derechos Humanos; i) Anexo 24.10. Ramo 41: Comisión Federal de Competencia Económica; j) Anexo 24.11. Ramo 42: Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación; k) Anexo 24.12. Ramo 43: Instituto Federal de Telecomunicaciones; l) Anexo 24.13. Ramo 44: Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y m) Anexo 24.14. Ramo 40: Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y IV. El desglose de las percepciones por ejecutor de gasto, se presenta en el Tomo IX de este Presupuesto de Egresos. Las dependencias y entidades podrán modificar las percepciones ordinarias de los puestos conforme a las disposiciones aplicables, sujetándose a los límites máximos establecidos en el Anexo 24.1., del presente Decreto, previa autorización y registro presupuestario en los términos de las disposiciones aplicables. Asimismo, podrán efectuarse ajustes en la composición de las percepciones ordinarias por concepto de sueldos y salarios, siempre y cuando no se incremente el monto mensual previsto en dicho Anexo para el puesto correspondiente, y no se aumente su presupuesto regularizable de servicios personales. Las entidades que cuenten con planes de compensación acordes con el cumplimiento de las expectativas de aumento en el valor agregado, podrán determinar las percepciones aplicables, sin generar costos adicionales y siempre que dichos planes sean autorizados por la Secretaría en lo que se refiere a que el presupuesto total de la entidad no se incremente y no se afecten negativamente los objetivos y metas de sus programas, y por lo que se refiere a la Función Pública en cuanto a la congruencia del plan de compensación con la política de planeación y administración de personal de la Administración Pública Federal. Ningún servidor público podrá recibir emolumentos extraordinarios, sueldos, compensaciones o gratificaciones por participar en consejos, órganos de gobierno o equivalentes en las dependencias y entidades o comités técnicos de fideicomisos públicos o análogos a éstos. El Ramo Administrativo 02 Oficina de la Presidencia de la República, a que se refiere el Anexo 1, inciso B, de este Decreto, incluye los recursos para cubrir las compensaciones de quienes han desempeñado el cargo de Titular del Ejecutivo Federal o, a falta de éste, a quien en términos de las disposiciones aplicables sea su beneficiario, las que no podrán exceder el monto que se cubre al primer nivel salarial del puesto de Secretario de Estado, así como aquéllas correspondientes al personal de apoyo que tengan asignado, de conformidad con las disposiciones aplicables y con sujeción a los términos de este artículo. Asimismo, incluye los recursos que se asignan a la compensación que se otorga al personal militar del Estado Mayor Presidencial. Las remuneraciones del personal civil de apoyo deberán reportarse en los Informes Trimestrales y serán públicas en los términos de la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública gubernamental. Los ejecutores de gasto público federal publicarán en sus respectivas páginas de Internet, de manera permanente, y reportarán en la Cuenta Pública, los tabuladores y las remuneraciones que se cubren a los servidores públicos a su cargo y, en los casos correspondientes, al personal militar; personal de enlace; así como personal operativo de base y confianza, y categorías, especificando los elementos fijos y variables, tanto en efectivo como en especie. Los Poderes Legislativo y Judicial, las dependencias y entidades, así como los entes autónomos, deberán abstenerse de cubrir cualquier tipo de estímulo, pago o compensación especial a los servidores públicos a su servicio, con motivo del término de su encargo, o bien por el término de la administración correspondiente. Artículo 18. Los servidores públicos de mando y personal de enlace de las dependencias y entidades sólo podrán percibir las prestaciones establecidas en el manual a que se refiere el artículo 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Asimismo, las dependencias y entidades no podrán destinar recursos para cubrir prestaciones en adición a aquéllos previstos en el gasto de servicios personales aprobado en este Presupuesto de Egresos. Los titulares de las entidades informarán a la Cámara de Diputados, así como a la Secretaría y a la Función Pública, sobre los resultados obtenidos en los procesos de revisión de las condiciones generales de trabajo, de los contratos colectivos de trabajo y de las revisiones de salario que, en su caso, realicen en el presente ejercicio fiscal. Dichos informes, incluyendo el reporte sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 65, fracción XII, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, serán presentados, a más tardar a los 10 días hábiles posteriores a la conclusión de dichas negociaciones. Las dependencias y entidades enviarán informes a la Secretaría con el detalle de todas las prestaciones que perciben los servidores públicos a su cargo, así como el gasto total destinado al pago de las mismas en el periodo correspondiente, a fin de que se incluyan en los Informes Trimestrales. Artículo 19. Las dependencias y entidades observarán las siguientes disposiciones en materia de servicios personales: I. Solicitarán autorización presupuestaria de la Secretaría, respecto de sus tabuladores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Base V del artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; II. Los pagos retroactivos por ocupación de plazas, cuando procedan, sólo podrán comprender hasta 45 días naturales anteriores a la fecha en que el servidor público correspondiente reciba su nombramiento. Lo anterior, siempre y cuando se acredite fehacientemente la asistencia y desempeño del servicio durante dicho periodo en la plaza respectiva, y III. Podrán traspasarse las plazas necesarias de las dependencias y entidades, que con motivo de una reestructura en la Administración Pública Federal, derivada de una reforma legal o a ordenamientos de carácter administrativo, asuman funciones de aquéllas que se transformen, compacten, eliminen o sean creadas, para lo cual se deberá contar con la autorización presupuestaria de la Secretaría, conforme al mecanismo presupuestario que establezca para dichos fines. Artículo 20. La Secretaría podrá establecer un mecanismo para cubrir una compensación económica a los servidores públicos por la terminación de la relación laboral como consecuencia de reestructuraciones a la Administración Pública Federal; la desincorporación de entidades; la cancelación de plazas, o la eliminación de unidades administrativas de las dependencias o entidades, en los términos de las disposiciones específicas que, al efecto, emita la propia Secretaría. Dichas disposiciones específicas establecerán, entre otros aspectos, los montos de la compensación económica, los cuales se podrán cubrir con recursos del Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas o conforme al mecanismo presupuestario y de pago que se determine; los tipos de personal que podrán acogerse al mismo, considerando no afectar la prestación de servicios públicos; así como el procedimiento que deberán seguir las dependencias y entidades correspondientes para su aplicación. Artículo 21. Los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el último día hábil del mes de febrero, el manual que regule las remuneraciones para los servidores públicos a su servicio, incluyendo a los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión; Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; Magistrados y Jueces del Poder Judicial y Consejeros de la Judicatura Federal; Presidentes y miembros de los órganos de gobierno de los entes autónomos; así como a los demás servidores públicos; en el que se proporcione la información completa y detallada relativa a las remuneraciones que se cubran para cada uno de los niveles jerárquicos que los conforman. Adicionalmente, deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación, en la fecha antes señalada, la estructura ocupacional que contenga la integración de los recursos aprobados en el capítulo de servicios personales, con la desagregación de su plantilla total, incluidas las plazas a que se refiere el párrafo anterior, junto con las del personal operativo, eventual y el contratado bajo el régimen de honorarios, en el que se identifiquen todos los conceptos de pago y aportaciones de seguridad social que se otorguen con base en disposiciones emitidas por sus órganos competentes, así como la totalidad de las plazas vacantes con que cuenten a dicha fecha. En tanto no se publiquen en el Diario Oficial de la Federación las disposiciones y la estructura ocupacional a que se refieren los párrafos anteriores de este artículo, no procederá el pago de estímulos, incentivos, reconocimientos o gastos equivalentes a los mismos. CAPÍTULO IV De la igualdad entre Mujeres y Hombres Artículo 22. En cumplimiento a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, las estrategias transversales del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres 2013-2018, el Ejecutivo Federal impulsará, de manera transversal, la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres a través de la incorporación de la perspectiva de género en el diseño, elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de resultados de los programas de la Administración Pública Federal. Para tal efecto, las dependencias y entidades deberán considerar lo siguiente: I. Incorporar la igualdad entre mujeres y hombres y reflejarla en la matriz de indicadores para resultados de los programas bajo su responsabilidad; II. Identificar y registrar la población objetivo y la atendida por dichos programas, diferenciada por sexo, grupo de edad, discapacidad, en su caso, región del país, entidad federativa, municipio o demarcación territorial de la Ciudad de México, y población indígena en los sistemas que disponga la Secretaría y en los padrones de beneficiarias y beneficiarios que correspondan; III. Fomentar la igualdad entre mujeres y hombres en el diseño y la ejecución de programas en los que, aun cuando no estén dirigidos a mitigar o solventar desigualdades de género, se puedan identificar de forma diferenciada los beneficios específicos para mujeres y hombres; IV. Establecer o consolidar en los programas bajo su responsabilidad, las metodologías de evaluación y seguimiento que generen información relacionada con indicadores para resultados con perspectiva de género, y V. Incorporar la perspectiva de género en las evaluaciones de los programas, con los criterios que emitan el Instituto Nacional de las Mujeres, la Secretaría y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Las acciones contenidas en las fracciones anteriores serán obligatorias en lo relativo a los programas y acciones incorporadas en el Anexo 13 del presente Decreto y para los demás programas federales que correspondan. Las dependencias y entidades que tengan a su cargo programas para mujeres y la igualdad de género, así como las entidades federativas y municipios que reciban recursos etiquetados incluidos en el Anexo 13 de este Decreto, deberán suscribir los convenios respectivos durante el primer trimestre, así como informar sobre los resultados de los mismos, los publicarán y difundirán para darlos a conocer a la población e informarle, en las lenguas nacionales reconocidas por la Ley General de Derechos Lingísticos de los Pueblos Indígenas existentes en la entidad federativa, sobre los beneficios y requisitos para acceder a ellos, en los términos de la normativa aplicable. Para el seguimiento de los recursos destinados a las mujeres y a la igualdad de género, todo programa federal que contenga padrones de beneficiarias y beneficiarios, además de reflejar dicho enfoque en su matriz de indicadores para resultados, generará información de manera desagregada, al menos por sexo y entidad federativa. Las dependencias y entidades con presupuesto asignado dentro del Anexo 13, que realicen estudios y generen bases de datos o levantamientos de encuestas, deberán hacer públicos sus resultados en sus portales institucionales con el propósito de poder realizar evaluaciones y análisis posteriores. Las dependencias y entidades responsables de la coordinación de los programas contenidos en el Anexo 13 del presente Decreto informarán trimestralmente a través del sistema de información desarrollado por la Secretaría, y en el Sistema de Evaluación de Desempeño en los términos y plazos establecidos en las disposiciones respectivas, sobre los aspectos presupuestarios de los programas y los resultados alcanzados en materia de mujeres e igualdad de género, medidos a través de los indicadores y sus metas contenidos en la matriz respectiva. Asimismo, se detallarán los aspectos por cada programa presupuestario, contenido en el Anexo mencionado, la población objetivo y atendida, los indicadores utilizados, la programación y el avance en el ejercicio de los recursos. La Secretaría presentará en los Informes Trimestrales los avances financieros y programáticos que le envíe el Instituto Nacional de las Mujeres con base en la información que a éste le proporcionen las dependencias y entidades responsables de los programas a través del sistema indicado en el párrafo anterior. El Instituto Nacional de las Mujeres remitirá el informe mencionado anteriormente a la Cámara de Diputados, a más tardar a los 30 días naturales de concluido el trimestre que corresponda. Asimismo, deberá poner dicho informe a disposición del público en general a través de su página de Internet, en la misma fecha en que se publiquen los Informes Trimestrales. La información que se publique trimestralmente servirá para las evaluaciones que se realicen en el marco de las disposiciones aplicables. Los ejecutores del gasto público federal promoverán programas y acciones para cumplir con el Programa y las acciones derivadas del Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y el Sistema Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en los términos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, respectivamente. Los resultados de los montos autorizados en los programas y actividades contenidas en el Anexo 13 de este Decreto se detallarán en un anexo específico dentro de la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2018. La Comisión Federal de Mejora Regulatoria en conjunción con el Instituto Nacional de las Mujeres revisará las reglas de operación de los programas del Anexo 13 a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de la Política Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en los términos de las disposiciones aplicables. Una vez publicado el Presupuesto de Egresos en el Diario Oficial de la Federación, el Instituto Nacional de las Mujeres comunicará a cada dependencia y entidad con presupuesto asignado, los montos detallados por programa presupuestario y unidad responsable correspondientes al Anexo 13 del presente Decreto, informando de ello a la Cámara de Diputados. Las menciones realizadas en el presente Decreto con respecto a beneficiarios, así como a titulares y servidores públicos de los ejecutores de gasto, se entenderán referidas a las mujeres y los hombres que integren el grupo de personas correspondiente. CAPÍTULO V De la inclusión de las personas con discapacidad Artículo 23. Las dependencias y entidades, en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Social, revisarán sus respectivos programas, con el objeto de incluir en aquellos que corresponda, acciones que promuevan la inclusión de las personas con discapacidad. A más tardar el último día hábil de octubre, las dependencias y entidades entregarán un reporte a la Secretaría de Desarrollo Social, en relación con las acciones señaladas en este artículo. El reporte al que se refiere el párrafo anterior, deberá ser enviado a las Comisiones de Atención a Grupos Vulnerables de las respectivas Cámaras del Congreso de la Unión. CAPÍTULO VI Del desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas Artículo 24. El ejercicio de las erogaciones para el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas a que se refiere el Anexo 10 del presente Decreto, se dirigirá al cumplimiento de las obligaciones que señala el artículo 2o., Apartado B, fracciones I a IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Para tal efecto, de conformidad con los artículos 42, fracción VII, y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, las dependencias y entidades, al ejecutar dichas erogaciones y emitir reglas de operación, se ajustarán a lo siguiente: I. Las disposiciones para la operación de los programas que la Administración Pública Federal desarrolle en la materia considerarán la participación que, en su caso, tenga la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, contando con la intervención que corresponda a su Consejo Consultivo, y la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México, para facilitar el acceso de los pueblos y comunidades indígenas a sus beneficios; II. En la ejecución de los programas se considerará la participación de los pueblos y comunidades indígenas, con base en su cultura y formas de organización tradicionales; III. Para los municipios indígenas comprendidos entre los 200 más pobres del país, los proyectos de inversión del Programa de Infraestructura Indígena, se podrán financiar en su totalidad con recursos federales o de manera concurrente. Asimismo, se procurará atender su pleno acceso y la satisfacción de sus necesidades tales como electricidad, agua, drenaje, educación, salud, vivienda y de infraestructura para la producción, almacenamiento y distribución de alimentos; IV. El Ejecutivo Federal, por sí o a través de sus dependencias y entidades, podrá celebrar convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, así como formalizar convenios de concertación de acciones con las comunidades indígenas, para proveer la mejor observancia de las previsiones del presente artículo; V. Las reglas de operación de los programas operados por las dependencias y entidades que atiendan a la población indígena, deberán contener disposiciones que faciliten su acceso a los programas y procurarán reducir los trámites y requisitos existentes; VI. Se dará preferencia en los programas de infraestructura a la conclusión de obras iniciadas en ejercicios anteriores, así como a las obras de mantenimiento y reconstrucción. La Comisión de Asuntos Indígenas de la Cámara de Diputados integrará a más tardar el 16 de febrero, un Grupo de Trabajo encargado de dar seguimiento y evaluar el ejercicio del presupuesto comprendido en el Anexo 10 Erogaciones para el Desarrollo Integral de los Pueblos y Comunidades Indígenas del presente Decreto, y VII. Se buscará la inclusión financiera de las comunidades indígenas mediante programas de la banca de desarrollo y, en su caso, Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero. CAPÍTULO VII De la inversión pública Artículo 25. En el presente ejercicio fiscal no se comprometerán nuevos proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión directa y de inversión condicionada, a que se refieren los artículos 32 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 18 de la Ley Federal de Deuda Pública. El monto autorizado a los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión directa y condicionada, aprobados en ejercicios fiscales anteriores, asciende a la cantidad señalada en el Anexo 6, inciso A, de este Decreto. Las variaciones en los compromisos de cada uno de dichos proyectos se detallan en el Tomo VII de este Presupuesto de Egresos. Los compromisos correspondientes a proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión directa autorizados en ejercicios fiscales anteriores, se detallan en el Anexo 6, inciso B, de este Decreto y comprenden exclusivamente los costos asociados a la adquisición de los activos, excluyendo los relativos al financiamiento en el periodo de operación de dichos proyectos. Por lo que se refiere a los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión condicionada, en caso de que conforme a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en el presente ejercicio fiscal surja la obligación de adquirir los bienes en los términos del contrato respectivo, el monto máximo de compromiso de inversión será aquél establecido en el Anexo 6, inciso C, de este Decreto. Las previsiones necesarias para cubrir las obligaciones de inversión física por concepto de amortizaciones y costo financiero de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión directa, que tienen efectos en el gasto del presente ejercicio en los términos de las disposiciones aplicables, se incluyen en el Anexo 6, inciso D, de este Decreto. Dichas previsiones se especifican a nivel de flujo en el Tomo VII de este Presupuesto de Egresos y reflejan los montos presupuestarios autorizados, así como un desglose por proyecto. Los montos de cada uno de los proyectos a que se refiere este artículo se detallan en el Tomo VII de este Presupuesto de Egresos. En el último Informe Trimestral del ejercicio, adicionalmente se deberá incluir la información sobre los ingresos generados por cada uno de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo en operación; los proyectos que están en construcción, su monto ejercido y comprometido; el monto pendiente de pago de los proyectos concluidos, y la fecha de entrega y de entrada en operación de los proyectos. Esta información se deberá publicar en la página de Internet de la Comisión Federal de Electricidad. Artículo 26. Los proyectos aprobados en este Presupuesto de Egresos que no cuenten con registro en la cartera de inversión, se sujetarán a lo siguiente: I. Las entidades federativas, previa acreditación de que cuentan con la liberación del derecho de vía, así como las autorizaciones que garanticen la ejecución inmediata del proyecto, podrán presentar dichos proyectos ante el órgano o la dependencia competente según el sector, quien los remitirá a la Secretaría en un plazo máximo de 15 días hábiles, a fin de tramitar su registro en la cartera de programas y proyectos de inversión. De acuerdo con las características de los proyectos, se deberá considerar la atención de las necesidades de accesibilidad para personas con discapacidad. En caso de que se requiera subsanar uno o varios de los requisitos señalados en el artículo 34 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dicho órgano o dependencia deberá notificar a la entidad federativa solicitante, a más tardar dentro de los 10 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud. En todo caso se considerará como fecha de entrega la recepción por el órgano o dependencia primeramente mencionados, siempre y cuando la solicitud reúna los requisitos señalados o, en su caso, haya sido completada; II. La Secretaría estará obligada a dar respuesta a las solicitudes que se le remitan dentro de un plazo no mayor a 20 días hábiles, comunicando la asignación del número del registro o las razones técnicas por las cuales no es procedente el mismo o, en su caso, solicite se precise la información; III. Una vez que dicho proyecto cuente con registro en la cartera de programas y proyectos de inversión, se podrán realizar los trámites conducentes para efectos de la suscripción del convenio de reasignación correspondiente en términos de las disposiciones aplicables, y IV. Los recursos reasignados a la entidad federativa estarán sujetos al cumplimiento de la normatividad federal aplicable en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, y en las demás disposiciones aplicables. CAPÍTULO VIII De la evaluación del desempeño Artículo 27. La evaluación de los programas presupuestarios a cargo de las dependencias y entidades, derivados del sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, se sujetará a lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a los lineamientos emitidos por la Secretaría y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, y a las demás disposiciones aplicables, y se llevará a cabo en los términos del Programa Anual de Evaluación, que emitan, de manera conjunta, dichas instituciones. Las dependencias y entidades responsables de los programas, deberán observar lo siguiente: I. Actualizar las matrices de indicadores para resultados de los programas presupuestarios. Los programas que determine la Secretaría tendrán una matriz de indicadores para resultados, en la cual estarán contenidos los objetivos, indicadores y metas de los mismos, así como su vinculación con los objetivos derivados de los programas sectoriales y metas derivadas del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018. Para la actualización de las matrices, se deberá considerar, al menos lo siguiente: a) Los avances y resultados obtenidos del monitoreo que se haga respecto del cumplimiento de las metas de los programas presupuestarios y de aquellas contenidas en los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018; b) Las evaluaciones y otros ejercicios de análisis realizados conforme al programa anual de evaluación; c) Las disposiciones emitidas en las Reglas de Operación para los programas presupuestarios sujetos a las mismas, y d) Los criterios y recomendaciones que, en su caso, emitan la Secretaría y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en los términos de las disposiciones aplicables. Las matrices de indicadores para resultados deberán considerar, en el caso de los programas que así lo requieran y sea factible, los enfoques transversales de equidad de género, juventud, discapacidad, y etnicidad. Las dependencias y entidades deberán incorporar las recomendaciones de mejora a sus matrices de indicadores para resultados y hacerlas públicas en su página de Internet. La Secretaría reportará en los Informes Trimestrales el avance en las metas de los indicadores registrados de los programas presupuestarios que conforman el gasto programable previsto en los ramos administrativos y generales y en las entidades sujetas a control presupuestario directo, considerando la periodicidad de medición de dichos indicadores. Las dependencias y entidades que tengan a su cargo programas con beneficiarios, deberán relacionarlos a un listado o padrón. A más tardar el 31 de enero, las dependencias y entidades deberán remitir a la Función Pública una relación de esos programas y señalar para cada uno de ellos los casos en los que por razón de su naturaleza, tipo de beneficiarios, zonas geográficas atendidas, normatividad aplicable o cualquier otro criterio, éstos resulten excluyentes con respecto a otros programas federales. Las dependencias y entidades llevarán a cabo las confrontas de los padrones o listados de los programas a su cargo con el propósito de identificar, si las hubiere, las concurrencias y/o duplicidades de beneficiarios o derechohabientes y señalar si, en su caso, existe improcedencia legal de la concurrencia o duplicidad de los registros. La Función Pública podrá realizar la confronta de los padrones o listas de beneficiarios para identificar concurrencias y/o duplicidades entre programas de distintas dependencias y entidades. Las dependencias y entidades deberán informar los resultados de la identificación de las concurrencias y/o duplicidades, así como de las acciones de depuración de los padrones de beneficiarios de sus programas a la Secretaría, y a la Función Pública a más tardar el 15 de noviembre, conforme al procedimiento que establezca el Manual de Operación del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales. Dicha información será publicada por las dependencias, entidades y la Función Pública en sus respectivas páginas de Internet. Los resultados de los procesos de depuración, mejora o actualización de los padrones o listados serán tomados en cuenta por las dependencias y entidades para adecuar las reglas de operación de los programas correspondientes; II. El seguimiento a los avances en las metas de los indicadores se reportará en los sistemas que disponga la Secretaría, y se utilizará en las evaluaciones que se realicen; III. La evaluación externa se realizará de acuerdo con lo establecido en el programa anual de evaluación y presentará los resultados de las evaluaciones de acuerdo con los plazos previstos en dicho programa, a la Cámara de Diputados, a la Auditoría, a la Secretaría y al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, de conformidad con las disposiciones aplicables. Las dependencias y entidades deberán entregar los resultados de las evaluaciones de tipo complementarias a las que haga referencia el programa anual de evaluación y los lineamientos generales para la evaluación de los programas federales de la Administración Pública Federal, a más tardar 30 días posteriores a su realización, a la Cámara de Diputados, a la Auditoría, a la Secretaría y al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, de conformidad con las disposiciones aplicables. Las dependencias y entidades deberán continuar y, en su caso, concluir con lo establecido en los programas anuales de evaluación de años anteriores, así como ejecutar lo relacionado con las evaluaciones para 2018; IV. Elaborar un programa de trabajo para dar seguimiento a los principales resultados de las evaluaciones con que cuenten e integrar los aspectos que sean susceptibles de mejora en el diseño de las políticas públicas y de los programas correspondientes. Los compromisos se formalizarán mediante instrumentos específicos, se reportarán los avances y resultados que se alcancen mediante el sistema de evaluación del desempeño y se publicarán en los términos de las disposiciones aplicables. La información que se haya obtenido del seguimiento a los compromisos de mejora y de las evaluaciones, correspondiente al ejercicio fiscal 2017 y, en su caso, a ejercicios fiscales anteriores, se tomará en cuenta como parte de un proceso gradual y progresivo, durante 2018 y para los procesos presupuestarios subsecuentes; V. Cubrir el costo de las evaluaciones de las políticas o los programas operados o coordinados por ellas con cargo a su presupuesto y conforme al mecanismo de pago que se determine. Las evaluaciones deberán realizarse por instituciones académicas y de investigación, personas físicas o morales especializadas en la materia u organismos especializados, de carácter nacional o internacional, que cuenten con reconocimiento y experiencia en las respectivas materias de los programas en los términos de las disposiciones aplicables. Asimismo, podrán realizar contrataciones para que las evaluaciones a que se refiere este artículo abarquen varios ejercicios fiscales, en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. La contratación, operación y supervisión de la evaluación externa, objetiva, imparcial, transparente e independiente, al interior de cada dependencia y entidad, se deberá realizar por una unidad administrativa ajena a la operación del programa a evaluar y al ejercicio de los recursos presupuestarios, en los términos de las disposiciones aplicables. El total de las erogaciones que se lleven a cabo para realizar las diferentes etapas de las evaluaciones se deberá registrar de manera específica para su plena transparencia y rendición de cuentas; VI. Publicar y dar transparencia a las evaluaciones, en los términos de las disposiciones aplicables. Las dependencias y entidades deberán reportar el avance en el cumplimiento de las metas de los programas, los resultados de las evaluaciones y el grado de cumplimiento de los aspectos que sean susceptibles de mejora derivados de las mismas, en los Informes Trimestrales que corresponda, de conformidad con las disposiciones de la Secretaría y del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Dicha información será publicada en las respectivas páginas de Internet de las dependencias y entidades. Por su parte, la Secretaría integrará la información relativa al avance de cumplimiento de metas, a los resultados de las evaluaciones y al seguimiento a los aspectos que sean susceptibles de mejora. Asimismo, las dependencias y entidades publicarán dicha información en su página de Internet y la integrarán a los informes correspondientes en términos de las disposiciones aplicables. La Secretaría deberá publicar trimestralmente en Internet los avances en el cumplimiento de los aspectos que sean susceptibles de mejora que se deriven de las evaluaciones externas contempladas en los programas anuales de evaluación. Para tal efecto, el Consejo Nacional para la Evaluación de la Política de Desarrollo Social remitirá a la Secretaría la información derivada de las evaluaciones que haya coordinado, dentro de los 10 días naturales siguientes al término del trimestre que se informa, en la forma que para tal efecto determine la Secretaría. La Secretaría y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, establecerán los modelos de términos de referencia y demás elementos particulares que se requieran para las evaluaciones y coordinarán el proceso correspondiente, de conformidad con las disposiciones aplicables y sus competencias respectivas; VII. La Cámara de Diputados, a través de las comisiones legislativas, la Auditoría y los centros de estudios correspondientes que lo soliciten, en los términos previstos en las disposiciones aplicables, tendrán acceso a la información relativa a la matriz de indicadores para resultados de los programas, al seguimiento del avance de cumplimiento de las metas de los indicadores de los programas, y a las evaluaciones realizadas, misma que será pública y estará disponible en las respectivas páginas de Internet de las entidades o dependencias correspondientes. La Secretaría definirá los criterios específicos a seguir al respecto y proporcionará capacitación y asistencia técnica para que las instancias de la Cámara de Diputados que lo soliciten puedan llevar a cabo directamente la operación de las consultas y la generación de los reportes que requieran, con base en la información disponible en el sistema correspondiente; VIII. La Secretaría podrá apoyar a las entidades federativas y, por conducto de éstas, a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en materia de planeación, programación, presupuesto, contabilidad y sistemas, así como para instrumentar la evaluación del desempeño, de conformidad con los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 85 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 49 de la Ley de Coordinación Fiscal y 80 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; IX. Implantar mecanismos para innovar y modernizar el funcionamiento organizacional y el proceso de presupuesto y gasto público, con el objeto de que la información obtenida del seguimiento del cumplimiento de las metas de los indicadores de los programas, de las evaluaciones realizadas a los programas, y del seguimiento a los resultados de éstas, se utilice gradualmente en las decisiones presupuestarias y en la gestión de los programas. Lo anterior será coordinado por la Secretaría; X. Capacitar y coadyuvar a la especialización de los servidores públicos involucrados en las funciones de planeación, evaluación, coordinación de las políticas y programas, así como de programación y presupuesto, para impulsar una mayor calidad del gasto público con base en el presupuesto basado en resultados y la evaluación del desempeño; XI. Publicar en los portales de Internet de cada dependencia o entidad, para dar transparencia, a todas las evaluaciones, estudios y encuestas, que con cargo a recursos fiscales hagan las dependencias y entidades, aun cuando no sean parte del programa anual de evaluación, y XII. Las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, a más tardar a los 20 días naturales posteriores al término del segundo trimestre de 2018, deberán enviar, en los términos que establezca la Secretaría y mediante el sistema al que hace referencia el artículo 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, informes definitivos sobre el ejercicio, destino, resultados y, en su caso, reintegros, de los recursos federales que les fueron transferidos durante 2017. Lo anterior, sin perjuicio de la información que deben reportar al finalizar cada trimestre de 2018. La Secretaría deberá incluir en el segundo Informe Trimestral la información definitiva anual a que hace referencia el párrafo anterior. Las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México serán responsables de la información de su competencia que se entregue a la Secretaría, incluyendo su veracidad y calidad. TÍTULO CUARTO DE LA OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 28. Los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquéllos señalados en el Anexo 26 de este Decreto. El Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría, podrá incluir otros programas que, por razones de su impacto social, deban sujetarse a reglas de operación. Para tal efecto, se deberá observar lo siguiente: I. Las reglas de operación de los programas federales deberán sujetarse a los siguientes criterios generales: a) Deberán ser simples, precisas y de fácil acceso para los beneficiarios; b) Se procurará que la ejecución de las acciones correspondientes a los programas federales que por su naturaleza así lo permitan, sea desarrollada por los órdenes de gobierno más cercanos a la población, debiendo reducir al mínimo indispensable los gastos administrativos y de operación del programa respectivo; los gobiernos municipales deberán llevar un registro de beneficiarios y realizar el seguimiento para verificar la efectividad y coadyuvar en la evaluación de las acciones; c) Se deberán tomar en cuenta las características de las diferentes regiones socioeconómicas del país; d) Se deberán considerar las características sociales, económicas y culturales de la población objetivo; e) Preverán que las aportaciones acordadas se realicen oportunamente y sean ejercidas de inmediato; f) Se promoverá una calendarización eficiente para el ejercicio de los recursos federales respectivos; g) Se asegurará la transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de recursos; h) Se promoverán los principios de igualdad, no discriminación, interés superior de la niñez, integridad, integración familiar, igualdad de género, inclusión social de las personas con discapacidad, libre determinación de las comunidades indígenas, protección al medio ambiente, protección a la vida, salud e integridad de las personas, incluyendo el fomento a las condiciones necesarias para que la libertad e igualdad de las personas sean reales y efectivas, según corresponda; i) Darán prioridad en la asignación presupuestaria a las acciones para la atención de niñas, niños y adolescentes; j) Se promoverán mecanismos para facilitar a los mexicanos repatriados, el acceso a los beneficios de los programas y garantizar su atención y protección de manera prioritaria; k) Deberán promover la eliminación de aquellos obstáculos que limiten el ejercicio de los derechos e impidan el pleno desarrollo de las personas así como su efectiva participación en la vida política, económica, cultural y social del país y promoverán la participación de las autoridades de los demás órdenes de Gobierno y de los particulares en la eliminación de dichos obstáculos; l) Se promoverá la transparencia y acceso a la información pública, así como la eficiencia y eficacia de los recursos públicos, y m) Se promoverá el establecimiento de una estructura informática que permita homologar la información proveniente de los datos de los beneficiarios de los Programas; II. La Cámara de Diputados, a través de la comisión ordinaria que en razón de su competencia corresponda, emitirá opinión sobre las reglas de operación publicadas por el Ejecutivo Federal en los términos del artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Dicha opinión deberá fundarse y motivarse conforme a los criterios a que se refiere el último párrafo de dicho artículo. En caso de que las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados no emitan su opinión a más tardar el 31 de marzo, se entenderá como opinión favorable. El Ejecutivo Federal, por conducto de la dependencia a cargo del programa sujeto a reglas de operación correspondiente, dará respuesta a la Cámara de Diputados en un plazo que no excederá de 30 días naturales posteriores a la recepción de la opinión respectiva, realizando las adecuaciones que procedan, y III. Las dependencias y entidades que tengan a su cargo dichos programas deberán observar las siguientes disposiciones para fomentar la transparencia de los mismos: a) La papelería y documentación oficial para los programas deberán incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Todo el gasto en comunicación social relacionado con la publicidad que se adquiera para estos programas, por parte de las dependencias y entidades, así como aquél relacionado con los recursos presupuestarios federales que se transfieran a las entidades federativas, municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que se aplique a través de anuncios en medios electrónicos, impresos, complementarios o de cualquier otra índole, deberá señalar que se realiza con los recursos federales aprobados en este Presupuesto de Egresos y restringirse a lo establecido en el artículo 15 de este Decreto; b) En el caso de programas que no cuenten con padrón de beneficiarios deberán manejarse invariablemente mediante convocatoria abierta y, en ningún caso, se podrá etiquetar o predeterminar de manera específica recursos a determinadas personas físicas o morales u otorgarles preferencias o ventajas sobre el resto de la población objetivo; c) Poner a disposición del público en general un medio de contacto directo, en el cual se proporcione asesoría sobre el llenado de los formatos y sobre el cumplimiento de los requisitos y trámite que deben observarse para obtener los recursos o los beneficios de los programas, y d) Las reglas de operación, los formatos, las solicitudes y demás requisitos que se establezcan para obtener los recursos o los beneficios de los programas; los indicadores de desempeño de los programas, y los medios de contacto de las unidades responsables de los mismos deberán estar disponibles en las páginas de Internet de las dependencias y entidades. La Secretaría publicará en el Portal de Transparencia Presupuestaria la información que permita identificar las características de cada programa federal con base en sus reglas de operación. Para efecto de lo anterior, las dependencias y entidades remitirán a la Secretaría la información relacionada con las reglas de operación de los programas federales a su cargo, así como las modificaciones a las mismas, en los términos que la Secretaría determine. Queda estrictamente prohibida la utilización de los programas de apoyo para promover o inducir la afiliación de la población objetivo a determinadas asociaciones o personas morales. Para la entrega de los apoyos a la población objetivo de los programas de subsidios en numerario, las dependencias y entidades deberán promover la inclusión financiera mediante el uso de cuentas bancarias personales, a través de instituciones de banca de desarrollo o de intermediarios financieros, de conformidad con lo previsto en el artículo 67 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Artículo 29. Las dependencias y entidades que tengan a su cargo programas sujetos a reglas de operación deberán observar las siguientes disposiciones para asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a los mismos: I. Publicar en sus páginas de Internet los plazos de respuesta a las solicitudes que reciban. Los rechazos deberán estar fundados y motivados; II. Tratándose de facultades concurrentes, cuando el Ejecutivo Federal por conducto de la dependencia competente y las entidades federativas decidan suscribir convenios de coordinación en términos de la Ley de Planeación, éstos deberán celebrarse a más tardar en el mes de febrero, en condiciones de oportunidad y certeza para beneficio de la población objetivo. Dichos convenios especificarán como mínimo: los programas a que se refieren, las zonas dentro de la respectiva entidad federativa a que se destinarán los recursos, las aportaciones monetarias de cada parte y su calendarización. El Gobierno Federal y los gobiernos estatales, previa opinión de los Comités de Planeación para el Desarrollo o su equivalente, y dentro del marco del Convenio de Coordinación respectivo, decidirán a qué orden de gobierno corresponde la ejecución de los programas de acuerdo con la naturaleza de cada uno de ellos y a las características de las zonas donde se van a aplicar los programas, para lograr el mejor desarrollo e impacto social de los mismos, y III. Brindar asesoría a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México para la integración de los expedientes técnicos que, en su caso, requiera el programa, especialmente a los que se encuentran en condiciones de muy alta y alta marginación. Artículo 30. Las dependencias y entidades que tengan a su cargo programas presupuestarios considerados por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social como programas o acciones federales de desarrollo social deberán enviar a la Secretaría, en los términos y plazos que esta disponga, información sobre su población potencial, población objetivo y población atendida, misma que hará pública en el Portal de Transparencia Presupuestaria. CAPÍTULO II De los criterios específicos para la operación de los programas Artículo 31. Los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, de adultos mayores, de rezago y de marginación, de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en los programas que resulte aplicable y la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas. Para estos fines, el Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social considera los programas establecidos en el Anexo 26 para dicho ramo. En los términos de los convenios de coordinación suscritos entre el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, y los gobiernos de las entidades federativas se impulsará el trabajo corresponsable en materia de superación de pobreza, vulnerabilidad, rezago y marginación y se promoverá el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo. Este instrumento promoverá que las acciones y recursos dirigidos a la población en situación de pobreza se efectúen en un marco de coordinación de esfuerzos, manteniendo en todo momento el respeto a los órdenes de gobierno, así como el fortalecimiento del respectivo Comité de Planeación para el Desarrollo Estatal. Derivado de este instrumento se suscribirán acuerdos y convenios específicos y anexos de ejecución en los que se establecerán: la distribución de los recursos de cada programa o región de acuerdo con sus condiciones de rezago, marginación y pobreza, indicando en lo posible la asignación correspondiente a cada municipio; las atribuciones y responsabilidades de la Federación, las entidades federativas y municipios, y las asignaciones presupuestarias de los órdenes de gobierno en que concurran en sujeción a los programas concertados. Los convenios a que se refiere este artículo, deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación y en el correspondiente medio oficial de difusión de la entidad federativa que corresponda, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que queden íntegramente suscritos. A efecto de fortalecer la formulación, ejecución e instrumentación de programas, acciones e inversiones en materia de desarrollo social, se promoverá la celebración de convenios, acuerdos o bases de coordinación interinstitucional entre las dependencias y entidades. Cuando la Secretaría, la Función Pública o la Secretaría de Desarrollo Social, en el ámbito de sus respectivas competencias, detecten faltas de comprobación, desviaciones, incumplimiento a los convenios o acuerdos, o incumplimiento en la entrega oportuna de la información relativa a avances y metas alcanzadas, la Secretaría de Desarrollo Social, después de escuchar la opinión del gobierno de las entidades federativas, podrá suspender la radicación de los recursos federales e inclusive solicitar su reintegro, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones aplicables. Para el control de los recursos que se asignen a las entidades federativas, el Ejecutivo Federal convendrá con los gobiernos respectivos, los programas o las actividades que permitan garantizar el cumplimiento de las disposiciones aplicables. Los ejecutores de los programas deberán informar trimestralmente a las entidades federativas y a la Secretaría de Desarrollo Social los avances de ejecución físicos y financieros. Por lo que se refiere al Programa de Abasto Social de Leche, a cargo de Liconsa, S.A. de C.V., la Secretaría de Desarrollo Social hará del conocimiento público los nombres de los proveedores de leche de Liconsa, S.A. de C.V., en términos de la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública gubernamental. Artículo 32. Las Reglas de Operación de PROSPERA Programa de Inclusión Social para el ejercicio fiscal 2018, deberán considerar lo siguiente: I. Su objeto será articular y coordinar la oferta institucional de programas y acciones de política social, incluyendo aquellas relacionadas con el fomento productivo, generación de ingresos, bienestar económico, inclusión financiera y laboral, educación, alimentación y salud, dirigida a la población que se encuentre en situación de pobreza extrema, bajo esquemas de corresponsabilidad; II. Los criterios para la inclusión de localidades en el medio rural y urbano. Las entidades federativas, en atención a los recursos de las mismas destinados a los componentes de salud y educación, podrán opinar, a través de los comités técnicos estatales, sobre dichos criterios, debiendo la Secretaría de Desarrollo Social, dar respuesta a dichas opiniones, en su caso, en un plazo no mayor de 30 días. A más tardar el último día hábil del mes de febrero de 2018, la Secretaría de Desarrollo Social informará a la Cámara de Diputados, la cobertura de atención de familias beneficiarias. La Coordinación Nacional del programa entregará a la Cámara de Diputados, el padrón de beneficiarios, el cual deberá permitir su identificación y para ello deberá contener, cuando menos, los nombres de quienes sean atendidos por el programa, así como su localidad, municipio y entidad federativa de residencia, en los términos de la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública gubernamental y demás normatividad aplicable. Los integrantes de la Cámara de Diputados serán responsables de su uso y deberán observar en lo conducente, en términos de ley, la protección de los datos personales. La Coordinación Nacional del programa deberá actualizarlo semestralmente; III. La metodología de focalización para la identificación, inclusión y recertificación de las familias en el programa será única para todo el país, pudiendo diferenciar entre zonas rurales y urbanas. Esta metodología deberá considerar el levantamiento de cédulas individuales de información socioeconómica a las familias; IV. Los criterios para atender la demanda de incorporación de familias tanto en localidades aún no atendidas como en localidades ya atendidas a través de un proceso de densificación. Este programa no deberá duplicar apoyos y debe limitarse a atender a la población en pobreza en los términos de la Ley General de Desarrollo Social; V. Orientar los esfuerzos con la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior para dar continuidad al padrón de jóvenes con becas de educación superior; VI. Las acciones de mejora que permitan fortalecer su funcionamiento; VII. El esquema de operación que incluya las condiciones de la prestación de los servicios de salud y educación básica y media superior para la población beneficiaria; la producción y distribución de los suplementos alimenticios; los criterios para certificar la asistencia a estos servicios de los miembros de la familia, los montos, mecanismos y medios para la entrega de los apoyos y su periodicidad; VIII. Los criterios para certificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios; IX. La definición de responsabilidades de cada una de las dependencias involucradas en el programa para la certificación del cumplimiento de asistencia de las familias beneficiarias, tanto en el componente de salud, como en el de educación y la entrega de los apoyos a nivel central y en las entidades federativas, así como para la ampliación y la elevación de la calidad de los servicios. El cumplimiento de asistencia a unidades de salud y a planteles educativos, debidamente registrada, será indispensable para el otorgamiento de los respectivos apoyos. La entrega de los respectivos apoyos no podrá condicionarse al cumplimiento de otros requisitos o contraprestaciones, por lo que las reglas de operación deberán contemplar mecanismos para que se detecte y corrija la presencia de requerimientos adicionales; X. Los criterios de recertificación para las familias y los criterios y mecanismos para la verificación permanente de las condiciones socioeconómicas de las familias beneficiarias, así como para atender el incremento demográfico en las localidades, y para la sustitución de bajas del padrón por incumplimiento de corresponsabilidades; XI. Los mecanismos para promover alternativas dentro del sistema financiero para la entrega de los apoyos con oportunidad, promoviendo la inclusión financiera de la población objetivo; XII. Los mecanismos para asegurar la complementariedad de acciones con otros programas; para aprovechar la información y el padrón del programa para focalizar otros subsidios complementarios y no duplicarlos, y para definir la transición de beneficiarios de otros programas federales que otorgan subsidios con el mismo objetivo de evitar duplicidad; XIII. En su caso, las propuestas que hubiesen sido presentadas y aprobadas por el Comité Técnico de la Coordinación Nacional, y XIV. Se podrán otorgar apoyos a los adultos mayores y a las personas con discapacidad que formen parte de hogares beneficiarios, incluyendo las condiciones, los montos, procedimientos y la corresponsabilidad en salud adecuada a su condición. El presupuesto de PROSPERA Programa de Inclusión Social se distribuye conforme a lo señalado en el Anexo 28 de este Decreto. Los recursos de PROSPERA Programa de Inclusión Social no podrán ser transferidos a otros programas. Podrán realizarse traspasos no regularizables en las asignaciones del programa entre las secretarías de Desarrollo Social, de Educación Pública y de Salud, en los términos de las disposiciones aplicables. De lo anterior, se informará trimestralmente a la Cámara de Diputados. El presupuesto para el componente de salud se ejercerá con base en una cuota igual por familia atendida, multiplicada por el padrón activo correspondiente, pudiendo ser ajustada, sin rebasar el presupuesto regularizable del programa, en función de los servicios efectivamente prestados y la calidad provista en los mismos y será entregado a los proveedores de los servicios de salud, tanto de los servicios estatales de salud como del IMSS-PROSPERA y del IMSS-Régimen Ordinario u otros que puedan resultar necesarios para cumplir con los objetivos del programa. Las secretarías de Desarrollo Social, de Educación Pública y de Salud presentarán a la Cámara de Diputados a más tardar en abril de 2018, un informe sobre la contratación del proveedor encargado de entregar los apoyos a los beneficiarios en donde no exista infraestructura para realizar el pago directo a través de transferencia electrónica. Artículo 33. Los programas de garantías, de reducción de costo de financiamiento, de capital de riesgo y cualquier otro esquema que promueva el acceso al financiamiento que las dependencias y entidades apoyen con recursos presupuestarios, deberán ser implementados exclusivamente por conducto de la banca de desarrollo, de Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero y/o de fideicomisos públicos de fomento del Gobierno Federal. Dichas dependencias y entidades podrán establecer convenios de colaboración con las agencias de desarrollo de los gobiernos de las entidades federativas, para la implementación de los programas. La Secretaría tendrá en todo momento acceso a la base de datos única de los beneficiarios de los programas correspondientes establecida por la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (ASERCA). Asimismo, a fin de evitar duplicidades de beneficiarios y operaciones, ASERCA deberá dar pleno acceso, vía remota y en tiempo real, a la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, a los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA) y a AGROASEMEX, S.A., a la referida base de datos para realizar las consultas correspondientes. Se entenderá que los beneficiarios incluidos en la base de datos única de esquemas de manejo de riesgos en el sector agropecuario serán elegibles para recibir los mismos apoyos a coberturas e incentivos a la comercialización que los beneficiarios dados de alta por ASERCA en la misma, observando las disposiciones aplicables a dichos esquemas y aquellas destinadas a evitar duplicidad de subsidios. El total de los recursos presupuestarios de ASERCA que se encuentren destinados a apoyos a coberturas y esquemas de administración de riesgos, también podrán ser solicitados y otorgados a través de las ventanillas de FIRA, Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y AGROASEMEX, S.A., debiéndose ejercer en el orden en el que sean tramitadas las solicitudes correspondientes. De los recursos aprobados en este Presupuesto de Egresos para el Programa de Productividad y Competitividad Agroalimentaria, en sus componentes Acceso al Financiamiento, Activos Productivos y Agrologística, y Desarrollo Productivo Sur Sureste y Zonas Económicas Especiales, a cargo de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, al menos el 45 por ciento, 15 por ciento y 20 por ciento, respectivamente, se destinarán a promover el acceso al financiamiento en el sector rural en condiciones más competitivas, y se transferirán a la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, en un plazo no mayor a 45 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto. Artículo 34. En el Anexo 11 de este Decreto se prevé la asignación de recursos para fortalecer el patrimonio de Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, del Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural (FOCIR) y del Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios (FEGA). Artículo 35. El Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable se sujetará a los siguientes lineamientos para la distribución del gasto aprobado en este Presupuesto de Egresos: I. Deberá abarcar políticas públicas orientadas a incrementar la producción, la productividad y la competitividad agroalimentaria y pesquera del país, a la generación del empleo rural y para las actividades pesqueras y acuícolas, a promover en la población campesina y de la pesca el bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a poblaciones indígenas. El presupuesto para el campo procurará fomentar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos y dando prioridad a la producción nacional, a que se refiere el artículo 178 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. El presupuesto dirigido al campo deberá tener las siguientes características: a) Que permita la complementariedad de acciones con las demás dependencias y entidades; b) Que permita el desarrollo de proyectos productivos por etapas, en apego a los ciclos agrícolas conforme a las disposiciones aplicables, otorgando los incentivos respectivos oportunamente; c) Que se oriente prioritariamente hacia las pequeñas unidades de producción y al apoyo de los pequeños productores, preferentemente a través de figuras asociativas conforme a la normativa aplicable; d) Que procuren la progresividad en el otorgamiento de los incentivos, en particular en los componentes de PROAGRO y PROGAN Productivo, y e) En materia de concurrencia, el porcentaje o monto que corresponda aportar a las entidades federativas, podrá ser establecido por las dependencias considerando su condición socioeconómica; II. Los ramos administrativos que participan en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable continuarán con el sistema de rendición de cuentas sobre el destino de los recursos fiscales de los programas concurrentes, el cual incorpora los siguientes elementos: región geográfica, entidad federativa, municipio y localidad, actividad productiva, eslabón de la cadena de valor, concepto de apoyo, monto fiscal y fecha de otorgamiento, y la estratificación correspondiente; III. Establecer como prioridades, entre otras, las siguientes: a) Incrementar la productividad, la inocuidad y el ingreso de los productores, apoyar en el combate a la pobreza, contribuyendo con la agricultura de autoconsumo a las familias pobres que habitan principalmente en las zonas rurales, en un marco de sustentabilidad, generación de oportunidades y que contribuya a la seguridad alimentaria; b) Se procurará que los recursos destinados a competitividad, se orienten principalmente a las pequeñas unidades de producción, que se dedican a las ramas productivas básicas, a que se refiere el artículo 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y otros productos básicos y estratégicos. Dichos recursos se direccionarán una vez que se cuente con la estratificación de zonas y regiones productivas del país dando prioridad a las pequeñas unidades de producción; c) Apoyar a los productores para que apliquen las innovaciones y desarrollos tecnológicos disponibles y fortalezcan su vinculación con los centros de investigación, así como la transferencia de tecnología del país, mediante servicios de extensionismo que aseguren la incorporación del pequeño productor a las innovaciones tecnológicas que redunden en la mejora de la productividad; d) Ampliar la oferta de bienes y servicios públicos, particularmente en materia de infraestructura, investigación y desarrollo, capacitación, extensionismo rural e información; e) Contribuir a adaptar las actividades agropecuarias, acuícolas y pesqueras mediante acciones para prevenir, mitigar y atender los impactos del fenómeno del cambio climático, así como la oportuna prevención, administración y atención a riesgos climáticos, sanitarios y de mercado, considerando los potenciales productivos de cada región; f) Contribuir a la sustentabilidad de las actividades agropecuarias, pesqueras y acuícolas en lo referente al aprovechamiento responsable del agua y la tierra, y g) Contribuir a la sustentabilidad de las actividades agropecuarias, pesqueras y acuícolas en lo referente a los recursos genéticos; IV. Coadyuvar al impulso de los mercados y a perfeccionar la información disponible para el sector; V. Propiciar la competitividad de las ramas productivas básicas, a que se refiere el artículo 179 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, así como estrategias especiales para otros sistemas producto de alto impacto social; VI. Coadyuvar al impulso de la producción primaria, de los productos básicos y estratégicos señalados en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, entre otros, para el aprovisionamiento de insumos básicos y apoyo a paquetes tecnológicos; VII. Apoyar a las entidades federativas con recursos presupuestarios para la ejecución de proyectos productivos y/o estratégicos de impacto estatal o regional, de acuerdo con las prioridades y planteamientos que defina el Consejo Estatal para el Desarrollo Rural Sustentable, conforme a lo siguiente: a) Depositarlos en los Fideicomisos de Fomento Agropecuario del Estado (FOFAE), en los términos de los convenios de coordinación y las reglas de operación. Las ministraciones que se acuerden no rebasen al periodo marzo a septiembre, en el entendido de que una vez depositada la primera aportación, para que el Gobierno Federal pueda depositar la segunda y subsecuentes, los Fideicomisos de Fomento Agropecuario del Estado (FOFAE) deben haber ejercido y pagado al menos el 70 por ciento de las aportaciones. La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, deberá reportar trimestralmente en su página de Internet, el avance de los recursos ejercidos y pagados por los fideicomisos antes mencionados, así como los saldos de los mismos. Las entidades federativas podrán solicitar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, adecuaciones entre programas de ejecución a cargo de éstas, siempre y cuando se hayan cumplido las metas establecidas en los convenios respectivos, y permitan un mejor cumplimiento de los objetivos y metas de los programas en su conjunto, en el marco de las disposiciones aplicables; b) Que las entidades federativas sean las responsables de la oportuna ejecución de los recursos, administrados por los Fideicomisos de Fomento Agropecuario del Estado (FOFAE), constituidos de manera paritaria para este fin. Los apoyos se entregarán a los beneficiarios de acuerdo a la disponibilidad de los recursos del fondo independientemente de su origen mediante el pago electrónico a los beneficiarios; c) El porcentaje máximo de apoyo sea de hasta el 50 por ciento del costo total del proyecto, con excepción de los apoyos dirigidos a productores de bajos ingresos preferentemente en zonas y localidades de alta y muy alta marginación que serán conforme se establezca en las reglas de operación. En ambos casos el trámite se hará gratuito y sin costo alguno para los beneficiarios; d) En el caso de los subsidios a energéticos como energía eléctrica, diésel marino y gasolina ribereña, se beneficiará preferentemente a los productores de bajos recursos ubicados en zonas de alta y muy alta marginación de acuerdo a lo señalado en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Asimismo, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación deberá integrar un listado de beneficiarios, y e) Implementar acciones y programas de reconversión orientados al desarrollo de mercados regionales, que permitan la reducción de costos, mediante mejoras en las prácticas para la producción y, en su caso, mediante incentivos orientados a este propósito; VIII. Impulsar la producción y productividad en el sector mediante el fomento de proyectos integrales que consideren la tecnificación del riego y el uso de insumos (semillas, fertilizantes, biofertilizantes y prácticas agrícolas sustentables, entre otros); IX. Promover el desarrollo regional mediante el sistema nacional de agroparques que vinculen a los productores con las cadenas de valor y propicien la generación de economías de escala, incrementen la productividad y competitividad, así como un desarrollo equilibrado en las regiones norte, centro y sur-sureste del país; X. Los recursos destinados a fortalecer el medio ambiente buscarán que se beneficie prioritariamente a los territorios ejidales, comunales y privados de los pequeños productores; XI. Se fortalecerán las obras de tecnificación de riego para aumentar la producción y productividad, dando prioridad a las pequeñas unidades de producción; XII. Las autoridades fiscales pondrán a disposición de las dependencias y entidades encargadas del otorgamiento de subsidios y estímulos, herramientas tecnológicas que permitan la consulta sobre el cumplimiento de la obligación contenida dentro del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. En las reglas de operación de los Programas Federales del Ramo 08 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, se deberá establecer que la consulta referida, o en su caso la inscripción, podrá hacerla directamente ésta última dependencia y no el beneficiario; XIII. Para el caso del Programa de Apoyos a Pequeños Productores, el componente de desarrollo comercial de la agricultura familiar, será destinado prioritariamente para apoyar a mujeres y personas de la tercera edad en condición de pobreza alimentaria, que se dediquen o pretendan dedicarse a la producción de alimentos, y XIV. Los incentivos al proceso de comercialización de los productos agropecuarios y pesqueros, buscarán impulsar el desarrollo de las regiones del país en donde la infraestructura para el acopio y agregación de valor es deficiente e insuficiente; asimismo, privilegiará a la población objetivo de más bajos recursos, con base en el fortalecimiento de su organización y capacitación. Artículo 36. La ejecución y operación del Sistema de Protección Social en Salud deberá sujetarse a lo establecido por la Ley General de Salud, a las disposiciones reglamentarias de dicha Ley, así como a las disposiciones de carácter general o lineamientos que emitan la Secretaría de Salud o la Comisión Nacional de Protección Social en Salud. A. La Secretaría de Salud, a través de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, llevará a cabo lo siguiente: I. Difundir criterios públicos y objetivos para la definición de la población sujeta a la afiliación en el medio rural y urbano, prioritariamente a madres embarazadas y niños recién nacidos; II. Dar a conocer semestralmente, en los términos de la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública gubernamental, la relación de municipios en los que opera el Sistema de Protección Social en Salud y el número de personas beneficiarias, en cada una de ellas por entidad federativa, así como el monto de las cuotas familiares, la cuota social y las aportaciones solidarias federal y estatal, por entidad federativa; III. Publicar semestralmente en su página de Internet las obras e inversiones realizadas con los recursos del Fondo de Previsión Presupuestal, a que se refiere el artículo 77 bis 18 de la Ley General de Salud; IV. Emitir disposiciones generales o lineamientos sobre: a) El destino de los recursos federales que se transfieran a las entidades federativas por concepto de cuota social y aportación solidaria federal, conforme a las siguientes bases: i. Hasta el 40 por ciento, por concepto de remuneraciones del personal ya contratado directamente involucrado en la prestación de servicios de atención a los afiliados al Sistema; ii. Hasta el 30 por ciento, por concepto de adquisición de medicamentos, material de curación y otros insumos necesarios para la prestación de servicios a los afiliados al Sistema; iii. Al menos el 20 por ciento, para acciones de promoción, prevención y detección oportuna de enfermedades que estén contenidas en el Catálogo Universal de Servicios de Salud (CAUSES); iv. Hasta el 6 por ciento, para el gasto operativo y para el pago de personal administrativo del Régimen Estatal de Protección Social en Salud correspondiente a cada entidad federativa. Sólo en casos plenamente justificados o excepcionales, la composición de dichos porcentajes se podrá modificar, siempre que las características de afiliación, financieras y de servicios de salud estatales lo ameriten, en el entendido de que dichas modificaciones deberán acreditarse y ser aprobadas por la Secretaría de Salud por conducto de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, y b) El destino de los recursos federales que se transfieran a las entidades federativas para el fortalecimiento de la infraestructura médica, y V. Transferir los recursos correspondientes a beneficiarios que no tengan registros duplicados, para lo cual los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud enviarán mensualmente para validación de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, únicamente los registros de los beneficiarios del Sistema que no sean derechohabientes de los institutos de seguridad social u otros esquemas públicos y sociales de atención médica, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 77 bis 5, apartado A), fracción XI, de la Ley General de Salud. Los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud deberán suspender los registros duplicados que correspondan. La Comisión Nacional de Protección Social en Salud presentará a la Cámara de Diputados un informe semestral sobre la validación de los registros de beneficiarios a que se refiere esta fracción. B. Las entidades federativas deberán remitir la información que determine la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, de conformidad con las disposiciones generales que para tal efecto emita. Los anexos I, II, III y IV del Acuerdo de Coordinación a que se refiere el artículo 77 bis 6 de la Ley General de Salud, deberán firmarse, en su caso, en el primer trimestre del año fiscal. Al momento de su firma a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud y las entidades federativas, les corresponderá su publicación en sus respectivas páginas de Internet. Tratándose de los anexos II, III y IV, deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Secretaría de Salud. Las disposiciones consideradas en la fracción IV de este artículo deberán formar parte del anexo IV de dicho Acuerdo de Coordinación. Los recursos del Ramo Administrativo 12 Salud y del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, correspondientes a la Subfunción Protección Social en Salud, destinados a la prestación de servicios de salud a la persona, deberán ser considerados en la integración de la aportación solidaria por parte del Gobierno Federal a la que hace referencia el artículo 77 bis 13, fracción II, de la Ley General de Salud. El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social normará la evaluación del Sistema de Protección Social en Salud, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Desarrollo Social. Artículo 37. La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte podrá otorgar subsidios a las asociaciones deportivas nacionales y demás instituciones y organismos públicos, siempre y cuando cumplan con la Ley General de Cultura Física y Deporte y su Reglamento, con el Programa Nacional de Cultura Física y Deporte y con las reglas de operación de dicha Comisión. Artículo 38. La Secretaría de Educación Pública será responsable de emitir las reglas de operación de los programas sujetos a las mismas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, las cuales contendrán, entre otras reglas, las siguientes: I. Los recursos destinados a programas educativos deberán ser ejercidos exclusivamente por las autoridades educativas, tanto federales como estatales; II. Las instituciones educativas contarán con un listado exhaustivo que contenga el personal comisionado a actividades sindicales. La Secretaría de Educación Pública enviará dichos listados a la Cámara de Diputados, y III. En ningún caso podrán existir nóminas o partidas confidenciales. Los recursos públicos otorgados a las instituciones educativas que sean usados para el pago de nóminas deberán ejercerse en el marco de la transparencia y rendición de cuentas, por lo que los beneficiarios de dichos programas deberán reportar a la Secretaría de Educación Pública los montos pagados a cada trabajador. La Secretaría de Educación Pública, antes del 31 de enero, emitirá las convocatorias para el concurso de los diversos fondos aprobados, respecto de los programas a que se refiere este artículo, con la excepción de los que estén sujetos a los calendarios escolares específicos. De los recursos aprobados en este Presupuesto de Egresos para el Programa de la Reforma Educativa, se destinará un 53 por ciento para proveer bebederos con suministro continuo de agua potable para uso humano en los inmuebles escolares, de conformidad con los artículos 7 y 11 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa. Artículo 39. Los programas destinados a educación media superior y superior, sujetos a reglas de operación, deberán contener las siguientes disposiciones: I. La Secretaría de Educación Pública al diseñar los programas deberá enviar a la Cámara de Diputados un informe sobre cómo dichos programas disminuirán los rezagos de cobertura y absorción en educación media superior y superior en las diversas regiones del país; II. Las entidades federativas deberán enviar, de manera trimestral, informes tanto a la Cámara de Diputados, como a la Secretaría de Educación Pública, sobre la aplicación de fondos para la operación de los subsistemas de educación media superior y superior; III. Las instituciones públicas de educación superior estarán obligadas a la práctica de auditoría externa de su matrícula, debiendo enviar los resultados de ésta, así como un informe semestral específico sobre la ampliación de la misma, tanto a la Cámara de Diputados como a la Secretaría de Educación Pública, y IV. Las instituciones públicas federales y estatales de educación media superior y superior pondrán a disposición de la sociedad la información sobre la aplicación y uso de los recursos recibidos a través de este Presupuesto de Egresos. En el marco de la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública gubernamental y, en su caso, la ley local respectiva, las instituciones incorporarán en su página de Internet la información relacionada con los proyectos y los montos autorizados. En particular, el registro, la asignación, los avances técnicos, académicos o ambos, y el seguimiento del ejercicio de recursos, manteniendo la información actualizada con periodicidad trimestral. La información a que se refiere este artículo deberá estar disponible de manera permanente y actualizada en la página de Internet de la Secretaría de Educación Pública, la cual deberá enviar dicha información a la Secretaría de manera trimestral. TÍTULO QUINTO OTRAS DISPOSICIONES PARA EL EJERCICIO FISCAL CAPÍTULO ÚNICO Artículo 40. Con el objeto de impulsar la cultura del pago por suministro de agua en bloque en los Distritos de Riego y mejorar la infraestructura de riego, el Ejecutivo Federal, a través de la Comisión Nacional del Agua, devolverá a los Distritos de Riego que estén al corriente en sus pagos, un importe de recursos equivalente a las cuotas que se generen en el presente ejercicio fiscal, los cuales se destinarán en un 65 por ciento a la conservación y mantenimiento de los canales y drenes menores; 25 por ciento a la conservación de la red mayor, canales y drenes principales; 8 por ciento al mantenimiento de las obras de cabeza, y 2 por ciento a la supervisión y gasto de operación. Artículo 41. Los programas de la Secretaría de Educación Pública, destinados a fomentar la expansión de la oferta educativa de los niveles media superior y superior, establecerán mecanismos que permitan disminuir el rezago en el índice de cobertura en aquellas entidades federativas que estén por debajo del promedio nacional. La Secretaría de Educación Pública deberá informar a la Cámara de Diputados, sobre la estructura de los programas destinados a fomentar la expansión de la oferta educativa a los que hace referencia el párrafo anterior, su distribución y metas de mediano y largo plazo, a más tardar el 31 de marzo. Los recursos federales que reciban las universidades e instituciones públicas de educación media superior y superior, incluyendo subsidios, estarán sujetos a la fiscalización que realice la Auditoría en términos de lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y se rendirá cuenta sobre el ejercicio de los mismos en los términos de las disposiciones aplicables, detallando la información siguiente: I. Los programas a los que se destinen los recursos y el cumplimiento de las metas correspondientes; II. El costo de nómina del personal docente, no docente, administrativo y manual, identificando las distintas categorías y los tabuladores de remuneraciones por puesto, responsabilidad laboral y su lugar de ubicación; III. Desglose del gasto corriente destinado a su operación; IV. Los estados de situación financiera, analítico, así como el de origen y aplicación de recursos públicos federales, y V. La información sobre matrícula de inicio y fin de cada ciclo escolar. De conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como con los lineamientos que emita en la materia el Consejo Nacional de Armonización Contable, las universidades e instituciones públicas de educación media superior y superior llevarán el registro y la vigilancia de los activos, pasivos corrientes y contingentes, ingresos, gastos y patrimonio. Las universidades e instituciones públicas de educación media superior y superior a que se refiere este artículo entregarán a la Secretaría de Educación Pública la información señalada en el mismo, a más tardar a los 15 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre que corresponda. Dicha Secretaría entregará esta información a la Cámara de Diputados y la publicará en su página de Internet, a más tardar a los 30 días naturales posteriores al periodo correspondiente. Las autoridades correspondientes para aplicar dichos recursos verificarán que el personal de cada una de las universidades e instituciones de educación media superior y superior públicas, cumplan con sus obligaciones en términos de los contratos laborales correspondientes realizándose, en su caso, la compulsa entre las nóminas y los registros de asistencia. La Secretaría de Educación Pública enviará la información a que se refiere este artículo a la Secretaría dentro de los 10 días hábiles posteriores a que aquélla la reciba. Artículo 42. Las sanciones económicas que, en su caso, aplique el Instituto Nacional Electoral derivado del régimen disciplinario de los partidos políticos durante 2018, serán concentradas a la Tesorería de la Federación dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que se realice el pago o se haga efectivo el descuento. Los recursos obtenidos por este concepto serán destinados en los términos de las disposiciones aplicables al Ramo 38 para el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y deberán destinarse a actividades sustantivas; dichos recursos no podrán ejercerse en servicios personales y su ejercicio y destino deberá reportarse en los Informes Trimestrales. Artículo 43. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, con la participación que corresponda al Consejo Nacional de Armonización Contable, establecerá los términos y condiciones para la distribución del fondo previsto en este Presupuesto de Egresos, para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas y a los municipios para la capacitación y profesionalización de las unidades administrativas competentes en materia de contabilidad gubernamental, así como para la modernización de tecnologías de la información y comunicaciones que permitan el cumplimiento de la armonización contable de los tres órdenes de gobierno conforme a lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Las disposiciones a que se refiere el párrafo anterior deberán ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar dentro del primer trimestre del año. El Consejo Nacional de Armonización Contable, a más tardar el último día hábil de noviembre, deberá publicar en su página de Internet un reporte especial sobre la aplicación de los recursos del fondo a que hace referencia el presente artículo; así como publicar durante el último trimestre del año: I. El monto de los subsidios otorgados a cada una de las entidades federativas y municipios; II. El tipo y alcances de los subsidios federales otorgados, y III. Los avances y resultados reportados por las entidades federativas y municipios. TRANSITORIOS Primero. El presente Decreto entrará en vigor el primero de enero del año 2018. Segundo. Las disposiciones administrativas emitidas con base en lo dispuesto en los Decretos de Presupuesto de Egresos de la Federación de ejercicios fiscales anteriores, que se encuentren vigentes hasta antes de la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán aplicándose en lo que no se opongan a éste, hasta en tanto no se emitan nuevas disposiciones administrativas que las reformen o abroguen. Tercero. Se faculta al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría, para que emita las autorizaciones que correspondan, a efecto de realizar las adecuaciones o los traspasos de recursos humanos, financieros y materiales, incluyendo bienes muebles e inmuebles, que sean necesarios como consecuencia de reformas jurídicas que tengan por objeto la creación o modificación, de cualquier dependencia, entidad o ente autónomo, reportando las mismas en los Informes Trimestrales. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, queda facultado para atender la solicitud y transferir los recursos que correspondan al Instituto Nacional Electoral, con cargo al Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas, cuando por acuerdo del Consejo General del Instituto se determine que se requiere dicha transferencia para asegurar el cumplimiento de las atribuciones que tiene conferidas en relación con el desarrollo de los procesos electorales a su cargo durante el ejercicio fiscal 2018. Cuarto. Los recursos del Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos correspondientes a las entidades federativas que no hayan suscrito los convenios a los que hace referencia el artículo 42 de la Ley de Coordinación Fiscal deberán ser transferidos del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios al Ramo 11 Educación, a fin de que a través de éste se transfieran para esos mismos fines a dichas entidades federativas. Lo anterior, hasta en tanto sean suscritos los convenios de coordinación respectivos. Quinto. El Anexo 21 de este Presupuesto de Egresos incluye $2,500,000,000, para que sean aportados al Fondo de Reconstrucción de Entidades Federativas en términos de la normativa aplicable, con el fin de otorgar apoyos financieros a las entidades federativas cuyos municipios y demarcaciones territoriales afectados por fenómenos naturales perturbadores se encuentren previstos en las declaratorias correspondientes emitidas por la Secretaría de Gobernación conforme a lo previsto en la Ley General de Protección Civil. Sexto. En el presente Presupuesto de Egresos se incluye la cantidad de $186,354,100, para que la Secretaría de Gobernación lleve a cabo las acciones relativas a la implementación de la legislación general que se expida en materia de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y búsqueda de personas, así como para la creación del órgano encargado de realizar las acciones de búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas. Asimismo, se incluyen $282,592,800, para el otorgamiento de subsidios por parte de la Secretaría de Gobernación, a las entidades federativas, para la realización de acciones de búsqueda de personas que les correspondan en el marco de las disposiciones que establezca la legislación general señalada en el párrafo anterior. Dichos subsidios se otorgarán en un esquema de coparticipación de recursos igualitaria entre la Federación y las entidades federativas. Las entidades federativas podrán destinar hasta el diez por ciento de los subsidios que reciban para la elaboración de un proyecto ejecutivo que especifique las acciones que deberán realizar para cumplir con las disposiciones que establezca la legislación general en la materia, incluyendo metas a corto, mediano y largo plazo. El otorgamiento de los subsidios a las entidades federativas se sujetará a los lineamientos que para tal efecto emita el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, a más tardar el último día hábil de enero. Séptimo. Las obras de infraestructura y las acciones que realicen las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, con cargo a recursos del presente Presupuesto de Egresos, se sujetarán a las especificaciones y características de imagen y promoción de las mismas establecidas en los lineamientos que para tal efecto emita la Función Pública a más tardar el 31 de enero. Octavo. Las entidades federativas deberán notificar y realizar la entrega de los recursos federales que correspondan a los municipios o demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en los plazos y términos que establecen las leyes federales aplicables, el Presupuesto de Egresos, y en el caso de programas de subsidios o gasto reasignado, conforme a lo previsto en los convenios que celebren con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que les transfieran recursos federales. Las entidades federativas no podrán establecer requisitos adicionales ni realizar acciones u omisiones que impidan el ejercicio eficiente, eficaz y oportuno de los recursos públicos que por su conducto se transfieran a los municipios y, en su caso, a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. Las entidades federativas, por conducto de la Secretaría de Finanzas o su equivalente, deberán hacer pública la información relativa a la fecha y el monto de las transferencias de recursos federales que deriven de los proyectos aprobados en el Presupuesto de Egresos, realizadas a sus municipios o demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, a través de sus respectivas páginas oficiales de Internet, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha en que los recursos correspondientes hayan sido efectivamente depositados en las cuentas bancarias específicas de los municipios o demarcaciones, incluyendo el número de identificación de la transferencia. El incumplimiento a lo previsto en el presente artículo, incluyendo el destino de los recursos correspondientes, será sancionado por las autoridades competentes en los términos de la legislación aplicable, sin perjuicio de las responsabilidades de carácter civil, administrativo o penal que, en su caso, se determinen. Los municipios serán responsables de la correcta integración de la información técnica, así como del destino, ejercicio, registro y comprobación de los recursos que les transfieran las entidades federativas respectivas, conforme a lo señalado en este artículo. Noveno. En el Anexo 21 de este Presupuesto de Egresos se incluye la cantidad de $750,000,000, para la constitución del Fondo para Fronteras, que se destinará al otorgamiento de subsidios que coadyuven a abatir la pobreza, a través de una estrategia de inclusión y bienestar social, así como a contribuir al desarrollo económico a través del otorgamiento de apoyos a proyectos que fomenten la creación, consolidación y competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas, en las entidades federativas en cuyo territorio se encuentren las líneas divisorias internacionales del norte y sur del país. Dichos recursos se encuentran aprobados en el Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas, y serán transferidos a las secretarías de Desarrollo Social y Economía. La distribución por entidad federativa será convenida por las dependencias antes referidas. El ejercicio de los recursos de dicho Fondo estará sujeto a las disposiciones que para tal efecto emita la Secretaría, dentro del primer trimestre del ejercicio fiscal. Décimo. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, reportará en los Informes Trimestrales la evolución del proyecto de inversión en infraestructura denominado Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, previsto en el Anexo 4 de este Decreto, con base en la información que le remitan la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V. ANEXO 1. GASTO NETO TOTAL (pesos) | | | | | | | | | | | | | | | | A: RAMOS AUTÓNOMOS | 118,131,650,829 | Gasto Programable | | | | | | | | | 01 | Poder Legislativo | | | | | | 15,574,572,274 | | | Cámara de Senadores 1/ | | | | | 4,905,020,157 | | | Cámara de Diputados 2/ | | | | | 8,439,435,153 | | | Auditoría Superior de la Federación | | | | | 2,230,116,964 | | 03 | Poder Judicial | | | | | | 71,366,389,337 | | | Suprema Corte de Justicia de la Nación | | | | 5,635,107,441 | | | Consejo de la Judicatura Federal | | | | | 61,838,081,896 | | | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación | | | | 3,893,200,000 | | 22 | Instituto Nacional Electoral | | | | | 24,215,327,986 | | 35 | Comisión Nacional de los Derechos Humanos | | | | 2,033,004,229 | | 41 | Comisión Federal de Competencia Económica | | | | 618,149,978 | | 42 | Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación | | | | 1,227,728,385 | | 43 | Instituto Federal de Telecomunicaciones | | | | 1,998,000,000 | | 44 | Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales | 1,098,478,640 | RAMO: 40 INFORMACIÓN NACIONAL ESTADÍSTICA Y GEOGRÁFICA | | | | | 7,788,876,174 | | | Instituto Nacional de Estadística y Geografía | | | | 7,788,876,174 | RAMO: 32 TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA | | | | | 3,029,044,741 | | | Tribunal Federal de Justicia Administrativa | | | | 3,029,044,741 | B: RAMOS ADMINISTRATIVOS | 1,023,678,665,789 | Gasto Programable | | | | | | | | | 02 | Oficina de la Presidencia de la República | 1,797,418,247 | | 04 | Gobernación | 64,288,166,419 | | 05 | Relaciones Exteriores | 9,003,192,028 | | 06 | Hacienda y Crédito Público | 26,458,200,665 | | 07 | Defensa Nacional | 81,021,903,813 | | 08 | Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | 72,125,383,478 | | 09 | Comunicaciones y Transportes | 84,548,590,749 | | 10 | Economía | 9,578,420,348 | | 11 | Educación Pública 3/ | 280,969,302,366 | | 12 | Salud 4/ | 122,557,337,320 | | 13 | Marina | 31,305,775,196 | | 14 | Trabajo y Previsión Social | 4,036,978,861 | | 15 | Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano | 16,766,195,714 | | 16 | Medio Ambiente y Recursos Naturales 5/ | 37,580,635,702 | | 17 | Procuraduría General de la República | 16,243,787,465 | | 18 | Energía | 2,470,265,318 | | 20 | Desarrollo Social | 106,645,504,028 | | 21 | Turismo | 3,916,225,884 | | 27 | Función Pública | 1,191,905,203 | | 31 | Tribunales Agrarios | 980,961,673 | | 37 | Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal | 131,201,969 | | 38 | Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología | 27,225,876,510 | | 45 | Comisión Reguladora de Energía | 346,903,124 | | 46 | Comisión Nacional de Hidrocarburos | 296,932,814 | | 47 | Entidades no Sectorizadas | | | | | 9,275,426,913 | | 48 | Cultura | | | | | | 12,916,173,982 | C: RAMOS GENERALES | 2,937,514,789,313 | Gasto Programable | | | | | | | | | 19 | Aportaciones a Seguridad Social | 699,664,136,809 | | 23 | Provisiones Salariales y Económicas | 156,463,239,818 | | 25 | Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos | 52,728,283,062 | | 33 | Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios | 688,341,688,549 | Gasto No Programable | | | | | | | | | 24 | Deuda Pública | 473,126,225,003 | | 28 | Participaciones a Entidades Federativas y Municipios | 811,931,615,172 | | 29 | Erogaciones para las Operaciones y Programas de Saneamiento Financiero | 0 | | 30 | Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores | 17,091,100,000 | | 34 | Erogaciones para los Programas de Apoyo a Ahorradores y Deudores de la Banca | | | 38,168,500,900 | D: ENTIDADES SUJETAS A CONTROL PRESUPUESTARIO DIRECTO | 961,916,843,767 | Gasto Programable | | | | | | | | | | GYN | Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado | 282,632,561,843 | | GYR | Instituto Mexicano del Seguro Social | 679,284,281,924 | E: EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO | 915,720,047,868 | Gasto Programable | | | | | | | | | | TYY | Petróleos Mexicanos (Consolidado) | 391,946,000,000 | | TVV | Comisión Federal de Electricidad (Consolidado) | 387,588,946,400 | Gasto No Programable | | | | | | | | | | Costo Financiero, que se distribuye para erogaciones de: | 136,185,101,468 | | TYY | Petróleos Mexicanos (Consolidado) | 110,810,101,404 | | TVV | Comisión Federal de Electricidad (Consolidado) | 25,375,000,064 | Neteo: Resta de: a) aportaciones ISSSTE; y, b) subsidios, transferencias y apoyos fiscales a las entidades de control directo y empresas productivas del Estado. | 688,112,918,481 | GASTO NETO TOTAL | | 5,279,667,000,000 | 1/ Incluye 125 millones de pesos para el Canal del Congreso. | | | | | | 2/ Incluye 125 millones de pesos para el Canal del Congreso. | | | | | | 3/ Incluye recursos por 150.0 millones de pesos en el XE-IPN Canal 11 para actividades de producción y transmisión de contenidos audiovisuales para la difusión de la Riqueza Histórica y Cultural de México. | 4/ Incluye recursos por 1,450.0 mdp dentro del programa presupuestario U012.- "Fortalecimiento de los Servicios Estatales de Salud", para cubrir el pago de las previsiones que permitan mantener la homologación salarial de ejercicios anteriores del personal que fue formalizado y regularizado, y serán transferidos a las entidades federativas a través del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud del Ramo 33. | 5/ Incluye una previsión de 75.0 millones de pesos para la protección y conservación del Archipiélago de Revillagigedo, Colima. | ANEXO 2. GASTO CORRIENTE ESTRUCTURAL (pesos) | | | | | | | | | | | | | | | Gasto Corriente Estructural | 2,162,066,174,552 | */ La asignación corresponde a montos estimados con base en las reasignaciones determinadas por la H. Cámara de Diputados. | ANEXO 3. GASTOS OBLIGATORIOS (millones de pesos) */ | | | | | | | | | | | | | | | Previsiones para Gastos Obligatorios | 3,589,084.8 | Previsiones para Gastos Obligatorios con Pensiones y Jubilaciones | 4,382,819.1 | */ La asignación corresponde a montos estimados con base en las reasignaciones determinadas por la H. Cámara de Diputados. | ANEXO 4. EROGACIONES PLURIANUALES PARA PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA (millones de pesos) | | | | | | | | | | | | | | | | | | MONTO | INFRAESTRUCTURA AEROPORTUARIA | | | | | | | 8,681.5 | | Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México | | | | | | | 8,681.5 | | | | | | | | | | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA | | | | | | | 5,041.6 | | Túnel Emisor Oriente (TEO) | | | | | | | 5,041.6 | | | | | | | | | | INFRAESTRUCTURA TURÍSTICA | | | | | | | 120.0 | | CIP Costa del Pacífico | | | | | | | 120.0 | TOTAL | | | | | | | | 13,843.0 | ANEXO 5. COMPROMISOS PLURIANUALES (millones de pesos) | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | MONTO | | | | | | | | | | Dependencias y Entidades (Recursos Fiscales) | | | | | | 60,933.66 | Entidades de Control Directo | | | | | | | 30,131.90 | Empresas Productivas del Estado | | | | | | | 147,118.77 | Poder Judicial | | | | | | | | 2,499.33 | Instituto Nacional Electoral | | | | | | | 1,264.46 | Comisión Nacional de los Derechos Humanos | | | | | | 90.67 | Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales | 94.89 | ANEXO 5.A. PROYECTOS DE ASOCIACIÓN PÚBLICO-PRIVADA (millones de pesos) | Para efectos de lo dispuesto en la fracción VI del artículo 3o. del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, el monto máximo anual de gasto programable para los proyectos de asociación público-privada, asciende a la cantidad de $34'576,600,000. | PROYECTOS DE ASOCIACIÓN PÚBLICO-PRIVADA | ENTIDAD FEDERATIVA | MONTO TOTAL DE INVERSIÓN1/ | MONTO 2018 2/ | PROYECTOS NUEVOS | | 15,590.8 | 5,216.3 | SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES | | 10,718.2 | 1,840.3 | Programa APP de Conservación Plurianual de la Red Federal de Carreteras (APP Arriaga-Tapachula) | Chiapas | 4,704.9 | 851.6 | Programa APP de Conservación Plurianual de la Red Federal de Carreteras (APP Campeche-Mérida) | Campeche y Yucatán | 1,914.7 | 265.4 | Programa APP de Conservación Plurianual de la Red Federal de Carreteras (APP San Luis Potosí-Matehuala) | San Luis Potosí | 2,387.1 | 428.7 | Programa APP de Conservación Plurianual de la Red Federal de Carreteras (APP Tampico-Ciudad Victoria) | Tamaulipas | 1,711.5 | 294.5 | SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN | | 3,521.8 | 2,699.7 | Construcción, Rehabilitación, Adecuación, Equipamiento y Amueblado del Complejo Penitenciario Federal Papantla | Veracruz | 3,521.8 | 2,699.7 | SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES | | 1,350.7 | 676.3 | Proyecto de Modernización del Servicio Meteorológico Nacional | República Mexicana | 1,350.7 | 676.3 | PROYECTOS AUTORIZADOS EN EJERCICIOS ANTERIORES | | 25,957.3 | 11,619.8 | SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES | | 12,147.2 | 6,306.6 | Libramiento de la Carretera La Galarza-Amatitlanes | Puebla | 954.3 | 668.0 | Programa Asociación Público Privada de Conservación Plurianual de la Red Federal de Carreteras (APP Querétaro - San Luís Potosí) | Querétaro, Guanajuato y San Luis Potosí | 1,892.9 | 733.7 | Programa Asociación Público Privada de Conservación Plurianual de la Red Federal de Carreteras (APP Coatzacoalcos - Villahermosa) | Tabasco y Veracruz | 2,151.7 | 1,298.0 | Programa APP de Conservación Plurianual de la Red Federal de Carreteras (Matehuala - Saltillo) para el periodo 2017-2027 | Nuevo León | 1,589.8 | 678.5 | Programa APP de Conservación Plurianual de la Red Federal de Carreteras (Pirámides-Tulancingo-Pachuca) para el periodo 2017-2027 | Estado de México e Hidalgo | 2,019.5 | 998.7 | Programa APP de Conservación Plurianual de la Red Federal de Carreteras (Saltillo-Monterrey-Nuevo Laredo) para el periodo 2017-2027 | Coahuila y Nuevo León | 2,172.4 | 952.8 | Programa APP de Conservación Plurianual de la Red Federal de Carreteras (Texcoco-Zacatepec) para el periodo 2017-2027 | Estado de México, Tlaxcala y Puebla | 1,366.6 | 976.9 | INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL | | 7,188.3 | 2,997.4 | Construcción del Hospital General de Zona de 144 camas, en Bahía de Banderas, Nayarit | Nayarit | 1,584.6 | 705.3 | Construcción del Hospital General de Zona (HGZ) de 180 camas en la localidad de Tapachula, en el estado de Chiapas | Chiapas | 1,741.0 | 722.2 | Construcción del Hospital Regional (HGR) de 260 Camas en el Municipio de García, Nuevo León | Nuevo León | 1,962.9 | 799.5 | Construcción del Hospital General Regional de 260 camas en Tepotzotlán, Estado de México | Estado de México | 1,899.8 | 770.4 | INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO | | 6,621.8 | 2,315.7 | Construcción y operación del nuevo Hospital General Dr. Gonzalo Castañeda, Ciudad de México | Ciudad de México | 1,631.4 | 0.0 | Construcción de una nueva Clínica Hospital en Mérida, Yucatán | Yucatán | 916.9 | 183.4 | Sustitución del Hospital General Dr. Daniel Gurría Urgell en Villahermosa, Tabasco | Tabasco | 1,024.2 | 848.1 | Sustitución del actual Hospital General "Aquiles Calles Ramírez" en Tepic, Nayarit | Nayarit | 1,452.2 | 1,029.1 | Nuevo Hospital General en la Delegación Regional Sur de la Ciudad de México | Ciudad de México | 1,597.1 | 255.2 | TOTAL | | 41,548.1 | 16,836.1 | *Cifras con IVA | | | | | | | | | 1/ Monto total estimado en gasto de inversión del sector privado en infraestructura | | | | | 2/ Inversión estimada prevista por el sector privado para el 2018 | | | | | | ANEXO 6. PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA DE LARGO PLAZO (pesos) | | | | | | | | | 6.A. Monto autorizado para proyectos aprobados en ejercicios fiscales anteriores de inversión directa e inversión condicionada | | | | | Inversión Directa | Inversión Condicionada | Suma | Comisión Federal de Electricidad | | | 652,526,225,733 | 300,780,568,452 | 953,306,794,185 | | | | | 6.B. Monto comprometido de proyectos de inversión directa autorizados en ejercicios fiscales anteriores | | | | | Monto Autorizado | Monto Contratado | Monto Comprometido | Comisión Federal de Electricidad | | | 536,359,005,661 | 421,276,861,233 | 251,567,871,572 | | | | | 6.C. Monto máximo de compromiso de proyectos de inversión condicionada autorizados en ejercicios fiscales anteriores | | | | | Monto Autorizado | Monto Contratado | Máximo Comprometido | Comisión Federal de Electricidad | | | 245,848,977,938 | 171,965,928,260 | 132,465,719,583 | | | | | 6.D. Previsiones para pago de amortizaciones y costo financiero de proyectos de inversión directa | | | | | | | | | Inversión Física (Amortizaciones) | Costo Financiero | Suma | Comisión Federal de Electricidad | | | 23,431,400,000 | 9,170,304,784 | 32,601,704,784 | ANEXO 7. PREVISIONES SALARIALES Y ECONÓMICAS (pesos) */ | | | | | | | | | | | | | | | Incremento a las percepciones | Creación de plazas | Otras medidas de carácter económico, laboral y contingente | Total | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | I | II | III | | Ramos Administrativos | 02 | Oficina de la Presidencia de la República | 15,134,571 | | 3,525,760 | 18,660,331 | 04 | Gobernación | 693,089,602 | 56,000,000 | 224,725,600 | 973,815,202 | 05 | Relaciones Exteriores | 28,337,132 | | 9,751,720 | 38,088,852 | 06 | Hacienda y Crédito Público | 332,475,776 | | 112,063,760 | 444,539,536 | 07 | Defensa Nacional | 931,208,106 | | 329,881,831 | 1,261,089,937 | 08 | Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | 155,783,240 | | 71,977,017 | 227,760,257 | 09 | Comunicaciones y Transportes | 136,271,522 | | 77,903,120 | 214,174,642 | 10 | Economía | 54,108,072 | | 22,348,040 | 76,456,112 | 11 | Educación Pública | 1,870,062,947 | | 2,048,779,320 | 3,918,842,267 | 12 | Salud | 555,363,509 | | 175,495,040 | 730,858,549 | 13 | Marina | 257,614,024 | | 240,986,440 | 498,600,464 | 14 | Trabajo y Previsión Social | 39,949,298 | | 19,503,200 | 59,452,498 | 15 | Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano | 36,695,628 | | 19,218,160 | 55,913,788 | 16 | Medio Ambiente y Recursos Naturales 1/ | 143,017,788 | 60,000,000 | 92,342,720 | 295,360,508 | 17 | Procuraduría General de la República | 264,073,339 | | 51,109,400 | 315,182,739 | 18 | Energía | 27,657,554 | | 3,549,200 | 31,206,754 | 20 | Desarrollo Social | 45,627,680 | | 21,947,080 | 67,574,760 | 21 | Turismo | 19,280,507 | | 7,397,600 | 26,678,107 | 27 | Función Pública | 22,703,174 | | 3,211,120 | 25,914,294 | 31 | Tribunales Agrarios | 13,662,974 | | 5,727,080 | 19,390,054 | 37 | Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal | 2,784,429 | | 266,040 | 3,050,469 | 38 | Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología | 104,159,786 | 200,000,000 | 40,616,040 | 344,775,826 | 45 | Comisión Reguladora de Energía | 5,209,405 | | 462,000 | 5,671,405 | 46 | Comisión Nacional de Hidrocarburos | 5,074,253 | | 308,160 | 5,382,413 | 47 | Entidades no Sectorizadas | 29,603,717 | 84,562,984 | 8,072,840 | 122,239,541 | 48 | Cultura | 99,874,133 | | 18,913,520 | 118,787,653 | Ramos Generales | | | | | | | | 23 | Provisiones Salariales y Económicas | 6,069,723,473 | 500,000,000 | 2,944,153,448 | 9,513,876,921 | */Para efectos de control presupuestario y eficiencia del gasto, la administración de estos recursos se considera en el Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas. | 1/ La creación de plazas corresponde a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos. | ANEXO 8. COSTO FINANCIERO DE LA DEUDA Y OTRAS EROGACIONES (pesos) | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | MONTO | Costo financiero de la deuda del Gobierno Federal incluido en el Ramo General 24 Deuda Pública | 473,126,225,003 | Costo financiero de la deuda de las empresas incluidas en el Anexo 1.E de este Decreto | 136,185,101,468 | Erogaciones incluidas en el Ramo General 29 Erogaciones para las Operaciones y Programas de Saneamiento Financiero | 0 | Erogaciones incluidas en el Ramo General 34 Erogaciones para los Programas de Apoyo a Ahorradores y Deudores de la Banca | 38,168,500,900 | Obligaciones incurridas a través de los programas de apoyo a deudores | 900 | Obligaciones surgidas de los programas de apoyo a ahorradores | 38,168,500,000 | Total | 647,479,827,371 | ANEXO 9. MONTOS MÁXIMOS DE ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DIRECTA Y DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ESTABLECIDOS EN MILES DE PESOS, SIN CONSIDERAR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO: | Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios | Presupuesto autorizado de adquisiciones, arrendamientos y servicios | Monto máximo total de cada operación que podrá adjudicarse directamente | Monto máximo total de cada operación que podrá adjudicarse mediante invitación a cuando menos tres personas | Mayor de | Hasta | Dependencias y Entidades | Dependencias y Entidades | | 15,000 | 190 | 653 | 15,000 | 30,000 | 217 | 941 | 30,000 | 50,000 | 245 | 1,225 | 50,000 | 100,000 | 273 | 1,511 | 100,000 | 150,000 | 299 | 1,802 | 150,000 | 250,000 | 340 | 2,176 | 250,000 | 350,000 | 368 | 2,450 | 350,000 | 450,000 | 396 | 2,600 | 450,000 | 600,000 | 422 | 2,883 | 600,000 | 750,000 | 435 | 3,035 | 750,000 | 1,000,000 | 477 | 3,319 | 1,000,000 | | 503 | 3,469 | | | | | | | | | | Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas | Presupuesto autorizado para realizar obras públicas y servicios relacionados con las mismas | Monto máximo total de cada obra pública que podrá adjudicarse directamente | Monto máximo total de cada servicio relacionado con obra pública que podrá adjudicarse directamente | Monto máximo total de cada obra pública que podrá adjudicarse mediante invitación a cuando menos tres personas | Monto máximo total de cada servicio relacionado con obra pública que podrá adjudicarse mediante invitación a cuando menos tres personas | Mayor de | Hasta | Dependencias y Entidades | Dependencias y Entidades | Dependencias y Entidades | Dependencias y Entidades | | 15,000 | 303 | 150 | 2,704 | 2,100 | 15,000 | 30,000 | 375 | 190 | 3,000 | 2,250 | 30,000 | 50,000 | 451 | 226 | 3,453 | 2,704 | 50,000 | 100,000 | 523 | 260 | 4,203 | 3,148 | 100,000 | 150,000 | 601 | 303 | 4,952 | 3,751 | 150,000 | 250,000 | 678 | 339 | 5,704 | 4,499 | 250,000 | 350,000 | 826 | 411 | 6,608 | 4,952 | 350,000 | 450,000 | 898 | 451 | 7,203 | 5,388 | 450,000 | 600,000 | 1,054 | 523 | 8,563 | 6,451 | 600,000 | 750,000 | 1,202 | 601 | 9,750 | 7,357 | 750,000 | 1,000,000 | 1,345 | 678 | 10,953 | 8,251 | 1,000,000 | | 1,428 | 751 | 12,295 | 9,298 | Nota.- Los anteriores montos se establecen sin perjuicio de los umbrales derivados de los tratados de libre comercio suscritos por México, para la determinación del carácter de los procedimientos de contratación. | ANEXO 10. EROGACIONES PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS (pesos) | | | | | | | | | | RAMO | DENOMINACIÓN | MONTO | Total | | | | | | | | 80,844,557,230 | 04 Gobernación | | | | | | | | 27,413,917 | | Conducción de la política interior | | | | | | 27,413,917 | 08 Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | | | | | 5,240,052,493 | | Programa de Fomento a la Agricultura | | | | | | 2,425,879,220 | | Programa de Apoyos a Pequeños Productores | | | | | 2,814,173,272 | 09 Comunicaciones y Transportes | | | | | | | 3,838,070,360 | | Conservación de infraestructura de caminos rurales y carreteras alimentadoras | | | | 2,788,631,717 | | Estudios y proyectos de construcción de caminos rurales y carreteras alimentadoras | | | 48,894,499 | | Programa de Empleo Temporal (PET) | | | | | | 351,789,564 | | Proyectos de construcción de carreteras alimentadoras y caminos rurales | | 648,754,580 | 11 Educación Pública | | | | | | | 10,128,113,236 | | Educación para Adultos (INEA) | | | | | | 84,337,674 | | Educación Inicial y Básica Comunitaria | | | | | | 518,394,915 | | Normar los servicios educativos | | | | | | 105,382,819 | | PROSPERA Programa de Inclusión Social | | | | | 8,444,284,085 | | Programa Nacional de Becas | | | | | | 611,438,100 | | Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa | | | | | 238,362,312 | | Fortalecimiento de la Calidad Educativa | | | | | 125,913,331 | 12 Salud | | | | | | | | 5,414,617,328 | | Rectoría en Salud | | | | | | | 9,800,000 | | Prevención y control de enfermedades | | | | | | 29,184,643 | | Salud materna, sexual y reproductiva | | | | | | 18,752,597 | | PROSPERA Programa de Inclusión Social | | | | | 1,010,588,550 | | Fortalecimiento a la atención médica | | | | | | 285,697,954 | | Seguro Popular | | | | | | | 4,060,593,584 | 15 Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano | | | | | | 1,622,813,686 | | Programa de Infraestructura | | | | | | 313,471,902 | | Programa de Apoyo a la Vivienda | | | | | | 1,309,341,784 | 16 Medio Ambiente y Recursos Naturales | | | | | | 1,407,918,825 | | Rehabilitación y Modernización de Presas y Estructuras de Cabeza | | | | 29,053,350 | | Infraestructura para la Protección de Centros de Población y Áreas Productivas | | | | 203,633,114 | | Infraestructura para la modernización y rehabilitación de riego y temporal tecnificado | | | 101,912,471 | | Planeación, Dirección y Evaluación Ambiental | | | | | 554,583 | | Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible | | | | | 51,690,139 | | Programa de Empleo Temporal (PET) | | | | | | 46,439,337 | | Agua Potable, Drenaje y Tratamiento | | | | | | 124,194,985 | | Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola | | | | | 241,677,668 | | Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable | | | | | 608,763,178 | 19 Aportaciones a Seguridad Social | | | | | | 3,956,976,358 | | Programa IMSS-PROSPERA | | | | | | 3,956,976,358 | 20 Desarrollo Social | | | | | | | 31,044,320,327 | | Programa de Fomento a la Economía Social | | | | | 243,894,497 | | Programa de Abasto Social de Leche a cargo de Liconsa, S.A. de C.V. | | | | 33,645,693 | | Programa de Abasto Rural a cargo de Diconsa, S.A. de C.V. (DICONSA) | | | | 1,096,528,648 | | Programas del Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías (FONART) | | | | 182,117,730 | | Programa 3 x 1 para Migrantes | | | | | | 39,363,644 | | Programa de Coinversión Social | | | | | | 175,501,275 | | Programa de Empleo Temporal (PET) | | | | | | 125,668,954 | | PROSPERA Programa de Inclusión Social | | | | | 14,251,248,702 | | Programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras | | | | 276,561,175 | | Pensión para Adultos Mayores | | | | | | 13,177,199,137 | | Comedores Comunitarios | | | | | | 1,442,590,872 | 21 Turismo | | | | | | | | 56,038,510 | | Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos | | | | 56,038,510 | 23 Provisiones Salariales y Económicas | | | | | | 583,996,315 | | Fondo Regional | | | | | | | 583,996,315 | 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios | | | | | 11,305,326,342 | | FAIS Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal | | | | 9,034,802,294 | | FAM Asistencia Social | | | | | | 2,270,524,048 | 35 Comisión Nacional de los Derechos Humanos | | | | | | 25,058,712 | | Promover, difundir y proteger los Derechos Humanos de los integrantes de pueblos y comunidades indígenas y atender asuntos de indígenas en reclusión. | 25,058,712 | 38 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología | | | | | | 30,000,000 | | Apoyos para actividades científicas, tecnológicas y de innovación | | | | 30,000,000 | 47 Entidades no Sectorizadas | | | | | | | 6,088,935,816 | | Actividades de apoyo Administrativo | | | | | | 202,727,458 | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | | | | | 12,011,541 | | Planeación y Articulación de la Acción Pública hacia los Pueblos Indígenas | | | | 1,066,589,096 | | Programa de Apoyo a la Educación Indígena | | | | | 1,322,019,760 | | Programa de Infraestructura Indígena | | | | | | 2,372,551,494 | | Programa para el Mejoramiento de la Producción y la Productividad Indígena | | | | 809,188,589 | | Programa de Derechos Indígenas | | | | | | 303,847,878 | 48 Cultura | | | | | | | | 74,905,006 | | Educación y cultura indígena | | | | | | 74,905,006 | ANEXO 11. PROGRAMA ESPECIAL CONCURRENTE PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE (millones de pesos) | | | | | | | | | | Vertiente | Programa PEC / Ramo / Componente / Subcomponente / Rama Productiva | | | MONTO | | Total | | | | | | | 334,314.0 | Financiera | | | | | | | | 2,930.5 | | Programa de financiamiento y aseguramiento al medio rural | | | | 2,930.5 | | | Hacienda y Crédito Público | | | | 2,930.5 | | | | AGROASEMEX | | | | 1,543.9 | | | | Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros SNC (BANSEFI) | | 36.2 | | | | Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA) | | | 300.0 | | | | Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero (FND) | | 900.0 | | | | Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural (FOCIR) | | | 150.4 | Competitividad | | | | | | | | 53,068.0 | | Programa de Apoyos a la Comercialización | | | | 9,748.7 | | | Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | | | 9,748.7 | | | | Programa de Apoyos a la Comercialización | | | 9,748.7 | | | | | Incentivos a la Comercialización | | | 9,463.0 | | | | | Promoción Comercial y Fomento a las Exportaciones | 285.7 | | Programa de Fomento a la Inversión y Productividad | | | | 43,319.3 | | | Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | | | 41,881.5 | | | | Programa de Apoyos a Pequeños Productores | | | 11,434.4 | | | | | Arráigate Joven- Impulso Emprendedor | | | 569.8 | | | | | Atención a Siniestros Agropecuarios | | | 3,866.6 | | | | | Desarrollo de las Zona Áridas (PRODEZA) | | | 808.7 | | | | | El Campo en Nuestras Manos | | | 1,329.9 | | | | | Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva | 1,216.8 | | | | | Fortalecimiento a Organizaciones Rurales | | | 392.0 | | | | | PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café | | | 783.4 | | | | | Programa de Incentivos para Productores de Maíz y Frijol (PIMAF) | 1,651.8 | | | | | Proyectos Productivos (FAPPA) | | | 815.4 | | | | Programa de Fomento a la Agricultura | | | | 16,257.6 | | | | | Capitalización Productiva Agrícola | | | 1,696.4 | | | | | Estrategias Integrales de Política Pública Agrícola | | 581.6 | | | | | Investigación, Innovación y Desarrollo Tecnológico Agrícola | | 2,591.0 | | | | | Mejoramiento Productivo de Suelo y Agua | | | 1,925.7 | | | | | PROAGRO Productivo | | | 9,462.9 | | | | Programa de Fomento a la Productividad Pesquera y Acuícola | | | 1,932.5 | | | | | Impulso a la Capitalización | | | 1,838.2 | | | | | Paquetes Productivos Pesqueros y Acuícolas | | 94.3 | | | | Programa de Concurrencia con las Entidades Federativas | | | 2,000.0 | | | | Programa de Fomento Ganadero | | | | 808.5 | | | | | Capitalización Productiva Pecuaria | | | 386.3 | | | | | Estrategias Integrales para la Cadena Productiva | | 263.9 | | | | | Investigación, Innovación y Desarrollo Tecnológico Pecuarios | | 158.3 | | | | Programa de Productividad y Competitividad Agroalimentaria | | | 4,312.6 | | | | | Acceso al Financiamiento | | | 1,485.4 | | | | | Activos Productivos y Agrologística | | | 1,078.5 | | | | | Certificación y Normalización Agroalimentaria | | 38.0 | | | | | Desarrollo Productivo del Sur Sureste y Zonas Económicas Especiales | 1,177.1 | | | | | Fortalecimiento a la Cadena Productiva | | | 233.6 | | | | | Riesgo Compartido | | | | 300.0 | | | | Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria | | | 4,891.6 | | | | | Campañas Fitozoosanitarias | | | 795.9 | | | | | Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera | | 419.2 | | | | | Inspección y Vigilancia Epidemiológica, de plagas y Enfermedades Reglamentadas no Cuarentenarias | 795.9 | | | | | | | | | Programa de Acciones Complementarias para Mejorar las Sanidades | 2,084.7 | | | | | Vigilancia Epidemiológica, de plagas y Enfermedades Cuarentenarias | 795.9 | | | | Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable | | 194.1 | | | | | Sistema Integral para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar (SIDESCA) | 13.3 | | | | | Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable (SNIDRUS) | 180.8 | | | | Sistema Nacional de Investigación Agrícola | | | 50.2 | | | | | Fondo SAGARPA-CONACYT | | | 38.3 | | | | | Sistema Nacional de Investigación Agrícola | | | 11.9 | | | Economía | | | | 80.0 | | | | Fondo Nacional Emprendedor (FNE) | | | | 80.0 | | | Desarrollo Social | | | | 1,301.8 | | | | Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías (FONART) | | | 137.8 | | | | Programa de Fomento a la Economía Social | | | 1,164.0 | | | Turismo | | | | 56.0 | | | | Ecoturismo y Turismo Rural | | | | 56.0 | Medio Ambiente | | | | | | | | 9,940.0 | | Programa de Sustentabilidad de los Recursos Naturales | | | | 9,940.0 | | | Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | | | 4,372.6 | | | | Programa de Apoyos a Pequeños Productores | | | 1,492.4 | | | | | Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable del Suelo y Agua (Ejecución Nacional) | 1,492.4 | | | | | | | | Programa de Fomento a la Agricultura | | | | 322.5 | | | | | Energías Renovables | | | | 322.5 | | | | Programa de Fomento a la Productividad Pesquera y Acuícola | | | 243.0 | | | | | Desarrollo de la Acuacultura | | | 209.5 | | | | | Ordenamiento y Vigilancia Pesquera y Acuícola | | 33.5 | | | | Programa de Fomento Ganadero | | | | 2,314.7 | | | | | PROGAN Productivo | | | | 2,103.6 | | | | | Sustentabilidad Pecuaria | | | 211.1 | | | Medio Ambiente y Recursos Naturales | | | | 5,567.4 | | | | Forestal | | | | | 3,650.1 | | | | Protección al medio ambiente en el medio rural | | | 1,917.3 | | | | | Desarrollo Regional Sustentable | | | 246.1 | | | | | PET (Incendios Forestales) | | | 331.7 | | | | | PROFEPA | | | | 267.9 | | | | | Vida Silvestre | | | | 1,071.6 | Educativa | | | | | | | | 38,291.6 | | Programa de Educación e Investigación | | | | 38,291.6 | | | Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | | | 5,989.2 | | | | Colegio de Postgraduados | | | | 1,355.8 | | | | Colegio Superior Agropecuario del Estado de Guerrero (CSAEGRO) | | 110.1 | | | | Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP) | | 1,288.2 | | | | Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (INAPESCA) | | | 517.9 | | | | Universidad Autónoma Chapingo | | | | 2,717.2 | | | Educación Pública | | | | | 32,302.4 | | | | Desarrollo de Capacidades Educación | | | | 5,847.8 | | | | Educación Agropecuaria | | | | 7,474.3 | | | | PROSPERA Educación | | | | 18,052.3 | | | | Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro | | | 928.0 | Laboral | | | | | | | | 574.2 | | Programa de mejoramiento de condiciones laborales en el medio rural | | | | 574.2 | | | Trabajo y Previsión Social | | | | 35.0 | | | | Trabajadores Agrícolas Temporales | | | | 35.0 | | | Desarrollo Social | | | | 539.2 | | | | PET | | | | | 539.2 | Social | | | | | | | | 102,500.1 | | Programa de atención a la pobreza en el medio rural | | | | 68,091.6 | | | Relaciones Exteriores | | | | 75.0 | | | | Atención a migrantes | | | | 75.0 | | | Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano | | | | 13,140.7 | | | | Atención a la población agraria | | | | 13,140.7 | | | | | Infraestructura Rural | | | | 4,257.0 | | | | | Vivienda Rural | | | | 8,883.7 | | | Desarrollo Social | | | | 48,787.0 | | | | Atención a la población agraria | | | | 48,623.0 | | | | | Coinversión Social | | | | 155.8 | | | | | Jornaleros Agrícolas | | | | 246.9 | | | | | Pensión para Adultos Mayores | | | 36,875.7 | | | | | PROSPERA Desarrollo Social | | | 11,344.6 | | | | Atención a migrantes | | | | 164.0 | | | Entidades no Sectorizadas | | | | | 6,088.9 | | | | Atención a Indígenas (CDI) | | | | 6,088.9 | | Programa de Derecho a la Alimentación | | | | 32,652.0 | | | Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | | | 2,648.3 | | | | Programa de Apoyos a Pequeños Productores | | | 2,598.0 | | | | | Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales | | 2,598.0 | | | | Programa de Fomento a la Productividad Pesquera y Acuícola | | | 50.3 | | | | | Fomento al Consumo | | | | 50.3 | | | Desarrollo Social | | | | 30,003.7 | | | | Consumo de leche Liconsa | | | | 504.1 | | | | Programa Alimentario | | | | 796.6 | | | | Programa de Abasto Rural a cargo de DICONSA S.A. de C.V. | | | 2,155.4 | | | | PROSPERA Alimentación | | | | 26,547.6 | | Programa de apoyo a la adquisición de leche | | | | 1,691.0 | | | Desarrollo Social | | | | 1,691.0 | | | | Adquisición de leche a productores nacionales | | | 1,691.0 | | Programa de atención a las mujeres en situación de violencia | | | | 65.5 | | | Desarrollo Social | | | | 65.5 | | | | Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, PAIMEF | 65.5 | Infraestructura | | | | | | | | 63,873.6 | | Programa de infraestructura en el medio rural | | | | 63,873.6 | | | Comunicaciones y Transportes | | | | 7,614.3 | | | | Infraestructura | | | | 7,614.3 | | | | | Construcción de caminos rurales | | | 1,853.6 | | | | | Mantenimiento de Caminos Rurales | | | 5,760.7 | | | Medio Ambiente y Recursos Naturales | | | | 4,514.6 | | | | IMTA | | | | | 256.9 | | | | Infraestructura Hidroagrícola | | | | 2,259.2 | | | | Programa de perforación y equipamiento de pozos agrícolas en estados afectados con sequía | 77.1 | | | | Programas Hidráulicos | | | | 1,921.4 | | | Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios | | | 51,744.6 | | | | Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios | | 51,744.6 | Salud | | | | | | | | 51,720.8 | | Programa de atención a las condiciones de salud en el medio rural | | | | 51,720.8 | | | Salud | | | | 39,547.3 | | | | Salud en población rural | | | | 39,547.3 | | | | | Desarrollo de Capacidades Salud | | | 225.7 | | | | | Sistema de Protección Social en Salud (SPSS) | | 39,321.6 | | | | | | PROSPERA Salud | | | 5,394.3 | | | | | | Seguro Médico Siglo XXI | | 1,464.0 | | | | | | Seguro Popular | | | 32,463.3 | | | Aportaciones a Seguridad Social | | | | | 12,173.5 | | | | IMSS-PROSPERA | | | | 11,893.5 | | | | Seguridad Social Cañeros | | | | 280.0 | Agraria | | | | | | | | 820.0 | | Programa para la atención de aspectos agrarios | | | | 820.0 | | | Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano | | | | 820.0 | | | | Atención de aspectos agrarios | | | | 820.0 | | | | | Archivo General Agrario | | | 126.5 | | | | | Conflictos Agrarios y Obligaciones Jurídicas | | | 475.1 | | | | | Regularización y Registro de Actos Jurídicos Agrarios | | 218.4 | Administrativa | | | | | | | | 10,595.3 | | Gasto Administrativo | | | | 10,595.3 | | | Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | | | 7,485.2 | | | | ASERCA | | | | | 252.8 | | | | Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar | | 13.7 | | | | CONAPESCA | | | | 811.3 | | | | CONAZA | | | | | 67.8 | | | | Dependencia Sagarpa | | | | 3,904.3 | | | | FEESA | | | | | 8.9 | | | | FIRCO | | | | | 253.2 | | | | INCA RURAL | | | | | 28.0 | | | | SENASICA | | | | | 1,992.8 | | | | SIAP | | | | | 109.4 | | | | SNICS | | | | | 43.0 | | | Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano | | | | 2,129.1 | | | | Dependencia SEDATU | | | | 1,061.8 | | | | Procuraduría Agraria | | | | 918.9 | | | | Registro Agrario Nacional | | | | 148.4 | | | Tribunales Agrarios | | | | | 981.0 | | | | Tribunales Agrarios | | | | 981.0 | ANEXO 11.1 DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS POR ENTIDAD FEDERATIVA (millones de pesos) | | | | | | | | | | Entidad | Concurrencia con Entidades Federativas | Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva | Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional) | Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales | Información Estadística y Estudios (SNIDRUS) | Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria | Aguascalientes | 26.6 | 6.4 | 5.9 | 0.0 | 0.8 | 27.5 | Baja California | 34.2 | 8.3 | 7.6 | 0.0 | 1.1 | 37.2 | Baja California Sur | 19.1 | 4.6 | 4.2 | 0.0 | 0.2 | 34.3 | Campeche | 30.9 | 8.4 | 7.8 | 42.0 | 0.3 | 65.8 | Coahuila | 66.7 | 11.4 | 10.4 | 0.0 | 1.3 | 61.0 | Colima | 22.2 | 5.3 | 4.9 | 16.2 | 0.3 | 31.0 | Chiapas | 126.5 | 30.5 | 28.0 | 333.9 | 2.2 | 131.7 | Chihuahua | 66.3 | 16.0 | 14.7 | 95.3 | 2.6 | 90.0 | Ciudad de México | 15.6 | 3.8 | 3.5 | 0.0 | 0.1 | 4.5 | Durango | 52.9 | 12.7 | 11.7 | 98.3 | 1.3 | 68.7 | Guanajuato | 88.3 | 21.3 | 19.6 | 9.7 | 2.7 | 81.8 | Guerrero | 81.0 | 19.4 | 18.1 | 487.8 | 2.0 | 80.2 | Hidalgo | 71.0 | 17.0 | 15.9 | 187.9 | 1.6 | 62.4 | Jalisco | 98.7 | 24.1 | 21.6 | 17.1 | 3.9 | 131.4 | Estado de México | 87.4 | 20.9 | 19.5 | 102.4 | 1.5 | 56.2 | Michoacán | 90.4 | 21.8 | 20.0 | 94.4 | 2.3 | 144.1 | Morelos | 43.0 | 10.3 | 9.5 | 61.1 | 0.5 | 42.8 | Nayarit | 37.5 | 10.2 | 9.4 | 37.2 | 0.9 | 78.8 | Nuevo León | 36.5 | 9.5 | 8.8 | 0.0 | 0.9 | 61.1 | Oaxaca | 116.3 | 28.0 | 25.7 | 348.8 | 3.0 | 58.2 | Puebla | 90.9 | 21.9 | 20.1 | 186.9 | 1.5 | 81.9 | Querétaro | 40.6 | 9.8 | 9.0 | 16.2 | 0.9 | 32.4 | Quintana Roo | 21.0 | 5.8 | 5.3 | 16.2 | 0.3 | 33.2 | San Luis Potosí | 53.4 | 12.8 | 11.8 | 97.5 | 1.1 | 68.7 | Sinaloa | 85.8 | 20.6 | 19.1 | 0.0 | 2.1 | 279.5 | Sonora | 68.7 | 20.5 | 18.9 | 0.0 | 1.7 | 112.5 | Tabasco | 58.0 | 14.0 | 12.9 | 13.0 | 0.5 | 70.4 | Tamaulipas | 70.4 | 17.0 | 15.6 | 16.2 | 2.9 | 100.4 | Tlaxcala | 29.4 | 7.1 | 6.6 | 33.0 | 0.3 | 16.3 | Veracruz | 142.7 | 34.4 | 31.7 | 178.1 | 1.8 | 129.7 | Yucatán | 51.2 | 14.0 | 13.0 | 12.5 | 1.1 | 59.7 | Zacatecas | 77.0 | 18.6 | 17.1 | 96.1 | 1.4 | 54.1 | TOTAL | 2,000.0 | 486.7 | 447.7 | 2,598.0 | 45.2 | 2,387.7 | ANEXO 12. PROGRAMA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (pesos) | | | | | | | | | | | Ramo Unidad Responsable | | | | Recursos Fiscales | Recursos Propios | MONTO | Total | | | | | | 76,776,510,620 | 15,176,037,543 | 91,952,548,163 | | 04 | Gobernación | | | | 81,974,733 | | 81,974,733 | | H00 | Centro Nacional de Prevención de Desastres | | 81,974,733 | | 81,974,733 | | 05 | Relaciones Exteriores | | | 5,300,000 | | 5,300,000 | | K00 | Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo | 5,300,000 | | 5,300,000 | | 08 | Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | 8,627,525,436 | 280,723,130 | 8,908,248,566 | | 116 | Coordinación General de Ganadería | | | 158,319,086 | | 158,319,086 | | 311 | Dirección General de Productividad y Desarrollo Tecnológico | | 2,641,122,562 | | 2,641,122,562 | | A1I | Universidad Autónoma Chapingo | | | 2,717,199,463 | 3,600,000 | 2,720,799,463 | | IZC | Colegio de Postgraduados | | | 1,355,848,336 | 12,000,000 | 1,367,848,336 | | JAG | Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias | 1,288,232,884 | 260,123,130 | 1,548,356,014 | | RJL | Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura | | 466,803,105 | 5,000,000 | 471,803,105 | | 09 | Comunicaciones y Transportes | | | 208,388,845 | | 208,388,845 | | A00 | Instituto Mexicano del Transporte | | | 130,567,356 | | 130,567,356 | | JZN | Agencia Espacial Mexicana | | | 77,821,489 | | 77,821,489 | | 10 | Economía | | | | 660,797,940 | 767,938,698 | 1,428,736,638 | | 410 | Dirección General de Innovación, Servicios y Comercio Interior | | | | 214,612,284 | | 214,612,284 | | E00 | Instituto Nacional del Emprendedor | | | 50,000,000 | | 50,000,000 | | K2H | Centro Nacional de Metrología | | | 193,692,079 | 63,319,682 | 257,011,761 | | K8V | Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial | | | 155,599,773 | 155,599,773 | | LAT | Procuraduría Federal del Consumidor | | | | 1,681,283 | 1,681,283 | | LAU | Servicio Geológico Mexicano | | | 202,493,577 | 547,337,960 | 749,831,537 | | 11 | Educación Pública | | | 29,283,323,779 | 2,380,953,330 | 31,664,277,109 | | 511 | Dirección General de Educación Superior Universitaria | | 4,806,377,285 | | 4,806,377,285 | | 514 | Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas | 323,320,021 | | 323,320,021 | | 600 | Subsecretaría de Educación Media Superior | | 5,709,060 | | 5,709,060 | | 611 | Dirección General de Educación Tecnológica Industrial | | 671,202 | | 671,202 | | A00 | Universidad Pedagógica Nacional | | | 88,536,714 | | 88,536,714 | | A2M | Universidad Autónoma Metropolitana | | | 3,048,708,947 | 46,869,212 | 3,095,578,159 | | A3Q | Universidad Nacional Autónoma de México | | 12,334,527,146 | 1,334,363,732 | 13,668,890,878 | | B00 | Instituto Politécnico Nacional | | | 3,929,918,682 | | 3,929,918,682 | | K00 | Universidad Abierta y a Distancia de México | | 17,028,415 | | 17,028,415 | | L3P | Centro de Enseñanza Técnica Industrial | | 17,145,114 | | 17,145,114 | | L4J | Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional | 2,232,639,342 | 729,526,516 | 2,962,165,858 | | L6H | Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional | 88,627,789 | 142,539,140 | 231,166,929 | | L8K | El Colegio de México, A.C. | | | 561,817,236 | 121,410,846 | 683,228,082 | | M00 | Tecnológico Nacional de México | | | 1,554,485,540 | | 1,554,485,540 | | MGH | Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro | | 273,811,284 | 6,243,884 | 280,055,168 | | 12 | Salud | | | | 6,005,197,657 | 725,166,570 | 6,730,364,227 | | 160 | Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad | 1,685,060 | | 1,685,060 | | 610 | Dirección General de Calidad y Educación en Salud | | 2,999,488,737 | | 2,999,488,737 | | M7A | Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas | | 10,143,897 | | 10,143,897 | | M7F | Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz | | 124,731,865 | 15,876,377 | 140,608,242 | | M7K | Centros de Integración Juvenil, A.C. | | | 23,578,981 | 150,240 | 23,729,221 | | N00 | Servicios de Atención Psiquiátrica | | | 607,144 | | 607,144 | | NAW | Hospital Juárez de México | | | 203,110,974 | 275,000 | 203,385,974 | | NBB | Hospital General "Dr. Manuel Gea González" | | 78,866,404 | 2,120,000 | 80,986,404 | | NBD | Hospital General de México "Dr. Eduardo Liceaga" | | 145,006,245 | 36,862,914 | 181,869,159 | | NBG | Hospital Infantil de México Federico Gómez | | 169,229,003 | 12,231,705 | 181,460,708 | | NBQ | Hospital Regional de Alta Especialidad del Bajío | | 12,542,094 | 8,459,000 | 21,001,094 | | NBR | Hospital Regional de Alta Especialidad de Oaxaca | | 5,792,942 | | 5,792,942 | | NBS | Hospital Regional de Alta Especialidad de la Península de Yucatán | 119,647,007 | 300,000 | 119,947,007 | | NBT | Hospital Regional de Alta Especialidad de Ciudad Victoria "Bicentenario 2010" | 1,296,819 | 2,663,500 | 3,960,319 | | NBU | Hospital Regional de Alta Especialidad de Ixtapaluca | | 5,914,102 | 2,030,000 | 7,944,102 | | NBV | Instituto Nacional de Cancerología | | | 114,394,519 | 105,726,866 | 220,121,385 | | NCA | Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez | | 148,269,008 | 28,581,243 | 176,850,251 | | NCD | Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas | 202,688,109 | 52,056,932 | 254,745,041 | | NCE | Instituto Nacional de Geriatría | | | 44,399,476 | 10,247,168 | 54,646,644 | | NCG | Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán | 311,573,577 | 160,193,476 | 471,767,053 | | NCH | Instituto Nacional de Medicina Genómica | | 176,765,378 | 8,738,000 | 185,503,378 | | NCK | Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía Manuel Velasco Suárez | 104,920,654 | 29,378,408 | 134,299,062 | | NCZ | Instituto Nacional de Pediatría | | | 223,176,257 | 9,596,970 | 232,773,227 | | NDE | Instituto Nacional de Perinatología Isidro Espinosa de los Reyes | 188,704,506 | 21,204,620 | 209,909,126 | | NDF | Instituto Nacional de Rehabilitación Luis Guillermo Ibarra Ibarra | | 144,205,481 | 10,477,958 | 154,683,439 | | NDY | Instituto Nacional de Salud Pública | | | 392,100,867 | 176,680,296 | 568,781,163 | | NEF | Laboratorios de Biológicos y Reactivos de México, S.A. de C.V. | | 31,315,897 | 31,315,897 | | NHK | Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia | | 52,358,551 | | 52,358,551 | | 13 | Marina | | | | 15,000,000 | | 15,000,000 | | 212 | Dirección General de Investigación y Desarrollo | | 15,000,000 | | 15,000,000 | | 16 | Medio Ambiente y Recursos Naturales | | 478,344,006 | 207,681,000 | 686,025,006 | | RJE | Instituto Mexicano de Tecnología del Agua | | 256,923,043 | 207,681,000 | 464,604,043 | | RJJ | Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático | | 221,420,963 | | 221,420,963 | | 17 | Procuraduría General de la República | | 121,053,491 | 67,200,000 | 188,253,491 | | SKC | Instituto Nacional de Ciencias Penales | | | 121,053,491 | 67,200,000 | 188,253,491 | | 18 | Energía | | | | 857,177,148 | 6,122,070,096 | 6,979,247,244 | | T0K | Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias | | 313,421,989 | 841,811,564 | 1,155,233,553 | | T0O | Instituto Mexicano del Petróleo | | | | 4,974,365,121 | 4,974,365,121 | | T0Q | Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares | | 543,755,159 | 305,893,411 | 849,648,570 | | 21 | Turismo | | | | 20,397,588 | | 20,397,588 | | A00 | Instituto de Competitividad Turística | | | 20,397,588 | | 20,397,588 | | 23 | Provisiones Salariales y Económicas | | 2,969,169,400 | | 2,969,169,400 | | 411 | Unidad de Política y Control Presupuestario | | 2,969,169,400 | | 2,969,169,400 | | 38 | Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología | | 27,225,876,510 | 3,865,396,457 | 31,091,272,967 | | 90A | Centro de Investigación en Geografía y Geomática "Ing. Jorge L. Tamayo", A.C. | 56,851,542 | 8,500,000 | 65,351,542 | | 90C | Centro de Investigación en Matemáticas, A.C. | | 170,063,398 | 27,714,827 | 197,778,225 | | 90E | Centro de Investigación en Materiales Avanzados, S.C. | | 172,786,031 | 64,370,000 | 237,156,031 | | 90G | CIATEC, A.C. "Centro de Innovación Aplicada en Tecnologías Competitivas" | 178,730,003 | 125,000,000 | 303,730,003 | | 90I | Centro de Investigación y Asistencia en Tecnología y Diseño del Estado de Jalisco, A.C. | 179,731,457 | 52,260,672 | 231,992,129 | | 90K | Centro de Investigación y Desarrollo Tecnológico en Electroquímica, S.C. | 114,297,035 | 41,751,330 | 156,048,365 | | 90M | Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C. | | 364,312,177 | 40,654,910 | 404,967,087 | | 90O | Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, S.C. | | 420,842,687 | 62,355,656 | 483,198,343 | | 90Q | Centro de Investigación Científica de Yucatán, A.C. | | 271,674,366 | 18,348,666 | 290,023,032 | | 90S | Centro de Investigaciones en Óptica, A.C. | | 203,665,405 | 23,379,613 | 227,045,018 | | 90U | Centro de Investigación en Química Aplicada | | 175,421,192 | 62,000,000 | 237,421,192 | | 90W | Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social | 284,249,669 | 5,600,649 | 289,850,318 | | 90X | Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología | | 21,437,872,511 | 2,500,000 | 21,440,372,511 | | 90Y | CIATEQ, A.C. Centro de Tecnología Avanzada | | 251,984,057 | 330,412,000 | 582,396,057 | | 91A | Corporación Mexicana de Investigación en Materiales, S.A. de C.V. | | 1,090,672,085 | 1,090,672,085 | | 91C | El Colegio de la Frontera Norte, A.C. | | | 278,662,430 | 47,215,259 | 325,877,689 | | 91E | El Colegio de la Frontera Sur | | | 327,504,718 | 40,000,000 | 367,504,718 | | 91I | El Colegio de Michoacán, A.C. | | | 138,163,860 | 4,646,635 | 142,810,495 | | 91K | El Colegio de San Luis, A.C. | | | 107,051,274 | 8,999,500 | 116,050,774 | | 91M | INFOTEC Centro de Investigación e Innovación en Tecnologías de la Información y Comunicación | | 850,000,000 | 850,000,000 | | 91O | Fondo para el Desarrollo de Recursos Humanos | | 75,305,619 | 152,155,166 | 227,460,785 | | 91Q | Instituto de Ecología, A.C. | | | 259,248,791 | 64,609,110 | 323,857,901 | | 91S | Instituto de Investigaciones "Dr. José María Luis Mora" | | 177,315,016 | 3,500,000 | 180,815,016 | | 91U | Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica | | 324,312,529 | 50,327,545 | 374,640,074 | | 91W | Instituto Potosino de Investigación Científica y Tecnológica, A.C. | 116,713,245 | 103,257,994 | 219,971,239 | | 9ZU | Centro de Ingeniería y Desarrollo Industrial | | 304,450,116 | 460,866,000 | 765,316,116 | | 9ZW | Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, Baja California | 496,199,995 | 62,129,450 | 558,329,445 | | 9ZY | Centro de Investigación en Alimentación y Desarrollo, A.C. | | 338,467,387 | 62,169,390 | 400,636,777 | | 48 | Cultura | | | | 156,052,655 | | 156,052,655 | | D00 | Instituto Nacional de Antropología e Historia | | 156,052,655 | | 156,052,655 | | | Instituto Mexicano del Seguro Social | | | 718,539,898 | 718,539,898 | | GYR | Instituto Mexicano del Seguro Social | | | | 718,539,898 | 718,539,898 | | | Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado | 60,931,432 | 40,368,364 | 101,299,796 | | GYN | Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado | 60,931,432 | 40,368,364 | 101,299,796 | ANEXO 13. EROGACIONES PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES (pesos) | | | | | | | | | | | | | | RAMO | DENOMINACIÓN | MONTO | TOTAL | | | | | | | | 47,918,431,176 | 01 Poder Legislativo | | | | | | | 34,000,000 | | | | Actividades derivadas del trabajo legislativo | | | 34,000,000 | | | | H. Cámara de Senadores | | | | 6,000,000 | | | | H. Camara de Diputados | | | | 28,000,000 | 04 Gobernación | | | | | | | | 291,509,304 | | | | Promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres | | 256,257,347 | | | | Planeación demográfica del país | | | | 7,452,000 | | Implementar las políticas, programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la Nación y sus habitantes | 3,307,089 | | | | Programa de Derechos Humanos | | | | 12,972,868 | | | | Fomento de la cultura de la participación ciudadana en la prevención del delito | | 1,520,000 | | | | Promover la Protección de los Derechos Humanos y Prevenir la Discriminación | | 10,000,000 | 05 Relaciones Exteriores | | | | | | | 17,000,000 | | | | Atención, protección, servicios y asistencia consulares | | | 12,000,000 | | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | | 4,000,000 | | | | Promoción y defensa de los intereses de México en el ámbito multilateral | | 1,000,000 | 06 Hacienda y Crédito Público | | | | | | | 4,000,000 | | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | 4,000,000 | 07 Defensa Nacional | | | | | | | 108,000,000 | | | | Programa de igualdad entre mujeres y hombres SDN | | | 108,000,000 | 08 Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | | | | | 7,843,328,212 | | | | Diseño y Aplicación de la Política Agropecuaria | | | 4,680,914 | | | | Programa de Apoyos a Pequeños Productores | | | 3,750,032,973 | | | | Programa de Productividad y Competitividad Agroalimentaria | | | 393,848,151 | | | | Programa de Fomento a la Agricultura | | | | 3,140,000,000 | | | | Programa de Fomento Ganadero | | | | 554,766,174 | 09 Comunicaciones y Transportes | | | | | 5,906,212 | | | | Definición, conducción y supervisión de la política de comunicaciones y transportes | | 5,906,212 | 10 Economía | | | | | | | | 342,797,997 | | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | 2,000,000 | | | | Fondo Nacional Emprendedor | | | | 340,797,997 | 11 Educación Pública | | | | | | | 4,507,297,258 | | | | Servicios de Educación Superior y Posgrado | | | 139,244,491 | | | | Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico | | | 20,886,248 | | | | Políticas de igualdad de género en el sector educativo | | | 10,457,004 | | | | Programa Nacional de Becas | | | | 3,736,141,619 | | | | Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa | | | 288,630,440 | | | | Programa para el Desarrollo Profesional Docente | | | 8,108,796 | | | | Fortalecimiento de la Calidad Educativa | | | | 30,823,337 | | | | Programa Nacional de Convivencia Escolar | | | 273,005,323 | 12 Salud | | | | | | | | 5,510,166,142 | | | | Formación y capacitación de recursos humanos para la salud | | | 23,451,008 | | | | Investigación y desarrollo tecnológico en salud | | | 125,362,484 | | | | Atención a la Salud | | | | 1,479,220,964 | | | | Prevención y atención contra las adicciones | | | 56,945,761 | | | | Programa de vacunación | | | | 413,534,730 | | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | 2,032,426 | | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | | | 345,951 | | | | Rectoría en Salud | | | | | 1,663,354 | | | | Prevención y atención de VIH/SIDA y otras ITS | | | 396,455,632 | | | | Prevención y Control de Enfermedades | | | | 4,859,261 | | | | Salud materna, sexual y reproductiva | | | | 2,321,337,292 | | | | Programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras | | 237,423,927 | | | | Apoyos para la protección de las personas en estado de necesidad | | 52,112,370 | | | | Prevención y Control de Sobrepeso, Obesidad y Diabetes | | | 395,420,982 | 13 Marina | | | | | | | | 7,000,000 | | | | Sistema Educativo naval y programa de becas | | | 7,000,000 | 14 Trabajo y Previsión Social | | | | | | | 375,466,997 | | | | Procuración de justicia laboral | | | | 26,500,000 | | | | Ejecución de los programas y acciones de la Política Laboral | | | 22,666,997 | | | | Programa de Apoyo al Empleo (PAE) | | | | 326,300,000 | 15 Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano | | | | | 2,571,100,229 | | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | 2,987,638 | | | | Programa de acceso al financiamiento para soluciones habitacionales | | 1,079,244,528 | | | | Programa de Infraestructura | | | | 475,394,841 | | | | Programa de Apoyo a la Vivienda | | | | 1,013,473,222 | 16 Medio Ambiente y Recursos Naturales | | | | | 298,733,999 | | | | Planeación, Dirección y Evaluación Ambiental | | | 628,607 | | | | Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible | | | 83,688,797 | | | | Programa de Empleo Temporal (PET) | | | | 139,000,000 | | | | Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable | | | 75,416,595 | 17 Procuraduría General de la República | | | | | 136,476,143 | | | | Investigar y perseguir los delitos del orden federal | | | 70,472,625 | | | | Investigar y perseguir los delitos relativos a la Delincuencia Organizada | | 52,629,411 | | | | Promoción del respeto a los derechos humanos y atención a víctimas del delito | | 3,873,160 | | | | Investigación académica en el marco de las ciencias penales | | | 325,627 | | | | Investigar, perseguir y prevenir delitos del orden electoral | | | 4,733,320 | | | | Promoción del Desarrollo Humano y Planeación Institucional | | | 442,000 | | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | 4,000,000 | 18 Energía | | | | | | | | 8,250,297 | | | | Regulación y supervisión de actividades nucleares y radiológicas | | 99,760 | | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | 7,000,537 | | | | Coordinación de la política energética en electricidad | | | 1,000,000 | | | | Gestión, promoción, supervisión y evaluación del aprovechamiento sustentable de la energía | 150,000 | 19 Aportaciones a Seguridad Social | | | | | 445,009 | | | | Apoyo Económico a Viudas de Veteranos de la Revolución Mexicana | | 445,009 | 20 Desarrollo Social | | | | | | | 20,050,058,094 | | | | Articulación de políticas públicas integrales de juventud | | | 198,653,204 | | | | Programa de Fomento a la Economía Social | | | 730,601,585 | | | | Programa de Coinversión Social | | | | 128,865,262 | | | | Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF) | 263,079,298 | | | | Programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras | | 4,070,264,507 | | | | Pensión para Adultos Mayores | | | | 14,658,594,238 | 21 Turismo | | | | | | | | 7,500,000 | | | | Planeación y conducción de la política de turismo | | | 7,500,000 | 22 Instituto Nacional Electoral | | | | | | | 116,650,000 | | | | Capacitación y educación para el ejercicio democrático de la ciudadanía | | 100,000,000 | | | | Dirección, soporte jurídico electoral y apoyo logístico | | | 6,650,000 | | | | Otorgamiento de prerrogativas a partidos políticos, fiscalización de sus recursos y administración de los tiempos del estado en radio y televisión | 10,000,000 | | | | 35 Comisión Nacional de los Derechos Humanos | | | | | 40,863,494 | | | | Promover, divulgar, dar seguimiento, evaluar y monitorear la política nacional en materia de Igualdad entre mujeres y hombres, y atender Asuntos de la mujer | 35,536,697 | | | | | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | 5,326,797 | 38 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología | | | | | 4,190,149,974 | | | | Apoyos para actividades científicas, tecnológicas y de innovación | | 90,000,000 | | | | Becas de Posgrado y apoyo a la calidad | | | | 4,100,149,974 | 40 Información Nacional Estadística y Geográfica | | | | | 81,173,271 | | | | Producción y difusión de información estadística y geográfica | | | 81,173,271 | 43 Instituto Federal de Telecomunicaciones | | | | | 8,834,312 | | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | 8,834,312 | 45 Comisión Reguladora de Energía | | | | | 250,000 | | | | Regulación y permisos de electricidad | | | | 50,000 | | | | Regulación y permisos de Hidrocarburos | | | | 50,000 | | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | 150,000 | 47 Entidades no Sectorizadas | | | | | | | 1,322,980,215 | | | | Atención a Víctimas | | | | 7,772,233 | | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | 11,251,831 | | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | | | 7,518,138 | | | | Fortalecimiento de la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres | | 421,460,738 | | | | Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género | | 350,000,000 | | | | Programa para el Mejoramiento de la Producción y la Productividad Indígena | | 436,616,512 | | | | Programa de Derechos Indígenas | | | | 88,360,763 | 48 Cultura | | | | | | | | 38,494,017 | | | | Desarrollo Cultural | | | | | 34,275,285 | | | | Programa Nacional de Becas | | | | 4,218,732 | 18 Energía 1/ | | | | | | | | 250,000 | | | | Dirección, coordinación y control de la operación del Sistema Eléctrico Nacional | | 250,000 | Instituto Mexicano del Seguro Social 1/ | | | | | 19,674,130,237 | | | | Prevención y Control de Enfermedades | | | | 240,108,341 | | | | Servicios de guardería | | | | 11,908,219,972 | | | | Atención a la Salud | | | | 7,525,801,924 | Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado 1/ | | | | 467,756,393 | | | | Equidad de Género | | | | 27,597,717 | | | | Prevención y Control de Enfermedades | | | | 440,158,676 | Petróleos Mexicanos 1/ | | | | | | | 12,720,000 | | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | 12,720,000 | Comisión Federal de Electricidad 1/ | | | | | 29,941,772 | | | | Operación y mantenimiento de las centrales generadoras de energía eléctrica | | 10,500,000 | | | | Operación y mantenimiento de la Red Nacional de Transmisión | | | 3,307,500 | | | | Operación y mantenimiento de la infraestructura del proceso de distribución de energía eléctrica | 1,071,000 | | | | Comercialización de energía eléctrica y productos asociados | | | 1,071,000 | | | | Servicios de infraestructura aplicable a telecomunicaciones | | | 742,595 | | | | Operación de mecanismos para mejorar la comercialización de servicios y productos | 1,401,023 | | | | Funciones en relación con Estrategias de Negocios Comerciales, así como potenciales nuevos negocios | 1,758,670 | | | | Promoción de medidas para el ahorro y uso eficiente de la energía eléctrica | | 521,255 | | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | 4,023,670 | | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | | | 266,507 | | | | Coordinación de las funciones y recursos para la infraestructura eléctrica | | 4,725,000 | | | | Seguridad física en las instalaciones de electricidad | | | 553,552 | 1/ El presupuesto no suma en el total, por ser recursos propios. | | | | | | ANEXO 14. RECURSOS PARA LA ATENCIÓN DE GRUPOS VULNERABLES (pesos) | | | | | | | | | | | | | | Ramo | | | Denominación | | | | | MONTO | Total | | | | | | | | 62,309,065,228 | | 04 | Gobernación | 153,644,914 | | | Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación | | | | 153,644,914 | | 05 | Relaciones Exteriores | 175,000,000 | | | Atención, protección, servicios y asistencia consulares | | | | 175,000,000 | | 11 | Educación Pública | 1,447,528,768 | | | Apoyos a centros y organizaciones de educación | | | | 6,673,007 | | | Programa Nacional de Becas | | | | | 974,260,202 | | | Programa Nacional de Convivencia Escolar | | | | 273,005,323 | | | Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa | | | | 193,590,235 | | 12 | Salud | 5,986,589,339 | | | Apoyos para la protección de las personas en estado de necesidad | | | 173,949,378 | | | Asistencia social y protección del paciente | | | | 532,785,430 | | | Formación y capacitación de recursos humanos para la salud | | | | 52,358,551 | | | Instituto Nacional de Rehabilitación Luis Guillermo Ibarra Ibarra | | | | | | 1,135,946,565 | | | Investigación y desarrollo tecnológico en salud | | | | 108,022,480 | | | Prevención y atención de VIH/SIDA y otras ITS | | | | 427,067,935 | | | Programa de Atención a Personas con Discapacidad | | | | 43,759,106 | | | Programa de Desarrollo Comunitario "Comunidad DIFerente" | | | | 106,502,000 | | | Programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras | | | 220,020,561 | | | Salud materna, sexual y reproductiva | | | | | 377,424,408 | | | Seguro Médico Siglo XXI | | | | | 1,958,450,767 | | | Servicios de asistencia social integral | | | | | 850,302,159 | | 14 | Trabajo y Previsión Social | 22,666,997 | | | Ejecución de los programas y acciones de la Política Laboral | | | | 22,666,997 | | 15 | Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano | 281,648,203 | | | Programa de Apoyo a la Vivienda | | | | | 281,648,203 | | 19 | Aportaciones a Seguridad Social | | | | | 4,364,924,327 | | | Programa IMSS-PROSPERA | | | | | 4,364,924,327 | | 20 | Desarrollo Social | 43,143,887,380 | | | Articulación de políticas públicas integrales de juventud | | | | 198,653,204 | | | Desarrollo integral de las personas con discapacidad | | | | 57,005,567 | | | Pensión para Adultos Mayores | | | | | 38,040,236,738 | | | Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF) | | 277,714,872 | | | Programa de Atención a Jornaleros Agrícolas | | | | 252,755,770 | | | Programa de Coinversión Social | | | | | 187,332,822 | | | Programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras | | | 3,788,509,242 | | | Servicios a grupos con necesidades especiales | | | | 341,679,166 | | 23 | Provisiones Salariales y Económicas | | | | 500,000,000 | | | Fondo para la Accesibilidad en el Transporte Público para las Personas con Discapacidad | | 500,000,000 | | 35 | Comisión Nacional de los Derechos Humanos | 42,865,103 | | | Atender asuntos relacionados con víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos. | | 27,555,305 | | Atender asuntos relativos a la aplicación del Mecanismo Nacional de Promoción, Protección y Supervisión de la Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad. | 15,309,798 | | 47 | Entidades no Sectorizadas | 6,088,935,816 | | | Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas | | | | 6,088,935,816 | | 48 | Cultura | 74,905,006 | | | Educación y cultura indígena | | | | | 74,905,006 | | | Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado | 26,469,375 | | | Atención a Personas con Discapacidad | | | | | 26,469,375 | ANEXO 15. ESTRATEGIA DE TRANSICIÓN PARA PROMOVER EL USO DE TECNOLOGÍAS Y COMBUSTIBLES MÁS LIMPIOS (pesos) | | | | | | | | | | Ramo | Denominación | MONTO | Total | | | | | | | | 28,625,456,058 | 04 Gobernación | | | | | | | | 882,725 | 08 Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | | | | | 322,464,669 | 12 Salud | | | | | | | | 33,000,000 | 16 Medio Ambiente y Recursos Naturales | | | | | | 3,277,946 | | Procuraduría Federal de Protección al Ambiente | | | | | 3,277,946 | 18 Energía | | | | | | | | 562,813,410 | | Secretaría de Energía | | | | | | 468,416,190 | | Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía | | | | | 93,797,220 | | Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias | | | | | 600,000 | Petróleos Mexicanos | | | | | | | 885,160,986 | | Pemex Exploración y Producción | | | | | | 25,762,682 | | Pemex Transformación Industrial | | | | | | 859,398,304 | Comisión Federal de Electricidad | | | | | | | 26,817,856,322 | | CFE Consolidado* | | | | | | 26,817,856,322 | * Incluye la Inversión Financiada de los Proyectos de Infraestructura Productiva de Largo Plazo. | | | | | ANEXO 16. RECURSOS PARA LA ADAPTACIÓN Y MITIGACIÓN DE LOS EFECTOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO (pesos) | | | | | | | | | | RAMO | | DENOMINACIÓN | | | | | | MONTO | TOTAL | | | | | | | | 61,457,819,955 | 04 Gobernación | | | | | | | | 226,580,258 | | | Coordinación del Sistema Nacional de Protección Civil | | | | 226,580,258 | 08 Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | | | | | 14,351,904,327 | | | Programa de Productividad y Competitividad Agroalimentaria | | | | 47,046,099 | | | Programa de Fomento a la Agricultura | | | | | 700,829,732 | | | Programa de Fomento Ganadero | | | | | 2,778,306,668 | | | Programa de Fomento a la Productividad Pesquera y Acuícola | | | | 2,119,557,043 | | | Programa de Apoyos a Pequeños Productores | | | | 8,706,164,786 | 09 Comunicaciones y Transportes | | | | | | | 512,727,470 | | | Reconstrucción y Conservación de Carreteras | | | | 512,727,470 | 10 Economía | | | | | | | | 10,000,000 | | | Promoción del comercio exterior y atracción de inversión extranjera directa | | | 10,000,000 | 11 Educación Pública | | | | | | | 63,077,200 | | | Servicios de Educación Superior y Posgrado | | | | 50,364,225 | | | Programa Nacional de Becas | | | | | 999,701 | | | Subsidios para organismos descentralizados estatales | | | | 11,713,274 | 12 Salud | | | | | | | | 410,515,718 | | | Protección Contra Riesgos Sanitarios | | | | | 12,770,027 | | | Vigilancia epidemiológica | | | | | 397,745,691 | 13 Marina | | | | | | | | 17,600,786 | | | Emplear el Poder Naval de la Federación para salvaguardar la soberanía y seguridad nacionales | | 17,600,786 | 15 Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano | | | | | | 1,094,732,809 | | | Programa de Prevención de Riesgos | | | | | 8,545,360 | | | Programa de Infraestructura | | | | | 1,086,187,449 | 16 Medio Ambiente y Recursos Naturales | | | | | | 9,700,860,769 | | | Capacitación Ambiental y Desarrollo Sustentable | | | | 4,383,129 | | | Investigación científica y tecnológica | | | | | 240,212,322 | | | Protección Forestal | | | | | | 1,643,849,274 | | | Investigación en Cambio Climático, Sustentabilidad y Crecimiento Verde | | | 206,921,209 | | | Regulación Ambiental | | | | | 72,210,635 | | | Inspección y Vigilancia del Medio Ambiente y Recursos Naturales | | | 98,966,547 | | | Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas | | | | 138,022,523 | | | Programas de Calidad del Aire y Verificación Vehicular | | | | 984,393 | | | Normativa Ambiental e Instrumentos para el Desarrollo Sustentable | | | 27,756,976 | | | Infraestructura de agua potable, alcantarillado y saneamiento | | | | 3,348,681,967 | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | | 10,829,214 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | | | | 4,193,619 | | | Planeación, Dirección y Evaluación Ambiental | | | | 132,431,634 | | | Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible | | | | 246,143,520 | | | Programa de Empleo Temporal (PET) | | | | | 331,709,552 | | | Agua Potable, Drenaje y Tratamiento | | | | | 778,663,394 | | | Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable | | | | 2,095,775,640 | | | Conservación y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre | | | 197,601,189 | | | Programa de Manejo de Áreas Naturales Protegidas | | | | 121,524,032 | 18 Energía | | | | | | | | 897,892,430 | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | | 3,019,760 | | | Conducción de la política energética | | | | | 213,579,287 | | | Coordinación de la política energética en electricidad | | | | 55,853,117 | | | Coordinación de la política energética en hidrocarburos | | | | 85,341,917 | | | Gestión, promoción, supervisión y evaluación del aprovechamiento sustentable de la energía | | 71,682,159 | | | Fondos de Diversificación Energética | | | | | 468,416,190 | 21 Turismo | | | | | | | | 613,080 | | | Planeación y conducción de la política de turismo | | | | 613,080 | 23 Provisiones Salariales y Económicas | | | | | | 24,994,938,000 | | | Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) | | | | 24,644,000,000 | | | Fondo de Prevención de Desastres Naturales (FOPREDEN) | | | | 350,938,000 | 38 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología | | | | | | 369,044,486 | | | Investigación científica, desarrollo e innovación | | | | 118,531,776 | | | Becas de posgrado y apoyos a la calidad | | | | 105,462,000 | | | Innovación tecnológica para incrementar la productividad de las empresas | | | 145,050,710 | 47 Entidades no Sectorizadas | | | | | | | 55,000,000 | | | Programa para el Mejoramiento de la Producción y la Productividad Indígena | | | 55,000,000 | Petróleos Mexicanos | | | | | | | 169,157,779 | | | Proyectos de infraestructura económica de hidrocarburos | | | | 81,855,443 | | | Mantenimiento de infraestructura | | | | | 85,284,867 | | | Otros proyectos de infraestructura | | | | | 2,017,469 | Comisión Federal de Electricidad | | | | | | | 8,583,174,844 | | | Operación de mecanismos para mejorar la comercialización de servicios y productos | | 8,123,000,000 | | | Promoción de medidas para el ahorro y uso eficiente de la energía eléctrica | | | 6,283,952 | | | Proyectos de infraestructura económica de electricidad | | | | 50,000,000 | | | Proyectos de infraestructura económica de electricidad (Pidiregas) | | | 403,890,892 | ANEXO 17. EROGACIONES PARA EL DESARROLLO DE LOS JÓVENES (pesos) | | | | | | | | | | Ramo | Denominación | Monto | Total | | | | | | | | 244,587,605,329 | 07 Defensa Nacional | | | | | | | 1,726,207,480 | | Sistema educativo militar | | | | | | 1,726,207,480 | 08 Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | | | | | 576,119,019 | | Programa de Apoyos a Pequeños Productores 2_/ | | | | | 576,119,019 | 10 Economía | | | | | | | | 70,000,000 | | Fondo Nacional Emprendedor | | | | | | | 70,000,000 | 11 Educación Pública | | | | | | | 213,973,086,639 | | Educación Básica 1_/ | | | | | | 15,651,509,055 | | PROSPERA Programa de Inclusión Social | | | | | 15,129,826,430 | | Programa Nacional de Becas | | | | | | 218,308,674 | | Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa | | | | | 303,373,951 | | Educación Media Superior 1_/ | | | | | | 82,339,249,659 | | Formación y certificación para el trabajo | | | | | 3,266,843,052 | | Servicios de Educación Media Superior 2_/ | | | | | 41,354,283,497 | | Programa de Formación de Recursos Humanos basada en Competencias | | | | 7,764,850 | | Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico | | | | | 671,202 | | Programa de infraestructura física educativa | | | | | 38,754,227 | | PROSPERA Programa de Inclusión Social | | | | | 6,335,879,237 | | Programa Nacional de Becas | | | | | | 4,228,798,233 | | Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa | | | | | 45,844,444 | | Programa para el Desarrollo Profesional Docente | | | | | 105,025,122 | | Subsidios para organismos descentralizados estatales | | | | | 26,202,791,726 | | Expansión de la Educación Media Superior y Superior | | | | | 692,589,999 | | Apoyos a centros y organizaciones de educación | | | | | 60,004,070 | | Educación Superior 1_/, 3_/ | | | | | | 113,979,389,732 | | Servicios de Educación Superior y Posgrado 2_/ | | | | | 43,932,566,485 | | Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico | | | | | 2,585,450,327 | | Proyectos de infraestructura social del sector educativo 2_/ | | | | | 250,417,603 | | Mantenimiento de infraestructura | | | | | | 196,083,337 | | Programa Nacional de Becas | | | | | | 6,579,253,099 | | Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa | | | | | 52,497,746 | | Programa para el Desarrollo Profesional Docente | | | | | 656,407,011 | | Fortalecimiento de la Calidad Educativa | | | | | 1,862,591,120 | | Subsidios para organismos descentralizados estatales 2_/, 4_/ | | | | 56,377,156,518 | | Carrera Docente en UPES | | | | | | 350,000,000 | | Apoyos a centros y organizaciones de educación 5_/, 6_/, 7_/ | | | | | 436,966,486 | | Apoyos para la atención a problemas estructurales de las UPES 2_/,8_/ | | | | 700,000,000 | | Posgrado | | | | | | | 2,002,938,193 | | Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico | | | | | 646,362,582 | | Programa Nacional de Becas | | | | | | 188,184,586 | | Subsidios para organismos descentralizados estatales | | | | | 1,168,391,025 | 12 Salud | | | | | | | | 1,114,534,708 | | Prevención y atención contra las adicciones | | | | | 755,117,424 | | Prevención y atención de VIH/SIDA y otras ITS | | | | | 359,417,284 | 13 Marina | | | | | | | | 594,755,349 | | Sistema Educativo naval y programa de becas | | | | | 594,755,349 | 15 Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano | | | | | | 565,267,241 | | Programa de Apoyo a la Vivienda | | | | | | 565,267,241 | 16 Medio Ambiente y Recursos Naturales | | | | | | | 448,701 | | Planeación, Dirección y Evaluación Ambiental | | | | | 448,701 | 19 Aportaciones a Seguridad Social | | | | | | | 4,808,895,775 | | Seguro de Enfermedad y Maternidad 9_/ | | | | | | 4,808,895,775 | 20 Desarrollo Social | | | | | | | 760,501,556 | | Instituto Mexicano de la Juventud | | | | | | 311,966,360 | | Programa de Fomento a la Economía Social | | | | | 95,821,468 | | PROSPERA Programa de Inclusión Social | | | | | 352,713,728 | 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos | 1,084,893,684 | | Servicios de educación normal en el D.F. | | | | | 1,084,893,684 | 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios | | | | | 14,740,955,810 | | Educación Básica | | | | | | 5,718,201,191 | | FONE Servicios Personales | | | | | | | 4,456,723,747 | | FONE Otros de Gasto Corriente | | | | | | | 142,964,242 | | FONE Gasto de Operación | | | | | | | 178,994,544 | | FONE Fondo de Compensación | | | | | | | 128,787,788 | | FAM Infraestructura Educativa Básica 10_/ | | | | | 69,410,072 | | FAETA Educación de Adultos | | | | | | 741,320,797 | | Educación Media Superior | | | | | | 5,031,675,488 | | FAM Infraestructura Educativa Media Superior y Superior 10_/ | | | | 602,234,447 | | FAETA Educación Tecnológica 2_/ | | | | | | 4,429,441,041 | | Educación Superior | | | | | | 3,991,079,131 | | FAM Infraestructura Educativa Media Superior y Superior 10_/ | | | | 3,991,079,131 | 47 Entidades no Sectorizadas 11_/ | | | | | | | 163,459,918 | | Programa de Apoyo a la Educación Indígena | | | | | 163,459,918 | 48 Cultura | | | | | | | | 13,784,257 | | Programa Nacional de Becas | | | | | | 13,784,257 | 50 Instituto Mexicano del Seguro Social | | | | | | 2,267,645,798 | | Prevención y control de enfermedades | | | | | | 70,111,636 | | Atención a la Salud | | | | | | 2,197,534,162 | 51 Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. | | | | 2,127,049,395 | | Prevención y Control de Enfermedades | | | | | 290,824,157 | | Atención a la Salud | | | | | | 1,836,225,238 | 1_/ Incluye recursos por 550 millones de pesos para el Programa Becas Salario para el Estado de Morelos, aplicable en los niveles de educación básica, media superior y superior. | 2_/ Monto incluido en el Anexo: Ampliaciones al Ramo 08 Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Ramo 11 Educación Pública y Ramo 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios. | 3_/ Incluye recursos por 70 millones de pesos para la Fundación UNAM. | 4_/ Incluye 50 mdp para el Edificio Multiaulas de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. | 5_/ Incluye 150 millones de pesos para la Universidad Autónoma de la Ciudad de México. | 6_/ Incluye subsidios para operación de la Universidad Tecnológica del Valle de Chalco, A.C. | 7_/ Incluye subsidios para operación de la Academia Mexicana de la Historia. | 8_/ Incluye 50 mdp para la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. | 9_/ Considera los recursos asignados al componente del Seguro de Salud para Estudiantes. | 10_/ Se incrementa el monto derivado de la actualización a la RFP aprobada en LIF 2018 | 11_/ Programa operado por la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI). | ANEXO 18. RECURSOS PARA LA ATENCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES (Pesos) | | | | | | | | | | Ramo | Denominación | | | | | | MONTO | Total | | | | | | | | 797,722,512,861 | 04 Gobernación | | | | | | | | 54,950,483 | | | Atención a refugiados en el país | | | | | 475,000 | | | Coordinación con las instancias que integran el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes | 53,697,727 | | | Promover la Protección de los Derechos Humanos y Prevenir la Discriminación | | | 566,400 | | | Registro e Identificación de Población | | | | | 211,356 | 05 Relaciones Exteriores | | | | | | | 3,000,000 | | | Atención, protección, servicios y asistencia consulares | | | | 3,000,000 | 08 Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | | | | | 797,008,122 | | | Desarrollo y aplicación de programas educativos en materia agropecuaria | | | 797,008,122 | 11 Educación Pública | | | | | | | 131,226,431,877 | | | Diseño de la Política Educativa | | | | | 280,476,285 | | | Educación Inicial y Básica Comunitaria | | | | | 4,858,434,070 | | | Educación para Adultos (INEA) | | | | | 481,929,563 | | | Escuelas de Tiempo Completo | | | | | 11,243,182,262 | | | Evaluaciones de la calidad de la educación | | | | 191,277,529 | | | Expansión de la Educación Media Superior y Superior | | | | 692,589,999 | | | Formación y certificación para el trabajo | | | | 1,633,421,526 | | | Fortalecimiento de la Calidad Educativa | | | | 2,293,168,597 | | | Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico | | | | 671,202 | | | Normar los servicios educativos | | | | | 20,780,352 | | | Políticas de igualdad de género en el sector educativo | | | | 2,091,401 | | | Producción y distribución de libros y materiales educativos | | | | 2,571,883,671 | | | Producción y transmisión de materiales educativos | | | | 199,231,909 | | | Programa de Cultura Física y Deporte | | | | | 601,482,631 | | | Programa de infraestructura física educativa | | | | 38,754,227 | | | Programa de la Reforma Educativa | | | | | 2,243,527,825 | | | Programa Nacional de Becas | | | | | 4,447,106,907 | | | Programa Nacional de Convivencia Escolar | | | | 273,005,323 | | | Programa Nacional de Inglés | | | | | 826,808,745 | | | Programa para el Desarrollo Profesional Docente | | | | 971,843,309 | | | Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa | | | | 349,218,395 | | | PROSPERA Programa de Inclusión Social | | | | 29,448,470,926 | | | Servicios de Educación Media Superior | | | | 41,354,283,497 | | | Subsidios para organismos descentralizados estatales | | | | 26,202,791,726 | 12 Salud | | | | | | | | 47,579,097,437 | | | Apoyos para la protección de las personas en estado de necesidad | | | 163,589,123 | | | Atención a la Salud | | | | | | 2,816,112,130 | | | Formación y capacitación de recursos humanos para la salud | | | | 85,769,208 | | | Investigación y desarrollo tecnológico en salud | | | | 83,459,795 | | | Prevención y atención contra las adicciones | | | | 203,299,988 | | | Prevención y atención de VIH/SIDA y otras ITS | | | | 1,032,843 | | | Prevención y Control de Sobrepeso, Obesidad y Diabetes | | | | 19,051,482 | | | Programa de Atención a Personas con Discapacidad | | | | 31,506,556 | | | Programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras | | | 241,363,390 | | | Programa de vacunación | | | | | 1,829,522,833 | | | PROSPERA Programa de Inclusión Social | | | | 4,855,275,740 | | | Protección y restitución de los derechos de las niñas, niños y adolescentes | | | 67,051,755 | | | Salud materna, sexual y reproductiva | | | | | 607,344,760 | | | Seguro Médico Siglo XXI | | | | | 2,049,563,791 | | | Seguro Popular | | | | | | 33,903,126,368 | | | Servicios de asistencia social integral | | | | | 622,027,675 | 14 Trabajo y Previsión Social | | | | | | | 1,000,000 | | | Ejecución de los programas y acciones de la Política Laboral | | | | 1,000,000 | 17 Procuraduría General de la República | | | | | | 95,016,520 | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | | 1,770,145 | | | Investigar y perseguir los delitos del orden federal | | | | 66,104,269 | | | Investigar, perseguir y prevenir delitos del orden electoral | | | | 390,488 | | | Promoción del respeto a los derechos humanos y atención a víctimas del delito | | | 26,751,618 | 19 Aportaciones a Seguridad Social | | | | | | 5,487,673,254 | | | Programa IMSS-PROSPERA | | | | | 5,487,673,254 | 20 Desarrollo Social | | | | | | | 51,375,904,442 | | | Adquisición de leche nacional | | | | | 1,050,397,052 | | | Articulación de políticas públicas integrales de juventud | | | | 8,200,000 | | | Programa de Abasto Social de Leche a cargo de Liconsa, S.A. de C.V. | | | 1,249,288,129 | | | Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF) | | 29,201,802 | | | Programa de Atención a Jornaleros Agrícolas | | | | 87,060,321 | | | Programa de Coinversión Social | | | | | 187,332,822 | | | Programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras | | | 3,712,739,057 | | | PROSPERA Programa de Inclusión Social | | | | 45,051,685,259 | 22 Instituto Nacional Electoral | | | | | | | 6,904,520 | | | Capacitación y educación para el ejercicio democrático de la ciudadanía | | | 6,904,520 | 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos | | | 39,614,383,548 | | | Becas para la población atendida por el sector educativo | | | | 154,516,160 | | | Servicios de educación básica en el D.F. | | | | 38,374,973,704 | | | Servicios de educación normal en el D.F. | | | | 1,084,893,684 | 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios | | | | | 416,039,972,429 | | | FAETA Educación de Adultos | | | | | 345,144,368 | | | FAETA Educación Tecnológica | | | | | 4,429,441,041 | | | FAM Asistencia Social | | | | | 8,597,340,939 | | | FAM Infraestructura Educativa Básica | | | | | 8,165,890,806 | | | FAM Infraestructura Educativa Media Superior y Superior | | | | 602,234,447 | | | FASSA | | | | | | 24,902,901,635 | | | FONE Fondo de Compensación | | | | | 9,683,667,329 | | | FONE Gasto de Operación | | | | | 13,458,757,536 | | | FONE Otros de Gasto Corriente | | | | | 10,749,607,402 | | | FONE Servicios Personales | | | | | 335,104,986,926 | 35 Comisión Nacional de los Derechos Humanos | | | | | | 12,609,461 | | | Atender asuntos relacionados con niñas, niños y adolescentes | | | | 12,609,461 | 43 Instituto Federal de Telecomunicaciones | | | | | | 6,500,000 | | | Regulación y Supervisión de los sectores Telecomunicaciones y Radiodifusión | | | 6,500,000 | 47 Entidades no Sectorizadas | | | | | | | 1,122,498,830 | | | Programa de Apoyo a la Educación Indígena | | | | 1,122,498,830 | 48 Cultura | | | | | | | | 94,238,266 | | | Desarrollo Cultural | | | | | | 60,733,432 | | | Producción y distribución de libros y materiales artísticos y culturales | | | 1,646,837 | | | Servicios Cinematográficos | | | | | 940,000 | | | Servicios educativos culturales y artísticos | | | | 30,917,997 | Instituto Mexicano del Seguro Social | | | | | | 91,078,690,942 | | | Atención a la Salud | | | | | | 75,538,101,468 | | | Prestaciones sociales | | | | | 707,004,935 | | | Prevención y control de enfermedades | | | | | 2,925,364,567 | | | Servicios de guardería | | | | | 11,908,219,972 | Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado | | | | 13,126,632,729 | | | Atención a la Salud | | | | | | 10,073,968,751 | | | Prestaciones sociales | | | | | 1,652,411,354 | | | Prevención y control de enfermedades | | | | | 1,400,252,624 | ANEXO 19. ACCIONES PARA LA PREVENCIÓN DEL DELITO, COMBATE A LAS ADICCIONES, RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS Y PROMOCIÓN DE PROYECTOS PRODUCTIVOS (pesos) | | | | | | | | | | Ramo | Denominación | | | | | | MONTO | Total | | | | | | | | 148,024,363,362 | 04 Gobernación | | | | | | | | 36,371,379,607 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | | | | 62,638,533 | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | | 464,571,178 | | | Conducción de la política interior | | | | | 52,959,575 | | | Coordinación con las instancias que integran el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes | 53,697,727 | | | Coordinación con las instancias que integran el Sistema Nacional de Seguridad Pública | | 399,481,958 | | | Fomento de la cultura de la participación ciudadana en la prevención del delito | | | 218,230,548 | | | Operativos para la prevención y disuasión del delito | | | | 27,771,928,196 | | | Programa de Derechos Humanos | | | | | 55,895,379 | | | Programa Nacional de Prevención del Delito | | | | 300,000,000 | | | Promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres | | | 256,257,347 | | | Promover la Protección de los Derechos Humanos y Prevenir la Discriminación | | | 151,598,499 | | | Servicios de protección, custodia, vigilancia y seguridad de personas, bienes e instalaciones | | 1,584,120,667 | | | Subsidios en materia de seguridad pública | | | | 5,000,000,000 | 06 Hacienda y Crédito Público | | | | | | | 211,423,429 | | | Detección y prevención de ilícitos financieros | | | | 211,423,429 | 07 Defensa Nacional | | | | | | | 5,176,249,408 | | | Derechos humanos | | | | | | 62,404,821 | | | Programa de igualdad entre mujeres y hombres SDN | | | | 108,000,000 | | | Programa de Seguridad Pública de la Secretaría de la Defensa Nacional | | | 3,279,637,107 | | | Sistema educativo militar | | | | | 1,726,207,480 | 09 Comunicaciones y Transportes | | | | | | 1,005,113,039 | | | Programa de Empleo Temporal (PET) | | | | | 1,005,113,039 | 10 Economía | | | | | | | | 10,000,000 | | | Fondo Nacional Emprendedor | | | | | 10,000,000 | 11 Educación Pública | | | | | | | 75,778,056,893 | | | Atención al deporte | | | | | | 630,264,623 | | | Desarrollo Cultural | | | | | | 3,630,276,103 | | | Escuelas de Tiempo Completo | | | | | 11,243,182,262 | | | Expansión de la Educación Media Superior y Superior | | | | 692,589,999 | | | Formación y certificación para el trabajo | | | | 3,266,843,052 | | | Producción y distribución de libros y materiales culturales | | | | 149,804,550 | | | Producción y transmisión de materiales educativos | | | | 927,447,547 | | | Programa de Cultura Física y Deporte | | | | | 1,503,706,577 | | | Programa de infraestructura física educativa | | | | 203,331,512 | | | Programa de la Reforma Educativa | | | | | 2,243,527,827 | | | Programa Nacional de Becas | | | | | 11,214,544,592 | | | Programa Nacional de Convivencia Escolar | | | | 273,005,323 | | | PROSPERA Programa de Inclusión Social | | | | 29,448,470,926 | | | Servicios de Educación Media Superior | | | | 4,256,076,243 | | | Servicios de Educación Superior y Posgrado | | | | 5,053,540,386 | | | Subsidios para organismos descentralizados estatales | | | | 1,041,445,371 | 12 Salud | | | | | | | | 1,412,874,976 | | | Prevención y atención contra las adicciones | | | | 1,291,663,382 | | | Prevención y control de enfermedades | | | | | 12,259,594 | | | Prevención y Control de Sobrepeso, Obesidad y Diabetes | | | | 1,500,000 | | | Programa de Desarrollo Comunitario "Comunidad DIFerente" | | | | 106,502,000 | | | Salud materna, sexual y reproductiva | | | | | 950,000 | 13 Marina | | | | | | | | 7,078,412,243 | | | Emplear el Poder Naval de la Federación para salvaguardar la soberanía y seguridad nacionales | | 5,323,755,542 | | | Sistema Educativo naval y programa de becas | | | | 1,754,656,701 | 14 Trabajo y Previsión Social | | | | | | | 1,850,000 | | | Capacitación para Incrementar la Productividad | | | | 25,000 | | | Ejecución de los programas y acciones de la Política Laboral | | | | 125,000 | | | Instrumentación de la política laboral | | | | | 1,700,000 | 15 Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano | | | | | | 2,306,586,841 | | | Programa de Apoyo a la Vivienda | | | | | 740,526,358 | | | Programa de Infraestructura | | | | | 1,566,060,483 | 17 Procuraduría General de la República | | | | | | 1,552,577,641 | | | Promoción del Desarrollo Humano y Planeación Institucional | | | | 1,344,132,787 | | | Promoción del respeto a los derechos humanos y atención a víctimas del delito | | | 208,444,854 | 20 Desarrollo Social | | | | | | | 1,908,533,586 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | | | | 2,321,611 | | | Actividades de apoyo administrativo | | | | | 21,646,844 | | | Articulación de políticas públicas integrales de juventud | | | | 198,653,204 | | | Programa 3 x 1 para Migrantes | | | | | 144,427,086 | | | Programa de Empleo Temporal (PET) | | | | | 221,320,980 | | | Programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras | | | 662,989,117 | | | Programa de Fomento a la Economía Social | | | | 467,122,784 | | | Programas del Fondo Nacional de Fomento a las Artesanías (FONART) | | | 153,239,661 | | | Subsidios a programas para jóvenes | | | | | 36,812,299 | 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios | | | | | 11,390,651,611 | | | Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos (Educación Tecnológica) (FAETA) | | 671,829,449 | | | Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP) | | 7,000,000,000 | | | Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal | 3,718,822,162 | 47 Entidades no Sectorizadas | | | | | | | 186,884,616 | | | Atención a Víctimas | | | | | | 186,884,616 | 48 Cultura | | | | | | | | 3,633,769,472 | | | Desarrollo Cultural | | | | | | 3,408,864,466 | | | Educación y cultura indígena | | | | | 74,905,006 | | | Programa de Apoyos a la Cultura | | | | | 150,000,000 | ANEXO 20. RECURSOS PARA LA PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y SANCIÓN DE FALTAS ADMINISTRATIVAS Y HECHOS DE CORRUPCIÓN, ASÍ COMO PARA LA FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE RECURSOS PÚBLICOS (pesos) | | | | | | | | | | RAMO | | RECURSOS FISCALES | RECURSOS PROPIOS | MONTO | TOTAL | | | | | | 8,407,708,724 | 1,993,151,620 | 10,400,860,344 | | | | | | | | | | A: INTEGRANTES DEL COMITÉ COORDINADOR DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN | 3,981,688,049 | | 3,981,688,049 | RAMO | UNIDAD RESPONSABLE | | | | | | | | | | | | | | | | 01 | Poder Legislativo | | | | 2,230,116,964 | | 2,230,116,964 | | 101 | Auditoría Superior de la Federación | 2,230,116,964 | | 2,230,116,964 | | | | | | | | | | 17 | Procuraduría General de la República | | | 509,355,813 | | 509,355,813 | | 112 | Órgano Interno de Control | 81,695,520 | | 81,695,520 | | 513 | Unidad Especializada en Investigación de Delitos Cometidos por Servidores Públicos y contra la Administración de Justicia | 37,476,097 | | 37,476,097 | | 700 | Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales | 161,739,355 | | 161,739,355 | | 900 | Visitaduría General | 153,046,533 | | 153,046,533 | | 910 | Dirección General de Evaluación Técnico Jurídica | 12,056,197 | | 12,056,197 | | 911 | Dirección General de Asuntos Internos | 30,056,865 | | 30,056,865 | | 913 | Dirección General de Delitos Cometidos por Servidores Públicos de la Institución | 22,927,469 | | 22,927,469 | | 914 | Dirección General de Procedimientos de Remoción | 8,612,525 | | 8,612,525 | | SKC | Instituto Nacional de Ciencias Penales | 1,745,252 | | 1,745,252 | | | | | | | | | | 27 | Función Pública | | | | 691,105,710 | | 691,105,710 | | 110 | Unidad de Asuntos Jurídicos | 86,899,773 | | 86,899,773 | | 112 | Contraloría Interna | 40,616,413 | | 40,616,413 | | 113 | Coordinación General de Órganos de Vigilancia y Control | 138,767,588 | | 138,767,588 | | 117 | Unidad de Políticas de Apertura Gubernamental y Cooperación Internacional | 26,656,301 | | 26,656,301 | | 118 | Dirección General de Información e Integración | 50,633,667 | | 50,633,667 | | 120 | Unidad de Vinculación con el Sistema Nacional Anticorrupción | 64,525,969 | | 64,525,969 | | 200 | Subsecretaría de Control y Auditoría de la Gestión Pública | 10,087,354 | | 10,087,354 | | 208 | Unidad de Control y Auditoría a Obra Pública | 33,248,980 | | 33,248,980 | | 209 | Unidad de Control y Evaluación de la Gestión Pública | 36,943,807 | | 36,943,807 | | 210 | Unidad de Auditoría Gubernamental | 48,734,116 | | 48,734,116 | | 211 | Unidad de Operación Regional y Contraloría Social | 35,274,723 | | 35,274,723 | | 212 | Dirección General de Auditorías Externas | 11,269,360 | | 11,269,360 | | 300 | Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas | 12,707,845 | | 12,707,845 | | 311 | Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial | 36,187,659 | | 36,187,659 | | 312 | Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas | 36,163,622 | | 36,163,622 | | 419 | Unidad de Ética, Integridad Pública y Prevención de Conflictos de Intereses | 22,388,533 | | 22,388,533 | | | | | | | | | | 32 | Tribunal Federal de Justicia Administrativa | | | 333,989,507 | | 333,989,507 | | 110 | Tribunal Federal de Justicia Administrativa con sede en la Ciudad de México | 333,989,507 | | 333,989,507 | | | | | | | | | | 44 | Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales | 45,029,488 | | 45,029,488 | | 100 | Presidencia | 36,121,300 | | 36,121,300 | | 500 | Contraloría Interna | 8,908,188 | | 8,908,188 | | | | | | | | | | 47 | Entidades no Sectorizadas | | | | 172,090,567 | | 172,090,567 | | AYM | Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción | 172,090,567 | | 172,090,567 | | | | | | | | | | B: OTROS RAMOS | | | | | 4,426,020,675 | 1,993,151,620 | 6,419,172,295 | RAMO | PROGRAMA | | | | | | | | | | | | | | | | 02 | Oficina de la Presidencia de la República | | | 17,161,099 | | 17,161,099 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 17,161,099 | | 17,161,099 | | | | | | | | | | 04 | Gobernación | | | | 204,932,772 | | 204,932,772 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 163,952,238 | | 163,952,238 | | | Implementar las políticas, programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la Nación y sus habitantes | 40,980,534 | | 40,980,534 | | | | | | | 05 | Relaciones Exteriores | | | | 29,923,939 | | 29,923,939 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 29,923,939 | | 29,923,939 | | | | | | | | | | 06 | Hacienda y Crédito Público | | | | 478,586,517 | 399,585,562 | 878,172,079 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 267,163,088 | 399,585,562 | 666,748,650 | | | Detección y prevención de ilícitos financieros | 211,423,429 | | 211,423,429 | | | | | | | | | | 07 | Defensa Nacional | | | | 912,065,309 | | 912,065,309 | | | Defensa de la Integridad, la Independencia, la Soberanía del Territorio Nacional | 142,474,025 | | 142,474,025 | | | Programa de justicia militar | 769,591,284 | | 769,591,284 | | | | | | | | | | 08 | Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación | 543,297,778 | | 543,297,778 | | | Apoyo a la Función Pública y Buen Gobierno | 130,413,780 | | 130,413,780 | | | Programa de Acciones Complementarias para Mejorar las Sanidades | 208,216,179 | | 208,216,179 | | | Regulación, supervisión y aplicación de las políticas públicas en materia agropecuaria, acuícola y pesquera | 204,667,819 | | 204,667,819 | | | | | | | | | | 09 | Comunicaciones y Transportes | | | | 45,799,421 | | 45,799,421 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 45,799,421 | | 45,799,421 | | | | | | | 10 | Economía | | | | 77,793,104 | 55,428,012 | 133,221,116 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 77,793,104 | 55,428,012 | 133,221,116 | | | | | | | 11 | Educación Pública | | | | 381,976,064 | 8,704,026 | 390,680,090 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 327,976,314 | 8,704,026 | 336,680,340 | | | Servicios de Educación Superior y Posgrado | 53,999,750 | | 53,999,750 | | | | | | | | | | 12 | Salud | | | | | 363,458,093 | | 363,458,093 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 363,458,093 | | 363,458,093 | | | | | | | 13 | Marina | | | | | 71,336,158 | | 71,336,158 | | | Emplear el Poder Naval de la Federación para salvaguardar la soberanía y seguridad nacionales | 71,336,158 | | 71,336,158 | | | | | | | | | | 14 | Trabajo y Previsión Social | | | | 2,051,170 | | 2,051,170 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 2,051,170 | | 2,051,170 | | | | | | | | | | 15 | Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano | | | 48,496,956 | | 48,496,956 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 48,496,956 | | 48,496,956 | | | | | | | | | | 16 | Medio Ambiente y Recursos Naturales | | | 149,925,580 | | 149,925,580 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 149,925,580 | | 149,925,580 | | | | | | | | | | 18 | Energía | | | | | 40,269,492 | 108,798,240 | 149,067,732 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 40,269,492 | 108,798,240 | 149,067,732 | | | | | | | | | | 20 | Desarrollo Social | | | | 97,411,563 | | 97,411,563 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 97,411,563 | | 97,411,563 | | | | | | | | | | 21 | Turismo | | | | | 61,187,000 | | 61,187,000 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 61,187,000 | | 61,187,000 | | | | | | | | | | 22 | Instituto Nacional Electoral | | | | 122,708,906 | | 122,708,906 | | | Apoyo a la función pública y al mejoramiento de la gestión | 122,708,906 | | 122,708,906 | | | | | | | | | | 25 | Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos | 37,651,902 | | 37,651,902 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 37,651,902 | | 37,651,902 | | | | | | | | | | 31 | Tribunales Agrarios | | | | 1,662,766 | | 1,662,766 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 1,662,766 | | 1,662,766 | | | | | | | | | | 33 | Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios | | 353,086,701 | | 353,086,701 | | | FAETA Educación de Adultos | 2,465,317 | | 2,465,317 | | | FAETA Educación Tecnológica | 4,279,441 | | 4,279,441 | | | FAFEF | 40,638,107 | | 40,638,107 | | | FAIS Entidades | 8,899,745 | | 8,899,745 | | | FAIS Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal | 64,521,703 | | 64,521,703 | | | FAM Asistencia Social | 10,868,952 | | 10,868,952 | | | FAM Infraestructura Educativa Básica | 8,165,891 | | 8,165,891 | | | FAM Infraestructura Educativa Media Superior y Superior | 4,593,314 | | 4,593,314 | | | FASP | 7,000,000 | | 7,000,000 | | | FASSA | 93,385,757 | | 93,385,757 | | | FONE Fondo de Compensación | 9,683,667 | | 9,683,667 | | | FONE Gasto de Operación | 13,458,757 | | 13,458,757 | | | FONE Otros de Gasto Corriente | 10,749,607 | | 10,749,607 | | | FORTAMUN | 74,376,443 | | 74,376,443 | | | | | | | | | | 35 | Comisión Nacional de los Derechos Humanos | | | 13,055,228 | | 13,055,228 | | | Apoyo a la Función Pública y Buen Gobierno | | 13,055,228 | | 13,055,228 | | | | | | | | | | 37 | Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal | | | 6,638,739 | | 6,638,739 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 6,638,739 | | 6,638,739 | | | | | | | | | | 38 | Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología | | | 66,335,191 | 18,594,610 | 84,929,801 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 66,335,191 | 18,594,610 | 84,929,801 | | | | | | | | | | 43 | Instituto Federal de Telecomunicaciones | | | 45,890,326 | | 45,890,326 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 45,890,326 | | 45,890,326 | | | | | | | | | | 45 | Comisión Reguladora de Energía | | | | 10,075,649 | | 10,075,649 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 10,075,649 | | 10,075,649 | | | | | | | | | | 46 | Comisión Nacional de Hidrocarburos | | | 9,462,899 | | 9,462,899 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 9,462,899 | | 9,462,899 | | | | | | | | | | 47 | Entidades no Sectorizadas | | | | 25,805,538 | | 25,805,538 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 25,805,538 | | 25,805,538 | | | | | | | | | | 48 | Cultura | | | | | 66,887,151 | 10,020,585 | 76,907,736 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 66,887,151 | 10,020,585 | 76,907,736 | | | | | | | | | | | Instituto Mexicano del Seguro Social | | | | 361,490,052 | 361,490,052 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | | 361,490,052 | 361,490,052 | | | | | | | | Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado | 141,087,664 | 97,319,142 | 238,406,806 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | 141,087,664 | 97,319,142 | 238,406,806 | | | | | | | | Petróleos Mexicanos | | | | | 801,356,085 | 801,356,085 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | | 81,560,556 | 81,560,556 | | | Prestación de servicios corporativos | | 719,795,529 | 719,795,529 | | | | | | | | | | | Comisión Federal de Electricidad | | | | | 131,855,306 | 131,855,306 | | | Actividades de apoyo a la función pública y buen gobierno | | 131,855,306 | 131,855,306 | ANEXO 21. RAMO 23 PROVISIONES SALARIALES Y ECONÓMICAS (pesos) | | | | | | | | | | | | | | | | | | MONTO | Previsiones Salariales | | 9,750,334,011 | | | Situaciones laborales supervenientes | 9,750,334,011 | Provisiones Económicas | | 27,580,979,140 | | | Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) | | 24,644,000,000 | | | Fondo de Prevención de Desastres Naturales (FOPREDEN) 1/ | | 350,938,000 | | | Fondo de Reconstrucción para Entidades Federativas | | 2,500,000,000 | | | Comisiones y pago a CECOBAN | | 86,041,140 | Provisiones Salariales y Económicas | | 9,513,876,921 | Desarrollo Regional | | 26,557,645,812 | | | Fondo Regional | | | | | | 2,335,985,261 | | | Fondo para la Accesibilidad en el Transporte Público para las Personas con Discapacidad (Anexo 21.1) | | 500,000,000 | | | Proyectos de Desarrollo Regional | | | | | 17,952,964,774 | | | | | Programa para el Rescate del Acapulco Tradicional | | 100,000,000 | | | | | Proyectos de Desarrollo Regional (Anexo 21.2) | | 17,852,964,774 | | | Fondo Metropolitano | | | | | 3,268,695,777 | | | Fondo de Capitalidad | | 2,500,000,000 | Otras Provisiones Económicas | | | | | | 61,847,689,946 | | | Seguridad y Logística | | | | | 1,551,063,033 | | | Programa de Separación Laboral | | | | | 890,216,398 | | | Subsidios a las Tarifas Eléctricas | | | | | 50,179,000,000 | | | Provisión para la Armonización Contable | | | | 56,356,971 | | | Fondo para la Transición | | | | | 150,000,000 | | | Fondo para Fronteras | | | | | 750,000,000 | | | Fondo de Apoyo a Migrantes | | | | | 300,000,000 | | | Programas Regionales | | | | | 2,858,299,244 | | | Fondo para la modernización del patrimonio cultural federal | | | | 725,000,000 | | | Operación y Mantenimiento del Programa de Seguridad y Monitoreo en el Estado de México | | 1,500,000,000 | | | Cámaras de Vigilancia en el Estado de Veracruz | | | | 350,000,000 | | | Fondo para el Fortalecimiento Financiero | | | | 2,537,754,300 | Gastos asociados a ingresos petroleros | | | | | | | 21,212,713,988 | TOTAL | | | 156,463,239,818 | 1/ Incluye 50.0 millones de pesos para el proyecto "Construcción de instalaciones y equipamiento para Protección Civil". | ANEXO 21.1 FONDO PARA LA ACCESIBILIDAD EN EL TRANSPORTE PÚBLICO PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (pesos) | | | | | | | | | | ENTIDAD | MONTO | Aguascalientes | | | | | | | | 6,509,756 | Baja California | | | | | | | | 13,242,916 | Baja California Sur | | | | | | | | 4,309,312 | Campeche | | | | | | | | 7,989,550 | Chiapas | | | | | | | | 18,659,635 | Chihuahua | | | | | | | | 14,783,041 | Coahuila | | | | | | | | 11,926,774 | Colima | | | | | | | | 7,502,465 | Ciudad de México | | | | | | | | 31,915,671 | Durango | | | | | | | | 20,797,076 | Guanajuato | | | | | | | | 20,046,795 | Guerrero | | | | | | | | 14,206,100 | Hidalgo | | | | | | | | 12,361,120 | Jalisco | | | | | | | | 26,186,331 | MÉXICO | | | | | | | | 54,517,629 | Michoacán | | | | | | | | 16,990,621 | Morelos | | | | | | | | 8,983,917 | Nayarit | | | | | | | | 6,796,187 | Nuevo León | | | | | | | | 17,492,600 | Oaxaca | | | | | | | | 15,644,821 | Puebla | | | | | | | | 21,810,171 | Querétaro | | | | | | | | 8,853,195 | Quintana Roo | | | | | | | | 9,440,987 | San Luis Potosí | | | | | | | | 12,270,283 | Sinaloa | | | | | | | | 12,871,890 | Sonora | | | | | | | | 11,690,394 | Tabasco | | | | | | | | 10,756,536 | Tamaulipas | | | | | | | | 14,104,593 | Tlaxcala | | | | | | | | 7,238,323 | Veracruz | | | | | | | | 29,414,091 | Yucatán | | | | | | | | 10,014,359 | Zacatecas | | | | | | | | 20,672,861 | TOTAL | | | | | | | | 500,000,000 | ANEXO 21.2 AMPLIACIONES PARA PROYECTOS DE DESARROLLO REGIONAL (pesos) | | | | | | | | | | | | | | | | | | MONTO | TOTAL | | | | | | | | 17,852,964,774 | INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN EL MUNICIPIO DE ZACUALTIPÁN DE ÁNGELES, HIDALGO. | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE ATITALAQUIA, HIDALGO | 2,357,135 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE GENARO CODINA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE BACHILLERATO TECNOLÓGICO AGROPECUARIO NO. 193, YAUTEPEC, MORELOS | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE ARCOTECHO ESCUELA PRIMARIA OCTAVIO PAZ, MUNICIPIO NEXTLALPAN, MÉXICO | 1,700,000 | PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO CALLE PRINCIPAL, EN HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO | 720,044 | CONSTRUCCION DEL CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES YAUTEPEC, TERCERA ETAPA, EN YAUTEPEC, MORELOS | 17,800,000 | PAVIMENTO A BASE DE CONCRETO HIDRÁULICO CALLE TZINTZINTITLAN, LOCALIDAD HUEYAPAN, TETELA DEL VOLCÁN, MORELOS | 3,757,422 | INTERVENCIÓN CALZADA PEDRO A. GALVÁN - 2A ETAPA, EN EL MUNICIPIO DE COLIMA, EN EL ESTADO DE COLIMA | 44,000,000 | PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO Y SERVICIOS DE LA CALLE INSURGENTES, EN TENANGO DEL AIRE, MÉXICO | 2,050,953 | INFRAESTRUCTURA EN PUERTO CHIAPAS, EN EL MUNICIPIO DE TAPACHULA, EN EL ESTADO DE CHIAPAS | 40,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN MANZANILLO, COLIMA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE MAZATECOCHCO DE JOSÉ MARÍA MORELOS, TLAXCALA | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN COLIMA, COLIMA | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE ATLAUTLA, ESTADO DE MÉXICO. | 3,500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN SANTA ISABEL, CHIHUAHUA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE SAN MARTÍN DE BOLAÑOS, JALISCO | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN TEPEYAHUALCO, PUEBLA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN DIVERSOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO | 15,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA EN EL ESTADO DE COAHUILA | 340,000,000 | INFRAESTRUCTURA DE DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE ZARAGOZA, PUEBLA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN ROSAMORADA, NAYARIT | 500,000 | PAVIMENTACIÓN EN ZONA URBANA, EN COMPOSTELA, NAYARIT | 10,000,000 | INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN EL MUNICIPIO DE CERRO AZUL, VERACRUZ. | 750,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CALLE MORELOS EN SANTO DOMINGO BARRIO BAJO DE LA VILLA DE ETLA EN EL ESTADO DE OAXACA | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE VIALIDAD, BANQUETAS, CICLO VÍA Y ALUMBRADO PUBLICO, EN MORELIA, MICHOACÁN | 49,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE TEPOTZOTLÁN, ESTADO DE MÉXICO. | 6,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE MIGUEL AUZA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL Y VIAL PARA EL MUNICIPIO DE HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO | 5,000,000 | CONSTRUCCION DE CANCHA DE FUTBOL RAPIDO, EN XOCHICOATLÁN, HIDALGO | 1,900,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE SAN FELIPE DE JESÚS, SONORA | 1,000,000 | PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO EN EL MUNICIPIO DE VILLA SOLA DE VEGA EN EL ESTADO DE OAXACA | 3,382,165 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN LA AVENIDA QUIRINDAVARA, URUAPAN, MICHOACÁN | 10,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN ESCUELA LEYES DE REFORMA, ABASOLO, TAMAULIPAS | 765,455 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN DIVERSOS MUNICIPIOS DE AGUASCALIENTES | 20,000,000 | REHABILITACIÓN DE PARQUE LOS ENCINOS, EN EL MUNICIPIO DE TECATE, EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO EN AV. 2004, SAN ANTONIO HUITEPEC, ZAACHILA, OAXACA | 3,500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE CASAS, TAMAULIPAS | 7,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN MARTÍN HIDALGO, JALISCO. | 6,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE CAMARGO, TAMAULIPAS | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO. | 84,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL. CALLE NOSTALGIA, ENTRE BLVD. LA LUZ Y HEROES DE LA INDEPENDENCIA COLONIA SAN PEDRO DE LOS HERNÁNDEZ, EN LEÓN, GUANAJUATO | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE CONCEPCIÓN DEL ORO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 6,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO SUCHILQUITONGO, OAXACA | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE TABASCO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO CALLE MARCELINO ALCANTAR, LA CRUZ, CHIHUAHUA | 924,586 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE FUTBOL RÁPIDO EN LA ESC. SEC. FED. NO.2, EN PACHUCA DE SOTO, HIDALGO | 1,950,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE NEXTLALPAN, MÉXICO | 4,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE DE LA CANCHA DE BASQUETBOL DE LA LOCALIDAD DE PASO DE NICOLAS ROMERO (LAS PUERCAS) EN EL MUNICIPIO DE TUZANTLA, MICHOACÁN DE OCAMPO | 700,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE CANATLÁN, DURANGO | 2,475,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE ATLATLAHUCAN, MORELOS | 3,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA EN EL ESTADO DE OAXACA | 36,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE TIPO ARCO TECHO EN ESCUELA SECUNDARIA CABECERA MUNICIPAL DE VILLALDAMA, NUEVO LEÓN | 1,150,000 | INFRAESTRUCTURA EN LA DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ, CIUDAD DE MÉXICO | 22,500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN DIVERSOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE VILLANUEVA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 7,700,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO CALLE SIN NOMBRE COL PANAMERICANA, LA CRUZ, CHIHUAHUA | 2,139,933 | REHABILITACIÓN DEL TEATRO DE LA CIUDAD, ANTIGUO CONGRESO, EN CUERNAVACA, MORELOS | 50,000,000 | REENCARPETADO CON CONCRETO ASFÁLTICO EN AV. PROGRESO, MUNICIPIO NEXTLALPAN, MÉXICO | 2,200,659 | CONSTRUCCIÓN DE PUENTE ELEVADO DE LA VÍA RÁPIDA, EN ACAPULCO DE JUÁREZ, GUERRERO | 10,000,000 | CONTRUCCIÓN DE GIMNASIO MULTIDISCIPLINARIO PORFIRIO DÍAZ, EN SAN DAMIÁN TEXÓLOC, TLAXCALA | 10,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE RASTRO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE JALPA, ZACATECAS. | 4,500,000 | PAVIMENTACIÓN A BASE DE CONCRETO HIDRÁULICO CALLE GUERRERO, CABECERA MUNICIPAL, CHALCATONGO DE HIDALGO, OAXACA | 1,500,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA CALLE AVENIDA SAN JOSÉ LOCALIDAD HUAUTLA, HUAUTLA, HIDALGO | 2,539,013 | CONSTRUCCION DE DORMITORIOS PARA ALBERGUE DE LA UMR 22 DEL IMSS, EN ZACUALTIPÁN DE ÁNGELES, HIDALGO | 653,830 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN CONTLA DE JUAN CUAMATZI, TLAXCALA | 500,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA EN EL ESTADO DE DURANGO | 50,000,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA DE CALLE PROLONGACIÓN IGNACIO ZARAGOZA, TENANGO DE DORIA, HIDALGO | 899,347 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE TEMAX, YUCATÁN | 3,000,000 | CONSTRUCCIÓN VIAL EN BOULEVARD COLOSIO ENTRONQUE CHACÓN, ENTRONQUE PLAZA Q. ENTRONQUE PFP, EN EL ESTADO DE HIDALGO | 181,760,000 | PAVIMENTACIÓN DE CALLES VARIAS DEL MUNICIPIO, TEMOZÓN, YUCATÁN | 2,920,070 | CONSTRUCCIÓN DE GUARNICIONES Y BANQUETAS EN DIVERSAS CALLES DEL MUNICIPIO, TELCHAC PUERTO, YUCATÁN | 2,500,067 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SALVADOR ESCALANTE, MICHOACÁN | 1,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO ESCUELA PRIMARIA TEODOMIRO MANZANO, CARDONAL, HIDALGO | 1,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE GIMNASIO Y AUDITORIO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CIUDAD JUÁREZ, MUNICIPIO DE JUÁREZ, CHIHUAHUA | 15,000,000 | REHABILITACIÓN DEL TRAMO CARRETERO METEPEC - HUEHUETLA, EL ESTRIBO, MUNICIPIO DE TENANGO DE DORIA, HIDALGO | 5,680,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE MIER, TAMAULIPAS | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TEPEYAHUALCO, PUEBLA. | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE MEXQUITIC DE CARMONA, EN SAN LUIS POTOSÍ. | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL ESTADO DE GUANAJUATO | 195,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE JOCOTEPEC, JALISCO. | 2,900,000 | REHABILITACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE EN LA LOCALIDAD DE HACIENDA AMBAS AGUAS (PRIMERA ETAPA), EN EL MUNICIPIO DE LA YESCA, NAYARIT. | 1,200,000 | OBRAS DE DRENAJE, PUENTES Y CAMINOS RURALES EN DIVERSOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE CAMPECHE | 20,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PUENTE PEATONAL SOBRE LA AV. UNIVERSIDAD EN LA COLONIA SANTA CECILIA EN LA CABECERA MUNICIPAL DE OCOTLÁN, JALISCO. | 3,900,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE ESCUELA PRIMARIA LIDUVINA BENAVIDES PEÑA, VICTORIA, TAMAULIPAS | 724,294 | CONSTRUCCIÓN DE PARQUE LINEAL E INFRAESTRUCTURA PARA LA MOVILIDAD SUSTENTABLE EN LA DELEGACIÓN LÓPEZ COTILLA, EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, JALISCO. | 10,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CASA DE CULTURA, RINCÓN DE ROMOS, AGUASCALIENTES | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE HIDALGO, DURANGO | 4,401,011 | CONSTRUCCIÓN DE PARQUE LINEAL (1A ETAPA CALLE SOL A CALLE INDEPENDENCIA) EN EL MUNICIPIO DE TEPATITLÁN DE MORELOS JALISCO. | 9,700,000 | PAVIMENTACION DE LA CALLE EDUARDO GOROSTIZA EN LA COLONIA PURISIMA, EN TACÁMBARO, MICHOACÁN | 700,000 | REHABILITACIÓN DE PLAZA BANDERAS, EN BOCA DEL RÍO, VERACRUZ | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO EN CANCHA DE USOS MÚLTIPLES PRIMARIA JOSEFA ORTIZ DE DOMÍNGUEZ, METEPEC, HIDALGO | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN MINERAL DEL CHICO, HIDALGO | 500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE MANLIO FABIO ALTAMIRANO, VERACRUZ. | 4,700,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO ASFALTICO CALLE MAGNOLIA, CUERNAVACA, MORELOS. | 418,249 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL SOYALTEPEC, OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE AYOTLÁN, JALISCO | 10,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE GENERAL FRANCISCO R. MURGUÍA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE GUARNICIONES, BANQUETAS Y PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE CONSTITUCIÓN ENTRE LAS CALLES VENUSTIANO CARRANZA Y 16 DE SEPTIEMBRE, EN LA COLONIA PATRIA LIBRE 1A SECCIÓN, EN EL MUNICIPIO DE COSOLEACAQUE, VERACRUZ | 2,970,000 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE CUAUHTÉMOC, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL PARA EL MUNICIPIO DE TANGANCÍCUARO, MICHOACÁN | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN SAYULA, JALISCO | 1,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO EN LA AVENIDA BENITO JUÁREZ, SANTO DOMINGO ZANATEPEC, ESTADO DE OAXACA | 7,627,725 | CONSTRUCCIÓN DE CASA DE LA CULTURA EN SAN FRANCISCO TEPEYANCO, TEPEYANCO, TLAXCALA | 7,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA PRIVADA 1 DE BENITO JUAREZ DE LA COLONIA LOS FRESNOS, EN NOGALES, VERACRUZ | 1,400,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN CALLE 30 DE SEPTIEMBRE, EN EL MUNICIPIO DE TEMOAC, MORELOS | 2,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO EN LA CALLE MADERO EN LA LOCALIDAD DE TUXPAN, EN EL MUNICIPIO DE TUXPAN, NAYARIT | 1,600,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA EN EL ESTADO DE SINALOA | 232,000,000 | CONSTRUCCION DE GIMNASIO AL AIRE LIBRE, EN ZEMPOALA, HIDALGO | 350,291 | CONSTRUCCIÓN DE PARQUE URBANO LA ALAMEDA, EN EL MUNICIPIO DE TEPATITLÁN DE MORELOS, JALISCO. | 7,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE MIGUEL AUZA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE ZACAPU, MICHOACÁN. | 10,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CAMPO DE FUTBOL EN LA UNIDAD DEPORTIVA EN EL MUNICIPIO DE NUEVO CASAS GRANDES, CHIHUAHUA | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO EN PLAZA CÍVICA, ZONA CENTRO LOCALIDAD EL VITHE, CARDONAL, HIDALGO | 1,500,000 | CONSTRUCCION DE GIMNASIO AL AIRE LIBRE EN EL CENTRO DE LA COMUNIDAD, EN APAN, HIDALGO | 450,000 | PAVIMENTACION DE LA CALLE RIO NAZAS COL VISTA DEL LAGO MPIO DE PÁTZCUARO MICHOACÁN | 2,800,000 | INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA (ALBERCA SEMIOLIMPICA), EN SALVATIERRA, GUANAJUATO | 5,200,000 | DESARROLLO E INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN UNIÓN DE SAN ANTONIO, JALISCO | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE HOPELCHÉN, CAMPECHE | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA DEL ACCESO AL CENTRO ECOTURÍSTICO "BITHA XANTHE" DE LA LOCALIDAD DE SAN PEDRO TLACHICHILCO, MUNICIPIO DE ACAXOCHITLÁN, HIDALGO | 1,000,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA DE LA CALLE "16 DE SEPTIEMBRE" EN LA LOCALIDAD DE SAN ANDRÉS, MUNICIPIO DE SAN BARTOLO TUTOTEPEC, HIDALGO | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN EL MUNICIPIO DE TEPATITLÁN DE MORELOS, JALISCO. | 10,000,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE TRES VALLES, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE | 3,000,000 | PAVIMENTACION DE LA CALLE PASO DE CORTES Y CALLE SANTA MARIA EN LA CABECERA MUNICIPAL DE OJUELOS DE JALISCO, JALISCO | 7,359,825 | REHABILITACIÓN DEL PARQUE LAGUNILLA EN EL POBLADO DE SAN ANTÓN, CUERNAVACA, MORELOS. | 1,000,000 | REHABILITACIÓN DE UNIDAD DEPORTIVA, EN BALLEZA, CHIHUAHUA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE GUSTAVO DÍAZ ORDAZ, TAMAULIPAS | 31,000,000 | REAHABILITACION DEL CAMPO DE FUTBOL DE LA LOCALIDAD DE HUEHUETLA, MUNICIPIO DE HUEHUETLA, HIDALGO | 730,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE UNIÓN DE SAN ANTONIO, JALISCO | 110,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE CHAHUITES, OAXACA. | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN LA AVENIDA SAN FRANCISCO, URUAPAN, MICHOACÁN | 20,000,000 | CONSTRUCCION DE LA PRIMERA ETAPA DE LA REHABILITACIÓN PARQUE ALAMEDA, EN ATOTONILCO EL GRANDE, HIDALGO | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN EL MUNICIPIO DE ATLAUTLA, ESTADO DE MÉXICO. | 1,500,000 | CONSTRUCCIÓN CAMINO ALIMENTADOR ARROLLO DEL MONTE A LA LOCALIDAD DEL KILOMETRO 100 ENTRE CARRETERA FEDERAL TUXPAN- TAMPICO Y BRECHA HUASTECA, EN EL MUNICIPIO DE TAMPICO ALTO, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE SAN ANDRÉS TENEJAPAN EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE MURO DE CONTENCIÓN, OBRA DE DRENAJE Y PAVIMENTACIÓN PARA RECONSTRUIR VIALIDAD, EN ZITÁCUARO, MICHOACÁN | 9,200,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE ATENGUILLO, JALISCO. | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE PLAYAS DE ROSARITO, BAJA CALIFORNIA | 7,500,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN COQUIMATLÁN, COLIMA | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TEATRO AL AIRE LIBRE EN EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE ROQUE, EN EL MUNICIPIO DE CELAYA, EN EL ESTADO DE GUANAJUATO | 4,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON ADOQUÍN CALLE 20 DE NOVIEMBRE, COMUNIDAD DIMAS, SAN IGNACIO, SINALOA | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN CALLE GUANAJUATO, COLONIA TRES DE MAYO, EN EL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS. | 3,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE ACAPULCO DE JUÁREZ, GUERRERO. | 13,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO ASFÁLTICO DE LA AV. 16 DE JULIO, ENTRE AV. AYUNTAMIENTO Y AV. EMILIANO ZAPATA, MUNICIPIO NEXTLALPAN, MÉXICO | 2,556,300 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE ATOLINGA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN HUEJOTITÁN, CHIHUAHUA | 1,180,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE A BASE DE ARCOTECHO EN CANCHA DE USOS MÚLTIPLES, COL. LAS TORRES DE CIVAC, EN EL MUNICIPIO DE JIUTEPEC, MORELOS. | 2,600,000 | RECONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA LOS MOCHIS - TOPOLOBAMPO, EN EL ESTADO DE SINALOA | 100,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE MIER, TAMAULIPAS. | 1,250,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA DE CALLE BACHILLERES, TENANGO DE DORIA, HIDALGO | 616,252 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE JUÁREZ, MICHOACÁN. | 3,000,000 | PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y REHABILITACIÓN DE OBRA PÚBLICA CON BENEFICIOS SOCIALES, EN EL ESTADO DE GUERRERO | 136,000,000 | INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN EL MUNICIPIO DE GENERAL PLUTARCO ELÍAS CALLES, EN SONORA. | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE JAUMAVE, TAMAULIPAS. | 4,300,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE ATLIXTAC 1RA ETAPA, GUERRERO | 1,208,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA DE CALLE ESCOBAR, MINERAL DEL MONTE, HIDALGO | 2,485,487 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO Y ALUMBRADO PÚBLICO CALLE MALVA ENTRE CALLE IRIS Y PARAÍSO, COLONIA MILPILLAS, DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, CUERNAVACA, MORELOS. | 852,216 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE EL NARANJO, SAN LUIS POTOSÍ | 6,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE ESCUELA SECUNDARIA TÉCNICA NO. 63 LÁZARO CÁRDENAS, GÓMEZ PALACIO, DURANGO | 708,960 | PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA CALLE 15 DE MAYO, MELCHOR OCAMPO, NUEVO LEÓN | 2,978,712 | CONSTRUCCIÓN TECHUMBRE EN LA ESCUELA SECUNDARIA TÉCNICA NÚM. 63 LÁZARO CARDENAS, GÓMEZ PALACIO, DURANGO | 708,960 | CONSTRUCCIÓN, PERFORACIÓN Y EQUIPAMIENTO DE POZO EN LA LOCALIDAD DE LA CAPILLA DEL REFUGIO, EN EL MUNICIPIO DE IXTLAHUACÁN DE LOS MEMBRILLOS, JALISCO | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN A BASE DE CONCRETO HIDRAULICO CALLE PRINCIPAL EN CABECERA MUNICIPAL, CHALCATONGO DE HIDALGO, OAXACA | 2,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE ESCUELA SECUNDARIA GRAL. BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA, GÓMEZ PALACIO, DURANGO | 527,500 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE AHUALULCO DE MERCADO, JALISCO. | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE ADOQUÍN CON BANQUETAS Y GUARNICIONES EN CALLE RIO BRAVO EN EL MUNICIPIO DE TEPEYANCO, TLAXCALA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA PÚBLICA VIAL EN EL ESTADO DE AGUASCALIENTES | 200,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN XONACATLÁN, MÉXICO | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE TAMPICO ALTO, VERACRUZ | 10,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE GUARNICIONES Y BANQUETAS EN LA CARRETERA A TLACOTEPEC, LOCALIDAD HUEYAPAN, TETELA DEL VOLCÁN, MORELOS | 600,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE MAZATEPEC, MORELOS | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN DE CALLE HIGUERA EN LA CABECERA MUNICIPAL, EN EL MUNICIPIO DE VENADO, EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ | 2,750,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE VETAGRANDE, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO PRIVADA TULIPANES, COLONIA FEDERACIÓN, DELEGACIÓN ANTONIO BARONA, CUERNAVACA, MORELOS. | 317,380 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE JARDÍN DE NIÑOS EMILIANO ZAPATA, LOCALIDAD HUEYAPAN, TETELA DEL VOLCÁN, MORELOS | 1,020,556 | CONSTRUCCIÓN DE ESTRUCTURA Y CUBIERTA METALICA, EN HIDALGO, MICHOACÁN | 800,000 | AMPLIACIÓN DEL CENTRO DE REHABILITACIÓN INTEGRAL DIF MUNICIPAL, EN JIMÉNEZ, CHIHUAHUA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE SOLIDARIDAD, QUINTANA ROO | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE OCAMPO, TAMAULIPAS | 4,000,000 | PAVIMENTACIÓN EN CALLE PRINCIPAL CON CONCRETO HIDRÁULICO EN LOCALIDAD DE METEPEC RIO SECO, METEPEC, HIDALGO | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE JUANACATLÁN, JALISCO. | 6,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE FUTBOL SOCCER EN EL MUNICIPIO DE TETELA DEL VOLCÁN DEL ESTADO DE MORELOS | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL ESTADO DE TABASCO | 19,770,293 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE CONTLA DE JUAN CUAMATZI, TLAXCALA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE ZITÁCUARO, MICHOACÁN DE OCAMPO | 2,668,900 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN PALIZADA, CAMPECHE | 1,500,000 | REHABILITACIÓN DEL CAMINO DE WADLEY A SAN JOSE DE CORONADOS, EN EL MUNICIPIO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ | 4,991,302 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE ADOQUÍN CON BANQUETAS, GUARNICIONES Y ALCANTARILLADO EN QUINTA PRIVADA DE LA CALLE 20 DE NOVIEMBRE EN EL MUNICIPIO DE TEPEYANCO, TLAXCALA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE METLATÓNOC, GUERRERO. | 3,000,000 | REHABILITACIÓN DE SANITARIOS DE 8 MÓDULOS PARA NIÑOS Y NIÑAS ESCUELA PRIMARIA MIGUEL HIDALGO, CANATLÁN, DURANGO | 180,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE CÁRDENAS, SAN LUIS POTOSÍ. | 2,384,141 | PAVIMENTACIÓN DE CALLES VARIAS EN EL MUNICIPIO, MUXUPIP, YUCATÁN | 2,720,146 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE ATOTONILCO DE TULA, HIDALGO | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN NAUCALPAN DE JUÁREZ, MÉXICO | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE JARDÍN DE NIÑOS DANIS LAO LÓPEZ, GÓMEZ PALACIO, DURANGO | 1,254,420 | REHABILITACIÓN DE LA CASA DE LA CULTURA FERNANDO Z. MALDONADO, EN LA CABECERA MUNICIPAL DE CÁRDENAS, SAN LUIS POTOSÍ. | 2,588,410 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE CARMEN, CAMPECHE | 8,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL A BASE DE MICROCARPETA PASEO ANÁHUAC, DESDE EL OBELISCO HASTA FUENTE DEL PASEO , EN HUIXQUILUCAN, MÉXICO | 13,467,300 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE ESCUELA PRIMARIA GENERAL JESÚS GARCÍA GUTIÉRREZ, GÓMEZ PALACIO, DURANGO | 900,126 | CONSTRUCCIÓN DE SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES PARA BENEFICIAR A LA COMUNIDAD DE SANTA ANA DE ALLENDE EN CHAPULHUACÁN EN EL ESTADO DE HIDALGO | 7,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA VIAL EN LA CABECERA MUNICIPAL DE OMEALCA, VERACRUZ | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN NUEVO CASAS GRANDES, CHIHUAHUA | 4,300,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO EN AV. PICACHO COL. GUADALUPE, VILLA DE TEZONTEPEC, HIDALGO | 961,341 | REHABILITACIÓN DE LA PLAZUELA PRINCIPAL, LOCALIDAD DE LA LABOR, SAN IGNACIO, SINALOA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN EL MUNICIPIO DE TEPECHITLÁN, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE GIMNASIO AL AIRE LIBRE EN LA COL. RINCONES DE LA HACIENDA, MUNICIPIO DE TULANCINGO DE BRAVO, HIDALGO | 180,000 | INFRAESTRUCTURA BÁSICA PARA EL MUNICIPIO DE CALNALI, HIDALGO | 8,300,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TINGAMBATO, MICHOACÁN | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO EN CALLES DEL MUNICIPIO, BACALAR, QUINTANA ROO | 10,000,000 | 2 ª. ETAPA DE LA CONSTRUCCIÓN DEL MODULO DE RIEGO, DISTRITO 11, EN SALVATIERRA, GUANAJUATO | 8,000,000 | REHABILITACIÓN DE CANCHA EN UNIDAD DEPORTIVA ORGULLO CANADIENSE, EN LA CABECERA MUNICIPAL DE CÁRDENAS, SAN LUIS POTOSÍ. | 3,166,981 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE GENERAL ENRIQUE ESTRADA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL PARA EL MUNICIPIO DE TEZONTEPEC DE ALDAMA EN EL ESTADO DE HIDALGO | 10,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN HUNUCMÁ, YUCATÁN | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE PÁTZCUARO, MICHOACÁN | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE AMEALCO DE BONFIL, QUERÉTARO | 75,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PARQUE DE CONVIVENCIA VILLAS DEL BAJÍO EN CELAYA, GUANAJUATO | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE BOULEVARD EN CABECERA MUNICIPAL, METEPEC, HIDALGO | 5,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA EN LA ZONA METROPOLITANA DE PUEBLA | 120,000,000 | INFRAESTRUCTURA CARRETERA EN EL MUNICIPIO DE JUCHIPILA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 10,700,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE JIMÉNEZ DEL TEUL, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN TECOMÁN, COLIMA | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA ETAPA DEL BOULEVARD EN LA LOCALIDAD DE TIERRA COLORADA, MUNICIPIO DE JUAN R. ESCUDERO, ESTADO DE GUERRERO | 25,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA | 15,000,000 | AMPLIACIÓN DE RED DE AGUA POTABLE Y PAVIMENTACIÓN EN CALLE 15, 16 Y 17, CUMPAS, SONORA | 4,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE GUARNICIONES Y BANQUETAS EN DIVERSAS CALLES DEL MUNICIPIO, MUXUPIP, YUCATÁN | 2,680,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL, HIDRÁULICA Y EN SERVICIOS BÁSICOS, EN EL ESTADO DE GUERRERO | 124,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE TLAXCALA, TLAXCALA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE HEROICA CIUDAD DE TLAXIACO, OAXACA | 10,000,000 | CONSTRUCCION DE ARCOTECHO EN EL JARDIN DE NIÑOS BERNAL DIAZ DEL CASTILLO, EN TEPEJI DEL RÍO DE OCAMPO, HIDALGO | 1,174,550 | REHABILITACIÓN DE VIALIDADES ALIMENTADORAS DE LA LINEA TRES DEL TREN LIGERO EN LA ZONA ORIENTE DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, JALISCO. | 10,000,000 | PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO Y SERVICIOS DE LA CALLE LA UNIÓN, EN TENANGO DEL AIRE, MÉXICO | 1,523,697 | REHABILITACIÓN DE LA AV. 33 PARTE PONIENTE DEL MUNICIPIO, PROGRESO, YUCATÁN | 11,818,289 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA ANA NOPALUCAN, TLAXCALA | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE GUARNICIONES, BANQUETAS Y PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE 1RO. DE MAYO ENTRE CARRETERA COSTERA DEL GOLFO Y CALLE INDEPENDENCIA, EN LA LOCALIDAD DE ESTERO DEL PANTANO, EN EL MUNICIPIO DE COSOLEACAQUE, VERACRUZ | 2,615,350 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE TIPO INEIEM CENDI NO. 4 EN EL MUNICIPIO DE JIUTEPEC, MORELOS | 2,200,000 | PAVIMENTACIÓN DEL CAMINO PETATLÁN SAN VALENTÍN, EN EL MUNICIPIO DE PETATLÁN DEL ESTADO DE GUERRERO | 25,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE PLAYA VICENTE, VERACRUZ | 3,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE VILLA GONZÁLEZ ORTEGA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CALLE FRESNOS, COL ARBOLEDAS DE ZACATEPEC, EN EL MUNICIPIO DE ZACATEPEC, MORELOS | 2,300,000 | REHABILITACIÓN DE LA CALLE DWIGHT MORROW, CUERNAVACA, MORELOS | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN SAN BLAS ATEMPA, OAXACA | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN PATIO Y TEATRO DEL JARDÍN DE NIÑOS FRANCISCO RAMÍREZ CANALES, MIER, TAMAULIPAS | 1,626,492 | CONSTRUCCIÓN DE AUDITORIO MUNICIPAL, CHINA, NUEVO LEÓN | 10,275,540 | MODERNIZACIÓN DE CALLE OBREGÓN PRIMERA ETAPA EN LA CABECERA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE IXTLAHUACÁN DE LOS MEMBRILLOS, JALISCO | 9,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO PRIVADA ORQUÍDEA, COLONIA FEDERACIÓN, DELEGACIÓN ANTONIO BARONA, CUERNAVACA, MORELOS. | 414,366 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL ESTADO DE NAYARIT | 50,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE TOCATLÁN, TLAXCALA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN EL MUNICIPIO DE LA YESCA, NAYARIT. | 3,000,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA DE CALLE GONZÁLEZ ORTEGA, TENANGO DE DORIA, HIDALGO | 688,828 | CONSTRUCCIÓN DE DOS AULAS Y BAÑOS SANITARIOS EN JARDÍN DE NIÑOS GUADALUPE BERNAL DE CUELLAR, SANTA CRUZ QUILEHTLA, TLAXCALA | 1,059,873 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN SANTIAGO HUAJOLOTITLÁN, OAXACA | 1,000,000 | PAVIMENTACION DE LA CALLE LUIS G URBINA COL LOMA LINDA MUNICIPIO DE PÁTZCUARO, MICHOACÁN | 1,334,177 | CONSTRUCCIÓN DE GRADAS CON TECHUMBRE, BASTIDORES Y BAÑOS, PISTA COMPLETA CON GUARNICIONES EN LA UNIDAD DEPORTIVA DE TLANCHINOL, HIDALGO | 3,988,336 | INFRAESTRUCTURA ECONÓMICA PARA EL ESTADO DE MORELOS | 30,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CALZADA DE GUADALUPE, 1ERA ETAPA, EN COCULA, GUERRERO | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE BARDA PERIMETRAL EN LA ESCUELA PRIMARIA IGNACIO ALLENDE, LOC. SAN DIEGO TEPANTONGO, ATLATLAHUCAN, MORELOS | 1,140,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE ETZATLÁN, JALISCO. | 6,500,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE SANTA CATARINA, NUEVO LEÓN | 10,000,000 | REHABILITACIÓN DE CANCHA TECHADA EN LA COMUNIDAD DE TAMALA, IXTLAHUACÁN, COLIMA | 1,158,478 | MODERNIZACIÓN DE CARRETERAS ESTATALES, EN EL ESTADO DE QUERÉTARO | 200,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN SAN JUAN DE GUADALUPE, DURANGO | 500,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE NAUCALPAN DE JUÁREZ, MÉXICO | 15,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ | 80,000,000 | INFRAESTRUCTURA CARRETERA EN EL MUNICIPIO DE MORELOS, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN DIVERSOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE CHIAPAS | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DEL TECHADO DE LA CANCHA MUNICIPAL EL ROSARIO, SECCIÓN SEGUNDA, EN SAN PABLO HUITZO, OAXACA | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN JUÁREZ HIDALGO, HIDALGO | 500,000 | PAVIMENTACIÓN EN LA CALLE CRISTO REY, LOCALIDAD ANENECUILCO, AYALA, MORELOS | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE SALAMANCA, GUANAJUATO | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA DE DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE AHUACUOTZINGO, GUERRERO | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE DOMO EN KANTUNILKIN, LÁZARO CÁRDENAS, QUINTANA ROO | 2,500,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO CALLE FEDERAL, ACCESO MARÍA SANTA CATARINA ZAPOQUILA, EN SANTA CATARINA ZAPOQUILA, OAXACA | 1,400,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE DE LA CANCHA EN SECUNDARIA JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN EN LA COMUNIDAD DE HUAJINTLAN, AMACUZAC, MORELOS | 2,100,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN PLAZA COMUNITARIA DELTA 2000, EN EL MUNICIPIO DE LEÓN, GUANAJUATO | 9,800,000 | REHABILITACIÓN DE LA PLAZA PRINCIPAL, EN TEPEHUACÁN DE GUERRERO, HIDALGO | 7,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE CÁRDENAS, SAN LUIS POTOSÍ | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN OJINAGA, CHIHUAHUA | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN EL MUNICIPIO DE SAN SEBASTIÁN DEL OESTE, JALISCO. | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE MELCHOR OCAMPO DEL ESTADO DE MÉXICO | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE BARDA PERIMETRAL EN LA ESCUELA SECUNDARIA OFICIAL DE DR. MORA, EN EL MUNICIPIO DE DOCTOR MORA, GUANAJUATO | 489,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE CONCRETO HIDRÁULICO DE UN F ´C= 200 KG/CM2 EN LA CALLE GUTIERREZ ZAMORA ENTRE LA CARRETERA FEDERAL 180 Y CALLE INDEPENDENCIA PRIMERA ETAPA DE LA LOCALIDAD DE EMILIO CARRANZA EN EL MUNICIPIO DE VEGA DE ALATORRE, VERACRUZ | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO BASE DE CONCRETO HIDRÁULICO EN LA CALLE 12 DE DICIEMBRE, COL SAN JUAN, PURÉPERO, MICHOACÁN | 750,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS | 100,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO ASFALTICO CALLE GARDENIA RANCHO CORTES, CUERNAVACA, MORELOS. | 559,236 | CONSTRUCCION DE PRIMERA ETAPA DE LA UNIDAD DEPORTIVA Y DE RECREACIÓN EL TEJOCOTE, EN AJACUBA, HIDALGO | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO EN EL MUNICIPIO DE PUERTO PEÑASCO, SONORA | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN JACALA DE LEDEZMA, HIDALGO | 500,000 | CONSTRUCCION INTEGRAL DE LA CALLE CANADÁ ENTRE LÓPEZ MATEOS Y VENUSTIANO CARRANZA EN EL MUNICIPIO DE SAHUAYO, MICHOACÁN | 1,600,000 | SEGUNDA ETAPA DEL MALECÓN COSTERO EN LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR | 200,000,000 | INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO. | 45,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE AMAXAC DE GUERRERO, TLAXCALA | 1,500,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN CALLE LA PAZ EN ERONGARÍCUARO, MICHOACÁN | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE ZACAPU, MICHOACÁN. | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE COSAUTLÁN DE CARVAJAL, VERACRUZ | 2,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE CONCRETO ASFÁLTICO Y SERVICIOS EN CALLE PLAN DE SAN LUIS (TERCERA ETAPA), EN LA CABECERA MUNICIPAL DE TEPETLIXPA, ESTADO DE MÉXICO. | 1,814,000 | CONSTRUCCIÓN DE CENTRO DE SALUD EN LA DELEGACIÓN DE SAN JOSÉ DE GRACIA DEL MUNICIPIO DE TEPATITLÁN DE MORELOS, JALISCO. | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL, PARA EL ESTADO DE CHIAPAS | 20,000,000 | REHABILITACIÓN DEL MERCADO MUNICIPAL DE AMAYUCA EN EL MUNICIPIO DE JANTETELCO, MORELOS. | 2,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE PARQUE INFANTIL TEPEYANQUITO COL CENTRO, TEPEYANCO, TLAXCALA | 500,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA CALLE 14 DE MAYO LOCALIDAD AHUATITLA, HUAUTLA, HIDALGO | 1,485,998 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE MELCHOR OCAMPO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA | 15,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN EL MUNICIPIO DE CUITLÁHUAC, VERACRUZ | 3,338,800 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO EN CANCHA DE USOS MÚLTIPLES EN LA TELESECUNDARIA, METEPEC, HIDALGO | 2,500,000 | INFRAESTRUCTURA EN DESARROLLO REGIONAL EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA | 235,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE VILLA TEJÚPAM DE LA UNIÓN 1RA ETAPA, OAXACA | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DE CAHUAZAS, MUNICIPIO DE CHAPULHUACÁN, HIDALGO | 7,500,000 | INFRAESTRUCTURA DE SALUD EN EL ESTADO DE OAXACA | 27,460,339 | REHABILITACIÓN DEL PUENTE VIEJO TLAYECAC EN LA LOCALIDAD DE TLAYECAC EN EL MUNICIPIO DE AYALA, MORELOS | 2,000,000 | AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN LA LOCALIDAD DE CHANCAH DERREPENTE, MUNICIPIO FELIPE CARRILLO PUERTO, QUINTANA ROO | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE BOCA DEL RÍO, VERACRUZ | 7,500,000 | PAVIMENTACION DE LA CALLE 1 Y 2 GLADIOLA COL. JACARANDAS MUNICIPIO DE PÁTZCUARO, MICHOACÁN | 2,865,406 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE ZACAPOAXTLA, PUEBLA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL DIVERSOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE PALIZADA, CAMPECHE | 1,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA EN EL ESTADO DE COLIMA | 108,000,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE NÁCORI CHICO, SONORA | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE BARDA PERIMETRAL EN ESCUELA PRIMARIA EMMA VÁZQUEZ GARCÍA, VICTORIA, TAMAULIPAS | 1,379,385 | CONSTRUCCIÓN DE DOMO EN PREESCOLAR JARDÍN DE NIÑOS MANUEL M FLORES, CANATLÁN, DURANGO | 200,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO ASFÁLTICO, GUARNICIONES Y BANQUETAS DE LA CALLE COLORINES, MUNICIPIO NEXTLALPAN, MÉXICO | 4,340,646 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO, GUARNICIONES, BANQUETA Y MURO DE CONTENCIÓN EN LA CALLE 20 DE NOVIEMBRE, EN EL MUNICIPIO DE SOCONUSCO, VERACRUZ. | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN CALLE "SAN JOSÉ DEL POTRERO" (ESQUINA BLVD. VICENTE VALTIERRA) ACCESO A LA IGLESIA Y PLAZA COLONIA "EL CARMEN", EN LEÓN, GUANAJUATO | 4,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE SALA AUDIOVISUAL EN ESCUELA SECUNDARIA GRAL. JAIME TORRES BODET, EL MANTE, TAMAULIPAS | 1,499,998 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE YAUTEPEC, MORELOS | 25,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO TRAMO TAMARINDO HUASTECO - TIUTZEN, TAMPAMOLÓN CORONA, SAN LUIS POTOSÍ | 3,000,000 | PAVIMENTACIÓN CALLE FLOR DE NOCHE BUENA COL TIERRAS BLANCAS, TUXPAN, JALISCO | 4,399,716 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE MEZQUITAL DEL ORO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA MIXTEQUILLA, OAXACA | 6,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA EN EL ESTADO DE GUERRERO | 200,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO PEROTE, VERACRUZ | 25,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN TETELA DEL VOLCÁN, MORELOS | 1,400,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE YECAPIXTLA, MORELOS | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, JALISCO. | 30,000,000 | REHABILITACIÓN DEL MERCADO EN LA CABECERA MUNICIPAL DE TEZONAPA, VERACRUZ. | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE TEPALCINGO, MORELOS | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA DE LA PAZ, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA | 9,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TUXCUECA, JALISCO. | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE HOSPITAL PSIQUIÁTRICO (1 ª ETAPA) EN EL MUNICIPIO DE TEPATITLÁN DE MORELOS JALISCO. | 8,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN AGUSTÍN ATENANGO, OAXACA | 1,600,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE MATAMOROS, TAMAULIPAS | 10,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN LA CANCHA DE BASQUETBOL EN LA LOCALIDAD LA COLONIA, EN EL MUNICIPIO DE TUZANTLA, MICHOACÁN DE OCAMPO | 653,333 | INFRAESTRUCTURA CARRETERA EN EL MUNICIPIO DE PINOS, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 10,700,000 | INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN EL MUNICIPIO DE OCOTLÁN, JALISCO. | 2,750,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN DAMIÁN TEXÓLOC, TLAXCALA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE MOLANGO DE ESCAMILLA, HIDALGO | 1,300,000 | REHABILITACIÓN DEL MERCADO MUNICIPAL DE TETELA DEL VOLCÁN, EN EL MUNICIPIO DE TETELA DEL VOLCÁN, MORELOS | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE ATLATLAHUCAN, MORELOS | 2,450,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE CHALCHIHUITES, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO PRIVADA AVE DE PARAÍSO, COLONIA FEDERACIÓN, DELEGACIÓN ANTONIO BARONA, CUERNAVACA, MORELOS. | 233,487 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO PARA EL MUNICIPIO DE XOCHIAPULCO, PUEBLA | 1,000,000 | REHABILITACIÓN DE TECHUMBRE EN PLAZA CÍVICA JOAQUÍN CAMAÑO EN EL MUNICIPIO DE AXOCHIAPAN, MORELOS | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL AYUNTAMIENTO DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA | 15,000,000 | CONSTRUCCION DE BARDA PERIMETRAL DE LA DEPORTIVA DEL ROMERAL EN CELAYA, GUANAJUATO | 2,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 16,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN MATAMOROS, CHIHUAHUA | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA AVENIDA BRISAS DE FLORIDA, EN EL MUNICIPIO DE TEMIXCO, MORELOS | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE GUAYMAS, SONORA | 3,000,000 | REHABILITACIÓN DE CARPETA ASFÁLTICA CALLE EUFEMIO ZAPATA SALAZAR, COLONIA LADRILLERA EN MONTEMORELOS, NUEVO LEÓN | 2,002,792 | CONSTRUCCIÓN DE UNIDAD DEPORTIVA, PRIMERA ETAPA, EN LA LOCALIDAD DE EL HUIZACHE Y LA PALOMA, MUNICIPIO DE ACATLÁN, HIDALGO | 500,000 | PAVIMENTACIÓN DE CALLE ÁLVARO OBREGÓN, VILLA DE TEZONTEPEC, HIDALGO | 2,540,379 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL PARA EL MUNICIPIO DE ATLAPEXCO, HIDALGO | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE AULA DIDÁCTICA EN KÍNDER FRANCISCO SARABIA, LOCALIDAD IXTLILCO EL GRANDE, TEPALCINGO, MORELOS | 420,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN SAN JUAN DE SABINAS, COAHUILA DE ZARAGOZA | 12,000,000 | CONSTRUCCION POR SUSTITUCION DE UNIDAD MEDICA DE PRIMER NIVEL CAOBAS, EN OTHÓN P. BLANCO, QUINTANA ROO | 6,000,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE APIZACO, TLAXCALA | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN HUAUCHINANGO, PUEBLA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN COQUIMATLÁN, COLIMA | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL PARA EL MUNICIPIO DE SAN FELIPE ORIZATLÁN, HIDALGO | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA ETAPA DEL AUDITORIO MUNICIPAL, EN ATLAPEXCO, HIDALGO | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN CANCHA, LOCALIDAD EL REMATE, COMALA, COLIMA | 1,200,000 | CONSTRUCCIÓN DE COMISARÍA MUNICIPAL EN LA LOCALIDAD DE ARATICHANGUIO, EN EL MUNICIPIO DE ZIRÁNDARO, GUERRERO. | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE EL NARANJO, SAN LUIS POTOSÍ | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA ECONÓMICA PARA EL MUNICIPIO DE MOLANGO DE ESCAMILLA, HIDALGO | 1,500,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRAÚLICA DEL CAMINO DE LA MESA DEL AIRE EN EL MUNICIPIO DE TUZANTLA, MICHOACÁN DE OCAMPO | 1,586,666 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE OJOCALIENTE, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 10,700,000 | CONSTRUCCIÓN DE ARCOTECHO ESCUELA SECUNDARIA MARIANO MATAMOROS, MUNICIPIO NEXTLALPAN, MÉXICO | 1,700,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE OPODEPE, SONORA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL ESTADO DE MICHOACÁN | 42,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TEPATITLÁN DE MORELOS, JALISCO | 3,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO CON ESTRUCTURA METÁLICA EN PATIO CÍVICO DE PREESCOLAR DE "EL RANCHITO", JIMÉNEZ, MICHOACÁN | 500,000 | CONSTRUCCIÓN DE DOMO DE MEMBRANA JARDÍN DE NIÑOS JOSÉ T. CUELLAR, CANATLÁN, DURANGO | 200,000 | PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO DE LA AVENIDA JUÁREZ ACCESO PRINCIPAL A MINERAL DEL MONTE PRIMERA ETAPA, EN MINERAL DEL MONTE, HIDALGO | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA CALLE NARANJO ENTRE CALLE HIDALGO Y HUISACHE EN HUALAHUISES, NUEVO LEÓN | 2,713,150 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS | 3,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA EN EL ESTADO DE SONORA | 20,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE ZIHUATEUTLA, PUEBLA. | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SOLOSUCHIAPA 1RA ETAPA, CHIAPAS | 1,188,874 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN NAVA, COAHUILA DE ZARAGOZA | 3,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE FUTBOL RÁPIDO, MAZAPIL, ZACATECAS | 2,825,979 | PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA CALLE AMADO NERVO Y LUCIO VEGA, HUALAHUISES, NUEVO LEÓN | 3,045,313 | INFRAESTRUCTURA DE DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE CHILCHOTLA, PUEBLA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, NUEVO LEÓN | 15,000,000 | ADOQUINAMIENTO DE LA CALLE 13 SUR ENTRE 11 Y 13 PONIENTE EN LA LOCALIDAD DE SAN SALVADOR EL SECO, EN SAN SALVADOR EL SECO, PUEBLA | 488,563 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE CAMPECHE, CAMPECHE | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO EN CALLE LÁZARO CÁRDENAS DE CALLE FRANCISCO VILLA A PERIFÉRICO COL. LUIS ALONSO, EN EL MUNICIPIO DE TONALÁ, EN EL ESTADO DE JALISCO | 10,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, NUEVO LEÓN | 10,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL ESTADO DE CHIAPAS | 356,507,400 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE TEKIT, YUCATÁN | 10,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL (CONSTRUCCIÓN DE CARRIL DE EMERGENCIA), EN TOCUMBO, MICHOACÁN | 4,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE APETATITLÁN DE ANTONIO CARVAJAL, TLAXCALA | 1,000,000 | REHABILITACIÓN DEL PARQUE CASA DE PIEDRA, EN ZACUALTIPÁN DE ÁNGELES, HIDALGO | 1,500,000 | REHABILITACIÓN DE PRESIDENCIA MUNICIPAL, VILLA DE TEZONTEPEC, HIDALGO | 5,208,628 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE CALNALI, HIDALGO | 6,400,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO ASFÁLTICO DE LA AV. 16 DE JULIO, ENTRE AV. CALVARIO Y CALLE SIN NOMBRE (VÍAS), MUNICIPIO NEXTLALPAN, MÉXICO | 3,383,124 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, EN EL MUNICIPIO DE ZARAGOZA, SAN LUIS POTOSÍ | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE VERACRUZ, VERACRUZ | 7,500,000 | PAVIMENTACION DE LA CALLE 5 DE MAYO COL IGNACIO ZARAGOZA MPIO DE PÁTZCUARO MICHOACÁN | 2,800,000 | REHABILITACIÓN DE CALLES COLONIA PACTO OBRERO EN CHETUMAL, OTHÓN P. BLANCO, QUINTANA ROO | 2,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE COICOYÁN DE LAS FLORES, EN COICOYÁN DE LAS FLORES, OAXACA | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CALLE 5 DE FEBRERO - INDEPENDENCIA, LOCALIDAD DE ZACAPALCO, EN EL MUNICIPIO DE TEPALCINGO, MORELOS | 1,452,446 | CONSTRUCCIÓN DE AULA DIDÁCTICA PARA BIBLIOTECA EN JARDÍN DE NIÑOS "MARÍA LAVALLE URBINA", REYNOSA, TAMAULIPAS | 389,400 | CONSTRUCCIÓN DE DOMO EN LA ESCUELA PRIMARIA DE LA COMUNIDAD DE LOS CAMPOS, EN EL MUNICIPIO DE VILLA GARCÍA, ZACATECAS. | 1,200,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE ADOCRETO EN CALLE PIRULES, EN EL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ QUILEHTLA, EN EL ESTADO DE TLAXCALA | 1,547,286 | PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO, INCLUYE GUARNICIONES Y BANQUETAS, EN CALLE 24 DE FEBRERO Y A UN COSTADO DE LA IGLESIA, EN LA COMUNIDAD DE RANCHO NUEVO, EN EL MUNICIPIO DE VILLA GARCÍA, ZACATECAS. | 700,000 | CONSTRUCCIÓN DE AULAS Y OFICINAS ADMINISTRATIVAS EN EL JARDÍN DE NIÑOS LAS AMÉRICAS, IRAPUATO, GUANAJUATO | 994,440 | CONSTRUCCIÓN DE LA CASA DE LA CULTURA EN LA LOCALIDAD DE TIERRA COLORADA, MUNICIPIO DE JUAN R. ESCUDERO, ESTADO DE GUERRERO | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE SAN JUAN ATENCO, PUEBLA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN FRANCISCO Z. MENA, PUEBLA | 500,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA DE LA CALLE PRINCIPAL EN LA LOCALIDAD DE PEÑAFIEL, PRIMERA ETAPA, MUNICIPIO DE OMITLÁN DE JUÁREZ, HIDALGO | 610,000 | CONSTRUCCION DE GUARNICION, BANQUETA Y PAVIMENTACION A BASE DE CONCRETO HIDRAULICO DE LA CALLE BENITO JUAREZ, EN SANTO DOMINGO YANHUITLÁN, OAXACA | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE TIPO INEIEM KINDER DE COL. JARDÍN JUÁREZ, JIUTEPEC, MORELOS. | 1,200,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE JESÚS MARÍA, AGUASCALIENTES | 5,000,000 | PAVIMENTACIÓN DEL CAMINO E.C.(OCOTITO - JALEACA) - ZOYATEPEC, TRAMO DEL 1+000 AL 3+500, EN EL MUNICIPIO DE CHILPANCINGO DE LOS BRAVO, GUERRERO | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, HIDALGO. | 2,700,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE JAUMAVE, TAMAULIPAS | 5,000,000 | REHABILITACIÓN DEL CENTRO DE LA COMUNIDAD, EN JUÁREZ HIDALGO, HIDALGO | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE USOS MÚLTIPLES Y DOMO DEPORTIVO LOCALIDAD TIERRA NEGRA, BACALAR, QUINTANA ROO | 2,300,000 | PAVIMENTACION DE LAS CALLES ALCATRAZ Y CIRCUITO HACIENDAS DE LA COLONIA LLANOS DE CANICUARO, EN TACÁMBARO, MICHOACÁN | 4,500,000 | INFRAESTRUCTURA EN LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE MÉXICO | 7,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TEPALCATEPEC, MICHOACÁN | 3,500,000 | CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE REHABILITACIÓN INTEGRAL (CRI) EN DURANGO, DURANGO | 20,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN LA CABECERA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE COCOTITLÁN, ESTADO DE MÉXICO. | 11,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN TASQUILLO, HIDALGO | 500,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL DE ALLENDE, GUANAJUATO | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES PARA BENEFICIAR A LA COMUNIDAD DE SAN LUCAS EN EL MUNICIPIO DE ALFAJAYUCAN EN EL ESTADO DE HIDALGO | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE VILLAGRÁN, GUANAJUATO | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE HUÉPAC, SONORA | 1,000,000 | PAVIMENTACIÓN DE TRAMO VASO DE MIRAFLORES ACCESO A LA ZONA MEZCALERA, EN EL MUNICIPIO DE ZIHUATANEJO DE AZUETA, GUERRERO | 11,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN LA LOCALIDAD DE LAS LOMAS, EN JILOTLÁN DE LOS DOLORES, JALISCO | 6,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE ZACATELCO, TLAXCALA | 3,000,943 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE RÍO GRANDE, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 10,700,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN SAN FRANCISCO DE BORJA, CHIHUAHUA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE LEONARDO BRAVO, GUERRERO | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL ESTADO DE DURANGO | 60,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE ADOCRETO EN EL MUNICIPIO DE SAN JERÓNIMO ZACUALPAN, TLAXCALA | 5,682,584 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE YAUHQUEMEHCAN, TLAXCALA | 14,858,890 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE USOS MÚLTIPLES Y CUBIERTA EN LA LOCALIDAD DE SAN ANDRÉS MILPILLAS, EN EL MUNICIPIO DE HUAJICORI, NAYARIT | 3,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN LA DESVIACIÓN XALXOCOTLA-POXCAUTLA, EN TEQUILA, VERACRUZ | 1,200,000 | CONSTRUCCIÓN DEL PARQUE LA ESTACIÓN, MUNICIPIO DE HIDALGO DEL PARRAL, CHIHUAHUA. | 25,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE YAUTEPEC, MORELOS | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE LEÓN, GUANAJUATO | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES PARA BENEFICIAR A LA COMUNIDAD DE PATRIA NUEVA EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE ANAYA ESTADO DE HIDALGO | 7,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN PREESCOLAR NEZAHUALCÓYOTL, LOCALIDAD HUEYAPAN, TETELA DEL VOLCÁN, MORELOS | 2,980,000 | PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO DE LAS CALLES PROLONGACIÓN ARGENTINA UNO Y ARGENTINA, LOC. EL PARAÍSO, AMACUZAC, MORELOS. | 995,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL PARA EL MUNICIPIO DE MOLANGO DE ESCAMILLA, HIDALGO | 2,200,000 | CONSTRUCCION INTEGRAL DE LA CALLE REPÚBLICA DE CUBA ENTRE AEROPUERTO Y CANADÁ, EN EL MUNICIPIO DE SAHUAYO, MICHOACÁN | 1,800,000 | PAVIMENTACIÓN DE CALLES VARIAS EN EL MUNICIPIO, YOBAÍN, YUCATÁN | 2,840,078 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN SOMBRERETE, ZACATECAS | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN COLECTOR PLUVIAL TERCER ANILLO PERIFÉRICO, EN EL MUNICIPIO DE COLIMA, EN EL ESTADO DE COLIMA | 22,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO DE LA CANCHA DE USOS MÚLTIPLES EN LA LOCALIDAD DE METILATLA, MUNICIPIO DE TULANCINGO DE BRAVO, HIDALGO | 1,385,000 | CONSTRUCCION DE EMPEDRADO ZAMPEADO PIEDRA AHOGADA EN CONCRETO Y SERVICIOS EN LA CALLE LÁZARO CÁRDENAS ENTRE CALLE SAN MIGUEL CALLE FIDEL CASTRO COLONIA SAN MIGUEL DE LA PUNTA, EN EL MUNICIPIO DE TONALÁ, EN EL ESTADO DE JALISCO | 3,700,000 | PAVIMENTACIÓN CALLES DE LA CABECERA MUNICIPAL, SINGUILUCAN, HIDALGO | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE UNIDAD DEPORTIVA EN LOCALIDAD DE BAQUETEROS, EN EL TULE, CHIHUAHUA | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO CALLE PRINCIPAL NARANJO, TAMPAMOLÓN CORONA, SAN LUIS POTOSÍ | 3,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL PARA EL MUNICIPIO DE HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO | 19,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN CIÉNEGA DE FLORES, NUEVO LEÓN | 500,000 | PAVIMENTACIÓN DE LA CALLE EMILIANO ZAPATA LOC. ANENECUILCO EN EL MUNICIPIO DE AYALA, MORELOS | 3,000,000 | PAVIMENTACIÓN Y REHABILITACIÓN DE CALLES EN EL MUNICIPIO DE MEXICALI, EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA | 50,702,812 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | CONSTRUCCION DEL CENTRO RECREATIVO ACAMPEMOS CONTRA EL CANCER, EN LA LOCALIDAD DE ZARAGOZA, EN CHALCATONGO DE HIDALGO, OAXACA | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN ESCUELA PRIMARIA AMADO NERVO, ALTAMIRA, TAMAULIPAS | 474,675 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO, GUARNICIONES Y BANQUETAS CALLE GRANADITA, TOLCAYUCA, HIDALGO | 1,492,314 | INFRAESTRUCTURA URBANA EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS | 200,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TETECALA, MORELOS. | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PABLO MACUILTIANGUIS, OAXACA | 3,000,000 | AMPLIACIÓN DE RED DE DRENAJE, AGUA POTABLE Y PAVIMENTACIÓN EN AVENIDA PLUTARCO ELÍAS CALLES DESDE CALLES 4 A 6, INCLUYE CALLE 4 ENTRE AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y PLUTARCO ELÍAS CALLES, EN EL MUNICIPIO DE CUMPAS, EN EL ESTADO DE SONORA | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE TENAMPULCO, PUEBLA | 1,000,000 | PAVIMENTACIÓN DE LA CALLE NICOLAS BRAVO LA COMUNIDAD DE SAN ISIDRO EN EL MUNCIPIO DE COSAMALOAPAN DE CARPIO, VERACRUZ | 1,850,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN EL CENTRO DE BACHILLERATO TECNOLOGICO AGROPECUARIO, SAN FERNANDO, TAMAULIPAS | 732,395 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ TLAXCALA, TLAXCALA | 1,500,000 | PAVIMENTACION DE LA CALLE ZACATECAS, SEGUNDA ETAPA, EN LA COL. SAN LAZARO MUNICIPIO DE PÁTZCUARO, MICHOACÁN | 2,774,126 | INFRAESTRUCTURA DE DESARROLLO MUNICIPAL EN UNIÓN DE SAN ANTONIO, JALISCO | 8,000,000 | REHABILITACIÓN DE CALLES DE ASFALTO Y ANDADORES DE CONCRETO EN COLONIA AARÓN MERINO EN CHETUMAL, OTHÓN P. BLANCO, QUINTANA ROO | 6,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE AGUA BLANCA DE ITURBIDE 1RA ETAPA, HIDALGO | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN COMPOSTELA, NAYARIT | 500,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE VICTORIA, TAMAULIPAS | 25,000,000 | REHABILITACIÓN DE LA AVENIDA 33 PARTE ORIENTE DEL MUNICIPIO, PROGRESO, YUCATÁN | 9,674,884 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO EN LA EXPLANADA MUNICIPAL DE SAN JUAN BAUTISTA COIXTLAHUACA, EN SAN JUAN BAUTISTA COIXTLAHUACA, OAXACA | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA, GUARNICIONES Y BANQUETAS EN LA CALLE "16 DE SEPTIEMBRE" EN LA COL. CENTRO DE LA LOCALIDAD DE ENCINILLOS, MUNICIPIO DE ACATLÁN, HIDALGO | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE TEPECHITLÁN, ZACATECAS | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL PARA EL MUNICIPIO DE HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO | 6,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL A BASE DE MICROCARPETA BLVD MAGNOCENTRO DESDE TOYOTA HASTA MAGNO CENTRO 26, EN HUIXQUILUCAN, ESTADO DE MÉXICO | 8,960,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN SALINAS VICTORIA, NUEVO LEÓN | 500,000 | INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN EL CECYTE 33 CAPULA, MUNICIPIO DE MORELIA, MICHOACÁN | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE AULA, CON OFICINA Y BAÑO EN ESCUELA PRIMARIA LIDUVINA BENAVIDES PEÑA, VICTORIA, TAMAULIPAS | 481,410 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN CHIQUILISTLÁN, JALISCO | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE ZAPOTLANEJO, JALISCO. | 18,000,000 | INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL EL MUNICIPIO DE CÁRDENAS, SAN LUIS POTOSÍ. | 1,529,372 | INFRAESTRUCTURA PARA MEJORAR LA COBERTURA DE AGUA POTABLE EN LA CIUDAD, EN EL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUÁREZ, EN EL ESTADO DE OAXACA | 11,933,855 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE VILLA HIDALGO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO ASFALTICO SIN NOMBRE LOCALIDAD ESTACIÓN LA CRUZ, LA CRUZ, CHIHUAHUA | 1,562,951 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE FUTBOL RÁPIDO, EN LA CRUZ, CHIHUAHUA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL, EN ZINAPÉCUARO, MICHOACÁN | 3,900,000 | PAVIMENTACIÓN DE ARROYO, GUARNICIONES Y BANQUETAS DE LA CALLE IGNACIO ZARAGOZA EN CABECERA MUNICIPAL, EN EL MUNICIPIO DE JARAL DEL PROGRESO, GUANAJUATO | 4,000,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA CALLE EL LAUREL LOCALIDAD LOS PUENTES, HUAUTLA, HIDALGO | 1,485,998 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE YURÉCUARO, MICHOACÁN | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE FRONTÓN, EN MATAMOROS, CHIHUAHUA | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE CONCRETO HIDRÁULICO DE UN F ´C=200 KG/CM2 EN BENITO JUÁREZ ENTRE LAS CALLES CALLA JOAQUÍN MARTÍNEZ Y MARCO A. MUÑOZ DE LA COLONIA CENTRO EN CABECERA MUNICIPAL DE ALVARADO, VERACRUZ | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DE LA UNIDAD ACADÉMICA DE ZACAPU, TIRINDARO DE LA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL INDÍGENA DE MICHOACÁN, MUNICIPIO DE ZACAPU, MICHOACÁN | 20,000,000 | PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO ESTAMPADO (PRIMERA ETAPA) EN LAS CALLES GUILLERMO PRIETO Y SANTOS DEGOLLADO, COLONIA CENTRO; LOCALIDAD DE NOCUPETARO EN EL MUNICIPIO DE NOCUPÉTARO, MICHOACÁN DE OCAMPO | 560,000 | REHABILITACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE GRADAS DEL CAMPO DEPORTIVO SAN PEDRO DE LOS NARANJOS, EN SALVATIERRA, GUANAJUATO | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE BUENAVISTA , MICHOACÁN | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN LA ESCUELA PRIMARIA "ESTUARDO LARA LARA", EN SAN FELIPE ORIZATLÁN, HIDALGO | 1,910,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN JACINTO AMILPAS 1RA ETAPA, OAXACA | 2,041,273 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE JARDÍN DE NIÑOS OCTAVIO PAZ, GÓMEZ PALACIO, DURANGO | 455,760 | CONSTRUCCIÓN DE GUARNICIONES, BANQUETAS Y PAVIMENTO HIDRÁULICO EN LA CALLE FERNANDO LÓPEZ ARIAS ENTRE CALLE ADOLFO LÓPEZ MATEOS Y CARRETERA A JALTIPAN, DE LA LOCALIDAD DE COACOTLA EN EL MUNICIPIO DE COSOLEACAQUE, VERACRUZ | 3,425,960 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN CALLE DEL TELEBACHILLERATO EN TENENCIA LAZARO CARDENAS, ERONGARÍCUARO, MICHOACÁN | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE ARCOTECHO DE JARDIN DE NIÑOS JOSÉ CLEMENTE OROZCO, MUNICIPIO NEXTLALPAN, MÉXICO | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE PÁNUCO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE MÓDULO DE 10 SANITARIOS PARA NIÑOS Y NIÑAS ESCUELA PRIMARIA NIÑOS HÉROES, CANATLÁN, DURANGO | 600,000 | INFRAESTRUCTURA ECONÓMICA PARA EL MUNICIPIO DE TIANGUISTENGO, HIDALGO | 9,200,000 | CONSTRUCION DE LA SEGUNDA ETAPA DE LA CASA DE LA CULTURA EN TUZANTLA MUNICIPIO DE TUZANTLA MICHOACÁN | 2,333,333 | CONSTRUCCIÓN DE CAMPO DE BEISBOL, EN CUSIHUIRIACHI, CHIHUAHUA | 3,000,000 | CONSTRUCCION DE PAVIMENTO HIDRAULICO DE LA CALLE HIPOLITO LANDERO ENTRE LA CALLE HERMENEGILDO GALEANA Y 14 FEBRERO, COL. MIGUEL ALEMAN, EN EL MUNICIPIO DE ACAYUCAN, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 2,980,000 | CONSTRUCCIÓN DE SALÓN DE USOS MÚLTIPLES EN JARDÍN DE NIÑOS LUIS URIAS, EN NONOAVA, CHIHUAHUA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN CACAHUATEPEC, OAXACA. | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓNES CON CONCRETO HIDRÁULICO EN EL MUNICIPIO DE GÓMEZ FARÍAS, CHIHUAHUA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA | 7,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE HIDALGO DEL PARRAL, CHIHUAHUA. | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PARQUE LINEAL (2A ETAPA CALLE INDEPENDENCIA â AV. MATAMOROS) EN EL MUNICIPIO DE TEPATITLÁN DE MORELOS, JALISCO. | 9,700,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA XADANI, OAXACA | 20,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE MIGUEL ALEMÁN, TAMAULIPAS | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO PARA LA CULTURA Y LAS ARTES JOSÉ ROLÓN (SEXTA ETAPA), EN EL MUNICIPIO DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO. | 2,500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE CALVILLO, AGUASCALIENTES | 20,000,000 | INFRAESTRUCTURAL CULTURAL EN EL MUNICIPIO DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO. | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL ESTADO DE MICHOACÁN | 31,000,000 | REHABILITACION DEL PARQUE ECOLOGICO Y CULTURAL BARRANCA DE CHAPULTEPEC, EN CUERNAVACA, MORELOS | 6,200,000 | PAVIMENTACIÓN EN CONCRETO HIDRÁULICO EN LA CALLE 20 DE NOVIEMBRE (1A ETAPA) EN EL MUNICIPIO DE TEPATITLÁN DE MORELOS JALISCO | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE AGUA POTABLE EN LA PARTE ALTA Y SISTEMA DE AGUA POTABLE EN LA COMUNIDAD DE SANTA BÁRBARA, EN OTUMBA, MÉXICO | 2,453,421 | CONSTRUCCIÓN DE UNIDAD DEPORTIVA LAS GALERAS 3RA. ETAPA, TARANDACUAO, GUANAJUATO | 3,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE VELARIA EN ESCUELA PRIMARIA EMILIANO ZAPATA MOLINOS, ASIENTOS, AGUASCALIENTES | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE LA TECHUMBRE EN LA ESCUELA PRIMARIA JAIME NUNO DE LA LOC. IXTLILCO EL GRANDE, EN EL MUNICIPIO DE TEPALCINGO, MORELOS | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE GRACIA, AGUASCALIENTES | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE CONCRETO HIDRÁULICO EN CALLE VENUSTIANO CARRANZA, ZACATELCO, TLAXCALA | 1,561,942 | INFRAESTRUCTURA VIAL PARA EL MUNICIPIO DE TIANGUISTENGO, HIDALGO | 7,800,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO EN ÁREA DE IMPARTICIÓN DE EDUCACIÓN FÍSICA EN EL CECYTE EMSAD 26, CLAVE 20EMS0026T, EN SAN BALTAZAR CHICHICÁPAM, OAXACA | 1,000,000 | PAVIMENTACIÓN CALLE NIÑOS HÉROES COL. LA PALMITA, TUXPAN, JALISCO | 2,741,014 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE CONCRETO HIDRÁULICO, GUARNICIONES Y BANQUETAS EN LA CALLE ENCINO DE LA LOCALIDAD GUADALUPE VICTORIA ENTRE LAS CALLES ARENAL Y PRIVADA ENCINO, EN TLALNELHUAYOCAN, VERACRUZ | 1,200,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE CHINICUILA, MICHOACÁN | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE ESPERANZA, PUEBLA. | 3,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE GUARNICIONES Y BANQUETA DE CONCRETO Y ARROYO DE PIEDRA BOLA CON HUELLAS DE CONCRETO EN LAS CALLES SIMÓN BOLÍVAR, VICENTE GUERRERO Y FÁTIMA, COMUNIDAD PARRITAS, MUNICIPIO DE SAN DIEGO DE LA UNIÓN, GUANAJUATO | 3,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE A BASE DE ARCOTECHO EN CANCHA DE USOS MÚLTIPLES, COL. CAMPANARIO, EN EL MUNICIPIO DE JIUTEPEC, MORELOS | 1,500,000 | DESARROLLO E INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE CELAYA, GUANAJUATO | 6,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE FRESNILLO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 33,400,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE TETECALA, MORELOS. | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN JARDÍN DE NIÑOS GRISELDA ÁLVAREZ, SANTIAGO TLACOCHCHALCO, EN EL MUNICIPIO DE TEPEYANCO, TLAXCALA | 944,600 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE HUANUSCO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE EL SALVADOR, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN PACULA, HIDALGO | 1,928,565 | EMPEDRADO EN CALLE PRINCIPAL, TLAHUILTEPA, HIDALGO | 1,734,463 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE Y CANCHA DE USOS MÚLTIPLES COL. CAMPO VERDE, COMALA, COLIMA | 1,600,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO EN LA CALLES NIÑOS HÉROES COL. GENERAL FELIPE ÁNGELES, TOLCAYUCA, HIDALGO | 1,566,832 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE HIDALGO, NUEVO LEÓN. | 2,500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN CASAS GRANDES, CHIHUAHUA | 1,300,000 | CONSTRUCCIÓN DE ÁREA RECREATIVA EN EL MUNICIPIO DE ARIZPE, SONORA | 1,450,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE EL LIMÓN, JALISCO. | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO PARA EL MUNICIPIO DE SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, NUEVO LEÓN | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE ZACATELCO, TLAXCALA | 30,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE AHUMADA, CHIHUAHUA. | 2,500,000 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE SAHUAYO, MICHOACÁN | 1,100,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE GENERAL ENRIQUE ESTRADA, ZACATECAS | 1,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO DE CANCHA DE USOS MÚLTIPLES EN LA COMUNIDAD DEL DORMIDO, SANTIAGO MARAVATÍO, GUANAJUATO | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, MORELOS | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE ALDAMA, TAMAULIPAS | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN LUCAS TECOPILCO EN EL ESTADO DE TLAXCALA | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE POANAS, DURANGO | 8,000,000 | REHABILITACIÓN DEL CENTRO DE SALUD DE LA COMUNIDAD DE EL COPETILLO, EN EL MUNICIPIO DE VILLA GARCÍA, ZACATECAS. | 800,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL ESTADO DE HIDALGO | 20,000,000 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA DE LA PAZ, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN Y MODERNIZACIÓN URBANÍSTICA DE LAS ÁREAS COMUNES Y PLAZA CÍVICA EN EL PARQUE PRINCIPAL DE JALCOMULCO, EN EL MUNICIPIO DE JALCOMULCO, VERACRUZ. | 2,650,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE COMONDÚ, BAJA CALIFORNIA SUR | 65,000,000 | AMPLIACIÓN DE RED DE DRENAJE Y PAVIMENTACIÓN DE CALLE DOCE AL FINAL ORIENTE, COLONIA EJIDAL, CUMPAS, SONORA | 5,000,000 | REENCARPETADO CON CONCRETO ASFÁLTICO DE LA AV. REFORMA, MUNICIPIO NEXTLALPAN, MÉXICO | 1,279,705 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO PARA EL MUNICIPIO DE HUAQUECHULA, PUEBLA | 1,000,000 | REHABILITACIÓN DEL AUDITORIO MUNICIPAL DE OCOTLAN, JALISCO, PRIMERA ETAPA, EN LA CABECERA MUNICIPAL DE OCOTLÁN, JALISCO. | 2,900,000 | CONSTRUCCIÓN DE RED DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN EL CAMINO REAL SAN NICOLÁS EL CHICO, MUNICIPIO DE TULANCINGO DE BRAVO, HIDALGO | 350,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SAIN ALTO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CASA DE CULTURA, CADEREYTA JIMÉNEZ, NUEVO LEÓN | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN LEÓN, GUANAJUATO | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL ESTADO DE TABASCO | 50,000,000 | REENCARPETADO CON CONCRETO ASFÁLTICO Y BANQUETA EN LA AV. CALVARIO ENTRE AV. 16 DE JULIO Y PABLO NAZAREO, MUNICIPIO NEXTLALPAN, MÉXICO | 1,400,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO | 13,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE COMEDOR EN EL JARDÍN DE NIÑOS LÁZARO CÁRDENAS DEL RIO COL SAN MIGUEL, MARAVATÍO, MICHOACÁN | 500,000 | CONSTRUCCIÓN DE LABORATORIO DE COMPUTO DE LA ESCUELA PRIMARIA BENITO JUÁREZ EN LA LOCALIDAD DE SANTA MARÍA COATEPEC, EN SAN SALVADOR EL SECO, PUEBLA | 1,517,195 | REHABILITACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO EN EL SECTOR EL ALHUATE, COMUNIDAD DE IXPALINO, SAN IGNACIO, SINALOA | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE AULA EN ESCUELA JARDÍN DE NIÑOS "COCONETL" EN LA LOCALIDAD DE ZACUALPAN, MUNICIPIO DE ZACUALPAN DE AMILPAS, MORELOS | 670,685 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN TEPECHITLÁN, ZACATECAS | 500,000 | PAVIMENTO A BASE DE CONCRETO HIDRÁULICO CALLE PROLONGACIÓN RANCHO TENERIA, LOCALIDAD HUEYAPAN, TETELA DEL VOLCÁN, MORELOS | 3,102,034 | PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO EN CALLE JARDÍN ESCONDIDO DE LA COLONIA BOSQUES DEL PARAÍSO, EN EL MUNICIPIO DE ZACUALTIPÁN DE ÁNGELES, HIDALGO. | 2,100,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA HUATULCO, OAXACA. | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA CARRETERA EN EL MUNICIPIO DE NOCHISTLÁN DE MEJÍA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 9,000,000 | REHABILITACIÓN DE MERCADOS MUNICIPALES EN EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO. | 45,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, ZACATECAS | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE LOSA DE 4 AULAS DE TRABAJO EN JARDÍN DE NIÑOS JOSÉ T. CUELLAR, CANATLÁN, DURANGO | 250,000 | CONSTRUCCION DE ANDADOR PEATONAL Y CICLOPISTA OCOTLAN-SAN ANDRÉS, PRIMERA ETAPA, EN LA CABECERA MUNICIPAL DE OCOTLÁN, JALISCO. | 2,600,000 | INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA DE LA ESCUELA NORMAL RURAL RICARDO FLORES MAGÓN, MUNICIPIO DE SAUCILLO, CHIHUAHUA | 5,000,000 | REMODELACIÓN DEL ESTADIO HÉCTOR ESPINO, EN VALLE DE ZARAGOZA, CHIHUAHUA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE BACERAC, SONORA | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN LA CANCHA DE USOS MÚLTIPLES, LOCALIDAD SAN MIGUEL EPEJAN, PANINDÍCUARO, MICHOACÁN | 500,000 | PAVIMENTACIÓN EN EL MUNICIPIO DE TEPEJI DEL RÍO DE OCAMPO DEL ESTADO DE HIDALGO | 6,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE CONCEPCIÓN DEL ORO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,700,000 | CONSTRUCCIÓN CIRCUITO INTERIOR PONIENTE TRAMO DE AV SANTIAGO A LABASTIDA, EN ZAMORA, MICHOACÁN | 8,500,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA AV ZARAGOZA 3A ETAPA, SAN MARCOS ARTEAGA, EN SAN MARCOS ARTEAGA, OAXACA | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE GAVIONES SOBRE MARGENES DEL RIO, EN LA LOCALIDAD DE LOS OTATES EN TUZANTLA, MICHOACÁN DE OCAMPO | 1,493,333 | REHABILITACIÓN DEL PARQUE CENTRAL FRANCISCO SARABIA, INCLUYE CANCHA DE USOS MÚLTIPLES, EN EL MUNICIPIO DE TEAPA, TABASCO. | 2,500,000 | INFRAESTRUCTURA EN COQUIMATLÁN, COLIMA | 2,000,000 | OBRAS DE INFRAESTRUCTURA EN LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO | 70,000,000 | CONSTRUCCIÓN, AMPLIACIÓN, MODERNIZACIÓN Y REHABILITACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE VIALIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN EL ESTADO DE MÉXICO | 400,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN JULIMES, CHIHUAHUA | 1,180,000 | PAVIMENTACIÓN DE CALLES VARIAS EN EL MUNICIPIO, ACANCEH, YUCATÁN | 3,500,209 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN MADERA, CHIHUAHUA | 1,300,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN LA ESCUELA PRIMARIA 20 DE NOVIEMBRE CCT 16DPR3391X, DE LA LOCALIDAD DE EL RANCHITO EN EL MUNICIPIO DE TUZANTLA, MICHOACÁN DE OCAMPO | 700,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE SAN LORENZO AXOCOMANITLA, TLAXCALA | 750,000 | CONSTRUCCIÓN DE HUELLAS DE RODAMIENTO Y REHABILITACIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE Y DRENAJE, LOCALIDAD DE TENEXCAMILPA, TONILA, JALISCO | 3,618,623 | CONSTRUCCIÓN DE DOS AULAS Y MÓDULOS SANITARIOS EN EL TELEBACHILLERATO EN LA COMUNIDAD DE VILLACHUATO, PURUÁNDIRO, MICHOACÁN | 700,000 | PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO EN CALLE LUIS DONALDO COLOSIO EN LA YERBABUENA, TLAZAZALCA, MICHOACÁN | 1,150,000 | REHABILITACIÓN DE TECHUMBRE DEL FORO DEL CENTRO ESCOLAR TRES GUERRAS, CELAYA, GUANAJUATO | 999,885 | CONSTRUCCIÓN, REHABILITACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LAS INSTALACIONES FÍSICAS DESTINADAS A LOS SERVICIOS PÚBLICOS EDUCATIVOS, EN EL ESTADO DE GUERRERO | 20,000,000 | CONSTRUCCION DE 3 AULAS, PATIO CIVICO, SANITARIOS Y OFICINA EN EL TELEBACHILLERATO COMUNITARIO, EN HUICHAPAN, HIDALGO | 1,800,000 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE TRANCOSO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | REHABILITACIÓN DE CAMPO DE BEISBOL, EN GUAZAPARES, CHIHUAHUA | 2,000,000 | CONSTRUCCION DE CENTRO CULTURAL EL ENCINAL SEGUNDA ETAPA, EN ACAPULCO DE JUÁREZ, GUERRERO | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE ACUAMANALA DE MIGUEL HIDALGO, TLAXCALA | 1,783,903 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE GUTIÉRREZ ZAMORA, VERACRUZ. | 2,700,000 | CONSTRUCCIÓN DE GIMNASIO MUNICIPAL, EN ASCENSIÓN, CHIHUAHUA | 2,000,000 | DESARROLLO E INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO | 3,428,560 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA REGIONAL EN EL MUNICIPIO DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA | 15,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN AGUSTÍN LOXICHA, OAXACA | 3,000,000 | PAVIMENTACIÓN DEL CAMINO A LA COLONIA DURANGO EN LA COMUNIDAD COLONIA DURANGO EN EL MUNICIPIO DE TRES VALLES, EN VERACRUZ | 1,900,000 | CONSTRUCCION DE PUENTE VEHICULAR EN LA AGENCIA MUNICIPAL DEL CARMEN, EN SANTO DOMINGO IXCATLÁN, OAXACA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE ZACATECAS, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 5,400,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE CARBÓ, SONORA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PABLO DEL MONTE, TLAXCALA | 1,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE INTERSECCIÓN DE BLVD. LUIS D. COLOSIO ENTRONQUE CON BLVD. RAMÓN G. BONFIL EN EL SENTIDO PACHUCA-ACTOPAN, EN EL ESTADO DE HIDALGO | 196,240,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN BLAS ATEMPA 1RA ETAPA, OAXACA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE VALPARAÍSO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | PAVIMENTACIÓN DE LA CALLE MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA EN LA TENENCIA DE TECARIO EN TACÁMBARO, MICHOACÁN | 1,300,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE GUASAVE, SINALOA | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN ZACATELCO, TLAXCALA | 500,000 | REHABILITACIÓN DE EDIFICIO OCAMPO, EN CUERNAVACA, MORELOS | 6,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN LA CALLE 10 DE ENERO COLONIA 10 DE ABRIL, TEMIXCO, MORELOS. | 700,000 | REHABILITACIÓN DE INSTALACIONES DE 20 BEBEDEROS ESCUELA SECUNDARIA GRAL. MARIANO BALLEZA, CANATLÁN, DURANGO | 50,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN RIVA PALACIO, CHIHUAHUA | 1,180,000 | PAVIMENTACIÓN DE LA CALLE 21 DE MARZO COL. BENITO JUÁREZ, VILLA DE TEZONTEPEC, HIDALGO | 568,587 | PAVIMENTO ASFALTICO EN CALLES DE LA COMUNIDAD MACUÑA (SAN RAFAEL DEL LLANO), EN GENERAL TERÁN, NUEVO LEÓN | 2,999,847 | INFRAESTRUCTURA VIAL A BASE DE MICROCARPETA EN FUENTE DE DIANA, LOMAS DE TECAMACHALCO, EN HUIXQUILUCAN, MÉXICO | 12,411,000 | CONSTRUCCIÓN DE BANQUETAS Y GUARNICIONES EN EL MUNICIPIO, TEPEYANCO, TLAXCALA | 1,116,008 | PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA CALLE FRONTERA, BARRIO GARZA GARCIA EN MONTEMORELOS, NUEVO LEÓN | 1,991,509 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE SAN LUIS RÍO COLORADO, SONORA | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN INTEGRAL DE LA CALLE EMILIANO ZAPATA ENTRE LOS SAUCES Y ALEJANDRO AMEZCUA, MUNICIPIO DE SAHUAYO, MICHOACÁN | 3,250,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE IXTLÁN DEL RÍO, NAYARIT. | 10,100,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL ESTADO DE MORELOS | 30,000,000 | INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA PARA EL ESTADO DE SINALOA | 36,360,194 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE ZITÁCUARO, MICHOACÁN DE OCAMPO | 7,331,100 | REENCARPETADO CON CONCRETO ASFÁLTICO, GUARNICIONES Y BANQUETAS DE AV. CHAPULTEPEC, MUNICIPIO NEXTLALPAN, MÉXICO | 3,987,599 | CONSTRUCCIÓN DE PUENTE VADO, EN LA LOCALIDAD DE ACUCHA DE CAJONCITOS EN EL MUNICIPIO DE TUZANTLA, MICHOACÁN DE OCAMPO | 1,586,666 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE NOGALES, SONORA | 15,000,000 | PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CALLE AURELIO BONILLA EN CELAYA, GUANAJUATO | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL, EN EL ESTADO DE CHIAPAS | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE ARTEAGA, MICHOACÁN | 1,000,000 | CONSTRUCCION DE DOMO Y PÓRTICO EN LA ESCUELA PRIM. "BENITO JUÁREZ", EN HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO | 2,200,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN COATZÓSPAM, OAXACA | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CENTRO DEPORTIVO COMUNITARIO EN LA COLONIA SOLIDARIDAD, EN EL MUNICIPIO DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO. | 2,500,000 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE MONTE ESCOBEDO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 3,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE DRENAJE, AGUA POTABLE Y PAVIMENTACIÓN, EN MORELIA, MICHOACÁN | 1,066,447 | CONSTRUCCIÓN DE AULA COMEDOR ESCUELA PRIMARIA CUAUHTÉMOC, CANATLÁN, DURANGO | 600,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE LEÓN, GUANAJUATO | 10,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE VESTIDORES BAJO GRADAS EN LA CANCHA DE FUTBOL AMERICANO DE LA UNIDAD DEPORTIVA MUNICIPAL DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO | 1,763,083 | CONSTRUCCIÓN DE PARQUE DE CONVIVENCIA HACIENDA DEL BOSQUE EN CELAYA, GUANAJUATO | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE VILLA DE ETLA, OAXACA. | 3,000,000 | PAVIMENTACIÓN DEL CAMINO LOMA BONITA EL SALITRE LOCALIDAD LOMA BONITA, AYALA, MORELOS | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE LA UNIÓN DE ISIDORO MONTES DE OCA 1RA ETAPA, GUERRERO | 3,242,851 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE MOCTEZUMA, SAN LUIS POTOSÍ | 850,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE CERRALVO, NUEVO LEÓN | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO BANQUETAS Y GUARNICIONES EN CALLE 4, TOLCAYUCA, HIDALGO | 1,032,026 | CONSTRUCCION DE DOMO ESTRUCTURAL, EN EL ESTRADO Y LA PLAZA CÍVICA, EN LA LOCALIDAD DE SAN SEBASTIÁN DEL SUR, MUNICIPIO DE GÓMEZ FARÍAS, JALISCO. | 2,000,000 | TECHUMBRE Y CANCHA PARA LA ESCUELA SECUNDARIA JOSÉ JOAQUÍN FERNÁNDEZ DE LIZARDI, MUNICIPIO DE LA MAGDALENA TLALTELULCO, TLAXCALA | 1,500,000 | CONSTRUCCION DE LA RED AGUA POTABLE EN LA LOCALIDAD DE INDEPENDENCIA, EN SAN MARTÍN HUAMELÚLPAM, OAXACA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL ESTADO DE PUEBLA | 120,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE RED ELECTRICA EN LA LOCALIDAD DE BUENA VISTA, MUNICIPIO DE ACATLÁN, HIDALGO | 130,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE QUIMIXTLÁN, PUEBLA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE VILLA GARCÍA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN EL MUNICIPIO DE VILLANUEVA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 3,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO EN ÁREA CENTRAL DE CUARTEL, EN MORELIA, MICHOACÁN | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE, EN LA CANCHA DE FUTBOL RÁPIDO DE LA LOCALIDAD DE MELCHOR OCAMPO (PASO DE TIERRA CALIENTE) EN EL MUNICIPIO DE TUZANTLA, MICHOACÁN DE OCAMPO | 1,026,666 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA DE LA PAZ, ZACATECAS | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE TEZONTEPEC DE ALDAMA, HIDALGO. | 7,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE CALAKMUL, CAMPECHE | 4,000,000 | PASEO TURÍSTICO RÍO COLIMA - 2A ETAPA, EN EL MUNICIPIO DE COLIMA, EN EL ESTADO DE COLIMA | 21,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE EL PLATEADO DE JOAQUÍN AMARO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE CIHUATLÁN, JALISCO. | 8,000,000 | PAVIMENTACIÓN CALLE EL ROBLE COL. EL ROBLE, TUXPAN, JALISCO | 2,454,766 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL DE HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO | 11,000,000 | CONSTRUCCION DE LA RED DE ELECTRIFICACION EN LA LOCALIDAD DE ALLENDE, MUNICIPIO DE SANTIAGO NUNDICHE, OAXACA | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, JALISCO. | 10,000,000 | PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA EN AV. JUÁREZ Y VICENTE SUÁREZ, SAN SALVADOR, HIDALGO | 5,157,516 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUÁREZ, OAXACA | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE TENABO, CAMPECHE | 1,500,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA DE CALLE SANTA ROSALÍA, MINERAL DEL MONTE, HIDALGO | 1,115,055 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO CALLE HIDALGO, COMUNIDAD DE SAN HUIPANA, JOSÉ SIXTO VERDUZCO, MICHOACÁN | 950,000 | INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA EN EL MUNICIPIO DE JALPA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 1,700,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE COAPILLA 1RA ETAPA, CHIAPAS | 1,244,953 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN EL PLATEADO DE JOAQUÍN AMARO, ZACATECAS | 500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE JEREZ, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 10,700,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE NAVOJOA, SONORA | 15,000,000 | PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO ESTAMPADO Y SERVICIOS EN CALLE DE LA CRUZ, EN TENANGO DEL AIRE, MÉXICO | 3,321,573 | UNIDAD DEPORTIVA MORELOS - 3ERA ETAPA, EN EL MUNICIPIO DE COLIMA, EN EL ESTADO DE COLIMA | 20,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE AUDITORIO EN EL MUNICIPIO DE JANTETELCO, MORELOS | 5,300,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL DE ALLENDE, GUANAJUATO | 15,000,000 | SERVICIOS BÁSICOS EN LA ESCUELA SECUNDARIA FEDERAL MOISÉS SAENZ GARZA EN EL MUNICIPIO DE SAHUAYO, MICHOACÁN | 250,000 | CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE EN LA LOCALIDAD DE LOS CEDROS, MUNICIPIO DE IXTLAHUACÁN DE LOS MEMBRILLOS, JALISCO | 1,955,540 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN PRIMARIA BENITO JUÁREZ DE LA LAJA, ACUITZIO, MICHOACÁN | 700,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN PATIO CENTRAL DEL JARDÍN DE NIÑOS "VÍCTOR GARCÍA HERNÁNDEZ", REYNOSA, TAMAULIPAS | 1,062,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE VILLA DE COS, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CENTRO DE USOS MÚLTIPLES EN EL ESTADO DE DURANGO | 4,869,576 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA DE CALLE PRINCIPAL DE LA COL. ERMITA, TENANGO DE DORIA, HIDALGO | 3,251,881 | REHABILITACIÓN DE INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA Y DE AULAS EN LA ESCUELA NORMAL SUPERIOR OFICIAL DE GUANAJUATO, GUANAJUATO | 499,998 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN COBAEM NO. 10, DE SANTA ROSA EN EL MUNICIPIO DE TLALTIZAPÁN DE ZAPATA, MORELOS | 3,169,673 | REHABILITACIÓN DEL AUDITORIO, PRIMERA ETAPA, DE LA LOCALIDAD DE TLAXOCOYUCAN, MUNICIPIO DE HUASCA DE OCAMPO, HIDALGO | 600,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN SAN BLAS, NAYARIT | 500,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN TLALCHAPA, GUERRERO | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN LA TELESECUNDARIA LUIS DONALDO COLOSIO LOCALIDAD DE SAN RAMÓN, MARAVATÍO, MICHOACÁN | 600,000 | PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO EN LA CALLE ALLENDE, PURÉPERO, MICHOACÁN | 2,018,414 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE OCUILAN 1RA ETAPA, MÉXICO | 4,684,461 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE COCOTITLÁN 1RA ETAPA, MÉXICO | 1,787,050 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE ADOCRETO EN CALLE BENITO JUÁREZ, EN EL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ QUILEHTLA, EN EL ESTADO DE TLAXCALA | 1,825,992 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO DEL PATIO CÍVICO DE LA ESCUELA PRIMARIA URBANA NO. 2 LIC. JUAN JOSÉ TORRES LANDA, SAN JOSÉ ITURBIDE, GUANAJUATO | 420,987 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN VERACRUZ, VERACRUZ | 1,661,200 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE GENERAL ENRIQUE ESTRADA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE NOCHISTLÁN DE MEJÍA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 1,700,000 | DESARROLLO MUNICIPAL EN SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, NUEVO LEÓN | 10,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO EN EL MUNICIPIO DE SANTO DOMINGO ZANATEPEC DEL ESTADO DE OAXACA | 2,964,308 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO EN EL MUNICIPIO DE SAN VICENTE TANCUAYALAB, SAN LUIS POTOSÍ | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE LUIS MOYA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN CALLE ARTEAGA EN ERONGARÍCUARO, MICHOACÁN | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE DESAYUNADOR ESCOLAR EN ESCUELA PRIMARIA MÁRTIRES DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, COLONIA AGRÍCOLA LA PEÑA, MIQUIHUANA, TAMAULIPAS | 980,189 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE CHIAUTEMPAN, TLAXCALA | 3,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL, EN PARÁCUARO, MICHOACÁN | 4,600,000 | CONSTRUCCIÓN DE GUARNICIONES Y BANQUETAS EN DIVERSAS CALLES DEL MUNICIPIO, TEMOZÓN, YUCATÁN | 2,760,000 | CONSTRUCCIÓN DE VELARIA EN ESCUELA TELESECUNDARIA NO 53 DIEGO RIVERA LÓPEZ MATEOS, ASIENTOS, AGUASCALIENTES | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE TENANCINGO, TLAXCALA | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE ADOQUINAMIENTO EN CENTRO HISTÓRICO DE LA LOCALIDAD DE COAMILES, EN EL MUNICIPIO DE TUXPAN, NAYARIT | 3,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN PATIO CÍVICO ESCUELA PRIMARIA 5 DE FEBRERO, COAHUAYANA, MICHOACÁN | 700,000 | CONSTRUCCIÓN DE LA CASA DEL ADULTO MAYOR DEL ESTADO DE CAMPECHE | 40,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA EN EL ESTADO DE TLAXCALA | 12,000,000 | INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN EL MUNICIPIO DE JAUMAVE, TAMAULIPAS. | 3,000,000 | CONSTRUCCION POR SUSTITUCION DE UNIDAD MEDICA DE PRIMER NIVEL DE DZIUCHÉ, EN JOSÉ MARÍA MORELOS, QUINTANA ROO | 7,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO DE LA CANCHA DE USOS MÚLTIPLES EN LA ESCUELA PRIMARIA "JUDITH H. DE RUEDA VILLAGRÁN" DE LA COL. JAVIER ROJO GÓMEZ, MUNICIPIO DE TULANCINGO DE BRAVO, HIDALGO | 1,515,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL ESTADO DE CHIAPAS. | 165,000,000 | PAVIMENTACION CON CONCRETO HIDRAULICO EN LA CALLE BENITO JUAREZ, EN YUXIA, CHALCATONGO DE HIDALGO, OAXACA | 1,000,000 | CONSTRUCCION DE CENTRO DE REHABILITACION INTEGRAL DE OCOTLAN (CRIO), EN LA COLONIA VALLE DE LA CONCEPCIÓN EN OCOTLÁN, JALISCO. | 6,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE DOMO EN LA ESCUELA PRIMARIA DE LA COMUNIDAD DE AGUAGORDITA, EN EL MUNICIPIO DE VILLA GARCÍA, ZACATECAS. | 1,200,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO CELAYA, GUANAJUATO | 2,100,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN SAN MIGUEL TOTOLAPAN, GUERRERO | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE RAYÓN, SAN LUIS POTOSÍ | 8,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE JAUMAVE, TAMAULIPAS. | 1,590,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA CALLE IGNACIO ALLENDE, COL. INDEPENDENCIA, EN TEPEAPULCO, HIDALGO | 720,318 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE HEROICA CIUDAD DE HUAJUAPAN DE LEÓN, OAXACA | 11,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL TULE, CHIHUAHUA | 1,180,000 | ADOQUINAMIENTO DE CALLE ITURBIDE ENTRE MAZATLÁN Y SAN LUIS EN LA LOCALIDAD DE RUÍZ, EN EL MUNICIPIO DE RUÍZ, NAYARIT. | 4,600,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE IGUALAPA, GUERRERO | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE ACAJETE 1RA ETAPA, PUEBLA | 1,864,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO EN CALLE PRINCIPAL EN LA LOCALIDAD DE ALFONSO G. CALDERÓN, MUNICIPIO DE SINALOA, SINALOA. | 15,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL ESTADO DE SONORA | 480,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN CHAPULHUACÁN, HIDALGO | 500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE OPICHÉN, YUCATÁN | 4,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN PRIMARIA FELIPE CARRILLO PUERTO, LA CRUZ, CHIHUAHUA | 664,118 | ADOQUINAMIENTO DE LA CALLE MORELOS ENTRE 13 ORIENTE Y LIMITE EN LA LOCALIDAD DE SAN SALVADOR EL SECO, EN SAN SALVADOR EL SECO, PUEBLA | 1,231,198 | INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA EN EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE CUTZAMALA DE PINZÓN 1RA ETAPA, GUERRERO | 2,908,628 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE USOS MÚLTIPLES, TECHADA EN EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE URUAPAN, PURÉPERO, MICHOACÁN | 1,300,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN ESCUELA PRIMARIA PDTE. ADOLFO RUIZ CORTINES, RINCÓN DE ROMOS, AGUASCALIENTES | 1,200,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN LA COMUNIDAD RURAL DE "PLAYAS DE SOTELO", EN LEÓN, GUANAJUATO | 4,000,000 | AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN LA LOCALIDAD DE OTHÓN P BLANCO, MUNICIPIO DE JOSÉ MARÍA MORELOS, QUINTANA ROO | 6,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN JALTOCÁN, HIDALGO | 500,000 | CONSTRUCCIÓN DE ARCOTECHO CBT NO.1, NEXTLALPAN, MÉXICO | 1,700,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE TEÚL DE GONZÁLEZ ORTEGA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE DOMOS Y GRADAS EN ESCUELA CREI 10 DE MAYO, ZONA 103, EN CARICHÍ, CHIHUAHUA | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE GUARNICIONES Y BANQUETAS EN DIVERSAS CALLES DEL MUNICIPIO, YOBAÍN, YUCATÁN | 2,740,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE CONCRETO HIDRÁULICO DE UN F ´C=200 KG/CM2 EN LA AV. INDEPENDENCIA ENTRE LA CALLE CIRCUNVALACIÓN Y PABLO DÍAZ VIVEROSE NOVIEMBRE DE LA COLONIA INDEPENDENCIA EN LA CABECERA MUNICIPAL DE VEGA DE ALATORRE, VERACRUZ | 1,750,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE HUEYTAMALCO, PUEBLA | 1,000,000 | PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA ZONA CENTRO, MELCHOR OCAMPO, NUEVO LEÓN | 4,216,133 | CONSTRUCCIÓN DE AULA DE USOS MÚLTIPLES EN ESCUELA PRIMARIA MARGARITA MAZA DE JUÁREZ, RÍO BRAVO, TAMAULIPAS | 572,828 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA DE LA CALLE "CONSTITUYENTES" EN LA COL. ROJO GÓMEZ, MUNICIPIO DE TULANCINGO DE BRAVO, HIDALGO | 250,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SOMBRERETE, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 9,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TRINIDAD GARCÍA DE LA CADENA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CALLE LINDAVISTA, EN JALOSTOTITLÁN, JALISCO | 3,112,272 | CONSTRUCCION DE 3 AULAS EN LA ESC. PRIM. BELISARIO DOMINGUEZ, EN TOLCAYUCA, HIDALGO | 1,116,553 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN ESCUELA PRIMARIA PATRIA Y LIBERTAD COMUNIDAD JESÚS TEPACTEPEC, NATÍVITAS, TLAXCALA | 874,358 | CONSTRUCCIÓN DE PASO A DESNIVEL INFERIOR EN CRUCE DE AV. AGUASCALIENTES Y ANTIGUO CAMINO A SAN IGNACIO, AGUASCALIENTES | 115,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE VANEGAS, SAN LUIS POTOSÍ | 850,000 | CONSTRUCCION DEL TECHADO DE LA CANCHA DE USOS MULTIPLES DE LA ESCUELA PRIMARIA, DE VILLA DE GUADALUPE VICTORIA, EN SAN MIGUEL EL GRANDE, OAXACA | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO ASFALTICO EN AV. ATOCAN, MUNICIPIO NEXTLALPAN, MÉXICO | 7,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE GENERAL PÁNFILO NATERA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN VILLA GONZÁLEZ ORTEGA, ZACATECAS | 500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE PABELLÓN DE ARTEAGA, AGUASCALIENTES | 1,500,000 | CONSTRUCCIÓN, AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE ESPACIOS PÚBLICOS DEDICADOS A LA PRÁCTICA DEL DEPORTE, EN EL ESTADO DE GUERRERO | 20,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN HUEJUQUILLA EL ALTO, JALISCO | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN ZAPOTLÁN DEL REY, JALISCO | 500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE CUAXOMULCO, TLAXCALA | 3,006,264 | INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN LA LOCALIDAD DE HUETAMO, EN EL MUNICIPIO DE HUETAMO, MICHOACÁN DE OCAMPO | 933,337 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE SINALOA, SINALOA | 15,000,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA DE CALLE LOS SABINOS COL. SAN JOSÉ, TENANGO DE DORIA, HIDALGO | 855,229 | PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA CALLE ADOLFO LÓPEZ MATEOS, HUALAHUISES, NUEVO LEÓN | 4,749,031 | CONSTRUCCIÓN DEL COMPLEJO VIAL METROPOLITANO TLAXCALA, EN EL ESTADO DE TLAXCALA | 108,000,000 | PAVIMENTACIÓN Y REHABILITACIÓN DE CALLES EN DIVERSOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE CAMPECHE | 84,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE CATEMACO 1RA ETAPA, VERACRUZ | 1,025,600 | CONSTRUCCIÓN DE CENTRO DE SALUD EN LOS SAUCES EN EL MUNICIPIO DE TEPATITLÁN DE MORELOS, JALISCO. | 8,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CASA DE DÍA PARA ADULTOS MAYORES, CABECERA MUNICIPAL, EN TENANGO DEL AIRE, MÉXICO | 3,848,442 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE YAUTEPEC, MORELOS | 4,500,000 | REHABILITACIÓN DE AULAS DE SECUNDARIA GENERAL NO. 2 FRACCIONAMIENTO VALLE DE AGUAYO, VICTORIA, TAMAULIPAS | 283,587 | REHABILITACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO Y SERVICIOS DE LA AV. FERROCARRIL, SAN JUAN COXTOCAN, EN TENANGO DEL AIRE, MÉXICO | 1,363,827 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE TEPECHITLÁN, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO HUAMELULA, OAXACA | 6,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA JALAPA DEL MARQUÉS, OAXACA | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL PARA EL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR EL SECO, EN EL ESTADO DE PUEBLA | 5,000,000 | REENCARPETADO CON CONCRETO ASFÁLTICO DE AV. MATAMOROS, MUNICIPIO NEXTLALPAN, MÉXICO | 596,910 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE SAN BLAS ATEMPA, OAXACA | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA HUATULCO, OAXACA. | 7,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TZINTZUNTZAN, MICHOACÁN | 3,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CALLE IGUALDAD, COL. BUENOS AIRES, EN EL MUNICIPIO DE TEPALCINGO, MORELOS | 480,431 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN CALLE TULIPÁN COLONIA LAS FLORES, XOCHITEPEC, MORELOS. | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE TEOCELO, VERACRUZ | 5,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO PRIMERA ETAPA CALLE BOULEVARD INDEPENDENCIA, EN ACULA, VERACRUZ | 6,500,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA EN EL ESTADO DE HIDALGO | 157,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE APOZOL, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 3,000,000 | CONSTRUCCIÓN, REHABILITACIÓN Y AMPLIACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS DEDICADOS A LA DIFUSIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL, EN EL ESTADO DE GUERRERO | 20,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA ISABEL XILOXOXTLA, TLAXCALA | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE DOMO EN ESCUELA PRIMARIA DE LA LOCALIDAD LA CIENEGUILLA, EN HUEJOTITÁN, CHIHUAHUA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN MEOQUI, CHIHUAHUA | 3,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE AUDITORIO, CADEREYTA JIMÉNEZ, NUEVO LEÓN | 10,275,540 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE TEKAL DE VENEGAS, YUCATÁN | 5,000,000 | REHABILITACIÓN DEL PARQUE LAS LAGUNAS EN LA LOCALIDAD VILLA MENDOZA, PURÉPERO, MICHOACÁN | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE BOCOYNA, CHIHUAHUA. | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE CHICHIQUILA, PUEBLA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN IGNACIO ZARAGOZA, CHIHUAHUA | 1,300,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN MEOQUI, CHIHUAHUA | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE GUADALUPE VICTORIA, PUEBLA | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE UNIDAD DEPORTIVA, EN BATOPILAS DE MANUEL GÓMEZ MORÍN, CHIHUAHUA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE NICOLÁS FLORES, HIDALGO | 857,190 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN TAPALPA, JALISCO | 1,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE CONCRETO HIDRÁULICO DE UN F ´C=200 KG/CM2 EN LA AV. EMILIANO ZAPATA ENTRE LA PABLO DÍAZ VIVEROS Y 5 DE MAYO DE LA LOC. EL TACAHUITE, MUNICIPIO DE VEGA DE ALATORRE, VERACRUZ | 1,800,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE RÍO GRANDE, ZACATECAS | 3,000,000 | REENCARPETADO ASFALTICO AV REAL CALMICHINES ENTRE AV. PATRIA Y AV MALECON COL. INFONAVIT SOLEDAD, EN EL MUNICIPIO DE TONALÁ, EN EL ESTADO DE JALISCO | 3,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE GUARNICIONES, BANQUETAS Y PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE GUILLERMO PRIETO ENTRE BOCANEGRA Y JUAN DE LA BARRERA, EN LA COLONIA PATRIA LIBRE 2DA. SECCIÓN, EN EL MUNICIPIO DE COSOLEACAQUE, VERACRUZ | 4,740,690 | INFRAESTRUCTURA DESARROLLO MUNICIPAL EN TONANITLA, MÉXICO | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN CON PAVIMENTO HIDRÁULICO EN CALLE PRINCIPAL DE SAN JOSÉ EN EL MUNICIPIO DE TENAMPA EN ESTADO DE VERACRUZ | 1,500,000 | PAVIMENTACIÓN CON PIEDRA AHOGADA Y RED DE AGUA POTABLE EN LA CALLE SAN ANDRÉS, LOCALIDAD DE ZACUALPAN, EN EL MUNICIPIO DE ZACUALPAN DE AMILPAS, MORELOS. | 1,837,528 | REHABILITACIÓN Y RECONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS ESTATALES EN EL VALLE DE MEXICALI, EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA | 50,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO PATIO ESCOLAR ESCUELA PRIMARIA URBANA NO. 62 "GENERAL FRANCISCO VILLA" CLAVE 11EPR0820H, EN LEÓN, GUANAJUATO | 2,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA URBANA EN EL MUNICIPIO DE YAUTEPEC, MORELOS | 25,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN CUAUHTÉMOC, CHIHUAHUA | 1,300,000 | CONSTRUCCION DE EMPEDRADO AHOGADO EN MORTERO CEMENTO-ARENA, EN VARIAS CALLES DE LAS VARAS, CALLE 5 DE MAYO, COAPINOL Y MAZATLAN, MUNICIPIO DE COMPOSTELA, NAYARIT | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL, EN LOS REYES, MICHOACÁN | 12,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA Y TECHADO EN LA COLONIA NATIVIDAD, 1RA ETAPA, EN COCHOAPA EL GRANDE, GUERRERO | 2,770,300 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE USOS MÚLTIPLES Y DOMO DEPORTIVO LOCALIDAD MARGARITA MAZA DE JUÁREZ, BACALAR, QUINTANA ROO | 2,300,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE PANOTLA, TLAXCALA | 1,500,000 | CONSTRUCCION DE ARCOTECHO EN EL JARDIN DE NIÑOS JAVIER ROJO GOMEZ, EN TEPEJI DEL RÍO DE OCAMPO, HIDALGO | 1,199,900 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN LA CALLE VERANO DE LA COLONIA PUEBLO VIEJO EN EL MUNICIPIO DE TEMIXCO, MORELOS | 1,500,000 | PAVIMENTACIÓN CALLE ENSENADA COLONIA LOMA SUR, EN EL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS | 1,250,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN TORREÓN, COAHUILA DE ZARAGOZA | 15,000,000 | CONSTRUCCION DE VIALIDADES EN LA DELEGACION DE BETULIA (CALLES EUCALIPTO Y NOGAL) EN CONCRETO ASFALTICO, REPARACION DE DRENAJE,AGUA,GUARNICIONES Y BANQUETAS, EN LAGOS DE MORENO, JALISCO | 5,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO ACAJETE, VERACRUZ | 3,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE MOCTEZUMA, SAN LUIS POTOSÍ | 10,000,000 | CONSTRUCCIÓN Y ADOQUINAMIENTO EN 4TA CALLE DE SAN FRANCISCO, COLONIA EL CARMEN, ESPAÑITA, TLAXCALA | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE DOMO EN CECYTECH MORELOS, EN MORELOS, CHIHUAHUA | 1,000,000 | REHABILITACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN DIVERSOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE CAMPECHE | 66,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE EMPEDRADO ZAMPEADO EN CONCRETO HIDRÁULICO EN LA CALLE LA ESTACIÓN, EN LA LOCALIDAD DE LA CAPILLA DEL REFUGIO, MUNICIPIO DE IXTLAHUACÁN DE LOS MEMBRILLOS, JALISCO | 1,493,791 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA CATARINA AYOMETLA, TLAXCALA | 750,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA EN EL MUNICIPIO DE MÚGICA, EN EL ESTADO DE MICHOACÁN | 29,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE MARAVILLA TENEJAPA 1RA ETAPA, CHIAPAS | 1,906,684 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE TEPETITLA DE LARDIZÁBAL, TLAXCALA | 750,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ ITURBIDE, GUANAJUATO | 4,000,114 | REHABILITACIÓN DEL AUDITORIO DE LA ESCUELA SECUNDARIA GENERAL "HÉROE ANTONIO REYES", EN HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO | 1,276,573 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN TOMATLÁN, JALISCO | 500,000 | INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN EL MUNICIPIO DE GENERAL FRANCISCO R. MURGUÍA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA BÁRBARA, CHIHUAHUA. | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE XICOHTZINCO, TLAXCALA | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE MONTE ESCOBEDO, ZACATECAS | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE TECOZAUTLA, HIDALGO | 1,499,995 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TEPETLIXPA, ESTADO DE MÉXICO. | 2,207,300 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE TOTOLAC 1RA ETAPA, TLAXCALA | 3,035,740 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE MOMAX, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | CONSTRUCCIÓN INTEGRAL DE LA CALLE FEDERICO HIGAREDA ENTRE ALEJANDRO AMEZCUA Y SAUCES DEL MUNICIPIO DE SAHUAYO, MICHOACÁN | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE CUITZEO, MICHOACÁN | 2,500,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN XALATLACO, MÉXICO | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE Y CANCHA DE USOS MÚLTIPLES, LOCALIDAD DE CAMPO 4, COMALA, COLIMA | 700,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL ESTADO DE OAXACA | 48,600,530 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN SANTIAGO CACALOXTEPEC, OAXACA | 1,000,000 | CONSTRUCCION POR SUSTITUCION DE UNIDAD MEDICA DE PRIMER NIVEL UCUM, EN OTHÓN P. BLANCO, QUINTANA ROO | 7,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE SANTA CATARINA, NUEVO LEÓN | 20,000,000 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE MEZQUITAL DEL ORO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN DE CALLE DE ACCESO AL CAM Y CHIMEQUILLAS DE ESCOBEDO, ZITÁCUARO, MICHOACÁN | 1,300,000 | REHABILITACIÓN DE CAMINO DE ACCESO A LA LOCALIDAD SANTA BÁRBARA, EN EL MUNICIPIO DE OCAMPO, EN EL ESTADO DE GUANAJUATO | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN MEZQUITAL DEL ORO, ZACATECAS | 500,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN CALLE MORELOS, COL. BONIFACIO GRACIA, TLALTIZAPÁN DE ZAPATA, MORELOS | 868,697 | AMPLIACIÓN DE RED DE DRENAJE AGUA POTABLE Y PAVIMENTACIÓN DE CALLE BENITO JUÁREZ, EN EL MUNICIPIO DE CUMPAS, SONORA | 13,240,201 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA DE CALLE SAN PEDRO - PALO HUECO, MINERAL DEL MONTE, HIDALGO | 1,115,059 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 100,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO EN EL MUNICIPIO DE VILLA DE ARISTA, SAN LUIS POTOSÍ | 300,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE VICTORIA, TAMAULIPAS. | 10,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE ENTRADA PRINCIPAL EN ESCUELA SECUNDARIA TÉCNICA NO. 13 "JOSÉ VICENTE DE LA SERNA" EN LA CABECERA MUNICIPAL, ALDAMA, TAMAULIPAS | 555,476 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL DE HORCASITAS, SONORA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA EN CAMINOS RURALES EN EL ESTADO DE DURANGO | 60,000,000 | INFRAESTRUCTURA PÚBLICA EN EL ESTADO DE MÉXICO | 750,000,000 | PAVIMENTACIÓN DE LIBRAMIENTO AHUILICAN EN EL MUNICIPIO DE YAUTEPEC, MORELOS | 7,000,000 | INFRAESTRUCTURA ECONÓMICA EN EL MUNICIPIO DE UNIÓN DE SAN ANTONIO, JALISCO | 25,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO EN TOMA DE AGUA DEL MANANTIAL DE AGUA SANTA, EN NAOLINCO, VERACRUZ | 1,900,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE AGUILILLA, MICHOACÁN | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO ASFALTICO EN CALLES DE COMUNIDAD EL LLANO EN GENERAL TERÁN, NUEVO LEÓN | 2,999,847 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN LA MISIÓN, HIDALGO | 500,000 | CONSTRUCCIÓN DE CUBIERTA METALICA, EN PÁTZCUARO, MICHOACÁN | 450,000 | INFRAESTRUCTURA CARRETERA EN EL ESTADO DE DURANGO | 50,000,000 | CONSTRUCCIÓN, AMPLIACIÓN Y REHABILITACIÓN DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL EN EL ESTADO DE MÉXICO | 150,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE VELARIA EN ESCUELA PRIMARIA GUADALUPE VICTORIA LA DICHOSA, ASIENTOS, AGUASCALIENTES | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE APULCO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE JOLALPAN, PUEBLA. | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE CALERA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 8,800,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE METÁLICA EN ESCUELA PRIMARIA DE LA LOCALIDAD DE ZARATE, MORELOS, MICHOACÁN | 700,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE TABASCO, ZACATECAS | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN CONCRETO ESTAMPADO EN CALLE MIGUEL HIDALGO, COL. CENTRO, EN EL MUNICIPIO DE MAZATEPEC, MORELOS. | 1,700,000 | INFRAESTRUCTURA CARRETERA EN EL MUNICIPIO DE JUAN ALDAMA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 7,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN LA RED ESTATAL DE CARRETERAS, EN EL ESTADO DE QUERÉTARO | 80,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE BAVIÁCORA, SONORA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE GÉMEZ, TAMAULIPAS | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN GRAN MORELOS, CHIHUAHUA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN EL MUNICIPIO DE MONTE ESCOBEDO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN EL PATIO CÍVICO DE LA ESCUELA PRIMARIA ARTÍCULO 30 CONSTITUCIONAL, LOCALIDAD ZACUALPAN, COMALA, COLIMA | 1,200,000 | PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO, DE LA CALLE DE LAS FLORES, SAN MATEO TEPOPULA, EN TENANGO DEL AIRE, MÉXICO | 2,891,509 | CONSTRUCCIÓN DE CANAL AL JAGUEY EJIDO CALDERÓN, CUAUTLA, MORELOS. | 500,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO ASFALTICO BLVD EMILIANO ZAPATA EN EL MUNICIPIO DE URES DEL ESTADO DE SONORA | 5,449,647 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE MAZAPIL, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE TLALTENANGO DE SÁNCHEZ ROMÁN, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 8,000,000 | INFRAESTRUCTURA ECONÓMICA PARA EL MUNICIPIO DE HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO | 22,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR | 10,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO. | 155,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE JUCHITÁN, GUERRERO | 5,000,000 | PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA DE CALLE ALDAMA, MELCHOR OCAMPO, NUEVO LEÓN | 2,196,175 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL PARA EL MUNICIPIO DE TIANGUISTENGO, HIDALGO | 10,000,000 | PAVIMENTACIÓN DE AVENIDA MONTERREY, EN SAN DAMIÁN TEXÓLOC, TLAXCALA | 5,000,000 | REENCARPETADO ASFALTICO CALLE CEREZO-CIRUELO ENTRE CALLE SAUZ Y AV. MALECON COL. VILLAS ORIENTE II, EN EL MUNICIPIO DE TONALÁ, EN EL ESTADO DE JALISCO | 627,800 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO EN DIVERSAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO | 15,000,000 | PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA CALLE LÁZARO CÁRDENAS ENTRE BENITO JUAREZ Y FRANCISCO I. MADERO EN HUALAHUISES, NUEVO LEÓN | 2,291,105 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN EL PATIO CÍVICO DE LA ESCUELA PRIMARIA AÑO DE JUÁREZ, LOCALIDAD LA NOGALERA, COMALA, COLIMA | 600,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PABLO DEL MONTE, TLAXCALA | 25,000,000 | INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN EL CECYTE 26 COLOLA, MUNICIPIO DE AQUILA, MICHOACÁN | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIOECONÓMICA PARA EL MUNICIPIO DE HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO | 11,500,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO ASFÁLTICO DE CALLE DE LAS FLORES, MUNICIPIO NEXTLALPAN, MÉXICO | 2,327,676 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO IXCUINTLA, NAYARIT | 9,930,897 | CONSTRUCCIÓN DE BARDA PERIMETRAL EN PANTEÓN DEL EJIDO DE OTILIO MONTAÑO, CUAUTLA, MORELOS. | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIOECONÓMICA PARA EL MUNICIPIO DE CALNALI, HIDALGO | 5,300,000 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE ZACATECAS, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 28,000,000 | AMPLIACIÓN DE LIBRAMIENTO SUR, PUEBLO NUEVO, GUANAJUATO | 3,000,000 | REHABILITACIÓN DE PARQUE JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN, EN EL MUNICIPIO DE TECATE, EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA ECONÓMICA EN EL MUNICIPIO DE ACATLÁN, HIDALGO | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN TRANCOSO, ZACATECAS | 1,000,000 | PAVIMENTACIÓN DE AV. EN EL MUNICIPIO DE COATLÁN DEL RÍO, MORELOS | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE UNA AULA DIDÁCTICA JARDÍN DE NIÑOS JOSÉ NARES ÁLVAREZ COLONIA OBRERO POPULAR, XOCHITEPEC, MORELOS | 899,496 | CONSTRUCCION DE GIMNASIO AL AIRE LIBRE EN LA CABECERA MUNICIPAL, EN ALMOLOYA, HIDALGO | 450,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE JALOSTOTITLÁN, JALISCO | 7,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE GIMNASIO - AUDITORIO DE LA ESCUELA NORMAL OFICIAL DE IRAPUATO, GUANAJUATO | 5,975,700 | REHABILITACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO CALLE INDEPENDENCIA EN EL MUNICIPIO DE AXOCHIAPAN, MORELOS | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN DAMIÁN TEXÓLOC, TLAXCALA | 4,000,000 | REHABILITACIÓN DEL MERCADO ADOLFO LÓPEZ MATEOS EN EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, MORELOS | 2,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE CENTRO CULTURAL COMUNITARIO DE COMONFORT, GUANAJUATO | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN LA CIUDAD DE OAXACA DE JUÁREZ | 71,520,000 | PAVIMENTO A BASE DE CONCRETO HIDRÁULICO CALLE CUMBRES, LOCALIDAD HUEYAPAN, TETELA DEL VOLCÁN, MORELOS | 1,466,957 | REHABILITACIÓN CARRETERA MIACATLAN - PALPAN TRAMO PALO GRANDE, MIACATLÁN, MORELOS. | 4,000,000 | REHABILITACION DEL BOULEVARD DE ACCESO A JALA Y CALLE TAMPICO EN LA LOCALIDAD DE JALA Y CALLE LA AMISTAD EN LA LOCALIDAD DE LOMULCO, MUNICIPIO DE JALA, NAYARIT | 28,063,732 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA | 10,000,000 | TECHUMBRE PARA LA ESCUELA PRIMARIA BENEMÉRITO DE LAS AMÉRICAS, MUNICIPIO DE TEQUISQUIAPAN, QUERÉTARO | 1,250,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN TIJUANA, BAJA CALIFORNIA | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE USOS MÚLTIPLES Y DOMO DEPORTIVO LOCALIDAD LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO TERCERO, BACALAR, QUINTANA ROO | 2,300,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE IXTENCO, TLAXCALA | 5,000,000 | REHABILITACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO CALLE MORELOS, AXOCHIAPAN, MORELOS | 2,000,000 | CASA DEL ACUEDUCTO (ARIPO), EN EL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUÁREZ, EN EL ESTADO DE OAXACA | 27,232,236 | PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA EN CALLE FCO. MÁRQUEZ "LA PEÑA", SAN SALVADOR, HIDALGO | 1,749,124 | CONSTRUCCIÓN DE BANQUETAS PEATONALES, HABILITACIÓN DE CICLOVÍA Y CONSTRUCCIÓN DEINFRAESTRUCTURA PARA GENERAR SEGURIDAD A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, EN MORELIA, MICHOACÁN | 9,500,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE LEÓN, GUANAJUATO | 10,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE LA YESCA, NAYARIT. | 2,200,000 | REHABILITACIÓN DE LA UNIDAD DEPORTIVA DE LA LOCALIDAD DE CUAJOMULCO, HUITZILAC, MORELOS | 1,200,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE UNIÓN DE SAN ANTONIO, JALISCO | 15,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA EN SAN LUIS POTOSÍ | 200,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE POLIDEPORTIVO Y ÁREA ADMINISTRATIVA ZONA NORTE 2DA ETAPA, EN NEZAHUALCÓYOTL, MÉXICO | 19,250,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL MUNICIPIO DE POZA RICA DE HIDALGO, VERACRUZ | 20,000,000 | PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO CALLE ALLENDE, PURÉPERO, MICHOACÁN | 4,660,611 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN GUADALUPE VICTORIA, DURANGO | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE LA YESCA, NAYARIT. | 3,500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE TENANGO DEL AIRE, MÉXICO | 7,500,000 | LIBRAMIENTO EL RODEO, GENERA UN NUEVO CORREDOR VIAL, CONECTA AL MUNICIPIO DE CHAPALA Y EL SALTO 3ERA ETAPA, CON CONEXIÓN A LA CARRETERA STA ROSA LA ABARCA, EN EL MUNICIPIO DE IXTLAHUACÁN DE LOS MEMBRILLOS, EN EL ESTADO DE JALISCO | 6,631,206 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE CUETZALAN DEL PROGRESO, PUEBLA | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE DE LA CANCHA DE USOS MÚLTIPLES DE LA PRIMARIA BENITO JUÁREZ DE LA COLONIA ADOLFO LÓPEZ MATEOS EN EL MUNICIPIO DE TEPALCINGO, MORELOS | 1,900,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA DE LA CALLE "RUFINO TAMAYO" EN LA LOCALIDAD DE SANTA MARÍA EL CHICO, MUNICIPIO DE TULANCINGO DE BRAVO, HIDALGO | 900,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE GENARO CODINA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | TECHUMBRE EN EXPLANADA EJIDAL DE CUAUTLIXCO, CUAUTLA, MORELOS. | 500,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN LA CANCHA DE BASQUETBOL, EN LA LOCALIDAD DE EL CASCALOTE DEL SALITRE (EL SALITRE) EN EL MUNICIPIO DE TUZANTLA, MICHOACÁN DE OCAMPO | 653,333 | CONSTRUCCIÓN DE MUSEO CONTEMPORANÉO ACAPULCO, EN ACAPULCO DE JUÁREZ, GUERRERO | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE APOZOL, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 1,000,000 | PAVIMENTACIÓN DE CALLES EN EL MUNICIPIO, SINGUILUCAN, HIDALGO | 4,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE AULA ESCOLAR Y BANQUETA EN ESCUELA PRIMARIA EUGENIO HERNÁNDEZ BALBOA, NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS | 569,489 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE ADOQUÍN GUARNICIONES Y BANQUETAS EN CALLE MORELOS, NATÍVITAS, TLAXCALA | 1,427,540 | PAVIMENTACION DE CONCRETO HIDRAULICO EN LA CONGREGACION LLANO GRANDE, EN EL MUNICIPIO DE TEOCELO, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 3,020,000 | CONSTRUCCIÓN DE PARQUE DE BEISBOL INFANTIL LOCALIDAD CORRALEÑO, LA CRUZ, CHIHUAHUA | 1,532,580 | CONSTRUCCIÓN DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES PARA BENEFICIAR A LA COMUNIDAD DE PAÑHE EN EL MUNICIPIO DE TECOZAUTLA EN EL ESTADO DE HIDALGO | 12,500,000 | REENCARPETADO CON CONCRETO ASFÁLTICO DE LA AV. RAFAEL VILLELA, MUNICIPIO NEXTLALPAN, MÉXICO | 927,174 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL PARA EL MUNICIPIO DE MEXICALI EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA | 3,500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN AGUA BLANCA DE ITURBIDE, HIDALGO | 1,928,565 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN MEXICALI, BAJA CALIFORNIA | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICAS AV. CHANDIABLO, EN EL MUNICIPIO DE MANZANILLO, EN EL ESTADO DE COLIMA | 10,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE AULA DE USOS MÚLTIPLES EN ESCUELA PRIMARIA, MATAMOROS, TAMAULIPAS | 826,426 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN TEMÓSACHIC, CHIHUAHUA | 1,300,000 | REHABILITACIÓN DE BOULEVARD LÁZARO CÁRDENAS, EN EL MUNICIPIO DE ARCELIA DEL ESTADO DE GUERRERO | 12,000,000 | CONSTRUCCION DE LA AGENCIA MUNICIPAL EN LA LOCALIDAD DE CRUZ ROJA, EN SANTO DOMINGO IXCATLÁN, OAXACA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE HUANÍMARO, GUANAJUATO | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL DE ALLENDE, GUANAJUATO | 5,200,000 | ENCARPETADO ASFALTICO CALLE REFORMA ENTRE LA CALLE MADERO Y LA CALLE INDEPENDENCIA COL. SANTA CRUZ LAS HUERTAS, EN EL MUNICIPIO DE TONALÁ, EN EL ESTADO DE JALISCO | 1,672,200 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE YAUHQUEMEHCAN, TLAXCALA | 1,750,000 | CONSTRUCCIÓN, AMPLIACIÓN Y REHABILITACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN EL ESTADO DE MÉXICO | 150,000,000 | INFRAESTRUCTURA ECONÓMICA EN EL ESTADO DE PUEBLA | 100,000,000 | CONSTRUCCIÓN DEL LIBRAMIENTO TEPOCHICOTLÁN, EN EL MUNICIPIO DE CHILPANCINGO DE LOS BRAVO EN EL ESTADO DE GUERRERO | 52,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE MIXTLÁN, JALISCO. | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE AMATLÁN DE CAÑAS, NAYARIT | 10,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE PUERTO VALLARTA, JALISCO. | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE LOSA EN UNA AULA DESAYUNADOR ESCOLAR ESCUELA PRIMARIA TIERRA Y LIBERTAD, CANATLÁN, DURANGO | 200,000 | SECTORIZACIÓN Y SUSTITUCIÓN DE TUBERÍAS DE LA RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE DE LA LOCALIDAD DE HOLBOX, EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO | 55,900,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE IMURIS, SONORA | 2,000,000 | REHABILITACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE CONSTRUCCIÓN DE SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y COLOCACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO EN AVENIDA B, GRANADOS SONORA | 1,329,678 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE CALERA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 1,900,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN DIVERSOS MUNICIPIOS DE GUANAJUATO | 2,999,886 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE ABASOLO, GUANAJUATO | 3,000,000 | CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DE STAND DE TIRO CON ARCO RIVERAS DEL BRAVO 1, EN JUÁREZ, CHIHUAHUA | 3,500,000 | AMPLIACIÓN Y REHABILITACIÓN DEL MERCADO MUNICIPAL DE ZACOALCO DE TORRES, JALISCO (PRIMERA ETAPA) | 4,500,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, MÉXICO | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE PLAZA DE LA LOCALIDAD DE SAN JOSÉ, HUANDACAREO, MICHOACÁN | 250,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL PARA EL ESTADO DE MORELOS | 35,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CALLE BENITO JUÁREZ ENTRE PORFIRIO DÍAZ Y CALLE 1ERO DE MAYO, EN EL MUNICIPIO DE AMATITLÁN, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 1,150,000 | CONSTRUCCIÓN DE UNIDAD DEPORTIVA EN PIEDRA LARGA (1RA. ETAPA), CORONEO, GUANAJUATO | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE LORETO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 10,700,000 | CONSTRUCCIÓN DE RED DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN CERRADA "RUFINO TAMAYO", MUNICIPIO DE TULANCINGO DE BRAVO, HIDALGO | 150,000 | PAVIMENTACIÓN ASFÁLTICA CALLE 20 DE NOVIEMBRE, MELCHOR OCAMPO, NUEVO LEÓN | 4,510,669 | INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN EL CECYTE 18 CAPULA, MUNICIPIO DE NAHUATZEN, MICHOACÁN | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN ESCUELA PRIMARIA TLALTECUHTLI, ATLATLAHUCAN, MORELOS | 2,100,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA DE CALLE SCT, TENANGO DE DORIA, HIDALGO | 358,643 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN MELCHOR OCAMPO, ZACATECAS | 500,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA EN EL RESBALÓN, MUNICIPIO DE OMITLÁN DE JUÁREZ, HIDALGO | 900,000 | AMPLIACIÓN DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES N. 2 DE 150 A 300 LTS POR SEG. (PRIMERA ETAPA), EN EL MUNICIPIO DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO. | 10,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE MANUEL DOBLADO, GUANAJUATO | 10,000,000 | CONSTRUCCION DE ESPACIO EDUCATIVO, EN MARCOS CASTELLANOS, MICHOACÁN | 4,800,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO EN ESCUELA PRIMARIA "JOSÉ MARÍA MORELOS", CLAVE 20DPR0563R, EN PIEDRA LARGA, SAN JERÓNIMO COATLÁN, OAXACA | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN LA COMUNIDAD RURAL COMANJILLA, EN SILAO DE LA VICTORIA, GUANAJUATO | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE COATLÁN DEL RÍO, MORELOS | 2,000,000 | REHABILITACIÓN DE LA UNIDAD DEPORTIVA DE SANTO TOMÁS HUATZINDEO, 2DA. ETAPA, SALVATIERRA, GUANAJUATO | 2,700,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE VALLE DE JUÁREZ, JALISCO | 7,000,000 | AMPLIACIÓN DE RED PRINCIPAL DE AGUA POTABLE A COLONIA UNISIERRA NORTE, MOCTEZUMA, SONORA | 1,500,000 | CONSTRUCCIÓN DEL DEPORTIVO PAPALOAPAN EN LA COLONIA LÓPEZ MATEOS DE LA COMUNIDAD DE TUXTILLA EN EL MUNICIPIO DE TUXTILLA, VERACRUZ | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA EN EL MUNICIPIO DE SOMBRERETE, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 1,700,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN SAIN ALTO, ZACATECAS | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN COLECTOR DE AGUAS NEGRAS EN LA COLONIA LA GOLONDRINA, EN TACÁMBARO, MICHOACÁN | 3,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE DOMO EN EL MUNICIPIO DE BACHÍNIVA, CHIHUAHUA | 1,000,000 | ADOQUINAMIENTO DE CALLE AMADO NERVO ENTRE ARTICULO 123 Y DR. SALAZAR Y CALLE DR. SALAZAR ENTRE AMADO NERVO E HIDALGO, EN EL MUNICIPIO DE RUÍZ, NAYARIT. | 2,300,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN DE LA CALLE PRINCIPAL A BACHILLERATO INTEGRAL COMUNITARIO NO. 15, SAN ANTONIO HUITEPEC, ZAACHILA, OAXACA | 2,000,000 | DESARROLLO E INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE AHUALULCO, SAN LUIS POTOSÍ | 1,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN ESCUELA PRIMARIA LA CORREGIDORA, VICTORIA, TAMAULIPAS | 1,340,035 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN GÓMEZ FARÍAS, CHIHUAHUA | 1,300,000 | REHABILITACIÓN DE EMPEDRADO EN CALLE JUSTO SIERRA, TLAYACAPAN, MORELOS. | 2,900,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE TEMASCALAPA, MÉXICO | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CASA DE LA CULTURA EN CABECERA MUNICIPAL, CHALCATONGO DE HIDALGO, OAXACA | 3,500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN CANDELARIA, CAMPECHE | 2,000,000 | REHABILITACION DE BANQUETAS INCLUYENTES EN LA ZONA CENTRO DE LA CABECERA MUNICIPAL DE OCOTLÁN, JALISCO. | 2,600,000 | REHABILITACIÓN DE CALLES EN KANTUNILKIN, LÁZARO CÁRDENAS, QUINTANA ROO | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE ACULTZINGO, VERACRUZ | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE GUADALUPE, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 33,400,000 | REHABILITACIÓN DEL CAMPO DE FÚTBOL EN SAN FRANCISCO DEL ORO, CHIHUAHUA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL AMATITLÁN, OAXACA | 1,300,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE ADOCRETO EN CALLE VENUSTIANO CARRANZA, EN EL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ QUILEHTLA, EN EL ESTADO DE TLAXCALA | 1,626,721 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO GUARNICIONES Y BANQUETAS EN LA CALLE GRANADITA COL GENERAL FELIPE ÁNGELES, TOLCAYUCA, HIDALGO | 1,522,160 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE JALPAN, PUEBLA. | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN TELOLOAPAN, GUERRERO | 8,000,000 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL ESTADO DE OAXACA | 57,253,040 | DESARROLLO E INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE SAN BLAS ATEMPA, OAXACA | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE CERRO AZUL, VERACRUZ. | 3,320,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE COALCOMÁN DE VÁZQUEZ PALLARES, MICHOACÁN | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE RAYÓN, SAN LUIS POTOSÍ | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN CALLE 5 DE MAYO, POBLADO DE TETECALITA, EN EL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS | 2,700,000 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE SUSTICACÁN, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 1,000,000 | PAVIMENTACIÓN DE LIBRAMIENTO PERSEVERANCIA - CASA BLANCA, EN EL MUNICIPIO DE JOJUTLA, MORELOS. | 9,694,024 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE A BASE DE ARCOTECHO EN CANCHA DE USOS MÚLTIPLES, COL. OTILIO MONTAÑO, EN EL MUNICIPIO DE JIUTEPEC, MORELOS. | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE VALLE DE JUÁREZ, JALISCO | 3,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE ADOQUÍN, DE BANQUETAS Y GUARNICIONES CALLE REFORMA, TEPEYANCO, TLAXCALA | 1,097,369 | CONSTRUCCIÓN DE UNIDAD DEPORTIVA, EN JULIMES, CHIHUAHUA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PABLO DEL MONTE, TLAXCALA | 1,750,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN CORONADO, CHIHUAHUA | 1,180,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA CALNALI, HIDALGO | 10,250,000 | CONSTRUCCION DE LA AGENCIA MUNICIPAL EN LA LOCALIDAD DE ZARAGOZA, CHALCATONGO DE HIDALGO, OAXACA | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE UNIDAD DEPORTIVA PEDRO AMARO, EN EL MUNICIPIO DE JOJUTLA, MORELOS. | 2,741,641 | ENTRONQUE CARRETERO ESTATAL BACALAR/REFORMA (KM 0+000) ICHKABAL (21+823), PRIMERA ETAPA, EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO | 94,100,000 | REHABILITACIÓN DE CANCHA DE FUTBOL RÁPIDO DE LA UNIDAD DEPORTIVA JOSÉ PISTOLAS MENESES, EN CHIHUAHUA, CHIHUAHUA | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE PAJACUARÁN, MICHOACÁN. | 2,400,000 | CONSTRUCCIÓN DE UNIDAD ADMINISTRATIVA EN EL MUNICIPIO DE IXTLAHUACÁN DE LOS MEMBRILLOS, JALISCO | 1,385,294 | CONSTRUCCIÓN DE MÓDULO DE BAÑOS SANITARIOS PARA EL CBTA NÚM. 56 "LIC. FORTUNATO DE LEIJA PÉREZ", ALDAMA, TAMAULIPAS | 745,950 | CONSTRUCCION DE GIMNASIO AL AIRE LIBRE, EN SINGUILUCAN, HIDALGO | 350,291 | PAVIMENTACIÓN CALLE PINO COL. CAMICHINES, TUXPAN, JALISCO | 5,507,686 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL ESTADO DE JALISCO | 400,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR EL SECO, PUEBLA | 64,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN LA CASA DE USOS MÚLTIPLES, LOCALIDAD SUCHITAN, COMALA, COLIMA | 1,700,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE ACATLÁN DE PÉREZ FIGUEROA, OAXACA | 1,050,000 | CONSTRUCCIÓN DE DEPÓSITO LÍNEAS DE AGUA Y ADOQUINADO ECOLÓGICO EN LA COMUNIDAD DE LA SIDRA MUNICIPIO DE PIHUAMO, JALISCO. | 2,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE ADOCRETO Y ALUMBRADO EN PERIFERIA DEL CERRITO EN SAN FRANCISCO TEPEYANCO, TEPEYANCO, TLAXCALA | 1,562,459 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE BOCA DEL RÍO, VERACRUZ | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE CORTAZAR, GUANAJUATO | 5,168,000 | CONSTRUCCIÓN Y REHABILITACIÓN DE TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE DEL BARRIO CHINAMECA, EN EL MUNICIPIO DE LOLOTLA, HIDALGO | 945,338 | INFRAESTRUCTURA DE DESARROLLO MUNICIPAL EN TEOCUITATLÁN DE CORONA, JALISCO | 4,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL ESTADO DE NAYARIT | 175,000,000 | CONSTRUCCIÓN CON PAVIMENTO HIDRÁULICO EN CALLE PRIMO VERDAD, EN EL MUNICIPIO DE TLALTETELA EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 1,800,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN LA ESCUELA PRIMARIA EMILIANO ZAPATA, LOCALIDAD ZACAPALCO, TEPALCINGO, MORELOS | 1,405,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL PARA EL ESTADO DE CHIAPAS | 30,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL ESTADO DE GUANAJUATO | 195,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN SALAMANCA, GUANAJUATO | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ, SONORA | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN EL MUNICIPIO DE BOCA DEL RÍO, VERACRUZ | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE CAÑITAS DE FELIPE PESCADOR, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TLALTENANGO DE SÁNCHEZ ROMÁN, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,700,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE JILOTLÁN DE LOS DOLORES, JALISCO. | 1,700,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN AMATITÁN, JALISCO | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE MAZAPIL, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE CHARO, MICHOACÁN | 1,480,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN PABELLÓN DE ARTEAGA, AGUASCALIENTES | 2,000,000 | REHABILITACIÓN DE INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA Y DE AULAS PARA LA ESCUELA NORMAL OFICIAL DE LEÓN, GUANAJUATO | 499,995 | CONSTRUCCIÓN DE AULA Y SANITARIOS EN LA ESC. PRIM. GRAL. MAESTRO JUSTO SIERRA, EN SAN FELIPE ORIZATLÁN, HIDALGO | 900,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN SANTA ISABEL, CHIHUAHUA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL ESTADO DE CHIAPAS | 240,492,600 | PAVIMENTACION DE LA CALLE GUADALAJARA DE LA COL REVOLUCION DEL MPIO DE PÁTZCUARO, MICHOACÁN | 2,426,292 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN CALLE VICENTE GUERRERO, LOCALIDAD IXTLILCO EL GRANDE, TEPALCINGO, MORELOS. | 1,922,230 | INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA EN EL MUNICIPIO DE LUIS MOYA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE TECATE, BAJA CALIFORNIA | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE UNIÓN DE SAN ANTONIO, JALISCO | 25,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE NORIA DE ÁNGELES, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE TECHALUTA DE MONTENEGRO, JALISCO. | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE XICOTEPEC, PUEBLA | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE CONCRETO HIDRÁULICO, GUARNICIONES Y BANQUETAS EN LA CALLE IGNACIO ALLENDE DE LA LOCALIDAD POTRERO DEL BORDO ENTRE LAS CALLES MIGUEL HIDALGO E IGNACIO ALLENDE, EN TLALNELHUAYOCAN, VERACRUZ | 1,150,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO ASFÁLTICO, GUARNICIONES Y BANQUETAS DE LA CALLE AGUILAS, MUNICIPIO NEXTLALPAN, MÉXICO | 3,400,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE JALPA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 9,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE DOMO EN LA PLAZA DE LA COMUNIDAD DE SAN MIGUEL, EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA DE LA PAZ, ZACATECAS. | 800,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL ESTADO DE CHIAPAS. | 30,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE AULA AUDIVISUAL EN ESCUELA SECUNDARIA TÉCNICA, NÚMERO 4, COL. AZTECA, TEMIXCO, MORELOS | 1,100,000 | CONSTRUCCIÓN DE CENTRO BARRIAL INTEGRAL EN COLONIA EL PEDREGAL â MOLINO EN EL MUNICIPIO DE TEPATITLÁN DE MORELOS JALISCO | 6,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE MINERAL DE LA REFORMA, HIDALGO | 2,999,990 | INFRAESTRUCTURA DE DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE SAN BLAS ATEMPA, OAXACA | 15,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO CALLE SIN NOMBRE EN MORIELEÑO, LA CRUZ, CHIHUAHUA | 414,493 | CONSTRUCCIÓN DE MÓDULO DE AULAS EN EL CENTRO DE BACHILLERATO TECNOLÓGICO INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS CBTIS 68 EN EL MUNICIPIO DE PUERTO VALLARTA, JALISCO. | 1,400,000 | AMPLIACIÓN DE PUENTE VEHICULAR DE LA AVENIDA ADOLF B. HORN, AL CRUCE CON EL CANAL LAS PINTAS, EN EL MUNICIPIO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO. | 9,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE MAGDALENA TEQUISISTLÁN, OAXACA | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE ZACATELCO, TLAXCALA | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE PICHUCALCO, CHIAPAS | 1,521,600 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, NUEVO LEÓN | 5,000,000 | REHABILITACIÓN DE MERCADO MUNICIPAL BENITO JUAREZ, EN HUATUSCO, VERACRUZ | 10,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE GUARNICIONES Y BANQUETAS EN CARRETERA A TLACOTEPEC, LOCALIDAD TETELA DEL VOLCÁN, MORELOS | 500,000 | CONSTRUCCIÓN DE ANDADORES, ALUMBRADO PÚBLICO, SANEAMIENTO DE LAS DESCARGAS SANITARIAS AL CAUCE DEL RIO, EQUIPAMIENTO URBANO, EN HUETAMO, MICHOACÁN | 18,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN PLAYAS DE ROSARITO, BAJA CALIFORNIA | 15,000,000 | CONSTRUCCION DE TECHUMBRE EN ESCUELAS PRIMARIAS, EN SAN AGUSTÍN METZQUITITLÁN, HIDALGO | 2,600,008 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA DE CALLE SANTA TERESA, MINERAL DEL MONTE, HIDALGO | 567,020 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE TEMASCALAPA, MÉXICO | 7,500,000 | PAVIMENTO A BASE DE CONCRETO HIDRÁULICO PARA COMUNICAR PUENTE DE LA LAJA, LOCALIDAD XOCHICALCO, TETELA DEL VOLCÁN, MORELOS | 1,572,932 | CONSTRUCCIÓN DE ANDADORES, ALUMBRADO Y ESPACIOS PÚBLICOS, EN HUETAMO, MICHOACÁN | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE GUARNICIONES, BANQUETAS Y PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE QUERÉTARO, EN LA COLONIA MEXICO, EN EL MPIO DE COSOLEACAQUE, VERACRUZ | 1,248,000 | REHABILITACIÓN DE ESCUELA PRIMARIA FELIPE PESCADOR, VICTORIA, TAMAULIPAS | 32,843 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN SANTA CATARINA, NUEVO LEÓN | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN EL CECYTE 34 IRAPEO, MUNICIPIO DE CHARO, MICHOACÁN | 10,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE BARDA PERIMETRAL EN ESCUELA SECUNDARIA SOR JUANA INÉS DE LA CRUZ, COMONFORT, GUANAJUATO | 399,970 | CONSTRUCCIÓN DE MUSEO MUNICIPAL EN LA LOCALIDAD DE TIERRA COLORADA, MUNICIPIO DE JUAN R. ESCUDERO, ESTADO DE GUERRERO | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN XIUTETELCO, PUEBLA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN EL MUNICIPIO DE TETECALA, MORELOS. | 2,300,000 | AMPLIACIÓN AV. CHANDIABLO - 2A ETAPA, EN EL MUNICIPIO DE MANZANILLO, EN EL ESTADO DE COLIMA | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE TIERRA BLANCA A TLAHUILTEPA, TLAHUILTEPA, HIDALGO | 5,425,581 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE AMATLÁN DE LOS REYES, VERACRUZ | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN ENSENADA, BAJA CALIFORNIA | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TRES AULAS, DOS BAÑOS, UN LABORATORIO DE CÓMPUTO Y UN ÁREA ADMINISTRATIVA, EN LA COMUNIDAD DE GRANADAS, EN EL MUNICIPIO DE VILLA GARCÍA, ZACATECAS. | 2,600,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE CUAPIAXTLA DE MADERO 1RA ETAPA, PUEBLA | 1,487,961 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE VICTORIA, TAMAULIPAS | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN ACAPULCO DE JUÁREZ, GUERRERO | 2,000,000 | REHABILITACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE DE LA LOCALIDAD DE CHIQUILÁ, MUNICIPIO LÁZARO CÁRDENAS, QUINTANA ROO | 9,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE MELCHOR OCAMPO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE SANTA CATARINA, NUEVO LEÓN | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA POLIVALENTE EN ESCUELA PRIMARIA GRAL. BONIFACIO SALINAS LEAL, CHINA, NUEVO LEÓN | 874,653 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE JUAN ALDAMA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 3,200,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE DE LA CANCHA DE BASQUETBOL, EN LA LOCALIDAD DE LOS PINZANES EN EL MUNICIPIO DE TUZANTLA, MICHOACÁN DE OCAMPO | 653,333 | REMODELACIÓN DEL CENTRO DE BARRIO SAN ROMÁN Y SU CONCHA ACÚSTICA "HÉCTOR PÉREZ MARTÍNEZ" EN SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, MUNICIPIO DE CAMPECHE, EN EL ESTADO DE CAMPECHE | 30,000,000 | INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL EN EL MUNICIPIO DE PUERTO VALLARTA, JALISCO. | 3,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE JARDÍN DE NIÑOS SOR JUANA INÉS, GÓMEZ PALACIO, DURANGO | 270,080 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE HUASCA DE OCAMPO, HIDALGO | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE MOYAHUA DE ESTRADA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | RECONSTRUCCIÓN DE MURO DE CONTENCIÓN Y ADOQUINADO ECOLÓGICO EN EL PARQUE-JARDÍN DE LA COMUNIDAD DE COLOMOS, MUNICIPIO DE PIHUAMO, JALISCO. | 1,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE, EN LA ESCUELA PRIMARIA, LOCALIDAD EL ZAPOTE, EN EL MUNICIPIO DE TIQUICHEO DE NICOLÁS ROMERO, MICHOACÁN DE OCAMPO | 560,000 | REHABILITACIÓN DEL PARQUE DE LA MADRE, ACANCEH, YUCATÁN | 2,500,001 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO | 40,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE OTEAPAN EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DE UNA SALA DE TITULACIÓN EN EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LEÓN, GUANAJUATO | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL Y ALUMBRADO PÚBLICO, EN ZITÁCUARO, MICHOACÁN | 13,000,000 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL ESTADO DE CHIAPAS | 200,000,000 | CONSTRUCCION DE AGENCIA MUNICIPAL EN LA LOCALIDAD DE RANCHO NUEVO, EN JILOTLÁN DE LOS DOLORES, JALISCO | 7,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE GIMNASIO, EN GRAN MORELOS, CHIHUAHUA | 1,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN DE BRAVO, VERACRUZ | 6,661,200 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE NAVOJOA, SONORA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE SANCTÓRUM DE LÁZARO CÁRDENAS, TLAXCALA | 750,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SUSTICACÁN, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 3,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CAMINO PUNTA ABREOJOS A LA BOCANA EN BAJA CALIFORNIA SUR | 65,800,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE CHALCATONGO DE HIDALGO, OAXACA | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE ALTOTONGA, VERACRUZ. | 2,900,000 | PAVIMENTO CON CONCRETO HIDRÁULICO CALLE FRANCISCO VILLA, TEMOAC, MORELOS | 1,045,000 | CONSTRUCCIÓN DE PARQUE DE CONVIVENCIA GALAXIAS DEL PARQUE EN CELAYA, GUANAJUATO | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR, HIDALGO | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO EN LA CALLE 1 COL GENERAL FELIPE ÁNGELES, TOLCAYUCA, HIDALGO | 1,963,098 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE CONCRETO HIDRÁULICO DE UN F ´C=200 KG/CM2 EN CALLE HÉROES DE VERACRUZ EN LA LOC. PLAN DE ARROYOS, MPIO. DE ATZALAN, VERACRUZ | 3,800,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL ESTADO DE DURANGO | 20,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE AVE. MÉXICO (ACCESO A COLONIA LIBERTAD), EN EL MUNICIPIO DE TECATE, EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA | 32,297,260 | PAVIMENTACIÓN DE LA CALLE PIOQUINTO GALIS, LOCALIDAD APATLACO, AYALA, MORELOS | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE UNIDAD DEPORTIVA, EN URIQUE, CHIHUAHUA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE HUATUSCO, VERACRUZ | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA POLIVALENTE EN ESCUELA PRIMARIA JUAN ESCUTIA, CHINA, NUEVO LEÓN | 874,653 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO CALLE PRINCIPAL, METEPEC, HIDALGO | 1,500,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA CATARINA, NUEVO LEÓN | 10,000,000 | REHABILITACIÓN DE LA PLAZA EN LA LOCALIDAD DE CUEXCOMATITLÁN, EN EL MUNICIPIO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO. | 6,500,000 | PAVIMENTACIÓN DE ENTRONQUE CARRETERA ESTATAL TIERRA BLANCA SAN JOSÉ ITURBIDE- CECYTE- EMILIO PORTES GIL, EN LA LOCALIDAD DE LOS AGUACATES DEL MUNICIPIO DE TIERRA BLANCA, GUANAJUATO | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE COLOTLÁN, JALISCO. | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, NUEVO LEÓN | 10,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE MOYAHUA DE ESTRADA, ZACATECAS | 1,500,000 | REHABILITACIÓN DE MERCADOS MUNICIPALES DEL ESTADO DE SINALOA | 91,218,533 | PROYECTOS DE DESARROLLO REGIONAL EN EL ESTADO DE PUEBLA | 400,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE ATIL, SONORA. | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN DE BRAVO, VERACRUZ | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE HUACHINERA, SONORA | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CENTRO DE PROTECCIÓN Y SANIDAD CANINA EN EL MUNICIPIO DE TEPATITLÁN DE MORELOS JALISCO | 3,000,000 | CONSTRUCCION DE PLAZA PÚBLICA EN LA DELEGACIÓN DE MIRAVALLE, EN EL MUNICIPIO DE ACATLÁN DE JUÁREZ, JALISCO. | 1,850,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN DE BRAVO, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE | 5,000,000 | AMPLIACIÓN A CUATRO CARRILES DE LA AVENIDA ADOLF B. HORN, DESDE JAVIER MINA HASTA EL CANAL LAS PINTAS, EN EL MUNICIPIO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO. | 9,500,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN DIVERSOS MUNICIPIOS DE BAJA CALIFORNIA SUR | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE TETLA DE LA SOLIDARIDAD, TLAXCALA | 1,750,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE APASEO EL ALTO, GUANAJUATO | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE ROSAMORADA, NAYARIT | 15,000,000 | DESARROLLO E INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN DE BRAVO, VERACRUZ | 13,338,800 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE ZILTLALTÉPEC DE TRINIDAD SÁNCHEZ SANTOS, TLAXCALA | 750,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL EL ALTO, JALISCO | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN CANCHA DE USOS MULTIPLES, EN TELEBACHILLERATOS NO 90 CON CLAVE 16 DPRO2439T, DE LA LOCALIDAD DE AGUA SALADA, EN EL MUNICIPIO DE JUNGAPEO, MICHOACÁN DE OCAMPO | 560,000 | CONSTRUCCIÓN DE COMEDOR COMUNITARIO EN LA ESC RICARDO FLORES MAGON COL 2 DE AGOSTO, TEPIC NAYARIT | 3,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE ADOCRETO EN PRIVADA 15 DE SEPTIEMBRE, SANTA CRUZ QUILEHTLA, TLAXCALA | 1,730,457 | AMPLIACIÓN A CUATRO CARRILES CON CONCRETO HIDRÁULICO CAMELLÓN CENTRAL Y BANQUETAS PEATONALES, ALUMBRADO PUBLICO, EN CARÁCUARO, MICHOACÁN | 38,000,000 | INFRAESTRUCTURA EN LA DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS, CIUDAD DE MÉXICO | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN Y TECHADO DE CANCHA DE USOS MULTIPLES Y INFRAESTRUCTURA SANITARIA EN LA UNIDAD DEPORTIVA, EN HUAUTLA, HIDALGO | 2,564,165 | INFRAESTRUCTURA VIAL PARA EL MUNICIPIO DE CALNALI, HIDALGO | 2,400,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE ADOQUÍN CON BANQUETAS Y GUARNICIONES EN CALLE REVOLUCIÓN, TEPEYANCO, TLAXCALA | 700,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE ALTEPEXI, PUEBLA. | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE YOBAÍN, YUCATÁN | 3,000,000 | REHABILITACIÓN DE LA AYUDANTIA DEL POBLADO DE AHUATEPEC, CUERNAVACA, MORELOS. | 1,300,000 | CONSTRUCCIÓN DE TORRE MEDICA CAMPUS LEÓN, SEDE SAN CARLOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO. | 10,000,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO, EN SALVADOR ESCALANTE, MICHOACÁN | 29,100,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN CALLE 24 DE FEBRERO, COLONIA LOMA BONITA, XOCHITEPEC, MORELOS | 1,150,995 | CONSTRUCCIÓN DE CUBIERTA DE CANCHA DE USOS MÚLTIPLES EN ESCUELA PRIMARIA, SAN SALVADOR, HIDALGO | 1,312,019 | CONSTRUCCIÓN DE UNIDAD DEPORTIVA DE SAN JOSÉ AYUQUILA PRIMER ETAPA, EN SAN JOSÉ AYUQUILA, OAXACA | 1,600,000 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE FUT 7 CON PASTO SINTÉTICO COL. CENTRO, JANTETELCO, MORELOS | 2,130,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN DELICIAS, CHIHUAHUA | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN ACAPULCO DE JUÁREZ, GUERRERO | 17,500,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE AMEALCO DE BONFIL, QUERÉTARO | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE VEHICULAR DE CRUCE DEL RIO SINALOA EN GUASAVE, EN EL ESTADO DE SINALOA | 100,421,273 | CONSTRUCCIÓN DE TECHUMBRE EN AYUDANTIA ATLIHUAYAN EN EL MUNICIPIO DE YAUTEPEC, MORELOS | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE GÓMEZ FARÍAS, TAMAULIPAS | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DE 050 LPS EN EL MUNICIPIO HUAZALINGO, HIDALGO | 1,887,991 | CONSTRUCCIÓN DE MALECÓN PLAYA NORTE "ARROYO HUAHUATAY" EN PLAYAS DE ROSARITO, EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA | 101,999,928 | CONSTRUCCIÓN CON PAVIMENTO HIDRÁULICO EN CALLE IGNACIO ALLENDE, EN EL MUNICIPIO DE ALTO LUCERO DE GUTIÉRREZ BARRIOS EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 1,800,000 | CONSTRUCCIÓN DE 2 AULAS EN LA ESC. PRIM. GRAL. JOSÉ ÁNGELES MONTAÑO, EN SAN FELIPE ORIZATLÁN, HIDALGO | 1,100,000 | CONSTRUCCIÓN Y REHABILITACIÓN DE CAMPO DE FUTBOL AMERICANO Y PISTA DE ATLETISMO EN EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CIUDAD JUAREZ, EN JUÁREZ, CHIHUAHUA | 8,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO EN AV. GUADALUPE COL. GPE, VILLA DE TEZONTEPEC, HIDALGO | 885,691 | INFRAESTRUCTURA BÁSICA PARA EL MUNICIPIO DE HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO | 17,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO EN EL MUNICIPIO DE EDUARDO NERI 1RA ETAPA, GUERRERO | 2,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE SALÓN DE USOS MÚLTIPLES EN EL MUNICIPIO DE TLAYACAPAN, MORELOS | 700,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN SAN FRANCISCO DE CONCHOS, CHIHUAHUA | 1,000,000 | REHABILITACIÓN DE PAVIMENTO CON CONCRETO ESTAMPADO EN CALLE EVARISTO NAVA LOC: COL. CENTRO MUNICIPIO YECAPIXTLA, MORELOS | 9,499,395 | CONSTRUCCIÓN DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES PARA EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE ANAYA, HIDALGO | 22,250,000 | INFRAESTRUCTURA EN EL MUNICIPIO DE SOYOPA, SONORA | 2,000,000 | CUBIERTA METÁLICA EN LA ESCUELA PRIMARIA DE CARUCHEO GRANDE, CHUCÁNDIRO, MICHOACÁN | 700,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE JIUTEPEC, MORELOS | 5,050,000 | AMPLIACIÓN DE RED DE DRENAJE, AGUA POTABLE Y PAVIMENTACIÓN DE AVENIDA NIÑOS HÉROES DESDE CALLE 8 HASTA JUÁREZ FINAL, EN EL MUNICIPIO DE CUMPAS, EN EL ESTADO DE SONORA | 10,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL PARA EL MUNICIPIO DE ENSENADA EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA | 3,500,000 | REHABILITACIÓN DEL MERCADO "JESÚS MURILLO KARAM" DE LA LOCALIDAD DE REAL DEL MONTE, MUNICIPIO DE MINERAL DEL MONTE, HIDALGO | 120,000 | PAVIMENTACIÓN EN CALLES DEL MUNICIPIO DE TELCHAC PUERTO, YUCATÁN | 3,000,299 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN CUAUHTÉMOC, COLIMA | 5,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE LOSA DE CONCRETO EN AV. PEDRO RAMÍREZ VÁZQUEZ (SEGUNDA ETAPA), EN EL MUNICIPIO DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO. | 6,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN ACUAMANALA DE MIGUEL HIDALGO, TLAXCALA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA EN DIVERSOS MUNICIPIOS DE BAJA CALIFORNIA SUR | 15,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE LA TERCERA ETAPA DE LA UNIDAD BÁSICA DE REHABILITACIÓN (FOFIN), EN JALTOCÁN, HIDALGO | 416,720 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN ATOYAC, VERACRUZ | 1,200,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE ZIHUATANEJO DE AZUETA 1RA ETAPA, GUERRERO | 3,826,837 | PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL ESTADO DE NAYARIT | 50,000,000 | REHABILITACIÓN DE AVENIDA SANTIAGO ENTRE CALLE MADERO Y CALLE PABLO CEDILLO, EN LA CABECERA MUNICIPAL DE IXTLAHUACÁN DE LOS MEMBRILLOS, JALISCO | 1,000,688 | CONSTRUCCIÓN DE CICLOVÍAS EN VILLAHERMOSA, EN CENTRO, TABASCO | 30,229,707 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN DIVERSOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE CHIAPAS | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE CANDELARIA, CAMPECHE | 5,000,000 | PAVIMENTACIÓN HIDRÁULICA DE CALLE AVIADOR ALBERTO PANIAGUA, MINERAL DEL MONTE, HIDALGO | 861,362 | CONSTRUCCION DE PLAZA PÚBLICA EN LA LOCALIDAD DE LOS COPALES, DEL MUNICIPIO DE SAN SEBASTIÁN DEL OESTE, JALISCO. | 1,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE ARCO TECHO EN LA ESCUELA PRIMARIA "JUSTO SIERRA", SAN MIGUEL XOLCO, EN OTUMBA, MÉXICO | 1,246,966 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO DE CONCRETO HIDRÁULICO EN CALLE EL ESPINAL, SANTA APOLONIA TEACALCO, TLAXCALA | 5,746,825 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO TETLANOHCAN, TLAXCALA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE ZACATECAS | 150,000,000 | ADOQUINAMIENTO DE LA CALLE REFORMA ENTRE MORELOS Y 16 DE SEPTIEMBRE EN LA LOCALIDAD DE PASO PUENTE SANTA ANA, EN SAN SALVADOR EL SECO, PUEBLA | 1,763,044 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL EN OJINAGA, CHIHUAHUA | 3,000,000 | PAVIMENTACIÓN Y REHABILITACIÓN DE CALLES EN EL MUNICIPIO DE TIJUANA, EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA | 80,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SUNUAPA 1RA ETAPA, CHIAPAS | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLO VIEJO, VERACRUZ | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL DEL ESTADO DE CHIAPAS | 19,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE USOS MÚLTIPLES Y TECHADO EN AGENCIA ALDAMA, CHALCATONGO DE HIDALGO, OAXACA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL EN EL MUNICIPIO DE COMONDÚ, BAJA CALIFORNIA SUR | 15,000,000 | PAVIMENTO HIDRÁULICO EN LA LOCALIDAD EL CARRIZAL, VILLA SOLA DE VEGA, OAXACA | 5,805,710 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE TIANGUISTENGO, HIDALGO | 13,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO. | 50,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA | 10,000,000 | INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA EN EL MUNICIPIO DE TEPETONGO, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN EL CECYTE 25 OPOPEO, MUNICIPIO DE SALVADOR ESCALANTE, MICHOACÁN | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA ECONÓMICA PARA EL MUNICIPIO DE CALNALI, HIDALGO | 7,600,000 | PAVIMENTACIÓN CALLE REVOLUCIÓN EN EL MUNICIPIO DE TUXPAN DEL ESTADO DE JALISCO | 3,311,450 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO EN EL MUNICIPIO DE NACO, SONORA | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN APETATITLÁN DE ANTONIO CARVAJAL, TLAXCALA | 500,000 | PROYECTOS PARA EL DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA HENEQUENERA DEL SURESTE | 150,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO CALLE TULIPANES, COLONIA FEDERACIÓN, DELEGACIÓN ANTONIO BARONA, CUERNAVACA, MORELOS. | 632,221 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE AMATÁN 1RA ETAPA, CHIAPAS | 2,848,810 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE ESCUELA TELESECUNDARIA DE JUAN MATA ORTIZ, EN CASAS GRANDES, CHIHUAHUA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN HUACTZINCO, TLAXCALA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE JOSÉ AZUETA, VERACRUZ | 3,000,000 | INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE JANOS, CHIHUAHUA. | 2,500,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CALLE PORFIRIO DÍAZ, EN EL MUNICIPIO DE CUAJINICUILAPA, GUERRERO. | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA PARA EL MUNICIPIO DE ACTOPAN, HIDALGO | 15,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN MARCIAL OZOLOTEPEC, OAXACA | 1,650,000 | CONSTRUCCIÓN DE ESTRUCTURA, GUARNICIONES Y BANQUETA, EN ACUITZIO, MICHOACÁN | 3,800,000 | CONSTRUCCIÓN DEL TECHADO DE LA CANCHA DE USOS MULTIPLES EN LA LOCALIDAD DE ALDAMA, CHALCATONGO DE HIDALGO, OAXACA | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA EL MUNICIPIO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, MÉXICO | 15,000,000 | TECHADO DE PATIO DE LA ESCUELA PRIMARIA MELCHOR OCAMPO A BASE DE CUBIERTA, PURÉPERO, MICHOACÁN | 700,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CALLE SAN ISIDRO EN EL MUNICIPIO DE HEROICA CIUDAD DE TLAXIACO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 2,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO EN LA COLONIA LAS ÁNIMAS EN EL MUNICIPIO DE HEROICA CIUDAD DE HUAJUAPAN DE LEÓN, EN EL ESTADO DE OAXACA | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN DIVERSAS CALLES EN EL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ, EN EL ESTADO DE OAXACA | 3,000,000 | CONSTRUCCIÓN DEL PANTEÓN MUNICIPAL (SEGUNDA ETAPA) EN EL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ, EN EL ESTADO DE OAXACA | 3,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CALLE PRINCIPAL, AGENCIA SAN VICENTE PIÑAS EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA ZACATEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO DE LA CANCHA DE USOS MULTIPLES EN EL MUNICIPIO DE HUAUTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 2,000,000 | REHABILITACIÓN DE PARQUE MUNICIPAL (SEGUNDA ETAPA) EN EL MUNICIPIO DE ZIMATLÁN DE ÁLVAREZ, EN EL ESTADO DE OAXACA | 5,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE DIVERSAS CALLES EN EL MUNICIPIO DE HEROICA CIUDAD DE EJUTLA DE CRESPO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE FUTBOL 7, EN EL BARRIO CHICO EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA HUAZOLOTITLÁN, EN EL ESTADO DE OAXACA | 2,500,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO EN LA CANCHA DE USOS MÚLTIPLES EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA TEOPOXCO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO EN EL INSTITUTO DE ESTUDIOS DE BACHILLERATO DEL ESTADO DE OAXACA NO. 142, CLAVE 20ETH0142N EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TEUTILA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 2,000,000 | CONSTRUCCIÓN DE TECHADO EN LA CANCHA DE USOS MULTIPLES EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO JAMILTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 2,000,000 | PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRAULICO DE LA CALLE CAFETICULTORES (PRIMERA ETAPA) EN EL MUNICIPIO DE VILLA TALEA DE CASTRO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 3,900,000 | CONSTRUCCION DE TECHADO EN LA CANCHA DE USOS MULTIPLES, AGENCIA DE SAN JUAN TAGUI EN EL MUNICIPIO DE SAN ILDEFONSO VILLA ALTA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 2,100,000 | AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE (PRIMERA ETAPA) EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO CAMOTLÁN, EN EL ESTADO DE OAXACA | 4,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE CHICOASÉN, EN EL ESTADO DE CHIAPAS | 7,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE CHILCUAUTLA, EN EL ESTADO DE HIDALGO | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TEXCOCO, EN EL ESTADO DE MÉXICO | 38,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE AMANALCO, EN EL ESTADO DE MÉXICO | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE ACAPONETA, EN EL ESTADO DE NAYARIT | 10,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN MARCIAL OZOLOTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ TAYATA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN TEITA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN ESTEBAN ATATLAHUCA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN MARTÍN HUAMELULPAM, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA LUCÍA MONTEVERDE, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO MARTIR YUCUXACO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN AGUSTÍN TLACOTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN ANTONIO ELOXOCHITLAN, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO AMOLTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTO DOMINGO TEOJOMULCO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO TEXTITLAN, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN MATEO YUCUTINDOO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN JACINTO TLACOTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN MELCHOR BETAZA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE COATECAS ALTAS, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO CAHUACUA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO JUCHATENGO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ ZENZONTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA ZANIZA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN MIXTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN MARTÍN ITUNYOSO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN MATEO YOLOXOCHIXTLAN, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL DEL RÍO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ NUNDACO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO TENANGO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA INÉS DEL MONTE, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO YOLOMECATL, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE COSOALTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA CATARINA QUIERI, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES PAXTLAN, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO LALOPA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA YUCUHITI, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN FELIPE JALAPA DE DÍAZ, EN EL ESTADO DE OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA JALAPA DE MARQUÉZ, EN EL ESTADO DE OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO IXCATLÁN, EN EL ESTADO DE OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO Y SAN PABLO TEPOSCOLULA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE VILLA ZAACHILA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE CIUDAD IXTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 7,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE EL ESPINAL , EN EL ESTADO DE OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE HUAUTLA DE JIMÉNEZ, EN EL ESTADO DE OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE OCOTLÁN DE MORELOS, EN EL ESTADO DE OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN BAUTISTA TLACOATZINTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE VILLA DE TUTUTEPEC DE MELCHOR OCAMPO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO JUXTLAHUACA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 7,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO POCHUTLA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO LLANO GRANDE, EN EL ESTADO DE OAXACA | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA CORTIJO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA CATARINA JUQUILA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO APÓSTOL, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO LAGUNAS, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO IXTLAHUACA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL TECOMATLÁN, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN BAUTISTA VALLE NACIONAL, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE ELOXOCHITLÁN DE FLORES MAGON, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN BARTOLO COYOTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE CAPULALPAN DE MÉNDEZ, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TEMAZULAPAN DEL ESPIRITU SANTO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA TLAHUITOLTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN JUQUILA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA ALOTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE ASUNCIÓN CACALOTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO ATITLÁN, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN JERÓNIMO TAVICHE, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN BARTOLO SOYALTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TOTOLAPÁN, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO COMALTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN IDELFONSO VILLA ALTA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO TEPEXTLA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTO DOMINGO TONALÁ, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN ANDRÉS CABACERA NUEVA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL TEQUIXTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTO TOMÁS OCOTEPEC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TEUTILA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL SANTA FLOR, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN ANDRÉS TEOTILALPAM, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA ANA CUAUHTEMOC, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE CHIQUIHUITLAN DE BENITO JUAREZ, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE ZAPOTITLÁN LAGUNAS, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO TEXCALCINGO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA LUCÍA ZOQUIAPAM, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN IDELFONSO SOLA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE AYOQUESCO DE ALDAMA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN MARTÍN LACHILA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA ANA TLAPACOYA, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN SEBASTIÁN CUATLAN, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN MATEO YUCUNTIDOO, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN JERONIMO CUATLAN, EN EL ESTADO DE OAXACA | 500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE ACAJETE, EN EL ESTADO DE PUEBLA | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO CHOLULA, EN EL ESTADO DE PUEBLA | 7,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TEPETZINTLA, EN EL ESTADO DE PUEBLA | 4,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE ZARAGOZA, EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SAN NICOLÁS TOLENTINO, EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 17,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TEXHUACÁN, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE XALAPA, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 35,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE ATLAHUILCO, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE MINATITLÁN, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 17,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE XOXOCOTLA, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE MOLOACÁN, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 7,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE JÁLTIPAN, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 7,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE COATZACOALCOS, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 38,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE RÍO BLANCO, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 10,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE CHINAMPA DE GOROSTIZA, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE RAFAEL DELGADO, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE POZA RICA, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 38,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE AGUA DULCE , EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 17,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE MIXTLA DE ALTAMIRANO, EN EL ESTADO DE VERACRUZ | 1,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE VALLADOLID, EN EL ESTADO DE YUCATÁN | 17,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE MIGUEL AUZA, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE SUSTICACÁN, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 2,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE NOCHIXTLÁN, EN EL ESTADO DE ZACATECAS | 10,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE YURÉCUARO, EN EL ESTADO DE MICHOACÁN | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE JOSÉ SIXTO VERDUZCO, EN EL ESTADO DE MICHOACÁN | 5,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE BRISEÑAS, EN EL ESTADO DE MICHOACÁN | 10,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE COMALCALCO, EN EL ESTADO DE TABASCO | 38,500,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN LA DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE CUAUHTÉMOC, EN LA CIUDAD DE MÉXICO | 56,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN LA DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE AZCAPOTZALCO, EN LA CIUDAD DE MÉXICO | 56,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN LA DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE TLALPAN, EN LA CIUDAD DE MÉXICO | 56,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN LA DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE TLÁHUAC, EN LA CIUDAD DE MÉXICO | 56,000,000 | INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN LA DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE XOCHIMILCO, EN LA CIUDAD DE MÉXICO | 56,000,000 | ANEXO 22. RAMO 25 PREVISIONES Y APORTACIONES PARA LOS SISTEMAS DE EDUCACIÓN BÁSICA, NORMAL, TECNOLÓGICA Y DE ADULTOS (pesos) | | | | | | | | | | | | | | | | | | MONTO | Previsiones para servicios personales para los servicios de educación básica en el Distrito Federal, para el Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo (FONE) y para el Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos | 12,896,489,477 | Aportaciones para los servicios de educación básica y normal en el Distrito Federal | 39,831,793,585 | ANEXO 23. RAMO 33 APORTACIONES FEDERALES PARA ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS (pesos) | | | | | | | | | | | | | | | | | | MONTO | Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo (FONE): | 368,997,019,193 | Servicios Personales | | | | | | | 335,104,986,926 | Otros de Gasto Corriente 1/ | | | | | | | 10,749,607,402 | Gasto de Operación | | | | | | | 13,458,757,536 | Fondo de Compensación | | | | | | | 9,683,667,329 | Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud 2/ | 93,385,757,549 | Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, que se distribuye en: | 73,421,447,739 | Entidades | 8,899,745,346 | Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal | 64,521,702,393 | Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal | 74,376,443,244 | Fondo de Aportaciones Múltiples, que se distribuye para erogaciones de: | 23,628,156,266 | Asistencia Social | 10,868,951,882 | Infraestructura Educativa | 12,759,204,384 | Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos, que se distribuye para erogaciones de: | 6,894,757,958 | Educación Tecnológica3/ | 4,429,441,041 | Educación de Adultos | 2,465,316,917 | Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal | 7,000,000,000 | Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas | | | | | 40,638,106,600 | TOTAL 4/ | 688,341,688,549 | 1/ Incluye recursos para las plazas subsidiadas a las entidades federativas incluidas en el Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal, conforme a los registros que se tienen en las secretarías de Educación Pública y de Hacienda y Crédito Público. | 2/Incluye 189.5 mdp para el Hospital "Dr. José Eleuterio González" de la Universidad Autónoma de Nuevo León, de los cuales 139.5 mdp se destinarán a la operación del Hospital y 50 mdp se destinarán para el Departamento de Emergencias Shock Trauma. | 3/Incluye recursos por 150 mdp que se destinarán para el gasto de operación de 21 planteles. | 4/ Considera los recursos para dar cumplimiento al artículo 49, fracciones IV y V de la Ley de Coordinación Fiscal, es decir el 0.1 por ciento y el 0.05 por ciento, respectivamente. | ANEXO 24. REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA FEDERACIÓN | ANEXO 24.1. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL | ANEXO 24.1.1. LÍMITES DE PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL (NETOS MENSUALES) (pesos) | | Tipo de Personal | Sueldos y salarios | Prestaciones | Percepción ordinaria total 2/ | Grupo | (Efectivo y Especie) | | Mínimo | Máximo | Mínimo | Máximo | Mínimo | Máximo | Personal de Mando 1/ | | | | | | | | | Presidente de la República | | 148,861 | | 58,730 | | 207,591 | G | Secretario de Estado | | 143,002 | | 56,531 | | 199,533 | H | Subsecretario | 103,705 | 142,170 | 42,830 | 56,074 | 146,535 | 198,244 | I | Oficial Mayor | 103,705 | 135,710 | 42,830 | 53,845 | 146,535 | 189,555 | J | Jefe de Unidad | 86,082 | 140,270 | 35,631 | 55,092 | 121,713 | 195,362 | K | Director General | 72,721 | 135,863 | 30,887 | 52,556 | 103,608 | 188,419 | L | Director General Adjunto | 54,824 | 109,631 | 24,327 | 43,159 | 79,151 | 152,790 | M | Director | 33,035 | 87,867 | 15,080 | 35,269 | 48,115 | 123,136 | N | Subdirector | 17,336 | 37,623 | 9,816 | 16,534 | 27,152 | 54,157 | O | Jefe de Departamento | 12,772 | 23,796 | 8,200 | 11,783 | 20,972 | 35,579 | P | Personal de Enlace | 8,143 | 15,259 | 6,635 | 8,814 | 14,778 | 24,073 | Personal Operativo | 6,066 | 9,269 | 7,647 | 8,762 | 13,713 | 18,031 | Personal de Categorías: | | Del Servicio Exterior Mexicano | 8,143 | 87,220 | 6,635 | 35,901 | 14,778 | 123,121 | | De Educación | 281 | 60,368 | 10,588 | 46,219 | 10,869 | 106,587 | | De las Ramas Médica, Paramédica y Grupos Afines | 8,523 | 44,807 | 13,822 | 24,942 | 22,345 | 69,749 | | De Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico | 7,179 | 27,585 | 17,806 | 59,311 | 24,985 | 86,896 | | De Seguridad Pública | 9,033 | 27,913 | 8,371 | 51,780 | 17,404 | 79,693 | | De Procuración de Justicia | 12,814 | 65,836 | 5,419 | 16,342 | 18,233 | 82,178 | | De Gobernación | 12,694 | 19,700 | 11,204 | 12,761 | 23,898 | 32,461 | | De las Fuerzas Armadas | 6,313 | 137,161 | 6,261 | 61,930 | 12,574 | 199,091 | 1/ Las denominaciones de Secretario de Estado, Subsecretario, Oficial Mayor y Jefe de Unidad son exclusivas de las Dependencias del Ejecutivo Federal. Los titulares de los Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades adoptan como denominación el de Director General, Vocal, Comisionado, etc., independientemente de que el rango tabular pudiera ser coincidente con el de las Dependencias para las denominaciones de uso exclusivo. | 2/ La percepción ordinaria incluye todos los ingresos que reciben los servidores públicos por Sueldos y Salarios, y por Prestaciones, independientemente de que se reciba en forma periódica o en fechas definidas. Los montos netos mensuales corresponden a la cantidad que perciben los servidores públicos, una vez aplicadas las disposiciones fiscales. Los montos indicados no incluyen la potenciación del seguro de vida institucional y el pago extraordinario por riesgo que se otorga a los servidores públicos cuyo desempeño pone en riesgo la seguridad o salud de los mismos. Los rangos de las remuneraciones del personal operativo y de categorías, varían conforme a las Condiciones Generales de Trabajo y los Contratos Colectivos de Trabajo. | ANEXO 24.1.2. LÍMITES DE PERCEPCIÓN EXTRAORDINARIA TOTAL EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL (NETOS MENSUALES) (pesos) | Tipo de personal que recibe pago extraordinario por riesgo y potenciación del seguro de vida institucional | | | | | | | | | | Grupo | Tipo de Personal | | Importe mensual total unitario * | Mínimo | Máximo | Personal civil ** | | | | | | | | | | Presidente de la República | | | | | 52,042 | | G | Secretario de Estado | | | | 14,321 | 42,844 | | H | Subsecretario | | | | | 10,329 | 42,594 | | I | Oficial Mayor | | | | | 10,329 | 40,659 | | J | Jefe de Unidad | | | | | 8,524 | 42,025 | | K | Director General | | | | | 7,243 | 40,705 | | L | Director General Adjunto | | | | 5,460 | 32,845 | | M | Director | | | | | 3,290 | 26,325 | | N | Subdirector | | | | | 1,727 | 11,272 | | O | Jefe de Departamento | | | | 1,272 | 7,129 | Personal militar ** | | | | | | 1,272 | 42,844 | * Corresponde a la potenciación del seguro de vida institucional y al pago extraordinario por riesgo, por concepto de sueldos y salarios, en los términos del artículo 17, fracción II, inciso b), de éste Decreto, conforme al cual el límite máximo es el equivalente al 30% por concepto de sueldos y salarios. | ** Para los servidores públicos de las Dependencias que se les autorice la prestación, tomarán las cuotas mínimas y máximas aquí establecidas, en función de sus rangos tabulares equiparables. | ANEXO 24.1.3. REMUNERACIÓN TOTAL ANUAL DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA (pesos) | | | | | | | | | | | | | | Remuneración recibida | REMUNERACIÓN TOTAL ANUAL NETA (RTA) | | | | | | 3,115,531 | Impuesto sobre la renta retenido (35%) * | | | | | | 1,337,070 | Percepción bruta anual | | | | | | | 4,452,601 | I. Percepciones ordinarias: | | | | | | | 3,550,654 | a) Sueldos y salarios: | | | | | | | 2,579,939 | i) Sueldo base | | | | | | | 504,259 | ii) Compensación garantizada | | | | | | 2,075,680 | b) Prestaciones: | | | | | | | 970,715 | i) Aportaciones a seguridad social | | | | | | 60,346 | ii) Ahorro solidario (Artículo 100 de la Ley del ISSSTE) 1 / | | | | | 17,665 | iii) Prima vacacional | | | | | | | 14,007 | iv) Aguinaldo (sueldo base) | | | | | | 82,806 | v) Gratificación de fin de año (compensación garantizada) | | | | | 340,822 | vi) Prima quinquenal (antigedad) 2 / | | | | | | | vii) Ayuda para despensa | | | | | | 8,220 | viii) Seguro de vida institucional | | | | | | 37,667 | ix) Seguro colectivo de retiro 2 / | | | | | | | x) Seguro de gastos médicos mayores | | | | | | 27,935 | xi) Seguro de separación individualizado | | | | | | 381,247 | xii) Apoyo económico para adquisición de vehículo 3 / | | | | | | II. Percepciones extraordinarias: | | | | | | 901,947 | a) Potenciación del seguro de vida institucional y pago extraordinario por riesgo 4 / | | | | 901,947 | * Cálculo obtenido conforme a lo dispuesto en el artículo 152 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, 2014. | 1 / Conforme a la Ley del ISSSTE se incluye ésta prestación a partir de 2010. | 2 / El Presidente de la República decidió no hacer uso de esta prestación. | 3 / El Presidente de la República no recibe esta prestación en virtud de los servicios de seguridad que le son proporcionados en razón de su investidura. | 4 / Corresponde a la potenciación del seguro de vida institucional y al pago extraordinario por riesgo, el cual equivale al 30% de la percepción ordinaria mensual, por concepto de sueldos y salarios, en los términos del artículo 17, fracción II, inciso b), de este Decreto. | ANEXO 24.2. CÁMARA DE SENADORES | ANEXO 24.2.1. LÍMITES DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL (NETOS MENSUALES) (pesos) | | | | | | | | | | Tipos de personal | Sueldos y salarios | Prestaciones | Percepción ordinaria total | (Efectivo y Especie) | Mínimo | Máximo | Mínimo | Máximo | Mínimo | Máximo | Personal de mando: | Secretario General | | 122,737 | | 62,678 | | 185,415 | Coordinador / Contralor / Tesorero / Secretario Técnico Órgano de Gobierno | 103,936 | 120,987 | 54,069 | 61,736 | 158,005 | 182,723 | Director General | 86,087 | 103,527 | 45,647 | 53,459 | 131,734 | 156,986 | Jefe de Unidad | 71,044 | 84,041 | 38,603 | 44,383 | 109,647 | 128,424 | Director de Área | 52,078 | 70,761 | 29,147 | 37,661 | 81,225 | 108,422 | Subdirector de Área | 33,054 | 45,251 | 19,554 | 24,897 | 52,608 | 70,148 | Jefe de Departamento | 26,819 | 31,726 | 16,389 | 18,416 | 43,208 | 50,142 | Personal de Servicio Técnico de Carrera | 12,491 | 44,873 | 9,232 | 23,988 | 21,723 | 68,861 | Personal operativo de confianza | 25,426 | 27,125 | 14,166 | 14,751 | 39,592 | 41,876 | Personal operativo de base | 6,662 | 17,607 | 32,998 | 38,380 | 39,660 | 55,987 | Este anexo refleja los límites mínimos y máximos de percepciones ordinarias netas mensuales aplicables a los servidores públicos durante 2017, en función del puesto que ocupen. | En la Percepción Ordinaria Total se incluyen los importes que se cubren una o dos veces al año, divididos entre doce, por concepto de: aguinaldo, gratificación de fin de año y prima vacacional. La remuneración neta corresponde a la cantidad que perciben los servidores públicos de la Cámara de Senadores, una vez aplicadas las disposiciones fiscales. | ANEXO 24.2.2. LÍMITES DE PAGOS EXTRAORDINARIOS ANUALES NETOS (pesos) | | | | | | | | | | Denominación | Plazas | Pago extraordinario anual unitario * | Total Puestos | | | | | | 485 | Mínimo | Máximo | | Secretario General | | | | 2 | | 199,197 | | Coordinador / Contralor / Tesorero | | | | 36 | 167,845 | 196,280 | | Director General | | | | | 28 | 138,114 | 167,180 | | Jefe de Unidad | | | | | 32 | 112,933 | 134,703 | | Director de Área | | | | | 127 | 81,240 | 112,379 | | Subdirector de Área | | | | 129 | 49,534 | 69,832 | | Jefe de Departamento | | | | 131 | 39,136 | 47,320 | * Corresponde al Estímulo nivel medio de cumplimiento de metas de acuerdo con la normatividad establecida autorizada por los Órganos de Gobierno. | ANEXO 24.2.3. REMUNERACIÓN TOTAL ANUAL DEL PUESTO DE ELECCIÓN SENADOR DE LA REPÚBLICA (pesos) | | | | | | | | | | | | | | | | | | Remuneración recibida 1_/ | | | | | | | | | REMUNERACIÓN TOTAL ANUAL NETA (RTA) | | | | | | 1,973,763 | Impuesto sobre la renta retenido *_/ | | | | | | 823,047 | Percepción bruta anual | | | | | | | 2,796,810 | I. Percepciones ordinarias: | | | | | | 2,796,810 | a) Sueldos y salarios: | | | | | | 2,057,328 | i) Sueldo base 2_/ | | | | | | 2,057,328 | ii) Compensación garantizada | | | | | | | b) Prestaciones: | | | | | | | 739,482 | i) Aportaciones a seguridad social | | | | | | 54,747 | ii) Ahorro solidario (Artículo 100 de la Ley del ISSSTE) | | | | | | iii) Prima vacacional | | | | | | | iv) Aguinaldo (sueldo base) | | | | | | 241,917 | v) Gratificación de fin de año (compensación garantizada) | | | | | vi) Prima quinquenal (antigedad) | | | | | | | vii) Ayuda para despensa | | | | | | | viii) Seguro de vida institucional | | | | | | 78,178 | ix) Seguro colectivo de retiro | | | | | | | x) Seguro de gastos médicos mayores 3_/ | | | | | 52,924 | xi) Seguro de separación individualizado | | | | | 311,716 | xii) Apoyo económico para adquisición de vehículo | | | | | | II. Percepciones extraordinarias: | | | | | | | a) Pago por riesgo y potenciación de seguro de vida | | | | | | *_/ Cálculo obtenido conforme a lo dispuesto en el artículo 152 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta | 1_/ Corresponde a las percepciones para 2018 | 2_/ Dieta | 3_/ Corresponde a la prima anual individual para un promedio de edad ubicado en el rango de 50 - 54 años. | ANEXO 24.2.4. REMUNERACIÓN TOTAL ANUAL DEL PUESTO DE ESTRUCTURA ORGÁNICA DE SECRETARIO GENERAL (pesos) | | | | | | | | | | | Remuneración recibida | REMUNERACIÓN TOTAL ANUAL NETA (RTA) | | | | | | 2,424,174 | Impuesto sobre la renta retenido | | | | 948,099 | Percepción bruta anual | | | | | | | 3,372,273 | I. Percepciones ordinarias: | | | | | | 3,095,170 | a) Sueldos y salarios: | | | | | | | 2,048,880 | i) Sueldo base | | | | | | | 278,520 | ii) Compensación garantizada | | | | | | 1,770,360 | b) Prestaciones: | | | | | | | 1,046,290 | i) Aportaciones a seguridad social | | | | | | 68,641 | ii) Prima vacacional | | | | | | 11,605 | iii) Aguinaldo (sueldo base) | | | | | | 45,708 | iv) Gratificación de fin de año | | | | | | 518,188 | v) Vales de fin de año | | | | | | 11,300 | vi) Vales de despensa mensuales | | | | | | 12,000 | vii) Seguro de vida institucional | | | | | | 36,880 | viii) Seguro colectivo de retiro | | | | | | 162 | ix) Seguro de gastos médicos mayores | | | | | 25,800 | x) Seguro de separación individualizado | | | | | 310,436 | xi) Sistema de ahorro para el retiro | | | | | | 5,570 | II. Percepciones extraordinarias: | | | | | | 277,103 | a) Estímulo nivel medio por cumplimiento de metas | | | | | 277,103 | ANEXO 24.3. CÁMARA DE DIPUTADOS | ANEXO 24.3.1.A. LÍMITES DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS (NETOS MENSUALES) (pesos) | | | | | | | | | | Tipos de personal | Sueldos y salarios | | Prestaciones (Efectivo y Especie) | Percepción ordinaria total | Mínimo | Máximo | Mínimo | Máximo | Mínimo | Máximo | CÁMARA DE DIPUTADOS | | | | | | | | Personal de base: | | | | | | | | | 2 | | | 7,177 | | 12,684 | | 19,861 | | 3 | | | 7,479 | | 12,926 | | 20,404 | | 4 | | | 7,603 | | 13,026 | | 20,629 | | 5 | | | 7,815 | | 13,197 | | 21,012 | | 6 | | | 8,000 | | 13,301 | | 21,301 | | 7 | | | 8,697 | | 13,477 | | 22,173 | | 8 | | | 9,184 | | 13,536 | | 22,721 | | 9 | | | 9,719 | | 13,678 | | 23,397 | | 10 | | | 10,356 | | 14,143 | | 24,499 | | 13 | | | 15,800 | | 14,692 | | 30,492 | Personal de base sindicalizado: | | 2 | | | 7,177 | | 19,458 | | 26,635 | | 3 | | | 7,479 | | 19,773 | | 27,252 | | 4 | | | 7,603 | | 19,903 | | 27,506 | | 5 | | | 7,815 | | 20,125 | | 27,941 | | 6 | | | 8,000 | | 20,257 | | 28,258 | | 7 | | | 8,697 | | 20,444 | | 29,141 | | 8 | | | 9,184 | | 20,490 | | 29,674 | | 9 | | | 9,719 | | 20,633 | | 30,353 | | 10 | | | 10,356 | | 21,215 | | 31,571 | | 11 | | | 12,435 | | 21,503 | | 33,938 | | 12 | | | 13,668 | | 21,681 | | 35,349 | | 13 | | | 15,800 | | 21,943 | | 37,742 | | 15 | | | 16,401 | | 22,080 | | 38,481 | | 16 | | | 17,815 | | 22,244 | | 40,059 | | 17 | | | 18,633 | | 22,379 | | 41,013 | | 18 | | | 20,503 | | 22,652 | | 43,154 | | 19 | | | 22,369 | | 22,923 | | 45,292 | Personal de confianza: | | 2 | | | 7,177 | | 11,470 | | 18,647 | | 3 | | | 7,479 | | 11,654 | | 19,132 | | 4 | | | 7,603 | | 11,729 | | 19,332 | | 5 | | | 7,815 | | 11,859 | | 19,674 | | 6 | | | 8,000 | | 11,939 | | 19,939 | | 7 | | | 8,697 | | 12,085 | | 20,782 | | 8 | | | 9,184 | | 12,140 | | 21,325 | | 9 | | | 9,719 | | 12,263 | | 21,982 | | 10 | | | 10,356 | | 12,628 | | 22,984 | | 11 | | | 12,435 | | 12,963 | | 25,397 | | 12 | | | 13,668 | | 13,164 | | 26,832 | | 13 | | | 15,800 | | 13,639 | | 29,439 | | 14 | | | 16,309 | | 13,317 | | 29,625 | Este ANEXO refleja los límites de percepciones ordinarias netas mensuales para el ejercicio 2018 y pueden variar en función de los acuerdos emitidos por los Órganos de Gobierno competentes | La percepción neta es el resultado de aplicar a los importes brutos mensuales el impuesto correspondiente. | ANEXO 24.3.1.B. LÍMITES DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL (NETOS MENSUALES) (pesos) | CÁMARA DE DIPUTADOS | | | | | | | | | | | | | | | Tipos de personal | Sueldos y salarios | Prestaciones | Percepción ordinaria total | (Efectivo y Especie) | Mínimo | Máximo | Mínimo | Máximo | Mínimo | Máximo | Personal de mando: | | | | | | | | Secretario General | | 149,130 | | 29,779 | | 178,909 | Secretario de Servicios/Contralor Interno | | 129,142 | | 26,142 | | 155,284 | Coordinador | 112,611 | 120,020 | 23,134 | 24,482 | 135,745 | 144,502 | Secretario de Enlace | | 102,058 | | 21,214 | | 123,272 | Director General | 85,505 | 112,275 | 18,202 | 23,073 | 103,707 | 135,347 | Homólogo a Director General | 85,505 | 98,447 | 18,202 | 20,557 | 103,707 | 119,004 | Director de Área y Homólogos | 49,737 | 79,624 | 11,735 | 17,173 | 61,472 | 96,797 | Subdirector de Área y Homólogos | 29,553 | 49,694 | 8,144 | 11,809 | 37,698 | 61,503 | Jefe de Departamento y Homólogos | 17,159 | 29,849 | 5,971 | 8,280 | 23,130 | 38,128 | Este Anexo refleja los límites de percepciones ordinarias netas mensuales para el ejercicio 2018 y pueden variar en función de los acuerdos emitidos por los Órganos de Gobierno competentes. | La percepción neta es el resultado de aplicar a los importes brutos mensuales el impuesto correspondiente. | ANEXO 24.3.2.A. LÍMITES DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL (NETOS MENSUALES) (pesos) | UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA | | | | | | | | | | Tipos de personal | Sueldos y salarios | Prestaciones | Percepción ordinaria total | (Efectivo y Especie) | Mínimo | Máximo | Mínimo | Máximo | Mínimo | Máximo | Personal de confianza: | | | | | | | | 8 | | 9,058 | | 9,038 | | 18,096 | 9 | | 10,387 | | 9,213 | | 19,600 | 10 | | 12,707 | | 9,592 | | 22,299 | 12 | | 17,594 | | 10,213 | | 27,806 | 13 | | 17,895 | | 10,230 | | 28,124 | 14 | | 20,500 | | 10,457 | | 30,958 | 15 | | 28,939 | | 11,387 | | 40,325 | Este Anexo refleja los límites de percepciones ordinarias netas mensuales para el ejercicio 2018 y pueden variar en función de los acuerdos emitidos por los Órganos de Gobierno competentes. | La percepción neta es el resultado de aplicar a los importes brutos mensuales el impuesto correspondiente. | ANEXO 24.3.2.B. LÍMITES DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL (NETOS MENSUALES) (pesos) | UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA | | | | | | | | | | Tipos de personal | Sueldos y salarios | Prestaciones | Percepción ordinaria total | (Efectivo y Especie) | Mínimo | Máximo | Mínimo | Máximo | Mínimo | Máximo | Personal de mando: | | | | | | | | Jefe de la Unidad | | | 136,201 | | 27,426 | | 163,62 7 | Director de Área | | | 109,443 | | 22,599 | | 132,04 2 | Secretario Técnico | | | 100,373 | | 20,948 | | 121,32 1 | Subdirector de Área | | | 74,722 | | 16,363 | | 91,084 | Coordinador Administrativo | | 45,237 | | 10,998 | | 56,235 | Coordinador | | | | 45,237 | | 10,998 | | 56,235 | Especialista | | | | 30,742 | | 8,442 | | 39,184 | Este Anexo refleja los límites de percepciones ordinarias netas mensuales para el ejercicio 2018 y pueden variar en función de los acuerdos emitidos por los Órganos de Gobierno competentes. | La percepción neta es el resultado de aplicar a los importes brutos mensuales el impuesto correspondiente. | ANEXO 24.3.3. REMUNERACIÓN TOTAL ANUAL DEL PUESTO DE ELECCIÓN DIPUTADO FEDERAL (pesos) | | | | | | | | | | | Remuneración recibida 2017 | REMUNERACIÓN TOTAL ANUAL NETA (RTA) ( 1 ) | | | | | | 1,436,397 | Impuesto sobre la renta retenido ( 2 ) | | | | | | 481,723 | Percepción bruta anual | | | | | | | 1,918,120 | I. Percepciones ordinarias: | | | | | | 1,918,120 | a) Sueldos y salarios: | | | | | | | 1,264,536 | i) Sueldo base 3_/ | | | | | | | 1,264,536 | ii) Compensación garantizada | | | | | | | b) Prestaciones: | | | | | | | 653,584 | i) Aportaciones a seguridad social | | | | | | 54,747 | ii) Ahorro solidario (art. 100 ISSSTE) | | | | | | 17,665 | iii) Prima vacacional | | | | | | | iv) Aguinaldo | | | | | | | | v) Gratificación de fin de año | | | | | | 140,504 | vi) Prima quinquenal | | | | | | | vii) Ayuda para despensa | | | | | | | viii) Seguro de vida institucional 4_/ | | | | | | 47,508 | ix) Seguro colectivo de retiro | | | | | | | x) Seguro de gastos médicos mayores 4_/ | | | | | 110,491 | xi) Seguro de separación individualizado | | | | | | 151,740 | xii) Apoyo económico para adquisición de vehículo | | | | | | xiii) Otras prestaciones 5_/ | | | | | | 130,930 | II. Percepciones extraordinarias: | | | | | | | a) Pago por riesgo y potencialización de seguro de vida | | | | | | (1) Corresponde a las percepciones 2017. | (2) Conforme lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta 2014. | (3) Dieta. | (4) Prima anual individual promedio. | (5) Prestación I.S.R. de aguinaldo y fondo de ahorro. | ANEXO 24.3.4. REMUNERACIÓN TOTAL ANUAL DEL SECRETARIO GENERAL (pesos) | | | | | | | | | | | | | | | Remuneración recibida | REMUNERACIÓN TOTAL ANUAL NETA (RTA) | | | | | | 2,649,313 | Impuesto sobre la renta retenido (*) | | | | | | 1,156,026 | Percepción bruta anual | | | | | | | 3,805,339 | I. Percepciones ordinarias: | | | | | | 3,789,622 | a) Sueldos y salarios: | | | | | | | 2,753,172 | i) Sueldo base | | | | | | | 514,080 | ii) Compensación garantizada | | | | | | 2,239,092 | b) Prestaciones: | | | | | | | 1,036,450 | i) Aportaciones a seguridad social | | | | | | 55,477 | ii) Ahorro solidario (Artículo 100 de la Ley del ISSSTE) | | | | | | iii) Prima vacacional | | | | | | 87,949 | iv) Aguinaldo (sueldo base) | | | | | | 77,112 | v) Gratificación de fin de año (compensación garantizada) | | | | | 335,864 | vi) Prima quinquenal (antigedad) | | | | | | | vii) Ayuda para despensa | | | | | | 33,119 | viii) Seguro de vida institucional | | | | | | 46,529 | ix) Seguro colectivo de retiro | | | | | | | x) Seguro de gastos médicos mayores | | | | | | 42,489 | xi) Seguro de separación individualizado | | | | | | 357,912 | xii) Apoyo económico para adquisición de vehículo | | | | | | II. Percepciones extraordinarias: | | | | | | 15,717 | a) Medida de fin de año | | | | | | | 15,717 | ( * ) El importe neto puede variar en función de las modificaciones de la tabla de impuestos | ANEXO 24.4. AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN | | | | | | ANEXO 24.4.1. LÍMITES DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL EN LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN (NETOS MENSUALES) (pesos) | | | | | | | | | | Tipos de personal | Sueldos y salarios | Prestaciones | Percepción ordinaria total | Mínimo | Máximo | Mínimo | Máximo | Mínimo | Máximo | PERSONAL DE MANDO | | | | | | | | AUDITOR SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN | | 137,052 | | 61,792 | | 198,844 | AUDITOR ESPECIAL | | | 133,720 | | 58,598 | | 192,318 | TITULAR DE UNIDAD | | | 132,410 | | 57,796 | | 190,206 | DIRECTOR GENERAL Y HOMÓLOGOS | 116,298 | 120,959 | 51,516 | 53,089 | 167,814 | 174,048 | DIRECTOR GENERAL ADJUNTO | | 97,780 | 100,962 | 45,283 | 46,348 | 143,063 | 147,310 | DIRECTOR DE ÁREA Y HOMÓLOGOS | 79,263 | 80,964 | 39,117 | 39,679 | 118,380 | 120,643 | SECRETARIO TÉCNICO | | | 57,762 | | 31,624 | | 89,386 | SUBDIRECTOR DE ÁREA Y HOMÓLOGOS | 39,000 | 41,885 | 24,159 | 25,073 | 63,159 | 66,958 | JEFE DE DEPARTAMENTO Y HOMÓLOGOS | 28,000 | 29,759 | 19,583 | 20,098 | 47,583 | 49,857 | PERSONAL OPERATIVO DE CONFIANZA | | | | | | | COORDINADOR DE AUDITORES DE FISCALIZACIÓN | 23,856 | 24,823 | 9,830 | 9,803 | 33,686 | 34,626 | COORDINADOR DE AUDITORES JURÍDICOS | 23,856 | 24,823 | 9,830 | 9,803 | 33,686 | 34,626 | COORDINADOR DE AUDITORES ADMINISTRATIVOS | 23,856 | 24,823 | 9,830 | 9,803 | 33,686 | 34,626 | AUDITOR DE FISCALIZACIÓN "A" | | 21,012 | 21,855 | 9,699 | 9,669 | 30,711 | 31,524 | AUDITOR JURÍDICO "A" | | 21,012 | 21,855 | 9,699 | 9,669 | 30,711 | 31,524 | AUDITOR ADMINISTRATIVO "A" | | 21,012 | 21,855 | 9,699 | 9,669 | 30,711 | 31,524 | AUDITOR DE FISCALIZACIÓN "B" | | 17,052 | 19,571 | 9,647 | 9,530 | 26,699 | 29,101 | AUDITOR JURÍDICO "B" | | 17,052 | 19,571 | 9,647 | 9,530 | 26,699 | 29,101 | AUDITOR ADMINISTRATIVO "B" | | 17,052 | 19,571 | 9,647 | 9,530 | 26,699 | 29,101 | COORDINADOR DE ANALISTAS "A" | | 18,489 | | 8,997 | | 27,486 | SECRETARIA PARTICULAR "A" | | | 24,291 | | 10,763 | | 35,054 | OPERADOR SUPERVISOR "A" | | | 18,931 | | 12,502 | | 31,433 | SECRETARIA PARTICULAR "B" | | | 19,421 | | 10,947 | | 30,368 | OPERADOR SUPERVISOR "B" | | | 17,234 | | 12,606 | | 29,840 | OPERADOR SUPERVISOR "C" | | | 16,013 | | 12,697 | | 28,710 | SUPERVISOR DE ÁREA ADMINISTRATIVA | | 14,794 | | 12,776 | | 27,570 | SUPERVISOR DE ÁREA TÉCNICA | | 14,794 | | 12,776 | | 27,570 | OPERADOR SUPERVISOR "D" | | | 14,794 | | 12,776 | | 27,570 | VIGILANTE DE LA ASF | | | 14,794 | | 12,776 | | 27,570 | SRIA. DIRECTOR DE ÁREA | | | 12,928 | | 12,371 | | 25,299 | PERSONAL OPERATIVO DE BASE | | | | | | | | TÉCNICO SUPERIOR | | | 9,840 | | 21,514 | | 31,354 | COORDINADOR DE PROYECTOS ESPECIALES | | 9,743 | | 21,478 | | 31,221 | JEFE DE SECCIÓN DE ESPECIALISTAS HACENDARIOS | | 9,452 | | 21,353 | | 30,805 | ANALISTA ESPECIALIZADO EN PROYECTOS | | 8,872 | | 21,244 | | 30,116 | ESPECIALISTA TÉCNICO | | | 8,542 | | 21,145 | | 29,687 | ESPECIALISTA EN PROYECTOS TÉCNICOS | | 8,210 | | 21,050 | | 29,260 | ESPECIALISTA HACENDARIO | | | 7,901 | | 20,972 | | 28,873 | TÉCNICO MEDIO | | | 7,570 | | 20,878 | | 28,448 | ANALISTA CONTABLE | | | 7,230 | | 20,781 | | 28,011 | TÉCNICO CONTABLE | | | 6,889 | | 20,691 | | 27,580 | TÉCNICO MEDIO CONTABLE | | | 6,787 | | 21,358 | | 28,145 | AUXILIAR TÉCNICO CONTABLE | | | 6,425 | | 21,256 | | 27,681 | 1.- Los límites de percepción ordinaria neta mensual, no consideran efectos inflacionarios, ni la aplicación de disposiciones de carácter fiscal y de seguridad social. | 2.- No se considera el incremento salarial anual al personal operativo de confianza y base, el cual será dado a conocer por la SHCP. | 3.- No se considera el incremento en la medida de fin de año para el personal operativo de confianza y base, el cual será dado a conocer por la SHCP. | 4.- Los montos presentados en este anexo, no consideran los premios de antigedad autorizados al personal operativo de base, en términos del Reglamento Interior de las Condiciones Generales de Trabajo de la Contaduría Mayor de Hacienda, para el presente ejercicio fiscal. | 5.- Los montos presentados en este anexo, no consideran los premios de antigedad autorizados al personal operativo de confianza, en términos del Lineamiento de Estímulos a los Servidores Públicos de la ASF, para el presente ejercicio fiscal. | 6.- El importe por Gastos Médicos Mayores y Revisión Médica, está sujeto a licitación pública. | ANEXO 24.4.2. LÍMITES DE LA PERCEPCIÓN EXTRAORDINARIA NETA TOTAL (pesos) | | | | | | | | | | TIPOS DE PERSONAL | Plazas | Pago extraordinario anual unitario | Hasta | PERSONAL DE MANDO | | | | | | | | | AUDITOR SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN | | | 1 | 573,216 | | AUDITOR ESPECIAL | | | | 4 | 369,783 | | TITULAR DE UNIDAD | | | | 3 | 365,193 | | DIRECTOR GENERAL Y HOMÓLOGOS | | | 31 | 323,152 | | DIRECTOR GENERAL ADJUNTO | | | | 0 | 241,637 | | DIRECTOR DE ÁREA Y HOMÓLOGOS | | | 109 | 160,122 | | SECRETARIO TÉCNICO | | | | 2 | 112,784 | | SUBDIRECTOR DE ÁREA Y HOMÓLOGOS | | | 254 | 83,709 | | JEFE DE DEPARTAMENTO Y HOMÓLOGOS | | | 448 | 61,218 | PERSONAL OPERATIVO DE CONFIANZA | | | | | | | | COORDINADOR DE AUDITORES DE FISCALIZACIÓN | | | 186 | 60,356 | | COORDINADOR DE AUDITORES JURÍDICOS | | | 7 | 60,356 | | COORDINADOR DE AUDITORES ADMINISTRATIVOS | | | 73 | 60,356 | | AUDITOR DE FISCALIZACIÓN "A" | | | | 252 | 54,499 | | AUDITOR JURÍDICO "A" | | | | 96 | 54,499 | | AUDITOR ADMINISTRATIVO "A" | | | | 95 | 54,499 | | AUDITOR DE FISCALIZACIÓN "B" | | | | 158 | 50,008 | | AUDITOR JURÍDICO "B" | | | | 2 | 50,008 | | AUDITOR ADMINISTRATIVO "B" | | | | 48 | 50,008 | | COORDINADOR DE ANALISTAS "A" | | | | 1 | 47,845 | | SECRETARIA PARTICULAR "A" | | | | 12 | 59,260 | | OPERADOR SUPERVISOR "A" | | | | 1 | 32,278 | | SECRETARIA PARTICULAR "B" | | | | 31 | 49,706 | | OPERADOR SUPERVISOR "B" | | | | 9 | 30,694 | | OPERADOR SUPERVISOR "C" | | | | 22 | 29,544 | | SUPERVISOR DE ÁREA ADMINISTRATIVA | | | 79 | 28,409 | | SUPERVISOR DE ÁREA TÉCNICA | | | | 12 | 28,409 | | OPERADOR SUPERVISOR "D" | | | | 7 | 28,409 | | VIGILANTE DE LA ASF | | | | 16 | 28,409 | | SRIA. DIRECTOR DE ÁREA | | | | 1 | 26,685 | PERSONAL OPERATIVO DE BASE | | | | | | | | | TÉCNICO SUPERIOR | | | | 37 | 27,743 | | COORDINADOR DE PROYECTOS ESPECIALES | | | 7 | 27,661 | | JEFE DE SECCIÓN DE ESPECIALISTAS HACENDARIOS | | | 7 | 27,415 | | ANALISTA ESPECIALIZADO EN PROYECTOS | | | 6 | 26,922 | | ESPECIALISTA TÉCNICO | | | | 7 | 26,633 | | ESPECIALISTA EN PROYECTOS TÉCNICOS | | | 7 | 26,348 | | ESPECIALISTA HACENDARIO | | | | 4 | 26,088 | | TÉCNICO MEDIO | | | | | 12 | 25,804 | | ANALISTA CONTABLE | | | | 26 | 25,511 | | TÉCNICO CONTABLE | | | | 36 | 25,227 | | TÉCNICO MEDIO CONTABLE | | | | 41 | 25,857 | | AUXILIAR TÉCNICO CONTABLE | | | | 51 | 25,556 | 1.- Los límites de percepción extraordinaria neta anual, no consideran efectos inflacionarios, ni la aplicación de disposiciones de carácter fiscal y de seguridad social. | 2.- No se considera el incremento salarial anual al personal operativo de confianza y base, el cual será dado a conocer por la SHCP. | (Continúa en la Tercera Sección)
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|
|
|
|
|
|
|
| |
|